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Lo más leído
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1
Nombre de la materia
Derecho Constitucional
Nombre de la Licenciatura
Lic. Derecho Internacional
Nombre del alumno
Diana Edith Gómez Hernández
Matrícula
000014279
Nombre de la Tarea
Avance evaluación parcial 3
Unidad #
5,6 y 7
Nombre del Tutor
Maricela castillo
Fecha
17 de agosto del 2014
Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
2
Derechos del Hombre y garantías individuales
Los derechos del hombre, son todas aquellas libertades inherentes al ser humano,
aquellos derechos fundamentales que indispensablemente el hombre necesita para su
desarrollo y bienestar dentro de una sociedad, a diferencia de las garantas individuales
en este plano hablamos de los medios de protección de los derechos fundamentales,
estos medios jurídicos protegen los derechos frente al poder del estado, y el medio
garante reconocido por la constitución es el amparo.
Derechos Fundamentales.
La libertad seguridad igualdad propiedad
Garantías Individuales
El Titulo 1 de nuestra constitucion, comprende los primeros 29 articulos que establecen
los derecho humanos y sus garantias.
Artículo 1. en los estados unidos mexicanos todas las personas gozaran de los
derechos humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales
de los que el estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección,
cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las
condiciones que esta constitución establece.
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de
junio de 2011)
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretaran de conformidad con esta
constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo
tiempo a las personas la protección más amplia.
(Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de
junio de 2011)
Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
3
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de
promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con
los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. en
consecuencia, el estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones
a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
(Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de
junio de 2011)
Está prohibida la esclavitud en los estados unidos mexicanos. Los esclavos del
extranjero que entren al territorio nacional alcanzaran, por este solo hecho, su libertad y
la protección de las leyes.
(Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 14 de
agosto de 2001)
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género,
la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las
opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la
dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de
las personas.
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de
junio de 2011)
Naturaleza Jurídica.
Naturaleza jurídica del derecho del hombre significa que los derechos del hombre
nacen en el derecho positivo, no se reconoce su existencia previa al derecho positivo,
ya que solo el derecho Positivo está facultado para crear y hacer valer derechos.
Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
4
Clasificación de los Derechos Humanos.
En nuestro sistema de Justicia se encuentran mecanismos administrativos destinados a
la protección de los Derecho Humanos, esto con el fin de que la persona que se sienta
afectada en su Derechos fundamentales sepa a donde pueda acudir, y se sienta
respaldada por una institución que le dará seguimiento a su caso en el contexto de
competencia de la misma institución.
En nuestro sistema Jurídico Mexicano esos mecanismos se encuentran en los
tribunales de lo Contencioso-Administrativo como las Procuradurías y Fiscalías
especializadas.
Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
5
Protección administrativa de los derechos humanos.
Protección jurisdiccional de los derechos Humanos.
La protección jurisdiccional de los derechos humanos puede hacerse a través de los
Tribunales nacionales en ejercicio del juicio de amparo.
Juicio de Amparo.
El juicio de amparo, es medio constitucionalmente reconocido en el cual los
gobernados pueden demandar la nulidad en una norma jurídica que les afecte o les
prive de algún derecho, demada que procede mediante un juicio constitucional en los
tribunales federales.
.
Mecanismos de
Protección
Administrativa de los
Derecho Humanos
Local
Procuraduría estatalde Defensa
del Trabajo
Los Institutos Estatales de la
Mujer
La Procuraduría Estatal para la
Protección al Medioambiente
Las Comisiones Estatales de
Acceso a la Información Pública
Federal
Procuraduría Federal del
Consumidor
La Procuraduría Agraria
La Procuraduría Federal de la
Defensa del Trabajo
La Procuraduría Federal para la
Protección al Medioambiente
Instituto Federal de Acceso a la
Información Pública
Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
6
El marco jurídico que regula el juicio de amparo lo constituyen los artículos 103 y 107
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley de Amparo
reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, y los principios
fundamentales que rigen los juicios de amparos son los siguientes.
El juicio de amparo es el unico medio de proteccion jurisdiccional de nuestros
derechos, porque es el unico medio de proteccion que puede ser promovido por los
gobernados hacia los gobernantes, Sin embargo existen otros medio de control
Constitucional que son promovidos exclusivamente por los poderes de la
Federacion Ejecutivo y legislativo y otros que pueden ser demandados por organos
institucionales de cualquier nivel de gobierno.
En el siguiente cuatro señalaremos las diferencias y caracteristicas de todos medios de
control constituciones cuyos asuntos le correponde atender a la SCJN.
Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
7
Medio de
control
Constitucional
Controversias
Constitucionales
Acciones de
inconstitucionalidad
Juicios de Amparo
Promovido
por
gobierno Federal,
Estatal, Municipal o
del Distrito Federal
los legisladores, Senadores y
Diputados –Federales o
Locales; el Procurador
General de la República; los
partidos políticos, partidos
con registro local, cuando se
trate de leyes electorales; la
CNDH, organismos de
protección de tales derechos
de los Estados y del Distrito
Federal.
Todos los ciudadanos en
pleno goce de sus derechos,
menores de edad, personas
morales, extranjeron con
residencia en Mexico
Procede para garantizar el
principio de División
de Poderes, en casos
de violaciónes al
sistema de
distribución de
competencias
establecidas en la
Constitución Federal
excepto en lo relativo
a la materia electoral
Para alegar una contradicción
entre la norma impugnada y la
propia Ley Fundamental,
procede en contra de normas
generales, inclusive las de
carácter electoral.
 Contra Actos, Leyes,
tratados
internacionales,
reglamentos, decretos,
o acuerdos de
observancia general,
que afecten o violen
sus garantías
individuales.
 Leyes o actos de la
autoridad federal que
afecten la soberanía de
los Estados o del
Distrito Federal
Proceso y sus
implicaciones
implica demanda,
contestación de
demanda, pruebas,
alegatos y sentencia.
procedimiento en el cual no
existen periodos de pruebas y
alegatos.
El proceso se inicia ante los
Tribunales Colegiados de
Circuito (amparo directo)
amparos indirectos a traves
de tribunales unitarios de
circuito, recursos de revision
en amparos directos e
indirectos.
Objetivo Invalidación de las
normas generales
emitidas por órganos
no competentes
La SCJN realiza un análisis
abstracto de la
constitucionalidad de la
norma
impugnar la inconstitucionalidad
de Leyes o actos de las
autoridades federales que
vulneren o restrinjan los
derechos fundamentales de los
ciudadanos.
Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
8
Resoluciones
y sentencias
consisten en
ser impugnados todo
tipo de actos de
autoridad y normas de
carácter general, Y la
disposicion de
impugnaciones solo
puede tener efectos
generales si la
resolución emitida por
el Pleno de la SCJN
es aprobada por el
voto de ocho o más de
sus Ministros.
La sentencia tiene efectos
generales en la declaración de
inconstitucionalidad de una
norma o ley siempre y cuando
haya sido aprobada por lo
menos por ocho Ministros
Formula Otero
La sentencia de amparo solo
evita que la norma
inconstitucional se aplique a
quien promovio el juicio de
amparo, no es general.
Derechos difusos como tendencia constitucional contemporánea
Estos derecho son reconocidos como intereses sociales o colectivos, que como su
nombre lo dice afectan a un numero indeteminado de personas, no es un derecho que
esta dirigido a nadie en particular, y por lo anterior es muy complicado harcerlo valer de
manera eficiente ya que no estan definidos para su correcta aplicación, como el
derecho al medio ambiente.
Este tipo de derechos se han desarrollado por la evolucion y
complejidad de las sociedades actuales, la globalizacion, medios
masivos de comunicación, biotecnologia, la informativa y muchas
grandes avances tecnologicos que representan una evolucion
global de la sociedades, y que ahora estan tomados en cuenta en
los derechos humanos de 3 y 4 generacion, asi que afirmamos que
los Derecho difusos son Derecho humanos. Sin embargo para el
cumplimiento de estos nuevos interes colectivos, es necesario la madurez de los paises
para corregir sus sistemas legislatvos, de prevencion y sobre todo planes aficaces de
accion en favor de garantizar estos nuevos derechos.
Cuando hablamos de complejidad en las sociedades actuales, pensamos en la
evolucion progresista, que procura el bienestar social, sin emabargo no unicamente en
una cuestion a favor, si no que tambien se desarrollar problematicas complejas
relacionadas a seguridad social, he igualdad de oportunidades.
Situacion particular en Mexico.
En mexico El juicio de amparo tienes muchas limitaciones que no le permiten ejercerse
como una verdadera accion popular. La formula otero que estima que unicamente se
invaliden las normas juridicas para los agraviados que promovieron dicho juicio de
amparo.
Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
9
Esto significa que la ley no se abroga ni deroga aun estando viciada por una
inconstitucionalidad declarada, por lo que no existen los medios eficaces como
instituciones u organos con la capacidad de garantizar los intereses colectivos.
tal es la situacion que el unico medio de defensa constitucional que protege frente a
actos, leyes o disposiciones legales inconstitucionales, es un medio que cada
gobernado debe hacer valer por si mismo. Es importante que Mexico comienze a
implementar instituciones garantes de estos nuevos derecho humanos.
Estas instituciones no deben de ser mecanismo de proteccion administrativos como es
La Procuraduría Estatal para la Protección al Medioambiente, o Procuraduría Federal
del Consumidor, si no que deben de posee la capacidad de ejercer acciones
preventivas y conpensatorias.
Principios constitucionales que rigen a las garantías individuales
Fuentes y características de las garantías individuales.
Articulo 133
•supremacía constitucional
•"la Ley Fundamental, así como las
leyes que emanen de ella y los
tratados internacionales celebrados
por el Estado mexicano constituirán la
“Ley Suprema de la Unión”. Como las
garantías individuales se hallan
plasmadas en el texto constitucional,
son también supremas"
Articulo 135
•Rigidez de la Constitución
mexicana
•sólo puede ser reformada o
adicionada cuando “el Congreso de
la Unión, por el voto de las dos
terceras partes de los individuos
presentes, acuerde las reformas o
adiciones, y que éstas sean
aprobadas por la mayoría de las
legislaturas de los Estados asi como
la rigidez de las garantias
individuales.
Unidad #: 5,6 y 7
Derecho Constitucional
1
0
Bibliografías
Derechos del hombre y garantías individuales, Instituto de investigaciones jurídicas
UNAM, Distrito Federal, México. http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2627/4.pdf
Adair Rodríguez, Garantías Individuales de los Mexicanos, UTEL editorial, Distrito
Federal, México, 2014.
http://www.utel.edu.mx/blog/rol-personal/cuales-son-las-garantias-individuales-de-los-
mexicanos/
Magdalena Aguilar Cuevas, Tres Generaciones de los Derechos Humanos, Instituto de
investigaciones jurídicas UNAM, Distrito Federal, México.
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/30/pr/pr20.pdf
Rosa María de la Torre, los mecanismos de protección no jurisdiccional de los derechos
humanos en México, Distrito Federal.
Raymundo Gil Rendón, mecanismo de protección jurisdiccional y no jurisdiccional de
los derechos humanos, UNAM, Distrito Federal, Mexico
http://www.tfjfa.gob.mx/investigaciones/pdf/sistemasdeproteccionjurisdiccionalyno.pdf
Suprema Corte de Justicia de la Nacion, Medios de control de Constitucionalidad,
Distrito Federal, Mexico.
https://www.scjn.gob.mx/conocelacorte/Paginas/Que_hace_SCJN.aspx
Lucio Cabrera Acevedo, La tutela de los intereses colectivos o difusos,
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/592/14.pdf
3.7 Fuentes y características de las garantías individuales
3.8 Clasificación de las garantías individuales
3.9 Suspensión de garantías individuales

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  • 1. 1 Nombre de la materia Derecho Constitucional Nombre de la Licenciatura Lic. Derecho Internacional Nombre del alumno Diana Edith Gómez Hernández Matrícula 000014279 Nombre de la Tarea Avance evaluación parcial 3 Unidad # 5,6 y 7 Nombre del Tutor Maricela castillo Fecha 17 de agosto del 2014
  • 2. Unidad #: 5,6 y 7 Derecho Constitucional 2 Derechos del Hombre y garantías individuales Los derechos del hombre, son todas aquellas libertades inherentes al ser humano, aquellos derechos fundamentales que indispensablemente el hombre necesita para su desarrollo y bienestar dentro de una sociedad, a diferencia de las garantas individuales en este plano hablamos de los medios de protección de los derechos fundamentales, estos medios jurídicos protegen los derechos frente al poder del estado, y el medio garante reconocido por la constitución es el amparo. Derechos Fundamentales. La libertad seguridad igualdad propiedad Garantías Individuales El Titulo 1 de nuestra constitucion, comprende los primeros 29 articulos que establecen los derecho humanos y sus garantias. Artículo 1. en los estados unidos mexicanos todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta constitución establece. (Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de junio de 2011) Las normas relativas a los derechos humanos se interpretaran de conformidad con esta constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. (Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de junio de 2011)
  • 3. Unidad #: 5,6 y 7 Derecho Constitucional 3 Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. en consecuencia, el estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. (Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de junio de 2011) Está prohibida la esclavitud en los estados unidos mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzaran, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes. (Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 14 de agosto de 2001) Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. (Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de junio de 2011) Naturaleza Jurídica. Naturaleza jurídica del derecho del hombre significa que los derechos del hombre nacen en el derecho positivo, no se reconoce su existencia previa al derecho positivo, ya que solo el derecho Positivo está facultado para crear y hacer valer derechos.
  • 4. Unidad #: 5,6 y 7 Derecho Constitucional 4 Clasificación de los Derechos Humanos. En nuestro sistema de Justicia se encuentran mecanismos administrativos destinados a la protección de los Derecho Humanos, esto con el fin de que la persona que se sienta afectada en su Derechos fundamentales sepa a donde pueda acudir, y se sienta respaldada por una institución que le dará seguimiento a su caso en el contexto de competencia de la misma institución. En nuestro sistema Jurídico Mexicano esos mecanismos se encuentran en los tribunales de lo Contencioso-Administrativo como las Procuradurías y Fiscalías especializadas.
  • 5. Unidad #: 5,6 y 7 Derecho Constitucional 5 Protección administrativa de los derechos humanos. Protección jurisdiccional de los derechos Humanos. La protección jurisdiccional de los derechos humanos puede hacerse a través de los Tribunales nacionales en ejercicio del juicio de amparo. Juicio de Amparo. El juicio de amparo, es medio constitucionalmente reconocido en el cual los gobernados pueden demandar la nulidad en una norma jurídica que les afecte o les prive de algún derecho, demada que procede mediante un juicio constitucional en los tribunales federales. . Mecanismos de Protección Administrativa de los Derecho Humanos Local Procuraduría estatalde Defensa del Trabajo Los Institutos Estatales de la Mujer La Procuraduría Estatal para la Protección al Medioambiente Las Comisiones Estatales de Acceso a la Información Pública Federal Procuraduría Federal del Consumidor La Procuraduría Agraria La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo La Procuraduría Federal para la Protección al Medioambiente Instituto Federal de Acceso a la Información Pública
  • 6. Unidad #: 5,6 y 7 Derecho Constitucional 6 El marco jurídico que regula el juicio de amparo lo constituyen los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, y los principios fundamentales que rigen los juicios de amparos son los siguientes. El juicio de amparo es el unico medio de proteccion jurisdiccional de nuestros derechos, porque es el unico medio de proteccion que puede ser promovido por los gobernados hacia los gobernantes, Sin embargo existen otros medio de control Constitucional que son promovidos exclusivamente por los poderes de la Federacion Ejecutivo y legislativo y otros que pueden ser demandados por organos institucionales de cualquier nivel de gobierno. En el siguiente cuatro señalaremos las diferencias y caracteristicas de todos medios de control constituciones cuyos asuntos le correponde atender a la SCJN.
  • 7. Unidad #: 5,6 y 7 Derecho Constitucional 7 Medio de control Constitucional Controversias Constitucionales Acciones de inconstitucionalidad Juicios de Amparo Promovido por gobierno Federal, Estatal, Municipal o del Distrito Federal los legisladores, Senadores y Diputados –Federales o Locales; el Procurador General de la República; los partidos políticos, partidos con registro local, cuando se trate de leyes electorales; la CNDH, organismos de protección de tales derechos de los Estados y del Distrito Federal. Todos los ciudadanos en pleno goce de sus derechos, menores de edad, personas morales, extranjeron con residencia en Mexico Procede para garantizar el principio de División de Poderes, en casos de violaciónes al sistema de distribución de competencias establecidas en la Constitución Federal excepto en lo relativo a la materia electoral Para alegar una contradicción entre la norma impugnada y la propia Ley Fundamental, procede en contra de normas generales, inclusive las de carácter electoral.  Contra Actos, Leyes, tratados internacionales, reglamentos, decretos, o acuerdos de observancia general, que afecten o violen sus garantías individuales.  Leyes o actos de la autoridad federal que afecten la soberanía de los Estados o del Distrito Federal Proceso y sus implicaciones implica demanda, contestación de demanda, pruebas, alegatos y sentencia. procedimiento en el cual no existen periodos de pruebas y alegatos. El proceso se inicia ante los Tribunales Colegiados de Circuito (amparo directo) amparos indirectos a traves de tribunales unitarios de circuito, recursos de revision en amparos directos e indirectos. Objetivo Invalidación de las normas generales emitidas por órganos no competentes La SCJN realiza un análisis abstracto de la constitucionalidad de la norma impugnar la inconstitucionalidad de Leyes o actos de las autoridades federales que vulneren o restrinjan los derechos fundamentales de los ciudadanos.
  • 8. Unidad #: 5,6 y 7 Derecho Constitucional 8 Resoluciones y sentencias consisten en ser impugnados todo tipo de actos de autoridad y normas de carácter general, Y la disposicion de impugnaciones solo puede tener efectos generales si la resolución emitida por el Pleno de la SCJN es aprobada por el voto de ocho o más de sus Ministros. La sentencia tiene efectos generales en la declaración de inconstitucionalidad de una norma o ley siempre y cuando haya sido aprobada por lo menos por ocho Ministros Formula Otero La sentencia de amparo solo evita que la norma inconstitucional se aplique a quien promovio el juicio de amparo, no es general. Derechos difusos como tendencia constitucional contemporánea Estos derecho son reconocidos como intereses sociales o colectivos, que como su nombre lo dice afectan a un numero indeteminado de personas, no es un derecho que esta dirigido a nadie en particular, y por lo anterior es muy complicado harcerlo valer de manera eficiente ya que no estan definidos para su correcta aplicación, como el derecho al medio ambiente. Este tipo de derechos se han desarrollado por la evolucion y complejidad de las sociedades actuales, la globalizacion, medios masivos de comunicación, biotecnologia, la informativa y muchas grandes avances tecnologicos que representan una evolucion global de la sociedades, y que ahora estan tomados en cuenta en los derechos humanos de 3 y 4 generacion, asi que afirmamos que los Derecho difusos son Derecho humanos. Sin embargo para el cumplimiento de estos nuevos interes colectivos, es necesario la madurez de los paises para corregir sus sistemas legislatvos, de prevencion y sobre todo planes aficaces de accion en favor de garantizar estos nuevos derechos. Cuando hablamos de complejidad en las sociedades actuales, pensamos en la evolucion progresista, que procura el bienestar social, sin emabargo no unicamente en una cuestion a favor, si no que tambien se desarrollar problematicas complejas relacionadas a seguridad social, he igualdad de oportunidades. Situacion particular en Mexico. En mexico El juicio de amparo tienes muchas limitaciones que no le permiten ejercerse como una verdadera accion popular. La formula otero que estima que unicamente se invaliden las normas juridicas para los agraviados que promovieron dicho juicio de amparo.
  • 9. Unidad #: 5,6 y 7 Derecho Constitucional 9 Esto significa que la ley no se abroga ni deroga aun estando viciada por una inconstitucionalidad declarada, por lo que no existen los medios eficaces como instituciones u organos con la capacidad de garantizar los intereses colectivos. tal es la situacion que el unico medio de defensa constitucional que protege frente a actos, leyes o disposiciones legales inconstitucionales, es un medio que cada gobernado debe hacer valer por si mismo. Es importante que Mexico comienze a implementar instituciones garantes de estos nuevos derecho humanos. Estas instituciones no deben de ser mecanismo de proteccion administrativos como es La Procuraduría Estatal para la Protección al Medioambiente, o Procuraduría Federal del Consumidor, si no que deben de posee la capacidad de ejercer acciones preventivas y conpensatorias. Principios constitucionales que rigen a las garantías individuales Fuentes y características de las garantías individuales. Articulo 133 •supremacía constitucional •"la Ley Fundamental, así como las leyes que emanen de ella y los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano constituirán la “Ley Suprema de la Unión”. Como las garantías individuales se hallan plasmadas en el texto constitucional, son también supremas" Articulo 135 •Rigidez de la Constitución mexicana •sólo puede ser reformada o adicionada cuando “el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados asi como la rigidez de las garantias individuales.
  • 10. Unidad #: 5,6 y 7 Derecho Constitucional 1 0 Bibliografías Derechos del hombre y garantías individuales, Instituto de investigaciones jurídicas UNAM, Distrito Federal, México. http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2627/4.pdf Adair Rodríguez, Garantías Individuales de los Mexicanos, UTEL editorial, Distrito Federal, México, 2014. http://www.utel.edu.mx/blog/rol-personal/cuales-son-las-garantias-individuales-de-los- mexicanos/ Magdalena Aguilar Cuevas, Tres Generaciones de los Derechos Humanos, Instituto de investigaciones jurídicas UNAM, Distrito Federal, México. http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/30/pr/pr20.pdf Rosa María de la Torre, los mecanismos de protección no jurisdiccional de los derechos humanos en México, Distrito Federal. Raymundo Gil Rendón, mecanismo de protección jurisdiccional y no jurisdiccional de los derechos humanos, UNAM, Distrito Federal, Mexico http://www.tfjfa.gob.mx/investigaciones/pdf/sistemasdeproteccionjurisdiccionalyno.pdf Suprema Corte de Justicia de la Nacion, Medios de control de Constitucionalidad, Distrito Federal, Mexico. https://www.scjn.gob.mx/conocelacorte/Paginas/Que_hace_SCJN.aspx Lucio Cabrera Acevedo, La tutela de los intereses colectivos o difusos, http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/592/14.pdf 3.7 Fuentes y características de las garantías individuales 3.8 Clasificación de las garantías individuales 3.9 Suspensión de garantías individuales