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Dictamen imss . auditoría
DICTAMEN IMSS
¿Qué es el DICTAMEN I M S S ?
Se trata de un documento elaborado por contador
 público autorizado que consigna la opinión sobre
  el cumplimiento de las obligaciones del patrón
                 ante el Instituto.
REQUISITOS PARA DICTAMINAR:                 Titulo Sexto.
                Del Dictamen y Corrección de las Obligaciones Patronales;
                Capítulo II. Reglamento de la Ley del Seguro Social en
                materia de Afiliación, Clasificación de Empresas,
                Recaudación y Fiscalización .




     Se considera Contador Público
              Autorizado:
•Persona Física.
•Título Contador Público o grado académico
equivalente, expedido por una autoridad
competente.
•Que esté inscrito en el Registro de Contadores
Públicos que llevará el IMSS.

                         Art. 153 Rgto. Afil. Clas.[…]
EL Contador Público Inscrito
             deberá:
•Informar cambio de datos que proporcionó
en su solicitud. Plazo.- 10 días hábiles.

•Comprobar que sigue siendo socio activo de
un colegio de contadores. Plazo.- Los
primeros 3 meses del año.

•Acreditar evaluación ante el Colegio o
Asociación.

•Dar aviso por escrito al patrón en proceso
del dictamen, en un plazo no mayor a 5 días
hábiles; en caso de suspensión o cancelación
de su registro ante el IMSS.

                                Art. 154 Rgto. Afil. Clas.[…]
¿Cuándo el c.p.i. NO podrá emitir
        el dictamen?
                                               Ser el patrón a
                                             dictaminar, o tener
                                           alguna intervención en
                                            la Admón. de la Cía.
                                                                      Ser el cónyuge, pariente en
             Y cuando se encuentre                                       línea recta o colateral
            en alguna otra situación                                   dentro del 4to. Grado por
                   análoga.                                             afinidad de las personas
                                                                         que intervienen en la
                                                                            Admón. de la Cía.




   Cuando esté prestando sus
                                                                                Haberle prestado al
    servicios al IMSS o a otra
                                                                              patrón sus servicios en
  autoridad fiscal que también
                                                                                 el año inmediato
       pueda determinar
                                                                              anterior al dictaminado
   contribuciones federales o
                                                                              de forma subordinada.
             locales.



                                                              Que durante el ejercicio
                     La cercanía al patrón es                   del dictamen, haya
                      tanta, que impide la                   tenido alguna vinculación
                         independencia o                         económica en los
                    imparcialidad de criterio.                 negocios del patrón.

                                                                                         Art. 155 Rgto. Afil. Clas.[…]
¿ Quiénes lo presentan ?
• De manera obligatoria, los patrones con un
 promedio anual de 300 o más trabajadores
  en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

 • Los patrones que no se ubiquen en esta
  situación podrán optar por dictaminar
             voluntariamente.
Tipos de Dictamen I M S S
       Dictamen                     Dictamen
      obligatorio                   voluntario

Según el art.16 de la LSS,    1.Voluntario ESPONTANEO.
   los patrones con un          Se realiza por decisión
     promedio de 300             personal del patrón.
    trabajadores en el
ejercicio anterior, estarán
OBLIGADOS a dictaminar          2.Voluntario INDUCIDO.
 por un contador público      Aplica cuando existe orden
       autorizado el             de visita domiciliaria,
  cumplimiento de sus         invitación o requerimiento
obligaciones ante el IMSS.           del instituto .
Según el artículo 173 del Racerf, los patrones que
dictaminen obtendrán los siguientes efectos:
Se haya concluido y presentado el
    dictamen correspondiente.

      Los avisos afiliatorios y
    modificaciones salariales se
    hubieran presentado en los
      formatos establecidos.

   Las cuotas obrero patronales se
 hubieran liquidado en su totalidad o
se haya agotado el plazo de 12 meses
           (art. 149 Racerf)
Plazos para el Dictamen I M S S
Para PRESENTAR AVISO del DICTAMEN

El artículo 156 del Racerf dispone
que los patrones que dictaminen
obligatoria y voluntariamente,
deberán presentar el aviso a más
tardar el 30 de abril.

En caso de existir orden de visita domiciliaria o
requerimiento al patrón, y éste decida dictaminarse, el IMSS
recibirá en cualquier fecha el aviso. (art. 175 Racerf)
Aviso para    • Fecha de presentación: 30 de
                   abril de 2011
   dictaminar    • Fecha límite: 2 de mayo de
obligatoriamente 2011


   Aviso para   • El IMSS recibió en
   dictaminar     cualquier fecha el aviso
voluntariamente   patronal.
Para PRESENTAR el DICTAMEN

En términos del artículo 161 del Racerf el 30 de septiembre
vence el plazo para que el contador público autorizado
presente el dictamen.

                             Los patrones obligados a
                       dictaminar los dos o tres últimos
                       ejercicios, deberán presentar el
                       dictamen dentro de los 9 meses
                          siguientes a la fecha del aviso.
Entrega del   • Fecha de presentación: 30 de
                septiembre 2011
 dictamen     • Fecha límite: 3 de octubre
obligatorio     2011


Entrega del   • Dentro de los 9 meses
 dictamen       siguientes a la fecha de
                presentación del aviso.
voluntario
Prórroga para el Dictamen I M S S
  De acuerdo al artículo 162 del Racerf el IMSS
 concederá una prórroga de hasta 40 días hábiles.

 La solicitud de prórroga
deberá presentarse a antes
 del 30 de septiembre del
  año que corresponda.
Lineamientos para ENTREGAR el
       dictamen I M S S
La “Guía de recepción del dictamen 2011” contiene los
puntos que los delegados estatales, regionales y del D.F.
deben considerar para la recepción del dictamen.

Para efectos del IMSS podrá entregarse de forma:

                        Mediante         Mediante el
       Impresa
                        el SUDI          SUDI-Net.
Entrega del Dictamen I M S S de
      forma I M P R E S A
                            Los patrones que opten por esta
                             manera, deberán entrega en el
                             departamento de Auditoria de
                           la subdelegación que corresponda
                            al domicilio fiscal del patrón dos
                          legajos que contengan la totalidad
                               de los registros patronales
                          vigentes, asignados por el instituto
  dentro del ejercicio o periodo dictaminado, los cuales
 deberán estar integrados por los siguientes documentos:
1. Carta de presentación del Dictamen del SEGURO
   SOCIAL (Formato DICP-03) ó

 Carta de presentación del Dictamen para patrones de la
 industria DE LA CONSTRUCCION (Formato DICP-04),
 publicados en el DOF el 27 de Agosto de 2009.
2.- TIPOS DE OPINIONES

• LIMPIA: El Contador Publico Autorizado no determina
              omisiones.

• SIN SALVEDADES: El CPA determina omisiones y se
                  pagan en una sola exhibición o en
                  parcialidades antes de la presentación
                  del dictamen.

• CON SALVEDADES: El CPA determina conceptos o
               sujetos de aseguramiento que el patrón
               no acepte integrar al SBC o afiliar al
               régimen obligatorio.
• ABSTENCION DE OPINION: No se cuenta con
             documentación o elementos suficientes
             para llevar a cabo la revisión que impida
             incluso la emisión de una opinión.

• OPINION NEGATIVA: El CPA como consecuencia de
             su revisión encuentra que los registros
             contables no reflejan la integración real
             del SBC según los requerimientos de LSS
             y sus reglamentos.
3.- A n e x o s
a) Anexo I. Informe respecto de la situación del patrón dictaminado.

b) Anexo II. Cuadro analítico de las cuotas obrero patronales omitidas y
   determinadas en el dictamen

c) Anexo III. Análisis de los conceptos de percepción de categorías de los
   trabajadores indicando si estos se acumularon o no al SBC y revisión a
   los pagos efectuados a PF.

d) Anexo IV . Conciliación del total de percepciones de trabajadores en
   registros contables contra la base de salarios manifestados para el
   instituto; así como contra lo declarado para efectos del ISR.

e) Anexo V. Reporte de las actividades, clasificación y grado de riesgo de la
   empresa dictaminada.
Entrega del Dictamen I M S S
     mediante el S U D I
Los patrones que presenten el aviso de dictamen a través del
Sistema Único de Dictamen (SUDI) deben de entregar en la
subdelegación correspondiente a su domicilio fiscal:

1. Comprobante generador en el SUDI para entrega del
   archivo

2. Dispositivo óptico laser o USB que contenga los archivos
  en formato xml. con la información de los anexos I y V.
3. Carta de presentación impresa del SUDI, firmada por el
   CPA y el patrón.
4. Dos tantos de la hoja 3 o 6 del anexo II Constancia de
   presentación de avisos afiliatorios elaborados con
   motivos del dictamen, ambos con firmas autógrafas.
5. Anexo V Reporte de las actividades, clasificación y
   grado de riesgo de la empresa dictaminada firmado por
   el CPA y el patrón.
Entrega del Dictamen I M S S
    mediante el SUDI- Net
Se entrega:
1. Dos tantos de hoja 3 o 6 del anexo II Constancia de
   presentación de avisos afiliatorios elaborados con
   motivo del dictamen, ambos con firma autógrafa.
2. Balanza de comprobación
   analítica.
3. Documentación
   comprobatoria de pagos.
CONSIDERACIONES ESPECIALES


CAUSAS POR LAS QUE LA SUBDELEGACIÓN SE
    NEGARÁ A RECIBIR EL DICTAMEN.

     1. Que habiéndose determinado diferencias, éstas
     no se encuentren pagadas.



      2. Que no se presente el comprobante de pago o la
      copia de la solicitud de pago en parcialidades y la
      primera parcialidad efectuada,


      3. Que la opinión no exprese el contenido del
      dictamen.
CAUSAS POR LAS QUE LA SUBDELEGACIÓN SE
    NEGARÁ A RECIBIR EL DICTAMEN.




4. Que los avisos afiliatorios o movimientos salariales no
hayan sido presentados o que se hubieran presentado sin que
haya constancia de pagos derivados de dicha presentación.




 5. Que los archivos electrónicos presentados a través del
 Sistema Único de Dictamen o SUDI-Net, se encuentren
 dañados o contengan virus, de tal forma que no sea posible su
 lectura.
PAGO DE CUOTAS SIN PRESENTAR AVISOS
              AFILIATORIOS



Los patrones que realicen pagos para
  regularizarse, PERO que omitan la
 presentación de avisos afiliatorios o
  movimientos salariales, DEBERÁN:

Emitir un dictamen NECESARIAMENTE
con una opinión “SIN SALVEDADES”, e
incluir un último párrafo que exprese
              lo siguiente:
“En mi opinión y bajo protesta de decir verdad, la información mencionada en
 el primer párrafo es razonable en todos los aspectos importantes referentes a
las obligaciones fiscales en materia de la Ley del Seguro Social, por el ejercicio o
  periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010, considerando los avisos
 afiliatorios señalados en el Anexo II, como consecuencia de mi revisión, de tal
manera que la información contenida en los anexos I a V no contiene errores y
 está preparada de acuerdo con el Reglamento de la Ley del Seguro Social en
materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.”
FACILIDADES ADMINISTRATIVAS
                Los patrones obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones
                ante el IMSS por contador público autorizado podrán optar por no
                presentar el dictamen, siempre que presenten la información en los plazos
                y medios que disponga el IMSS*.
                                                                               Decreto publicado en el DOF del 30 de junio de 2010. Art. 3




          Aquellos patrones que no se apegan a esta facilidad deberán cumplir de
                             manera normal sus obligaciones.


                                                     Presentar el Dictamen




*   IMSS -> DOF 2 Y 3 Diciembre de 2010. Acuerdo ACDO.AS1.HCT.241110/334.P.DIR.
Reglas generales para el cumplimiento de la obligación prevista en el artículo tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en
materia de simplificación tributaria.
ALGUNOS PUNTOS A
   RESALTAR:
¿QUÉ ES EL DICTAMEN IMSS?

• Documento elaborado por contador público
  autorizado que consigna la opinión sobre el
  cumplimiento de las obligaciones del patrón
  ante el Instituto.
“LOS PATRONES CON UN
PROMEDIO ANUAL DE 300 O MÁS
 TRABAJADORES EN EL EJERCICIO
FISCAL INMEDIATO ANTERIOR…”


  •ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR
        EL DICTAMEN IMSS
EXPLICA CUÁNDO EL CONTADOR
PÚBLICO DEBE EMITIR UNA OPINIÓN
            NEGATIVA


• CUANDO EL CPA COMO CONSECUENCIA DE SU
    REVISIÓN ENCUENTRA QUE LOS REGISTROS
  CONTABLES NO REFLEJAN LA INTEGRACIÓN REAL
  DEL SBC SEGÚN LOS REQUERIMIENTOS DE LSS Y
              SUS REGLAMENTOS.
GRACIAS

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  • 3. ¿Qué es el DICTAMEN I M S S ? Se trata de un documento elaborado por contador público autorizado que consigna la opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones del patrón ante el Instituto.
  • 4. REQUISITOS PARA DICTAMINAR: Titulo Sexto. Del Dictamen y Corrección de las Obligaciones Patronales; Capítulo II. Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización . Se considera Contador Público Autorizado: •Persona Física. •Título Contador Público o grado académico equivalente, expedido por una autoridad competente. •Que esté inscrito en el Registro de Contadores Públicos que llevará el IMSS. Art. 153 Rgto. Afil. Clas.[…]
  • 5. EL Contador Público Inscrito deberá: •Informar cambio de datos que proporcionó en su solicitud. Plazo.- 10 días hábiles. •Comprobar que sigue siendo socio activo de un colegio de contadores. Plazo.- Los primeros 3 meses del año. •Acreditar evaluación ante el Colegio o Asociación. •Dar aviso por escrito al patrón en proceso del dictamen, en un plazo no mayor a 5 días hábiles; en caso de suspensión o cancelación de su registro ante el IMSS. Art. 154 Rgto. Afil. Clas.[…]
  • 6. ¿Cuándo el c.p.i. NO podrá emitir el dictamen? Ser el patrón a dictaminar, o tener alguna intervención en la Admón. de la Cía. Ser el cónyuge, pariente en Y cuando se encuentre línea recta o colateral en alguna otra situación dentro del 4to. Grado por análoga. afinidad de las personas que intervienen en la Admón. de la Cía. Cuando esté prestando sus Haberle prestado al servicios al IMSS o a otra patrón sus servicios en autoridad fiscal que también el año inmediato pueda determinar anterior al dictaminado contribuciones federales o de forma subordinada. locales. Que durante el ejercicio La cercanía al patrón es del dictamen, haya tanta, que impide la tenido alguna vinculación independencia o económica en los imparcialidad de criterio. negocios del patrón. Art. 155 Rgto. Afil. Clas.[…]
  • 7. ¿ Quiénes lo presentan ? • De manera obligatoria, los patrones con un promedio anual de 300 o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior. • Los patrones que no se ubiquen en esta situación podrán optar por dictaminar voluntariamente.
  • 8. Tipos de Dictamen I M S S Dictamen Dictamen obligatorio voluntario Según el art.16 de la LSS, 1.Voluntario ESPONTANEO. los patrones con un Se realiza por decisión promedio de 300 personal del patrón. trabajadores en el ejercicio anterior, estarán OBLIGADOS a dictaminar 2.Voluntario INDUCIDO. por un contador público Aplica cuando existe orden autorizado el de visita domiciliaria, cumplimiento de sus invitación o requerimiento obligaciones ante el IMSS. del instituto .
  • 9. Según el artículo 173 del Racerf, los patrones que dictaminen obtendrán los siguientes efectos:
  • 10. Se haya concluido y presentado el dictamen correspondiente. Los avisos afiliatorios y modificaciones salariales se hubieran presentado en los formatos establecidos. Las cuotas obrero patronales se hubieran liquidado en su totalidad o se haya agotado el plazo de 12 meses (art. 149 Racerf)
  • 11. Plazos para el Dictamen I M S S Para PRESENTAR AVISO del DICTAMEN El artículo 156 del Racerf dispone que los patrones que dictaminen obligatoria y voluntariamente, deberán presentar el aviso a más tardar el 30 de abril. En caso de existir orden de visita domiciliaria o requerimiento al patrón, y éste decida dictaminarse, el IMSS recibirá en cualquier fecha el aviso. (art. 175 Racerf)
  • 12. Aviso para • Fecha de presentación: 30 de abril de 2011 dictaminar • Fecha límite: 2 de mayo de obligatoriamente 2011 Aviso para • El IMSS recibió en dictaminar cualquier fecha el aviso voluntariamente patronal.
  • 13. Para PRESENTAR el DICTAMEN En términos del artículo 161 del Racerf el 30 de septiembre vence el plazo para que el contador público autorizado presente el dictamen. Los patrones obligados a dictaminar los dos o tres últimos ejercicios, deberán presentar el dictamen dentro de los 9 meses siguientes a la fecha del aviso.
  • 14. Entrega del • Fecha de presentación: 30 de septiembre 2011 dictamen • Fecha límite: 3 de octubre obligatorio 2011 Entrega del • Dentro de los 9 meses dictamen siguientes a la fecha de presentación del aviso. voluntario
  • 15. Prórroga para el Dictamen I M S S De acuerdo al artículo 162 del Racerf el IMSS concederá una prórroga de hasta 40 días hábiles. La solicitud de prórroga deberá presentarse a antes del 30 de septiembre del año que corresponda.
  • 16. Lineamientos para ENTREGAR el dictamen I M S S La “Guía de recepción del dictamen 2011” contiene los puntos que los delegados estatales, regionales y del D.F. deben considerar para la recepción del dictamen. Para efectos del IMSS podrá entregarse de forma: Mediante Mediante el Impresa el SUDI SUDI-Net.
  • 17. Entrega del Dictamen I M S S de forma I M P R E S A Los patrones que opten por esta manera, deberán entrega en el departamento de Auditoria de la subdelegación que corresponda al domicilio fiscal del patrón dos legajos que contengan la totalidad de los registros patronales vigentes, asignados por el instituto dentro del ejercicio o periodo dictaminado, los cuales deberán estar integrados por los siguientes documentos:
  • 18. 1. Carta de presentación del Dictamen del SEGURO SOCIAL (Formato DICP-03) ó Carta de presentación del Dictamen para patrones de la industria DE LA CONSTRUCCION (Formato DICP-04), publicados en el DOF el 27 de Agosto de 2009.
  • 19. 2.- TIPOS DE OPINIONES • LIMPIA: El Contador Publico Autorizado no determina omisiones. • SIN SALVEDADES: El CPA determina omisiones y se pagan en una sola exhibición o en parcialidades antes de la presentación del dictamen. • CON SALVEDADES: El CPA determina conceptos o sujetos de aseguramiento que el patrón no acepte integrar al SBC o afiliar al régimen obligatorio.
  • 20. • ABSTENCION DE OPINION: No se cuenta con documentación o elementos suficientes para llevar a cabo la revisión que impida incluso la emisión de una opinión. • OPINION NEGATIVA: El CPA como consecuencia de su revisión encuentra que los registros contables no reflejan la integración real del SBC según los requerimientos de LSS y sus reglamentos.
  • 21. 3.- A n e x o s a) Anexo I. Informe respecto de la situación del patrón dictaminado. b) Anexo II. Cuadro analítico de las cuotas obrero patronales omitidas y determinadas en el dictamen c) Anexo III. Análisis de los conceptos de percepción de categorías de los trabajadores indicando si estos se acumularon o no al SBC y revisión a los pagos efectuados a PF. d) Anexo IV . Conciliación del total de percepciones de trabajadores en registros contables contra la base de salarios manifestados para el instituto; así como contra lo declarado para efectos del ISR. e) Anexo V. Reporte de las actividades, clasificación y grado de riesgo de la empresa dictaminada.
  • 22. Entrega del Dictamen I M S S mediante el S U D I Los patrones que presenten el aviso de dictamen a través del Sistema Único de Dictamen (SUDI) deben de entregar en la subdelegación correspondiente a su domicilio fiscal: 1. Comprobante generador en el SUDI para entrega del archivo 2. Dispositivo óptico laser o USB que contenga los archivos en formato xml. con la información de los anexos I y V.
  • 23. 3. Carta de presentación impresa del SUDI, firmada por el CPA y el patrón. 4. Dos tantos de la hoja 3 o 6 del anexo II Constancia de presentación de avisos afiliatorios elaborados con motivos del dictamen, ambos con firmas autógrafas. 5. Anexo V Reporte de las actividades, clasificación y grado de riesgo de la empresa dictaminada firmado por el CPA y el patrón.
  • 24. Entrega del Dictamen I M S S mediante el SUDI- Net Se entrega: 1. Dos tantos de hoja 3 o 6 del anexo II Constancia de presentación de avisos afiliatorios elaborados con motivo del dictamen, ambos con firma autógrafa. 2. Balanza de comprobación analítica. 3. Documentación comprobatoria de pagos.
  • 25. CONSIDERACIONES ESPECIALES CAUSAS POR LAS QUE LA SUBDELEGACIÓN SE NEGARÁ A RECIBIR EL DICTAMEN. 1. Que habiéndose determinado diferencias, éstas no se encuentren pagadas. 2. Que no se presente el comprobante de pago o la copia de la solicitud de pago en parcialidades y la primera parcialidad efectuada, 3. Que la opinión no exprese el contenido del dictamen.
  • 26. CAUSAS POR LAS QUE LA SUBDELEGACIÓN SE NEGARÁ A RECIBIR EL DICTAMEN. 4. Que los avisos afiliatorios o movimientos salariales no hayan sido presentados o que se hubieran presentado sin que haya constancia de pagos derivados de dicha presentación. 5. Que los archivos electrónicos presentados a través del Sistema Único de Dictamen o SUDI-Net, se encuentren dañados o contengan virus, de tal forma que no sea posible su lectura.
  • 27. PAGO DE CUOTAS SIN PRESENTAR AVISOS AFILIATORIOS Los patrones que realicen pagos para regularizarse, PERO que omitan la presentación de avisos afiliatorios o movimientos salariales, DEBERÁN: Emitir un dictamen NECESARIAMENTE con una opinión “SIN SALVEDADES”, e incluir un último párrafo que exprese lo siguiente:
  • 28. “En mi opinión y bajo protesta de decir verdad, la información mencionada en el primer párrafo es razonable en todos los aspectos importantes referentes a las obligaciones fiscales en materia de la Ley del Seguro Social, por el ejercicio o periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010, considerando los avisos afiliatorios señalados en el Anexo II, como consecuencia de mi revisión, de tal manera que la información contenida en los anexos I a V no contiene errores y está preparada de acuerdo con el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.”
  • 29. FACILIDADES ADMINISTRATIVAS Los patrones obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS por contador público autorizado podrán optar por no presentar el dictamen, siempre que presenten la información en los plazos y medios que disponga el IMSS*. Decreto publicado en el DOF del 30 de junio de 2010. Art. 3 Aquellos patrones que no se apegan a esta facilidad deberán cumplir de manera normal sus obligaciones. Presentar el Dictamen * IMSS -> DOF 2 Y 3 Diciembre de 2010. Acuerdo ACDO.AS1.HCT.241110/334.P.DIR. Reglas generales para el cumplimiento de la obligación prevista en el artículo tercero del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria.
  • 30. ALGUNOS PUNTOS A RESALTAR:
  • 31. ¿QUÉ ES EL DICTAMEN IMSS? • Documento elaborado por contador público autorizado que consigna la opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones del patrón ante el Instituto.
  • 32. “LOS PATRONES CON UN PROMEDIO ANUAL DE 300 O MÁS TRABAJADORES EN EL EJERCICIO FISCAL INMEDIATO ANTERIOR…” •ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR EL DICTAMEN IMSS
  • 33. EXPLICA CUÁNDO EL CONTADOR PÚBLICO DEBE EMITIR UNA OPINIÓN NEGATIVA • CUANDO EL CPA COMO CONSECUENCIA DE SU REVISIÓN ENCUENTRA QUE LOS REGISTROS CONTABLES NO REFLEJAN LA INTEGRACIÓN REAL DEL SBC SEGÚN LOS REQUERIMIENTOS DE LSS Y SUS REGLAMENTOS.