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SECULARIZACIÓN DE LAS INSTITUCIONES
La Segunda mitad del siglo XIX encontró a la clase política sumida en las luchas doctrinales, un conflicto eminentemente teórico, pero que tenía importantes consecuencias sociales y culturales. Esta discusión ocupó gran parte de los debates legislativos del período y en cierta medida dificultó la percepción de la clase política respecto del emergente conflicto social que devenía del proceso de urbanización y de proletarización que estaba ocurriendo desde el último cuarto del siglo XIX. A mediados del siglo XIX, algunos sectores políticos quisieron disminuir el control que la Iglesia mantenía sobre la sociedad chilena, disminuyendo una serie de funciones que el Estado le había entregado por décadas, en base a la estrecha relación que databa desde la época colonial. La secularización se logró por medio de las Reformas Constitucionales y aprobación de Leyes Laicas, que fueron cercenando paulatinamente las funciones que otrora ejerció la Iglesia.
LA TOLERANCIA RELIGIOSA La Constitución Política de 1833 establecía en su artículo 5° que “la religión de la República de Chile era la Católica, Apostólica, Romana, con exclusión del ejercicio público de cualquier otra”. Los intentos por llevar a efecto una reforma en ese sentido despertaron una serie de controversias en el seno de la Iglesia, institución que impugnaba el proyecto por considerarlo atentatorio contra la conciencia religiosa del país. Al interior del Parlamento las opiniones también fueron divididas, incluso los conservadores amenazaron con retirarse del gobierno de Pérez, situación que finalmente no ocurrió.  De este modo, se aprobó en 1865 una Ley Interpretativa, que permitía a los disidentes practicar su culto “dentro del recinto de edificio de propiedad particular” y “fundar y sostener escuelas privadas para la enseñanza de sus propios hijos en las doctrinas de sus religiones”. Esta reforma establecía la tolerancia religiosa, lo que para muchos fue una libertad de cultos, consecuencia de las llamadas  “Cuestiones Doctrinarias”,  que se iniciaron el año 1865.
LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA La lucha entre los sectores católicos y laicistas se dio porque los primeros procuraban obtener condiciones favorables para el desarrollo de los colegios particulares, en su mayoría en manos de congregaciones religiosas, y los segundos, el control de la enseñanza en manos del Estado. El Presidente Federico Errázuriz había prometido la libertad de enseñanza a los conservadores católicos, a cambio de su apoyo electoral. Por ello nombra como Ministro de Instrucción Pública al ultramontano Abdón Cifuentes, quien en 1872 dicta un decreto por el cual quedan liberados los colegios particulares de dar exámenes ante una comisión de profesores del Instituto Nacional. Sin embargo, esta medida fue desconocida por los radicales que la consideraban un atentado al Estado Docente, el Presidente Errázuriz estableció que, a pesar de la mencionada libertad de enseñanza, se obligaba a los alumnos de colegios particulares a seguir rindiendo exámenes ante el Instituto Nacional. Hecho que provocó la renuncia del Ministro y el término definitivo de la fusión liberal – conservadora.
EL PROBLEMA DEL PATRONATO El problema se suscitó cuando en 1878 murió el obispo Rafael Valentín Valdivieso. Entonces, en virtud del Patronato Eclesiástico el gobierno propuso para el cargo al sacerdote  Francisco de Paula Taforó , simpatizante con los liberales, situación que no aprobó el clero santiaguino, ni el vicario capitular.  La Santa Sede  ante esta oposición, no aceptó a la persona propuesta por el gobierno, a pesar que el patronato le confería esa facultad y envió al delegado apostólico Monseñor Celestino del Frate. El gobierno insistió en el nombramiento y la Iglesia en su rechazo, por lo cual el Presidente Santa María rompió las relaciones diplomáticas con el Papa León XIII y éste, sus pendió el Patronato.  Una de las consecuencias inmediatas de la reacción del Ejecutivo, fue la separación entre los conservadores que apoyaban a los católicos y los partidos de gobierno que pidieron acelerar en el Congreso la aprobación de las llamadas “ Leyes Laicas ”.
LAS LEYES LAICAS - 1883 CEMENTERIOS LAICOS Ésta ley establecía que: “ En los cementerios sujetos a la administración del Estado o de las Municipalidades no podrá impedirse por ningún motivo, la inhumación de cadáveres de las personas que hayan adquirido o adquieran sepulturas particulares o de familia ”.  La discusión de esta ley provocó un gran revuelo, los representantes del gobierno explicaron que esta ley no tenía nada que ver con el problema planteado con la Santa Sede en el nombramiento del sacerdote Francisco de Paula Taforó.  Incluso don Enrique Mac Iver, como representante del gobierno argumentó que “ la idea de secularizar nuestras instituciones, de introducir lo que podríamos llamar el laicismo en nuestras instituciones civiles, políticas y sociales, no es una idea nacida de esta o aquella causa accidental. Es una idea general, una aspiración que tiene profundas raíces en el país y hasta una necesidad esencial de nuestro programa político, no por antipatía a la religión misma, sino por la íntima convicción de que es altamente conveniente la secularización del Estado ”.
LAS LEYES LAICAS - 1884 MATRIMONIO CIVIL Hasta esa fecha, el matrimonio se había regido en Chile por las leyes antiguas que concedían efectos civiles al matrimonio religioso. Bajo el gobierno de don Manuel Bulnes y con la aprobación de la Iglesia, se dictó una ley en 1844, que reglamentaba el matrimonio de los no católicos, pero indudablemente se trataba de una época sin conflicto entre las dos instituciones. En el período liberal, el proyecto tuvo numerosos detractores que vieron en el proyecto un atentado contra la moral y la conciencia religiosa de la mayoría del país. El argumento del gobierno fue el siguiente: “ Los partidos liberales de Chile quieren organizar la República sobre la base de la igualdad más absoluta de los ciudadanos ante la ley; quieren concluir con los principios religiosos que hieren esa igualdad y perjudican la libertad y el derecho ”.
LAS LEYES LAICAS - 1884 REGISTRO CIVIL Esta ley estableció que los funcionarios del Estado, encargados de llevar el registro de los nacimientos, matrimonios y defunciones, deben actuar con completa independencia de los registros parroquiales.  Sin lugar a dudas estas leyes marcaron una progresiva  “ secularización o descatolización ” de la sociedad chilena. Se desató una seguidilla de conflictos o “ guerra religiosa ” por la obra del Presidente Santa María y sus seguidores.
CONSECUENCIAS PARA LA IGLESIA Con estas leyes laicas, el clero católico perdió buena parte de las atribuciones que tenía sobre la sociedad chilena, las que pasaron a ser asumidas por el Estado. Esta dinámica obligará a la Iglesia a asumir una nueva conducta en la sociedad, pasando a ocupar un rol central en la formación y desarrollo de la sociedad civil, dado que había perdido influencia en el Estado.

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4° Dosificación anual (2025-2026) - Profe Diaz.pdf

2.8. SecularizacióN De Las Instituciones

  • 1. SECULARIZACIÓN DE LAS INSTITUCIONES
  • 2. La Segunda mitad del siglo XIX encontró a la clase política sumida en las luchas doctrinales, un conflicto eminentemente teórico, pero que tenía importantes consecuencias sociales y culturales. Esta discusión ocupó gran parte de los debates legislativos del período y en cierta medida dificultó la percepción de la clase política respecto del emergente conflicto social que devenía del proceso de urbanización y de proletarización que estaba ocurriendo desde el último cuarto del siglo XIX. A mediados del siglo XIX, algunos sectores políticos quisieron disminuir el control que la Iglesia mantenía sobre la sociedad chilena, disminuyendo una serie de funciones que el Estado le había entregado por décadas, en base a la estrecha relación que databa desde la época colonial. La secularización se logró por medio de las Reformas Constitucionales y aprobación de Leyes Laicas, que fueron cercenando paulatinamente las funciones que otrora ejerció la Iglesia.
  • 3. LA TOLERANCIA RELIGIOSA La Constitución Política de 1833 establecía en su artículo 5° que “la religión de la República de Chile era la Católica, Apostólica, Romana, con exclusión del ejercicio público de cualquier otra”. Los intentos por llevar a efecto una reforma en ese sentido despertaron una serie de controversias en el seno de la Iglesia, institución que impugnaba el proyecto por considerarlo atentatorio contra la conciencia religiosa del país. Al interior del Parlamento las opiniones también fueron divididas, incluso los conservadores amenazaron con retirarse del gobierno de Pérez, situación que finalmente no ocurrió. De este modo, se aprobó en 1865 una Ley Interpretativa, que permitía a los disidentes practicar su culto “dentro del recinto de edificio de propiedad particular” y “fundar y sostener escuelas privadas para la enseñanza de sus propios hijos en las doctrinas de sus religiones”. Esta reforma establecía la tolerancia religiosa, lo que para muchos fue una libertad de cultos, consecuencia de las llamadas “Cuestiones Doctrinarias”, que se iniciaron el año 1865.
  • 4. LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA La lucha entre los sectores católicos y laicistas se dio porque los primeros procuraban obtener condiciones favorables para el desarrollo de los colegios particulares, en su mayoría en manos de congregaciones religiosas, y los segundos, el control de la enseñanza en manos del Estado. El Presidente Federico Errázuriz había prometido la libertad de enseñanza a los conservadores católicos, a cambio de su apoyo electoral. Por ello nombra como Ministro de Instrucción Pública al ultramontano Abdón Cifuentes, quien en 1872 dicta un decreto por el cual quedan liberados los colegios particulares de dar exámenes ante una comisión de profesores del Instituto Nacional. Sin embargo, esta medida fue desconocida por los radicales que la consideraban un atentado al Estado Docente, el Presidente Errázuriz estableció que, a pesar de la mencionada libertad de enseñanza, se obligaba a los alumnos de colegios particulares a seguir rindiendo exámenes ante el Instituto Nacional. Hecho que provocó la renuncia del Ministro y el término definitivo de la fusión liberal – conservadora.
  • 5. EL PROBLEMA DEL PATRONATO El problema se suscitó cuando en 1878 murió el obispo Rafael Valentín Valdivieso. Entonces, en virtud del Patronato Eclesiástico el gobierno propuso para el cargo al sacerdote Francisco de Paula Taforó , simpatizante con los liberales, situación que no aprobó el clero santiaguino, ni el vicario capitular. La Santa Sede ante esta oposición, no aceptó a la persona propuesta por el gobierno, a pesar que el patronato le confería esa facultad y envió al delegado apostólico Monseñor Celestino del Frate. El gobierno insistió en el nombramiento y la Iglesia en su rechazo, por lo cual el Presidente Santa María rompió las relaciones diplomáticas con el Papa León XIII y éste, sus pendió el Patronato. Una de las consecuencias inmediatas de la reacción del Ejecutivo, fue la separación entre los conservadores que apoyaban a los católicos y los partidos de gobierno que pidieron acelerar en el Congreso la aprobación de las llamadas “ Leyes Laicas ”.
  • 6. LAS LEYES LAICAS - 1883 CEMENTERIOS LAICOS Ésta ley establecía que: “ En los cementerios sujetos a la administración del Estado o de las Municipalidades no podrá impedirse por ningún motivo, la inhumación de cadáveres de las personas que hayan adquirido o adquieran sepulturas particulares o de familia ”. La discusión de esta ley provocó un gran revuelo, los representantes del gobierno explicaron que esta ley no tenía nada que ver con el problema planteado con la Santa Sede en el nombramiento del sacerdote Francisco de Paula Taforó. Incluso don Enrique Mac Iver, como representante del gobierno argumentó que “ la idea de secularizar nuestras instituciones, de introducir lo que podríamos llamar el laicismo en nuestras instituciones civiles, políticas y sociales, no es una idea nacida de esta o aquella causa accidental. Es una idea general, una aspiración que tiene profundas raíces en el país y hasta una necesidad esencial de nuestro programa político, no por antipatía a la religión misma, sino por la íntima convicción de que es altamente conveniente la secularización del Estado ”.
  • 7. LAS LEYES LAICAS - 1884 MATRIMONIO CIVIL Hasta esa fecha, el matrimonio se había regido en Chile por las leyes antiguas que concedían efectos civiles al matrimonio religioso. Bajo el gobierno de don Manuel Bulnes y con la aprobación de la Iglesia, se dictó una ley en 1844, que reglamentaba el matrimonio de los no católicos, pero indudablemente se trataba de una época sin conflicto entre las dos instituciones. En el período liberal, el proyecto tuvo numerosos detractores que vieron en el proyecto un atentado contra la moral y la conciencia religiosa de la mayoría del país. El argumento del gobierno fue el siguiente: “ Los partidos liberales de Chile quieren organizar la República sobre la base de la igualdad más absoluta de los ciudadanos ante la ley; quieren concluir con los principios religiosos que hieren esa igualdad y perjudican la libertad y el derecho ”.
  • 8. LAS LEYES LAICAS - 1884 REGISTRO CIVIL Esta ley estableció que los funcionarios del Estado, encargados de llevar el registro de los nacimientos, matrimonios y defunciones, deben actuar con completa independencia de los registros parroquiales. Sin lugar a dudas estas leyes marcaron una progresiva “ secularización o descatolización ” de la sociedad chilena. Se desató una seguidilla de conflictos o “ guerra religiosa ” por la obra del Presidente Santa María y sus seguidores.
  • 9. CONSECUENCIAS PARA LA IGLESIA Con estas leyes laicas, el clero católico perdió buena parte de las atribuciones que tenía sobre la sociedad chilena, las que pasaron a ser asumidas por el Estado. Esta dinámica obligará a la Iglesia a asumir una nueva conducta en la sociedad, pasando a ocupar un rol central en la formación y desarrollo de la sociedad civil, dado que había perdido influencia en el Estado.