El documento analiza el acceso carnal en el contexto del delito de violación sexual según el código penal peruano, resaltando la importancia de entender correctamente los elementos normativos para evitar injusticias en las decisiones judiciales. Se discuten dos tesis sobre el concepto de 'acto sexual': la tesis racionalista, que reduce el delito al contacto genital, y la tesis materialista, que postula la necesidad de penetración para considerar que ha habido un acto sexual. La jurisprudencia nacional favorece la tesis materialista como la más adecuada para la definición legal del acto sexual.