CURSO DE ESPECIALIZACIÓN
NORMATIVA DE
SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO
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 Deben ser cumplidas con carácter obligatoria. Es decir, una ley es una norma o regla dictada por
una autoridad competente, cuyo fin es mantener el orden público o prohibir algún tipo de acción.
Las leyes limitar la libertad de las personas en la sociedad por así decirlo.
LEY 29873
Ley de seguridad y salud en el trabajo (agosto
2011 ).
DECRETO SUPREMO N°005-2012 TR
Reglamento de ley seguridad y
salud en el trabajo(Abril 2012).
Los reglamentos
sectoriales que permiten
controlar distintas facetas
en una empresa, como la
seguridad alimentaria,
seguridad de la
información, la calidad
turística, el transporte
sanitario, la calidad de los
laboratorios entre otros.
INDUSTRIA
D.S N° 42-F
HIDROCARBUROS
D.S. N° 043-2007-EM
CONSTRUCCIÓN G-050,
D.S. N°010-2009-
VIVIENDA
PESCA
D.S. N° 010-73-PE
ELECTRICIDAD
R.M.N°111-2013-MEM
MINERIA D.S.
N°055-2010-EM
 Promover una cultura de prevención de riesgos
laborales en el país:
-ESTADO- FISCALIZACIÓN
-EMPLEADORES-PREVENCIÓN
-TRABAJADORES –PARTICIPACIÓN
 Diálogo social.
 Velan por la promoción difusión y cumplimiento
de la normativa de
seguridad y salud en el trabajo.
VA DIRIGIDO A TODOS LOS
SECTORES ECONÓMICOS ,
EMPLEADORES Y
TRABAJADORES A NIVEL
NACIONAL.
REGIMEN PUBLICO
REGIMEN PRIVADO
FFAA Y PNP POR
CUENTA P ROPIA MOD
.FORMATIVAS
7 TÍTULOS
14 CAPITULOS
103 ARTÍCULOS
3 DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
7 DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIA
S
MODIFICATORIAS
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO II POLITICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TÍTULO III SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TÍTULO IV SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TÍTULO V DERECHOS Y OBLIGACIONES
TÍTULO VI INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMADADES OCUPACIONALES
TÍTULO VII INSPECCIÓN DE TRABAJO EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SISTEMA DE GESTIÓN DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
SISTEMA DE GESTIÒN DE SST
Es una herramienta que le permite a cualquier empresa u
organización controlar sus propios riesgos en el lugar de
trabajo a partir de peligros y riesgos. Todo esto en un
marco de mejora continua.
OBJETIVO
• Promover una cultura de prevención riesgos laborales mediante la adopción , de un
sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
SISTEMA DE GESTIÓN CORPORAIVO
SISTEMA DE GESTIÓN EN MEDIO AMBIENTE
,SALUD Y SEGURIDAD
SISEMA DE GESTIÓN DE SSO
PROGRAMA DE
SALUD Y SEGURIDAD
OCUPACIONAL
¿Qué es ?
Es el conjunto de elementos interrelacionados o interactivos que
tienen por objeto establecer una política ,objetivos, mecanismos
y acciones necesarias para alcanzar mejoras en las condiciones
laborales de los trabajadores y prevenir la ocurrencia de
accidentes y enfermedades profesionales.
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
PLANIFICACIÒN DE ACITIVIDADES
RESPONSABILIDAD PROCEDIMIENTOS
PRÀCTICAS
RECURSOS
PROCESOS
SISTEMA DE GESTIÓN Y SALUD EN EL TRABAJO
¿QUIÉNES PARTICIPAN?
DEBER DE PREVENCIÒN
EMPLEADOR
TRABAJADORES Y
SINDICATOS
ESTADO
DERECHO DE
PARICIPACIÒN
FISCALIZACIÒN Y
CONTROL
¿POR QUE ESTABLECE?
ENTIDAD CARACTER
NORMATIVA (LEY 29783) OBLIGATORIO
TRABAJADORES Y CLIENES VOLUNTARIO?
MODELOS QUE SE PUEDEN EMPLEAR
NORMA APLICACIÓN
Directrices de OIT
(DS 009-2005 TR, Ley 29783)
País y empresas
OHSAS 18001:2007 Empresas :varios sectores
NOSA 5 estrellas Empresas: Mineras y sus contratistas
DNV- Control de Pérdidas Empresas : varios sectores
OHASAS 18001
PRINCIPALES CARACTERISICAS
DEL ESTANDAR OHASAS 18001
El estándar OHSAS 18001 ha sido desarrollado por las principales
certificadoras del mundo y elaborado a partir de los criterios
establecidos por la British Estándar BS 8800, con objeto de ser
compatible con las normas sobre sistemas de gestión ISO 9001 e ISO
14001.
Los principios en los que esta basado:
- La mejora continua.
- El compromiso de oda la organización.
- El cumplimiento de la normativa legal.
ELEMENTOS PARA LA GESTIÓN SST
Política
Identificación de peligros
Gestión de riesgos.
Investigación de incidentes.
Respuesta de emergencia.
Entrenamiento y competencia
Sistema de monitoreo/mejora
continua
•HACER
•VERIFICAR
•PLANEAR
•ACTUAR
A P
H
V
Establecer los objetivos y procesos
necesarios para obtener resultados
acorde a la política de sst de
organización
Ejecutar el plan a través de la recogida
de datos para empresa en todas las
etapas.
Ejecutar el seguimiento y la medición
de lo realizado.
Llevar a cabo las acciones para la mejora
del SGSST.
PLANIFICAR
HACER
VERIFICAR
ACTUAR
MODELO OHSAS 18001
MODELO DE
GESTIÓN DE SST
1. PLANIFICACIÓN
 POLITÍCA
 IPER
 REQUISITOS LEGALES
 OBJEIVOS Y PROGRAMA
3.VERIFICACIÓN
 MEDICIÓN Y SEGUIMIENTO
 REGISTROS
 AUDITORÍA
4.REVISIÓN
 REVISIÓN POR LA DIRECCIÓN
2. IMPLEMENACIÓN Y
OPERACIÓN
 POLITÍCA
 IPER
 REQUISITOSLEGALES
 OBJEIVOSY PROGRAMA
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El empleador debe adoptar un
enfoque de sistema de gestión en
el área de seguridad y salud en el
trabajo, de conformidad con los
instrumentos y directrices
internacionales y la legislación
vigente.
PARTICIPACIÓN DE LOS
TRABAJADORES EN EL SGSST
 La consulta , información y capacitación en el sst.
 Convocatoria a elecciones , la elecciones y el funcionamiento del
comité de sst.
 En el reconocimiento de los representantes de los trabajadores
para sensibilizarlos y comprometerlos con el SGSST.
 En el IPER al interior de cada unidad empresarial y mapa de
riesgos.
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
 Los empleadores que tienen
implementados sistemas
integrados de gestión o cuentan
con certificaciones
internacionales en seguridad y
salud en el trabajo deben verificar
que éstas cumplan, como mínimo
,con lo señalado en la ley , el
presente reglamento y demás
normas aplicables. (art.23)
El empleador debe implementar
mecanismos adecuados , que
permitan hacer efectiva la
participación activa de los
trabajadores y sus organizaciones
sindicales.(art.24)
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y
PROTECCIÓN DEL SGSST
 Eliminación de los peligros y riesgos ,combatir y
controlar los riesgos en su origen en el medio de
transmisión y el trabajador privilegiando el control
colectivo al individual.
 Tratamiento, control o aislamientos de los peligros y
riesgos adoptando medidas técnicas o
administrativas.
 Minimizar los peligrosos y riesgos, con sistemas de
trabajo seguro y disposiciones administrativas de
control.
 Programar la sustitución progresiva de los
procedimientos, técnicas, medios ,sustancias y
productos peligrosos por aquellos que produzcan un
menor o ningún riesgo al trabajador.
 Facilitar equipos de protección personal adecuados
,asegurándose que los trabajadores los utilicen y
conserven en forma correcta.
POLITICA DEL SISTEMA DE GESTIÒN DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
trabajadores y sus representantes,
expone por escrito la política en
materia de seguridad y salud en el
trabajo , que debe.
a) Ser específica para la organización y
apropiada a su tamaño y a la naturaleza
de sus actividades:;
b) Ser concisa , estar redactada con
claridad , estar fechada y hacerse
efectiva mediante la firma o endoso del
empleador o del representante de
mayor rango con responsabilidad en la
organización
c) Ser difundida y fácilmente accesible
a odas las personas en el lugar de
trabajo;
d) Ser actualizada periódicamente y
ponerse a disposición de las partes
interesadas externas, según
corresponda.
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
LEY Nª 29783 D.S 005 -2012-TR
Las empresas que cuete con
20 o mas trabajadores ,
constituirán obligatoriamente
un comité de seguridad y salud
en el trabajo.
Los empleadores que cuenten
con sindicatos mayoritarios
incorporan un miembro del
respectivo sindicato en calidad
de observador.
 (art.38) El empleador debe
asegurar , el establecimiento y el
funcionamiento efectivo del CSSTT,
el reconocimiento de los
representantes de los trabajadores
y facilitar su participación.
(art.39) El empleador que tenga
menos de 20 trabajadores debe
garantizar que la elección del
supervisor de SST se realice por los
trabajadores.
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
LEY Nª 29783 D.S 005 -2012-TR
OBJETO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
 (ar.40) Promover la salud y
seguridad en el trabajo,
asesorar vigilar el
cumplimiento de lo dispuesto
por el reglamento interno de
seguridad y salud en el trabajo
y normativa nacional,
favoreciendo el bienestar
laboral y apoyando el
desarrollo del empleador.
CONSTITUCIÓN E INSTALACIÓN DEL
COMITÉ
(art.50) La convocatoria a la
instalación del CSST corresponde
al empleador. Dicho acto se lleva a
cabo en el local de la empresa,
levantándose el acta respectiva.
(art. 51 ) El acto de constitución e
instalación , así como toda reunión ,
acuerdo a evento del CSST, deben
ser asentados en un libro de actas,
exclusivamente destinados para
estos fines.
CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El presidente , que es elegido por el
propio comité, entre los
representantes.
El secretario , que es el
responsable de los servicios de
seguridad y salud en el trabajo o
uno miembros del comité elegido
por consenso.
Los miembros, quienes son los
demás integrantes del comité.
• FUNCIONES:
 Conocer los documentos e informes
 Aproar el RISST
 Conocer y aprobar el programa anual de SST.
 Participar en la elaboración de políticas y planes de la
empresa.
 Aprobar el plan anual de capacitación.
 Promover la capacitación a todos los trabajadores.
 Vigilar el cumplimiento de las leyes sobres SST.
 Reportar los accidentes.
*NUMERO DE PERSONAS;
 Comité no menor de 04 ni mayor , se debe considerar
el nivel de riesgo de la empresa.
 18 años , ser trabajador, tener conocimientos en SST.
EL COMITÉ O SUPERVISOR DE SST
RESPOSABILIDADES DEL EMPLEADOR
DETRO DE SGSST
• Para mejorar el conocimiento sobre la seguridad y salud
en el trabajo , el empleador debe:
a)Entregar a cada trabajador copiar del RISST.
b)Realizar no menos de cuatro capacitaciones al año en
materia de SST.
c)Adjuntar al contrato de trabajo la descripción de las
recomendaciones de SST.
d) Brindar facilidades económicas y licencias con goce de haber
para la participación de los trabajadores en cursos de formación
en la materia.
e)Elaborar un mapa de riesgos con la participación de la
organización sindical, representantes de los trabajadores,
delegados y el comité de SST, el cual debe exhibirse en un
lugar visible.
FORMACIÓN / CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
• El empleador , en cumplimiento del deber de
prevención ,garantiza que los trabajadores sean
capacitados en materia de prevención. La
formación debe estar centrada:
a)En el puesto de trabajo especifico o en la función que
cada trabajador desempeña, cualquiera que sea la
naturaleza del vinculo, modalidad o duración de su
contrato.
b)En los cambios en las funciones que desempeñe,
cuando estos se produzcan.
c)En los cambios en las tecnologías o en los equipos de
trabajo , cuando estos se produzcan.
d)En las medidas que permitan las adaptación a la
evolución de los riesgos y las prevenciones de nuevos
riesgos.
e)En la actualización periódica de los conocimientos. La
capacitación puede ser dada directamente por el
empleador o a través de terceros.
PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN EN
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
(art.29) Los programas de capacitación deben:
a)Hacerse extensivos a todos los trabajadores, atendiendo
manera especifica a los riesgos existentes en el trabajo.
b)Ser impartidos por profesionales competentes y con
experiencia en materia.
c)Ofrecer, cuando proceda, una formación inicial y cursos de
ecualización a intervalos adecuados.
d)Ser evaluados por pare de los participantes en función a
su grado de comprensión y su utilidad en la labor de
prevención de riesgos.
e)Ser revisados periódicamente, con la participación del
comité de seguridad y salud en el trabajo o del supervisor
de seguridad y salud en el trabajo , y ser modificados de ser
necesario, para garantizar su permanencia y eficacia.
f)Contar con materiales y documentos idóneos.
g)Adecuarse al tamaño de la organización y a la naturaleza
de sus actividades y riesgos.
DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN
DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRAAJO
(art.32) El empleador debe exhibir lo siguiente:
a) La política y objetivos en materia de seguridad y salud en el trabajo.
b) El reglamento interno de seguridad y salud e el trabajo.
c) La identificación de peligros , evaluación de riesgos y sus medidas de control.
d) El mapa de riesgo.
e) La planificación de la actividad preventiva.
f) El programa anual de seguridad y salud en el trabajo.
NOTA: A Y C DEBE SER EXHIBIDA EN LUGAR A VISTA DE TODOS.
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
(art.74) Estructura mínima :
a)Objetivos y alcances.
b)Liderazgo ,compromisos y la política de seguridad y
salud.
c)Atribuciones y obligaciones del empleador , de los
supervisores , del comité de seguridad y salud , de los
trabajadores y de los empleadores que les bridan
servicios si las hubiera.
d)Estándares de seguridad y salud en las operaciones.
e)Estándares de seguridad y salud en los servicios y
actividades conexas.
f)Preparación y respuestas a emergencias.
• (Art.75) El empleador debe poner en conocimiento de todos los
trabajadores , mediante medio físico o digital , bajo cargo, el reglamento
interno de seguridad y salud en el trabajo y sus posteriores modificatorias.
Esa obligación se extiende a los trabajadores en régimen de
intermediación y tercerización, a las personas en modalidad formativa y a
todo aquel cuyos servicios subordinados o esporádica en las instalaciones
del empleador.
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
MAPA DE RIESGOS
MAPA DE RIESGOS -FINALIDAD
Promueve la participación
comunitaria y fortalece la cultura de
prevención ante los peligros y
amenazas a la que están
expuestos.
Contribuye con la sostenibilidad de
los proyectos de desarrollo ,
reduciendo las vulnerabilidades
frente a los desastres de tipo natural
o tecnológico.
Es una herramienta para la toma de
decisiones.
¿QUE ES UN MAPA DE RIESGO ?
Es un instrumento geo referencial.
Ubica gráficamente información de diversos aspectos.
Identifica y ubica zonas de amenazas.
Identifica vulnerabilidades (físicas, sociables ,ambientales, etc).
Permite integrar información técnica y cultural.
MAPAS DE RIESGOS DE INSTALACIÓN
MAPA DE IDENTIFICACIÒN DE RIESGOS
• 51.15
PLANIFICACIÓN DE LA
ACTIVIDAD PREVENTIVA
PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD
PREVENTIVA
• La planificación de la actividad preventiva es el plan anual de SST, en el
cuál se indica qué hará y como hará la empresa para implementar las
medidas de prevención de riesgos en materia de SST.
• La planificación de la actividad preventiva es documento.
PROGRAMA ANUAL DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
PLANIFICACIÓN Y APLICACIÓN DEL SGSST
• (Art.77) La evaluación inicial de
riesgos debe realizarse en cada
puesto de trabajo del empleador ,
por personal competente , en
consulta con los trabajadores y sus
representantes ante el comité o
supervisor de seguridad y salud en
el trabajo. Esa evaluación debe
considerar las condiciones de
trabajo existente o previstas , así
como la posibilidad de que el
trabajador que lo ocupe por sus
características personales o estado
de salud conocido.
EVALUACIÓN INICIAL O LINEA BASE
• (art.78) El resultado de la
evolución inicial o línea de
base debe:
• a) Es documentado.
• b) Servir de base para adoptar
decisiones sobre la aplicación
del SGSS.
• c) Servir de referencia para
evaluar la mejora continua del
SGSS.
EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
• (Art.87) La supervisión y la medición de los resultados
deben:
• A)Utilizarse como un medio para determinar en qué
medida se cumple la política , los objetivos de
seguridad y salud en el trabajo controlando riesgos.
• B)Incluir una supervisión y no basarse exclusivamente
en estadísticas sobre accidentes del trabajo y
enfermedades ocupacionales.
• C)Prever el intercambio de información sobre los
resultados de la seguridad y salud en el trabajo.
• D) Aportar información para determinar si las medidas
ordinarias de prevención y control de peligros como
también riesgos que se aplican y demuestran ser
eficaces.
• E) Servir de base para la adopción de decisiones que
tengan por objeto mejorar la identificación de los
peligros y el control de los riesgos y el sistema de
gestión de la seguridad y salud en el trabajo.
ACCIÓN PARA LA MEJORA CONTINUA
(art.90) La revisión del sistema
de gestión de la seguridad y
salud en el trabajo se realiza por
lo menos una (1) vez al año. El
alcance de la revisión debe
definirse según las necesidades
y riesgos presentes.
Las conclusiones del examen
realizado por el empleador de
registrarse y comunicarse:
a) A las personas respónsales de
los aspectos críticos y
pertinentes del sistema de
gestión de la seguridad y
salud en el trabajo para que
puedan adoptar las medidas
oportunas.
b) Al comité o al supervisor de
seguridad y salud de trabajo ,
los trabajadores y
organización sindical.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS
EMPLEADORES
• El empleador ejerce un firme liderazgo manifiesta su respaldo a las
actividades de su empresa en materia de SST; así mismo debe estar
comprometido a fin de proveer y mantener un ambiente de trabajo
seguro y saludable en concordancia con las mejores prácticas y con el
cumplimiento de las normas de SST.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Garantizar la ss. de los trabajadores en el desempeño de todos los
aspectos relacionados con su labor.
Desarrollar acciones permanentes con el fin de perfeccionar los
niveles de protección existentes.
Practicar exámenes médicos antes, durante y al término de la
relación laboral (actividades de alto riesgo).
Garantizar que las elecciones de los representantes de los
trabajadores se realice a través de las organizaciones sindicales; y en
su defecto a través de elecciones democráticas de los trabajadores.
ACCIÓN PARA LA MEJORA CONTINUA
• (art.90) La revisión del sistema de gestión de la
seguridad y salud en el trabajo se realiza por lo
menos una (1) vez al año. El alcance de la
revisión debe definirse según las necesidades y
riesgos presentes.
• Las conclusiones del examen realizado por el
empleador debe registrarse y comunicarse:
• A las personas responsables de los aspectos
críticos y pertinentes del sistema de gestión de
la seguridad y salud en el trabajo para que
puedan adoptar las medidas oportunas.
• Al comité o al supervisor de seguridad y salud
del trabajo, los trabajadores y la organización
sindical.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS
TRABAJADORES
 Tiene derecho a comunicarse libremente con los
inspectores del trabajo , aun sin la presencia del
empleador.
 Los trabajadores tienen derecho a ser transferidos
en caso de accidente de trabajo tienen derecho a
ser transferidos en caso de accidente de trabajo o
enfermedad ocupacional a otro puesto que
implique menos riesgo para su seguridad y salud,
sin menoscabo de sus derechos remunerativos y
de categoría.
 Usar adecuadamente los instrumentos, materiales
de trabajo, EPP, siempre y cuando hayan sido
informados y capacitados en su uso.
 Someterse a exámenes médicos siempre y cuando
se garantice la confidencialidad del acto médico.
 Participar en los organismos paritarios,
capacitación y otras actividades dentro de la
jornada de trabajo.
INTERVENCIÓN DE MINISTERIO PÚBLICO
Si con ocasión del ejercicio de la función de inspección en las
empresas , se apreciase indicios de presunta comisión de delio
vinculado a la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el
trabajo , la inspección del trabajo remitirá al ministerio público , los
hechos que haya conocido y los sujetos que pudieran resultar
afectados.
RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENO A LA
OBLIGACIÓN DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE
LOS TRABAJADORES
 En materia de SST, la entidad empleadora principal
responde directamente por las infracciones que , en
su caso , se cometan por el cumplimiento de la
obligación de garantizar la seguridad y salud de los
trabajadores ,personas que presan servicios,
personal bajo modalidad formativas laborales,
visitante y usuarios , los trabajadores de la entidades
contratistas y sub contratistas que desarrollen
actividades en su instalaciones.
 Así mismo , las empresas usuarias de empresas de
servicios temporales y complementarios responden
directamente por las infracciones por el
incumplimiento de su deber de garantizar la
seguridad y salud de los trabajadores destacados en
sus instalaciones.
INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y
ENFERMEDADES OCUPACIONALES
• La información en materia de accidentes de trabajo , enfermedades
profesionales e incidente peligrosos debe permitir:
• A) Prevenir los accidentes y los daños a la salud.
• B) Reforzar las distintas actividades nacionales de recolección de datos.
• C) Establecer los principios generales y procedimientos uniformes para el
registro y notificación de accidentes de trabajo, enfermedades
ocupacionales e incidentes peligrosos en todas las ramas de la actividad
económica.
• D) Facilitar la preparación de estadísticas anuales
• E) Facilitar análisis comparativos para fines preventivos promocionales.
INSPECCIÓN DE
TRABAJO
INSPECCIÓN DE TRABAJO EN SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
• El sistema de inspección del trabajo a cargo del ministerio de trabajo
y promoción del empleo , tiene a su cargo el adecuado cumplimiento
de las leyes y reglamentos relativos a la seguridad y salud en el
trabajo y prevención de riesgos laborales.
LEY Nª30222
ARTÍCULOS MODIFICADOS
• ARTÍCULO 13
• ARTÍCULO 26
• ARTÍCULO 28
• ARTÍCULO 32
• ARTÍCULO 49
• ARTÍCULO 76
REGISTROS SIMPLIFICADOS
• Las micro, pequeñas y medianas
empresas(MYPIME)
Así como las empresas y entidades
en general que no realizan
actividad de alto riesgo ,llevarán
registros y formatos simplificados
.Estos registros se llevarán por
separado o en un solo libro físico o
registro electrónico.
TERCERIZACIÓN
• Sin perjuicio de la responsabilidad que por
ley de corresponde al empleador de
cumplir con las normas de SST para
proteger la vida , la salud y la integridad de
los trabajadores , se fácula a los
empleadores a contratar profesionales o
empresas especializadas (locación de
servicios), para que se encarguen de las
implementación, gestión ,monitoreo y
cumplimiento de las normas de SST. Con
ello se elimina la pretensión de contratar a
médicos ocupacionales en la planilla de las
empresas.
EXÁMENES MÉDICOS
•Serán cada dos años
salvo que se trae de
actividades de alto
riesgo, en cuyo caso los
exámenes se realizan
al ingreso, durante y al
término de la relación
laboral.
RESPONSABILIDAD PENAL DEL EMPLEADOR
• Se corrige la tipificación penal del articulo 168- A del Código Penal ,
Por ejemplo , para imputar responsabilidad penal al representante
del empleador, será necesario acreditar intencionalidad dolosa y
haber sido requerido previamente por el Ministerio de trabajo , y
siempre que no haya adoptado las medidas necesarias que
pongan en peligro inminente de la vida , salud e integridad de los
trabajadores (se rebaja la pena máxima de 5 a 4 años).
• Si como consecuencia de la inobservancia deliberada de las
normas se causa la muere del trabajador o se producen prever el
resultado, será sancionado con 6 a 8 años en los casos de lesiones
o muere respectivamente (la pena anterior era 10 años).
• Se excluye de responsabilidad penal al empleador , si la muerte o
las lesiones son productos de la inobservancia de las normas de
SST por pare del trabajador.
MULTAS LABORALES
 Durante 3 años , la Sunafil aplicará como
multa máxima el 35 % de la que corresponda
a cada caso. En caso de subsanación no
aplicarán multas.
Cuando se trate de infracciones muy graves,
por ejemplo trabajo infantil, trabajo forzoso,
liberad sindical y de asociación, obstrucción a
las inspecciones, se aplicará la multa máxima
que corresponda y no la multa de 35%
establecida.
Cabe recordar que conforme al reglamento
de multas laborales vigente , si el empleador
subsana la infracción durante el proceso
inspectivo tiene derecho a la rebaja de la
mula en un 90% en tanto no se trae de
infracciones calificadas como insubsanables.
RESPONSABILIDAD PENAL DEL EMPLEADOR
Se corrige la tipificación penal del
artículo 168 - A del código penal
.Por ejemplo para imputar
responsabilidad penal al
representante del empleador , será
necesario acreditar intencionalidad
dolosa y haber sido requerido
previamente por el ministerio de
trabajo , y siempre que no haya
adoptado las medidas necesarias
que pongan en peligro inminente la
vida, salud e integridad de los
trabajadores (se rebaja la pena
máxima de 5 a 4 años).
Si como consecuencia de la
inobservancia deliberada de las
normas, se causa la muere del
trabajador o se producen lesiones
graves, siempre que el empleador
haya podido prever el resultado ,
será sancionado con 6 o 8 años en
los casos de lesiones o muerte,
respectivamente (la pena anterior
era de 10 años).
Se excluye de responsabilidad penal
al empleador , si la muerte o las
lesiones son producto de la
inobservancia de las normas de SST
por pare del trabajador.
MULTAS LABORALES
• Durante 3 años , la Sunafil aplicará como
multa máxima el 35% de la que corresponda
a cada caso. En caso de subsanación no
aplicarán multas.
• Cuando se trate de infracciones muy graves,
por ejemplo trabajo infantil, trabajo forzoso
,libertad sindical y de asociación ,obstrucción
a las inspecciones, se aplicará la multa
máxima que corresponda y no la multa de
35% establecida.
• Cabe recordar que conforme al reglamento de
multas laborales vigente el empleador
subsana la infracción durante el proceso de
inspección que tiene derecho a la rebaja de la
mula en un 90% en tanto no se trate de
infracciones calificadas como insubsanables.
GRACIAS!!

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  • 1. CURSO DE ESPECIALIZACIÓN NORMATIVA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO https://huaycan.org/
  • 2.  Deben ser cumplidas con carácter obligatoria. Es decir, una ley es una norma o regla dictada por una autoridad competente, cuyo fin es mantener el orden público o prohibir algún tipo de acción. Las leyes limitar la libertad de las personas en la sociedad por así decirlo.
  • 3. LEY 29873 Ley de seguridad y salud en el trabajo (agosto 2011 ). DECRETO SUPREMO N°005-2012 TR Reglamento de ley seguridad y salud en el trabajo(Abril 2012).
  • 4. Los reglamentos sectoriales que permiten controlar distintas facetas en una empresa, como la seguridad alimentaria, seguridad de la información, la calidad turística, el transporte sanitario, la calidad de los laboratorios entre otros. INDUSTRIA D.S N° 42-F HIDROCARBUROS D.S. N° 043-2007-EM CONSTRUCCIÓN G-050, D.S. N°010-2009- VIVIENDA PESCA D.S. N° 010-73-PE ELECTRICIDAD R.M.N°111-2013-MEM MINERIA D.S. N°055-2010-EM
  • 5.  Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país: -ESTADO- FISCALIZACIÓN -EMPLEADORES-PREVENCIÓN -TRABAJADORES –PARTICIPACIÓN  Diálogo social.  Velan por la promoción difusión y cumplimiento de la normativa de seguridad y salud en el trabajo.
  • 6. VA DIRIGIDO A TODOS LOS SECTORES ECONÓMICOS , EMPLEADORES Y TRABAJADORES A NIVEL NACIONAL. REGIMEN PUBLICO REGIMEN PRIVADO FFAA Y PNP POR CUENTA P ROPIA MOD .FORMATIVAS
  • 7. 7 TÍTULOS 14 CAPITULOS 103 ARTÍCULOS 3 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 7 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIA S MODIFICATORIAS
  • 8. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II POLITICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TÍTULO III SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TÍTULO IV SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TÍTULO V DERECHOS Y OBLIGACIONES TÍTULO VI INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMADADES OCUPACIONALES TÍTULO VII INSPECCIÓN DE TRABAJO EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 9. SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 10. SISTEMA DE GESTIÒN DE SST Es una herramienta que le permite a cualquier empresa u organización controlar sus propios riesgos en el lugar de trabajo a partir de peligros y riesgos. Todo esto en un marco de mejora continua.
  • 11. OBJETIVO • Promover una cultura de prevención riesgos laborales mediante la adopción , de un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
  • 12. SISTEMA DE GESTIÓN CORPORAIVO SISTEMA DE GESTIÓN EN MEDIO AMBIENTE ,SALUD Y SEGURIDAD SISEMA DE GESTIÓN DE SSO PROGRAMA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
  • 13. ¿Qué es ? Es el conjunto de elementos interrelacionados o interactivos que tienen por objeto establecer una política ,objetivos, mecanismos y acciones necesarias para alcanzar mejoras en las condiciones laborales de los trabajadores y prevenir la ocurrencia de accidentes y enfermedades profesionales. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL PLANIFICACIÒN DE ACITIVIDADES RESPONSABILIDAD PROCEDIMIENTOS PRÀCTICAS RECURSOS PROCESOS
  • 14. SISTEMA DE GESTIÓN Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 15. ¿QUIÉNES PARTICIPAN? DEBER DE PREVENCIÒN EMPLEADOR TRABAJADORES Y SINDICATOS ESTADO DERECHO DE PARICIPACIÒN FISCALIZACIÒN Y CONTROL
  • 16. ¿POR QUE ESTABLECE? ENTIDAD CARACTER NORMATIVA (LEY 29783) OBLIGATORIO TRABAJADORES Y CLIENES VOLUNTARIO?
  • 17. MODELOS QUE SE PUEDEN EMPLEAR NORMA APLICACIÓN Directrices de OIT (DS 009-2005 TR, Ley 29783) País y empresas OHSAS 18001:2007 Empresas :varios sectores NOSA 5 estrellas Empresas: Mineras y sus contratistas DNV- Control de Pérdidas Empresas : varios sectores
  • 19. PRINCIPALES CARACTERISICAS DEL ESTANDAR OHASAS 18001 El estándar OHSAS 18001 ha sido desarrollado por las principales certificadoras del mundo y elaborado a partir de los criterios establecidos por la British Estándar BS 8800, con objeto de ser compatible con las normas sobre sistemas de gestión ISO 9001 e ISO 14001. Los principios en los que esta basado: - La mejora continua. - El compromiso de oda la organización. - El cumplimiento de la normativa legal.
  • 20. ELEMENTOS PARA LA GESTIÓN SST Política Identificación de peligros Gestión de riesgos. Investigación de incidentes. Respuesta de emergencia. Entrenamiento y competencia Sistema de monitoreo/mejora continua •HACER •VERIFICAR •PLANEAR •ACTUAR A P H V
  • 21. Establecer los objetivos y procesos necesarios para obtener resultados acorde a la política de sst de organización Ejecutar el plan a través de la recogida de datos para empresa en todas las etapas. Ejecutar el seguimiento y la medición de lo realizado. Llevar a cabo las acciones para la mejora del SGSST. PLANIFICAR HACER VERIFICAR ACTUAR
  • 22. MODELO OHSAS 18001 MODELO DE GESTIÓN DE SST 1. PLANIFICACIÓN  POLITÍCA  IPER  REQUISITOS LEGALES  OBJEIVOS Y PROGRAMA 3.VERIFICACIÓN  MEDICIÓN Y SEGUIMIENTO  REGISTROS  AUDITORÍA 4.REVISIÓN  REVISIÓN POR LA DIRECCIÓN 2. IMPLEMENACIÓN Y OPERACIÓN  POLITÍCA  IPER  REQUISITOSLEGALES  OBJEIVOSY PROGRAMA
  • 23. SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El empleador debe adoptar un enfoque de sistema de gestión en el área de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con los instrumentos y directrices internacionales y la legislación vigente.
  • 24. PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN EL SGSST  La consulta , información y capacitación en el sst.  Convocatoria a elecciones , la elecciones y el funcionamiento del comité de sst.  En el reconocimiento de los representantes de los trabajadores para sensibilizarlos y comprometerlos con el SGSST.  En el IPER al interior de cada unidad empresarial y mapa de riesgos.
  • 25. SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO  Los empleadores que tienen implementados sistemas integrados de gestión o cuentan con certificaciones internacionales en seguridad y salud en el trabajo deben verificar que éstas cumplan, como mínimo ,con lo señalado en la ley , el presente reglamento y demás normas aplicables. (art.23) El empleador debe implementar mecanismos adecuados , que permitan hacer efectiva la participación activa de los trabajadores y sus organizaciones sindicales.(art.24)
  • 26. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN DEL SGSST  Eliminación de los peligros y riesgos ,combatir y controlar los riesgos en su origen en el medio de transmisión y el trabajador privilegiando el control colectivo al individual.  Tratamiento, control o aislamientos de los peligros y riesgos adoptando medidas técnicas o administrativas.  Minimizar los peligrosos y riesgos, con sistemas de trabajo seguro y disposiciones administrativas de control.  Programar la sustitución progresiva de los procedimientos, técnicas, medios ,sustancias y productos peligrosos por aquellos que produzcan un menor o ningún riesgo al trabajador.  Facilitar equipos de protección personal adecuados ,asegurándose que los trabajadores los utilicen y conserven en forma correcta.
  • 27. POLITICA DEL SISTEMA DE GESTIÒN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO trabajadores y sus representantes, expone por escrito la política en materia de seguridad y salud en el trabajo , que debe. a) Ser específica para la organización y apropiada a su tamaño y a la naturaleza de sus actividades:; b) Ser concisa , estar redactada con claridad , estar fechada y hacerse efectiva mediante la firma o endoso del empleador o del representante de mayor rango con responsabilidad en la organización c) Ser difundida y fácilmente accesible a odas las personas en el lugar de trabajo; d) Ser actualizada periódicamente y ponerse a disposición de las partes interesadas externas, según corresponda.
  • 28. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY Nª 29783 D.S 005 -2012-TR Las empresas que cuete con 20 o mas trabajadores , constituirán obligatoriamente un comité de seguridad y salud en el trabajo. Los empleadores que cuenten con sindicatos mayoritarios incorporan un miembro del respectivo sindicato en calidad de observador.
  • 29.  (art.38) El empleador debe asegurar , el establecimiento y el funcionamiento efectivo del CSSTT, el reconocimiento de los representantes de los trabajadores y facilitar su participación. (art.39) El empleador que tenga menos de 20 trabajadores debe garantizar que la elección del supervisor de SST se realice por los trabajadores. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY Nª 29783 D.S 005 -2012-TR
  • 30. OBJETO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO  (ar.40) Promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo y normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo del empleador.
  • 31. CONSTITUCIÓN E INSTALACIÓN DEL COMITÉ (art.50) La convocatoria a la instalación del CSST corresponde al empleador. Dicho acto se lleva a cabo en el local de la empresa, levantándose el acta respectiva. (art. 51 ) El acto de constitución e instalación , así como toda reunión , acuerdo a evento del CSST, deben ser asentados en un libro de actas, exclusivamente destinados para estos fines.
  • 32. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El presidente , que es elegido por el propio comité, entre los representantes. El secretario , que es el responsable de los servicios de seguridad y salud en el trabajo o uno miembros del comité elegido por consenso. Los miembros, quienes son los demás integrantes del comité.
  • 33. • FUNCIONES:  Conocer los documentos e informes  Aproar el RISST  Conocer y aprobar el programa anual de SST.  Participar en la elaboración de políticas y planes de la empresa.  Aprobar el plan anual de capacitación.  Promover la capacitación a todos los trabajadores.  Vigilar el cumplimiento de las leyes sobres SST.  Reportar los accidentes. *NUMERO DE PERSONAS;  Comité no menor de 04 ni mayor , se debe considerar el nivel de riesgo de la empresa.  18 años , ser trabajador, tener conocimientos en SST. EL COMITÉ O SUPERVISOR DE SST
  • 34. RESPOSABILIDADES DEL EMPLEADOR DETRO DE SGSST • Para mejorar el conocimiento sobre la seguridad y salud en el trabajo , el empleador debe: a)Entregar a cada trabajador copiar del RISST. b)Realizar no menos de cuatro capacitaciones al año en materia de SST. c)Adjuntar al contrato de trabajo la descripción de las recomendaciones de SST. d) Brindar facilidades económicas y licencias con goce de haber para la participación de los trabajadores en cursos de formación en la materia. e)Elaborar un mapa de riesgos con la participación de la organización sindical, representantes de los trabajadores, delegados y el comité de SST, el cual debe exhibirse en un lugar visible.
  • 35. FORMACIÓN / CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO • El empleador , en cumplimiento del deber de prevención ,garantiza que los trabajadores sean capacitados en materia de prevención. La formación debe estar centrada: a)En el puesto de trabajo especifico o en la función que cada trabajador desempeña, cualquiera que sea la naturaleza del vinculo, modalidad o duración de su contrato. b)En los cambios en las funciones que desempeñe, cuando estos se produzcan. c)En los cambios en las tecnologías o en los equipos de trabajo , cuando estos se produzcan. d)En las medidas que permitan las adaptación a la evolución de los riesgos y las prevenciones de nuevos riesgos. e)En la actualización periódica de los conocimientos. La capacitación puede ser dada directamente por el empleador o a través de terceros.
  • 36. PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (art.29) Los programas de capacitación deben: a)Hacerse extensivos a todos los trabajadores, atendiendo manera especifica a los riesgos existentes en el trabajo. b)Ser impartidos por profesionales competentes y con experiencia en materia. c)Ofrecer, cuando proceda, una formación inicial y cursos de ecualización a intervalos adecuados. d)Ser evaluados por pare de los participantes en función a su grado de comprensión y su utilidad en la labor de prevención de riesgos. e)Ser revisados periódicamente, con la participación del comité de seguridad y salud en el trabajo o del supervisor de seguridad y salud en el trabajo , y ser modificados de ser necesario, para garantizar su permanencia y eficacia. f)Contar con materiales y documentos idóneos. g)Adecuarse al tamaño de la organización y a la naturaleza de sus actividades y riesgos.
  • 37. DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRAAJO (art.32) El empleador debe exhibir lo siguiente: a) La política y objetivos en materia de seguridad y salud en el trabajo. b) El reglamento interno de seguridad y salud e el trabajo. c) La identificación de peligros , evaluación de riesgos y sus medidas de control. d) El mapa de riesgo. e) La planificación de la actividad preventiva. f) El programa anual de seguridad y salud en el trabajo. NOTA: A Y C DEBE SER EXHIBIDA EN LUGAR A VISTA DE TODOS.
  • 38. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (art.74) Estructura mínima : a)Objetivos y alcances. b)Liderazgo ,compromisos y la política de seguridad y salud. c)Atribuciones y obligaciones del empleador , de los supervisores , del comité de seguridad y salud , de los trabajadores y de los empleadores que les bridan servicios si las hubiera. d)Estándares de seguridad y salud en las operaciones. e)Estándares de seguridad y salud en los servicios y actividades conexas. f)Preparación y respuestas a emergencias.
  • 39. • (Art.75) El empleador debe poner en conocimiento de todos los trabajadores , mediante medio físico o digital , bajo cargo, el reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo y sus posteriores modificatorias. Esa obligación se extiende a los trabajadores en régimen de intermediación y tercerización, a las personas en modalidad formativa y a todo aquel cuyos servicios subordinados o esporádica en las instalaciones del empleador. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 41. MAPA DE RIESGOS -FINALIDAD Promueve la participación comunitaria y fortalece la cultura de prevención ante los peligros y amenazas a la que están expuestos. Contribuye con la sostenibilidad de los proyectos de desarrollo , reduciendo las vulnerabilidades frente a los desastres de tipo natural o tecnológico. Es una herramienta para la toma de decisiones.
  • 42. ¿QUE ES UN MAPA DE RIESGO ? Es un instrumento geo referencial. Ubica gráficamente información de diversos aspectos. Identifica y ubica zonas de amenazas. Identifica vulnerabilidades (físicas, sociables ,ambientales, etc). Permite integrar información técnica y cultural.
  • 43. MAPAS DE RIESGOS DE INSTALACIÓN
  • 45. • 51.15 PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA
  • 46. PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA • La planificación de la actividad preventiva es el plan anual de SST, en el cuál se indica qué hará y como hará la empresa para implementar las medidas de prevención de riesgos en materia de SST. • La planificación de la actividad preventiva es documento.
  • 47. PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 48. PLANIFICACIÓN Y APLICACIÓN DEL SGSST • (Art.77) La evaluación inicial de riesgos debe realizarse en cada puesto de trabajo del empleador , por personal competente , en consulta con los trabajadores y sus representantes ante el comité o supervisor de seguridad y salud en el trabajo. Esa evaluación debe considerar las condiciones de trabajo existente o previstas , así como la posibilidad de que el trabajador que lo ocupe por sus características personales o estado de salud conocido.
  • 49. EVALUACIÓN INICIAL O LINEA BASE • (art.78) El resultado de la evolución inicial o línea de base debe: • a) Es documentado. • b) Servir de base para adoptar decisiones sobre la aplicación del SGSS. • c) Servir de referencia para evaluar la mejora continua del SGSS.
  • 50. EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO • (Art.87) La supervisión y la medición de los resultados deben: • A)Utilizarse como un medio para determinar en qué medida se cumple la política , los objetivos de seguridad y salud en el trabajo controlando riesgos. • B)Incluir una supervisión y no basarse exclusivamente en estadísticas sobre accidentes del trabajo y enfermedades ocupacionales. • C)Prever el intercambio de información sobre los resultados de la seguridad y salud en el trabajo. • D) Aportar información para determinar si las medidas ordinarias de prevención y control de peligros como también riesgos que se aplican y demuestran ser eficaces. • E) Servir de base para la adopción de decisiones que tengan por objeto mejorar la identificación de los peligros y el control de los riesgos y el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.
  • 51. ACCIÓN PARA LA MEJORA CONTINUA (art.90) La revisión del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo se realiza por lo menos una (1) vez al año. El alcance de la revisión debe definirse según las necesidades y riesgos presentes. Las conclusiones del examen realizado por el empleador de registrarse y comunicarse: a) A las personas respónsales de los aspectos críticos y pertinentes del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo para que puedan adoptar las medidas oportunas. b) Al comité o al supervisor de seguridad y salud de trabajo , los trabajadores y organización sindical.
  • 52. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES • El empleador ejerce un firme liderazgo manifiesta su respaldo a las actividades de su empresa en materia de SST; así mismo debe estar comprometido a fin de proveer y mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable en concordancia con las mejores prácticas y con el cumplimiento de las normas de SST.
  • 53. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Garantizar la ss. de los trabajadores en el desempeño de todos los aspectos relacionados con su labor. Desarrollar acciones permanentes con el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes. Practicar exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral (actividades de alto riesgo). Garantizar que las elecciones de los representantes de los trabajadores se realice a través de las organizaciones sindicales; y en su defecto a través de elecciones democráticas de los trabajadores.
  • 54. ACCIÓN PARA LA MEJORA CONTINUA • (art.90) La revisión del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo se realiza por lo menos una (1) vez al año. El alcance de la revisión debe definirse según las necesidades y riesgos presentes. • Las conclusiones del examen realizado por el empleador debe registrarse y comunicarse: • A las personas responsables de los aspectos críticos y pertinentes del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo para que puedan adoptar las medidas oportunas. • Al comité o al supervisor de seguridad y salud del trabajo, los trabajadores y la organización sindical.
  • 55. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES  Tiene derecho a comunicarse libremente con los inspectores del trabajo , aun sin la presencia del empleador.  Los trabajadores tienen derecho a ser transferidos en caso de accidente de trabajo tienen derecho a ser transferidos en caso de accidente de trabajo o enfermedad ocupacional a otro puesto que implique menos riesgo para su seguridad y salud, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría.  Usar adecuadamente los instrumentos, materiales de trabajo, EPP, siempre y cuando hayan sido informados y capacitados en su uso.  Someterse a exámenes médicos siempre y cuando se garantice la confidencialidad del acto médico.  Participar en los organismos paritarios, capacitación y otras actividades dentro de la jornada de trabajo.
  • 56. INTERVENCIÓN DE MINISTERIO PÚBLICO Si con ocasión del ejercicio de la función de inspección en las empresas , se apreciase indicios de presunta comisión de delio vinculado a la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo , la inspección del trabajo remitirá al ministerio público , los hechos que haya conocido y los sujetos que pudieran resultar afectados.
  • 57. RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENO A LA OBLIGACIÓN DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES  En materia de SST, la entidad empleadora principal responde directamente por las infracciones que , en su caso , se cometan por el cumplimiento de la obligación de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores ,personas que presan servicios, personal bajo modalidad formativas laborales, visitante y usuarios , los trabajadores de la entidades contratistas y sub contratistas que desarrollen actividades en su instalaciones.  Así mismo , las empresas usuarias de empresas de servicios temporales y complementarios responden directamente por las infracciones por el incumplimiento de su deber de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores destacados en sus instalaciones.
  • 58. INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES • La información en materia de accidentes de trabajo , enfermedades profesionales e incidente peligrosos debe permitir: • A) Prevenir los accidentes y los daños a la salud. • B) Reforzar las distintas actividades nacionales de recolección de datos. • C) Establecer los principios generales y procedimientos uniformes para el registro y notificación de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos en todas las ramas de la actividad económica. • D) Facilitar la preparación de estadísticas anuales • E) Facilitar análisis comparativos para fines preventivos promocionales.
  • 60. INSPECCIÓN DE TRABAJO EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO • El sistema de inspección del trabajo a cargo del ministerio de trabajo y promoción del empleo , tiene a su cargo el adecuado cumplimiento de las leyes y reglamentos relativos a la seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales.
  • 62. ARTÍCULOS MODIFICADOS • ARTÍCULO 13 • ARTÍCULO 26 • ARTÍCULO 28 • ARTÍCULO 32 • ARTÍCULO 49 • ARTÍCULO 76
  • 63. REGISTROS SIMPLIFICADOS • Las micro, pequeñas y medianas empresas(MYPIME) Así como las empresas y entidades en general que no realizan actividad de alto riesgo ,llevarán registros y formatos simplificados .Estos registros se llevarán por separado o en un solo libro físico o registro electrónico.
  • 64. TERCERIZACIÓN • Sin perjuicio de la responsabilidad que por ley de corresponde al empleador de cumplir con las normas de SST para proteger la vida , la salud y la integridad de los trabajadores , se fácula a los empleadores a contratar profesionales o empresas especializadas (locación de servicios), para que se encarguen de las implementación, gestión ,monitoreo y cumplimiento de las normas de SST. Con ello se elimina la pretensión de contratar a médicos ocupacionales en la planilla de las empresas.
  • 65. EXÁMENES MÉDICOS •Serán cada dos años salvo que se trae de actividades de alto riesgo, en cuyo caso los exámenes se realizan al ingreso, durante y al término de la relación laboral.
  • 66. RESPONSABILIDAD PENAL DEL EMPLEADOR • Se corrige la tipificación penal del articulo 168- A del Código Penal , Por ejemplo , para imputar responsabilidad penal al representante del empleador, será necesario acreditar intencionalidad dolosa y haber sido requerido previamente por el Ministerio de trabajo , y siempre que no haya adoptado las medidas necesarias que pongan en peligro inminente de la vida , salud e integridad de los trabajadores (se rebaja la pena máxima de 5 a 4 años). • Si como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas se causa la muere del trabajador o se producen prever el resultado, será sancionado con 6 a 8 años en los casos de lesiones o muere respectivamente (la pena anterior era 10 años). • Se excluye de responsabilidad penal al empleador , si la muerte o las lesiones son productos de la inobservancia de las normas de SST por pare del trabajador.
  • 67. MULTAS LABORALES  Durante 3 años , la Sunafil aplicará como multa máxima el 35 % de la que corresponda a cada caso. En caso de subsanación no aplicarán multas. Cuando se trate de infracciones muy graves, por ejemplo trabajo infantil, trabajo forzoso, liberad sindical y de asociación, obstrucción a las inspecciones, se aplicará la multa máxima que corresponda y no la multa de 35% establecida. Cabe recordar que conforme al reglamento de multas laborales vigente , si el empleador subsana la infracción durante el proceso inspectivo tiene derecho a la rebaja de la mula en un 90% en tanto no se trae de infracciones calificadas como insubsanables.
  • 68. RESPONSABILIDAD PENAL DEL EMPLEADOR Se corrige la tipificación penal del artículo 168 - A del código penal .Por ejemplo para imputar responsabilidad penal al representante del empleador , será necesario acreditar intencionalidad dolosa y haber sido requerido previamente por el ministerio de trabajo , y siempre que no haya adoptado las medidas necesarias que pongan en peligro inminente la vida, salud e integridad de los trabajadores (se rebaja la pena máxima de 5 a 4 años). Si como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas, se causa la muere del trabajador o se producen lesiones graves, siempre que el empleador haya podido prever el resultado , será sancionado con 6 o 8 años en los casos de lesiones o muerte, respectivamente (la pena anterior era de 10 años). Se excluye de responsabilidad penal al empleador , si la muerte o las lesiones son producto de la inobservancia de las normas de SST por pare del trabajador.
  • 69. MULTAS LABORALES • Durante 3 años , la Sunafil aplicará como multa máxima el 35% de la que corresponda a cada caso. En caso de subsanación no aplicarán multas. • Cuando se trate de infracciones muy graves, por ejemplo trabajo infantil, trabajo forzoso ,libertad sindical y de asociación ,obstrucción a las inspecciones, se aplicará la multa máxima que corresponda y no la multa de 35% establecida. • Cabe recordar que conforme al reglamento de multas laborales vigente el empleador subsana la infracción durante el proceso de inspección que tiene derecho a la rebaja de la mula en un 90% en tanto no se trate de infracciones calificadas como insubsanables.