16 días de activismo en contra de la violencia de género
Las actividades del proyecto apuntan a organizar la información y a ayudar a un grupo
de familias, en relación a la violencia de género, ligada al consumo problemático. De
modo de facilitar, desnaturalizar algunas situaciones que ocurren en el cotidiano del
barrio. Pensando siempre en la necesidad de instalar la inquietud para la promoción
de los derechos de la mujeres y en especial la de las víctimas de la violencia de
género y el consumo problemático, asociado a ello.
El objetivo general: quiere promover que, los entornos afectivos, de las mujeres,
puedan historizar, reconstruyendo y rearmando los proyectos de vida de cada
unx, a fin de reconocerse sujetxs de derechos
- Abarcando de esta forma el contexto familiar,
- Contagiando las inquietudes,
- Organizando una red afectiva y de contención en la propia comunidad.
Abordaje y acompañamiento de familias y entornos
Las reuniones de equipo son fundamentales en cualquier dispositivo que acompañan
familias y entornos afectivos. Es necesario replantearse los tiempos y dar espacios
para reflexionar, esto se da en la medida en que los propios equipos puedan
establecer entre sus integrantes momentos de
diálogo y reflexión.
En nuestro caso, tenemos las puertas abiertas de la escuela, lo que facilita el espacio
y una gran cantidad de horas al día para poder trabajar con las familias de la
comunidad.
Esto es debido a la gran necesidad de poder apropiarse de un lugar en el cual se
comparte lo vivenciadx por los profesionales y todxs lxs integrantes del equipo de
trabajo.
El temario está dispuesto como acciones a trabajar:
Acción 1 La violencia de género como una vulneración de los derechos
humanos.
Acción 2: Violencia y consumo problemático una mirada desde la perspectiva
de género.
Accion 3: La intervención con mujeres: en la sinergia de derechos humanos y
de género.
Se trata de actividades que buscarán generar interrogantes respecto
a las formas de percibir el tema, a la adecuación de esas
percepciones a los marcos conceptuales y normativos desarrollados
en el capítulo y a la posibilidad de redefinir las propias miradas..
Enfoques y propuestas para la inclusión de la perspectiva de gé-
nero
La problemática de la violencia de género es un problema social que adquiere
relevancia a nivel mundial y nacional. Esto se refleja en las normativas
existentes pensadas para su erradicación, entre las que se destacan
convenciones y tratados internacionales a los que la Argentina suscribe y
legislación nacional específica.
La Ley Nº 26.485 define como violencia contra las mujeres: “toda conducta,
acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito
público como en el privado, basada en una relación desigual de poder,
afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual,
económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan
comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Considera
violencia indirecta toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o
práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al
varón”. Establece además distintos tipos y modalidades de violencia,
ampliando e incorporando también las medidas cautelares a disponer por el
juez interviniente, circunstancia que la ubica y califica como muy
superadora respecto de lo preceptuado por la Ley 24.417.
Tipos de violencia
••Física: la que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo
dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de
maltrato o agresión que afecte su integridad física.
••Psicológica: la que causa daño emocional y disminución de la
autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o
que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos,
creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento,
restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación o
aislamiento.
••Sexual: cualquier acción que implique la vulneración en todas sus
formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de
decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a
través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación,
incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras
relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así
como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso,
abuso sexual y trata de mujeres.
••Económica y patrimonial: aquella que se dirige a ocasionar un
menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la
mujer, a través de la perturbación de la posesión, tenencia o
propiedad de sus bienes, pérdida, sustracción, destrucción,
retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de
trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos
patrimoniales.
••Simbólica: la que a través de patrones estereotipados, mensajes,
valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación,
desigualdad y discriminación en las relaciones sociales,
naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.
En este ítem puede incluirse la violencia en las instituciones de
encierro, en donde son prácticas habituales las requisas sobre los
cuerpos desnudos, las duchas colectivas en lugares donde las
mujeres pueden ser observadas y la presencia de agentes de
seguridad masculinos que a pesar de que no está permitido,
intervienen como fuerzas represivas cuando hay situaciones de
conflicto (Malacalza, 2012).
••Violencia laboral: aquella que discrimina a las mujeres en los
ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su
acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o per-
manencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil,
maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de
embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el
ámbito laboral, quebrantar el derecho de igual remuneración por
igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento
psicológico en forma sistemática sobre una determinada
trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral.
Al respecto, el Observatorio de Equidad de Género del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires reafirma que las mujeres perciben menores
ingresos que los varones en tareas semejantes (discriminación
salarial), tienen una reducida participación en el mercado laboral y se
desempeñan en actividades de menor calificación y con peores
condiciones laborales (Gamba, 2011).
••Violencia contra la libertad reproductiva: aquella que vulnere el
derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el
número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos.
Esta violencia se manifiesta por ejemplo en las dificultades para
acceder a métodos anticonceptivos en forma libre y gratuita, que
configuran un incumplimiento de la Ley Nº 25.673 de creación del
Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable. En
este sentido, el Consorcio Nacional de Derechos Reproductivos y
Sexuales menciona la persistencia de barreras institucionales para la
provisión de anticoncepción hormonal de emergencia, y para el
acceso a anticoncepción quirúrgica (CONDERS, 2010).
••Violencia obstétrica: aquella que ejerce el personal de salud sobre
el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada
en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y
patologización de los procesos de embarazo, parto y posparto.
Esta violencia se observa en la realización de legrados sin anestesia -
conceptualizada como un modo de tortura-, en la negación a
practicar abortos no punibles, en el ocultamiento de información a la
paciente que le permita decidir sobre su cuerpo y su salud y en la
vulneración de su intimidad, entre otras (INSGENAR, 2012).
••Violencia mediática: aquella publicación o difusión de mensajes e
imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de
comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la
explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame,
discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las
mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes
y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la
desigualdad de trato o construya patrones socioculturales
reproductores de la desigualdad o generadores de violencia
contra las mujeres.
Mediante la intervención grupal se podrán propiciar diferentes
intervenciones
Ordenar situaciones planteadas:
En las primeras consultas los familiares pueden encontrarse
confundidos frente a la situación de consumo de uno de sus
miembros, a través del trabajo en el grupo construyen un
ordenamiento de las situaciones planteadas y esto conlleva a una
disminución del desconcierto, de la ansiedad y la incertidumbre.
Implicar a las familias desde otros lugares:
Al realizarse la consulta inicial por otro/a (hijo/a, hermano/a,
amigo/a, novio/a, pareja, padre, madre, abuelo/a, etc.), muchas
veces las familias sienten la problemática como externa. Se busca
entonces paulatinamente ayudarlos a que puedan visualizar que
esta situación involucra a todo el entorno familiar y/o afectivo.
Brindar una orientación:
Generalmente las familias no saben qué hacer ante la situación
problemática que se presenta, por lo tanto, a través de la primera
escucha y el contexto grupal se podrá orientar a la familia o
entornosafectivosencómoatravesarocontinuarlosacompañamientos,
según lo que cada situación particular requiera.
Reconstruir situaciones significativas en la historia de esa
familia/vínculos:
El contexto grupal permite ir relatando la historia de esa familia,
de esos vínculos. Muchas veces escucharse en ese relato produce
otros sentidos, resignifica y ordena. En algunas ocasiones
favorece a fortalecer la unión de esa familia, facilita el diálogo e
intercambio de eventos importantes en la historia familiar.
El dispositivo grupal es muy valioso para acompañar a las
familias y entornos afectivos en esta problemática, pero
no es el único. Existen espacios individuales, vinculares,
de pareja, grupos de amigos o talleres recreativos, dichos
espacios también son importantes en el proceso de
acompañamiento.
Así, con algunas preguntas
sencillas:

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  • 1. 16 días de activismo en contra de la violencia de género Las actividades del proyecto apuntan a organizar la información y a ayudar a un grupo de familias, en relación a la violencia de género, ligada al consumo problemático. De modo de facilitar, desnaturalizar algunas situaciones que ocurren en el cotidiano del barrio. Pensando siempre en la necesidad de instalar la inquietud para la promoción de los derechos de la mujeres y en especial la de las víctimas de la violencia de género y el consumo problemático, asociado a ello. El objetivo general: quiere promover que, los entornos afectivos, de las mujeres, puedan historizar, reconstruyendo y rearmando los proyectos de vida de cada unx, a fin de reconocerse sujetxs de derechos - Abarcando de esta forma el contexto familiar, - Contagiando las inquietudes, - Organizando una red afectiva y de contención en la propia comunidad. Abordaje y acompañamiento de familias y entornos Las reuniones de equipo son fundamentales en cualquier dispositivo que acompañan familias y entornos afectivos. Es necesario replantearse los tiempos y dar espacios para reflexionar, esto se da en la medida en que los propios equipos puedan establecer entre sus integrantes momentos de diálogo y reflexión. En nuestro caso, tenemos las puertas abiertas de la escuela, lo que facilita el espacio y una gran cantidad de horas al día para poder trabajar con las familias de la comunidad. Esto es debido a la gran necesidad de poder apropiarse de un lugar en el cual se comparte lo vivenciadx por los profesionales y todxs lxs integrantes del equipo de trabajo. El temario está dispuesto como acciones a trabajar: Acción 1 La violencia de género como una vulneración de los derechos humanos. Acción 2: Violencia y consumo problemático una mirada desde la perspectiva de género. Accion 3: La intervención con mujeres: en la sinergia de derechos humanos y de género. Se trata de actividades que buscarán generar interrogantes respecto a las formas de percibir el tema, a la adecuación de esas
  • 2. percepciones a los marcos conceptuales y normativos desarrollados en el capítulo y a la posibilidad de redefinir las propias miradas.. Enfoques y propuestas para la inclusión de la perspectiva de gé- nero La problemática de la violencia de género es un problema social que adquiere relevancia a nivel mundial y nacional. Esto se refleja en las normativas existentes pensadas para su erradicación, entre las que se destacan convenciones y tratados internacionales a los que la Argentina suscribe y legislación nacional específica. La Ley Nº 26.485 define como violencia contra las mujeres: “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Considera violencia indirecta toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón”. Establece además distintos tipos y modalidades de violencia, ampliando e incorporando también las medidas cautelares a disponer por el juez interviniente, circunstancia que la ubica y califica como muy superadora respecto de lo preceptuado por la Ley 24.417. Tipos de violencia ••Física: la que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato o agresión que afecte su integridad física. ••Psicológica: la que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación o aislamiento. ••Sexual: cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación,
  • 3. incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres. ••Económica y patrimonial: aquella que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de la perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes, pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales. ••Simbólica: la que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad. En este ítem puede incluirse la violencia en las instituciones de encierro, en donde son prácticas habituales las requisas sobre los cuerpos desnudos, las duchas colectivas en lugares donde las mujeres pueden ser observadas y la presencia de agentes de seguridad masculinos que a pesar de que no está permitido, intervienen como fuerzas represivas cuando hay situaciones de conflicto (Malacalza, 2012). ••Violencia laboral: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o per- manencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral, quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral. Al respecto, el Observatorio de Equidad de Género del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reafirma que las mujeres perciben menores ingresos que los varones en tareas semejantes (discriminación salarial), tienen una reducida participación en el mercado laboral y se
  • 4. desempeñan en actividades de menor calificación y con peores condiciones laborales (Gamba, 2011). ••Violencia contra la libertad reproductiva: aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos. Esta violencia se manifiesta por ejemplo en las dificultades para acceder a métodos anticonceptivos en forma libre y gratuita, que configuran un incumplimiento de la Ley Nº 25.673 de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable. En este sentido, el Consorcio Nacional de Derechos Reproductivos y Sexuales menciona la persistencia de barreras institucionales para la provisión de anticoncepción hormonal de emergencia, y para el acceso a anticoncepción quirúrgica (CONDERS, 2010). ••Violencia obstétrica: aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos de embarazo, parto y posparto. Esta violencia se observa en la realización de legrados sin anestesia - conceptualizada como un modo de tortura-, en la negación a practicar abortos no punibles, en el ocultamiento de información a la paciente que le permita decidir sobre su cuerpo y su salud y en la vulneración de su intimidad, entre otras (INSGENAR, 2012). ••Violencia mediática: aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres. Mediante la intervención grupal se podrán propiciar diferentes intervenciones
  • 5. Ordenar situaciones planteadas: En las primeras consultas los familiares pueden encontrarse confundidos frente a la situación de consumo de uno de sus miembros, a través del trabajo en el grupo construyen un ordenamiento de las situaciones planteadas y esto conlleva a una disminución del desconcierto, de la ansiedad y la incertidumbre. Implicar a las familias desde otros lugares: Al realizarse la consulta inicial por otro/a (hijo/a, hermano/a, amigo/a, novio/a, pareja, padre, madre, abuelo/a, etc.), muchas veces las familias sienten la problemática como externa. Se busca entonces paulatinamente ayudarlos a que puedan visualizar que esta situación involucra a todo el entorno familiar y/o afectivo. Brindar una orientación: Generalmente las familias no saben qué hacer ante la situación problemática que se presenta, por lo tanto, a través de la primera escucha y el contexto grupal se podrá orientar a la familia o entornosafectivosencómoatravesarocontinuarlosacompañamientos, según lo que cada situación particular requiera. Reconstruir situaciones significativas en la historia de esa familia/vínculos: El contexto grupal permite ir relatando la historia de esa familia, de esos vínculos. Muchas veces escucharse en ese relato produce otros sentidos, resignifica y ordena. En algunas ocasiones favorece a fortalecer la unión de esa familia, facilita el diálogo e intercambio de eventos importantes en la historia familiar. El dispositivo grupal es muy valioso para acompañar a las familias y entornos afectivos en esta problemática, pero no es el único. Existen espacios individuales, vinculares, de pareja, grupos de amigos o talleres recreativos, dichos espacios también son importantes en el proceso de acompañamiento. Así, con algunas preguntas sencillas: