DERECHO COLECTIVO
DEL TRABAJO
Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Integrantes:
Maridalin Manzo
C.I.: 26.732.528
SAIA
Derecho Laboral
Colectivo
Derecho Colectivo del Trabajo:
Es el Conjunto de normas jurídicas
que regulan las relaciones entre
patronos y trabajadores no de modo
individual, sino en atención a los
intereses comunes a todos ellos o a
los grupos profesionales.
Orígenes: Deviene de un fenómeno
social, político y económico llamado
“Revolución Industrial” a finales del
siglo XVIII con el cual surgen efectos
positivos como cambios de forma de
producir, facilidad al transporte, etc. Y
efectos negativos como desplazamiento
de mano de obra, nacimiento de dos
clases la burguesía y el proletariado,
pobreza y marginación.
Actualmente, el Derecho Colectivo
del Trabajo va de la mano con las
posibilidades del ejercicio de la
Libertad Sindical, que por lo
demás es sinónimo del ejercicio de
la democracia.
En Venezuela, el Derecho Colectivo
del Trabajo se va desarrollando a
medida que las organizaciones de
trabadores van toman fuerza, debemos
anotar que hasta diciembre de 1935 el
país estuvo dominado por la peor
dictadura que ha padecido este país.
Por eso el sindicalismo venezolano y
las leyes relacionadas con este
derecho, se desarrollan desde 1936.
Leyes Indias: Suele afirmarse que las leyes indias
son un precedente histórico de la
moderna legislación laboral. Denominase así la
recopilación de Cédulas, cartas, provisiones y leyes
ordenadas por Carlos II de España el 18 de mayo de
1680, con el propósito de unificar y divulgar las
disposiciones dictadas hasta entonces
en materia de gobierno, justicia, guerra, hacienda y
las penas aplicables a los transgresores.
Antecedentes Post Coloniales: Constitución
de 1830 y Códigos Civiles: En el desarrollo de
las reseñas históricas del Derecho del trabajo
venezolano podemos distinguir dos períodos. El
primero comprende desde la Constitución de la
República Independiente
de Venezuela demarcada en la
Gran Colombia en 1830 hasta la ley de talleres
y establecimientos públicos de 1917 y el
segundo el que se extiende desde la última
fecha hasta nuestros días.
Ley del Trabajo de 1928: Esta ley deroga la
anterior constituyendo un cuerpo normativo de
concepción más técnica dedicado al trabajo
subordinado que establece la obligación
patronal por primera vez de pagar las
indemnizaciones en los casos de accidentes
y enfermedades profesionales ya que hasta la
fecha se regían por las reglas de las Leyes de
Minas y por las disposiciones del Código Civil.
Derecho Laboral
Colectivo
Etapas del Derecho Colectivo:
• Etapa prohibición: habrá penalización todo tipo de
organización “LEY DE CHAPELIER” francesa,
esta etapa se extendió en la edad media hasta la
edad moderna. Se sancionará con pena privativa de
libertad a las asociaciones de trabajadores.
• Etapa Tolerancia: Se da en Inglaterra donde no se
encuentra penalizado la organización de
trabajadores y permite la suscripción y el acuerdo
entre el obrero y patrón.
• Etapa legalidad: Se reconoce legalmente los
derechos de los trabajadores de manera progresiva a
partir del tratado de versalles se implementa la ONU
y las instituciones especializadas como OIT.
Organización Internacional del
Trabajo: Es una entidad que
funciona bajo la órbita de
la Organización de las Naciones
Unidas (ONU). Esta institución se
encarga de analizar todo aquello
vinculado al universo laboral,
protegiendo los derechos de los
trabajadores.
La fundación de la OIT tuvo lugar
en 1919. Con sede en la ciudad suiza
de Ginebra, como parte del Tratado de
Versalles que terminó con la Primera
Guerra Mundial, y reflejó la convicción
de que la justicia social es esencial para
alcanzar una paz universal y permanente,
la organización es dirigida por una junta
que cuenta con representantes de los
sindicatos, de los gobiernos nacionales y
de las representantes de los sindicatos, de
los gobiernos nacionales y de las
empresas.
La Constitución contenía ideas ya experimentadas en la Asociación
Internacional para la Protección Internacional de los Trabajadores,
fundada en Basilea en 1901. Las acciones en favor de una organización
internacional que enfrentara temas laborales se iniciaron en el siglo XIX,
y fueron lideradas por dos empresarios, Robert Owen (1771-1853) de
Gales y Daniel Legrand (1783-1859) de Francia.
La fuerza que impulsó la creación de la OIT fue provocada por
consideraciones sobre seguridad, humanitarias, políticas y económicas.
Derecho Laboral
Colectivo
Influencias Políticas de las Federaciones y
Confederaciones de Trabajadores en Venezuela: Durante
los veintisiete (27) años del régimen del dictador Juan
Vicente Gómez, todo el país y especialmente los
trabajadores fueron perseguidos y torturados. Gómez muere
en diciembre de 1935, por eso es a partir de 1936 cuando
florece el sindicalismo, después del regreso de los líderes
de las cárceles o del exilio. Siendo esta la razón por la cual
la primera Confederación Venezolana de Trabajadores se
constituye es el 26 de diciembre de 1936.
Los primeros movimientos de trabajadores
venezolanos se forman bajo las filosofías marxista
y socialdemócrata- De modo que la CTV desde sus
inicios fue conducida por militantes de los partidos
políticos Acción Democrática y Comunista. Para
1937 son expulsados nuevamente del país,
dirigentes políticos y sindicales. En 1944 se reúne
en Caracas la Convención Nacional de
Trabajadores y es disuelta, por decreto
presidencial, junto con noventa y una (91)
organizaciones sindicales y dos federaciones.
Entre 1948 y enero de 1958 existió otra dictadura
represiva de los políticos y de los sindicalistas.
Por eso es a partir de la caída del dictador que
vuelve a tomar aire el sindicalismo venezolano,
hasta entonces a la cabeza de la CTV. Desde
entonces se incorpora el sindicalismo de
tendencia socialcristiana.
De las divisiones entre partidos políticos
venezolanos, aparecen grupos sindicales y con ellos
varias confederaciones con distintas tendencias
políticas. Así que, para el momento del intento de
golpe de Estado que da paso al llamado socialismo
del siglo XXI, existían en el país las siguientes
confederaciones y tendencias políticas. La
Confederación Venezolana de Trabajadores (CTV) de
tendencia socialdemócrata, la Central General de
Trabajadores de Venezuela (CGT) de origen
demócrata cristiano, la Confederación de Sindicatos
Autónomos (CODESA) de corriente humanista e
independiente, La Central Unitaria de Trabajadores
(CUTV) nacida de las ideas socialdemócrata del ala
marxista de Acción Democrática que se había
dividido y del Partido Comunista.

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  • 1. DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO Universidad Fermín Toro Vicerrectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Integrantes: Maridalin Manzo C.I.: 26.732.528 SAIA
  • 2. Derecho Laboral Colectivo Derecho Colectivo del Trabajo: Es el Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre patronos y trabajadores no de modo individual, sino en atención a los intereses comunes a todos ellos o a los grupos profesionales. Orígenes: Deviene de un fenómeno social, político y económico llamado “Revolución Industrial” a finales del siglo XVIII con el cual surgen efectos positivos como cambios de forma de producir, facilidad al transporte, etc. Y efectos negativos como desplazamiento de mano de obra, nacimiento de dos clases la burguesía y el proletariado, pobreza y marginación. Actualmente, el Derecho Colectivo del Trabajo va de la mano con las posibilidades del ejercicio de la Libertad Sindical, que por lo demás es sinónimo del ejercicio de la democracia. En Venezuela, el Derecho Colectivo del Trabajo se va desarrollando a medida que las organizaciones de trabadores van toman fuerza, debemos anotar que hasta diciembre de 1935 el país estuvo dominado por la peor dictadura que ha padecido este país. Por eso el sindicalismo venezolano y las leyes relacionadas con este derecho, se desarrollan desde 1936. Leyes Indias: Suele afirmarse que las leyes indias son un precedente histórico de la moderna legislación laboral. Denominase así la recopilación de Cédulas, cartas, provisiones y leyes ordenadas por Carlos II de España el 18 de mayo de 1680, con el propósito de unificar y divulgar las disposiciones dictadas hasta entonces en materia de gobierno, justicia, guerra, hacienda y las penas aplicables a los transgresores. Antecedentes Post Coloniales: Constitución de 1830 y Códigos Civiles: En el desarrollo de las reseñas históricas del Derecho del trabajo venezolano podemos distinguir dos períodos. El primero comprende desde la Constitución de la República Independiente de Venezuela demarcada en la Gran Colombia en 1830 hasta la ley de talleres y establecimientos públicos de 1917 y el segundo el que se extiende desde la última fecha hasta nuestros días. Ley del Trabajo de 1928: Esta ley deroga la anterior constituyendo un cuerpo normativo de concepción más técnica dedicado al trabajo subordinado que establece la obligación patronal por primera vez de pagar las indemnizaciones en los casos de accidentes y enfermedades profesionales ya que hasta la fecha se regían por las reglas de las Leyes de Minas y por las disposiciones del Código Civil.
  • 3. Derecho Laboral Colectivo Etapas del Derecho Colectivo: • Etapa prohibición: habrá penalización todo tipo de organización “LEY DE CHAPELIER” francesa, esta etapa se extendió en la edad media hasta la edad moderna. Se sancionará con pena privativa de libertad a las asociaciones de trabajadores. • Etapa Tolerancia: Se da en Inglaterra donde no se encuentra penalizado la organización de trabajadores y permite la suscripción y el acuerdo entre el obrero y patrón. • Etapa legalidad: Se reconoce legalmente los derechos de los trabajadores de manera progresiva a partir del tratado de versalles se implementa la ONU y las instituciones especializadas como OIT. Organización Internacional del Trabajo: Es una entidad que funciona bajo la órbita de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Esta institución se encarga de analizar todo aquello vinculado al universo laboral, protegiendo los derechos de los trabajadores. La fundación de la OIT tuvo lugar en 1919. Con sede en la ciudad suiza de Ginebra, como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial, y reflejó la convicción de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz universal y permanente, la organización es dirigida por una junta que cuenta con representantes de los sindicatos, de los gobiernos nacionales y de las representantes de los sindicatos, de los gobiernos nacionales y de las empresas. La Constitución contenía ideas ya experimentadas en la Asociación Internacional para la Protección Internacional de los Trabajadores, fundada en Basilea en 1901. Las acciones en favor de una organización internacional que enfrentara temas laborales se iniciaron en el siglo XIX, y fueron lideradas por dos empresarios, Robert Owen (1771-1853) de Gales y Daniel Legrand (1783-1859) de Francia. La fuerza que impulsó la creación de la OIT fue provocada por consideraciones sobre seguridad, humanitarias, políticas y económicas.
  • 4. Derecho Laboral Colectivo Influencias Políticas de las Federaciones y Confederaciones de Trabajadores en Venezuela: Durante los veintisiete (27) años del régimen del dictador Juan Vicente Gómez, todo el país y especialmente los trabajadores fueron perseguidos y torturados. Gómez muere en diciembre de 1935, por eso es a partir de 1936 cuando florece el sindicalismo, después del regreso de los líderes de las cárceles o del exilio. Siendo esta la razón por la cual la primera Confederación Venezolana de Trabajadores se constituye es el 26 de diciembre de 1936. Los primeros movimientos de trabajadores venezolanos se forman bajo las filosofías marxista y socialdemócrata- De modo que la CTV desde sus inicios fue conducida por militantes de los partidos políticos Acción Democrática y Comunista. Para 1937 son expulsados nuevamente del país, dirigentes políticos y sindicales. En 1944 se reúne en Caracas la Convención Nacional de Trabajadores y es disuelta, por decreto presidencial, junto con noventa y una (91) organizaciones sindicales y dos federaciones. Entre 1948 y enero de 1958 existió otra dictadura represiva de los políticos y de los sindicalistas. Por eso es a partir de la caída del dictador que vuelve a tomar aire el sindicalismo venezolano, hasta entonces a la cabeza de la CTV. Desde entonces se incorpora el sindicalismo de tendencia socialcristiana. De las divisiones entre partidos políticos venezolanos, aparecen grupos sindicales y con ellos varias confederaciones con distintas tendencias políticas. Así que, para el momento del intento de golpe de Estado que da paso al llamado socialismo del siglo XXI, existían en el país las siguientes confederaciones y tendencias políticas. La Confederación Venezolana de Trabajadores (CTV) de tendencia socialdemócrata, la Central General de Trabajadores de Venezuela (CGT) de origen demócrata cristiano, la Confederación de Sindicatos Autónomos (CODESA) de corriente humanista e independiente, La Central Unitaria de Trabajadores (CUTV) nacida de las ideas socialdemócrata del ala marxista de Acción Democrática que se había dividido y del Partido Comunista.