- La rebeldía se configura cuando un demandado es notificado válidamente de una demanda pero no la contesta dentro del plazo establecido. El juez debe declarar al demandado en rebeldía y notificar esta declaración, así como otras resoluciones posteriores.
- Una vez declarada la rebeldía, el juez debe pronunciarse sobre la saneabilidad del proceso. Si lo declara saneado, debe expedir sentencia, a menos que aplique alguna de las excepciones previstas.
- Aunque el proceso en rebeldía carece de controversia