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LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y ADOLESCENTES
EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, LA NIÑA Y EL ADOLESCENTE
El niño, la niña y el adolescente son personas dignas, sujetos de derechos. Por ello el artículo 1° de la
Constitución Política del Perú señala que “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin
supremo de la sociedad y del Estado”. Asimismo, en su artículo 4º se señala que “la comunidad y el Estado
protegen especialmente al niño, adolescente, madre y anciano en situación de abandono”.
En 1924 esta orientación fue respaldada por la Asamblea General de la Sociedad de las Naciones Unidas, con la
Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño. Posteriormente, la Organización de las Naciones Unidas
promulgó la Declaración de los Derechos del Niño el 20 de noviembre de 1959. Luego, la Convención Sobre los
Derechos del Niño, que la firman los países convocantes el 20 de noviembre de 1989 (nuestro país la ratificó el 4
de setiembre de 1990) propone cuatro principios fundamentales: (i) la no discriminación; (ii) el interés superior
del niño; (iii) el derecho a la vida, supervivencia y el desarrollo; y (iv) el respeto por los puntos de vista del niño.
En esta Declaración se establecen los siguientes derechos de los niños: (1) a la igualdad sin ningún tipo de
distinción, discriminación por raza, color, sexo, idioma, religión y nacionalidad; (2) a la protección para su
desarrollo físico, mental y social; (3) a un nombre y nacionalidad; (4) a la alimentación, vivienda y salud; (5) a la
educación y cuidados especiales en niños/as con alguna discapacidad mental o física; (6) al amor y la
comprensión; (7) a la recreación y a la educación gratuita; (8) a recibir atención y ayuda preferencial; (9) a
protegerlos de cualquier forma de abandono, crueldad y explotación; y (10) a ser formado en un espíritu de
solidaridad, comprensión, tolerancia, amistad, justicia y paz entre los pueblos.
La Convención Sobre los Derechos del Niño define los derechos políticos, sociales, culturales y económicos de los
niños, protegiéndolo de los abusos que puedan sufrir por parte de sus padres, la sociedad o el Estado. Cabe
señalar que la Convención define como niño/a todo ser humano menor de 18 años. Los derechos reconocidos en
esta Convención son un avance importante en la defensa y protección de los derechos del niño, la niña y el
adolescente ya que los Estados firmantes se comprometen en promover normas y políticas para su protección.
La Convención Sobre los Derechos del Niño también reconoce que en la infancia se tiene derecho a cuidados y
asistencias especiales conforme lo establece también la Declaración Universal de los Derechos Humanos,
reconociendo que para el ejercicio pleno y armonioso de su personalidad debe crecer en el seno familiar, en un
ambiente de felicidad, amor y comprensión, para que el niño deba estar preparado para una vida independiente
en la sociedad. Sin embargo, a veces los niños se ven obligados a madurar con anticipación y a asumir
responsabilidades y deberes propios de las personas mayores de edad, como el realizar trabajos para ayudar a
sus familias o para sobrevivir ellos mismos, trabajando muchas veces en situaciones riesgosas o infrahumanas,
realizando labores que son peligrosas y fuertes para su edad. Por ello, el Estado debe legislar ampliamente en
materia de protección frente al trabajo del menor de edad, buscando brindarle ayuda y protección, cuidando
que sus derechos sean reconocidos, tratando de normar el hecho de que los niños pueden trabajar siempre y
cuando su trabajo les brinde las seguridades del caso y no afecten su integridad o su salud. En este sentido, en el
año 2012 el Estado peruano publicó el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021
(PNAIA 2021), instrumento que establece las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia.
El PNAIA 2021 establece cuatro objetivos estratégicos: (1) Garantizar el Crecimiento y Desarrollo Integral de
Niñas y Niños de 0 A 5 Años de Edad; (2) Garantizar la continuación del crecimiento y desarrollo integral de niñas
y niños de 6 a 11 años de edad; (3) Consolidar el crecimiento y desarrollo integral de las y los adolescentes de 12
a 17 años; y (4) Garantizar la protección de las niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años de edad.
2
El PNAIA 2021 se fundamenta en el enfoque de derechos, tomando en cuenta la dignidad de las personas y el
respeto a sus derechos humanos; el enfoque de curso de vida, tomando en consideración los factores que le
afectan a lo largo de su vida; el enfoque intercultural, reconociendo y respetando la diversidad y la necesidad de
dialogo entre las culturas; el enfoque de género, eliminando las desigualdades y jerarquías entre sexos, con el fin
de implementar políticas que promuevan la igualdad de las niñas y adolescentes, sobre sus pares varones; y
finalmente, el enfoque de equidad, propiciando el “desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes
provenientes de sectores excluidos y desfavorecidos por su género, grupo cultural, área de residencia, condición
socio-económica, lengua o religión”1
.
DEBERES DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y ADOLESCENTES
Así como se considera a los niños, niñas y adolescentes sujetos dignos y con derechos, también se les reconoce
deberes que cumplir. El Código de los Niños y Adolescentes N° 27337, establece en su artículo 24° que todo
niño/a y adolescente debe: (1) respetar y obedecer a sus padres o quien sea el responsable de su cuidado, salvo
en casos de que esas órdenes vulneren sus derechos o contravengan las normas; (2) estudiar satisfactoriamente;
(3) cuidar, en sus posibilidades, a familiares en enfermedad y ancianidad; (4) ayudar en las tareas del hogar, de
acuerdo con su edad; (5) respetar la propiedad pública y privada; (6) conservar y proteger el medio ambiente; (7)
cuidar su salud personal; (8) no consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos ni drogas; (9) respetar las ideas y
derechos de los demás, así como las creencias religiosas distintas a las suyas; y (10) respetar a la patria, sus
símbolos y a sus héroes.
LA SITUACIÓN DE LA INFANCIA EN EL PERÚ
Según el INEI, existen al menos 10´550,694 menores de 18 años, cifra que representa más de un tercio de la
población nacional. En el Perú hay, según datos del INEI, más de 1 millón 200 mil niños menores de 5 años que
viven en situación de pobreza. Mientras la pobreza global del país es 23,9%, la pobreza entre los niños menores
de 5 años se eleva a 35,5%2. La mortalidad neonatal, en el primer mes de vida, y la mortalidad infantil, durante
el primer año de vida, también se han incrementado, pasando de 9 por cada mil nacidos vivos en el año 2012 a
12 por mil en 2013, y de 17 por mil nacidos vivos en 2012 a 19 muertes por cada mil nacidos vivos en el año
2013, respectivamente. Más de medio millón de niños menores de cinco años sufren de desnutrición crónica y
más de un millón tienen anemia. La brecha entre las zonas urbana y rural es grande. En las zonas rurales, uno de
cada tres niños tiene desnutrición crónica, mientras en las zonas urbanas esta afecta a uno de cada 10 niños.
Después de haber venido descendiendo, la anemia infantil se ha elevado durante los años 2012 y 2013. En el
curso de los dos últimos años, la anemia entre los niños de 6 meses a 3 años de edad se ha incrementado en
4,8%, siendo ahora, según datos de la ENDES 2013, de 46,4%, es decir, casi la mitad de los niños de esta edad
sufre de anemia. Entre los niños de 6 meses a 5 años, la anemia subió durante los 2 últimos años de 30% en
2011 a 34% en 2013, acentuándose en niños que tienen como lengua materna al quechua (67%), aymara (63%) y
lenguas amazónicas (65%).
En Educación Inicial la matrícula ha crecido significativamente (1´006,778 en el 2011 hasta 1´123,095 en el
2013), aunque todavía existe cerca del 30% de niños y niñas de 3 a 5 años de edad sin la debida atención3
.
8,816 niñas, niños y adolescentes fueron víctimas de violencia familiar en el año 2013; de este grupo, 5,799
(65.7%) son niñas y 3,017 (34.2%) son niños. En ambos sexos, el grupo etario de mayor incidencia es el de
1 Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia (2012- 2021). Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Lima, 2012.
2 Instituto Nacional de Estadística e Informática. Lima 2013.
3 http://schiroque.blogspot.com/2013/12/balance-de-la-educacion-peruana-2013.html Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO).
3
11-17 años4
. En el año 2014, 1´650,000 menores trabajan en el Perú, y la mayoría labora más horas de las
permitidas y en condición de explotación, y los que lo hacen en la calle ganan solo S/.9 al día5
.
En suma, la situación de vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes se agrava de acuerdo a
su condición social y económica, siendo la niña rural la que se encuentra en peores condiciones para el
ejercicio de los mismos.
4
MININTER-Direcciones Territoriales PNP.
5
Diario PERÚ 21. Sábado 16 de agosto del 2014

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  • 1. 1 LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y ADOLESCENTES EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, LA NIÑA Y EL ADOLESCENTE El niño, la niña y el adolescente son personas dignas, sujetos de derechos. Por ello el artículo 1° de la Constitución Política del Perú señala que “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”. Asimismo, en su artículo 4º se señala que “la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, adolescente, madre y anciano en situación de abandono”. En 1924 esta orientación fue respaldada por la Asamblea General de la Sociedad de las Naciones Unidas, con la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño. Posteriormente, la Organización de las Naciones Unidas promulgó la Declaración de los Derechos del Niño el 20 de noviembre de 1959. Luego, la Convención Sobre los Derechos del Niño, que la firman los países convocantes el 20 de noviembre de 1989 (nuestro país la ratificó el 4 de setiembre de 1990) propone cuatro principios fundamentales: (i) la no discriminación; (ii) el interés superior del niño; (iii) el derecho a la vida, supervivencia y el desarrollo; y (iv) el respeto por los puntos de vista del niño. En esta Declaración se establecen los siguientes derechos de los niños: (1) a la igualdad sin ningún tipo de distinción, discriminación por raza, color, sexo, idioma, religión y nacionalidad; (2) a la protección para su desarrollo físico, mental y social; (3) a un nombre y nacionalidad; (4) a la alimentación, vivienda y salud; (5) a la educación y cuidados especiales en niños/as con alguna discapacidad mental o física; (6) al amor y la comprensión; (7) a la recreación y a la educación gratuita; (8) a recibir atención y ayuda preferencial; (9) a protegerlos de cualquier forma de abandono, crueldad y explotación; y (10) a ser formado en un espíritu de solidaridad, comprensión, tolerancia, amistad, justicia y paz entre los pueblos. La Convención Sobre los Derechos del Niño define los derechos políticos, sociales, culturales y económicos de los niños, protegiéndolo de los abusos que puedan sufrir por parte de sus padres, la sociedad o el Estado. Cabe señalar que la Convención define como niño/a todo ser humano menor de 18 años. Los derechos reconocidos en esta Convención son un avance importante en la defensa y protección de los derechos del niño, la niña y el adolescente ya que los Estados firmantes se comprometen en promover normas y políticas para su protección. La Convención Sobre los Derechos del Niño también reconoce que en la infancia se tiene derecho a cuidados y asistencias especiales conforme lo establece también la Declaración Universal de los Derechos Humanos, reconociendo que para el ejercicio pleno y armonioso de su personalidad debe crecer en el seno familiar, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, para que el niño deba estar preparado para una vida independiente en la sociedad. Sin embargo, a veces los niños se ven obligados a madurar con anticipación y a asumir responsabilidades y deberes propios de las personas mayores de edad, como el realizar trabajos para ayudar a sus familias o para sobrevivir ellos mismos, trabajando muchas veces en situaciones riesgosas o infrahumanas, realizando labores que son peligrosas y fuertes para su edad. Por ello, el Estado debe legislar ampliamente en materia de protección frente al trabajo del menor de edad, buscando brindarle ayuda y protección, cuidando que sus derechos sean reconocidos, tratando de normar el hecho de que los niños pueden trabajar siempre y cuando su trabajo les brinde las seguridades del caso y no afecten su integridad o su salud. En este sentido, en el año 2012 el Estado peruano publicó el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021 (PNAIA 2021), instrumento que establece las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia. El PNAIA 2021 establece cuatro objetivos estratégicos: (1) Garantizar el Crecimiento y Desarrollo Integral de Niñas y Niños de 0 A 5 Años de Edad; (2) Garantizar la continuación del crecimiento y desarrollo integral de niñas y niños de 6 a 11 años de edad; (3) Consolidar el crecimiento y desarrollo integral de las y los adolescentes de 12 a 17 años; y (4) Garantizar la protección de las niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años de edad.
  • 2. 2 El PNAIA 2021 se fundamenta en el enfoque de derechos, tomando en cuenta la dignidad de las personas y el respeto a sus derechos humanos; el enfoque de curso de vida, tomando en consideración los factores que le afectan a lo largo de su vida; el enfoque intercultural, reconociendo y respetando la diversidad y la necesidad de dialogo entre las culturas; el enfoque de género, eliminando las desigualdades y jerarquías entre sexos, con el fin de implementar políticas que promuevan la igualdad de las niñas y adolescentes, sobre sus pares varones; y finalmente, el enfoque de equidad, propiciando el “desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes provenientes de sectores excluidos y desfavorecidos por su género, grupo cultural, área de residencia, condición socio-económica, lengua o religión”1 . DEBERES DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y ADOLESCENTES Así como se considera a los niños, niñas y adolescentes sujetos dignos y con derechos, también se les reconoce deberes que cumplir. El Código de los Niños y Adolescentes N° 27337, establece en su artículo 24° que todo niño/a y adolescente debe: (1) respetar y obedecer a sus padres o quien sea el responsable de su cuidado, salvo en casos de que esas órdenes vulneren sus derechos o contravengan las normas; (2) estudiar satisfactoriamente; (3) cuidar, en sus posibilidades, a familiares en enfermedad y ancianidad; (4) ayudar en las tareas del hogar, de acuerdo con su edad; (5) respetar la propiedad pública y privada; (6) conservar y proteger el medio ambiente; (7) cuidar su salud personal; (8) no consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos ni drogas; (9) respetar las ideas y derechos de los demás, así como las creencias religiosas distintas a las suyas; y (10) respetar a la patria, sus símbolos y a sus héroes. LA SITUACIÓN DE LA INFANCIA EN EL PERÚ Según el INEI, existen al menos 10´550,694 menores de 18 años, cifra que representa más de un tercio de la población nacional. En el Perú hay, según datos del INEI, más de 1 millón 200 mil niños menores de 5 años que viven en situación de pobreza. Mientras la pobreza global del país es 23,9%, la pobreza entre los niños menores de 5 años se eleva a 35,5%2. La mortalidad neonatal, en el primer mes de vida, y la mortalidad infantil, durante el primer año de vida, también se han incrementado, pasando de 9 por cada mil nacidos vivos en el año 2012 a 12 por mil en 2013, y de 17 por mil nacidos vivos en 2012 a 19 muertes por cada mil nacidos vivos en el año 2013, respectivamente. Más de medio millón de niños menores de cinco años sufren de desnutrición crónica y más de un millón tienen anemia. La brecha entre las zonas urbana y rural es grande. En las zonas rurales, uno de cada tres niños tiene desnutrición crónica, mientras en las zonas urbanas esta afecta a uno de cada 10 niños. Después de haber venido descendiendo, la anemia infantil se ha elevado durante los años 2012 y 2013. En el curso de los dos últimos años, la anemia entre los niños de 6 meses a 3 años de edad se ha incrementado en 4,8%, siendo ahora, según datos de la ENDES 2013, de 46,4%, es decir, casi la mitad de los niños de esta edad sufre de anemia. Entre los niños de 6 meses a 5 años, la anemia subió durante los 2 últimos años de 30% en 2011 a 34% en 2013, acentuándose en niños que tienen como lengua materna al quechua (67%), aymara (63%) y lenguas amazónicas (65%). En Educación Inicial la matrícula ha crecido significativamente (1´006,778 en el 2011 hasta 1´123,095 en el 2013), aunque todavía existe cerca del 30% de niños y niñas de 3 a 5 años de edad sin la debida atención3 . 8,816 niñas, niños y adolescentes fueron víctimas de violencia familiar en el año 2013; de este grupo, 5,799 (65.7%) son niñas y 3,017 (34.2%) son niños. En ambos sexos, el grupo etario de mayor incidencia es el de 1 Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia (2012- 2021). Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Lima, 2012. 2 Instituto Nacional de Estadística e Informática. Lima 2013. 3 http://schiroque.blogspot.com/2013/12/balance-de-la-educacion-peruana-2013.html Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO).
  • 3. 3 11-17 años4 . En el año 2014, 1´650,000 menores trabajan en el Perú, y la mayoría labora más horas de las permitidas y en condición de explotación, y los que lo hacen en la calle ganan solo S/.9 al día5 . En suma, la situación de vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes se agrava de acuerdo a su condición social y económica, siendo la niña rural la que se encuentra en peores condiciones para el ejercicio de los mismos. 4 MININTER-Direcciones Territoriales PNP. 5 Diario PERÚ 21. Sábado 16 de agosto del 2014