DECÁLOGO DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES
EN LOS PROCESOS JUDICIALES DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Es violencia contra las mujeres cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, sufrimiento físico, psicológico, sexual, económico
o cualquier tipo de daño, ya sea que tenga lugar dentro de la familia o en cualquier otra relación interpersonal; que ocurra en la comunidad y sea perpetrada
por cualquier persona; y/o que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra, tanto en el ámbito público como en el
privado (definición basada en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Belém do Pará”, ratificada
por Chile en 1998).
Durante nuestra atención por parte del sistema judicial, las mujeres podemos consultar por la oferta de atención psicológica, social y asesoría y
representación judicial que tienen los programas del Estado u otras instituciones no gubernamentales.
Las mujeres extranjeras tenemos derecho a que la situación sea comunicada a el o la representante Consular de nuestro país en Chile y tenemos derecho a
entrevistarnos con éste/a.
FONOS DE ATENCIÓN Y CONSULTA : SERNAM 800 104 008 - CARABINEROS DE CHILE 149 - CHILE ATIENDE 101
Plan Nacional de Acción en Violencia Contra las Mujeres 2014-2018. Comisión Acceso a la Justicia y Sanción Efectiva.
Coordinado por Servicio Nacional de la Mujer, SERNAM
Plan Nacional de Acción en Violencia Contra las Mujeres 2014-2018. Comisión Acceso a la Justicia y Sanción Efectiva.
Coordinado por Servicio Nacional de la Mujer, SERNAM
1. A vivir una vida libre de violencia
La violencia contra las mujeres constituye una violación de nuestros derechos humanos. Todos los órganos del Estado están obligados a proteger y respetar
nuestros derechos y a actuar con diligencia en los casos de violencia contra las mujeres.
2. A denunciar los hechos de violencia vividos
Podemos ir ante cualquier unidad de Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Fiscalía del Ministerio Público o Tribunal de Familia o de Garantía a
presentar la denuncia y no se pueden negar a recibirla, independiente del lugar donde hayan sucedido los hechos. Si no son competentes, luego de recibida
la denuncia, deben derivarla inmediatamente al Tribunal y/o Fiscalía que corresponda.
3. A recibir en los procedimientos policiales y judiciales un trato digno y no discriminatorio
Tenemos derecho a ser acogidas, a no ser cuestionadas ni culpabilizadas en nuestros relatos y a recibir una atención digna y de buen trato por parte de todos
los órganos del Estado.
4. A solicitar medidas de protección
Cuando quién nos agrede o amenaza es cónyuge, conviviente o familiar, el Ministerio Público puede ordenar algunas medidas de protección, como por
ejemplo: rondas periódicas de Carabineros de Chile, botón de emergencia, contacto de llamado prioritario al plan cuadrante, entre otras. Además, cualquier
Tribunal Penal o de Familia podrá decretar la expulsión de quién agrede del hogar común o prohibir su acercamiento. Es importante que solicitemos y
conservemos el oficio que decreta la medida de protección.
5. A conocer nuestros derechos y tener información de nuestras causas
Podemos pedir información a la Fiscalía o en el Tribunal, sin necesidad de abogado/a, y estas instituciones deberán atendernos e informarnos acerca de
nuestras causas.
6. A participar activamente en nuestro proceso judicial
Tenemos derecho a interponer querella, a asistir y a ser escuchadas en audiencia y por la Fiscalía. También tenemos derecho a solicitar una indemnización
por quien nos agrede, por los daños ocasionados por la violencia.
7. A ser oídas en la Salida Alternativa de Suspensión Condicional del Procedimiento
Tenemos derecho a ser oídas por el/la juez/a cuando se discuta la Suspensión Condicional del Procedimiento, es decir, la salida judicial que suspende el juicio
penal bajo el requisito que quien nos agrede cumpla con ciertas condiciones (por ejemplo, no acercarse a la víctima). También tenemos derecho a ser
informadas de las consecuencias de la Suspensión Condicional del Procedimiento y a solicitar que se reinicie el juicio cuando quien nos agrede no cumpla
con alguna de las condiciones impuestas.
8. A rechazar los procesos de mediación en las causas de familia cuando hemos sufrido violencia intrafamiliar
En las causas de violencia intrafamiliar la mediación está legalmente prohibida. Además, podemos negarnos a ir a mediación en los procesos de familia
como alimentos, régimen comunicacional o cuidado personal cuando hemos sufrido violencia intrafamiliar, situación que se debe poner en conocimiento de
los/as mediadores/as, por nosotras directamente o a través de nuestros/as abogados/as.
9. A que sean reconocidos nuestros derechos cuando sufrimos violencia estando privadas de libertad
Las mujeres tenemos todos los derechos antes enunciados incluso cuando nos encontramos detenidas o privadas de libertad, pues en esos casos el Estado
es especialmente responsable de nosotras. Asimismo, las mujeres tenemos todos estos derechos, ya sea que estemos o no privadas de libertad, cuando
sufrimos violencia por parte de funcionarios de las fuerzas armadas y de orden y seguridad pública.
10.Las y los familiares de las víctimas de femicidio consumado tienen los mismos derechos que tienen las mujeres
en los casos de violencia
En los casos de femicidio consumado, las y los familiares de las mujeres asesinadas tienen derecho a recibir información, a querellarse a través de un/a
abogada/o y a solicitar judicialmente una indemnización a quien nos agrede.
TODAS LAS MUJERES TENEMOS DERECHO:

Más contenido relacionado

PPTX
Garantías constitucionales
PDF
Tratados internacionales mapa mental descriptivo
PDF
Acto adminstrativo y acto de administracion
PPSX
Territorialidad para slideshare
PPTX
DOCX
bienes del dominio publico y privado
PPT
El Patrimonio
PPTX
Derecho civil Contratos
Garantías constitucionales
Tratados internacionales mapa mental descriptivo
Acto adminstrativo y acto de administracion
Territorialidad para slideshare
bienes del dominio publico y privado
El Patrimonio
Derecho civil Contratos

La actualidad más candente (20)

PDF
El hombre como ser social tema 1
PPTX
Extradicion en mexico
PPTX
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
PPTX
Libertad informática
PPT
Los Derechos Humanos Tema6
PDF
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y SU HISTORIA
PPTX
COAUTORIA DERECHO PENAL
PPTX
CITACIÓN Y NOTIFICACIÓN
PPTX
LA EVOLUCIÓN DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA (1999 - 2019)
PPT
La Accesion
PPTX
Transmisión y Ejecución de las Obligaciones, Derecho Civil (no romano)
PPT
dercho constitucional tema2
PPTX
Diapositiva de los delitos informaticos
PPT
Derecho a la intimidad
DOC
El contrato de mandato judicial
PPTX
Nacionalidad peruana
DOC
Ensayo sobre los delitos informaticos
PDF
CONOCIENDO EL DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL VENEZOLANO
PPTX
Los derechos humanos
DOCX
Concepto y elementos de las obligaciones
El hombre como ser social tema 1
Extradicion en mexico
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Libertad informática
Los Derechos Humanos Tema6
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y SU HISTORIA
COAUTORIA DERECHO PENAL
CITACIÓN Y NOTIFICACIÓN
LA EVOLUCIÓN DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA (1999 - 2019)
La Accesion
Transmisión y Ejecución de las Obligaciones, Derecho Civil (no romano)
dercho constitucional tema2
Diapositiva de los delitos informaticos
Derecho a la intimidad
El contrato de mandato judicial
Nacionalidad peruana
Ensayo sobre los delitos informaticos
CONOCIENDO EL DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL VENEZOLANO
Los derechos humanos
Concepto y elementos de las obligaciones
Publicidad

Similar a Decálogo de los derechos de las mujeres (20)

PDF
PPT UNIDAD 3 Ley 30364.29.09.22.pdf
PDF
Ley N 348.pdfgvvjbjghfgfjhgufyugughjhfgydtd
PPTX
presentación ruta de atención.pptx
PPTX
SESIÓN I INTRODUCCIÓN A LA LEY 30364 DIEGO RAMIREZ.pptx
PPTX
campaña NOS QUEREMOS VIVAS.pptx
PPSX
Masculinidad Hegemónica
PPT
Taller de aplicabilidad de la ley maternidad
PDF
Propuesta Ruta Integral Atención de Violencias.pdf
PDF
ENJ-300 Convención Belem do Pará
 
PDF
Cartilla orientadora Ley N° 30364_Ley para prevenir, sancionar y erradicar la...
PPSX
Violencia institucional actividad iii una
PPSX
Violencia institucional actividad iii una
PPSX
Violencia mediatica e institucional una
PDF
Violencia Familiar
PPTX
¿Eres víctima de la violencia de género?
PDF
Conoce_la_ley_N_30364_DGCVG_MIMP.pdf
PDF
Conoce_la_ley_N_30364_DGCVG_MIMP.pdf
PPT
ABC DE LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VI...
PPT
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
PPTX
Ley 1257 de diciembre 04 2008
PPT UNIDAD 3 Ley 30364.29.09.22.pdf
Ley N 348.pdfgvvjbjghfgfjhgufyugughjhfgydtd
presentación ruta de atención.pptx
SESIÓN I INTRODUCCIÓN A LA LEY 30364 DIEGO RAMIREZ.pptx
campaña NOS QUEREMOS VIVAS.pptx
Masculinidad Hegemónica
Taller de aplicabilidad de la ley maternidad
Propuesta Ruta Integral Atención de Violencias.pdf
ENJ-300 Convención Belem do Pará
 
Cartilla orientadora Ley N° 30364_Ley para prevenir, sancionar y erradicar la...
Violencia institucional actividad iii una
Violencia institucional actividad iii una
Violencia mediatica e institucional una
Violencia Familiar
¿Eres víctima de la violencia de género?
Conoce_la_ley_N_30364_DGCVG_MIMP.pdf
Conoce_la_ley_N_30364_DGCVG_MIMP.pdf
ABC DE LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VI...
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
Ley 1257 de diciembre 04 2008
Publicidad

Más de Christian Monzón (20)

PDF
Informe ONU
PDF
Tornados en el Biobío
PDF
Gpi 2019-web003
PDF
Pasaportes
PDF
PDF
Gf k gobierno_jun_18
PDF
Global peace-index-2018-2
PDF
Petitoriouc
PDF
Boletin tendenciasclimaticas abr-may-jun-2018
PDF
0719 1243-cuadhist-47-00167
PDF
42 gobierno agosto_2017
PDF
20120712011300311 fichavnsanjose
PDF
20121029125714338 fichavntupungatito
PDF
41 evaluación gobierno julio_2017
PDF
Frr consultation-report-our-sexual-future-with-robots final
PDF
40 evaluación gobierno junio_2017
PDF
Intoxicacion anis-estrellado (1)
PDF
Cuenta presidencial integrada versión de impresión 190517
PDF
Gfk gobierno mayo_2017
PDF
Articles 53275 archivo-01
Informe ONU
Tornados en el Biobío
Gpi 2019-web003
Pasaportes
Gf k gobierno_jun_18
Global peace-index-2018-2
Petitoriouc
Boletin tendenciasclimaticas abr-may-jun-2018
0719 1243-cuadhist-47-00167
42 gobierno agosto_2017
20120712011300311 fichavnsanjose
20121029125714338 fichavntupungatito
41 evaluación gobierno julio_2017
Frr consultation-report-our-sexual-future-with-robots final
40 evaluación gobierno junio_2017
Intoxicacion anis-estrellado (1)
Cuenta presidencial integrada versión de impresión 190517
Gfk gobierno mayo_2017
Articles 53275 archivo-01

Último (9)

PDF
Lista de asambleístas electos en 2025 en Bolivia
PPTX
el estado neoliberal en la globalización
PPTX
Estados Unidos de la vecindad distante a
PDF
precio del gas lp en veracruz del 24 al 30 de agosto 2025.pdf
PDF
La Historia Secreta De Los Jesuitas Edmon Paris
PPT
582500717-caso-Tejerias-2003-9-fatalidades.ppt
PDF
Justicia Social Católica en Estados Unidos
PDF
Psicobranding de los Periódicos Dominicanos: Cuando los Medios se Convierten ...
PDF
Cincuenta años en Roma Testimonio de un ex Sacerdote de EEUU
Lista de asambleístas electos en 2025 en Bolivia
el estado neoliberal en la globalización
Estados Unidos de la vecindad distante a
precio del gas lp en veracruz del 24 al 30 de agosto 2025.pdf
La Historia Secreta De Los Jesuitas Edmon Paris
582500717-caso-Tejerias-2003-9-fatalidades.ppt
Justicia Social Católica en Estados Unidos
Psicobranding de los Periódicos Dominicanos: Cuando los Medios se Convierten ...
Cincuenta años en Roma Testimonio de un ex Sacerdote de EEUU

Decálogo de los derechos de las mujeres

  • 1. DECÁLOGO DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES EN LOS PROCESOS JUDICIALES DE VIOLENCIA DE GÉNERO Es violencia contra las mujeres cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, sufrimiento físico, psicológico, sexual, económico o cualquier tipo de daño, ya sea que tenga lugar dentro de la familia o en cualquier otra relación interpersonal; que ocurra en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona; y/o que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra, tanto en el ámbito público como en el privado (definición basada en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Belém do Pará”, ratificada por Chile en 1998). Durante nuestra atención por parte del sistema judicial, las mujeres podemos consultar por la oferta de atención psicológica, social y asesoría y representación judicial que tienen los programas del Estado u otras instituciones no gubernamentales. Las mujeres extranjeras tenemos derecho a que la situación sea comunicada a el o la representante Consular de nuestro país en Chile y tenemos derecho a entrevistarnos con éste/a. FONOS DE ATENCIÓN Y CONSULTA : SERNAM 800 104 008 - CARABINEROS DE CHILE 149 - CHILE ATIENDE 101 Plan Nacional de Acción en Violencia Contra las Mujeres 2014-2018. Comisión Acceso a la Justicia y Sanción Efectiva. Coordinado por Servicio Nacional de la Mujer, SERNAM Plan Nacional de Acción en Violencia Contra las Mujeres 2014-2018. Comisión Acceso a la Justicia y Sanción Efectiva. Coordinado por Servicio Nacional de la Mujer, SERNAM 1. A vivir una vida libre de violencia La violencia contra las mujeres constituye una violación de nuestros derechos humanos. Todos los órganos del Estado están obligados a proteger y respetar nuestros derechos y a actuar con diligencia en los casos de violencia contra las mujeres. 2. A denunciar los hechos de violencia vividos Podemos ir ante cualquier unidad de Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Fiscalía del Ministerio Público o Tribunal de Familia o de Garantía a presentar la denuncia y no se pueden negar a recibirla, independiente del lugar donde hayan sucedido los hechos. Si no son competentes, luego de recibida la denuncia, deben derivarla inmediatamente al Tribunal y/o Fiscalía que corresponda. 3. A recibir en los procedimientos policiales y judiciales un trato digno y no discriminatorio Tenemos derecho a ser acogidas, a no ser cuestionadas ni culpabilizadas en nuestros relatos y a recibir una atención digna y de buen trato por parte de todos los órganos del Estado. 4. A solicitar medidas de protección Cuando quién nos agrede o amenaza es cónyuge, conviviente o familiar, el Ministerio Público puede ordenar algunas medidas de protección, como por ejemplo: rondas periódicas de Carabineros de Chile, botón de emergencia, contacto de llamado prioritario al plan cuadrante, entre otras. Además, cualquier Tribunal Penal o de Familia podrá decretar la expulsión de quién agrede del hogar común o prohibir su acercamiento. Es importante que solicitemos y conservemos el oficio que decreta la medida de protección. 5. A conocer nuestros derechos y tener información de nuestras causas Podemos pedir información a la Fiscalía o en el Tribunal, sin necesidad de abogado/a, y estas instituciones deberán atendernos e informarnos acerca de nuestras causas. 6. A participar activamente en nuestro proceso judicial Tenemos derecho a interponer querella, a asistir y a ser escuchadas en audiencia y por la Fiscalía. También tenemos derecho a solicitar una indemnización por quien nos agrede, por los daños ocasionados por la violencia. 7. A ser oídas en la Salida Alternativa de Suspensión Condicional del Procedimiento Tenemos derecho a ser oídas por el/la juez/a cuando se discuta la Suspensión Condicional del Procedimiento, es decir, la salida judicial que suspende el juicio penal bajo el requisito que quien nos agrede cumpla con ciertas condiciones (por ejemplo, no acercarse a la víctima). También tenemos derecho a ser informadas de las consecuencias de la Suspensión Condicional del Procedimiento y a solicitar que se reinicie el juicio cuando quien nos agrede no cumpla con alguna de las condiciones impuestas. 8. A rechazar los procesos de mediación en las causas de familia cuando hemos sufrido violencia intrafamiliar En las causas de violencia intrafamiliar la mediación está legalmente prohibida. Además, podemos negarnos a ir a mediación en los procesos de familia como alimentos, régimen comunicacional o cuidado personal cuando hemos sufrido violencia intrafamiliar, situación que se debe poner en conocimiento de los/as mediadores/as, por nosotras directamente o a través de nuestros/as abogados/as. 9. A que sean reconocidos nuestros derechos cuando sufrimos violencia estando privadas de libertad Las mujeres tenemos todos los derechos antes enunciados incluso cuando nos encontramos detenidas o privadas de libertad, pues en esos casos el Estado es especialmente responsable de nosotras. Asimismo, las mujeres tenemos todos estos derechos, ya sea que estemos o no privadas de libertad, cuando sufrimos violencia por parte de funcionarios de las fuerzas armadas y de orden y seguridad pública. 10.Las y los familiares de las víctimas de femicidio consumado tienen los mismos derechos que tienen las mujeres en los casos de violencia En los casos de femicidio consumado, las y los familiares de las mujeres asesinadas tienen derecho a recibir información, a querellarse a través de un/a abogada/o y a solicitar judicialmente una indemnización a quien nos agrede. TODAS LAS MUJERES TENEMOS DERECHO: