DEMANDA DE CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL 037-94
                                         Expediente N°             :
                                         Cuaderno                  : Principal
                                         Escrito N°                : 01
                                         Sumilla                     : DEMANDA CONTENCIOSO
                                                                     ADMINISTRATIVA

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO

                                                  CRISTIANO      MOISES     SALAS     PALOMINO,
identificado con DNI N° 45101512, con dirección domiciliaria en Calle Moquegua N° 621 II Nivel y,
señalando domicilio procesal en la Calle Ancash N° 458-A interior Oficina N° 02 de esta ciudad de
Moquegua; ante Ud. Con el debido respeto me presento y expongo:

                                                   I.        DEMANDADOS

                                                    1.1    Dirección Regional de Salud                de
Moquegua, con dirección domiciliaria en la Calle Ancash 525, de esta ciudad de Moquegua.

                                                 1.2. Gobierno Regional de Moquegua y
Procurador Público Regional del Gobierno Regional de Moquegua, con dirección domiciliaria en la
Av. Circunvalación S/N, de esta ciudad de Moquegua.

                                                   1.3.    Procurador Público a cargo de los
asuntos judiciales del Ministerio de Salud, con dirección domiciliaria en la Calle Ancash 525- Surco,
de la ciudad de Lima.

                                                   II.       PETITORIO

                                                   Invocando interés y legitimidad para obrar por
derecho propio, interpongo pretensiones de:
                                                   1.1. Pretensiones Principales
                                                   1.1.1. Nulidad total de la Resolución Directoral
                                                             N° 209-2008-DRSM-DG del 25 de marzo
                                                             de 2008, en el extremo de su artículo
                                                             primero, por la causal prevista en el inciso
                                                             1 del artículo 10 de la Ley 27444.
                                                   1.1.2.     Nulidad total de la Resolución ejecutiva
                                                             Regional N° 515-2008-GR/MOQ del 02 de
                                                             junio del 2008, por la causal prevista en el
                                                             inciso 1 del artículo 10 de la Ley 27444.


                                                     II.2       Pretensiones Accesorias
                                                     2.1.1. Se emita nueva resolución que reconozca el
pago, a favor del demandante, por concepto de la Bonificación Especial prevista en el Decreto de
Urgencia 037-94.
                                                     2.2.2 El pago de reintegro correspondiente por el
pago de bonificación especial del Decreto de Urgencia 037-94.
                                                     2.2.3 El pago de los intereses públicos.

                                                   III.      FUNDAMENTOS DE HECHO

                                                   1.1      Es servidora de salud, al desempeñarse en
                                                            el cargo de
Técnico Sanitario, nivel remunerativo STB, Escala 08 del Decreto Supremo 051-91-PCM y al no estar
escalafonada ni pertenecer a una escala diferenciada; solicité el otorgamiento de la Bonificación del D.U.
037-94, pero se me denegó, sin tener en cuenta que me corresponde por estar comprendida dentro de los
alcances del citado Decreto.




                                                     1.2       Bajo ese contexto, correspondía que se me
                                                               otorgue la bonificación especial establecida
                                                               por el Decreto de Urgencia Nº 037-94, en
                                                               reemplazo de la bonificación quepercibo
                                                               erróneamenteen       virtud  del    Decreto
                                                               Supremo Nº 019-94-PCM; siendo así, debe
                                                               declararse la nulidad de la Resolución
                                                               Ejecutiva Regional Nº 515-2008-GR/MOQ y
                                                               Resolución Directoral Nº 209-2008-DRSM-
                                                               DG.

                                                      3.3 Asimismo, al ampararse el pago de la
                                                            bonificación especial prevista por el D. U. Nº
                                                            037-94; debe también estimarse el reintegro
                                                            respectivo, pues el derecho reclamado tiene el
                                                            carácter de derecho laboral el mismo que es
                                                            irrenunciable conforme lo dispone el inciso 2
                                                            del artículo 26 de la Constitución, y al no
                                                            haberse pagado en forma oportuna la
                                                            obligación puesta a cobro corresponde el pago
                                                            de intereses legales de conformidad con el
                                                            artículo 1245 del Código Civil.

                                                     IV.        FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

                                                     1. El artículo 148 de la Constitución preceptúa que
                                                           “Las resoluciones administrativas que causan
                                                           estado son susceptibles de impugnación
                                                           mediante la acción contencioso-administrativa”.

                                                     2. Los artículos 4 inciso 1) y 5 inciso 1) del TUO de
                                                           la Ley 27584 que prescriben que “Articulo 4…
                                                           Son impugnables en este proceso las siguientes
                                                           actuaciones administrativas: 1. Los actos
                                                           administrativos y cualquier otra declaración
                                                           administrativa…” y, “Artículo 5… En el proceso
                                                           contencioso Administrativo podrán plantearse
                                                           pretensiones con el objeto de obtener lo
                                                           siguiente: 1. La declaración de nulidad, total o
                                                           parcial o ineficacia de actos administrativos…”.

                                                     3.      El Decreto de Urgencia Nº 037-94, que en su
                                                           artículo 2 establece “Otorgarse, a partir del 1 de
                                                           julio de 1994, una Bonificación Especial a los
                                                           servidores de la Administración Pública
                                                           ubicados en los niveles F-2. F-1, Profesionales,
                                                           Técnicos y Auxiliares, así como al personal
                                                           comprendido en la Escala Nº 11 del Decreto
                                                           Supremo Nº 051-91-PCM que desempeñan
                                                           cargos directivos o jefaturales…”.

                                                     4. La STC Nº 2616-2004-AC/TC Amazonas (Caso
                                                           Amado Nelson Santillán Tuesta), que en su
                                                           fundamento 10 señala “corresponde el
                                                           otorgamiento de la Bonificación Especial
                                                           prevista en el Decreto de Urgencia Nº 037-94 a:
…d) Que ocupen el nivel remunerativo incluido
                                                          en la categoría del grupo ocupacional de los
                                                          técnicos, es decir, los comprendidos en la
                                                          escala 8…”.

                                                  5. La STC Nº 02288-2007-PC/TC (caso ATANSA),
                                                          que señala “… en caso de que los servidores
                                                          administrativos del sector salud ubicados en los
                                                          grupos ocupacionales de los técnicos y
                                                          auxiliares no se encuentren en la Escala Nº 10
                                                          les corresponde percibir la Bonificación Especial
                                                          otorgada por el D. U. 037-94...”.

                                                   V.          MONTO DEL PETITORIO


                                                  No es        posible determinarlo    aún,   corresponde
determinarse en ejecución de sentencia.

                                                   VI.         VÍA PROCEDIMENTAL


                                                  Proceso Especial.

                                                   VII.        MEDIOS PROBATORIOS

                                                  1.      Copia fedateada de la Resolución Directoral Nº
                                                          209-2008-DRSM-DG del 25 de marzo de 2008.

                                                  2.      Copia fedateada de la Resolución Ejecutiva
                                                          Regional Nº 515-2008-GR/MOQ del 02 de junio
                                                          de 2008.


                                                  3.       Copia legalizada de Boleta de Pago del mes
                                                          de agosto de 2009.


                                                  VIII.        ANEXOS

                                                  Anexo. 1. A: Copia de DNI

                                                Anexo 1.B: Copia fedateada de la Resolución
Directoral Nº 209-2008- DRSM –DG del 25 de marzo de 2008.

                                                 Anexo 1. C: Copia fedateada de la Resolución
Ejecutiva Regional Nº515-2008-GR/MOQ del 02 de junio del 2008.

                                                  Anexo 1.E: Copia Legalizada de Boleta de Pago del
Mes de agosto de 2009.

                                                  POR LO EXPUESTO:

                                                        A Ud. Pido se sirva dar trámite a la demanda
interpuesta, calificarla positivamente y declararla fundada en su oportunidad conforme a ley.



                                                  Moquegua ,27 de diciembre de 2009
. -----------------------------------------   -------------------------------------------

Abogada Yulemi Pacheco Zapata                 Cristiano Moisés Salas Palomino

       CSM. 2000                                   DNI Nº 42101512

Más contenido relacionado

DOC
Demanda de cumplimiento constitucional 037
DOCX
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 97
DOCX
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 977
DOC
Demanda contenciosa administrativa de reposición
DOCX
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
DOC
Demanda contenciosa administrativa de reposisión
DOC
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
DOCX
Demanda contenciosa administrativa du 037
Demanda de cumplimiento constitucional 037
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 97
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 977
Demanda contenciosa administrativa de reposición
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
Demanda contenciosa administrativa de reposisión
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda contenciosa administrativa du 037

La actualidad más candente (11)

DOCX
Demanda contenciosa administrativa
DOC
Demanda contenciosa administrativa de luto y sepelio
DOCX
6. contencioso administrativo de decreto de urgencia n° 037
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional d.u 037 94
DOCX
Demanda de cumplimienro constitucional de du 037 94
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional d.u 037 94
DOCX
Recurso de nulidad en via apelacion a la municipalidad de san jeronimo
Demanda contenciosa administrativa
Demanda contenciosa administrativa de luto y sepelio
6. contencioso administrativo de decreto de urgencia n° 037
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de cumplimiento constitucional d.u 037 94
Demanda de cumplimienro constitucional de du 037 94
Demanda de cumplimiento constitucional d.u 037 94
Recurso de nulidad en via apelacion a la municipalidad de san jeronimo
Publicidad

Similar a Demanda de cumplimiento constitucional 037 94 (20)

DOCX
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 977
DOCX
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 97
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional
DOCX
Demanda de cumplimienro constitucional de du 037 94
DOC
Demanda contenciosa administrativa de reposición
DOC
Demanda contenciosa administrativa de reposición
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
DOCX
Demanda contenciosa administrativa du 037-97
DOCX
Demanda contenciosa administrativa du 037-97
DOCX
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
DOCX
Medida cautelar de reposicion en contencioso administrativo
DOCX
Demanda de decreto de urgencia 037 94
DOCX
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
DOCX
Demanda de reposicion
DOCX
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
DOCX
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
DOCX
Demanda de cumplimiento constitucional d.u 037 94
DOCX
Demanda Contenciosa Ddministrativa de Decreto de Urgencia 037 97
DOCX
Demanda contencioso administrativa de preparación de clases
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 977
Demanda contenciosa administrativa d.u 037 97
Demanda de cumplimiento constitucional
Demanda de cumplimienro constitucional de du 037 94
Demanda contenciosa administrativa de reposición
Demanda contenciosa administrativa de reposición
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda contenciosa administrativa du 037-97
Demanda contenciosa administrativa du 037-97
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
Medida cautelar de reposicion en contencioso administrativo
Demanda de decreto de urgencia 037 94
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de reposicion
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
Demanda de decreto de urgencia 037 94.
Demanda de cumplimiento constitucional d.u 037 94
Demanda Contenciosa Ddministrativa de Decreto de Urgencia 037 97
Demanda contencioso administrativa de preparación de clases
Publicidad

Más de naddyacarrillo (7)

PPT
Derecho de huelga por naddya carrillo
DOC
Demanda contenciosa administrativa de preparación de clases
DOC
Demanda de cobro de beneficios sociales de construcción civil
DOC
Demanda de cobro de beneficios sociales
DOC
Medida cautelar de reposición en contenciosos administrativo
DOC
Medida cautelar
DOC
Demanda de amparo
Derecho de huelga por naddya carrillo
Demanda contenciosa administrativa de preparación de clases
Demanda de cobro de beneficios sociales de construcción civil
Demanda de cobro de beneficios sociales
Medida cautelar de reposición en contenciosos administrativo
Medida cautelar
Demanda de amparo

Último (20)

PDF
ACERTIJO EL CONJURO DEL CAZAFANTASMAS MATEMÁTICO. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
PPTX
PRESENTACIÓN SOBRE LA RELIGIÓN MUSULMANA Y LA FORMACIÓN DEL IMPERIO MUSULMAN
DOCX
TEXTO DE TRABAJO DE EDUCACION RELIGIOSA - PRIMER GRADO.docx
PPTX
4. Qué es un computador PARA GRADO CUARTO.pptx
PDF
Uso de la Inteligencia Artificial en la IE.pdf
PPTX
RESUMENES JULIO - QUIRÓFANO HOSPITAL GENERAL PUYO.pptx
PDF
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
PDF
UNIDAD 2 | La noticia como género: Informar con precisión y criterio
PDF
Introduccion a la Investigacion Cualitativa FLICK Ccesa007.pdf
PPTX
BIZANCIO. EVOLUCIÓN HISTORICA, RAGOS POLÍTICOS, ECONOMICOS Y SOCIALES
PDF
Didáctica de las literaturas infantiles.
PDF
La lluvia sabe por qué: una historia sobre amistad, resiliencia y esperanza e...
PDF
Modelo Educativo SUB 2023versión final.pdf
PDF
Házlo con Miedo - Scott Allan Ccesa007.pdf
PDF
Iniciación Al Aprendizaje Basado En Proyectos ABP Ccesa007.pdf
PDF
Texto Digital Los Miserables - Victor Hugo Ccesa007.pdf
PDF
El Genero y Nuestros Cerebros - Gina Ripon Ccesa007.pdf
DOCX
Programa_Sintetico_Fase_4.docx 3° Y 4°..
PDF
MODULO I ENFERMERIA BASICA.pdf HIstoria en enfermeria
PDF
Las Matematicas y el Pensamiento Cientifico SE3 Ccesa007.pdf
ACERTIJO EL CONJURO DEL CAZAFANTASMAS MATEMÁTICO. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
PRESENTACIÓN SOBRE LA RELIGIÓN MUSULMANA Y LA FORMACIÓN DEL IMPERIO MUSULMAN
TEXTO DE TRABAJO DE EDUCACION RELIGIOSA - PRIMER GRADO.docx
4. Qué es un computador PARA GRADO CUARTO.pptx
Uso de la Inteligencia Artificial en la IE.pdf
RESUMENES JULIO - QUIRÓFANO HOSPITAL GENERAL PUYO.pptx
Los hombres son de Marte - Las mujeres de Venus Ccesa007.pdf
UNIDAD 2 | La noticia como género: Informar con precisión y criterio
Introduccion a la Investigacion Cualitativa FLICK Ccesa007.pdf
BIZANCIO. EVOLUCIÓN HISTORICA, RAGOS POLÍTICOS, ECONOMICOS Y SOCIALES
Didáctica de las literaturas infantiles.
La lluvia sabe por qué: una historia sobre amistad, resiliencia y esperanza e...
Modelo Educativo SUB 2023versión final.pdf
Házlo con Miedo - Scott Allan Ccesa007.pdf
Iniciación Al Aprendizaje Basado En Proyectos ABP Ccesa007.pdf
Texto Digital Los Miserables - Victor Hugo Ccesa007.pdf
El Genero y Nuestros Cerebros - Gina Ripon Ccesa007.pdf
Programa_Sintetico_Fase_4.docx 3° Y 4°..
MODULO I ENFERMERIA BASICA.pdf HIstoria en enfermeria
Las Matematicas y el Pensamiento Cientifico SE3 Ccesa007.pdf

Demanda de cumplimiento constitucional 037 94

  • 1. DEMANDA DE CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL 037-94 Expediente N° : Cuaderno : Principal Escrito N° : 01 Sumilla : DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO CRISTIANO MOISES SALAS PALOMINO, identificado con DNI N° 45101512, con dirección domiciliaria en Calle Moquegua N° 621 II Nivel y, señalando domicilio procesal en la Calle Ancash N° 458-A interior Oficina N° 02 de esta ciudad de Moquegua; ante Ud. Con el debido respeto me presento y expongo: I. DEMANDADOS 1.1 Dirección Regional de Salud de Moquegua, con dirección domiciliaria en la Calle Ancash 525, de esta ciudad de Moquegua. 1.2. Gobierno Regional de Moquegua y Procurador Público Regional del Gobierno Regional de Moquegua, con dirección domiciliaria en la Av. Circunvalación S/N, de esta ciudad de Moquegua. 1.3. Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Salud, con dirección domiciliaria en la Calle Ancash 525- Surco, de la ciudad de Lima. II. PETITORIO Invocando interés y legitimidad para obrar por derecho propio, interpongo pretensiones de: 1.1. Pretensiones Principales 1.1.1. Nulidad total de la Resolución Directoral N° 209-2008-DRSM-DG del 25 de marzo de 2008, en el extremo de su artículo primero, por la causal prevista en el inciso 1 del artículo 10 de la Ley 27444. 1.1.2. Nulidad total de la Resolución ejecutiva Regional N° 515-2008-GR/MOQ del 02 de junio del 2008, por la causal prevista en el inciso 1 del artículo 10 de la Ley 27444. II.2 Pretensiones Accesorias 2.1.1. Se emita nueva resolución que reconozca el pago, a favor del demandante, por concepto de la Bonificación Especial prevista en el Decreto de Urgencia 037-94. 2.2.2 El pago de reintegro correspondiente por el pago de bonificación especial del Decreto de Urgencia 037-94. 2.2.3 El pago de los intereses públicos. III. FUNDAMENTOS DE HECHO 1.1 Es servidora de salud, al desempeñarse en el cargo de
  • 2. Técnico Sanitario, nivel remunerativo STB, Escala 08 del Decreto Supremo 051-91-PCM y al no estar escalafonada ni pertenecer a una escala diferenciada; solicité el otorgamiento de la Bonificación del D.U. 037-94, pero se me denegó, sin tener en cuenta que me corresponde por estar comprendida dentro de los alcances del citado Decreto. 1.2 Bajo ese contexto, correspondía que se me otorgue la bonificación especial establecida por el Decreto de Urgencia Nº 037-94, en reemplazo de la bonificación quepercibo erróneamenteen virtud del Decreto Supremo Nº 019-94-PCM; siendo así, debe declararse la nulidad de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 515-2008-GR/MOQ y Resolución Directoral Nº 209-2008-DRSM- DG. 3.3 Asimismo, al ampararse el pago de la bonificación especial prevista por el D. U. Nº 037-94; debe también estimarse el reintegro respectivo, pues el derecho reclamado tiene el carácter de derecho laboral el mismo que es irrenunciable conforme lo dispone el inciso 2 del artículo 26 de la Constitución, y al no haberse pagado en forma oportuna la obligación puesta a cobro corresponde el pago de intereses legales de conformidad con el artículo 1245 del Código Civil. IV. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA 1. El artículo 148 de la Constitución preceptúa que “Las resoluciones administrativas que causan estado son susceptibles de impugnación mediante la acción contencioso-administrativa”. 2. Los artículos 4 inciso 1) y 5 inciso 1) del TUO de la Ley 27584 que prescriben que “Articulo 4… Son impugnables en este proceso las siguientes actuaciones administrativas: 1. Los actos administrativos y cualquier otra declaración administrativa…” y, “Artículo 5… En el proceso contencioso Administrativo podrán plantearse pretensiones con el objeto de obtener lo siguiente: 1. La declaración de nulidad, total o parcial o ineficacia de actos administrativos…”. 3. El Decreto de Urgencia Nº 037-94, que en su artículo 2 establece “Otorgarse, a partir del 1 de julio de 1994, una Bonificación Especial a los servidores de la Administración Pública ubicados en los niveles F-2. F-1, Profesionales, Técnicos y Auxiliares, así como al personal comprendido en la Escala Nº 11 del Decreto Supremo Nº 051-91-PCM que desempeñan cargos directivos o jefaturales…”. 4. La STC Nº 2616-2004-AC/TC Amazonas (Caso Amado Nelson Santillán Tuesta), que en su fundamento 10 señala “corresponde el otorgamiento de la Bonificación Especial prevista en el Decreto de Urgencia Nº 037-94 a:
  • 3. …d) Que ocupen el nivel remunerativo incluido en la categoría del grupo ocupacional de los técnicos, es decir, los comprendidos en la escala 8…”. 5. La STC Nº 02288-2007-PC/TC (caso ATANSA), que señala “… en caso de que los servidores administrativos del sector salud ubicados en los grupos ocupacionales de los técnicos y auxiliares no se encuentren en la Escala Nº 10 les corresponde percibir la Bonificación Especial otorgada por el D. U. 037-94...”. V. MONTO DEL PETITORIO No es posible determinarlo aún, corresponde determinarse en ejecución de sentencia. VI. VÍA PROCEDIMENTAL Proceso Especial. VII. MEDIOS PROBATORIOS 1. Copia fedateada de la Resolución Directoral Nº 209-2008-DRSM-DG del 25 de marzo de 2008. 2. Copia fedateada de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 515-2008-GR/MOQ del 02 de junio de 2008. 3. Copia legalizada de Boleta de Pago del mes de agosto de 2009. VIII. ANEXOS Anexo. 1. A: Copia de DNI Anexo 1.B: Copia fedateada de la Resolución Directoral Nº 209-2008- DRSM –DG del 25 de marzo de 2008. Anexo 1. C: Copia fedateada de la Resolución Ejecutiva Regional Nº515-2008-GR/MOQ del 02 de junio del 2008. Anexo 1.E: Copia Legalizada de Boleta de Pago del Mes de agosto de 2009. POR LO EXPUESTO: A Ud. Pido se sirva dar trámite a la demanda interpuesta, calificarla positivamente y declararla fundada en su oportunidad conforme a ley. Moquegua ,27 de diciembre de 2009
  • 4. . ----------------------------------------- ------------------------------------------- Abogada Yulemi Pacheco Zapata Cristiano Moisés Salas Palomino CSM. 2000 DNI Nº 42101512