CVC Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
La Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca o CVC, es una
entidad pública del gobierno colombiano dotada de autonomía administrativa y
financiera, encargada de la administración pública de los recursos ambientales
y su protección en su jurisdicción comprendida en el Departamento del Valle
del Cauca a excepción del municipio de Santiago de Cali, el Parque nacional
natural Farallones de Cali y el Parque nacional natural Las Hermosas.
La CVC fue creada en 1954 por el entonces presidente Gustavo Rojas Pinilla.
A lo largo de su existencia, ha logrado impulsar proyectos tales como los
complejos hidroeléctricos de Salvajina, Calima y Anchicayá; además la
construcción del embalse Sara Brut. También ha sido la responsable del cierre
del Basurero de Navarro tras negar la acreditación de este como relleno
sanitario por no cumplir con las normas ambientales.
Su Creación: La creación de la CVC se gestó en los años 40's por Ciro Molina
Garcés como una solución a las inundaciones, desbordamientos y avalanchas
provocadas por el Río Cauca y sus afluentes. Tras un estudio socioeconómico
de la región y el país, se recomendó la creación de un ente estatal que
orientara a los habitantes de la cuenca alta del Río Cauca en cuanto los planes
requeridos para su bienestar.
El primer director del ente, Bernardo Garcés, junto con el apoyo del Banco
Mundial inicio un estudio que dirigió su gestión a solucionar los problemas del
manejo de energía y recursos naturales además de la adecuación de las
tierras.
MISIÓN Somos la entidad encargada de administrar los recursos naturales
renovables y el medio ambiente del Valle del Cauca, que como máxima
autoridad ambiental y en alianza con actores sociales propende por un
ambiente sano, Contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de la
población y la competitividad de la región en el marco del desarrollo sostenible.
VISIÓN En el año 2023 la CVC reconocida por su gestión efectiva sobre las
situaciones ambientales en el aérea de su jurisdicción contribuyendo a la
construcción de una cultura ambiental regional y al desarrollo sostenible del
Valle del Cauca.
OBJETIVOS CORPORATIVOS
 Fortalecer los procesos de planificación y ordenamiento ambiental del
territorio, como instrumento básico de la gestión ambiental.
 Mejorar las condiciones de los ecosistemas con base en el conocimiento, la
recuperación y el aprovechamiento sostenible de sus bienes y servicios
ambientales.
 Disminuir los impactos generados por las actividades antrópicas en los
centros poblados.
 Promover el uso de tecnologías y prácticas que permitan la reducción de los
impactos generados por procesos productivos.
 Fortalecer la capacidad de los actores sociales, a fin de hacer efectiva su
participación en la gestión ambiental.
 Mejorar la capacidad de gestión (eficiencia, eficacia y efectividad) de la
Corporación, que facilite la administración y manejo de los recursos
naturales y el ambiente.
FUNCIONES DE LA CORPORACION
1. Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia
ambiental definidos por la Ley aprobatoria del Plan Nacional de
Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el Ministerio del
Medio Ambiente, así como los del orden regional que le han sido
confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción.
2. Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de
acuerdo con las normas de carácter superior conforme a los criterios y directrices
trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente.
3. Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y programas de
protección ambiental, de desarrollo sostenible y de manejo adecuado de los recursos
naturales renovables.
4. Coordinar el proceso de preparación de los planes programas y proyectos de
desarrollo medio ambiente que deban formular los diferentes organismos y
entidades del Sistema Nacional Ambiental (SINA). En el área de su jurisdicción y en
especial, asesorar el departamento, distritos y municipios de su comprensión
territorial en la definición de los planes de desarrollo ambiental y en sus programas y
proyectos en material de protección del medio ambiente y los recursos naturales
renovables, de manera que se asegure la armonía y coherencia de las políticas y
acciones adoptadas por las distintas entidades territoriales.
5. Participar con el departamento, los municipios y demás organismos y entes
competentes del área de jurisdicción en los procesos de planificación y
ordenamiento territorial con el fin de que el factor ambiental sea tenido en cuenta en
las decisiones que se adopten.
6. Celebrar contratos y convenios con las entidades territoriales, otras entidades
públicas y privadas y con las entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la
defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el
fin de ejecutar de mejor manera alguna o algunas de sus funciones, cuando no
correspondan al ejercicio de funciones administrativas.
7. Promover y realizar conjuntamente con los organismos nacionales adscritos y
vinculados al Ministerio de Ambiente y con las entidades de apoyo técnico y científico
del Sistema Nacional Ambiental -SINA-, estudios e investigaciones en materia de
medio ambiente y recursos naturales renovables.
8. Asesorar a las entidades territoriales en la formulación de planes de educación
ambiental formal y ejecutar programas de educación ambiental no formal, conforme a
las directrices de la política nacional.
9. Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por
la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales
renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio
ambiente. Otorgar permisos y concesiones para aprovechamientos forestales,
concesiones para el uso de aguas superficiales y subterráneas y establecer vedas para
la caza y pesca deportiva. Todo esto en aquellos casos que no sea competencia
privativa del Ministerio del Medio Ambiente y para los casos en que el gobierno
nacional la haya facultado a través de reglamento. Esta función se desarrollará en
concordancia con lo establecido en el parágrafo 5o. del artículo 31 de la Ley 99 de
1993.
10. Fijar en el área de su jurisdicción, los límites permisibles de ruido, emisión, descarga,
transporte o deposito de sustancias, productos, compuestos o cualquier otra materia
que pueda afectar el medio ambiente o los recursos naturales renovables y prohibir,
restringir regular la fabricación, distribución, uso, disposición o vertimiento de
sustancias causantes de degradación ambiental. Estos límites, restricciones y
regulaciones que en ningún momento podrán ser menos estrictos que los fijados por el
Ministerio del Medio Ambiente.
LOCALIZACION Y SEDES
La CVC tiene jurisdicción en el Departamento del Valle del Cauca, localizado en el
suroccidente de Colombia. Con una extensión de 22.140 kms2, posee dos grandes cuencas:la
del río Cauca (segundo en importancia de Colombia) y la del Pacífico (una de las zonas de
mayor biodiversidad del mundo).
Para la administración del medio ambiente en la región, la CVC dividió el departamento en
cinco Direcciones Regionales, cada una de las cuales cuenta a su vez con unidades de manejo
de cuenca.
* CALI - SEDE ADMINISTRATIVA:
*DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL PACÍFICO OESTE:
Director Territorial: Tulio Hernán Murillo Llanten
Atiende a la comunidad de Buenaventura.
*DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL PACÍFICO ESTE:
Director Territorial: Eduardo Velasco Abad
Atiende a la comunidad de Dagua, Restrepo y La Cumbre.
*DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL SUROCCIDENTE:
Director Territorial: Didier Orlando Upegui Nieva
Atiende a la comunidad de Cali, Yumbo, Vijes y Jamundí.
*DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL SURORIENTE:
Director Territorial: Esperanza Cruz Moreno
Atiende a la comunidad de Palmira, Pradera, Candelaria, Florida y El Cerrito.
*DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL CENTRO SUR:
Director Territorial: Diego Padilla
Atiende a la comunidad de Calima-Darién, Yotoco, Guacarí, Ginebra, Buga y San Pedro.
*DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL CENTRO NORTE:
Director Territorial: Freddy Mosquera
Atiende a la comunidad de Trujillo, Riofrío, Bugalagrande, Andalucía, Tuluá, Sevilla y
Caicedonia.
*DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL NORTE:
Director Territorial: Alfonso Peláez Palomo
Atiende a la comunidad de El Águila, Ansermanuevo, El Cairo, Argelia, Alcalá, Ulloa y Cartago.
*DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL BRUT:
Director Territorial: Paula Soto
Atiende a la comunidad de Versalles, Toro, Obando, La Unión, La Victoria, Roldanillo, Zarzal,
Bolívar y El Dovio.

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  • 1. CVC Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca La Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca o CVC, es una entidad pública del gobierno colombiano dotada de autonomía administrativa y financiera, encargada de la administración pública de los recursos ambientales y su protección en su jurisdicción comprendida en el Departamento del Valle del Cauca a excepción del municipio de Santiago de Cali, el Parque nacional natural Farallones de Cali y el Parque nacional natural Las Hermosas. La CVC fue creada en 1954 por el entonces presidente Gustavo Rojas Pinilla. A lo largo de su existencia, ha logrado impulsar proyectos tales como los complejos hidroeléctricos de Salvajina, Calima y Anchicayá; además la construcción del embalse Sara Brut. También ha sido la responsable del cierre del Basurero de Navarro tras negar la acreditación de este como relleno sanitario por no cumplir con las normas ambientales. Su Creación: La creación de la CVC se gestó en los años 40's por Ciro Molina Garcés como una solución a las inundaciones, desbordamientos y avalanchas provocadas por el Río Cauca y sus afluentes. Tras un estudio socioeconómico de la región y el país, se recomendó la creación de un ente estatal que orientara a los habitantes de la cuenca alta del Río Cauca en cuanto los planes requeridos para su bienestar. El primer director del ente, Bernardo Garcés, junto con el apoyo del Banco Mundial inicio un estudio que dirigió su gestión a solucionar los problemas del manejo de energía y recursos naturales además de la adecuación de las tierras. MISIÓN Somos la entidad encargada de administrar los recursos naturales renovables y el medio ambiente del Valle del Cauca, que como máxima autoridad ambiental y en alianza con actores sociales propende por un ambiente sano, Contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de la población y la competitividad de la región en el marco del desarrollo sostenible.
  • 2. VISIÓN En el año 2023 la CVC reconocida por su gestión efectiva sobre las situaciones ambientales en el aérea de su jurisdicción contribuyendo a la construcción de una cultura ambiental regional y al desarrollo sostenible del Valle del Cauca. OBJETIVOS CORPORATIVOS  Fortalecer los procesos de planificación y ordenamiento ambiental del territorio, como instrumento básico de la gestión ambiental.  Mejorar las condiciones de los ecosistemas con base en el conocimiento, la recuperación y el aprovechamiento sostenible de sus bienes y servicios ambientales.  Disminuir los impactos generados por las actividades antrópicas en los centros poblados.  Promover el uso de tecnologías y prácticas que permitan la reducción de los impactos generados por procesos productivos.  Fortalecer la capacidad de los actores sociales, a fin de hacer efectiva su participación en la gestión ambiental.  Mejorar la capacidad de gestión (eficiencia, eficacia y efectividad) de la Corporación, que facilite la administración y manejo de los recursos naturales y el ambiente. FUNCIONES DE LA CORPORACION 1. Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental definidos por la Ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el Ministerio del Medio Ambiente, así como los del orden regional que le han sido confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción. 2. Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior conforme a los criterios y directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente. 3. Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y programas de protección ambiental, de desarrollo sostenible y de manejo adecuado de los recursos naturales renovables.
  • 3. 4. Coordinar el proceso de preparación de los planes programas y proyectos de desarrollo medio ambiente que deban formular los diferentes organismos y entidades del Sistema Nacional Ambiental (SINA). En el área de su jurisdicción y en especial, asesorar el departamento, distritos y municipios de su comprensión territorial en la definición de los planes de desarrollo ambiental y en sus programas y proyectos en material de protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, de manera que se asegure la armonía y coherencia de las políticas y acciones adoptadas por las distintas entidades territoriales. 5. Participar con el departamento, los municipios y demás organismos y entes competentes del área de jurisdicción en los procesos de planificación y ordenamiento territorial con el fin de que el factor ambiental sea tenido en cuenta en las decisiones que se adopten. 6. Celebrar contratos y convenios con las entidades territoriales, otras entidades públicas y privadas y con las entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el fin de ejecutar de mejor manera alguna o algunas de sus funciones, cuando no correspondan al ejercicio de funciones administrativas. 7. Promover y realizar conjuntamente con los organismos nacionales adscritos y vinculados al Ministerio de Ambiente y con las entidades de apoyo técnico y científico del Sistema Nacional Ambiental -SINA-, estudios e investigaciones en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables. 8. Asesorar a las entidades territoriales en la formulación de planes de educación ambiental formal y ejecutar programas de educación ambiental no formal, conforme a las directrices de la política nacional. 9. Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente. Otorgar permisos y concesiones para aprovechamientos forestales, concesiones para el uso de aguas superficiales y subterráneas y establecer vedas para la caza y pesca deportiva. Todo esto en aquellos casos que no sea competencia privativa del Ministerio del Medio Ambiente y para los casos en que el gobierno nacional la haya facultado a través de reglamento. Esta función se desarrollará en concordancia con lo establecido en el parágrafo 5o. del artículo 31 de la Ley 99 de 1993. 10. Fijar en el área de su jurisdicción, los límites permisibles de ruido, emisión, descarga, transporte o deposito de sustancias, productos, compuestos o cualquier otra materia que pueda afectar el medio ambiente o los recursos naturales renovables y prohibir, restringir regular la fabricación, distribución, uso, disposición o vertimiento de
  • 4. sustancias causantes de degradación ambiental. Estos límites, restricciones y regulaciones que en ningún momento podrán ser menos estrictos que los fijados por el Ministerio del Medio Ambiente. LOCALIZACION Y SEDES La CVC tiene jurisdicción en el Departamento del Valle del Cauca, localizado en el suroccidente de Colombia. Con una extensión de 22.140 kms2, posee dos grandes cuencas:la del río Cauca (segundo en importancia de Colombia) y la del Pacífico (una de las zonas de mayor biodiversidad del mundo). Para la administración del medio ambiente en la región, la CVC dividió el departamento en cinco Direcciones Regionales, cada una de las cuales cuenta a su vez con unidades de manejo de cuenca. * CALI - SEDE ADMINISTRATIVA: *DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL PACÍFICO OESTE: Director Territorial: Tulio Hernán Murillo Llanten Atiende a la comunidad de Buenaventura. *DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL PACÍFICO ESTE: Director Territorial: Eduardo Velasco Abad Atiende a la comunidad de Dagua, Restrepo y La Cumbre. *DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL SUROCCIDENTE: Director Territorial: Didier Orlando Upegui Nieva Atiende a la comunidad de Cali, Yumbo, Vijes y Jamundí. *DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL SURORIENTE: Director Territorial: Esperanza Cruz Moreno Atiende a la comunidad de Palmira, Pradera, Candelaria, Florida y El Cerrito. *DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL CENTRO SUR: Director Territorial: Diego Padilla Atiende a la comunidad de Calima-Darién, Yotoco, Guacarí, Ginebra, Buga y San Pedro. *DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL CENTRO NORTE: Director Territorial: Freddy Mosquera Atiende a la comunidad de Trujillo, Riofrío, Bugalagrande, Andalucía, Tuluá, Sevilla y Caicedonia.
  • 5. *DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL NORTE: Director Territorial: Alfonso Peláez Palomo Atiende a la comunidad de El Águila, Ansermanuevo, El Cairo, Argelia, Alcalá, Ulloa y Cartago. *DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL BRUT: Director Territorial: Paula Soto Atiende a la comunidad de Versalles, Toro, Obando, La Unión, La Victoria, Roldanillo, Zarzal, Bolívar y El Dovio.