UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
CUADRO EXPLICATIVO DE LAS CLASES DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES QUE EXISTEN
EN VENEZUELA, DIFERENCIAS EXISTENTES ENTRE TASA, CONTRIBUCIÓN Y TRIBUTO
CÁTEDRA: Derecho TributarioI
FACILITADOR: Abgdo: Emily Ramírez
PARTICIPANTE: Darwin Catarí
C.I: V-12.263.941
SECCIÓN: S.A.I.A A
BARQUISIMETO; 15 Enero 2.017
CLASES DE
CONTRIBUCION
ES ESPECIALES
QUE EXISTEN
EN VENEZUELA
DEFINICION CARACTERISTICAS EJEMPLOS
Contribuciones
especiales: son
los tributos cuyo hecho
punible consiste en la
obtención por el
obligado tributario de un
beneficio o de un
aumento de valor de sus
bienes como
consecuencia de la
realización de obras
públicas o del
establecimiento o
ampliación de servicios
públicos.
Su importancia en el
montante global de
los ingresos públicos es
marginal, aunque llama
la atención de los
estudiosos por el hecho
de que se sustituye el
principio de la capacidad
económica por el
del beneficio.
 Tributos cuyo hecho
imponible consiste en la
obtención por el obligado
tributario de un beneficio o
de un aumento de valor de
sus bienes,
 Su importancia en el
montaje global de los
ingresos públicos, es
marginal, la cual llama la
atención de los estudiosos
por el hecho de que se
sustituye el principio de
capacidad económica por
el beneficiario.
 Directamente relacionada
con las mejoras de las
obras publicas o del
establecimiento o
ampliación de servicios
públicos.
CONTRIBUCION SOBRE
PLUSVALIA
Hecho Imponible
Según lo dispone el articulo
179 de la LOPPM, la
contribución sobre plusvalía
se origina por el incremento
en el valor de la propiedad,
consecuencia de cambio de
usos o de aprovechamiento
en los planes de ordenación
urbanística que resulte
beneficiada.
Base Imponible
De acuerdo con el articulo
181, de la LOPPM, la
contribución especial sobre
plusvalía no podrá exceder
de un 15 % del monto total
de la plusvalía que
experimente cada inmueble.
.
CUADRO EXPLICATIVO
CLASES DE
CONTRIBUCION
ES ESPECIALES
QUE EXISTEN
EN VENEZUELA
DEFINICION CARACTERISTICAS EJEMPLOS
Tributos son
las prestaciones pecunia
rias que el estado, o un
ente público autorizado
al efecto por aquél, en
virtud de
su soberanía territorial;
exige de sujetos
económicos sometidos a
la misma.
 Esto es, no paga mas el
que mas tiene, si no que
paga mas el que mas se
beneficia por la obra o por
la obra o por servicio en
cuestión.
 Los ingresos que recaudan
a través de la misma están
adscritos a un gasto
correcto, que es el que da
lugar al cobro de la misma,
en lugar de formar parte
genérica de los ingresos a
repartir en los
presupuestos generales del
estado.
Condición para crear la
contribución
El articulo 180 de la LOPPM,
establece que la contribución
especial sobre plusvalía solo
podrá crearse cuando el
aumento del valor de las
propiedades sea igual o
superior al 25 % de su valor
antes del cambio de uso o
de intensidad de
aprovechamiento
Destino de la recaudación
Lo recaudado por concepto
de contribución sobre
plusvalía se realizara a la
realización de las obras o
prestación de los servicios
urbanos que se determinen
en la ordenanza que crea la
contribución (articulo 179 de
lo LOPPM, parte final.
EJEMPLOS DE
LAS
CONTRIBUCIONES
ESPECIALES QUE
EXISTEN EN
VENEZUELA
CONTRIBUCION
POR MEJORAS
HECHO IMPONIBLE BASE IMPONIBLE
se incluye dentro de los
ingresos municipales, en
el numeral 3° del articulo
179 de la C.R.B.V; pero
bajo la forma de
participación, al
establecerse en dicho
numeral como ingreso
del ente: la participación
de la contribución por
mejoras y otros ramos
tributarios nacionales o
estadales, conforme a
las leyes de creación de
dichos tributos.
La contribución especial por
mejoras se causara, según lo
establece el articulo 182, de
la LOPPM, por la ejecución,
por parte del municipio o con
su financiamiento, de las
obras publicas o prestación
de un servicio publico que sea
de evidente interés para la
comunidad, siempre que,
como consecuencia de esas
obras o servicios, resulten
especialmente beneficiadas
determinadas personas.
el importe de la contribución
por mejoras será
determinado por el consejo
municipal en función del
costo presupuestado de las
obras o de los servicios, pero
no excederá, en ningún caso
del 50% del costo de las
obras de servicio. El
porcentaje de la base
imponible que corresponderá
a cada beneficiario de la
obra o servicio y las demás
condiciones de procedencia,
se regirán por lo previsto en
las correspondientes
ordenanzas estipulado en el
articulo 182 de la LOPPM:
DIFERENCIAS
EXCISTENTES
ENTRE TASA,
CONTRIBUCION Y
TRIBUTO EN
VENEZUELA
LA TASA CONTRIBUCION TRIBUTO
es el tributo que cobra
el estado por
determinados servicios
públicos de carácter
divisible, al realizarse el
pago se recibe una
contraprestación
concreta, totalmente
definitiva e inmediata,
Es el tributo exigido por
el estado por la
prestación de un servicio
individualizado al
obligado.
En el impuesto que el
Estado exige el pago de
una suma de dinero
cuando se produce el
hecho imponible, se
refiere a
aquella acción que está
basada en los hechos o
limitada a ellos y que
forma parte del contexto
de la ley y en caso de
realizarse , surge la
obligación tributaria.
Es aquel tributo en virtud del
cual un individuo o
determinado grupo social
percibe un beneficio, derivado
de la realización de obras, de
gastos públicos o de
actividades.
Son aquellos tributos cuyos
hechos impunible, consiste en
la obtención por el sujeto
pasivo de un beneficio o de
un aumento de valor de sus
bienes, como consecuencia
de la realización de obras
publicas o del establecimiento
o ampliación de servicios
públicos.
Tienen su basamento en la
C.R.B.V. sustentado en los
siguientes artículos:
Articulo 133 toda persona
tiene el deber de coadyuvar a
los gastos públicos, mediante
el pago de impuestos, tasas y
contribuciones que establezca
la ley.
El tributo es todo pago o
erogación que deben cumplir
los sujetos pasivos de la
relación tributaria, en virtud
de una ley formalmente
sancionada como
consecuencia de la
realización del hecho
punible, obligatorio y
unilateral, creado por el
estado en uso de su
potestad y soberanía, con el
fin primordial de obtener los
ingresos necesarios para el
sostenimiento de los gastos
públicos.
Son las prestaciones
pecuniarias que el estado, o
un ente publico autoriza al
efecto por aquél, en virtud de
la soberanía territorial; exige
de sujetos económicos
sometidos a la misma.
Se clasifican en impuestos,
tasas y contribuciones
especiales.
DIFERENCIAS
EXCISTENTES
ENTRE TASA,
CONTRIBUCION Y
TRIBUTO EN
VENEZUELA
(ENTRE SUS TIPOS)
LA TASA CONTRIBUCION TRIBUTO
por la prestación de
servicios públicos,
Ejemplos:
abastecimiento de agua
potable y servicio de
aseo domiciliario.
Tasas judiciales, entre
las cuales se encuentran
las de jurisdicción civil
contenciosa, Ejemplo:
por juicios civiles; las de
jurisdicción civil
voluntarias, Ejemplo: por
juicios sucesorios y las
de jurisdicción penal,
Ejemplo: por proceso de
derecho penal común.
Tasas por poder de
policía administrativa
Ejemplo: por
otorgamiento de
licencias y
autorizaciones.
Contribución por mejoras: son
las que se causan por la
ejecución de obras publicas o
prestación de un determinado
servicio publico de evidente
interés colectivo, siempre
que, como consecuencia de
esas obras o servicios,
resulten especialmente
beneficiadas determinadas
propiedades.
Contribuciones de seguridad
social: denominadas también
parafiscalidad, están a cargo
de patronos y trabajadores y
cuyo recaudación se destina
a la financiación de servicios
de previsión y asistencia
social.
Impuesto sobre los
hidrocarburos y minas.
Impuesto sobre la renta.
Impuesto a la producción y al
valor agregado.
Impuesto sobre sucesiones,
donaciones y demás ramos
conexos.
Impuesto sobre los
gravámenes a la importación
y exportación de bienes y
servicios.
Impuestos que recaigan
sobre el consumo de licores,
alcoholes y demás especies
alcohólicas, cigarrillos y
demás manufacturas del
tabaco.
Impuestos territoriales o
sobre predios rurales y sobre
transacciones inmobiliarias.
ELEMENTOS QUE
CARACTERIZAN A
LA TASA,
CONTRIBUCION Y
TRIBUTO EN
VENEZUELA
LA TASA CONTRIBUCION TRIBUTO
• Timbre Fiscal
• Registro Publico
• Servicio Consular
• Servicios de
Telecomunicaciones con
Fines de Lucro.
• De Mejoras
• De Seguridad Social
• Impuesto Sobre la Renta
• Impuesto al Valor
Agregado (IVA)
• Sucesiones, Donaciones y
demás ramos Conexos.
• De Aduanas.
• De Cigarrillos.
• Alcohol y especies
alcohólicas.

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  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERRECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CUADRO EXPLICATIVO DE LAS CLASES DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES QUE EXISTEN EN VENEZUELA, DIFERENCIAS EXISTENTES ENTRE TASA, CONTRIBUCIÓN Y TRIBUTO CÁTEDRA: Derecho TributarioI FACILITADOR: Abgdo: Emily Ramírez PARTICIPANTE: Darwin Catarí C.I: V-12.263.941 SECCIÓN: S.A.I.A A BARQUISIMETO; 15 Enero 2.017
  • 2. CLASES DE CONTRIBUCION ES ESPECIALES QUE EXISTEN EN VENEZUELA DEFINICION CARACTERISTICAS EJEMPLOS Contribuciones especiales: son los tributos cuyo hecho punible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. Su importancia en el montante global de los ingresos públicos es marginal, aunque llama la atención de los estudiosos por el hecho de que se sustituye el principio de la capacidad económica por el del beneficio.  Tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes,  Su importancia en el montaje global de los ingresos públicos, es marginal, la cual llama la atención de los estudiosos por el hecho de que se sustituye el principio de capacidad económica por el beneficiario.  Directamente relacionada con las mejoras de las obras publicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. CONTRIBUCION SOBRE PLUSVALIA Hecho Imponible Según lo dispone el articulo 179 de la LOPPM, la contribución sobre plusvalía se origina por el incremento en el valor de la propiedad, consecuencia de cambio de usos o de aprovechamiento en los planes de ordenación urbanística que resulte beneficiada. Base Imponible De acuerdo con el articulo 181, de la LOPPM, la contribución especial sobre plusvalía no podrá exceder de un 15 % del monto total de la plusvalía que experimente cada inmueble. . CUADRO EXPLICATIVO
  • 3. CLASES DE CONTRIBUCION ES ESPECIALES QUE EXISTEN EN VENEZUELA DEFINICION CARACTERISTICAS EJEMPLOS Tributos son las prestaciones pecunia rias que el estado, o un ente público autorizado al efecto por aquél, en virtud de su soberanía territorial; exige de sujetos económicos sometidos a la misma.  Esto es, no paga mas el que mas tiene, si no que paga mas el que mas se beneficia por la obra o por la obra o por servicio en cuestión.  Los ingresos que recaudan a través de la misma están adscritos a un gasto correcto, que es el que da lugar al cobro de la misma, en lugar de formar parte genérica de los ingresos a repartir en los presupuestos generales del estado. Condición para crear la contribución El articulo 180 de la LOPPM, establece que la contribución especial sobre plusvalía solo podrá crearse cuando el aumento del valor de las propiedades sea igual o superior al 25 % de su valor antes del cambio de uso o de intensidad de aprovechamiento Destino de la recaudación Lo recaudado por concepto de contribución sobre plusvalía se realizara a la realización de las obras o prestación de los servicios urbanos que se determinen en la ordenanza que crea la contribución (articulo 179 de lo LOPPM, parte final.
  • 4. EJEMPLOS DE LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES QUE EXISTEN EN VENEZUELA CONTRIBUCION POR MEJORAS HECHO IMPONIBLE BASE IMPONIBLE se incluye dentro de los ingresos municipales, en el numeral 3° del articulo 179 de la C.R.B.V; pero bajo la forma de participación, al establecerse en dicho numeral como ingreso del ente: la participación de la contribución por mejoras y otros ramos tributarios nacionales o estadales, conforme a las leyes de creación de dichos tributos. La contribución especial por mejoras se causara, según lo establece el articulo 182, de la LOPPM, por la ejecución, por parte del municipio o con su financiamiento, de las obras publicas o prestación de un servicio publico que sea de evidente interés para la comunidad, siempre que, como consecuencia de esas obras o servicios, resulten especialmente beneficiadas determinadas personas. el importe de la contribución por mejoras será determinado por el consejo municipal en función del costo presupuestado de las obras o de los servicios, pero no excederá, en ningún caso del 50% del costo de las obras de servicio. El porcentaje de la base imponible que corresponderá a cada beneficiario de la obra o servicio y las demás condiciones de procedencia, se regirán por lo previsto en las correspondientes ordenanzas estipulado en el articulo 182 de la LOPPM:
  • 5. DIFERENCIAS EXCISTENTES ENTRE TASA, CONTRIBUCION Y TRIBUTO EN VENEZUELA LA TASA CONTRIBUCION TRIBUTO es el tributo que cobra el estado por determinados servicios públicos de carácter divisible, al realizarse el pago se recibe una contraprestación concreta, totalmente definitiva e inmediata, Es el tributo exigido por el estado por la prestación de un servicio individualizado al obligado. En el impuesto que el Estado exige el pago de una suma de dinero cuando se produce el hecho imponible, se refiere a aquella acción que está basada en los hechos o limitada a ellos y que forma parte del contexto de la ley y en caso de realizarse , surge la obligación tributaria. Es aquel tributo en virtud del cual un individuo o determinado grupo social percibe un beneficio, derivado de la realización de obras, de gastos públicos o de actividades. Son aquellos tributos cuyos hechos impunible, consiste en la obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes, como consecuencia de la realización de obras publicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. Tienen su basamento en la C.R.B.V. sustentado en los siguientes artículos: Articulo 133 toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos, mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley. El tributo es todo pago o erogación que deben cumplir los sujetos pasivos de la relación tributaria, en virtud de una ley formalmente sancionada como consecuencia de la realización del hecho punible, obligatorio y unilateral, creado por el estado en uso de su potestad y soberanía, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos. Son las prestaciones pecuniarias que el estado, o un ente publico autoriza al efecto por aquél, en virtud de la soberanía territorial; exige de sujetos económicos sometidos a la misma. Se clasifican en impuestos, tasas y contribuciones especiales.
  • 6. DIFERENCIAS EXCISTENTES ENTRE TASA, CONTRIBUCION Y TRIBUTO EN VENEZUELA (ENTRE SUS TIPOS) LA TASA CONTRIBUCION TRIBUTO por la prestación de servicios públicos, Ejemplos: abastecimiento de agua potable y servicio de aseo domiciliario. Tasas judiciales, entre las cuales se encuentran las de jurisdicción civil contenciosa, Ejemplo: por juicios civiles; las de jurisdicción civil voluntarias, Ejemplo: por juicios sucesorios y las de jurisdicción penal, Ejemplo: por proceso de derecho penal común. Tasas por poder de policía administrativa Ejemplo: por otorgamiento de licencias y autorizaciones. Contribución por mejoras: son las que se causan por la ejecución de obras publicas o prestación de un determinado servicio publico de evidente interés colectivo, siempre que, como consecuencia de esas obras o servicios, resulten especialmente beneficiadas determinadas propiedades. Contribuciones de seguridad social: denominadas también parafiscalidad, están a cargo de patronos y trabajadores y cuyo recaudación se destina a la financiación de servicios de previsión y asistencia social. Impuesto sobre los hidrocarburos y minas. Impuesto sobre la renta. Impuesto a la producción y al valor agregado. Impuesto sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos. Impuesto sobre los gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios. Impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco. Impuestos territoriales o sobre predios rurales y sobre transacciones inmobiliarias.
  • 7. ELEMENTOS QUE CARACTERIZAN A LA TASA, CONTRIBUCION Y TRIBUTO EN VENEZUELA LA TASA CONTRIBUCION TRIBUTO • Timbre Fiscal • Registro Publico • Servicio Consular • Servicios de Telecomunicaciones con Fines de Lucro. • De Mejoras • De Seguridad Social • Impuesto Sobre la Renta • Impuesto al Valor Agregado (IVA) • Sucesiones, Donaciones y demás ramos Conexos. • De Aduanas. • De Cigarrillos. • Alcohol y especies alcohólicas.