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NORMA OFICIAL MEXICANA,
NOM 005-SSA2-1993, De los Servicios
de Planificación Familiar
JESSICA LIZETH CRUCES GUTIERREZ
Introducción
Este documento describe las disposiciones
generales y especificaciones técnicas para
la prestación de los servicios de
planificación familiar e incluye tanto la
selección, prescripción y aplicación de
métodos anticonceptivos, como la
identificación, manejo y referencia de
casos con esterilidad e infertilidad,
destacando los elementos de información,
orientación y consejería.
OBJETIVO
El objetivo de esta Norma es uniformar los
principios, criterios de operación, políticas y
estrategias para la prestación de los servicios de
planificación familiar en México, de tal manera
que dentro de un marco de absoluta libertad y
respeto a la decisión de los individuos y posterior a
la consejería, basada en la aplicación del
enfoque de salud reproductiva, pueda realizarse
la selección adecuada, prescripción y aplicación
de los métodos anticonceptivos, así como
también la identificación, manejo y referencia de
los casos de infertilidad y esterilidad, y con ello
acceder a mejores condiciones de bienestar
individual, familiar y social.
CAMPO DE APLICACIÓN
El campo de aplicación de esta Norma lo
constituyen los servicios de atención
médica y comunitaria de las instituciones
de los sectores público, social y privado, y
regula requisitos para la organización,
prestación de servicios y desarrollo de
todas las actividades que constituyen los
servicios de planificación familiar.
Terminología
Amenorrea: Ausencia de menstruación por más de
90 días.
Amenorrea por lactancia: Es una condición natural
de la mujer en el puerperio, durante la cual el riesgo
de embarazo está disminuido. Se limita a los
primeros cuatro meses después del parto, siempre y
cuando se practique la lactancia en forma
exclusiva y frecuente. No es confiable como
método anticonceptivo.
Anemia severa: Cifras de hemoglobina por debajo
de 10 g/l.
Calidad de servicios de planificacion familiar. Se
define en términos de la forma en que los individuos
y las parejas reciben atención por el Sistema de
Servicios de Planificación Familiar.
 Ciclo menstrual.
 Cloasma: Hiperpigmentación cutánea,
localizada principalmente sobre la frente y
mejillas.
 Consentimiento informado.
 Contraindicación: Es la situación de riesgo a la
salud por la cual no se debe administrar, aplicar
o practicar un método anticonceptivo.
 Criptorquidia: Defecto del desarrollo, en el cual
uno o ambos testículos no logran descender a
las bolsas escrotales y permanecen dentro del
abdomen o el conducto inguinal.
 Disponibilidad de métodos anticonceptivos.
 Edad fértil o reproductiva.
 Efectividad anticonceptiva: Es la capacidad
de un método anticonceptivo para evitar
embarazos en las condiciones habituales de
uso, en un periodo de un año.
 Enfermedad inflamatoria pélvica: Inflamación
de las estructuras pélvicas, útero y trompas
uterinas.
 Enfermedad transmisible sexualmente.
 Factor de riesgo.
 Fiebre.
 Hematoma: Acumulación tisular de sangre
extravascular.
 Hemorragia.
 Hernia: Es la salida o desplazamiento de un
órgano o de una víscera, total o parcialmente,
fuera de su localización normal, a través de un
orificio natural de la cavidad que normalmente
lo contiene y siempre revestido por una
membrana serosa.
 Hidrocele: Acumulación de líquido claro en el
saco de la túnica vaginal de los testículos.
 Hipertensión arterial.
 Ictericia.
 Indicación: Prescripción o aplicación de un
método anticonceptivo de acuerdo a las
necesidades, características y factores de
riesgo para la salud de el o la aceptante.
 Lactancia materna exclusiva: Alimentación
del recién nacido con leche materna, sin la
adición de otros líquidos o alimentos,
evitando el uso de chupones o biberones.
 Mastalgia. Dolor en glándulas mamarias.
 Planificación familiar: Es el derecho de toda
persona a decidir de manera libre,
responsable e informada, sobre el número y
el espaciamiento de sus hijos y a obtener la
información especializada y los servicios
idóneos.
 Posparto: Es el periodo asociado a la
condición fisiológica de la mujer después
de la resolución por vía vaginal de un
embarazo de 21 semanas o más.
 Poscesarea: Es el periodo asociado a la
condición fisiológica de la mujer después
de la resolución quirúrgica abdominal de
un embarazo de 21 semanas o más.
 Posaborto: Es el periodo asociado a la
condición fisiológica de la mujer después
de la resolución de la interrupción del
embarazo menor de 21 semanas.
 Precaución: Es la situación de riesgo a la
salud por la cual se debe valorar, bajo criterio
clínico, la conveniencia o no de administrar,
aplicar o practicar un método
anticonceptivo.
 Puerperio: Proceso que se inicia al término de
la expulsión del feto y sus anexos y finaliza al
concluir la involución de los órganos genitales
maternos. Su duración aproximada es de seis
semanas o 42 días, y comprende tres
periodos: inmediato, las primeras 24 horas;
mediato del segundo al séptimo día; y tardío,
desde el octavo hasta el cuadragésimo
segundo días posparto.
 Relación sexual.
 Riesgo reproductivo: Probabilidad que
tienen, tanto la mujer en edad fértil,
como su producto potencial, de
experimentar enfermedad, lesión o
muerte en caso de presentarse un
embarazo.
 Salud reproductiva: Es el estado de
completo bienestar físico, mental y social
y no solamente la ausencia de
enfermedad durante el proceso de
reproducción, así como en el ejercicio de
la sexualidad
Seguridad razonable de ausencia de embarazo: Es
cuando la mujer:
 No ha tenido relaciones sexuales desde la última
menstruación,
 Ha usado correcta y consistentemente un método
anticonceptivo,
 Está dentro de los primeros siete días después del
inicio de la menstruación,
 Está en lactancia exclusiva y amenorrea posparto,
 Está dentro de las primeras cuatro semanas del
posparto (para mujeres que no están lactando), y
 Está dentro de los primeros siete días posaborto.
 Usuario: Persona que utiliza un método
anticonceptivo temporal o le ha sido
practicado alguno de los métodos
anticonceptivos permanentes.
 Usuario potencial: Hombres y mujeres en
edad fértil, con vida sexual activa, que
actualmente no usan un método
anticonceptivo.
Disposiciones generales
Los servicios de planificación familiar que se
imparten por personal médico y paramédico
de las instituciones de salud, auxiliar
comunitario y médicos privados, deben
comprender las siguientes actividades:
 - Promoción y difusión.
 - Información y educación.
 - Consejería.
 - Selección, prescripción y aplicación de
métodos anticonceptivos.
 - Identificación y manejo de casos de
infertilidad y esterilidad.
Promoción y difusión
La promoción y difusión de
los servicios de planificación
familiar se deben efectuar a
través de acciones de
comunicación en medios
masivos, participación social
y comunitaria, técnicas
grupales, entrevistas
personales, y visitas
domiciliarias.
Información y educación
Sobre:
 a) Sexualidad y reproducción humana.
 b) salud reproductiva.
 c) los métodos anticonceptivos disponibles
para hombres y mujeres.
 d) lo que el usuario debe esperar de los
prestadores de los servicios con respecto a
asesoría técnica y abastecimiento de métodos
anticonceptivos.
 e) esterilidad e infertilidad.
Consejería
Debe incluir un proceso de análisis y
comunicación personal, entre los prestadores
de servicios y los usuarios potenciales y
activos, mediante el cual se brinden a los
solicitantes de métodos anticonceptivos,
elementos para que puedan tomar
decisiones voluntarias, conscientes e
informadas acerca de su vida sexual y
reproductiva, así como para efectuar la
selección del método más adecuado a sus
necesidades individuales y así asegurar un uso
correcto y satisfactorio por el tiempo que se
desea la protección anticonceptiva.
Sus características.
 - Efectividad anticonceptiva.
 - Indicaciones.
 - Contraindicaciones y precauciones.
 - Forma de administración.
 - Lineamientos generales para la prescripción.
 - Duración de la protección anticonceptiva.
 - Seguridad, efectos colaterales y conducta
a seguir.
 - Necesidad de seguimiento, evaluación y
reforzamiento de la protección
anticonceptiva.
 - Cuando proceda, información sobre el
costo.
Perfil del prestador de servicios
que proporciona consejería
La consejería debe ser impartida por
cualesquiera de los integrantes del personal de
salud que hayan recibido capacitación
especial (personal médico, de enfermería,
trabajo social, u otro personal paramédico,
promotores de salud y agentes de salud
comunitaria).
El consejero debe reconocer signos de
cualesquier problema emocional u orgánico
de importancia en el solicitante y hacer la
referencia en caso necesario
Tiempo y lugar para efectuar
la consejería
El proceso de consejería debe realizarse con
anterioridad a la decisión del usuario, y a la
selección y aplicación de los métodos
anticonceptivos. Debe tenerse especial interés
en proporcionar consejería individual y de
pareja durante el periodo prenatal, posparto,
poscesárea, postaborto y cuando la situación
de salud de la mujer pueda ser afectada por la
presencia de un embarazo. No debe
efectuarse bajo situaciones de presión
emocional.
Selección, prescripción y aplicación de
métodos anticonceptivos
 Los métodos
anticonceptivos se
utilizan para regular la
capacidad
reproductiva de un
individuo o una pareja
con el fin de evitar
embarazos no
deseados.
Dependiendo de la
posibilidad de
recobrar la fertilidad se
clasifican en
temporales y
permanentes.
Para la adecuada selección, prescripción y
aplicación de métodos anticonceptivos se deben
efectuar:
 - Interrogatorio.
 - Examen físico.
 - Valoración de riesgo reproductivo.
 - Consejería.
 - Señalamiento de la efectividad, duración de la
protección anticonceptiva, efectos colaterales e
indicaciones sobre el uso.
 - Seguimiento de los usuarios de métodos
anticonceptivos.
 - Referencia a otra unidad de salud,.
 - Localización y promoción de la reincorporación
de usuarios inasistentes al control periódico.
Métodos anticonceptivos
Métodos anticonceptivos son aquellos que se
utilizan para impedir la capacidad reproductiva
de un individuo o una pareja en forma temporal o
permanente.
 Métodos
hormonales orales
Los anticonceptivos
hormonales orales
son métodos
temporales y se
dividen en dos
grupos:
- Los combinados de
estrógeno y
progestina, y
- Los que contienen
sólo progestina.
 Método hormonal
subdérmico.
Es un método
anticonceptivo
temporal, de acción
prolongada, que se
inserta
subdérmicamente y
consiste en un sistema
de liberación continua
y gradual de una
progestina sintética (no
contiene estrógeno).
Dispositivo intrauterino
Los dispositivos intrauterinos son
artefactos que se colocan dentro
de la cavidad uterina con fines
anticonceptivos de carácter
temporal.
Métodos de barrera y
espermicidas
Son métodos
anticonceptivos de
uso temporal que
interfieren la
fecundación de
manera mecánica o
química.
Métodos naturales o de
abstinencia periódica
Son los métodos por medio de
los cuales se evita el embarazo,
planificando el acto sexual de
acuerdo con los periodos
fértiles e infértiles de la mujer.
Estos métodos requieren de una alta
motivación y participación activa de la
pareja, así como de la capacidad de la
mujer para identificar los patrones de
secreción de moco cervical,
temperatura basal y otros síntomas
asociados al periodo fértil.
Oclusión tubaria
bilateral
Es un método
anticonceptivo
permanente para la
mujer, que consiste en la
oclusión tubaria bilateral
de las trompas uterinas,
con el fin de evitar la
fertilización.
Vasectomía
Es un método
anticonceptivo
permanente para el
hombre, que consiste en
la oclusión bilateral de
los conductos
deferentes, con el fin de
evitar el paso de los
espermatozoides.
Identificación y manejo de casos de esterilidad e
infertilidad
Para propósitos de esta Norma:
 Definición de esterilidad
Por esterilidad debe entenderse la incapacidad que
presente un individuo, hombre o mujer o ambos
integrantes de la pareja, en edad fértil, para lograr un
embarazo por medios naturales, después de un periodo
mínimo de 12 meses de exposición regular al coito, sin
uso de métodos anticonceptivos.
 Definición de infertilidad
Por infertilidad debe entenderse la incapacidad de la
pareja o del individuo (mujer) para poder llevar a
término la gestación con un producto vivo, después de
dos años de exposición regular al coito, sin uso de
métodos anticonceptivos.
 Identificación de casos de esterilidad e
infertilidad
 La esterilidad y la infertilidad pueden deberse a
factores masculinos, femeninos o de ambos
integrantes de la pareja.

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  • 1. NORMA OFICIAL MEXICANA, NOM 005-SSA2-1993, De los Servicios de Planificación Familiar JESSICA LIZETH CRUCES GUTIERREZ
  • 2. Introducción Este documento describe las disposiciones generales y especificaciones técnicas para la prestación de los servicios de planificación familiar e incluye tanto la selección, prescripción y aplicación de métodos anticonceptivos, como la identificación, manejo y referencia de casos con esterilidad e infertilidad, destacando los elementos de información, orientación y consejería.
  • 3. OBJETIVO El objetivo de esta Norma es uniformar los principios, criterios de operación, políticas y estrategias para la prestación de los servicios de planificación familiar en México, de tal manera que dentro de un marco de absoluta libertad y respeto a la decisión de los individuos y posterior a la consejería, basada en la aplicación del enfoque de salud reproductiva, pueda realizarse la selección adecuada, prescripción y aplicación de los métodos anticonceptivos, así como también la identificación, manejo y referencia de los casos de infertilidad y esterilidad, y con ello acceder a mejores condiciones de bienestar individual, familiar y social.
  • 4. CAMPO DE APLICACIÓN El campo de aplicación de esta Norma lo constituyen los servicios de atención médica y comunitaria de las instituciones de los sectores público, social y privado, y regula requisitos para la organización, prestación de servicios y desarrollo de todas las actividades que constituyen los servicios de planificación familiar.
  • 5. Terminología Amenorrea: Ausencia de menstruación por más de 90 días. Amenorrea por lactancia: Es una condición natural de la mujer en el puerperio, durante la cual el riesgo de embarazo está disminuido. Se limita a los primeros cuatro meses después del parto, siempre y cuando se practique la lactancia en forma exclusiva y frecuente. No es confiable como método anticonceptivo. Anemia severa: Cifras de hemoglobina por debajo de 10 g/l. Calidad de servicios de planificacion familiar. Se define en términos de la forma en que los individuos y las parejas reciben atención por el Sistema de Servicios de Planificación Familiar.
  • 6.  Ciclo menstrual.  Cloasma: Hiperpigmentación cutánea, localizada principalmente sobre la frente y mejillas.  Consentimiento informado.  Contraindicación: Es la situación de riesgo a la salud por la cual no se debe administrar, aplicar o practicar un método anticonceptivo.  Criptorquidia: Defecto del desarrollo, en el cual uno o ambos testículos no logran descender a las bolsas escrotales y permanecen dentro del abdomen o el conducto inguinal.
  • 7.  Disponibilidad de métodos anticonceptivos.  Edad fértil o reproductiva.  Efectividad anticonceptiva: Es la capacidad de un método anticonceptivo para evitar embarazos en las condiciones habituales de uso, en un periodo de un año.  Enfermedad inflamatoria pélvica: Inflamación de las estructuras pélvicas, útero y trompas uterinas.  Enfermedad transmisible sexualmente.  Factor de riesgo.  Fiebre.
  • 8.  Hematoma: Acumulación tisular de sangre extravascular.  Hemorragia.  Hernia: Es la salida o desplazamiento de un órgano o de una víscera, total o parcialmente, fuera de su localización normal, a través de un orificio natural de la cavidad que normalmente lo contiene y siempre revestido por una membrana serosa.  Hidrocele: Acumulación de líquido claro en el saco de la túnica vaginal de los testículos.  Hipertensión arterial.
  • 9.  Ictericia.  Indicación: Prescripción o aplicación de un método anticonceptivo de acuerdo a las necesidades, características y factores de riesgo para la salud de el o la aceptante.  Lactancia materna exclusiva: Alimentación del recién nacido con leche materna, sin la adición de otros líquidos o alimentos, evitando el uso de chupones o biberones.  Mastalgia. Dolor en glándulas mamarias.  Planificación familiar: Es el derecho de toda persona a decidir de manera libre, responsable e informada, sobre el número y el espaciamiento de sus hijos y a obtener la información especializada y los servicios idóneos.
  • 10.  Posparto: Es el periodo asociado a la condición fisiológica de la mujer después de la resolución por vía vaginal de un embarazo de 21 semanas o más.  Poscesarea: Es el periodo asociado a la condición fisiológica de la mujer después de la resolución quirúrgica abdominal de un embarazo de 21 semanas o más.  Posaborto: Es el periodo asociado a la condición fisiológica de la mujer después de la resolución de la interrupción del embarazo menor de 21 semanas.
  • 11.  Precaución: Es la situación de riesgo a la salud por la cual se debe valorar, bajo criterio clínico, la conveniencia o no de administrar, aplicar o practicar un método anticonceptivo.  Puerperio: Proceso que se inicia al término de la expulsión del feto y sus anexos y finaliza al concluir la involución de los órganos genitales maternos. Su duración aproximada es de seis semanas o 42 días, y comprende tres periodos: inmediato, las primeras 24 horas; mediato del segundo al séptimo día; y tardío, desde el octavo hasta el cuadragésimo segundo días posparto.  Relación sexual.
  • 12.  Riesgo reproductivo: Probabilidad que tienen, tanto la mujer en edad fértil, como su producto potencial, de experimentar enfermedad, lesión o muerte en caso de presentarse un embarazo.  Salud reproductiva: Es el estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de enfermedad durante el proceso de reproducción, así como en el ejercicio de la sexualidad
  • 13. Seguridad razonable de ausencia de embarazo: Es cuando la mujer:  No ha tenido relaciones sexuales desde la última menstruación,  Ha usado correcta y consistentemente un método anticonceptivo,  Está dentro de los primeros siete días después del inicio de la menstruación,  Está en lactancia exclusiva y amenorrea posparto,  Está dentro de las primeras cuatro semanas del posparto (para mujeres que no están lactando), y  Está dentro de los primeros siete días posaborto.
  • 14.  Usuario: Persona que utiliza un método anticonceptivo temporal o le ha sido practicado alguno de los métodos anticonceptivos permanentes.  Usuario potencial: Hombres y mujeres en edad fértil, con vida sexual activa, que actualmente no usan un método anticonceptivo.
  • 15. Disposiciones generales Los servicios de planificación familiar que se imparten por personal médico y paramédico de las instituciones de salud, auxiliar comunitario y médicos privados, deben comprender las siguientes actividades:  - Promoción y difusión.  - Información y educación.  - Consejería.  - Selección, prescripción y aplicación de métodos anticonceptivos.  - Identificación y manejo de casos de infertilidad y esterilidad.
  • 16. Promoción y difusión La promoción y difusión de los servicios de planificación familiar se deben efectuar a través de acciones de comunicación en medios masivos, participación social y comunitaria, técnicas grupales, entrevistas personales, y visitas domiciliarias.
  • 17. Información y educación Sobre:  a) Sexualidad y reproducción humana.  b) salud reproductiva.  c) los métodos anticonceptivos disponibles para hombres y mujeres.  d) lo que el usuario debe esperar de los prestadores de los servicios con respecto a asesoría técnica y abastecimiento de métodos anticonceptivos.  e) esterilidad e infertilidad.
  • 18. Consejería Debe incluir un proceso de análisis y comunicación personal, entre los prestadores de servicios y los usuarios potenciales y activos, mediante el cual se brinden a los solicitantes de métodos anticonceptivos, elementos para que puedan tomar decisiones voluntarias, conscientes e informadas acerca de su vida sexual y reproductiva, así como para efectuar la selección del método más adecuado a sus necesidades individuales y así asegurar un uso correcto y satisfactorio por el tiempo que se desea la protección anticonceptiva.
  • 19. Sus características.  - Efectividad anticonceptiva.  - Indicaciones.  - Contraindicaciones y precauciones.  - Forma de administración.  - Lineamientos generales para la prescripción.  - Duración de la protección anticonceptiva.  - Seguridad, efectos colaterales y conducta a seguir.  - Necesidad de seguimiento, evaluación y reforzamiento de la protección anticonceptiva.  - Cuando proceda, información sobre el costo.
  • 20. Perfil del prestador de servicios que proporciona consejería La consejería debe ser impartida por cualesquiera de los integrantes del personal de salud que hayan recibido capacitación especial (personal médico, de enfermería, trabajo social, u otro personal paramédico, promotores de salud y agentes de salud comunitaria). El consejero debe reconocer signos de cualesquier problema emocional u orgánico de importancia en el solicitante y hacer la referencia en caso necesario
  • 21. Tiempo y lugar para efectuar la consejería El proceso de consejería debe realizarse con anterioridad a la decisión del usuario, y a la selección y aplicación de los métodos anticonceptivos. Debe tenerse especial interés en proporcionar consejería individual y de pareja durante el periodo prenatal, posparto, poscesárea, postaborto y cuando la situación de salud de la mujer pueda ser afectada por la presencia de un embarazo. No debe efectuarse bajo situaciones de presión emocional.
  • 22. Selección, prescripción y aplicación de métodos anticonceptivos  Los métodos anticonceptivos se utilizan para regular la capacidad reproductiva de un individuo o una pareja con el fin de evitar embarazos no deseados. Dependiendo de la posibilidad de recobrar la fertilidad se clasifican en temporales y permanentes.
  • 23. Para la adecuada selección, prescripción y aplicación de métodos anticonceptivos se deben efectuar:  - Interrogatorio.  - Examen físico.  - Valoración de riesgo reproductivo.  - Consejería.  - Señalamiento de la efectividad, duración de la protección anticonceptiva, efectos colaterales e indicaciones sobre el uso.  - Seguimiento de los usuarios de métodos anticonceptivos.  - Referencia a otra unidad de salud,.  - Localización y promoción de la reincorporación de usuarios inasistentes al control periódico.
  • 24. Métodos anticonceptivos Métodos anticonceptivos son aquellos que se utilizan para impedir la capacidad reproductiva de un individuo o una pareja en forma temporal o permanente.
  • 25.  Métodos hormonales orales Los anticonceptivos hormonales orales son métodos temporales y se dividen en dos grupos: - Los combinados de estrógeno y progestina, y - Los que contienen sólo progestina.
  • 26.  Método hormonal subdérmico. Es un método anticonceptivo temporal, de acción prolongada, que se inserta subdérmicamente y consiste en un sistema de liberación continua y gradual de una progestina sintética (no contiene estrógeno). Dispositivo intrauterino Los dispositivos intrauterinos son artefactos que se colocan dentro de la cavidad uterina con fines anticonceptivos de carácter temporal.
  • 27. Métodos de barrera y espermicidas Son métodos anticonceptivos de uso temporal que interfieren la fecundación de manera mecánica o química. Métodos naturales o de abstinencia periódica Son los métodos por medio de los cuales se evita el embarazo, planificando el acto sexual de acuerdo con los periodos fértiles e infértiles de la mujer. Estos métodos requieren de una alta motivación y participación activa de la pareja, así como de la capacidad de la mujer para identificar los patrones de secreción de moco cervical, temperatura basal y otros síntomas asociados al periodo fértil.
  • 28. Oclusión tubaria bilateral Es un método anticonceptivo permanente para la mujer, que consiste en la oclusión tubaria bilateral de las trompas uterinas, con el fin de evitar la fertilización. Vasectomía Es un método anticonceptivo permanente para el hombre, que consiste en la oclusión bilateral de los conductos deferentes, con el fin de evitar el paso de los espermatozoides.
  • 29. Identificación y manejo de casos de esterilidad e infertilidad Para propósitos de esta Norma:  Definición de esterilidad Por esterilidad debe entenderse la incapacidad que presente un individuo, hombre o mujer o ambos integrantes de la pareja, en edad fértil, para lograr un embarazo por medios naturales, después de un periodo mínimo de 12 meses de exposición regular al coito, sin uso de métodos anticonceptivos.  Definición de infertilidad Por infertilidad debe entenderse la incapacidad de la pareja o del individuo (mujer) para poder llevar a término la gestación con un producto vivo, después de dos años de exposición regular al coito, sin uso de métodos anticonceptivos.
  • 30.  Identificación de casos de esterilidad e infertilidad  La esterilidad y la infertilidad pueden deberse a factores masculinos, femeninos o de ambos integrantes de la pareja.