El documento define el Derecho Financiero desde dos enfoques: objetivo y subjetivo. Explica que regula la obtención, conservación y aplicación de los fondos públicos. Señala que aunque tiene autonomía didáctica, no puede considerarse una rama independiente del Derecho debido a la unidad conceptual de este. Finalmente, analiza las relaciones del Derecho Financiero con el Constitucional, Administrativo y Tributario.