Absolutismo 
Absolutismo es la denominación de un régimen político, un periodo histórico, una ideología y una forma de gobierno o de Estado (el 
Estado absoluto), propios del Antiguo Régimen; caracterizados por la pretensión teórica (con distintos grados de realización en la 
realidad) de que el poder político del gobernante no estuviera sujeto a ninguna limitación institucional, fuera de la ley divina.1 Es un 
poder único desde el punto de vista formal, indivisible, inalienable, intranscriptible y libre. Los actos positivos del ejerc icio del poder 
(legislación, administración y jurisdicción) se apoyaron en la última instancia de decisión: la suprema monarquía, emanando de ella, 
no estando por encima sino por debajo;2 lo que implica la identificación de la persona del rey absoluto con el propio Estado: 
No debe confundirse con el totalitarismo, concepto propio de la Edad Contemporánea. 
El oscuro origen etimológico del término "absolutismo" incluye (además de su relación con el verbo absolver)4 la expresión 
latinaprinceps legibus solutus est ("el príncipe no está sujeto por la ley"), original de Ulpiano, que aparece en el Digesto, y que fue 
utilizado por los juristas al servicio de Felipe IV de Francia "el Hermoso" para fortalecer el poder real en el contexto de la recepción 
del derecho romano durante la Baja Edad Media. Algo más tarde, el jurisconsulto Balde (Baldo degli Ubaldi, discípulo de Bártolo), 
usa la expresiónpoder supremo y absoluto del príncipe en contraposición al poder ordinario de los nobles.5 La utilización del término 
se generalizó en todas las monarquías, independientemente de su poder efectivo, como ocurría en la débil monarquía castellana 
de Enrique IV "el Impotente", cuya cancillería emitía documentos redactados de forma tan pretenciosos como ésta: E yo de mi 
propio motu é ciencia cierta é poderío real absoluto...6 
Según Bobbio, en términos kantianos, el poder absoluto consiste en que "el soberano del Estado tiene con respecto a 
sus súbditossolamente derechos y ningún deber (coactivo); el soberano no puede ser sometido a juicio por la violación de 
una ley que él mismo haya elaborado, ya que está desl igado del respeto a la ley popular (populum legis)". Esta definición sería 
común a todos los iusnaturalistas, como Rousseau o Hobbes.7 
A pesar de que la autoridad del rey está sujeta a la razón, y justificada en último extremo por el bien común, explícitamente se niega 
la existencia de ningún límite externo ni ningún tipo de cuestión a sus decisiones; de modo similar a como la patria potestad se 
ejerce por el pater familias (el rey como "padre" de sus "súbditos" -paternalismo-). Tales justificaciones imponen de hecho el 
carácter ilimitado del ejercicio del poder por el rey: cualquier abuso puede entenderse como una necesidad impuesta por razón de 
Estado. 
El absolutismo se caracteriza por la concentración de poderes; no hay ninguna división de poderes como la que definirá la 
monarquía limitada propia de las revoluciones liberales. El poder legislativo, el poder judicial y el poder ejecutivo son ejercidos por la 
misma autoridad: el rey como supremo magistrado en todos los ámbitos. Rex, lex (o, en francés le Roi, c'est la loi, a veces expresado 
como "la palabra del rey es la ley"); sus decisiones son sentencias inapelables, y al rey la hacienda y la vida se ha de dar.8 
El poder tiene un carácter divino, tanto en su origen como en su ejercici o por el propio rey, que queda sacralizado. La teoría 
del derecho divino del poder real (monarquía de derecho divino o absolutismo teológico) nació en el último cuarto del siglo XVI, en 
el ambiente de lasguerras de religión de Francia. Aunque en Europa la divinización del monarca nunca llegó tan lejos como en 
el despotismo oriental (que identificaba al rey con el mismo Dios), el rey siempre tuvo cierto poder sobre las iglesias nacionales; no 
sólo en las surgidas de laReforma protestante, sino en las monarquías católicas, que supeditan en gran medida a la propia Iglesia 
católica a través del regalismo, aunque las relaciones ente Iglesia y Estado son altamente complejas. 
Temporalmente, la época del absolutismo es la del Antiguo Régimen, aunque no puedan identificarse totalmente como monarquías 
absolutas las de finales de la Edad Media y comienzos de la Edad Moderna, para las que la historiografía utiliza el concepto
demonarquía autoritaria. El modelo más acabado de absolutismo regio fue el definido en torno a Luis XIV, rey de Francia a finales 
del siglo XVII y comienzos del siglo XVIII. La Ilustración del siglo XVIII convivió con un absolutismo que fue definido como despotismo 
ilustrado. El absolutismo sobrevivió a las revoluciones burguesas o revoluciones liberales de finales del siglo XVIII y comienzos del 
siglo XIX, hasta que la revolución de 1848 acabó con la Santa Alianza que desde el Congreso de Viena (1814) había impuesto la 
continuidad de los reyes "legítimos" restaurándolos en sus tronos incluso contra la voluntad de sus propios pueblos ( "Restauración" 
del absolutismo). El Imperio ruso mantuvo la autocracia zarista hasta la Revolución de febrero de 1917. 
Teóricos del absolutismo 
Jean Bodin (1530-1596) sostenía que un rey debía gobernar sin necesidad de ningún consentimiento ajeno.9 
Jacobo Estuardo, rey de Escocia e Inglaterra, consideraba al monarca como lugarteniente de Dios (Verdadera ley de las monarquías 
libres, 1598). 
Thomas Hobbes (1588-1679) propuso: las naciones prosperan bajo una Monarquía, no porque tienen un príncipe, sino porque le 
obedecen (Leviathan). 
Jacques Bossuet (1627-1704) consideraba que la monarquía era la forma de gobierno más natural, sobre todo si es hereditaria. Era 
"sagrada" y absoluta. Para él, el rey representa a la Majestad divina: “En los reyes… estáis viendo la imagen de Dios (Política sacada 
de las Sagradas Escrituras).10 
Evolución del absolutismo 
El absolutismo tuvo un largo proceso de evolución2 ligado al surgimiento de los Estados modernos. Desde principios del siglo XV 
hasta la primera mitad del siglo XVI existió una primera fase o período de absolutismo en formación, caracterizada por la tendencia a 
la concentración progresiva del poder en manos del monarca, aunque todavía existían unas limitaciones muy claras, especialmen te 
el poder religioso. La Iglesia era la rectora de la vida intelectual y moral; pero el Papado había salido de su enfrentamiento con 
el Imperio y del Cisma de Occidente sometido a un gran desprestigio, que (a pesar de, o precisamente a causa de los esfuerzos por 
evitarlo de los papas renacentistas) explica en buena parte la Reforma protestante y la reacción de la denominada Contrarreforma 
católica. Incluso el naciente capitalismo comercial se veía sometido a limitaciones éticas en torno a la legitimidad del préstamo con 
interés (pecado de usura) interiorizadas en la preocupación moral de los mismos comerciantes y financieros.11 
Las monarquías feudales, en un limitado número de casos (el reino de Portugal , la Monarquía Católica -España-, el reino de Francia, 
el reino de Inglaterra) se habían convertido enmonarquías autoritarias, fortaleciéndose frente a la decadencia de los poderes 
universales, y habían conseguido un alto grado de centralización del poder en sus manos, haciendo surgir un nuevo espacio político, 
lo que se ha denominado naciones-Estado de la Europa Occidental . 
Frente al absolutismo pleno que caracteriza, al menos como pretensión, a las monarquías de la Edad Moderna, surgieron todo tipo 
de resistencias y contestaciones, incluso en la forma de revueltas o verdaderas revoluciones (la Guerra de las Comunidades de 
Castilla, las alteraciones aragonesas y la crisis de 1640 en España -independencia de Portugal ,revuelta de los catalanes , revuelta de 
Masaniello-, la Fronda francesa, la Revolución inglesa, etc.). 
El absolutismo real o maduro no llegó hasta la segunda mitad del siglo XVII, con el reinado de Luis XIV en Francia. 
Monarquía teocrática
La principal consecuencia de la monarquía teocrática era que, al ser la voluntad de Dios la que elegía al monarca, éste se hallaba 
legitimado para asumir todos los poderes del Estado sin más limi tación que la propia ley de Dios. De acuerdo con Richelieu, que 
teorizó sobre el absolutismo durante una época plagada de disturbios, los súbditos del monarca, incluyendo a los nobles, debí an 
limitarse a obedecer los designios del mismo, concibiendo las relaciones entre el poder y el pueblo como unas relaciones v erticales, 
de total subordinación. Richelieu argumentaba que sólo así podía el monarca garantizar el bienestar del pueblo, y asumía la teoría 
platónica de que la justicia del Estado se basaba en que cada parte se dedique únicamente a su cometido y evite mezclarse en los 
asuntos de las demás. 
En la práctica, no obstante, esta opinión tan extrema fue irrealizable: en el contexto europeo, la monarquía absoluta había 
evolucionado desde el feudalismo, por lo que en la práctica sobre la voluntad del monarca pesaban multitud de limitaciones de 
índole feudal, como privilegios nobiliarios y eclesiásticos, estatutos seglares y territoriales, fueros,... Así, en la teoría absolutista 
europea, tal y como la analiza Montesquieu, aunque el monarca dictaba todas las leyes de acuerdo a sus intereses, que se confundía 
con los del Estado, los grupos privilegiados, esto es, los nobles, se erigían en consejeros y ayudantes directos del rey en sus 
decisiones. Los tribunales de justicia (los "parlamentos" en Francia), aparecían como una administración relativamente 
independiente, y el Estado absolutista se concebía como un Estado de leyes, lo que lo dis tinguía de una tiranía. 
El manejo de la religión 
En principio, de acuerdo con la teoría absolutista el Rey debía manejar los hilos de la iglesia y ser el jefe temporal de la misma. En la 
práctica, de nuevo, el poder de la iglesia era demasiado grande como para tomar sus riendas de manera tan radical, y aunque 
algunos monarcas, como Enrique VIII de Inglaterra, consiguieron hacerse con el control absoluto sobre la misma, si bien la mayoría 
de las monarquía europeas mantuvo su influencia sobre la Iglesia de una forma mucho más venal y sutil. 
En el caso de las naciones católicas, reconociendo tácitamente la suprema cía del papado en cuestiones religiosas. No obstante, 
monarcas católicos como Carlos V habían obtenido el Patronato Regio, lo que les permitía el manejo, supervisión (e incluso 
nombramientos) en la Iglesia de su jurisdicción imperial. 
“Como sabéis, el derecho de patronazgo eclesiástico nos pertenece en todo el Estado de las Indias... Las dignidades, canonjías, 
raciones, medias raciones de todas las iglesias catedrales de las Indias se provean por presentación hecha por nuestra provis ión real, 
librada por nuestro consejo Real de las Indias, y firmada de nuestro nombre... Ordenamos y mandamos que este derecho de 
patronazgo siempre sea reservado a Nos y a nuestra Real Corona, ...y que ninguna persona secular ni eclesiástica, orden ni co nvento, 
religión o comunidad ...por cualquier ocasión o causa, sea osado a entrometerse en cosa tocante al dicho patronazgo real , […]” [Real 
Cédula de Felipe II acerca de los derechos Patronales sobre todas las Iglesias de las Indias, del 1º de junio de 1574] 
Economía y sociedad 
Las estructuras económicas, esencialmente preindustriales, mantenían la continuidad del modo de producción feudal o régimen 
señorial en el campo, verdadero centro de la producción. El capitalismo, que había nacido en las ciudades medievales continuaba en 
una fase inicial (o transición del feudalismo al capitalismo) que, a pesar de la era de los descubrimientos que había permitido la 
creación de una economía mundo, se restringía a circuitos comerciales y financieros. 
Aunque la relación de intereses y apoyos mutuos que pudiera haberse dado entre mona rquía absoluta, feudalismo y capitalismo (o 
entre los distintos actores sociales: reyes, burgueses, señores y campesinos) ha sido objeto de notables polémicas historiogr áficas; 
en lo que sí hay consenso es el denominar como mercantilismo al pensamiento económico identificable con el periodo del 
absolutismo. El tamaño de la economía de cuyos recursos dependía la monarquía se identificó con el de un naciente mercado
nacional , es decir, un mercado cuyas dimensiones coincidieran con el territorio de la monarquía, limitado por sus frontera s políticas, 
sometido a sus impuestos y legislación comercial, y en el que circulara su moneda y se aceptaran pesos y medidas comunes; todo 
ello mediante avances limitados, pretensiones que no se lograron de forma efectiva hasta el Nuevo Régimen posterior a 
las revoluciones liberales. Según la interpretación bullonista (de bullion, lingote de oro), la riqueza del Estado estaba respaldada por 
las reservas materiales demetales preciosos (el oro y la plata); según la interpretación colbertista (de Colbert, el ministro de Luis 
XIV), de una balanza comercial positiva estimulada por una inteligente política arancelaria que forzara la sustitución de 
importaciones por una producción interior controlada por el rey de todo tipo de produc tos, pero especialmente de los productos de 
lujo y estratégicos (manufacturas reales). Todas las medidas económicas deberían tener como fin aumentar la riqueza interi or para 
así garantizar el incremento de los ingresos del Estado. El intervencionismo multiplicaba regulaciones y controles, e ignoraba 
cualquier concepto de mercado libre. Los privilegios y monopolios de origen feudal o los de nueva creación por arbitrio del rey, 
tenían un importante papel en el sistema económico: exenciones fiscales estamentales (nobleza y clero) monopolios de 
los gremios tradicionales o de las nuevas compañías comerciales y manufacturas reales, etc. 
La sociedad estamental más cerrada incluso que en la Edad Media, daba pocas oportunidades para la movilidad o el ascenso social, 
entre las que destacaban las carreraseclesiástica, universitaria y burocrática (nobleza de toga) y la venalidad de los cargos o la 
compra de títulos de nobleza. La atracción de la nobleza hacia la corte regia, además de acabar con la descentralización y 
ruralización propias de la Edad Media, la sometía a patrones de emulación en el lujo, la forma de vida y el servicio al rey, cuyo 
modelo más acabado fue el palacio de Versalles. Las revueltas interiores, fruto de las resistencias particularistas y del descontento 
social incrementado en las coyunturas críticas, fueron relativamente frecuentes. 
Interpretaciones historiográficas 
Para el historiador Roland Mousnier, la monarquía absoluta es el resultado de la rivalidad de dos clases: la burguesía y la nobleza. El 
rey arbitraba el conflicto, apoyando a la burguesía y domesticando a la nobleza, conduciendo ese conflicto a un equilibrio que 
aseguró su poder personal y la unidad, el orden y la jerarquía en el gobierno y en el Estado; lo que llevó a la sumisión tota l y a la 
obediencia sin límites. 
Por el contrario, según Perry Anderson, el estado absolutista nunca fue el árbitro entre la aristocracia y la burguesía, ni mucho 
menos, un instrumento en la naciente burguesía contra la aristocracia. El absolutismo fue en su esencia un aparato reorganizado y 
potenciado de dominio feudal, el nuevo instrumento de una nobleza amenazada, a la que permitió seguir ostentando el dominio del 
poder político, manteniendo a las masas campesinas en la base de la jerarquía social y a la burguesía emergente fuera de las clases 
dominantes. Paradójicamente, según este historiador, si bien el estado absolutista fue un instrumento para la protección de la 
propiedad y los privilegios de la aristocracia feudal, los medios que empleó favorecieron simultáneamente los interes es básicos de 
las nacientes clases mercantiles y manufactureras, posibilitando el desarrollo de las estructuras capitalistas. 
Algunos apartados de Anderson tomados del texto El Estado absolutista en Occidente: "El absolutismo fue esencialmente eso: un 
aparato reorganizado y potenciado de dominación feudal, destinado a mantener a las masas campesinas en su posición social 
tradicional" 
El señor Anderson también cita en su texto a Althusser: "El régimen político de la monarquía absoluta es tan solo la nueva fo rma 
política necesaria para el mantenimiento del dominio y explotación feudal en un periodo de desarrollo de una economía de 
mercado."
"Los estados monárquicos del renacimiento fueron, ante todo y sobre todo, instrumentos modernizados para el mantenimiento del 
dominio nobiliario sobre las masas rurales." P. Anderson. 
Instituciones 
Hacienda, burocracia, diplomacia y ejército profesional , todos ellos servidos por funcionarios o militares que deban a su formación y 
profesionalidad, y a la voluntad del rey (y no a su propia riqueza o nobleza) el mantenimiento de su posición; fueron los 
instrumentos más importantes de los que se valió la monarquía absoluta para afianzar y aumentar su poder, tanto hacia el interior 
como hacia el exterior. Los enormes costes de una marina de guerra y un ejército permanente de mercenarios equipados con arma s 
de fuego cada vez más modernas, implicaba la desaparición de las mesnadas feudales, reclutadas por fidelidad vasallática. El poder 
militar pasó de estar disperso en la nobleza a estar centralizado en el rey. La fiscalidad necesaria para sostener todos los gastos del 
Estado y del monarca, entre los que los que destacaban los gastos militares, los salarios públicos y los lujos de la corte, incluía todo 
tipo de impuestos, directos e indirectos, ordinarios y extraordinarios, además del recurso a la deuda pública, cuyos crecientes 
intereses terminaban convirtiéndose en un problema insoluble que llevaba a periódicas quiebras. Un cuerpo de embajadores se 
ocupaban de los cada vez más complejos tratados militares, comerciales y matrimoniales (todas las casas reales europeas se 
emparentaban para formar o mantener alianzas y conjuntos territoriales). A parti r de la Paz de Westfalia (1648), el nuevo concepto 
de relaciones internacionales basado en el equilibrio de potencias dio un nuevo impulso a los ministerios de asuntos exteriores, y las 
embajadas dejaron de ser enviados informales para adquirir auténtica relevancia dentro de los regímenes absolutistas. 
Límites del poder absoluto 
El modelo político de la monarquía absoluta tiene como rasgo central la concentración de todo el poder en el rey sin control o 
límites de cualquier tipo. No deberían de subsistir poderes ni "cuerpos intermedios" que obstaculizaran la relación directa entre el 
rey y cada uno de sus súbditos. A pesar de estos principios, tanto las condiciones materiales propias de la época (que imposibilitan la 
existencia real de un poder ejercido de forma continua en un territorio inabarcable, sin comunicaciones eficientes -especialmente en 
losimperios coloniales, donde las leyes se obedecen pero no se cumplen-), como el incontestable poder ideológico, económico y 
social de la Iglesia y la pervivencia del régimen señorial y de costumbres e instituciones particularistas (aduanas interiores, 
multiplicidad de lenguas, monedas, pesos y medidas, privilegios forales, Cortes de los distintos reinos peninsulares en 
España, Parlaments judiciales en Francia, Parlamento en Inglaterra), determinaron que, de hecho, el poder de los reyes absolutos 
tuviera límites; se expresaran o no de forma explícita. 
En términos jurídicos, las limitaciones al absolutismo son tres: 
 La ley divina, a la que el rey, al igual que todos los cristianos, está sometido. 
 Las partes del Derecho que no pueden ser objeto de legislación por el rey, sino que se consideran de derecho natural y se 
determinan por especulación teórica de los juristas, como el derecho de gentes, que regula tanto los derechos de pueblos 
ajenos, a los que el rey tiene que atenerse cuando entabla relaciones internacionales (incluso en caso de guerra); o 
determinadas cuestiones del derecho privado de validez interna, como cuestiones relativas a la propiedad, la herencia, 
el mayorazgo, etc. Aquellas que se vinculan al ejercicio directo del gobierno, fueron desplazadas por los monarcas en el proceso 
de consolidación del absolutismo, como el recurso a cortes o parlamentos para la definición de ciertas medidas (en Francia 
los Estados Generales dejaron de ser citados en 1614, y solo volvieron a sesionar en 1789).
 Las leyes fundamentales del Reino: un conjunto de normas relativas al fundamento del Estado que no dependen de la voluntad 
del rey, sino que se basan en la tradición, en una suerte de "Constitución histórica" (cuya difuso reconocimiento posteriormente 
justificará la redacción de textos constitucionales liberales, como la Constitución de 1812). Dentro de estos principios, no 
necesariamente escritos, se cuentan: 
 El principio de legitimidad, consecuencia de la necesidad de una noción de continuidad del Estado, que aunque se 
identifique con la persona del rey no puede dejar de ser independiente de su persona física: cuando el rey muere, la corona 
debe pasar a su sucesor (lo que implicaba complejas ritualizaciones: el doble cuerpo del rey, las proclamaciones del tipo El 
rey ha muerto, viva el rey). El rey no podía modificar la ley de sucesión que le había legitimado a sí mismo para acceder al 
trono. A pesar de ello, algunas sí se cambiaron, como la ley sálica que regía tradicionalmente en la monarquía francesa y, 
tras la llegada de los Borbones, en la española. 
 La necesidad de establecer una regencia en casos como la minoría de edad o incapacidad del rey. 
 El principio de religión; que no es esencialmente un rasgo del absolutismo. La confesionalidad del Estado implica que el jefe 
del Estado tiene la confesión del Estado. Esto era especialmente cierto para las monarquías católicas, fueran absolutas o 
no. La conversión de Enrique IV de Francia para poder ser rey dio un claro ejemplo (París bien vale una misa). Por el 
contrario, en Alemania la guerra de Esmalcalda había imposibilitado la formación de cualquier tipo de monarquía absoluta 
(o ningún tipo de Estado centralizado); y se estableció el principio opues to cuius regio eius religio (la religión del rey es la 
del reino). En el caso del reino de Inglaterra, la posibilidad de que un católico accediera al trono era vista como una 
amenaza de absolutismo; con lo que la identificación del rey con la cabeza de la Iglesia anglicana suponía uno de los rasgos 
más de la monarquía parlamentaria. 
Proponentes del absolutismo 
1. Luis XIV de Francia 
2. El cardenal Richelieu, ministro principal de Luis XIII de Francia 
3. Felipe V de España 
4. Carlos XII de Suecia 
5. Jacobo II de Inglaterra 
6. Carlos II de Inglaterra 
7. Federico Guillermo I de Prusia 
8. Pedro I de Rusia 
9. Fernando VII de España 
10. Gustavo III de Suecia 
11. Carlos VI de Austria

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Absolutismo

  • 1. Absolutismo Absolutismo es la denominación de un régimen político, un periodo histórico, una ideología y una forma de gobierno o de Estado (el Estado absoluto), propios del Antiguo Régimen; caracterizados por la pretensión teórica (con distintos grados de realización en la realidad) de que el poder político del gobernante no estuviera sujeto a ninguna limitación institucional, fuera de la ley divina.1 Es un poder único desde el punto de vista formal, indivisible, inalienable, intranscriptible y libre. Los actos positivos del ejerc icio del poder (legislación, administración y jurisdicción) se apoyaron en la última instancia de decisión: la suprema monarquía, emanando de ella, no estando por encima sino por debajo;2 lo que implica la identificación de la persona del rey absoluto con el propio Estado: No debe confundirse con el totalitarismo, concepto propio de la Edad Contemporánea. El oscuro origen etimológico del término "absolutismo" incluye (además de su relación con el verbo absolver)4 la expresión latinaprinceps legibus solutus est ("el príncipe no está sujeto por la ley"), original de Ulpiano, que aparece en el Digesto, y que fue utilizado por los juristas al servicio de Felipe IV de Francia "el Hermoso" para fortalecer el poder real en el contexto de la recepción del derecho romano durante la Baja Edad Media. Algo más tarde, el jurisconsulto Balde (Baldo degli Ubaldi, discípulo de Bártolo), usa la expresiónpoder supremo y absoluto del príncipe en contraposición al poder ordinario de los nobles.5 La utilización del término se generalizó en todas las monarquías, independientemente de su poder efectivo, como ocurría en la débil monarquía castellana de Enrique IV "el Impotente", cuya cancillería emitía documentos redactados de forma tan pretenciosos como ésta: E yo de mi propio motu é ciencia cierta é poderío real absoluto...6 Según Bobbio, en términos kantianos, el poder absoluto consiste en que "el soberano del Estado tiene con respecto a sus súbditossolamente derechos y ningún deber (coactivo); el soberano no puede ser sometido a juicio por la violación de una ley que él mismo haya elaborado, ya que está desl igado del respeto a la ley popular (populum legis)". Esta definición sería común a todos los iusnaturalistas, como Rousseau o Hobbes.7 A pesar de que la autoridad del rey está sujeta a la razón, y justificada en último extremo por el bien común, explícitamente se niega la existencia de ningún límite externo ni ningún tipo de cuestión a sus decisiones; de modo similar a como la patria potestad se ejerce por el pater familias (el rey como "padre" de sus "súbditos" -paternalismo-). Tales justificaciones imponen de hecho el carácter ilimitado del ejercicio del poder por el rey: cualquier abuso puede entenderse como una necesidad impuesta por razón de Estado. El absolutismo se caracteriza por la concentración de poderes; no hay ninguna división de poderes como la que definirá la monarquía limitada propia de las revoluciones liberales. El poder legislativo, el poder judicial y el poder ejecutivo son ejercidos por la misma autoridad: el rey como supremo magistrado en todos los ámbitos. Rex, lex (o, en francés le Roi, c'est la loi, a veces expresado como "la palabra del rey es la ley"); sus decisiones son sentencias inapelables, y al rey la hacienda y la vida se ha de dar.8 El poder tiene un carácter divino, tanto en su origen como en su ejercici o por el propio rey, que queda sacralizado. La teoría del derecho divino del poder real (monarquía de derecho divino o absolutismo teológico) nació en el último cuarto del siglo XVI, en el ambiente de lasguerras de religión de Francia. Aunque en Europa la divinización del monarca nunca llegó tan lejos como en el despotismo oriental (que identificaba al rey con el mismo Dios), el rey siempre tuvo cierto poder sobre las iglesias nacionales; no sólo en las surgidas de laReforma protestante, sino en las monarquías católicas, que supeditan en gran medida a la propia Iglesia católica a través del regalismo, aunque las relaciones ente Iglesia y Estado son altamente complejas. Temporalmente, la época del absolutismo es la del Antiguo Régimen, aunque no puedan identificarse totalmente como monarquías absolutas las de finales de la Edad Media y comienzos de la Edad Moderna, para las que la historiografía utiliza el concepto
  • 2. demonarquía autoritaria. El modelo más acabado de absolutismo regio fue el definido en torno a Luis XIV, rey de Francia a finales del siglo XVII y comienzos del siglo XVIII. La Ilustración del siglo XVIII convivió con un absolutismo que fue definido como despotismo ilustrado. El absolutismo sobrevivió a las revoluciones burguesas o revoluciones liberales de finales del siglo XVIII y comienzos del siglo XIX, hasta que la revolución de 1848 acabó con la Santa Alianza que desde el Congreso de Viena (1814) había impuesto la continuidad de los reyes "legítimos" restaurándolos en sus tronos incluso contra la voluntad de sus propios pueblos ( "Restauración" del absolutismo). El Imperio ruso mantuvo la autocracia zarista hasta la Revolución de febrero de 1917. Teóricos del absolutismo Jean Bodin (1530-1596) sostenía que un rey debía gobernar sin necesidad de ningún consentimiento ajeno.9 Jacobo Estuardo, rey de Escocia e Inglaterra, consideraba al monarca como lugarteniente de Dios (Verdadera ley de las monarquías libres, 1598). Thomas Hobbes (1588-1679) propuso: las naciones prosperan bajo una Monarquía, no porque tienen un príncipe, sino porque le obedecen (Leviathan). Jacques Bossuet (1627-1704) consideraba que la monarquía era la forma de gobierno más natural, sobre todo si es hereditaria. Era "sagrada" y absoluta. Para él, el rey representa a la Majestad divina: “En los reyes… estáis viendo la imagen de Dios (Política sacada de las Sagradas Escrituras).10 Evolución del absolutismo El absolutismo tuvo un largo proceso de evolución2 ligado al surgimiento de los Estados modernos. Desde principios del siglo XV hasta la primera mitad del siglo XVI existió una primera fase o período de absolutismo en formación, caracterizada por la tendencia a la concentración progresiva del poder en manos del monarca, aunque todavía existían unas limitaciones muy claras, especialmen te el poder religioso. La Iglesia era la rectora de la vida intelectual y moral; pero el Papado había salido de su enfrentamiento con el Imperio y del Cisma de Occidente sometido a un gran desprestigio, que (a pesar de, o precisamente a causa de los esfuerzos por evitarlo de los papas renacentistas) explica en buena parte la Reforma protestante y la reacción de la denominada Contrarreforma católica. Incluso el naciente capitalismo comercial se veía sometido a limitaciones éticas en torno a la legitimidad del préstamo con interés (pecado de usura) interiorizadas en la preocupación moral de los mismos comerciantes y financieros.11 Las monarquías feudales, en un limitado número de casos (el reino de Portugal , la Monarquía Católica -España-, el reino de Francia, el reino de Inglaterra) se habían convertido enmonarquías autoritarias, fortaleciéndose frente a la decadencia de los poderes universales, y habían conseguido un alto grado de centralización del poder en sus manos, haciendo surgir un nuevo espacio político, lo que se ha denominado naciones-Estado de la Europa Occidental . Frente al absolutismo pleno que caracteriza, al menos como pretensión, a las monarquías de la Edad Moderna, surgieron todo tipo de resistencias y contestaciones, incluso en la forma de revueltas o verdaderas revoluciones (la Guerra de las Comunidades de Castilla, las alteraciones aragonesas y la crisis de 1640 en España -independencia de Portugal ,revuelta de los catalanes , revuelta de Masaniello-, la Fronda francesa, la Revolución inglesa, etc.). El absolutismo real o maduro no llegó hasta la segunda mitad del siglo XVII, con el reinado de Luis XIV en Francia. Monarquía teocrática
  • 3. La principal consecuencia de la monarquía teocrática era que, al ser la voluntad de Dios la que elegía al monarca, éste se hallaba legitimado para asumir todos los poderes del Estado sin más limi tación que la propia ley de Dios. De acuerdo con Richelieu, que teorizó sobre el absolutismo durante una época plagada de disturbios, los súbditos del monarca, incluyendo a los nobles, debí an limitarse a obedecer los designios del mismo, concibiendo las relaciones entre el poder y el pueblo como unas relaciones v erticales, de total subordinación. Richelieu argumentaba que sólo así podía el monarca garantizar el bienestar del pueblo, y asumía la teoría platónica de que la justicia del Estado se basaba en que cada parte se dedique únicamente a su cometido y evite mezclarse en los asuntos de las demás. En la práctica, no obstante, esta opinión tan extrema fue irrealizable: en el contexto europeo, la monarquía absoluta había evolucionado desde el feudalismo, por lo que en la práctica sobre la voluntad del monarca pesaban multitud de limitaciones de índole feudal, como privilegios nobiliarios y eclesiásticos, estatutos seglares y territoriales, fueros,... Así, en la teoría absolutista europea, tal y como la analiza Montesquieu, aunque el monarca dictaba todas las leyes de acuerdo a sus intereses, que se confundía con los del Estado, los grupos privilegiados, esto es, los nobles, se erigían en consejeros y ayudantes directos del rey en sus decisiones. Los tribunales de justicia (los "parlamentos" en Francia), aparecían como una administración relativamente independiente, y el Estado absolutista se concebía como un Estado de leyes, lo que lo dis tinguía de una tiranía. El manejo de la religión En principio, de acuerdo con la teoría absolutista el Rey debía manejar los hilos de la iglesia y ser el jefe temporal de la misma. En la práctica, de nuevo, el poder de la iglesia era demasiado grande como para tomar sus riendas de manera tan radical, y aunque algunos monarcas, como Enrique VIII de Inglaterra, consiguieron hacerse con el control absoluto sobre la misma, si bien la mayoría de las monarquía europeas mantuvo su influencia sobre la Iglesia de una forma mucho más venal y sutil. En el caso de las naciones católicas, reconociendo tácitamente la suprema cía del papado en cuestiones religiosas. No obstante, monarcas católicos como Carlos V habían obtenido el Patronato Regio, lo que les permitía el manejo, supervisión (e incluso nombramientos) en la Iglesia de su jurisdicción imperial. “Como sabéis, el derecho de patronazgo eclesiástico nos pertenece en todo el Estado de las Indias... Las dignidades, canonjías, raciones, medias raciones de todas las iglesias catedrales de las Indias se provean por presentación hecha por nuestra provis ión real, librada por nuestro consejo Real de las Indias, y firmada de nuestro nombre... Ordenamos y mandamos que este derecho de patronazgo siempre sea reservado a Nos y a nuestra Real Corona, ...y que ninguna persona secular ni eclesiástica, orden ni co nvento, religión o comunidad ...por cualquier ocasión o causa, sea osado a entrometerse en cosa tocante al dicho patronazgo real , […]” [Real Cédula de Felipe II acerca de los derechos Patronales sobre todas las Iglesias de las Indias, del 1º de junio de 1574] Economía y sociedad Las estructuras económicas, esencialmente preindustriales, mantenían la continuidad del modo de producción feudal o régimen señorial en el campo, verdadero centro de la producción. El capitalismo, que había nacido en las ciudades medievales continuaba en una fase inicial (o transición del feudalismo al capitalismo) que, a pesar de la era de los descubrimientos que había permitido la creación de una economía mundo, se restringía a circuitos comerciales y financieros. Aunque la relación de intereses y apoyos mutuos que pudiera haberse dado entre mona rquía absoluta, feudalismo y capitalismo (o entre los distintos actores sociales: reyes, burgueses, señores y campesinos) ha sido objeto de notables polémicas historiogr áficas; en lo que sí hay consenso es el denominar como mercantilismo al pensamiento económico identificable con el periodo del absolutismo. El tamaño de la economía de cuyos recursos dependía la monarquía se identificó con el de un naciente mercado
  • 4. nacional , es decir, un mercado cuyas dimensiones coincidieran con el territorio de la monarquía, limitado por sus frontera s políticas, sometido a sus impuestos y legislación comercial, y en el que circulara su moneda y se aceptaran pesos y medidas comunes; todo ello mediante avances limitados, pretensiones que no se lograron de forma efectiva hasta el Nuevo Régimen posterior a las revoluciones liberales. Según la interpretación bullonista (de bullion, lingote de oro), la riqueza del Estado estaba respaldada por las reservas materiales demetales preciosos (el oro y la plata); según la interpretación colbertista (de Colbert, el ministro de Luis XIV), de una balanza comercial positiva estimulada por una inteligente política arancelaria que forzara la sustitución de importaciones por una producción interior controlada por el rey de todo tipo de produc tos, pero especialmente de los productos de lujo y estratégicos (manufacturas reales). Todas las medidas económicas deberían tener como fin aumentar la riqueza interi or para así garantizar el incremento de los ingresos del Estado. El intervencionismo multiplicaba regulaciones y controles, e ignoraba cualquier concepto de mercado libre. Los privilegios y monopolios de origen feudal o los de nueva creación por arbitrio del rey, tenían un importante papel en el sistema económico: exenciones fiscales estamentales (nobleza y clero) monopolios de los gremios tradicionales o de las nuevas compañías comerciales y manufacturas reales, etc. La sociedad estamental más cerrada incluso que en la Edad Media, daba pocas oportunidades para la movilidad o el ascenso social, entre las que destacaban las carreraseclesiástica, universitaria y burocrática (nobleza de toga) y la venalidad de los cargos o la compra de títulos de nobleza. La atracción de la nobleza hacia la corte regia, además de acabar con la descentralización y ruralización propias de la Edad Media, la sometía a patrones de emulación en el lujo, la forma de vida y el servicio al rey, cuyo modelo más acabado fue el palacio de Versalles. Las revueltas interiores, fruto de las resistencias particularistas y del descontento social incrementado en las coyunturas críticas, fueron relativamente frecuentes. Interpretaciones historiográficas Para el historiador Roland Mousnier, la monarquía absoluta es el resultado de la rivalidad de dos clases: la burguesía y la nobleza. El rey arbitraba el conflicto, apoyando a la burguesía y domesticando a la nobleza, conduciendo ese conflicto a un equilibrio que aseguró su poder personal y la unidad, el orden y la jerarquía en el gobierno y en el Estado; lo que llevó a la sumisión tota l y a la obediencia sin límites. Por el contrario, según Perry Anderson, el estado absolutista nunca fue el árbitro entre la aristocracia y la burguesía, ni mucho menos, un instrumento en la naciente burguesía contra la aristocracia. El absolutismo fue en su esencia un aparato reorganizado y potenciado de dominio feudal, el nuevo instrumento de una nobleza amenazada, a la que permitió seguir ostentando el dominio del poder político, manteniendo a las masas campesinas en la base de la jerarquía social y a la burguesía emergente fuera de las clases dominantes. Paradójicamente, según este historiador, si bien el estado absolutista fue un instrumento para la protección de la propiedad y los privilegios de la aristocracia feudal, los medios que empleó favorecieron simultáneamente los interes es básicos de las nacientes clases mercantiles y manufactureras, posibilitando el desarrollo de las estructuras capitalistas. Algunos apartados de Anderson tomados del texto El Estado absolutista en Occidente: "El absolutismo fue esencialmente eso: un aparato reorganizado y potenciado de dominación feudal, destinado a mantener a las masas campesinas en su posición social tradicional" El señor Anderson también cita en su texto a Althusser: "El régimen político de la monarquía absoluta es tan solo la nueva fo rma política necesaria para el mantenimiento del dominio y explotación feudal en un periodo de desarrollo de una economía de mercado."
  • 5. "Los estados monárquicos del renacimiento fueron, ante todo y sobre todo, instrumentos modernizados para el mantenimiento del dominio nobiliario sobre las masas rurales." P. Anderson. Instituciones Hacienda, burocracia, diplomacia y ejército profesional , todos ellos servidos por funcionarios o militares que deban a su formación y profesionalidad, y a la voluntad del rey (y no a su propia riqueza o nobleza) el mantenimiento de su posición; fueron los instrumentos más importantes de los que se valió la monarquía absoluta para afianzar y aumentar su poder, tanto hacia el interior como hacia el exterior. Los enormes costes de una marina de guerra y un ejército permanente de mercenarios equipados con arma s de fuego cada vez más modernas, implicaba la desaparición de las mesnadas feudales, reclutadas por fidelidad vasallática. El poder militar pasó de estar disperso en la nobleza a estar centralizado en el rey. La fiscalidad necesaria para sostener todos los gastos del Estado y del monarca, entre los que los que destacaban los gastos militares, los salarios públicos y los lujos de la corte, incluía todo tipo de impuestos, directos e indirectos, ordinarios y extraordinarios, además del recurso a la deuda pública, cuyos crecientes intereses terminaban convirtiéndose en un problema insoluble que llevaba a periódicas quiebras. Un cuerpo de embajadores se ocupaban de los cada vez más complejos tratados militares, comerciales y matrimoniales (todas las casas reales europeas se emparentaban para formar o mantener alianzas y conjuntos territoriales). A parti r de la Paz de Westfalia (1648), el nuevo concepto de relaciones internacionales basado en el equilibrio de potencias dio un nuevo impulso a los ministerios de asuntos exteriores, y las embajadas dejaron de ser enviados informales para adquirir auténtica relevancia dentro de los regímenes absolutistas. Límites del poder absoluto El modelo político de la monarquía absoluta tiene como rasgo central la concentración de todo el poder en el rey sin control o límites de cualquier tipo. No deberían de subsistir poderes ni "cuerpos intermedios" que obstaculizaran la relación directa entre el rey y cada uno de sus súbditos. A pesar de estos principios, tanto las condiciones materiales propias de la época (que imposibilitan la existencia real de un poder ejercido de forma continua en un territorio inabarcable, sin comunicaciones eficientes -especialmente en losimperios coloniales, donde las leyes se obedecen pero no se cumplen-), como el incontestable poder ideológico, económico y social de la Iglesia y la pervivencia del régimen señorial y de costumbres e instituciones particularistas (aduanas interiores, multiplicidad de lenguas, monedas, pesos y medidas, privilegios forales, Cortes de los distintos reinos peninsulares en España, Parlaments judiciales en Francia, Parlamento en Inglaterra), determinaron que, de hecho, el poder de los reyes absolutos tuviera límites; se expresaran o no de forma explícita. En términos jurídicos, las limitaciones al absolutismo son tres:  La ley divina, a la que el rey, al igual que todos los cristianos, está sometido.  Las partes del Derecho que no pueden ser objeto de legislación por el rey, sino que se consideran de derecho natural y se determinan por especulación teórica de los juristas, como el derecho de gentes, que regula tanto los derechos de pueblos ajenos, a los que el rey tiene que atenerse cuando entabla relaciones internacionales (incluso en caso de guerra); o determinadas cuestiones del derecho privado de validez interna, como cuestiones relativas a la propiedad, la herencia, el mayorazgo, etc. Aquellas que se vinculan al ejercicio directo del gobierno, fueron desplazadas por los monarcas en el proceso de consolidación del absolutismo, como el recurso a cortes o parlamentos para la definición de ciertas medidas (en Francia los Estados Generales dejaron de ser citados en 1614, y solo volvieron a sesionar en 1789).
  • 6.  Las leyes fundamentales del Reino: un conjunto de normas relativas al fundamento del Estado que no dependen de la voluntad del rey, sino que se basan en la tradición, en una suerte de "Constitución histórica" (cuya difuso reconocimiento posteriormente justificará la redacción de textos constitucionales liberales, como la Constitución de 1812). Dentro de estos principios, no necesariamente escritos, se cuentan:  El principio de legitimidad, consecuencia de la necesidad de una noción de continuidad del Estado, que aunque se identifique con la persona del rey no puede dejar de ser independiente de su persona física: cuando el rey muere, la corona debe pasar a su sucesor (lo que implicaba complejas ritualizaciones: el doble cuerpo del rey, las proclamaciones del tipo El rey ha muerto, viva el rey). El rey no podía modificar la ley de sucesión que le había legitimado a sí mismo para acceder al trono. A pesar de ello, algunas sí se cambiaron, como la ley sálica que regía tradicionalmente en la monarquía francesa y, tras la llegada de los Borbones, en la española.  La necesidad de establecer una regencia en casos como la minoría de edad o incapacidad del rey.  El principio de religión; que no es esencialmente un rasgo del absolutismo. La confesionalidad del Estado implica que el jefe del Estado tiene la confesión del Estado. Esto era especialmente cierto para las monarquías católicas, fueran absolutas o no. La conversión de Enrique IV de Francia para poder ser rey dio un claro ejemplo (París bien vale una misa). Por el contrario, en Alemania la guerra de Esmalcalda había imposibilitado la formación de cualquier tipo de monarquía absoluta (o ningún tipo de Estado centralizado); y se estableció el principio opues to cuius regio eius religio (la religión del rey es la del reino). En el caso del reino de Inglaterra, la posibilidad de que un católico accediera al trono era vista como una amenaza de absolutismo; con lo que la identificación del rey con la cabeza de la Iglesia anglicana suponía uno de los rasgos más de la monarquía parlamentaria. Proponentes del absolutismo 1. Luis XIV de Francia 2. El cardenal Richelieu, ministro principal de Luis XIII de Francia 3. Felipe V de España 4. Carlos XII de Suecia 5. Jacobo II de Inglaterra 6. Carlos II de Inglaterra 7. Federico Guillermo I de Prusia 8. Pedro I de Rusia 9. Fernando VII de España 10. Gustavo III de Suecia 11. Carlos VI de Austria