Proceso de admisión de alumnos
           2013-2014




      Guía para padres
Índice

1.- ¿Qué es el proceso de admisión de
alumnos?

2.- ¿Dónde puedo obtener información?

3.- ¿Qué fechas debo tener en cuenta?

4.- ¿Cómo realizo mi solicitud?

5.- ¿Qué es y cómo se aplica el baremo?

6.- ¿Qué documentos tengo que adjuntar
a la solicitud?

7.- Manual de Instrucciones         para
realizar la solicitud
1.- ¿Qué es el proceso de admisión
de alumnos?

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha convoca, anualmente, el proceso de
admisión de alumnado en centros docentes públicos y privados
concertados de ámbito no universitario.

En este proceso tienen que participar todos los alumnos y alumnas que se
incorporen por primera vez al sistema educativo en un centro docente
de la Región (público o concertado), que vayan a iniciar una nueva
etapa de estudios en un centro distinto al actual, o bien, que deseen
cambiar de centro.

Esta convocatoria intenta posibilitar a las familias la elección del Proyecto
Educativo que desean para sus hijos.




2.- ¿Dónde puedo obtener más
información?
   • En el Portal de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-
     La Mancha, http://www.educa.jccm.es

   • En el Teléfono Único de Información 012.

   • En las secretarías de los propios Centros Educativos.
3.- ¿Qué fechas debo tener en
cuenta?
  • Primera quincena de enero: Publicación de la Convocatoria.

  • Del 1 al 28 de febrero: Plazo de presentación de solicitudes.

  • 23 de abril: Publicación del baremo provisional.

  • Del 23 al 30 de abril: Periodo de reclamaciones al baremo
    provisional.

  • 10 de mayo: Sorteo público para resolver situaciones de empate.

  • 22 de mayo: Publicación del baremo definitivo y de la Resolución
    provisional.

  • Del 22 al 29 de mayo: Periodo de reclamaciones a la resolución
    provisional.

  • 5 de junio: Último día para renunciar a la plaza adjudicada en el
    proceso.

  • 12 de junio: Publicación de la Resolución definitiva.

  • Del 13 al 28 de junio: Plazo de matriculación del alumnado de
    Educación Infantil y Primaria.

  • Del 1 al 12 de julio y del 6 al 9 de septiembre: Plazo de
    matriculación en E.S.O. y Bachillerato.


                          ¡Atención!

Transcurrido este proceso, sólo se atenderán de
modo extraordinario aquellas solicitudes que estén
debida y claramente justificadas.
3.- ¿Cómo realizo mi solicitud?
Si en la actualidad estamos cursando 4º de E.S.O. y el curso que viene
deseamos cursar estudios de Bachillerato en el centro actual o en el que
tengamos adscrito, tendremos que completar y presentar un impreso de
Confirmación siguiendo las indicaciones que nos facilitarán en el propio
Centro Educativo. Una vez confirmado el puesto escolar con dicho
impreso, no será necesario realizar más trámites y tendremos la plaza
reservada.

Si estamos cursando 3º curso del segundo ciclo de Educación Infantil y
queremos iniciar 1º de Educación Primaria en el mismo Colegio, no será
necesario realizar trámite alguno. En el mismo caso, se encuentran los
alumnos de 6º de Educación Primaria que vayan a seguir cursando en el
mismo Centro Educativo 1ª de E.S.O.


Si no nos encontramos en ninguno de los dos casos anteriores pero
tenemos que participar en el proceso de admisión de alumnos,
realizaremos la solicitud siguiendo este procedimiento:

   •   Si tenemos firma digital:            Completamos la solicitud en la
       plataforma Papás (https://papas.educa.jccm.es/papas) y firmamos
       la solicitud digitalmente los dos tutores. En caso de que tengamos
       que aportar documentación acreditativa, la entregamos en la
       secretaría de uno de los seis Centros Educativos elegidos.
       En esta misma guía, podemos encontrar el Manual de Instrucciones
       donde se indica, paso a paso, como completar la solicitud.

   •   Si no tenemos firma digital pero sí tenemos acceso
       a Internet: Accedemos a la plataforma Papás
       (https://papas.educa.jccm.es/papas) con nuestro Usuario y
       Contraseña, completamos la solicitud, la imprimimos, la firmamos
       ambos tutores y la entregamos en la secretaría de uno de los seis
       Centros Educativos elegidos, junto con la documentación
       acreditativa que sea necesaria.
Si aún no tenemos usuario y contraseña para Papás, la podemos
    obtener en las secretarías de los Centros Educativos.
    En esta misma guía, podemos encontrar el Manual de Instrucciones
    donde se indica, paso a paso, como completar la solicitud.


•   Si no tenemos firma digital ni acceso a Internet:
    Acudimos a la secretaría de uno de los seis Centros Educativos
    elegidos, allí nos ayudarán a completar la solicitud a través de Papás.
    Imprimimos la solicitud, la firmamos ambos tutores y aportamos la
    documentación acreditativa que sea necesaria en el propio Centro
    Educativo.
    En esta misma guía, podemos encontrar el Manual de Instrucciones
    donde se indica, paso a paso, como completar la solicitud.


    Si queremos saber cómo obtener un certificado digital, para firmar y
    presentar documentos electrónicamente, tenemos toda la
    información en:
       https://www.jccm.es/sede/ventanilla/ayuda-certificado




    En los casos que sólo haya un tutor legal, se
    deberá aportar una Declaración Responsable
    acompañada de los documentos que acrediten
    esa situación.
4.- ¿Qué es y cómo se aplica el
baremo?
Todo el alumnado que solicite un puesto escolar en un Centro no
universitario público o privado concertado será admitido en el mismo,
salvo que el número de puestos escolares sea inferior al número de
solicitudes.
En las localidades en las que sólo exista un Centro Educativo público para
las enseñanzas obligatorias o para el segundo ciclo de Educación Infantil,
se admitirá a todo el alumnado residente que solicite plaza en el mismo.
Cuando existan varios Centros y la demanda de plazas sea mayor que las
vacantes disponibles, la admisión se regirá valorando las solicitudes de
acuerdo al siguiente baremo:

      A. Existencia de hermanos matriculados en el Centro o padres o
      tutores legales que trabajen en el mismo:
            A.1. Existencia de hermanos matriculados en el Centro: 10
            puntos.
            A.2. Existencia de padres o tutores legales que trabajen en el
            Centro: 8 puntos.
            El conjunto de puntos del apartado A no podrá ser superior a
            10 puntos.

      B. Proximidad del domicilio:
            B.1. Solicitantes cuyo domicilio familiar se encuentre en el
            área de influencia del Centro: 10 puntos.
            B.2. Solicitantes cuyo domicilio laboral se encuentre en área
            de influencia del Centro: 8 puntos.
            B.3. Solicitantes de otras áreas de influencia dentro de la
            misma localidad: 5 puntos.
            B.4. Solicitantes cuyo domicilio, laboral o familiar, se
            encuentre en las áreas limítrofes a las áreas de influencia del
            Centro en la misma provincia: 3 puntos.
            B.5. Solicitantes de otras provincias de Castilla-La Mancha
            limítrofes a la provincia donde se ubique el Centro: 2 puntos.
            El conjunto de puntos del apartado B no podrá ser superior a
            10 puntos.
C. Rentas anuales de la unidad familiar: Rentas per cápita
      inferiores o iguales a 14.910,28 € (doble del Indicador Público de
      Rentas con efectos múltiples anual): 1 punto.
       La renta anual per cápita se obtendrá dividiendo la suma de las
      rentas de cada uno de los integrantes de la familia, entre el número
      de miembros computables de la misma. Para la determinación de la
      renta de los miembros computables se considerará renta anual la
      base imponible general correspondiente al ejercicio fiscal 2011
      (casilla número 455 de la Declaración del Impuesto sobre la Renta
      de las Personas Físicas 2011 o del Certificado de la declaración
      anual del IRPF ese mismo ejercicio).

      D. Concurrencia de discapacidad en el alumno o en alguno de
      sus padres o hermanos: 2 puntos.

      E. Condición legal de familia numerosa: 2 puntos.

      F. Expediente académico, en el caso de solicitar Bachillerato:
      máximo 5 puntos.

En caso de empate, prevalecerá:
      1º- Hermanos matriculados en el Centro.
      2º- Mayor puntuación en:
            2.1º- Proximidad al Centro.
            2.2º- Padres/tutores que trabajan en el Centro.
            2.3º- Discapacidad del alumno, los padres o hermanos.
            2.4º- Familia numerosa.
            2.5º- Renta de la unidad familiar.
            2.6º- En Bachilleratos: Expediente académico.
      3º- De persistir el empate:
            3.1º- Tendrán preferencia quienes hayan solicitado un centro
      en primera opción sobre los que lo hayan hecho en segunda, los de
      segunda sobre los de tercera y así, sucesivamente.
            3.2º- Sorteo.

                              ¡Novedad!

             Todos los centros de una localidad
             estarán incluidos en una única
             área de influencia.
6.- ¿Qué documentos tengo que
aportar a la solicitud?
En caso de localidades con un solo centro, no es necesario que la solicitud
vaya acompañada por otro tipo de documentación.
En caso de localidades con más de un centro, en la propia solicitud, se
puede autorizar a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a realizar
las comprobaciones pertinentes en la Agencia Tributaria, en las entidades
locales y en otras administraciones de los datos que se declaran en la
instancia.

Si efectuamos esta autorización, sólo es necesario aportar la siguiente
documentación en caso que se declaren los criterios de baremo que se
indican:

   • Domicilio laboral: Certificado expedido por la empresa en el que
     conste la condición de empleado, fecha de alta en la empresa y
     domicilio de la misma. En el caso de trabajadores por cuenta propia,
     se acreditará mediante certificación acreditativa del Impuesto de
     Actividades Económicas, en la que figure el domicilio de la empresa
     y una declaración responsable del interesado sobre la vigencia de la
     misma.
   • Prioridad en centro más próximo por simultaneidad de
     enseñanzas: Certificado de matrícula del Conservatorio o
     Certificado del programa de deportista de alto rendimiento, en su
     caso.
   • Necesidad específica de apoyo educativo: Dictamen de
     Escolarización por necesidad específica de apoyo educativo.
   • Si el alumno procede de otra Comunidad Autónoma: Fotocopia
     compulsada del título de familia numerosa que deberá estar en vigor,
     certificación o dictamen del Organismo público competente donde
     se reconozca un grado de discapacidad igual o superior al 33% y, en
     caso de Bachillerato, certificado académico oficial.

En caso de no realizar la autorización, se deberá aportar la
documentación que sigue relativa a los criterios de baremo que se
declaren:

   • Copia compulsada del DNI, NIE o pasaporte del solicitante y de
     sus padres o tutores legales.
• Existencia de hermanos matriculados en el centro: Certificado
  del Centro docente en el que se especifiquen el nombre y apellidos
  de los alumnos, nivel educativo en el que están escolarizados y
  nombre y apellidos de los tutores legales con los que forman unidad
  familiar.
• Padres o tutores que trabajan en el Centro: Certificado de la toma
  de posesión en el puesto de trabajo con la fecha de nombramiento y
  periodo de adscripción.
• Domicilio familiar: Certificado del ayuntamiento respectivo en el
  que figure el domicilio de la unidad familiar y los movimientos
  residenciales en el año natural anterior.
• Domicilio laboral: Certificado expedido por la empresa en el que
  conste la condición de empleado, fecha de alta en la empresa y
  domicilio de la misma. En el caso de trabajadores por cuenta propia,
  se acreditará mediante certificación acreditativa del Impuesto de
  Actividades Económicas, en la que figure el domicilio de la empresa
  y una declaración responsable del interesado sobre la vigencia de la
  misma.
• Renta de la unidad familiar: Certificación expedida por la Agencia
  Estatal de la Administración Tributaria de los ingresos de cada uno
  de los miembros de unidad familiar referidos al ejercicio fiscal
  anterior en dos años al actual.
• Discapacidad: Certificación o dictamen del Organismo público
  competente donde se reconozca un grado de discapacidad igual o
  superior al 33%.
• Familia numerosa: Fotocopia compulsada del título de familia
  numerosa que deberá estar en vigor.
• Expediente académico (en caso de Bachillerato): Certificado
  académico oficial.
• Prioridad en centro más próximo por simultaneidad de
  enseñanzas: Certificado de matrícula del Conservatorio o
  Certificado del programa de deportista de alto rendimiento, en su
  caso.
• Necesidad específica de apoyo educativo: Dictamen de
  Escolarización por necesidad específica de apoyo educativo.
7.- Manual de Instrucciones
 para realizar la solicitud.
1.- Accedemos en la plataforma Delphos Papás a través de la dirección
https://papas.educa.jccm.es/papas




2.- Introducimos nuestros Usuario y Contraseña y pulsamos “Entrar”.

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  • 1. Proceso de admisión de alumnos 2013-2014 Guía para padres
  • 2. Índice 1.- ¿Qué es el proceso de admisión de alumnos? 2.- ¿Dónde puedo obtener información? 3.- ¿Qué fechas debo tener en cuenta? 4.- ¿Cómo realizo mi solicitud? 5.- ¿Qué es y cómo se aplica el baremo? 6.- ¿Qué documentos tengo que adjuntar a la solicitud? 7.- Manual de Instrucciones para realizar la solicitud
  • 3. 1.- ¿Qué es el proceso de admisión de alumnos? La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha convoca, anualmente, el proceso de admisión de alumnado en centros docentes públicos y privados concertados de ámbito no universitario. En este proceso tienen que participar todos los alumnos y alumnas que se incorporen por primera vez al sistema educativo en un centro docente de la Región (público o concertado), que vayan a iniciar una nueva etapa de estudios en un centro distinto al actual, o bien, que deseen cambiar de centro. Esta convocatoria intenta posibilitar a las familias la elección del Proyecto Educativo que desean para sus hijos. 2.- ¿Dónde puedo obtener más información? • En el Portal de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, http://www.educa.jccm.es • En el Teléfono Único de Información 012. • En las secretarías de los propios Centros Educativos.
  • 4. 3.- ¿Qué fechas debo tener en cuenta? • Primera quincena de enero: Publicación de la Convocatoria. • Del 1 al 28 de febrero: Plazo de presentación de solicitudes. • 23 de abril: Publicación del baremo provisional. • Del 23 al 30 de abril: Periodo de reclamaciones al baremo provisional. • 10 de mayo: Sorteo público para resolver situaciones de empate. • 22 de mayo: Publicación del baremo definitivo y de la Resolución provisional. • Del 22 al 29 de mayo: Periodo de reclamaciones a la resolución provisional. • 5 de junio: Último día para renunciar a la plaza adjudicada en el proceso. • 12 de junio: Publicación de la Resolución definitiva. • Del 13 al 28 de junio: Plazo de matriculación del alumnado de Educación Infantil y Primaria. • Del 1 al 12 de julio y del 6 al 9 de septiembre: Plazo de matriculación en E.S.O. y Bachillerato. ¡Atención! Transcurrido este proceso, sólo se atenderán de modo extraordinario aquellas solicitudes que estén debida y claramente justificadas.
  • 5. 3.- ¿Cómo realizo mi solicitud? Si en la actualidad estamos cursando 4º de E.S.O. y el curso que viene deseamos cursar estudios de Bachillerato en el centro actual o en el que tengamos adscrito, tendremos que completar y presentar un impreso de Confirmación siguiendo las indicaciones que nos facilitarán en el propio Centro Educativo. Una vez confirmado el puesto escolar con dicho impreso, no será necesario realizar más trámites y tendremos la plaza reservada. Si estamos cursando 3º curso del segundo ciclo de Educación Infantil y queremos iniciar 1º de Educación Primaria en el mismo Colegio, no será necesario realizar trámite alguno. En el mismo caso, se encuentran los alumnos de 6º de Educación Primaria que vayan a seguir cursando en el mismo Centro Educativo 1ª de E.S.O. Si no nos encontramos en ninguno de los dos casos anteriores pero tenemos que participar en el proceso de admisión de alumnos, realizaremos la solicitud siguiendo este procedimiento: • Si tenemos firma digital: Completamos la solicitud en la plataforma Papás (https://papas.educa.jccm.es/papas) y firmamos la solicitud digitalmente los dos tutores. En caso de que tengamos que aportar documentación acreditativa, la entregamos en la secretaría de uno de los seis Centros Educativos elegidos. En esta misma guía, podemos encontrar el Manual de Instrucciones donde se indica, paso a paso, como completar la solicitud. • Si no tenemos firma digital pero sí tenemos acceso a Internet: Accedemos a la plataforma Papás (https://papas.educa.jccm.es/papas) con nuestro Usuario y Contraseña, completamos la solicitud, la imprimimos, la firmamos ambos tutores y la entregamos en la secretaría de uno de los seis Centros Educativos elegidos, junto con la documentación acreditativa que sea necesaria.
  • 6. Si aún no tenemos usuario y contraseña para Papás, la podemos obtener en las secretarías de los Centros Educativos. En esta misma guía, podemos encontrar el Manual de Instrucciones donde se indica, paso a paso, como completar la solicitud. • Si no tenemos firma digital ni acceso a Internet: Acudimos a la secretaría de uno de los seis Centros Educativos elegidos, allí nos ayudarán a completar la solicitud a través de Papás. Imprimimos la solicitud, la firmamos ambos tutores y aportamos la documentación acreditativa que sea necesaria en el propio Centro Educativo. En esta misma guía, podemos encontrar el Manual de Instrucciones donde se indica, paso a paso, como completar la solicitud. Si queremos saber cómo obtener un certificado digital, para firmar y presentar documentos electrónicamente, tenemos toda la información en: https://www.jccm.es/sede/ventanilla/ayuda-certificado En los casos que sólo haya un tutor legal, se deberá aportar una Declaración Responsable acompañada de los documentos que acrediten esa situación.
  • 7. 4.- ¿Qué es y cómo se aplica el baremo? Todo el alumnado que solicite un puesto escolar en un Centro no universitario público o privado concertado será admitido en el mismo, salvo que el número de puestos escolares sea inferior al número de solicitudes. En las localidades en las que sólo exista un Centro Educativo público para las enseñanzas obligatorias o para el segundo ciclo de Educación Infantil, se admitirá a todo el alumnado residente que solicite plaza en el mismo. Cuando existan varios Centros y la demanda de plazas sea mayor que las vacantes disponibles, la admisión se regirá valorando las solicitudes de acuerdo al siguiente baremo: A. Existencia de hermanos matriculados en el Centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo: A.1. Existencia de hermanos matriculados en el Centro: 10 puntos. A.2. Existencia de padres o tutores legales que trabajen en el Centro: 8 puntos. El conjunto de puntos del apartado A no podrá ser superior a 10 puntos. B. Proximidad del domicilio: B.1. Solicitantes cuyo domicilio familiar se encuentre en el área de influencia del Centro: 10 puntos. B.2. Solicitantes cuyo domicilio laboral se encuentre en área de influencia del Centro: 8 puntos. B.3. Solicitantes de otras áreas de influencia dentro de la misma localidad: 5 puntos. B.4. Solicitantes cuyo domicilio, laboral o familiar, se encuentre en las áreas limítrofes a las áreas de influencia del Centro en la misma provincia: 3 puntos. B.5. Solicitantes de otras provincias de Castilla-La Mancha limítrofes a la provincia donde se ubique el Centro: 2 puntos. El conjunto de puntos del apartado B no podrá ser superior a 10 puntos.
  • 8. C. Rentas anuales de la unidad familiar: Rentas per cápita inferiores o iguales a 14.910,28 € (doble del Indicador Público de Rentas con efectos múltiples anual): 1 punto. La renta anual per cápita se obtendrá dividiendo la suma de las rentas de cada uno de los integrantes de la familia, entre el número de miembros computables de la misma. Para la determinación de la renta de los miembros computables se considerará renta anual la base imponible general correspondiente al ejercicio fiscal 2011 (casilla número 455 de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2011 o del Certificado de la declaración anual del IRPF ese mismo ejercicio). D. Concurrencia de discapacidad en el alumno o en alguno de sus padres o hermanos: 2 puntos. E. Condición legal de familia numerosa: 2 puntos. F. Expediente académico, en el caso de solicitar Bachillerato: máximo 5 puntos. En caso de empate, prevalecerá: 1º- Hermanos matriculados en el Centro. 2º- Mayor puntuación en: 2.1º- Proximidad al Centro. 2.2º- Padres/tutores que trabajan en el Centro. 2.3º- Discapacidad del alumno, los padres o hermanos. 2.4º- Familia numerosa. 2.5º- Renta de la unidad familiar. 2.6º- En Bachilleratos: Expediente académico. 3º- De persistir el empate: 3.1º- Tendrán preferencia quienes hayan solicitado un centro en primera opción sobre los que lo hayan hecho en segunda, los de segunda sobre los de tercera y así, sucesivamente. 3.2º- Sorteo. ¡Novedad! Todos los centros de una localidad estarán incluidos en una única área de influencia.
  • 9. 6.- ¿Qué documentos tengo que aportar a la solicitud? En caso de localidades con un solo centro, no es necesario que la solicitud vaya acompañada por otro tipo de documentación. En caso de localidades con más de un centro, en la propia solicitud, se puede autorizar a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a realizar las comprobaciones pertinentes en la Agencia Tributaria, en las entidades locales y en otras administraciones de los datos que se declaran en la instancia. Si efectuamos esta autorización, sólo es necesario aportar la siguiente documentación en caso que se declaren los criterios de baremo que se indican: • Domicilio laboral: Certificado expedido por la empresa en el que conste la condición de empleado, fecha de alta en la empresa y domicilio de la misma. En el caso de trabajadores por cuenta propia, se acreditará mediante certificación acreditativa del Impuesto de Actividades Económicas, en la que figure el domicilio de la empresa y una declaración responsable del interesado sobre la vigencia de la misma. • Prioridad en centro más próximo por simultaneidad de enseñanzas: Certificado de matrícula del Conservatorio o Certificado del programa de deportista de alto rendimiento, en su caso. • Necesidad específica de apoyo educativo: Dictamen de Escolarización por necesidad específica de apoyo educativo. • Si el alumno procede de otra Comunidad Autónoma: Fotocopia compulsada del título de familia numerosa que deberá estar en vigor, certificación o dictamen del Organismo público competente donde se reconozca un grado de discapacidad igual o superior al 33% y, en caso de Bachillerato, certificado académico oficial. En caso de no realizar la autorización, se deberá aportar la documentación que sigue relativa a los criterios de baremo que se declaren: • Copia compulsada del DNI, NIE o pasaporte del solicitante y de sus padres o tutores legales.
  • 10. • Existencia de hermanos matriculados en el centro: Certificado del Centro docente en el que se especifiquen el nombre y apellidos de los alumnos, nivel educativo en el que están escolarizados y nombre y apellidos de los tutores legales con los que forman unidad familiar. • Padres o tutores que trabajan en el Centro: Certificado de la toma de posesión en el puesto de trabajo con la fecha de nombramiento y periodo de adscripción. • Domicilio familiar: Certificado del ayuntamiento respectivo en el que figure el domicilio de la unidad familiar y los movimientos residenciales en el año natural anterior. • Domicilio laboral: Certificado expedido por la empresa en el que conste la condición de empleado, fecha de alta en la empresa y domicilio de la misma. En el caso de trabajadores por cuenta propia, se acreditará mediante certificación acreditativa del Impuesto de Actividades Económicas, en la que figure el domicilio de la empresa y una declaración responsable del interesado sobre la vigencia de la misma. • Renta de la unidad familiar: Certificación expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de los ingresos de cada uno de los miembros de unidad familiar referidos al ejercicio fiscal anterior en dos años al actual. • Discapacidad: Certificación o dictamen del Organismo público competente donde se reconozca un grado de discapacidad igual o superior al 33%. • Familia numerosa: Fotocopia compulsada del título de familia numerosa que deberá estar en vigor. • Expediente académico (en caso de Bachillerato): Certificado académico oficial. • Prioridad en centro más próximo por simultaneidad de enseñanzas: Certificado de matrícula del Conservatorio o Certificado del programa de deportista de alto rendimiento, en su caso. • Necesidad específica de apoyo educativo: Dictamen de Escolarización por necesidad específica de apoyo educativo.
  • 11. 7.- Manual de Instrucciones para realizar la solicitud.
  • 12. 1.- Accedemos en la plataforma Delphos Papás a través de la dirección https://papas.educa.jccm.es/papas 2.- Introducimos nuestros Usuario y Contraseña y pulsamos “Entrar”.