Bienes
Cosa.
Sentido Vulgar. Es todo aquello susceptible a través
de nuestros sentidos ya sea corporal o espiritual, real
o abstracto.
Sentido Filosófico. Es todo lo que puede ser objeto de
un predicado, de un juicio, por lo que cosa es tanto lo
ideal como lo material.
Cosa.
En Derecho. Es lo antitético de la persona, es decir la
persona como titular del Derecho y la cosa como
objeto del Derecho.
El concepto jurídico de cosa no comprendecomprende todas las
cosas existentes, sino únicamente aquellas queaquellas que
están a nuestro alcance, que pueden llegar aestán a nuestro alcance, que pueden llegar a
formar parte de las relaciones jurídicas.formar parte de las relaciones jurídicas.
Bienes.
Bienes. Etimológicamente viene de Bonus.
Cuando se habla de Bien hablamos de todas las
cosas susceptibles de apropiación individual o
colectiva .
Para el Derecho Civil solo son Bienes las cosas
que pueden ser objeto de apropiación individual o
particular y colectiva; los Bienes Fiscales son los
únicos de propiedad pública que estén en el
comercio.
Bienes.
Planiol en su tratado elemental de Derecho Civil de
los Bienes, manifiesta por Bien todo lo que es untodo lo que es un
elemento de riqueza, susceptible de apropiación enelemento de riqueza, susceptible de apropiación en
provecho de un individuo o de una colectividad.provecho de un individuo o de una colectividad.
En sentido económico unEn sentido económico un bien es todo lo que brindebien es todo lo que brinde
beneficio o proporcione utilidad a una persona.beneficio o proporcione utilidad a una persona.
Diferencia entre Cosa y Bien.
La diferencia estriba en que el término cosa es elcosa es el
género y su diferencia específica es Biengénero y su diferencia específica es Bien, esto es,
el concepto de Cosa es amplio (Lato sensu) y el
concepto Bien es restringido (Estricto sensu).
Es decir, todos los bienes son Cosas pero no todas lastodos los bienes son Cosas pero no todas las
Cosas son BienesCosas son Bienes.
Clasificación de Cosas .
Cosas.Cosas.
Dentro del
Comercio.
Bienes.Bienes.
Fuera del
Comercio.
Por su
Naturaleza.
Por
Disposición
de la Ley.
Fuera de nuestro alcance
(astros, estrellas, etc).
No permiten apropiación
exclusiva (aire, luz solar, etc).
Por necesidad de aprovechamiento
social (carreteras, servicios públicos)
Por ser perniciosas a la sociedad
(drogas, enervantes).
Clasificación de los Bienes.
Por su existencia real o posible.
Presentes.
Futuros.
Presentes.Presentes. Son presentes los bienes actuales, los que tenemos en el
momento, ejemplo: pluma, ropa.
Futuros.Futuros. Son futuros aquellos que podemos adquirir o vamos a adquirir
en cierto tiempo, ejemplo: los bienes que adquirimos por sucesión, los
frutos, las cosechas.
Clasificación de los Bienes.
Por su duración.
Consumibles.
No Consumibles.
Consumibles.Consumibles. Son los que se acaban con su primer uso, bien sea
que se consuma porque se altere o se destruya su sustancia
ejemplo:alimentos (Art. 983).
No consumibles.No consumibles. Son aquellos que no se acaban con su primer uso,
sino que perdura con el tiempo; aún cuando por el deterioro del
mismo se puedan alterar o destruir su sustancia ejemplo: inmuebles
y desmembraciones de la propiedad.
Clasificación de los Bienes.
Por su corporeidad.
Corpóreos
(tangibles).
Incorpóreos
(intangibles).
Corpóreos.Corpóreos. Aquellos que tienen materia,tienen materia, cuerpo y cuyo
conocimiento directo es a través de nuestros sentidos.(casa, coche,
etc.)
Incorpóreos.Incorpóreos. Aquellos que no tienen materia ni cuerpo, pero sino tienen materia ni cuerpo, pero si
pueden constituir una relación jurídica. (derechos de autor)pueden constituir una relación jurídica. (derechos de autor)
Clasificación de los Bienes.
Corpóreos.Corpóreos. Incorpóreos.Incorpóreos.
Clasificación de los Bienes.
Por su
movilidad.
Muebles.
Inmuebles.
Por su naturaleza.
Por el objeto al
cual se aplican.
Por anticipación.
Por su naturaleza.
Por su incorporación
Por su destino agrícola o industrial.
Por el objeto al cual se aplican.
Muebles propiamente
dichos.
Semovientes.
Clasificación de los Bienes.
Muebles. Aquellos bienes que pueden trasladarse de un lugar a otro,pueden trasladarse de un lugar a otro,
bien por la mano del hombre o por su propia naturaleza.bien por la mano del hombre o por su propia naturaleza.
Muebles propiamente dichos. Son los que pueden trasladarse de unpueden trasladarse de un
lugar a otro mediante la ayuda de una fuerza externalugar a otro mediante la ayuda de una fuerza externa, ejemplo: un
cuaderno, una pluma.
Semovientes. Aquellos que pueden trasladarse de un lugar a otropueden trasladarse de un lugar a otro
por si mismopor si mismo, ejemplo: cabezas de ganado.
Clasificación de los Bienes.
Inmuebles. Aquellos que no están sujetos a traslado, los inmovibles
Por su naturaleza. Aquellos que no podemos mover o han sido
provocados por fenómenos naturales, ejemplo: tierras, feudos.
Por incorporación. Aquellos bienes muebles que al incorporarse a un
inmueble forman parte de el, ejemplo: ladrillo, varilla, puertas, etc.
Por su destino agrícola o industrial. Son aquellos bienes muebles que
por destinarse a un fin agrícola o industrial y por formar parte de una
universalidad, se les considera inmuebles aún cuando pierdan su
movilidad, ejemplo: animales que son destinados a la industria avícola.
Clasificación de los Bienes.
Por su divisibilidad.
Divisibles.
Indivisibles.
Cómoda división
(dinero, herencia).
No cómoda división
(un carro, una casa).
Divisibles.Divisibles. Aquellos bienes que pueden reducirse en partes, sin que por
la división se altere la esencia o la forma de la cosa. (azúcar, telas,etc)
Indivisibles.Indivisibles. Aquellos bienes que si se dividen pierden su valor, es
decir, son bienes que incluso algunos por su naturaleza no podemos
dividir, ejemplo una pintura, un programa de televisión.
Clasificación de los Bienes.
Por su certidumbre.
Ciertos o determinados (determinado en
especie).
Inciertos o indeterminados (determinados
en género y cantidad).
Ciertos.Ciertos. Son los bienes individualmente determinados, los que en una
relación jurídica están señalados, precisados ejemplo: Juan me debe un
cargamento de 40toneladas de café de veracruz.
Inciertos.Inciertos. Son aquellos bienes que no se han hecho ciertos, que no se
han determinado individualmente en su especie pero que pueden
determinarse en un momento dado en una relación jurídica por su género
y cantidad, ejemplo: crías de ganado que están por nacer.
Clasificación de los Bienes.
Por su utilidad.
Fungibles.
No fungibles o específicos.
Fungibles.Fungibles. Son aquellos que pueden ser substituidos unos por otros, las cosas
fungibles (calidad, cantidad y especie) se nos presentan en la mayoría de los casos
determinados por un número, medida o peso.(costal de azúcar refinada)
No fungibles.No fungibles. Son los que no pueden ser substituidos por otros en razón de su
especificación en peso, medida o cantidad, por ejemplo: una obra de arte.
Clasificación de los Bienes.
Fungible.Fungible. No fungible.No fungible.
Clasificación de los Bienes.
Por su contenido.
Simples.
Compuestos.
Universales.
Simples.Simples. Aquellos que constituyen una sola unidad física, que nos
presta un servicio, ejemplo: una pluma, un ladrillo.
Compuestos.Compuestos. Se encuentran integrados por la unión de varios bienes
simples que al unirse dan nacimiento a un nuevo bien, ejemplo: una
casa, un automóvil.
Clasificación de los Bienes.
Por su contenido.
Simples.
Compuestos.
Universales.
De hecho.
De derecho.
Universales.Universales. Se componen de la unión de varios bienes que sin perder
su individualidad pasan a formar un todo económico es el caso de un
comercio o de una industria, en donde encontramos bienes que
conservan su individualidad pero que son partes fundamentales de un
todo.
Clasificación de los Bienes.
Por la intensidad en que
intervienen en la relación
jurídica.
Principales.
Accesorios.
Principales.Principales. Son aquellos que directamente nos prestan un servicio.
Accesorios.Accesorios. Son aquellos que nos prestan un servicio indirecto,
requieren de la existencia de un bien principal, ejemplo: las partes
integrantes de un automóvil.
Clasificación de los Bienes.
Principales.Principales. Accesorios.Accesorios.
Clasificación de los Bienes.
Por su licitud.
Lícitos.
Ilícitos.
Lícitos.Lícitos. Todos aquellos sujetos de apropiación individual y particular
que están dentro del comercio.
Ilícitos.Ilícitos. Son aquellos que por disposición de la ley no pueden ser
sujetos de apropiación y que por lo tanto se encuentran fuera del
comercio, ejemplo: drogas, monumentos, órganos.
Clasificación de los Bienes.
Lícitos.Lícitos. Ilícitos.Ilícitos.
Clasificación de los Bienes.
Por su dueño.
De propiedad
pública.
De propiedad privada.
De uso común o
administrativo.
Propios o fiscales.
(impuestos)
De uso general.
Zócalo capitalino
De uso no
general. Residencia
de los pinos.
Clasificación de los Bienes.
De uso común o administrativo. Son aquellos bienes que cualquier
persona puede utilizar o hacer uso de ellos
Propios o Fiscales. Son aquellos que están destinados a llevar dinero
a las arcas de la federación, estado o municipio, ejemplo: los
impuestos, derechos y aprovechamientos.
CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES.
BIENES MOSTRENCOSBIENES MOSTRENCOS: Son los muebles
abandonados o perdidos cuyo dueño se ignore
BIENES VACANTESBIENES VACANTES: Son los inmuebles cuyo dueño
no es cierto ni conocido.
3. bienes. derecho civil
CONCEPTO
• El patrimonio es uno de los atributos de
la personalidad jurídica de las personas
(morales y físicas). El patrimonio es la
aptitud que tiene una persona, para tener
bienes, derechos, obligaciones y deudas.
PATRIMONIO
El patrimonio tiene dos elementos, el pasivo y el
activo. El activo se compone por la totalidad de losEl activo se compone por la totalidad de los
bienes y derechosbienes y derechos de una persona, y el pasivo es lapasivo es la
suma de sus obligaciones y deudas.suma de sus obligaciones y deudas.
Si el elemento activo es superior al pasivo, entonces la
persona tiene un haber patrimonial. En cambio, si el
elemento pasivo es superior al activo entonces existe
un déficit patrimonial, en el cual se considera
insolvente la persona, quien no puede hacer frente a
sus obligaciones y deudas.
•Solo las personas
tienen patrimonio.
•Toda persona tiene un
patrimonio ya sea física
o moral.
•Una persona no tiene
mas que un patrimonio.
•El patrimonio es
inseparable de la
persona.
FORMAS DE ADQUIRIR EL PATRIMONIO
INTER VIVOSINTER VIVOS MORTIS CAUSA
•LEGADOS
•SUCESIONES
LEGÍTIMAS.
•TESTAMENTOS
•COMPRA VENTA
•DONACIONES
•CESION DE
DERECHOS
3. bienes. derecho civil
•PATRIMONIO ECONOMICO
Es el conjunto de bienes
pertenecientes a una persona
y las obligaciones a cargo de
la misma valorables en
dinero.
•PATRIMONIO MORAL
Es el conjunto de derechos
y obligaciones de una
persona no valorables en
dinero.
El patrimonio tiene los
siguientes aspectos:
•Objetivo como conjunto
de bienes
•Subjetivo como
posibilidad de adquirir en
el futuro.
El patrimonio es el conjunto
de elementos activos y pasivos
estimables en dinero y que
constituye una universalidad
jurídica.
El patrimonio como universalidad jurídica esta protegida por
tres acciones:
•La de enriquecimiento sin causa que protege al patrimonio que se
ha empobrecido ilícitamente.
•La acción de petición de herencia.
•La acción del declarado ausente para reclamar su patrimonio
cuando aparece.
EL PATRIMONIO ESTA FORMADO POR:
UN ACTIVO
UN PASIVO
DERECHOS Y OBLIGACIONES VALORABLES EN
DINERO TAMBIEN LLAMADOS PATRIMONIALES
DERECHOS
REALES
DERECHOS
PERSONALES
3. bienes. derecho civil
DERECHOS REALES
Del latín RES, que significa cosa, puede hbalar del
derecho que recae sobre las cosas. Un derecho real se
define como el poder jurídico que tiene una
persona sobre una cosa. Su existencia es reconocida
en el ordenamiento jurídico y da una protección a la
persona titular del mismo en relación con una cosa
determinada.
DERECHOS REALES.
El poder jurídico sobre las cosas tiene 3 grados:
UTILIZAR (ius utendi): la persona puede hacer uso de
la cosa
DISFRUTAR (ius fruendi) la persona goza del fruto o
utilidades de la cosa.
DISPONER (ius abutendi): otorga el derecho de hacer
lo que se quiera, incluyendo su enajenación, sin mas
limites que los establecidos en el sistema jurídico.
DERECHOS REALES
Los derechos reales tiene la característica de poder
oponerse a cualquier tercero, es decir, sus titulares
pueden a toda persona que no intervengan en el goce
y ejercicio que tienen del mismo.
Los derechos reales pueden ser de propiedad,
copropiedad, condominio, usufructo, uso, habitación
o servidumbre.
DERECHO REAL DE PROPIEDAD
La propiedad es el máximo poder jurídico que una
persona tiene sobre una cosa para usarla, disfrutarla y
disponerla, sin mas límites que los establecidos en las
normas jurídicas. El derecho de propiedad otorga tres
derechos:
USO (ius utendi): la persona puede hacer uso de la cosa
DISFRUTAR (ius fruendi) la persona goza del fruto o utilidades de la
cosa.
DISPONER (ius abutendi): otorga el derecho de hacer lo que se
quiera, incluyendo su enajenación, sin mas limites que los
establecidos en el sistema jurídico.
Derecho real de copropiedad
Existe copropiedad cuando varias personas son
propietarias de una cosa y cada una tiene bajo su
propiedad una parte alícuota de ésta.
Cada propietario no tiene la copropiedad sobre una parte
específica de la cosa, sino un porcentaje de la totalidad, a
lo cual se le denomina alícuota. En este sentido el
derecho de copropiedad está dividido intelectualmente,
mas no materialmente, es decir, cada individuo es
propietario de una proporción de la cosa como todo.
Derecho real de copropiedad
Todos los copropietarios tiene el derecho de usar la
cosa conforme al destino de la misma o al que se le
haya dado.
 Salvo pacto en contrario, los frutos que en su caso
genere la cosa se distribuyen de acuerdo con la
parte alícuota de cada propietario, y en la mismaen la misma
proporción deben participar para su conservación yproporción deben participar para su conservación y
administraciónadministración; sin embargo, en principio, parapara
disponer de la cosa es necesario que todos losdisponer de la cosa es necesario que todos los
copropietarios estén de acuerdo.copropietarios estén de acuerdo.
Derecho real de condominio.
El condominio es una combinación de los derechos
reales de propiedad y de copropiedad. En este sentido,
recae sobre un bien inmueble formado por partes
que son de la propiedad de cada uno de los
condóminos, y por otra parte que es de la copropiedad
de todos los condóminos.
Los condóminos tiene la propiedad sobre una parte de la
cosa, y por tanto, pueden usar, disfrutar y disponer de ella
conforme a su voluntad, sin mas limitaciones que las
establecidas en la norma jurídica, incluyendo las
limitaciones que los condóminos acuerden.
Derecho real de condominio
Los bienes en copropiedad o de uso común, no son
exclusivos, sino que otorgan a la totalidad de los
condóminos el derecho de usarlos. Cada condómino tieneCada condómino tiene
el derecho de usar todos los bienes e instalaciones comunes yel derecho de usar todos los bienes e instalaciones comunes y
la obligación de no restringirlo a los demás condóminos.la obligación de no restringirlo a los demás condóminos.
Por regla general, los frutos de los bienes en copropiedad, selos frutos de los bienes en copropiedad, se
distribuyen entre los condóminos de acuerdo con la extensióndistribuyen entre los condóminos de acuerdo con la extensión
de su propiedad, y en la misma proporción deben participarde su propiedad, y en la misma proporción deben participar
para su conservación y administraciónpara su conservación y administración. Cabe mencionar que
la parte alícuota sobre los bienes comunes o en copropiedad
es proporcional al valor de su propiedad exclusiva.
Derecho real de usufructo.
Se define como el derecho real que tiene una
persona denominada “usufructuario”, de usar y disfrutar
un bien de otra persona llamada “nudo propietario”,
durante un tiempo determinado.
El usufructuario tiene derecho de usar y disfrutar
la cosa, mientras que el nudo propietario puede
disponer de ella, razón por la cual la propiedad es
nuda, es decir que esta propiedad carece de usufructo.
Derecho real de usufructo.
El derecho real de usufructo es susceptible de
enajenarse , arrendarse o gravarse; sin embargo todos
los contratos que se celebren sobre el mismo finalizan
al terminar el usufructo.
Cabe precisar que el usufructuario tiene el derecho de
mejorar la cosa sobre la cual tiene el usufructo,
siempre y cuando no afecte su sustancia.
El derecho real de usufructo puede ser gratuito u
oneroso.
Derecho Real de Uso.
Es el derecho que tiene una persona de usar una
cosa. Por regla gral., sólo se limita a usar la cosa y por
excepción a disfrutar de ciertos frutos.
El derecho real de uso no es susceptible de
enajenación, arrendamiento o gravamen. Este
derecho termina con la muerte del usuario o cuando
así se haya pactado y puede ser oneroso o gratuito.
Derecho real de Servidumbre.
Es un derecho real que el dueño de un predio tiene
sobre el predio de otro.
Existen varios tipos de servidumbre:
Servidumbre de desagüe.
Servidumbre de acueducto.
Servidumbre de paso.
Servidumbre de vistas.
 DERECHO REAL
1. Poder jurídico: señorío,
potestad, dominio.
2. Ejercicio de ese poder en
una relación directa e
inmediata entre el titular
de la cosa.
3. Naturaleza económica del
poder que permite un
aprovechamiento total o
parcial.
4. Oponibilidad a terceros, es
absoluto.
 DERECHO PERSONAL
 1. Relación jurídica entre
sujeto activo y pasivo
 2. Nace una facultad a
favor del acreedor, a partir
de esta relación, para exigir
una determinada conducta
del deudor.
 3. Objeto de esta relación
jurídica consiste en una
prestación o abstención de
carácter patrimonial o
moral.

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3. bienes. derecho civil

  • 2. Cosa. Sentido Vulgar. Es todo aquello susceptible a través de nuestros sentidos ya sea corporal o espiritual, real o abstracto. Sentido Filosófico. Es todo lo que puede ser objeto de un predicado, de un juicio, por lo que cosa es tanto lo ideal como lo material.
  • 3. Cosa. En Derecho. Es lo antitético de la persona, es decir la persona como titular del Derecho y la cosa como objeto del Derecho. El concepto jurídico de cosa no comprendecomprende todas las cosas existentes, sino únicamente aquellas queaquellas que están a nuestro alcance, que pueden llegar aestán a nuestro alcance, que pueden llegar a formar parte de las relaciones jurídicas.formar parte de las relaciones jurídicas.
  • 4. Bienes. Bienes. Etimológicamente viene de Bonus. Cuando se habla de Bien hablamos de todas las cosas susceptibles de apropiación individual o colectiva . Para el Derecho Civil solo son Bienes las cosas que pueden ser objeto de apropiación individual o particular y colectiva; los Bienes Fiscales son los únicos de propiedad pública que estén en el comercio.
  • 5. Bienes. Planiol en su tratado elemental de Derecho Civil de los Bienes, manifiesta por Bien todo lo que es untodo lo que es un elemento de riqueza, susceptible de apropiación enelemento de riqueza, susceptible de apropiación en provecho de un individuo o de una colectividad.provecho de un individuo o de una colectividad. En sentido económico unEn sentido económico un bien es todo lo que brindebien es todo lo que brinde beneficio o proporcione utilidad a una persona.beneficio o proporcione utilidad a una persona.
  • 6. Diferencia entre Cosa y Bien. La diferencia estriba en que el término cosa es elcosa es el género y su diferencia específica es Biengénero y su diferencia específica es Bien, esto es, el concepto de Cosa es amplio (Lato sensu) y el concepto Bien es restringido (Estricto sensu). Es decir, todos los bienes son Cosas pero no todas lastodos los bienes son Cosas pero no todas las Cosas son BienesCosas son Bienes.
  • 7. Clasificación de Cosas . Cosas.Cosas. Dentro del Comercio. Bienes.Bienes. Fuera del Comercio. Por su Naturaleza. Por Disposición de la Ley. Fuera de nuestro alcance (astros, estrellas, etc). No permiten apropiación exclusiva (aire, luz solar, etc). Por necesidad de aprovechamiento social (carreteras, servicios públicos) Por ser perniciosas a la sociedad (drogas, enervantes).
  • 8. Clasificación de los Bienes. Por su existencia real o posible. Presentes. Futuros. Presentes.Presentes. Son presentes los bienes actuales, los que tenemos en el momento, ejemplo: pluma, ropa. Futuros.Futuros. Son futuros aquellos que podemos adquirir o vamos a adquirir en cierto tiempo, ejemplo: los bienes que adquirimos por sucesión, los frutos, las cosechas.
  • 9. Clasificación de los Bienes. Por su duración. Consumibles. No Consumibles. Consumibles.Consumibles. Son los que se acaban con su primer uso, bien sea que se consuma porque se altere o se destruya su sustancia ejemplo:alimentos (Art. 983). No consumibles.No consumibles. Son aquellos que no se acaban con su primer uso, sino que perdura con el tiempo; aún cuando por el deterioro del mismo se puedan alterar o destruir su sustancia ejemplo: inmuebles y desmembraciones de la propiedad.
  • 10. Clasificación de los Bienes. Por su corporeidad. Corpóreos (tangibles). Incorpóreos (intangibles). Corpóreos.Corpóreos. Aquellos que tienen materia,tienen materia, cuerpo y cuyo conocimiento directo es a través de nuestros sentidos.(casa, coche, etc.) Incorpóreos.Incorpóreos. Aquellos que no tienen materia ni cuerpo, pero sino tienen materia ni cuerpo, pero si pueden constituir una relación jurídica. (derechos de autor)pueden constituir una relación jurídica. (derechos de autor)
  • 11. Clasificación de los Bienes. Corpóreos.Corpóreos. Incorpóreos.Incorpóreos.
  • 12. Clasificación de los Bienes. Por su movilidad. Muebles. Inmuebles. Por su naturaleza. Por el objeto al cual se aplican. Por anticipación. Por su naturaleza. Por su incorporación Por su destino agrícola o industrial. Por el objeto al cual se aplican. Muebles propiamente dichos. Semovientes.
  • 13. Clasificación de los Bienes. Muebles. Aquellos bienes que pueden trasladarse de un lugar a otro,pueden trasladarse de un lugar a otro, bien por la mano del hombre o por su propia naturaleza.bien por la mano del hombre o por su propia naturaleza. Muebles propiamente dichos. Son los que pueden trasladarse de unpueden trasladarse de un lugar a otro mediante la ayuda de una fuerza externalugar a otro mediante la ayuda de una fuerza externa, ejemplo: un cuaderno, una pluma. Semovientes. Aquellos que pueden trasladarse de un lugar a otropueden trasladarse de un lugar a otro por si mismopor si mismo, ejemplo: cabezas de ganado.
  • 14. Clasificación de los Bienes. Inmuebles. Aquellos que no están sujetos a traslado, los inmovibles Por su naturaleza. Aquellos que no podemos mover o han sido provocados por fenómenos naturales, ejemplo: tierras, feudos. Por incorporación. Aquellos bienes muebles que al incorporarse a un inmueble forman parte de el, ejemplo: ladrillo, varilla, puertas, etc. Por su destino agrícola o industrial. Son aquellos bienes muebles que por destinarse a un fin agrícola o industrial y por formar parte de una universalidad, se les considera inmuebles aún cuando pierdan su movilidad, ejemplo: animales que son destinados a la industria avícola.
  • 15. Clasificación de los Bienes. Por su divisibilidad. Divisibles. Indivisibles. Cómoda división (dinero, herencia). No cómoda división (un carro, una casa). Divisibles.Divisibles. Aquellos bienes que pueden reducirse en partes, sin que por la división se altere la esencia o la forma de la cosa. (azúcar, telas,etc) Indivisibles.Indivisibles. Aquellos bienes que si se dividen pierden su valor, es decir, son bienes que incluso algunos por su naturaleza no podemos dividir, ejemplo una pintura, un programa de televisión.
  • 16. Clasificación de los Bienes. Por su certidumbre. Ciertos o determinados (determinado en especie). Inciertos o indeterminados (determinados en género y cantidad). Ciertos.Ciertos. Son los bienes individualmente determinados, los que en una relación jurídica están señalados, precisados ejemplo: Juan me debe un cargamento de 40toneladas de café de veracruz. Inciertos.Inciertos. Son aquellos bienes que no se han hecho ciertos, que no se han determinado individualmente en su especie pero que pueden determinarse en un momento dado en una relación jurídica por su género y cantidad, ejemplo: crías de ganado que están por nacer.
  • 17. Clasificación de los Bienes. Por su utilidad. Fungibles. No fungibles o específicos. Fungibles.Fungibles. Son aquellos que pueden ser substituidos unos por otros, las cosas fungibles (calidad, cantidad y especie) se nos presentan en la mayoría de los casos determinados por un número, medida o peso.(costal de azúcar refinada) No fungibles.No fungibles. Son los que no pueden ser substituidos por otros en razón de su especificación en peso, medida o cantidad, por ejemplo: una obra de arte.
  • 18. Clasificación de los Bienes. Fungible.Fungible. No fungible.No fungible.
  • 19. Clasificación de los Bienes. Por su contenido. Simples. Compuestos. Universales. Simples.Simples. Aquellos que constituyen una sola unidad física, que nos presta un servicio, ejemplo: una pluma, un ladrillo. Compuestos.Compuestos. Se encuentran integrados por la unión de varios bienes simples que al unirse dan nacimiento a un nuevo bien, ejemplo: una casa, un automóvil.
  • 20. Clasificación de los Bienes. Por su contenido. Simples. Compuestos. Universales. De hecho. De derecho. Universales.Universales. Se componen de la unión de varios bienes que sin perder su individualidad pasan a formar un todo económico es el caso de un comercio o de una industria, en donde encontramos bienes que conservan su individualidad pero que son partes fundamentales de un todo.
  • 21. Clasificación de los Bienes. Por la intensidad en que intervienen en la relación jurídica. Principales. Accesorios. Principales.Principales. Son aquellos que directamente nos prestan un servicio. Accesorios.Accesorios. Son aquellos que nos prestan un servicio indirecto, requieren de la existencia de un bien principal, ejemplo: las partes integrantes de un automóvil.
  • 22. Clasificación de los Bienes. Principales.Principales. Accesorios.Accesorios.
  • 23. Clasificación de los Bienes. Por su licitud. Lícitos. Ilícitos. Lícitos.Lícitos. Todos aquellos sujetos de apropiación individual y particular que están dentro del comercio. Ilícitos.Ilícitos. Son aquellos que por disposición de la ley no pueden ser sujetos de apropiación y que por lo tanto se encuentran fuera del comercio, ejemplo: drogas, monumentos, órganos.
  • 24. Clasificación de los Bienes. Lícitos.Lícitos. Ilícitos.Ilícitos.
  • 25. Clasificación de los Bienes. Por su dueño. De propiedad pública. De propiedad privada. De uso común o administrativo. Propios o fiscales. (impuestos) De uso general. Zócalo capitalino De uso no general. Residencia de los pinos.
  • 26. Clasificación de los Bienes. De uso común o administrativo. Son aquellos bienes que cualquier persona puede utilizar o hacer uso de ellos Propios o Fiscales. Son aquellos que están destinados a llevar dinero a las arcas de la federación, estado o municipio, ejemplo: los impuestos, derechos y aprovechamientos.
  • 27. CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES. BIENES MOSTRENCOSBIENES MOSTRENCOS: Son los muebles abandonados o perdidos cuyo dueño se ignore BIENES VACANTESBIENES VACANTES: Son los inmuebles cuyo dueño no es cierto ni conocido.
  • 29. CONCEPTO • El patrimonio es uno de los atributos de la personalidad jurídica de las personas (morales y físicas). El patrimonio es la aptitud que tiene una persona, para tener bienes, derechos, obligaciones y deudas.
  • 30. PATRIMONIO El patrimonio tiene dos elementos, el pasivo y el activo. El activo se compone por la totalidad de losEl activo se compone por la totalidad de los bienes y derechosbienes y derechos de una persona, y el pasivo es lapasivo es la suma de sus obligaciones y deudas.suma de sus obligaciones y deudas. Si el elemento activo es superior al pasivo, entonces la persona tiene un haber patrimonial. En cambio, si el elemento pasivo es superior al activo entonces existe un déficit patrimonial, en el cual se considera insolvente la persona, quien no puede hacer frente a sus obligaciones y deudas.
  • 31. •Solo las personas tienen patrimonio. •Toda persona tiene un patrimonio ya sea física o moral. •Una persona no tiene mas que un patrimonio. •El patrimonio es inseparable de la persona.
  • 32. FORMAS DE ADQUIRIR EL PATRIMONIO INTER VIVOSINTER VIVOS MORTIS CAUSA •LEGADOS •SUCESIONES LEGÍTIMAS. •TESTAMENTOS •COMPRA VENTA •DONACIONES •CESION DE DERECHOS
  • 34. •PATRIMONIO ECONOMICO Es el conjunto de bienes pertenecientes a una persona y las obligaciones a cargo de la misma valorables en dinero. •PATRIMONIO MORAL Es el conjunto de derechos y obligaciones de una persona no valorables en dinero.
  • 35. El patrimonio tiene los siguientes aspectos: •Objetivo como conjunto de bienes •Subjetivo como posibilidad de adquirir en el futuro. El patrimonio es el conjunto de elementos activos y pasivos estimables en dinero y que constituye una universalidad jurídica. El patrimonio como universalidad jurídica esta protegida por tres acciones: •La de enriquecimiento sin causa que protege al patrimonio que se ha empobrecido ilícitamente. •La acción de petición de herencia. •La acción del declarado ausente para reclamar su patrimonio cuando aparece.
  • 36. EL PATRIMONIO ESTA FORMADO POR: UN ACTIVO UN PASIVO DERECHOS Y OBLIGACIONES VALORABLES EN DINERO TAMBIEN LLAMADOS PATRIMONIALES DERECHOS REALES DERECHOS PERSONALES
  • 38. DERECHOS REALES Del latín RES, que significa cosa, puede hbalar del derecho que recae sobre las cosas. Un derecho real se define como el poder jurídico que tiene una persona sobre una cosa. Su existencia es reconocida en el ordenamiento jurídico y da una protección a la persona titular del mismo en relación con una cosa determinada.
  • 39. DERECHOS REALES. El poder jurídico sobre las cosas tiene 3 grados: UTILIZAR (ius utendi): la persona puede hacer uso de la cosa DISFRUTAR (ius fruendi) la persona goza del fruto o utilidades de la cosa. DISPONER (ius abutendi): otorga el derecho de hacer lo que se quiera, incluyendo su enajenación, sin mas limites que los establecidos en el sistema jurídico.
  • 40. DERECHOS REALES Los derechos reales tiene la característica de poder oponerse a cualquier tercero, es decir, sus titulares pueden a toda persona que no intervengan en el goce y ejercicio que tienen del mismo. Los derechos reales pueden ser de propiedad, copropiedad, condominio, usufructo, uso, habitación o servidumbre.
  • 41. DERECHO REAL DE PROPIEDAD La propiedad es el máximo poder jurídico que una persona tiene sobre una cosa para usarla, disfrutarla y disponerla, sin mas límites que los establecidos en las normas jurídicas. El derecho de propiedad otorga tres derechos: USO (ius utendi): la persona puede hacer uso de la cosa DISFRUTAR (ius fruendi) la persona goza del fruto o utilidades de la cosa. DISPONER (ius abutendi): otorga el derecho de hacer lo que se quiera, incluyendo su enajenación, sin mas limites que los establecidos en el sistema jurídico.
  • 42. Derecho real de copropiedad Existe copropiedad cuando varias personas son propietarias de una cosa y cada una tiene bajo su propiedad una parte alícuota de ésta. Cada propietario no tiene la copropiedad sobre una parte específica de la cosa, sino un porcentaje de la totalidad, a lo cual se le denomina alícuota. En este sentido el derecho de copropiedad está dividido intelectualmente, mas no materialmente, es decir, cada individuo es propietario de una proporción de la cosa como todo.
  • 43. Derecho real de copropiedad Todos los copropietarios tiene el derecho de usar la cosa conforme al destino de la misma o al que se le haya dado.  Salvo pacto en contrario, los frutos que en su caso genere la cosa se distribuyen de acuerdo con la parte alícuota de cada propietario, y en la mismaen la misma proporción deben participar para su conservación yproporción deben participar para su conservación y administraciónadministración; sin embargo, en principio, parapara disponer de la cosa es necesario que todos losdisponer de la cosa es necesario que todos los copropietarios estén de acuerdo.copropietarios estén de acuerdo.
  • 44. Derecho real de condominio. El condominio es una combinación de los derechos reales de propiedad y de copropiedad. En este sentido, recae sobre un bien inmueble formado por partes que son de la propiedad de cada uno de los condóminos, y por otra parte que es de la copropiedad de todos los condóminos. Los condóminos tiene la propiedad sobre una parte de la cosa, y por tanto, pueden usar, disfrutar y disponer de ella conforme a su voluntad, sin mas limitaciones que las establecidas en la norma jurídica, incluyendo las limitaciones que los condóminos acuerden.
  • 45. Derecho real de condominio Los bienes en copropiedad o de uso común, no son exclusivos, sino que otorgan a la totalidad de los condóminos el derecho de usarlos. Cada condómino tieneCada condómino tiene el derecho de usar todos los bienes e instalaciones comunes yel derecho de usar todos los bienes e instalaciones comunes y la obligación de no restringirlo a los demás condóminos.la obligación de no restringirlo a los demás condóminos. Por regla general, los frutos de los bienes en copropiedad, selos frutos de los bienes en copropiedad, se distribuyen entre los condóminos de acuerdo con la extensióndistribuyen entre los condóminos de acuerdo con la extensión de su propiedad, y en la misma proporción deben participarde su propiedad, y en la misma proporción deben participar para su conservación y administraciónpara su conservación y administración. Cabe mencionar que la parte alícuota sobre los bienes comunes o en copropiedad es proporcional al valor de su propiedad exclusiva.
  • 46. Derecho real de usufructo. Se define como el derecho real que tiene una persona denominada “usufructuario”, de usar y disfrutar un bien de otra persona llamada “nudo propietario”, durante un tiempo determinado. El usufructuario tiene derecho de usar y disfrutar la cosa, mientras que el nudo propietario puede disponer de ella, razón por la cual la propiedad es nuda, es decir que esta propiedad carece de usufructo.
  • 47. Derecho real de usufructo. El derecho real de usufructo es susceptible de enajenarse , arrendarse o gravarse; sin embargo todos los contratos que se celebren sobre el mismo finalizan al terminar el usufructo. Cabe precisar que el usufructuario tiene el derecho de mejorar la cosa sobre la cual tiene el usufructo, siempre y cuando no afecte su sustancia. El derecho real de usufructo puede ser gratuito u oneroso.
  • 48. Derecho Real de Uso. Es el derecho que tiene una persona de usar una cosa. Por regla gral., sólo se limita a usar la cosa y por excepción a disfrutar de ciertos frutos. El derecho real de uso no es susceptible de enajenación, arrendamiento o gravamen. Este derecho termina con la muerte del usuario o cuando así se haya pactado y puede ser oneroso o gratuito.
  • 49. Derecho real de Servidumbre. Es un derecho real que el dueño de un predio tiene sobre el predio de otro. Existen varios tipos de servidumbre: Servidumbre de desagüe. Servidumbre de acueducto. Servidumbre de paso. Servidumbre de vistas.
  • 50.  DERECHO REAL 1. Poder jurídico: señorío, potestad, dominio. 2. Ejercicio de ese poder en una relación directa e inmediata entre el titular de la cosa. 3. Naturaleza económica del poder que permite un aprovechamiento total o parcial. 4. Oponibilidad a terceros, es absoluto.  DERECHO PERSONAL  1. Relación jurídica entre sujeto activo y pasivo  2. Nace una facultad a favor del acreedor, a partir de esta relación, para exigir una determinada conducta del deudor.  3. Objeto de esta relación jurídica consiste en una prestación o abstención de carácter patrimonial o moral.