La Corte Constitucional determinó que no existe una decisión completa sobre el artículo 27 de la ley 48 de 1993 sobre el servicio militar, y la exención por objeción de conciencia no se encuentra regulada por el legislador, lo que implica una omisión legislativa absoluta. El derecho a la objeción de conciencia se considera un derecho subjetivo que debe estar protegido legalmente, y la Corte exhortó al Congreso a desarrollar dicha regulación conforme a la Constitución. La falta de regulación no anula el derecho a la objeción de conciencia, pero requiere que las convicciones sean profundas y sinceras para que se reconozcan.