El documento analiza la conciliación extrajudicial posjudicial como una alternativa para ejecutar sentencias. Señala que aunque la conciliación extrajudicial es voluntaria y privada, el artículo 339 del Código Procesal Civil permite que las partes ejecuten una sentencia firme mediante un acuerdo de conciliación sin necesidad de modificar la sentencia. Esto simplifica el trámite cuando la parte perdedora no puede cumplir con el mandato judicial. Por lo tanto, a diferencia de una transacción, la conciliación extrajudicial posjudicial sí