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Derechoal trabajo
El derechoal trabajoes el derechofundamental humanoporel que todapersonatiene
derechoal trabajo,a la libre eleccióndel mismo,acondicionesequitativasysatisfactoriasde
trabajo,a la proteccióncontrael desempleo,sin discriminación,conigualdadsalarial,
remuneracióndigna,protecciónsocial yderechode sindicación.
El derechoal trabajose reconoce enlasnormalesfundamentalesde derechoshumanoscomo
son laDeclaraciónUniversal de DerechosHumanos,el PactoInternacional de Derechos
Económicos,SocialesyCulturalesasícomo entextosinternacionalescomolaCarta social
europea,el Protocolode SanSalvador, laCarta Africanade DerechosHumanosyde los
PueblosyentextosnacionalescomosonlasConstituciones de numerosospaíses.
Conceptoen la legislacióninternacional
Declaración Universal de DerechosHumanos de 1948
El artículo 23 de la DeclaraciónUniversal de DerechosHumanos,consideradael fundamento
de las normasinternacionalessobre derechoshumanos,enrelaciónconel Derechoal Trabajo,
indica:
Artículo 23.
Toda personatiene derechoal trabajo,ala libre elecciónde sutrabajo,a condiciones
equitativasysatisfactoriasde trabajoya laproteccióncontra el desempleo.
Toda personatiene derecho,sindiscriminaciónalguna,aigual salarioportrabajoigual.Toda
personaque trabajatiene derechoauna remuneraciónequitativaysatisfactoria,que le
asegure,así comoa sufamilia,unaexistenciaconformealadignidadhumanayque será
completada, encasonecesario,porcualesquieraotrosmediosde protecciónsocial.
Toda personatiene derechoafundarsindicatosyasindicarse parala defensade susintereses.
Pacto Internacional de DerechosEconómicos,SocialesyCulturales1966
En losartículos 6, 7 y 8 del PactoInternacional de DerechosEconómicos,SocialesyCulturales,
se recoge el Derechoal Trabajocomo unode losDerechoseconómicos,socialesyculturales.
Artículo 6.
1. Los Estados Partesenel presente Pactoreconocenel derechoatrabajar,que comprende el
derechode todapersonaa tenerla oportunidadde ganarse lavidamediante untrabajo
librementeescogidooaceptado,ytomaránmedidasadecuadasparagarantizar este derecho.
2. Entre lasmedidasque habráde adoptarcada uno de los Estados Partesenel presente Pacto
para lograr la plenaefectividadde este derechodeberáfigurarlaorientaciónyformación
tecnicoprofesional,lapreparaciónde programas,normasytécnicasencaminadasaconseguir
un desarrolloeconómico,social ycultural constante ylaocupaciónplenayproductiva,en
condicionesque garanticenlaslibertadespolíticasyeconómicasfundamentalesde lapersona
humana.
Artículo 7.
Los Estados Partesenel presente Pactoreconocenel derechode todapersonaal goce de
condicionesde trabajoequitativaysatisfactoriaque le asegurenenespecial:
a) Una remuneraciónque proporcionecomomínimoatodos lostrabajadores:
i) Un salarioequitativoe igual portrabajode igual valor,sindistincionesde ningunaespecie;
enparticular,debe asegurarse alasmujerescondicionesde trabajonoinferioresalasde los
hombres,consalarioigual portrabajo igual.
ii) Condicionesde existenciadignasparaellosyparasus familiasconformealasdisposiciones
del presente Pacto.
b) La seguridadyla higiene enel trabajo.
c) Igual oportunidadparatodosde ser promovidos,dentrode sutrabajo,ala categoría
superiorque lescorresponda,sinmásconsideracionesque losfactoresde tiempode servicioy
capacidad.
d) El descanso,el disfrute del tiempolibre,lalimitaciónrazonable de lashorasde trabajoy las
variacionesperiódicaspagadas,asícomola remuneraciónde losdíasfestivos.
Artículo 8
1. Los Estados Partesenel presente Pactose comprometenagarantizar:
a) El derechode todapersonaa fundarsindicatosya afiliarse al de suelección,consujeción
únicamente alosestatutosde laorganizacióncorrespondiente,parapromoveryprotegersus
intereseseconómicosysociales.Nopodránimponerse otrasrestriccionesal ejerciciode este
derechoque lasque prescribalaleyy que seannecesariasenunasociedaddemocráticaen
interésde laseguridadnacional odel ordenpúblico,oparala protecciónde losderechosy
libertadesajenos.
b) El derechode lossindicatosaformar federacionesoconfederacionesnacionalesyel de
éstasa fundarorganizacionessindicalesinternacionalesoa afiliarse alasmismas.
c) El derechode lossindicatosafuncionarsinobstáculosysinotras limitacionesque lasque
prescribalaleyy que sean necesariasenunasociedaddemocráticaeninterésde laseguridad
nacional o del ordenpúblico,oparala protecciónde losderechosylibertadesajenos.
d) El derechode huelga,ejercidode conformidadconlasleyesde cadapaís.
2. El presente artículonoimpedirásometerarestriccioneslegalesel ejerciciode tales
derechosporlosmiembrosde lasfuerzasarmadas,de la policíao de la administracióndel
Estado.
3. Nada de lo dispuestoeneste artículoautorizaráalosEstados Partesenel Conveniode la
OrganizaciónInternacionaldel Trabajode 1948 relativoala libertadsindical ya laprotección
del derechode sindicaciónaadoptarmedidaslegislativasque menoscabenlasgarantías
previstasendichoConveniooaaplicarla leyenforma que menoscabe dichasgarantías.
Carta Africana de DerechosHumanos y de los Pueblos1981
En artículo 15 de la Carta Africanade DerechosHumanosy de los Pueblostambiénrecoge el
Derechoal Trabajo:
Toda personatiene derechoal trabajoencondicionesequitativasysatisfactorias,yrecibirá
igual salarioporigual trabajo.
Antecedentese historiadel Derecho al Trabajo
Revoluciónfrancesa de 1848
La Revoluciónfrancesade 1848 esuna insurrecciónpopularque tuvolugarenParís del 23 al
25 de febrerode 1848. Obligóal reyLuisFelipe Ide Franciaa abdicar -huyendoconsufamiliaa
Inglaterra- ydiopaso a la SegundaRepúblicaFrancesa.
El gobiernoprovisional proclamólaIIRepública,decretandoel sufragiouniversal masculino,
fijólajornadalaboral en10-11 horasy reconocióel derechoal trabajopara todoslos
ciudadanos.Larevoluciónfrancesade 1848 tuvouna gran repercusiónenotrospaísesde
Europa como Austria,Hungría,Alemaniae Italia,donde sendasinsurreccionespopulares
consiguieronsignificativosavancesdemocráticos.Este movimientoeuropeose conoce comola
«Primaverade losPueblos».
Las leyesmásimportantesfueronlaleyLe Chapelierde 1789, el CódigoPenal FrancésyCódigo
Civil de Franciao CódigoCivil de Napoleónde 1804, donde se recoge laprimera
reglamentaciónde lasrelacioneslaborales,conalgunosprincipiosbásicos:libertadde trabajo,
autonomíade lavoluntade igualdadde laspartesenla celebraciónde loscontratos.Esta
igualdadrecogidaenel códigocivil francésyposteriormenteenel de otrospaísesserá
ampliamentecuestionada-yaque laigualdadentre 'empresario'y'trabajador'se mostrará
puramente teóricadandolugaral desarrollodel Derechodel Trabajoque,entre otros
objetivos,pretende protegeral trabajador.
Aparición del Derechodel Trabajo o Derecho Laboral
El Derechodel trabajosurge de lasnuevasrelacionesque se establecierondurantela
revoluciónindustrial.Frente al podereconómicoypolíticoque adquirieronlosindustriales
capitalistas -grandesempresarios-,vansurgiendoprimerode formaespontáneayesporádica
diversostiposde protestas,comolasmanifestaciones,lahuelga,laocupaciónde fábricasyel
sabotaje,que precedieronalaformaciónde organizacionesde trabajadores(lossindicatos)
que demandabanmejorassocioeconómicasque nopodíanconseguirse atítuloindividual.Por
parte de losnuevoscapitalistasse sosteníaque losEstadosnodebíanlegislarinterfiriendoen
la "libre contratación"entre empleadoresytrabajadores,porloque enprimerainstanciael
Estado interveníaenlosconflictoslaboraleslimitándose durantemuchotiempoalarepresión
de las protestas,consideradasilícitas,mediantelaacciónpolicial omilitar;porparte de los
sindicatosytrabajadoresse demandabanmejoras tantosalarialescomoenlascondicionesde
trabajoy una regulaciónque protegieraala parte más débil enlasupuestalibertadde
contratación,estoes,al trabajador.
Durante el sigloXIXfueronnaciendodiversascorrientesque desdeángulosdistintos exigieron
la intervencióndel Estadoendefensade lostrabajadores,comolasescuelasintervencionistas
y lasescuelassocialistas.Lasescuelasintervencionistasquierenque el Estadoproteja,por
mediode unapolíticaadecuada,a las clasessocialesperjudicadasconlalibre distribuciónde la
riqueza.El socialismo,particularmente ensudesarrolloformuladoporKarl Marx, procuraba
sustituirlaestructuracapitalistaporunrégimenenque noexistieralapropiedadprivadade
losmediosde producciónni laexplotaciónporunossereshumanosde lafuerzade trabajode
otros.El objetodel socialismoeslaemancipaciónde losproletariosporobrarevolucionariade
losmismosproletarios.
El surgimientode lasprimerasleyeslaboralesdatadesde lasegunda mitaddel sigloXIX,ymás
tardíamente enunospaísesque en otros.
Constitucionalismosocial
La Constituciónde WeimarjuntoalaConstituciónde Méxicosancionadadosañosantes,
dieronorigenal constitucionalismosocial,que establecióel Estadode bienestaryreconoció
losderechosde lostrabajadores.
Constituciónde Weimar- Alemania1919
En la Constituciónde Weimar,redactadael 11 de noviembre de 1919 -Repúblicade Weimar,
se recoge el derechoal trabajo enel artículo 163.
La cuestiónsocial fue unanovedadtratadaenlaConstituciónde Weimar,se rompe laideade
la igualdadsocial absoluta-entreempresarioytrabajador-,tomandoenconsideraciónque,
para efectosprácticos,lostrabajadoresvivíanenunasituacióneconómicainferiory
deprimida.Este reconocimientosuponeque el "derechosocial"se redefinayestablezcaque la
justiciase realizaúnicamenteenel casoque se establezcauntratamientoigual para
situacionesiguales,perodesigual paracasosdesiguales.Esasí, comotanto la Constituciónde
Weimarcomo laOrganizaciónInternacional delTrabajo,en1919, establecenlosprincipiosdel
derechosocial yreconocenlosdenominados"derechosde segundageneración"oderechos
económicos,socialesyculturales,ampliandoel campode derechosfundamentalesque ya
había sidotrazado enlasleyeseuropeasalolargodel sigloXIX.
Organización Internacional del Trabajo - OIT 1919
En 1919, con el Tratado de Versallesque pusofinalaprimeraguerramundial,el derechodel
trabajoadquiere respaldointernacional plasmadoenlacreaciónde laOrganización
Internacional del Trabajo(OIT),comoorganismoespecializadode lasNacionesUnidasque se
ocupa de losasuntosrelativosal trabajoy lasrelacioneslaborales.Fue fundadael 15 de abril
de 1919, envirtuddel Tratado de Versalles.SuConstitución,sancionadaen1919, se
complementaconlaDeclaraciónde Filadelfiade 1978
En 1999 se creóla nociónde “Trabajo Decente”.LaOrganizaciónInternacional delTrabajo,lo
definiócomo:El trabajo decente resume lasaspiracionesde lagente durante suvidalaboral.
Significacontarconoportunidadesde untrabajoque seaproductivoyque produzca un
ingresodigno,seguridadenel lugarde trabajoy protecciónsocial paralas familias,mejores
perspectivasde desarrollopersonal e integraciónalasociedad,libertadparaque lagente
exprese susopiniones,organizaciónyparticipaciónenlasdecisionesque afectansusvidas,e
igualdadde oportunidadytratopara todas lasmujeresyhombres.
El empleoabarcatodaslas clasesde trabajo,así pues,laideade «trabajodecente» esválida
tanto para lasy lostrabajadoresde la economíaformal,comopara losde laeconomía informal
y losautónomos(independientes).Laideaincluye laexistenciade empleos suficientes
(posibilidadesde trabajar),laremuneraciónjusta(enmetálicoyenespecie),laseguridadenel
trabajo,la seguridadsocial,laseguridadde ingresos,asícomoel dialogosocial;enel que los
trabajadoresejercenel derechode asociarse paraexponersusopiniones,defendersus
interesesyentablarnegociacionesconlospatronesycon lasautoridadessobre losasuntos
relacionadosconlaactividadlaboral.
El trabajoque dignificaypermite el desarrollode laspropiascapacidadesnoescualquier
trabajo;no esdecente el trabajoque se realizasinrespetoalosprincipiosyderechoslaborales
fundamentales,ni el que nopermite uningresojustoyproporcional al esfuerzorealizado,sin
discriminaciónde géneroode cualquierotrotipo,ni el que se llevaacabo sinprotección
social,ni aquel que excluyeel diálogosocialyel tripartismo.
La inclusiónde este conceptoala realidad,traeríasolucionesmásampliascomolainclusión
social,laerradicaciónde lapobreza,el desarrollointegral,larealizaciónpersonal;cabe señalar
que enMéxicose da el reconocimientode este conceptoenlareformalaboral del 2012, ya
que enel artículo 2 de la LeyFederal del trabajo,se mencionadichoconcepto.
A pesarde eso,las contradiccionesendichareformalaboral yenlamismarealidadson
múltiplesante lanocióndel trabajodecente.Unejemploclaro,endonde lamisma
OrganizaciónInternacionaldel Trabajotuvoque intervenirapeticiónde 33 trabajadoresdel
SindicatoÚnicode Trabajadoresde la IndustriaVidrieradel Potosíque fuerondespedidos
injustificadamenteenel 2008 por laempresaIndustriaVidrieradel Potosí,S.A.DE C. V.debido
a que ese grupo de trabajadoresdecidieronhacerusode suderechoa la libre asociacióny
renunciaronala Confederaciónde Trabajadoresde México(CTM) para formarun sindicato
independiente.Ante esagrave violación,los33trabajadoresagrupadosenunSindicato
Independiente interpusieronunaquejael 22de marzode 2010 ante la Organización
Internacional del Trabajo(OIT),lacual originóunarecomendaciónunañodespuésafavorde
lostrabajadores,condenandoalaempresademandadaareinstalaralostrabajadoresenlos
mismospuestos,términosycondicionesde trabajoenque se veníandesempeñando.Nofue
hasta el 5 de abril de 2014 que la JuntaFederal de ConciliaciónyArbitraje aceptóla
recomendaciónylosobrerosfueronreinstalados,ademásde que laempresatendráque pagar
lossalariosvencidos.
Otro temaque tambiéndemuestralasinconsistenciasen lareformalaboral mexicanay,que
ademásla OITtambiénse pronunciómediante el Convenio189 yla Recomendación201: un
trabajodecente paralas trabajadorasy lostrabajadoresdomésticos.12Dentrodel Conveniose
estipulóque el paísque ratifique este instrumentodeberáadoptarmedidasparaasegurarla
protecciónde losderechoshumanosde losylas trabajadorasdomésticas,entre ellos,legislary
dotarle de DerechosLaboralescomoloesel Contrato Colectivode Trabajo,SeguroSocial,
prestaciones,vacacionesanualespagadas,jornadalaboral que nosobrepase las8horas,
conveniosobre laedadmínima,entre otras.Méxicoesunade lospaísesque ratificaronel
Convenio189, sinembargohastael día de hoyla protecciónlegal ylaboral para con los
hombresysobre todo,hacia lasmujerestrabajadorasdomésticasesaúnletramuerta,apesar
de que En México,existenpocomásde dosmillonesde personasque se dedicanal trabajo
doméstico.Nuevede cada10 sonmujeres,de acuerdocondatos del InstitutoNacional de
Estadísticay Geografía al cuarto trimestre del 2010. Por eso,laentradaen vigordel Convenio
189 de la OIT,al igual que el conceptodel «trabajodecente»permitiríael ejercicioplenode los
derechoslaboralesysociales,yevitarasíla discriminación,explotaciónyviolaciónalos
derechoshumanosde lapoblaciónmásvulnerable.
El derechoa la perezafrente al derechoal trabajo
El derechoa laperezaesun ensayode 1880 del autorfrancocubanoPaul Lafargue.En esta
obra, el autorrealizaunacrítica marxistadel capitalismo,cuyodesarrollo,concluye,
desembocaríaenuna'crisisde superproducción',causandodesempleoymiseriaentre laclase
trabajadora.Lafargue propone alcanzar,mediante lageneralizacióndel usode lasmáquinasy
la reducciónde lajornadalaboral,el estadiode losderechosdel bienestarconel que
culminaríala revoluciónsocial que permitiríaala sociedadconsagrarsu tiempoalas ciencias,
el arte y lasatisfacciónde lasnecesidadeshumanaselementales

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  • 1. Derechoal trabajo El derechoal trabajoes el derechofundamental humanoporel que todapersonatiene derechoal trabajo,a la libre eleccióndel mismo,acondicionesequitativasysatisfactoriasde trabajo,a la proteccióncontrael desempleo,sin discriminación,conigualdadsalarial, remuneracióndigna,protecciónsocial yderechode sindicación. El derechoal trabajose reconoce enlasnormalesfundamentalesde derechoshumanoscomo son laDeclaraciónUniversal de DerechosHumanos,el PactoInternacional de Derechos Económicos,SocialesyCulturalesasícomo entextosinternacionalescomolaCarta social europea,el Protocolode SanSalvador, laCarta Africanade DerechosHumanosyde los PueblosyentextosnacionalescomosonlasConstituciones de numerosospaíses. Conceptoen la legislacióninternacional Declaración Universal de DerechosHumanos de 1948 El artículo 23 de la DeclaraciónUniversal de DerechosHumanos,consideradael fundamento de las normasinternacionalessobre derechoshumanos,enrelaciónconel Derechoal Trabajo, indica: Artículo 23. Toda personatiene derechoal trabajo,ala libre elecciónde sutrabajo,a condiciones equitativasysatisfactoriasde trabajoya laproteccióncontra el desempleo. Toda personatiene derecho,sindiscriminaciónalguna,aigual salarioportrabajoigual.Toda personaque trabajatiene derechoauna remuneraciónequitativaysatisfactoria,que le asegure,así comoa sufamilia,unaexistenciaconformealadignidadhumanayque será completada, encasonecesario,porcualesquieraotrosmediosde protecciónsocial. Toda personatiene derechoafundarsindicatosyasindicarse parala defensade susintereses. Pacto Internacional de DerechosEconómicos,SocialesyCulturales1966 En losartículos 6, 7 y 8 del PactoInternacional de DerechosEconómicos,SocialesyCulturales, se recoge el Derechoal Trabajocomo unode losDerechoseconómicos,socialesyculturales. Artículo 6. 1. Los Estados Partesenel presente Pactoreconocenel derechoatrabajar,que comprende el derechode todapersonaa tenerla oportunidadde ganarse lavidamediante untrabajo librementeescogidooaceptado,ytomaránmedidasadecuadasparagarantizar este derecho. 2. Entre lasmedidasque habráde adoptarcada uno de los Estados Partesenel presente Pacto para lograr la plenaefectividadde este derechodeberáfigurarlaorientaciónyformación tecnicoprofesional,lapreparaciónde programas,normasytécnicasencaminadasaconseguir un desarrolloeconómico,social ycultural constante ylaocupaciónplenayproductiva,en
  • 2. condicionesque garanticenlaslibertadespolíticasyeconómicasfundamentalesde lapersona humana. Artículo 7. Los Estados Partesenel presente Pactoreconocenel derechode todapersonaal goce de condicionesde trabajoequitativaysatisfactoriaque le asegurenenespecial: a) Una remuneraciónque proporcionecomomínimoatodos lostrabajadores: i) Un salarioequitativoe igual portrabajode igual valor,sindistincionesde ningunaespecie; enparticular,debe asegurarse alasmujerescondicionesde trabajonoinferioresalasde los hombres,consalarioigual portrabajo igual. ii) Condicionesde existenciadignasparaellosyparasus familiasconformealasdisposiciones del presente Pacto. b) La seguridadyla higiene enel trabajo. c) Igual oportunidadparatodosde ser promovidos,dentrode sutrabajo,ala categoría superiorque lescorresponda,sinmásconsideracionesque losfactoresde tiempode servicioy capacidad. d) El descanso,el disfrute del tiempolibre,lalimitaciónrazonable de lashorasde trabajoy las variacionesperiódicaspagadas,asícomola remuneraciónde losdíasfestivos. Artículo 8 1. Los Estados Partesenel presente Pactose comprometenagarantizar: a) El derechode todapersonaa fundarsindicatosya afiliarse al de suelección,consujeción únicamente alosestatutosde laorganizacióncorrespondiente,parapromoveryprotegersus intereseseconómicosysociales.Nopodránimponerse otrasrestriccionesal ejerciciode este derechoque lasque prescribalaleyy que seannecesariasenunasociedaddemocráticaen interésde laseguridadnacional odel ordenpúblico,oparala protecciónde losderechosy libertadesajenos. b) El derechode lossindicatosaformar federacionesoconfederacionesnacionalesyel de éstasa fundarorganizacionessindicalesinternacionalesoa afiliarse alasmismas. c) El derechode lossindicatosafuncionarsinobstáculosysinotras limitacionesque lasque prescribalaleyy que sean necesariasenunasociedaddemocráticaeninterésde laseguridad nacional o del ordenpúblico,oparala protecciónde losderechosylibertadesajenos. d) El derechode huelga,ejercidode conformidadconlasleyesde cadapaís. 2. El presente artículonoimpedirásometerarestriccioneslegalesel ejerciciode tales derechosporlosmiembrosde lasfuerzasarmadas,de la policíao de la administracióndel Estado. 3. Nada de lo dispuestoeneste artículoautorizaráalosEstados Partesenel Conveniode la OrganizaciónInternacionaldel Trabajode 1948 relativoala libertadsindical ya laprotección del derechode sindicaciónaadoptarmedidaslegislativasque menoscabenlasgarantías previstasendichoConveniooaaplicarla leyenforma que menoscabe dichasgarantías.
  • 3. Carta Africana de DerechosHumanos y de los Pueblos1981 En artículo 15 de la Carta Africanade DerechosHumanosy de los Pueblostambiénrecoge el Derechoal Trabajo: Toda personatiene derechoal trabajoencondicionesequitativasysatisfactorias,yrecibirá igual salarioporigual trabajo. Antecedentese historiadel Derecho al Trabajo Revoluciónfrancesa de 1848 La Revoluciónfrancesade 1848 esuna insurrecciónpopularque tuvolugarenParís del 23 al 25 de febrerode 1848. Obligóal reyLuisFelipe Ide Franciaa abdicar -huyendoconsufamiliaa Inglaterra- ydiopaso a la SegundaRepúblicaFrancesa. El gobiernoprovisional proclamólaIIRepública,decretandoel sufragiouniversal masculino, fijólajornadalaboral en10-11 horasy reconocióel derechoal trabajopara todoslos ciudadanos.Larevoluciónfrancesade 1848 tuvouna gran repercusiónenotrospaísesde Europa como Austria,Hungría,Alemaniae Italia,donde sendasinsurreccionespopulares consiguieronsignificativosavancesdemocráticos.Este movimientoeuropeose conoce comola «Primaverade losPueblos». Las leyesmásimportantesfueronlaleyLe Chapelierde 1789, el CódigoPenal FrancésyCódigo Civil de Franciao CódigoCivil de Napoleónde 1804, donde se recoge laprimera reglamentaciónde lasrelacioneslaborales,conalgunosprincipiosbásicos:libertadde trabajo, autonomíade lavoluntade igualdadde laspartesenla celebraciónde loscontratos.Esta igualdadrecogidaenel códigocivil francésyposteriormenteenel de otrospaísesserá ampliamentecuestionada-yaque laigualdadentre 'empresario'y'trabajador'se mostrará puramente teóricadandolugaral desarrollodel Derechodel Trabajoque,entre otros objetivos,pretende protegeral trabajador. Aparición del Derechodel Trabajo o Derecho Laboral El Derechodel trabajosurge de lasnuevasrelacionesque se establecierondurantela revoluciónindustrial.Frente al podereconómicoypolíticoque adquirieronlosindustriales capitalistas -grandesempresarios-,vansurgiendoprimerode formaespontáneayesporádica diversostiposde protestas,comolasmanifestaciones,lahuelga,laocupaciónde fábricasyel sabotaje,que precedieronalaformaciónde organizacionesde trabajadores(lossindicatos) que demandabanmejorassocioeconómicasque nopodíanconseguirse atítuloindividual.Por parte de losnuevoscapitalistasse sosteníaque losEstadosnodebíanlegislarinterfiriendoen la "libre contratación"entre empleadoresytrabajadores,porloque enprimerainstanciael Estado interveníaenlosconflictoslaboraleslimitándose durantemuchotiempoalarepresión de las protestas,consideradasilícitas,mediantelaacciónpolicial omilitar;porparte de los sindicatosytrabajadoresse demandabanmejoras tantosalarialescomoenlascondicionesde
  • 4. trabajoy una regulaciónque protegieraala parte más débil enlasupuestalibertadde contratación,estoes,al trabajador. Durante el sigloXIXfueronnaciendodiversascorrientesque desdeángulosdistintos exigieron la intervencióndel Estadoendefensade lostrabajadores,comolasescuelasintervencionistas y lasescuelassocialistas.Lasescuelasintervencionistasquierenque el Estadoproteja,por mediode unapolíticaadecuada,a las clasessocialesperjudicadasconlalibre distribuciónde la riqueza.El socialismo,particularmente ensudesarrolloformuladoporKarl Marx, procuraba sustituirlaestructuracapitalistaporunrégimenenque noexistieralapropiedadprivadade losmediosde producciónni laexplotaciónporunossereshumanosde lafuerzade trabajode otros.El objetodel socialismoeslaemancipaciónde losproletariosporobrarevolucionariade losmismosproletarios. El surgimientode lasprimerasleyeslaboralesdatadesde lasegunda mitaddel sigloXIX,ymás tardíamente enunospaísesque en otros. Constitucionalismosocial La Constituciónde WeimarjuntoalaConstituciónde Méxicosancionadadosañosantes, dieronorigenal constitucionalismosocial,que establecióel Estadode bienestaryreconoció losderechosde lostrabajadores. Constituciónde Weimar- Alemania1919 En la Constituciónde Weimar,redactadael 11 de noviembre de 1919 -Repúblicade Weimar, se recoge el derechoal trabajo enel artículo 163. La cuestiónsocial fue unanovedadtratadaenlaConstituciónde Weimar,se rompe laideade la igualdadsocial absoluta-entreempresarioytrabajador-,tomandoenconsideraciónque, para efectosprácticos,lostrabajadoresvivíanenunasituacióneconómicainferiory deprimida.Este reconocimientosuponeque el "derechosocial"se redefinayestablezcaque la justiciase realizaúnicamenteenel casoque se establezcauntratamientoigual para situacionesiguales,perodesigual paracasosdesiguales.Esasí, comotanto la Constituciónde Weimarcomo laOrganizaciónInternacional delTrabajo,en1919, establecenlosprincipiosdel derechosocial yreconocenlosdenominados"derechosde segundageneración"oderechos económicos,socialesyculturales,ampliandoel campode derechosfundamentalesque ya había sidotrazado enlasleyeseuropeasalolargodel sigloXIX. Organización Internacional del Trabajo - OIT 1919 En 1919, con el Tratado de Versallesque pusofinalaprimeraguerramundial,el derechodel trabajoadquiere respaldointernacional plasmadoenlacreaciónde laOrganización Internacional del Trabajo(OIT),comoorganismoespecializadode lasNacionesUnidasque se ocupa de losasuntosrelativosal trabajoy lasrelacioneslaborales.Fue fundadael 15 de abril de 1919, envirtuddel Tratado de Versalles.SuConstitución,sancionadaen1919, se complementaconlaDeclaraciónde Filadelfiade 1978
  • 5. En 1999 se creóla nociónde “Trabajo Decente”.LaOrganizaciónInternacional delTrabajo,lo definiócomo:El trabajo decente resume lasaspiracionesde lagente durante suvidalaboral. Significacontarconoportunidadesde untrabajoque seaproductivoyque produzca un ingresodigno,seguridadenel lugarde trabajoy protecciónsocial paralas familias,mejores perspectivasde desarrollopersonal e integraciónalasociedad,libertadparaque lagente exprese susopiniones,organizaciónyparticipaciónenlasdecisionesque afectansusvidas,e igualdadde oportunidadytratopara todas lasmujeresyhombres. El empleoabarcatodaslas clasesde trabajo,así pues,laideade «trabajodecente» esválida tanto para lasy lostrabajadoresde la economíaformal,comopara losde laeconomía informal y losautónomos(independientes).Laideaincluye laexistenciade empleos suficientes (posibilidadesde trabajar),laremuneraciónjusta(enmetálicoyenespecie),laseguridadenel trabajo,la seguridadsocial,laseguridadde ingresos,asícomoel dialogosocial;enel que los trabajadoresejercenel derechode asociarse paraexponersusopiniones,defendersus interesesyentablarnegociacionesconlospatronesycon lasautoridadessobre losasuntos relacionadosconlaactividadlaboral. El trabajoque dignificaypermite el desarrollode laspropiascapacidadesnoescualquier trabajo;no esdecente el trabajoque se realizasinrespetoalosprincipiosyderechoslaborales fundamentales,ni el que nopermite uningresojustoyproporcional al esfuerzorealizado,sin discriminaciónde géneroode cualquierotrotipo,ni el que se llevaacabo sinprotección social,ni aquel que excluyeel diálogosocialyel tripartismo. La inclusiónde este conceptoala realidad,traeríasolucionesmásampliascomolainclusión social,laerradicaciónde lapobreza,el desarrollointegral,larealizaciónpersonal;cabe señalar que enMéxicose da el reconocimientode este conceptoenlareformalaboral del 2012, ya que enel artículo 2 de la LeyFederal del trabajo,se mencionadichoconcepto. A pesarde eso,las contradiccionesendichareformalaboral yenlamismarealidadson múltiplesante lanocióndel trabajodecente.Unejemploclaro,endonde lamisma OrganizaciónInternacionaldel Trabajotuvoque intervenirapeticiónde 33 trabajadoresdel SindicatoÚnicode Trabajadoresde la IndustriaVidrieradel Potosíque fuerondespedidos injustificadamenteenel 2008 por laempresaIndustriaVidrieradel Potosí,S.A.DE C. V.debido a que ese grupo de trabajadoresdecidieronhacerusode suderechoa la libre asociacióny renunciaronala Confederaciónde Trabajadoresde México(CTM) para formarun sindicato independiente.Ante esagrave violación,los33trabajadoresagrupadosenunSindicato Independiente interpusieronunaquejael 22de marzode 2010 ante la Organización Internacional del Trabajo(OIT),lacual originóunarecomendaciónunañodespuésafavorde lostrabajadores,condenandoalaempresademandadaareinstalaralostrabajadoresenlos mismospuestos,términosycondicionesde trabajoenque se veníandesempeñando.Nofue hasta el 5 de abril de 2014 que la JuntaFederal de ConciliaciónyArbitraje aceptóla recomendaciónylosobrerosfueronreinstalados,ademásde que laempresatendráque pagar lossalariosvencidos. Otro temaque tambiéndemuestralasinconsistenciasen lareformalaboral mexicanay,que ademásla OITtambiénse pronunciómediante el Convenio189 yla Recomendación201: un trabajodecente paralas trabajadorasy lostrabajadoresdomésticos.12Dentrodel Conveniose estipulóque el paísque ratifique este instrumentodeberáadoptarmedidasparaasegurarla protecciónde losderechoshumanosde losylas trabajadorasdomésticas,entre ellos,legislary dotarle de DerechosLaboralescomoloesel Contrato Colectivode Trabajo,SeguroSocial,
  • 6. prestaciones,vacacionesanualespagadas,jornadalaboral que nosobrepase las8horas, conveniosobre laedadmínima,entre otras.Méxicoesunade lospaísesque ratificaronel Convenio189, sinembargohastael día de hoyla protecciónlegal ylaboral para con los hombresysobre todo,hacia lasmujerestrabajadorasdomésticasesaúnletramuerta,apesar de que En México,existenpocomásde dosmillonesde personasque se dedicanal trabajo doméstico.Nuevede cada10 sonmujeres,de acuerdocondatos del InstitutoNacional de Estadísticay Geografía al cuarto trimestre del 2010. Por eso,laentradaen vigordel Convenio 189 de la OIT,al igual que el conceptodel «trabajodecente»permitiríael ejercicioplenode los derechoslaboralesysociales,yevitarasíla discriminación,explotaciónyviolaciónalos derechoshumanosde lapoblaciónmásvulnerable. El derechoa la perezafrente al derechoal trabajo El derechoa laperezaesun ensayode 1880 del autorfrancocubanoPaul Lafargue.En esta obra, el autorrealizaunacrítica marxistadel capitalismo,cuyodesarrollo,concluye, desembocaríaenuna'crisisde superproducción',causandodesempleoymiseriaentre laclase trabajadora.Lafargue propone alcanzar,mediante lageneralizacióndel usode lasmáquinasy la reducciónde lajornadalaboral,el estadiode losderechosdel bienestarconel que culminaríala revoluciónsocial que permitiríaala sociedadconsagrarsu tiempoalas ciencias, el arte y lasatisfacciónde lasnecesidadeshumanaselementales