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DERECHO ECONOMICO INTERNACIONAL

TEMA:COMPETENCIA INTERNACIONAL




               WILLIAMS TORRES REYES
COMPETENCIA
INTERNACIONAL
DEFINICION
Competencia se refiere a la lucha por (o el
mantenimiento de) la superioridad comercial. En
el mundo comercial, esto implica el esfuerzo por
conseguir el mayor número posible de clintes.

En el Reino Unido, la Competition Commission
describe la competencia como "un proceso de
rivalidad entre empresas con el objetivo de
conseguir clientes".
También la Competencia Internacional son las relaciones
económicas internacionales de rivalidad entre competidores con
la finalidad de lucro, de progreso y desarrollo económico, en la
que no exclusivamente se da entre Estados, o entre grupos de
Estados, integrados en diversos mercados (UE, Mercosur, OPEP,
etc.)

Sino también de grupos transnacionales, industriales y
financieros, cuya estructura esta sobrepuesta en el propio
campo de acción de los Estados y sus mercados.

En las que también las Organizaciones internacionales (FMI,
OMC, Banco Mundial) han adquirido cada vez mayores
competencias y responsabilidades de carácter transnacional, sin
que ello signifique que se haya apoderado de la totalidad de las
competencias estatales.
Grados de Competencia
• La competencia perfecta es la situación en la que el
  mercado es lo más competitivo posible: todos los
  agentes son precio-aceptantes (price takers en inglés) y
  por lo tanto no tienen ningún poder para influir en sus
  precios, obteniendo las empresas el mínimo beneficio
  necesario para poder mantener la producción.

• La competencia imperfecta puede deberse también a
  la existencia de barrera de entrada, impidiendo el
  incremento del número de competidores. (por ejemplo
  en el caso del oligopolio, con pocas empresas, o el
  duopolio, con sólo dos empresas)
Control de la competencia
                 internacional
Es esencial para el funcionamiento    El vínculo es cada vez más
     de la economía mundial.                 estrecho entre
  Si la razón de ser de un mercado     competencia y comercio
        mundial es permitir la
 competencia de las empresas en
                                        internacional: a mayor          Y por consiguiente, en
   condiciones de igualdad en los       competencia entre los         beneficio del desarrollo: el
 mercados de todos los Estados, la            operadores             individual de los países que
política de libre competencia tiene         económicos, más        introducen la competencia en
      que favorecer la eficiencia                                  sus sistemas económicos, y el
 económica a través de la creación
                                           oportunidades de
   de un clima propicio, donde se         comercio, y a mayor       de la economía mundial, con
       respeten las normas del         apertura comercial, más        sus efectos positivos para
 GATT(OMC), así como el mercado       competencia, todo ello en                 todos.
  internacional para acentuar aún
   más la innovación, el progreso
                                           beneficio del buen
 tecnológico, económico, cultural         funcionamiento del
                  etc.                         mercado.
y que los
                      Afirmó que las
                                             problemas
                  acciones económicas    económicos deben
Max Weber, en
                        influyeron        ser resueltos por
  Economía y
                   parcialmente en la         medio de
Sociedad (1922)
                   sistematización del      mecanismos
                         derecho               legales.
Trust
El concepto de trust, basado en la voz inglesa
que significa confianza, es un término
empleado           en        el         sector
empresarial, económico y financiero. Con él
viene a definirse a todo aquel proceso por el
cual se unen diferentes empresas que desde
ese momento se encontrarán bajo una misma
dirección.
Tipos de Trust
Existen dos tipos de trust.

Así, estaría lo que se da en llamar trust horizontal
que es aquel que se produce cuando las
empresas que se unen ofrecían los mismos
servicios o tenían en el mercado los mismos
productos.

EL trust vertical que es el que se refiere a que las
citadas compañías llevaban a cabo actividades
complementarias entre sí.
Antecedentes
La figura del Trust tiene sus raíces en la Inglaterra medieval, y
concretamente en el marco histórico de las cruzadas; donde la ausencia
del señor feudal durante prolongados periodos de tiempo exigía el
traspaso temporal de la propiedad de sus tierras a otro señor
feudal, condicionando su titularidad a la asistencia de la familia del
cedente.

En el año 1880 fue cuando se produjo el primer trust de la historia:
Standard Oil Trust. En concreto lo que sucedió fue que la empresa
petrolífera estadounidense Standard Oil, fundada en Ohio por los
hermanos Rockefeller, absorbió a todas sus competidoras tanto en dicha
ciudad como en todo el nordeste del país. Una situación que hizo
que, ante las protestas suscitadas, se aprobara una ley antitrust y dicha
compañía tuviera que fragmentarse pero eso no impidió que las distintas
compañías que la conformaban siguieran siendo propiedad de los
Rockefeller.
Antitrust
El "Antitrust" tiene su origen en el Derecho de los
Estados Unidos. El nombre se debe a que esta
rama del Derecho fue creada para combatir los
trust de comercio. Posteriormente, otros países
adoptaron el Antitrust en su ordenamiento
jurídico utilizando otros términos como "leyes de
competencia", "de libre competencia" o
"antimonopolios". En la actualidad, la mayor
parte de los países industrializados y algunos
países en desarrollo tiene leyes Antitrust.
International Competition Network
 La ICN es la única organización de carácter
 internacional en materia de antitrust. La afiliación es
 voluntaria y abierta a cualquier administración nacional
 encargada de la competencia. La mayoría de los
 miembros trabajan conjuntamente mediante internet,
 teléfono, fax o videoconferencia. A pesar de que se
 pueda alcanzar el consenso en cuanto a prácticas
 recomendables, se deja en manos de cada
 administración la posibilidad de atenerse a ellas o
 desviarse de éstas. Así pues, la ICN intenta definir
 códigos de conducta pero carece de un poder ejecutivo
 real
COMPETENCIA DESLEAL

Prácticas desleales de los actores
económicos en competencia que consiste
en la introducción de un producto
importado en condiciones de dumping o
subsidiadas en un Estado distinto.
CLASES DE COMPETENCIA DESLEAL

 El dumping y los subsidios son los dos tipos de prácticas consideradas
   desleales en el comercio internacional porque imposibilitan que la
  competencia internacional se desarrolle en igualdad de condiciones
    entre los productores nacionales y sus competidores extranjeros

1.-
                              DUMPING


2.-
                               SUBSIDIO
DUMPING


     En cualquier parte del
mundo, el dumping consiste en
vender un producto por debajo     El dumping es   El dumping es
   de su valor normal en el         una acción     una práctica
      mercado, y esto no          voluntaria de     desleal de
 necesariamente tiene que ser     las empresas.      comercio.
por debajo de su valor de costo
durante un periodo prolongado.
Es consecuencia
                                   esto supone la
            de una conducta
   La        empresarial de
                                    colocación de
                                   excedentes de
práctica     penetración y
            posicionamiento
                                 producción en un
                                mercado externo o la
  del         de mercados
                                   exportación de
           externos mediante
dumping    una discriminación
                                 productos a costos
                                      variables.
               de precios,
CLASES DE DUMPING
                     DUMPING
                     RECÍPROCO




Dumping                                     Dumping
 cíclico                                   estratégico
                     CLASES
                       DE
                    DUMPING


                                   Dumping
       Dumping de
                                  orientado a
        comercio
                                 la expansión
         estatal
                                 del mercado
Hoy en día se debaten dos posiciones
            sobre el dumping:
• La primera sostiene que el dumping es una práctica
  normal del comercio que beneficia al consumidor
  final, productores y usuarios del país que incorpora
  la mercadería, siendo las regulaciones antidumping
  normas esencialmente proteccionistas.

• La segunda posición sostiene que las medidas
  antidumping son legítimas en función de un orden
  de comercio liberal, pero en algunos casos se han
  usado con fines proteccionistas.
LOS SUBSIDIOS

Los subsidios se neutralizan con un derecho compensatorio
equivalente a su incidencia, por lo tanto la prueba de los subsidios
puede ser más sencilla que el propio dumping por estar contenidas en
las leyes y normas que regulan su concesión por las entidades oficiales
que los otorgan.


En el comercio internacional los subsidios provocan efectos similares
a la del dumping, pero estos son más dañinos.


Los países miembros de la Organización Mundial del Comercio han
reconocido que el uso de subvenciones o "subsidios" como se les
conoce en nuestro país, son medidas que pueden ayudar a estimular
el desarrollo económico de una economía y su crecimiento.
¿Cuándo hay subvención?
  Subvención hay cuando se dan las siguientes situaciones o
  características:

• Cuando un país exportador o un organismo público de un país
  exportador está efectuando una contribución financiera a un
  productor, de modo que le representa un beneficio que le
  permite exportar a un precio menor.

• También cuando un gobierno induce a una entidad privada a
  proveer esos beneficios a los productores exportadores. Sin
  embargo, para que el productor nacional pueda obtener a su
  favor estas medidas, es sumamente necesario que demuestre
  que efectivamente ese producto importado está ingresando a
  precio de dumping o subsidiado, y que por consecuencia esta
  práctica desleal le está causando un gran daño.
INDICADORES DE DAÑO OCASIONADO POR EL DUMPING O
                        SUBSIDIO

•    Precios internos
•    Disminución real y potencial de las ventas
•    Existencias
•    Producción
•    Empleo
•    Salarios
•    Capacidad instalada
•    Utilización de la capacidad instalada
•    Crecimiento
•    Productividad
•    Participación en el mercado
•    Efectos negativos sobre flujo de caja
•    Utilidades
•    Rendimientos en las inversiones
•    Inversión y capacidad para reunir capital
DAÑO OCASIONADO
Se debe tener en cuenta que no cualquier daño es suficiente
para justificar la imposición de medidas, la determinación de
daño deberá estar fundamentada en hechos e información
objetiva y no en meras conjeturas o posibilidades remotas por
lo que se deberá realizar un examen minucioso.

Para que se pueda lograr la aplicación de un derecho
antidumping o compensatorio, no basta demostrar la
existencia de dumping o subsidio y de daño a la industria
nacional. Se exige que exista relación de causalidad entre la
práctica y el daño o tal como lo establece el propio
acuerdo, se tiene que demostrar que por efectos del
dumping, las importaciones objeto de dumping causan daño.
EL GATT Y SU CÓDIGO ANTIDUMPING
Este código tuvo su origen en la ronda Kennedy (1962-1967) , reformada por la ronda Tokio (1973-
1979) y modificada nuevamente por la ronda Uruguay (1986-1994).



El primer antecedente de la ley antidumping que se conoce es en Canadá en 1904.



En 1921, la legislación antidumping se extendió rápidamente por EE.UU y Europa, generalizando el
sentimiento antimonopolio


El Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT) oficialmente constituido el
03 de octubre de 1947


Es con los cambios en las reglas de juego que el GATT como institución muere y
pasa a llamarse Organización Mundial del Comercio (OMC).
Según Artículo 3 del Acuerdo Antidumping de la OMC

Se entenderá por “daño”, un daño importante causado a la
rama de la producción nacional, una amenaza de daño
importante causado a la rama de la producción nacional o un
retraso importante en la creación de esta rama de la
producción.

En el análisis del daño, la autoridad investigadora tendrá en
cuenta el volumen de las importaciones en términos
absolutos y en relación a la producción o el consumo del país
miembro importador. También se tendrá en cuenta si el
efecto de las importaciones sobre los precios, si existe
subvaloración en comparación con el precio del producto
similar del importador, si el efecto de tales importaciones ha
sido bajar los precios en medida significativa o impedir en
medida significativa la subida que en otro caso hubiera
sucedido
OMC (Organización Mundial del
              Comercio)
En los últimos años miembros de la OMC (Organización
Mundial del Comercio) han tenido que implementar reformas
en sus políticas comerciales con el fin de incorporarse a los
acuerdos que en el marco de dicha organización se han
pactado.

Las disposiciones tienes que ver con la liberación de las
barreras comerciales, se considera también que hay otro tipo
medidas de suman importancia, se trata de las que aparece
con el fin de compensar practicas desleales de los países
exportadores como el dumping y los subsidios que afectan
seriamente la producción nacional.

El OMC(GATT) no castiga el dumping si no que trata de evitar
el daño que causa.
153 gobiernos desde julio de
2008, con la fecha de su adhesión
(“g” = los 51 Miembros iniciales del
GATT que se adhirieron después del
1o de enero de 1995; “n” = nuevos
Miembros que se adhirieron a la
OMC a través de negociaciones de
los grupos de trabajo):
ALBANIA 8 DE SEPTIEMBRE DE 2000 (N)         DOMINICA 1° DE ENERO DE 1995               JORDANIA 11 DE ABRIL DE 2000 (N)
ALEMANIA 1° DE ENERO DE 1995                ECUADOR 21 DE ENERO DE 1996 (N)            KENYA 1° DE ENERO DE 1995
ANGOLA 1° DE DICIEMBRE DE 1996 (G)          EGIPTO 30 DE JUNIO DE 1995 (G)             KUWAIT 1° DE ENERO DE 1995
ANTIGUA Y BARBUDA                           EL SALVADOR 7 DE MAYO DE 1995 (G)          LESOTHO 31 DE MAYO DE 1995 (G)
1° DE ENERO DE 1995                         EMIRATOS ÁRABES UNIDOS                     LETONIA 10 DE FEBRERO DE 1999 (N)
ARGENTINA 1° DE ENERO DE 1995               10 DE ABRIL DE 1996 (G)                    LIECHTENSTEIN 1° DE SEPTIEMBRE
ARMENIA 5 DE FEBRERO DE 2003 (N)            ESLOVENIA 30 DE JULIO DE 1995 (G)          DE 1995 (G)
AUSTRALIA 1° DE ENERO DE 1995               ESPAÑA 1° DE ENERO DE 1995                 LITUANIA 31 DE MAYO DE 2001 (N)
AUSTRIA 1° DE ENERO DE 1995                 ESTADOS UNIDOS 1° DE ENERO DE 1995         LUXEMBURGO 1° DE ENERO DE 1995
BAHREIN 1° DE ENERO DE 1995                 ESTONIA 13 DE NOVIEMBRE DE 1999 (N)        MACAO, CHINA 1° DE ENERO DE 1995
BANGLADESH 1° DE ENERO DE 1995              EX REPÚBLICA YUGOSLAVA                     MADAGASCAR 17 DE NOVIEMBRE DE 1995 (G)
BARBADOS 1° DE ENERO DE 1995                DE MACEDONIA 4 DE ABRIL DE 2003 (N)        MALASIA 1° DE ENERO DE 1995
BÉLGICA 1° DE ENERO DE 1995                 FIJI 14 DE ENERO DE 1996 (G)               MALAWI 31 DE MAYO DE 1995 (G)
BELICE 1° DE ENERO DE 1995                  FILIPINAS 1° DE ENERO DE 1995              MALDIVAS 31 DE MAYO DE 1995 (G)
BENIN 22 DE FEBRERO DE 1996 (G)             FINLANDIA 1° DE ENERO DE 1995…FRANCIA 1° DEMALÍ 31 DE MAYO DE 1995 (G)
BOLIVIA 13 DE SEPTIEMBRE DE 1995 (G)        ENERO DE 1995                              MALTA 1° DE ENERO DE 1995
BOTSWANA 31 DE MAYO DE 1995 (G)             GABÓN 1° DE ENERO DE 1995                  MARRUECOS 1° DE ENERO DE 1995
BRASIL 1° DE ENERO DE 1995                  GAMBIA 23 DE OCTUBRE DE 1996 (G)           MAURICIO 1° DE ENERO DE 1995
BRUNEI DARUSSALAM 1° DE ENERO DE 1995       GEORGIA 14 DE JUNIO DE 2000 (N)            MAURITANIA 31 DE MAYO DE 1995 (G)
BULGARIA 1° DE DICIEMBRE DE 1996 (N)        GHANA 1° DE ENERO DE 1995                  MÉXICO 1° DE ENERO DE 1995
BURKINA FASO 3 DE JUNIO DE 1995 (G)         GRANADA 22 DE FEBRERO DE 1996 (G)          MOLDOVA 26 DE JULIO DE 2001 (N)
BURUNDI 23 DE JULIO DE 1995 (G)             GRECIA 1° DE ENERO DE 1995                 MONGOLIA 29 DE ENERO DE 1997 (N)
CABO VERDE 23 DE JULIO DE 1998              GUATEMALA 21 DE JULIO DE 1995 (G)          MOZAMBIQUE 26 DE AGOSTO DE 1995 (G)
CAMBOYA 13 DE OCTUBRE DE 2004 (N)           GUINEA 25 DE OCTUBRE DE 1995 (G)           MYANMAR 1° DE ENERO DE 1995
CAMERÚN 13 DE DICIEMBRE DE 1995 (G)         GUINEA-BISSAU 31 DE MAYO DE 1995 (G)       NAMIBIA 1° DE ENERO DE 1995
CANADÁ 1° DE ENERO DE 1995                  GUYANA 1° DE ENERO DE 1995                 NEPAL 23 DE ABRIL DE 2004 (N)
CHAD 19 DE OCTUBRE DE 1996 (G)              HAITÍ 30 DE ENERO DE 1996 (G)              NICARAGUA 3 DE SEPTIEMBRE DE 1995 (G)
CHILE 1° DE ENERO DE 1995                   HONDURAS 1° DE ENERO DE 1995               NÍGER 13 DE DICIEMBRE DE 1996 (G)
CHINA 11 DE DICIEMBRE DE 2001 (N)           HONG KONG, CHINA 1° DE ENERO DE 1995       NIGERIA 1° DE ENERO DE 1995
CHIPRE 30 DE JULIO DE 1995 (G)              HUNGRÍA 1° DE ENERO DE 1995                NORUEGA 1° DE ENERO DE 1995
COLOMBIA 30 DE ABRIL DE 1995 (G)            INDIA 1° DE ENERO DE 1995                  NUEVA ZELANDIA 1° DE ENERO DE 1995
CONGO 27 DE MARZO DE 1997 (G)               INDONESIA 1° DE ENERO DE 1995              OMÁN 9 DE NOVIEMBRE DE 2000 (N)
COREA 1° DE ENERO DE 1995                   IRLANDA 1° DE ENERO DE 1995                PAÍSES BAJOS — CON INCLUSIÓN DE LAS..
COSTA RICA 1° DE ENERO DE 1995              ISLANDIA 1° DE ENERO DE 1995               ANTILLAS NEERLANDESAS 1° DE ENERO
CÔTE D’IVOIRE 1° DE ENERO DE 1995…. CROACIA ISLAS SALOMÓN 26 DE JULIO DE 1996 (G)      DE 1995
30 DE NOVIEMBRE DE 2000 (N)                 ISRAEL 21 DE ABRIL DE 1995 (G)             PAKISTÁN 1° DE ENERO DE 1995
CUBA 20 DE ABRIL DE 1995 (G)                ITALIA 1° DE ENERO DE 1995                 PANAMÁ 6 DE SEPTIEMBRE DE 1997 (N)
DINAMARCA 1° DE ENERO DE 1995               JAMAICA 9 DE MARZO DE 1995 (G)             PAPUA NUEVA GUINEA 9 DE JUNIO
DJIBOUTI 31 DE MAYO DE 1995 (G)             JAPÓN 1° DE ENERO DE 1995                  E 1996 (G)
PARAGUAY 1° DE ENERO DE 1995                UCRANIA 16 DE MAYO DE 2008                   TAYIKISTÁN
PERÚ 1° DE ENERO DE 1995                    UGANDA 1° DE ENERO DE 1995                   UZBEKISTÁN
POLONIA 1° DE JULIO DE 1995 (G)             UNIÓN EUROPEA 1° DE ENERO DE 1995            VANUATU
PORTUGAL 1° DE ENERO DE 1995                URUGUAY 1° DE ENERO DE 1995                  YEMEN
QATAR 13 DE ENERO DE 1996 (G)               VENEZUELA 1° DE ENERO DE 1995                NOTA: CON EXCEPCIÓN DE LA SANTA SEDE, LOS
REINO UNIDO 1° DE ENERO DE 1995             VIET NAM 11 DE ENERO DE 2007                 OBSERVADORES DEBEN INICIAR LAS NEGOCIACIONES DE
REINO DE ARABIA SAUDITA 11 DE -             ZAMBIA 1° DE ENERO DE 1995                   ADHESIÓN EN UN PLAZO DE CINCO AÑOS
                                                                                         DESPUÉS DE OBTENER LA CONDICIÓN DE OBSERVADOR.
DICIEMBRE DE 2005                           ZIMBABWE 3 DE MARZO DE 1995
REPÚBLICA CENTROAFRICANA 31 DE MAYO
DE 1995 (G)
REPÚBLICA CHECA 1° DE ENERO DE 1995         OBSERVADORES DEBEN INICIAR LAS
REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO             NEGOCIACIONES DE ADHESIÓN EN UN PLAZO DE
1° DE ENERO DE 1997 (G)                     CINCO AÑOS DESPUÉS DE OBTENER LA CONDICIÓN
REPÚBLICA DOMINICANA 9 DE MARZO             DE OBSERVADOR. GOBIERNOS CON LA CONDICIÓN
DE 1995 (G)                                 DE OBSERVADOR
REPÚBLICA ESLOVACA 1° DE ENERO DE 1995
REPÚBLICA KIRGUISA 20 DE DICIEMBRE          AFGANISTÁN
DE 1998 (N)                                 ANDORRA
RUMANIA 1° DE ENERO DE 1995                 ARGELIA
RWANDA 22 DE MAYO DE 1996 (G)               AZERBAIYÁN
SAINT KITTS Y NEVIS 21 DE FEBRERO           BAHAMAS
DE 1996 (N)                                 BELARÚS
SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS                BHUTÁN
1° DE ENERO DE 1995                         BOSNIA Y HERZEGOVINA
SANTA LUCÍA 1° DE ENERO DE 1995             COMORAS
SENEGAL 1° DE ENERO DE 1995                 ETIOPÍA
SIERRA LEONA 23 DE JULIO DE 1995 (G)        GUINEA ECUATORIAL
SINGAPUR 1° DE ENERO DE 1995                IRÁN
SRI LANKA 1° DE ENERO DE 1995               IRAQ
SUDÁFRICA 1° DE ENERO DE 1995               KAZAJSTÁN
SUECIA 1° DE ENERO DE 1995                  LIBIA
SUIZA 1° DE JULIO DE 1995 (G)               MONTENEGRO
SURINAME 1° DE ENERO DE 1995                REPÚBLICA ÁRABE SIRIA
SWAZILANDIA 1° DE ENERO DE 1995             REP. DEM. POPULAR LAO
TAILANDIA 1° DE ENERO DE 1995               REPÚBLICA LIBANESA
TAIPEI CHINO 1° DE ENERO DE 2002 (N)        REPÚBLICA DE LIBERIA
TANZANÍA 1° DE ENERO DE 1995                RUSIA, FEDERACIÓN DE SAMOA
TOGO 31 DE MAYO DE 1995 (G)                 SANTA SEDE
TONGA 27 DE JULIO DE 2007                   SANTO TOMÉ Y PRINCIPE
TRINIDAD Y TABAGO 1° DE MARZO DE 1995 (G)   SERBIA
TÚNEZ 29 DE MARZO DE 1995 (G)               SEYCHELLES
TURQUÍA 26 DE MARZO DE 1995 (G)             SUDÁN
ALGUNAS FUNCIONES DE MEDIDAS COMPENSATORIAS



• Realizar investigaciones relacionadas con dumping, subsidios y daños.

• Llevar a cabo evaluaciones de daños.

• Sostener audiencias relativas a procedimientos antidumping.

• Brindar asistencia a su país en el manejo de los procedimientos
  antidumping.

• Hacer investigaciones estadísticas y preparar cálculos de dumping y
  subsidios.
MEDIDAS ANTIDUMPING


Es una herramienta de carácter transitorio y corresponde a una sobretasa
arancelaria que busca enfrentar las practicas desleales de comercio, como
el dumping.


Al detectarse la venta de un bien por debajo del valor estimado normal
considerando los costo de los insumos, la mano de obra etc., los
empresarios de la industria afectada por la importación del producto
presentan una demanda y piden una investigación al organismo nacional
competente y si de el caso de que se verifique el ejercicio del dumping
por parte de la empresa extranjera acusada, es aplicada una sobre tasa a
la importación del producto ofertado por dicha compañía.
En la investigación debe probarse que existe:

Incremento masivo en el volumen de las
importaciones  de   productos similares o
directamente competidores con el producto
nacional.

Daño grave o amenaza de daño grave a la
producción nacional.

Relación causal entre el incremento             de
importaciones y el daño o la amenaza de daño.
APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS
• Estas medidas deberán tomar la forma de
  variaciones arancelarias establecidas por plazos
  máximos de cinco años, con la posibilidad de
  reexaminarlos antes de su vencimiento ya sea de
  oficio o a solicitud de parte para determinar si
  amerita la prórroga de la medida.

• No existe límite de tiempo en cuanto al número de
  veces que se pueda prorrogar una medida, siempre y
  cuando la autoridad investigadora haya determinado
  de conformidad con los acuerdos que la medida
  sigue siendo necesaria.
Medidas de Salvaguardia

Las salvaguardias son medidas temporales de
regulación de las importaciones que un país
puede adoptar cuando, como resultado de un
proceso de apertura de mercados, algún sector
de la producción nacional se encuentra dañado o
puede ser gravemente dañado, ante la dificultad
de competir exitosamente en el mercado interno
frente a incrementos masivos de importaciones
de productos similares o directamente
competidores con los productos nacionales.
Las dos formas que tradicionalmente
   adopta una medida de salvaguardia
• Son un incremento arancelario o una restricción cuantitativa de las
  importaciones, generalmente a través de una cuota. Ambas respuestas
  cumplen con el objetivo de inhibir temporalmente las importaciones.

• Las salvaguardias tienen un precio. A través de la celebración de
  consultas debe negociarse con los países Miembros de la OMC
  interesados en la exportación del producto una compensación
  substancialmente equivalente.

• Si no se llega a ningún acuerdo satisfactorio, la parte afectada puede
  aplicar una medida de retorsión mediante su propia determinación de
  lo que considera una concesión satisfactoria para la misma. Esta
  compensación podrá obviarse durante los primeros 3 años cuando la
  medida de salvaguardia sea producto de un incremento en las
  importaciones en términos absolutos.
RECOMENDACIONES

• Que las entidades nacionales e internacionales estén
  siempre alerta y tomen realmente en serio las medidas
  aplicables para detener la competencia desleal y así no
  perjudicar al productor nacional.

• Que la OMC encuentre la manera de prevenir esta mala
  práctica desleal para que no perjudique la economía de
  los países miembros.

• Que los productores nacionales e internacionales
  tomen conciencia y que estén siempre en preparación
  profesional a fin de ser mucho más competitivo y darle
  al consumidor un producto de calidad.
Muchas Gracias…
Por su atención.

Competencia Internacional

  • 1.
    DERECHO ECONOMICO INTERNACIONAL TEMA:COMPETENCIAINTERNACIONAL WILLIAMS TORRES REYES
  • 2.
  • 3.
    DEFINICION Competencia se refierea la lucha por (o el mantenimiento de) la superioridad comercial. En el mundo comercial, esto implica el esfuerzo por conseguir el mayor número posible de clintes. En el Reino Unido, la Competition Commission describe la competencia como "un proceso de rivalidad entre empresas con el objetivo de conseguir clientes".
  • 4.
    También la CompetenciaInternacional son las relaciones económicas internacionales de rivalidad entre competidores con la finalidad de lucro, de progreso y desarrollo económico, en la que no exclusivamente se da entre Estados, o entre grupos de Estados, integrados en diversos mercados (UE, Mercosur, OPEP, etc.) Sino también de grupos transnacionales, industriales y financieros, cuya estructura esta sobrepuesta en el propio campo de acción de los Estados y sus mercados. En las que también las Organizaciones internacionales (FMI, OMC, Banco Mundial) han adquirido cada vez mayores competencias y responsabilidades de carácter transnacional, sin que ello signifique que se haya apoderado de la totalidad de las competencias estatales.
  • 5.
    Grados de Competencia •La competencia perfecta es la situación en la que el mercado es lo más competitivo posible: todos los agentes son precio-aceptantes (price takers en inglés) y por lo tanto no tienen ningún poder para influir en sus precios, obteniendo las empresas el mínimo beneficio necesario para poder mantener la producción. • La competencia imperfecta puede deberse también a la existencia de barrera de entrada, impidiendo el incremento del número de competidores. (por ejemplo en el caso del oligopolio, con pocas empresas, o el duopolio, con sólo dos empresas)
  • 6.
    Control de lacompetencia internacional Es esencial para el funcionamiento El vínculo es cada vez más de la economía mundial. estrecho entre Si la razón de ser de un mercado competencia y comercio mundial es permitir la competencia de las empresas en internacional: a mayor Y por consiguiente, en condiciones de igualdad en los competencia entre los beneficio del desarrollo: el mercados de todos los Estados, la operadores individual de los países que política de libre competencia tiene económicos, más introducen la competencia en que favorecer la eficiencia sus sistemas económicos, y el económica a través de la creación oportunidades de de un clima propicio, donde se comercio, y a mayor de la economía mundial, con respeten las normas del apertura comercial, más sus efectos positivos para GATT(OMC), así como el mercado competencia, todo ello en todos. internacional para acentuar aún más la innovación, el progreso beneficio del buen tecnológico, económico, cultural funcionamiento del etc. mercado.
  • 7.
    y que los Afirmó que las problemas acciones económicas económicos deben Max Weber, en influyeron ser resueltos por Economía y parcialmente en la medio de Sociedad (1922) sistematización del mecanismos derecho legales.
  • 8.
    Trust El concepto detrust, basado en la voz inglesa que significa confianza, es un término empleado en el sector empresarial, económico y financiero. Con él viene a definirse a todo aquel proceso por el cual se unen diferentes empresas que desde ese momento se encontrarán bajo una misma dirección.
  • 9.
    Tipos de Trust Existendos tipos de trust. Así, estaría lo que se da en llamar trust horizontal que es aquel que se produce cuando las empresas que se unen ofrecían los mismos servicios o tenían en el mercado los mismos productos. EL trust vertical que es el que se refiere a que las citadas compañías llevaban a cabo actividades complementarias entre sí.
  • 10.
    Antecedentes La figura delTrust tiene sus raíces en la Inglaterra medieval, y concretamente en el marco histórico de las cruzadas; donde la ausencia del señor feudal durante prolongados periodos de tiempo exigía el traspaso temporal de la propiedad de sus tierras a otro señor feudal, condicionando su titularidad a la asistencia de la familia del cedente. En el año 1880 fue cuando se produjo el primer trust de la historia: Standard Oil Trust. En concreto lo que sucedió fue que la empresa petrolífera estadounidense Standard Oil, fundada en Ohio por los hermanos Rockefeller, absorbió a todas sus competidoras tanto en dicha ciudad como en todo el nordeste del país. Una situación que hizo que, ante las protestas suscitadas, se aprobara una ley antitrust y dicha compañía tuviera que fragmentarse pero eso no impidió que las distintas compañías que la conformaban siguieran siendo propiedad de los Rockefeller.
  • 11.
    Antitrust El "Antitrust" tienesu origen en el Derecho de los Estados Unidos. El nombre se debe a que esta rama del Derecho fue creada para combatir los trust de comercio. Posteriormente, otros países adoptaron el Antitrust en su ordenamiento jurídico utilizando otros términos como "leyes de competencia", "de libre competencia" o "antimonopolios". En la actualidad, la mayor parte de los países industrializados y algunos países en desarrollo tiene leyes Antitrust.
  • 12.
    International Competition Network La ICN es la única organización de carácter internacional en materia de antitrust. La afiliación es voluntaria y abierta a cualquier administración nacional encargada de la competencia. La mayoría de los miembros trabajan conjuntamente mediante internet, teléfono, fax o videoconferencia. A pesar de que se pueda alcanzar el consenso en cuanto a prácticas recomendables, se deja en manos de cada administración la posibilidad de atenerse a ellas o desviarse de éstas. Así pues, la ICN intenta definir códigos de conducta pero carece de un poder ejecutivo real
  • 13.
    COMPETENCIA DESLEAL Prácticas deslealesde los actores económicos en competencia que consiste en la introducción de un producto importado en condiciones de dumping o subsidiadas en un Estado distinto.
  • 14.
    CLASES DE COMPETENCIADESLEAL El dumping y los subsidios son los dos tipos de prácticas consideradas desleales en el comercio internacional porque imposibilitan que la competencia internacional se desarrolle en igualdad de condiciones entre los productores nacionales y sus competidores extranjeros 1.- DUMPING 2.- SUBSIDIO
  • 15.
    DUMPING En cualquier parte del mundo, el dumping consiste en vender un producto por debajo El dumping es El dumping es de su valor normal en el una acción una práctica mercado, y esto no voluntaria de desleal de necesariamente tiene que ser las empresas. comercio. por debajo de su valor de costo durante un periodo prolongado.
  • 16.
    Es consecuencia esto supone la de una conducta La empresarial de colocación de excedentes de práctica penetración y posicionamiento producción en un mercado externo o la del de mercados exportación de externos mediante dumping una discriminación productos a costos variables. de precios,
  • 17.
    CLASES DE DUMPING DUMPING RECÍPROCO Dumping Dumping cíclico estratégico CLASES DE DUMPING Dumping Dumping de orientado a comercio la expansión estatal del mercado
  • 18.
    Hoy en díase debaten dos posiciones sobre el dumping: • La primera sostiene que el dumping es una práctica normal del comercio que beneficia al consumidor final, productores y usuarios del país que incorpora la mercadería, siendo las regulaciones antidumping normas esencialmente proteccionistas. • La segunda posición sostiene que las medidas antidumping son legítimas en función de un orden de comercio liberal, pero en algunos casos se han usado con fines proteccionistas.
  • 19.
    LOS SUBSIDIOS Los subsidiosse neutralizan con un derecho compensatorio equivalente a su incidencia, por lo tanto la prueba de los subsidios puede ser más sencilla que el propio dumping por estar contenidas en las leyes y normas que regulan su concesión por las entidades oficiales que los otorgan. En el comercio internacional los subsidios provocan efectos similares a la del dumping, pero estos son más dañinos. Los países miembros de la Organización Mundial del Comercio han reconocido que el uso de subvenciones o "subsidios" como se les conoce en nuestro país, son medidas que pueden ayudar a estimular el desarrollo económico de una economía y su crecimiento.
  • 20.
    ¿Cuándo hay subvención? Subvención hay cuando se dan las siguientes situaciones o características: • Cuando un país exportador o un organismo público de un país exportador está efectuando una contribución financiera a un productor, de modo que le representa un beneficio que le permite exportar a un precio menor. • También cuando un gobierno induce a una entidad privada a proveer esos beneficios a los productores exportadores. Sin embargo, para que el productor nacional pueda obtener a su favor estas medidas, es sumamente necesario que demuestre que efectivamente ese producto importado está ingresando a precio de dumping o subsidiado, y que por consecuencia esta práctica desleal le está causando un gran daño.
  • 21.
    INDICADORES DE DAÑOOCASIONADO POR EL DUMPING O SUBSIDIO • Precios internos • Disminución real y potencial de las ventas • Existencias • Producción • Empleo • Salarios • Capacidad instalada • Utilización de la capacidad instalada • Crecimiento • Productividad • Participación en el mercado • Efectos negativos sobre flujo de caja • Utilidades • Rendimientos en las inversiones • Inversión y capacidad para reunir capital
  • 22.
    DAÑO OCASIONADO Se debetener en cuenta que no cualquier daño es suficiente para justificar la imposición de medidas, la determinación de daño deberá estar fundamentada en hechos e información objetiva y no en meras conjeturas o posibilidades remotas por lo que se deberá realizar un examen minucioso. Para que se pueda lograr la aplicación de un derecho antidumping o compensatorio, no basta demostrar la existencia de dumping o subsidio y de daño a la industria nacional. Se exige que exista relación de causalidad entre la práctica y el daño o tal como lo establece el propio acuerdo, se tiene que demostrar que por efectos del dumping, las importaciones objeto de dumping causan daño.
  • 23.
    EL GATT YSU CÓDIGO ANTIDUMPING Este código tuvo su origen en la ronda Kennedy (1962-1967) , reformada por la ronda Tokio (1973- 1979) y modificada nuevamente por la ronda Uruguay (1986-1994). El primer antecedente de la ley antidumping que se conoce es en Canadá en 1904. En 1921, la legislación antidumping se extendió rápidamente por EE.UU y Europa, generalizando el sentimiento antimonopolio El Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT) oficialmente constituido el 03 de octubre de 1947 Es con los cambios en las reglas de juego que el GATT como institución muere y pasa a llamarse Organización Mundial del Comercio (OMC).
  • 24.
    Según Artículo 3del Acuerdo Antidumping de la OMC Se entenderá por “daño”, un daño importante causado a la rama de la producción nacional, una amenaza de daño importante causado a la rama de la producción nacional o un retraso importante en la creación de esta rama de la producción. En el análisis del daño, la autoridad investigadora tendrá en cuenta el volumen de las importaciones en términos absolutos y en relación a la producción o el consumo del país miembro importador. También se tendrá en cuenta si el efecto de las importaciones sobre los precios, si existe subvaloración en comparación con el precio del producto similar del importador, si el efecto de tales importaciones ha sido bajar los precios en medida significativa o impedir en medida significativa la subida que en otro caso hubiera sucedido
  • 25.
    OMC (Organización Mundialdel Comercio) En los últimos años miembros de la OMC (Organización Mundial del Comercio) han tenido que implementar reformas en sus políticas comerciales con el fin de incorporarse a los acuerdos que en el marco de dicha organización se han pactado. Las disposiciones tienes que ver con la liberación de las barreras comerciales, se considera también que hay otro tipo medidas de suman importancia, se trata de las que aparece con el fin de compensar practicas desleales de los países exportadores como el dumping y los subsidios que afectan seriamente la producción nacional. El OMC(GATT) no castiga el dumping si no que trata de evitar el daño que causa.
  • 26.
    153 gobiernos desdejulio de 2008, con la fecha de su adhesión (“g” = los 51 Miembros iniciales del GATT que se adhirieron después del 1o de enero de 1995; “n” = nuevos Miembros que se adhirieron a la OMC a través de negociaciones de los grupos de trabajo):
  • 27.
    ALBANIA 8 DESEPTIEMBRE DE 2000 (N) DOMINICA 1° DE ENERO DE 1995 JORDANIA 11 DE ABRIL DE 2000 (N) ALEMANIA 1° DE ENERO DE 1995 ECUADOR 21 DE ENERO DE 1996 (N) KENYA 1° DE ENERO DE 1995 ANGOLA 1° DE DICIEMBRE DE 1996 (G) EGIPTO 30 DE JUNIO DE 1995 (G) KUWAIT 1° DE ENERO DE 1995 ANTIGUA Y BARBUDA EL SALVADOR 7 DE MAYO DE 1995 (G) LESOTHO 31 DE MAYO DE 1995 (G) 1° DE ENERO DE 1995 EMIRATOS ÁRABES UNIDOS LETONIA 10 DE FEBRERO DE 1999 (N) ARGENTINA 1° DE ENERO DE 1995 10 DE ABRIL DE 1996 (G) LIECHTENSTEIN 1° DE SEPTIEMBRE ARMENIA 5 DE FEBRERO DE 2003 (N) ESLOVENIA 30 DE JULIO DE 1995 (G) DE 1995 (G) AUSTRALIA 1° DE ENERO DE 1995 ESPAÑA 1° DE ENERO DE 1995 LITUANIA 31 DE MAYO DE 2001 (N) AUSTRIA 1° DE ENERO DE 1995 ESTADOS UNIDOS 1° DE ENERO DE 1995 LUXEMBURGO 1° DE ENERO DE 1995 BAHREIN 1° DE ENERO DE 1995 ESTONIA 13 DE NOVIEMBRE DE 1999 (N) MACAO, CHINA 1° DE ENERO DE 1995 BANGLADESH 1° DE ENERO DE 1995 EX REPÚBLICA YUGOSLAVA MADAGASCAR 17 DE NOVIEMBRE DE 1995 (G) BARBADOS 1° DE ENERO DE 1995 DE MACEDONIA 4 DE ABRIL DE 2003 (N) MALASIA 1° DE ENERO DE 1995 BÉLGICA 1° DE ENERO DE 1995 FIJI 14 DE ENERO DE 1996 (G) MALAWI 31 DE MAYO DE 1995 (G) BELICE 1° DE ENERO DE 1995 FILIPINAS 1° DE ENERO DE 1995 MALDIVAS 31 DE MAYO DE 1995 (G) BENIN 22 DE FEBRERO DE 1996 (G) FINLANDIA 1° DE ENERO DE 1995…FRANCIA 1° DEMALÍ 31 DE MAYO DE 1995 (G) BOLIVIA 13 DE SEPTIEMBRE DE 1995 (G) ENERO DE 1995 MALTA 1° DE ENERO DE 1995 BOTSWANA 31 DE MAYO DE 1995 (G) GABÓN 1° DE ENERO DE 1995 MARRUECOS 1° DE ENERO DE 1995 BRASIL 1° DE ENERO DE 1995 GAMBIA 23 DE OCTUBRE DE 1996 (G) MAURICIO 1° DE ENERO DE 1995 BRUNEI DARUSSALAM 1° DE ENERO DE 1995 GEORGIA 14 DE JUNIO DE 2000 (N) MAURITANIA 31 DE MAYO DE 1995 (G) BULGARIA 1° DE DICIEMBRE DE 1996 (N) GHANA 1° DE ENERO DE 1995 MÉXICO 1° DE ENERO DE 1995 BURKINA FASO 3 DE JUNIO DE 1995 (G) GRANADA 22 DE FEBRERO DE 1996 (G) MOLDOVA 26 DE JULIO DE 2001 (N) BURUNDI 23 DE JULIO DE 1995 (G) GRECIA 1° DE ENERO DE 1995 MONGOLIA 29 DE ENERO DE 1997 (N) CABO VERDE 23 DE JULIO DE 1998 GUATEMALA 21 DE JULIO DE 1995 (G) MOZAMBIQUE 26 DE AGOSTO DE 1995 (G) CAMBOYA 13 DE OCTUBRE DE 2004 (N) GUINEA 25 DE OCTUBRE DE 1995 (G) MYANMAR 1° DE ENERO DE 1995 CAMERÚN 13 DE DICIEMBRE DE 1995 (G) GUINEA-BISSAU 31 DE MAYO DE 1995 (G) NAMIBIA 1° DE ENERO DE 1995 CANADÁ 1° DE ENERO DE 1995 GUYANA 1° DE ENERO DE 1995 NEPAL 23 DE ABRIL DE 2004 (N) CHAD 19 DE OCTUBRE DE 1996 (G) HAITÍ 30 DE ENERO DE 1996 (G) NICARAGUA 3 DE SEPTIEMBRE DE 1995 (G) CHILE 1° DE ENERO DE 1995 HONDURAS 1° DE ENERO DE 1995 NÍGER 13 DE DICIEMBRE DE 1996 (G) CHINA 11 DE DICIEMBRE DE 2001 (N) HONG KONG, CHINA 1° DE ENERO DE 1995 NIGERIA 1° DE ENERO DE 1995 CHIPRE 30 DE JULIO DE 1995 (G) HUNGRÍA 1° DE ENERO DE 1995 NORUEGA 1° DE ENERO DE 1995 COLOMBIA 30 DE ABRIL DE 1995 (G) INDIA 1° DE ENERO DE 1995 NUEVA ZELANDIA 1° DE ENERO DE 1995 CONGO 27 DE MARZO DE 1997 (G) INDONESIA 1° DE ENERO DE 1995 OMÁN 9 DE NOVIEMBRE DE 2000 (N) COREA 1° DE ENERO DE 1995 IRLANDA 1° DE ENERO DE 1995 PAÍSES BAJOS — CON INCLUSIÓN DE LAS.. COSTA RICA 1° DE ENERO DE 1995 ISLANDIA 1° DE ENERO DE 1995 ANTILLAS NEERLANDESAS 1° DE ENERO CÔTE D’IVOIRE 1° DE ENERO DE 1995…. CROACIA ISLAS SALOMÓN 26 DE JULIO DE 1996 (G) DE 1995 30 DE NOVIEMBRE DE 2000 (N) ISRAEL 21 DE ABRIL DE 1995 (G) PAKISTÁN 1° DE ENERO DE 1995 CUBA 20 DE ABRIL DE 1995 (G) ITALIA 1° DE ENERO DE 1995 PANAMÁ 6 DE SEPTIEMBRE DE 1997 (N) DINAMARCA 1° DE ENERO DE 1995 JAMAICA 9 DE MARZO DE 1995 (G) PAPUA NUEVA GUINEA 9 DE JUNIO DJIBOUTI 31 DE MAYO DE 1995 (G) JAPÓN 1° DE ENERO DE 1995 E 1996 (G)
  • 28.
    PARAGUAY 1° DEENERO DE 1995 UCRANIA 16 DE MAYO DE 2008 TAYIKISTÁN PERÚ 1° DE ENERO DE 1995 UGANDA 1° DE ENERO DE 1995 UZBEKISTÁN POLONIA 1° DE JULIO DE 1995 (G) UNIÓN EUROPEA 1° DE ENERO DE 1995 VANUATU PORTUGAL 1° DE ENERO DE 1995 URUGUAY 1° DE ENERO DE 1995 YEMEN QATAR 13 DE ENERO DE 1996 (G) VENEZUELA 1° DE ENERO DE 1995 NOTA: CON EXCEPCIÓN DE LA SANTA SEDE, LOS REINO UNIDO 1° DE ENERO DE 1995 VIET NAM 11 DE ENERO DE 2007 OBSERVADORES DEBEN INICIAR LAS NEGOCIACIONES DE REINO DE ARABIA SAUDITA 11 DE - ZAMBIA 1° DE ENERO DE 1995 ADHESIÓN EN UN PLAZO DE CINCO AÑOS DESPUÉS DE OBTENER LA CONDICIÓN DE OBSERVADOR. DICIEMBRE DE 2005 ZIMBABWE 3 DE MARZO DE 1995 REPÚBLICA CENTROAFRICANA 31 DE MAYO DE 1995 (G) REPÚBLICA CHECA 1° DE ENERO DE 1995 OBSERVADORES DEBEN INICIAR LAS REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO NEGOCIACIONES DE ADHESIÓN EN UN PLAZO DE 1° DE ENERO DE 1997 (G) CINCO AÑOS DESPUÉS DE OBTENER LA CONDICIÓN REPÚBLICA DOMINICANA 9 DE MARZO DE OBSERVADOR. GOBIERNOS CON LA CONDICIÓN DE 1995 (G) DE OBSERVADOR REPÚBLICA ESLOVACA 1° DE ENERO DE 1995 REPÚBLICA KIRGUISA 20 DE DICIEMBRE AFGANISTÁN DE 1998 (N) ANDORRA RUMANIA 1° DE ENERO DE 1995 ARGELIA RWANDA 22 DE MAYO DE 1996 (G) AZERBAIYÁN SAINT KITTS Y NEVIS 21 DE FEBRERO BAHAMAS DE 1996 (N) BELARÚS SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS BHUTÁN 1° DE ENERO DE 1995 BOSNIA Y HERZEGOVINA SANTA LUCÍA 1° DE ENERO DE 1995 COMORAS SENEGAL 1° DE ENERO DE 1995 ETIOPÍA SIERRA LEONA 23 DE JULIO DE 1995 (G) GUINEA ECUATORIAL SINGAPUR 1° DE ENERO DE 1995 IRÁN SRI LANKA 1° DE ENERO DE 1995 IRAQ SUDÁFRICA 1° DE ENERO DE 1995 KAZAJSTÁN SUECIA 1° DE ENERO DE 1995 LIBIA SUIZA 1° DE JULIO DE 1995 (G) MONTENEGRO SURINAME 1° DE ENERO DE 1995 REPÚBLICA ÁRABE SIRIA SWAZILANDIA 1° DE ENERO DE 1995 REP. DEM. POPULAR LAO TAILANDIA 1° DE ENERO DE 1995 REPÚBLICA LIBANESA TAIPEI CHINO 1° DE ENERO DE 2002 (N) REPÚBLICA DE LIBERIA TANZANÍA 1° DE ENERO DE 1995 RUSIA, FEDERACIÓN DE SAMOA TOGO 31 DE MAYO DE 1995 (G) SANTA SEDE TONGA 27 DE JULIO DE 2007 SANTO TOMÉ Y PRINCIPE TRINIDAD Y TABAGO 1° DE MARZO DE 1995 (G) SERBIA TÚNEZ 29 DE MARZO DE 1995 (G) SEYCHELLES TURQUÍA 26 DE MARZO DE 1995 (G) SUDÁN
  • 29.
    ALGUNAS FUNCIONES DEMEDIDAS COMPENSATORIAS • Realizar investigaciones relacionadas con dumping, subsidios y daños. • Llevar a cabo evaluaciones de daños. • Sostener audiencias relativas a procedimientos antidumping. • Brindar asistencia a su país en el manejo de los procedimientos antidumping. • Hacer investigaciones estadísticas y preparar cálculos de dumping y subsidios.
  • 30.
    MEDIDAS ANTIDUMPING Es unaherramienta de carácter transitorio y corresponde a una sobretasa arancelaria que busca enfrentar las practicas desleales de comercio, como el dumping. Al detectarse la venta de un bien por debajo del valor estimado normal considerando los costo de los insumos, la mano de obra etc., los empresarios de la industria afectada por la importación del producto presentan una demanda y piden una investigación al organismo nacional competente y si de el caso de que se verifique el ejercicio del dumping por parte de la empresa extranjera acusada, es aplicada una sobre tasa a la importación del producto ofertado por dicha compañía.
  • 31.
    En la investigacióndebe probarse que existe: Incremento masivo en el volumen de las importaciones de productos similares o directamente competidores con el producto nacional. Daño grave o amenaza de daño grave a la producción nacional. Relación causal entre el incremento de importaciones y el daño o la amenaza de daño.
  • 32.
    APLICACIÓN DE LASMEDIDAS • Estas medidas deberán tomar la forma de variaciones arancelarias establecidas por plazos máximos de cinco años, con la posibilidad de reexaminarlos antes de su vencimiento ya sea de oficio o a solicitud de parte para determinar si amerita la prórroga de la medida. • No existe límite de tiempo en cuanto al número de veces que se pueda prorrogar una medida, siempre y cuando la autoridad investigadora haya determinado de conformidad con los acuerdos que la medida sigue siendo necesaria.
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    Medidas de Salvaguardia Lassalvaguardias son medidas temporales de regulación de las importaciones que un país puede adoptar cuando, como resultado de un proceso de apertura de mercados, algún sector de la producción nacional se encuentra dañado o puede ser gravemente dañado, ante la dificultad de competir exitosamente en el mercado interno frente a incrementos masivos de importaciones de productos similares o directamente competidores con los productos nacionales.
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    Las dos formasque tradicionalmente adopta una medida de salvaguardia • Son un incremento arancelario o una restricción cuantitativa de las importaciones, generalmente a través de una cuota. Ambas respuestas cumplen con el objetivo de inhibir temporalmente las importaciones. • Las salvaguardias tienen un precio. A través de la celebración de consultas debe negociarse con los países Miembros de la OMC interesados en la exportación del producto una compensación substancialmente equivalente. • Si no se llega a ningún acuerdo satisfactorio, la parte afectada puede aplicar una medida de retorsión mediante su propia determinación de lo que considera una concesión satisfactoria para la misma. Esta compensación podrá obviarse durante los primeros 3 años cuando la medida de salvaguardia sea producto de un incremento en las importaciones en términos absolutos.
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    RECOMENDACIONES • Que lasentidades nacionales e internacionales estén siempre alerta y tomen realmente en serio las medidas aplicables para detener la competencia desleal y así no perjudicar al productor nacional. • Que la OMC encuentre la manera de prevenir esta mala práctica desleal para que no perjudique la economía de los países miembros. • Que los productores nacionales e internacionales tomen conciencia y que estén siempre en preparación profesional a fin de ser mucho más competitivo y darle al consumidor un producto de calidad.
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