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DE LOS
DERECHOS DE
NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES
¿Quiénes son niñas, niños y adolescentes?
Contenido
Derechos de niños, niñas y adolescentes
Obligaciones de personas adultas con niñas, niños y
adolescentes
¿Qué debemos hacer cuando se vulneran los derechos de
niñas, niños y adolescentes?
Directorio
¿Qué son los Derechos de niños, niñas y adolescentes?
derechos de los niños segun la unifec.docx
derechos de los niños segun la unifec.docx
¿Qué son los Derechos de niñas, niños y adolescentes?
Son normas que se encuentran en leyes internacionales, nacionales y estatales
que protegen la dignidad de niñas, niños y adolescentes.
Las personas adultas, las familias, el gobierno, las escuelas y la comunidad en
general, tienen la obligación de respetar, proteger y hacer realidad los
derechos de niñas, niños y adolescentes.
Convención sobre los Ley General de los Derechos de Ley de los Derechos de Niñas,
Derechos del Niño Niñas, Niños y Adolescentes Niños y Adolescentes del Estado
de Chihuahua
Niños, niñas y adolescentes, tienen derecho a una vida en
la que puedan crecer saludables y con protección, alcanzar
su máximo potencial para poder desarrollarse felices. Para
crecer sanamente necesitan el apoyo de las personas
adultas y de toda la sociedad.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
DERECHO A LA VIDA, LA PAZ, LA SUPERVIVENCIA
Y AL
DESARROLLO
La supervivencia son las necesidades básicas de niñas,
niños y adolescentes para garantizar su vida; Incluye
diversos derechos, tales como la alimentación
adecuada, vivienda, agua potable y atención primaria a
la salud, entre otros.
Derecho de prioridad
Niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se
les brinde protección y ayuda en cualquier momento
que lo necesiten, y a que se les atienda antes que a las
personas adultas en todos los servicios, en
igualdad de circunstancias.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Siempre que se solicite un cambio de apellidos, niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a opinar
y que se les tome en cuenta. La falta de documentación para acreditar su identidad, nunca será
obstáculo para garantizar sus derechos.
DERECHO A VIVIR EN FAMILIA
Niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir en un entorno familiar
amoroso, que brinde protección y cuide de sus derechos. No podrán ser
separados de ella, a menos que sea por su propio bien.
Si padre y madre se encuentran separados, tienen derecho a mantenerse en
contacto con ambos fácilmente; a excepción de que la autoridad competente
decida lo contrario, tomando en cuenta la opinión, de niñas, niños y
adolescentes.
La separación de niñas, niños y adolescentes de
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
sus familias, deberá ser el último recurso que
adopte el gobierno para la protección de sus
derechos. Siempre se buscará lo que sea más
favorable para su desarrollo y seguridad.
Derecho a la igualdad sustantiva
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho al acceso al
mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o
ejercicio de los derechos humanos.
Los gobiernos deberán implementar acciones especificas para
eliminar costumbres, tradiciones, prejuicios, roles y
estereotipos sexistas, que desvalorizan a la mujer.
El EMPODERAMIENTO fortalece las capacidades y el liderazgo de las niñas y
adolescentes para avanzar hacia el logro de la igualdad de
género, el cumplimiento de sus derechos y su inclusión, convirtiéndolas en las
protagonistas de sus vidas y agentes de cambio.
Derecho a no ser discriminados.
Nadie deberá discriminar a niñas, niños y adolescentes por su
origen étnico, nacional o social, el idioma que hablen o la edad
que tengan, género, orientación sexual, religión, opinión, si tienen
alguna discapacidad, por su estado de salud o cualquier condición
de vida.
La Encuesta Nacional sobre Discriminación ( 2017)
advierte que el 41.8% de niñas , niños y adolescentes
señaló haber sido discriminado en la escuela por su
estatura 35.5%, por su manera de vestir, 32.5%, por su
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
forma de hablar y expresarse, y un 27.5% por su
nombre.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Derecho a vivir en condiciones de
sano desarrollo
Niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir en un medio ambiente sano y
sustentable y en condiciones que permitan su desarrollo, bienestar,
crecimiento saludable y armonioso, tanto físico como mental, material, espiritual,
ético, cultural y social.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
bienestar y a un
SUSTENTABLE: Se refiere a la capacidad de poder
aprovechar los recursos que tenemos, de tal forma que nos
permitan seguir aprovechándolos en un futuro para
quienes estamos presentes y las próximas generaciones
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Derecho de acceso a una vida libre de
violencia y a la
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
integridad
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a no ser
objetos de malos tratos, tortura, humillaciones o
cualquier acción u omisión que pueda afectarlos física,
moral o emocionalmente.
Los gobiernos están obligados a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y
sancionar los casos en que NNA se vean afectados por el descuido, abandono,
negligencia, abuso, explotación o cualquier otra forma de violencia. De igual manera las
niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir atención para su recuperación física
y psicológica en caso de ser victimas de cualquier forma de violencia.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Derecho a la protección de la salud y a
la seguridad social
Niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la salud,
por lo que deben de tener acceso a servicios médicos y
sanitarios, pero también a una buena alimentación, agua
potable y lo que sea necesario para que crezcan
saludables.
La salud significa un estado completo de bienestar fisico,
mental y social. Este derecho incluye también el acceso a
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
la información sobre prevención de enfermedades, incluso
a la educación sexual y reproductiva.
Derecho a la inclusión de niños, niñas y
adolescentes con discapacidad
Son niños, niñas y adolescentes con discapacidad, quienes nacen o adquieran una
o más deficiencias física, intelectual o sensorial y que al interactuar con las barreras
que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva en
igualdad de condiciones con las demás personas.
Inclusión significa tener que hacer cambios y ajustes para que niñas, niños y
adolescentes con alguna discapacidad puedan gozar de sus derechos, a veces implican
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
cambios físicos como construir una rampa, otras veces pueden ser por voluntad de las
personas, como aprender lengua de señas, braille, bajar a planta baja si el edificio es
de varios pisos y no es accesible, o hasta adaptar las reglas de un juego para que todas
las personas lo disfruten.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Derecho a la educación
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Derecho al descanso y al esparcimiento
Niños, niñas y adolescentes tienen derecho al descanso, al
esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas
propias de su edad , así como a participar libremente en
actividades culturales, deportivas y artísticas, como
factores primordiales de su desarrollo y crecimiento.
Para que niñas, niños y adolescentes puedan ejercer este derecho, se tienen que crear
condiciones de seguridad y espacios públicos donde niñas, niños y adolescentes
participen para su diseño.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Derecho de la libertad de Convicciones
Éticas, Pensamiento,
Conciencia, Religión y Cultura
Tienen derecho a contar con una religión, esto significa, que pueden creer,
practicar y desarrollar una vida espiritual, si bien las familias contribuyen a su
formación, no pueden imponerles sus creencias, valores y principios.
También tienen derecho a disfrutar libremente de su lengua, cultura, usos y
costumbres.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Los gobiernos, en el ámbito de sus
respectivas competencias garantizarán este
derecho en el marco del Estado laico.
Derecho a la Libertad de Expresión y
de Acceso a la
Información
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Derecho de Asociación y Reunión
Son integrantes de la sociedad tienen derecho a reunirse y asociarse, pueden
formar grupos y organizarse con la finalidad de tratar temas o realizar actividades
que les interesen, con fines sociales, culturales, deportivos o cualquier otro, de
forma pacifica.
Nadie debe discriminar a niñas, niños y adolescentes que se
reúnen.
Derecho a la Participación
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Derecho a la Intimidad
NO se debe difundir información personal, como: imagen, nombre, datos personales o
referencias que permitan la identificación de niñas, niños y adolescentes en los medios de
comunicación, así como medios impresos o en medios electrónicos que atenten contra su
integridad, o que les ponga en riesgo
Por la seguridad de niñas, niños y adolescentes, las escuelas y las
familias no deben de subir imágenes a redes sociales de niñas, niños o
adolescentes, aunque parezca inofensivo.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Derecho a la Seguridad Jurídica y al
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Debido Proceso
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Derecho de niños, niñas y adolescentes
migrantes
Niñas niños y adolescentes migrantes tienen todos los derechos de esta cartilla.
Los gobiernos deberán proporcionar servicios y protección, garantizando que no sean
victimas de actos discriminatorios, debiendo cuidar su bienestar físico y emocional,
asegurando que estén siempre junto a sus familias, en condiciones de seguridad y
dignidad, buscando siempre lo mejor, considerando en todo momento su opinión.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Derecho de Acceso a las Tecnologías de la
Información
y Comunicación (TICs)
Niños, niñas y adolescentes tienen derecho al acceso universal gratuito o de bajo costo y uso seguro y de las
TICs asi como que se les capacite para su uso y como evitar algún tipo de violencia o robo de información,
además tendrán derecho a que se diseñen contenidos de acuerdo a su edad y madurez, para poder ejercer los
derechos a la información, comunicación, educación, salud, esparcimiento, no discriminación, entre otros, así
como el acceso a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Las personas adultas tienen la obligación de educar en el conocimiento
y uso responsable de las tecnologías de información.
Garantizar sus derechos alimentarios, el libre desarrollo de su
personalidad
Asegurar que cursen la educación obligatoria
Registrarlos dentro de los primeros cinco días de vida.
Asegurar un entorno afectivo, comprensivo y sin violencia
Protegerles contra toda forma de violencia, maltrato, perjuicio,
daño, agresión, abuso, venta, trata de personas y explotación.
Acompañarlos con la orientación apropiada sin limitar, vulnerar o
restringir sus derechos
Considerar la opinión y preferencia de niñas, niños y adolescentes
para la toma de decisiones
Fomentar el respeto hacia todas las personas, así como el cuidado
de los bienes propios, de la familia y de la comunidad
Obligaciones de quienes ejercen la patria
potestad, tutela o guarda y custodia,
así como de las demás personas que por
razón de sus funciones o actividades
tengan bajo su cuidado niñas, niños o
adolescentes
Evitar conductas que puedan vulnerar el ambiente de respeto
Educar en el conocimiento y uso responsable de las tecnologías
de la información y comunicación.
NO atentar contra su integridad física, psicológica, ni realizar actos
que menoscaben su desarrollo integral.
¿Qué deberes tienen niñas, niños y
adolescentes?
Respetarse y respetar a las personas, sus objetos, su familia y
a su comunidad.
Niñas, niños y adolescentes
N tienen obligaciones
El no cumplir con sus deberes no significa que pueden abusar
o violar sus derechos.
¿Qué debemos hacer cuando se vulneran
los derechos de niñas, niños y
adolescentes?
Si una niña, un niño o un adolescente te hace saber que a
sufrido violencia, tu sospechas o lo encuentras en el
momento, debes hacer lo siguiente:
Si estas ante una EMERGENCIA con NIÑA, NIÑO o
LLAMA AL 911
ADOLESCENTE Si es un NIÑA, NIÑO o ADOLESCENTE al que LLAMA O ACUDE a la Calle Panamá No. 980 Col.
Hidalgo se le violan sus derechos por acciones u Subprocuraduría de Tel. 6293300 Ext. 53303,53304 y 53315
omisiones Protección Auxiliar de NNA Lunes a viernes de 8:00 a 16:00 hrs
Si es una NIÑA o UNA ADOLESCENTE DENUNCIA de forma anónima al 089 o Av. Sanders No. 310 Col. Santa Rosa
Tel: 6293300 Ext. 58112
victima de un delito acude a Fiscalía Especializada en la Mujer Lunes a domingo de 9:00 a 21:00
Si es un NIÑO o UN ADOLESCENTE victima DENUNCIA de forma anónima al 089 o Eje Vial Juan Gabriel Col. San Antonio
Tel. 6293300 de un
delito acude a Fiscalía General del Estado Lunes a domingo las 24 hrs
Si alguna autoridad, NO da seguimiento a
una denuncia de violación a derechos de
niñas, niños y adolescentes
Presenta una queja ante la Comisión
Estatal de los Derechos Humanos
Av. de los Insurgentes 4327, Los
Nogales, 656 251 9750
PON UN ALTO A LA VIOLENCIA
CONTRA NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES
derechos de los niños segun la unifec.docx
Directorio
Emergencias 911
Secretaría de Seguridad Pública Municipal (UNEVID)
656 7370515
Fiscalía General del Estado 656
6293300 extensiones
56348, 56357
Fiscalía Especializada en la Mujer Av. Sanders No. 310
Col. Santa Rosa, 6293300 extensión 58112 6566293300 extensión 56810
Centro de Justicia para las Mujeres,
Av. Sanders 310
Col. Santa Rosa, 6293300 Ext.
58112 6566293300
ext. 56800
DIF Municipal, Av. Abraham Lincoln S/N, Zona Pronaf Condominio La Plata, 656
6251323
Instituto Municipal de las Mujeres 6566114078
6566895515
y
Subprocuraduría de Protección Auxiliar de Niñas,
Niños y Adolescentes, Panamá No. 980 Col. Hidalgo
6566293300 ext. 53304, 53303, 53305
Comisión Estatal de los Derechos
Humanos
Av. de los Insurgentes 4327, Los
Nogales, Cd Juárez, Chih. 656 251
9750
Dirección de la Secretaría Ejecutiva del SIPINNA Juárez
Calle Costa Rica 1428, Colonia El Chamizal,
6567370000, sipinnamunicipiodejuarez@gmail.com
Glosario
• Crianza Positiva: Estilo de crianza que se basa en el respeto a los hijos, en criar con amor y,
sobre todo, en hacerlo a través de una conducta no violenta
• Derechos sexuales: La cartilla de derechos sexuales de adolescentes y jóvenes, señala que son las
prerrogativas que tienen adolescentes y jóvenes para el disfrute pleno de la sexualidad que
contribuye a la salud y bienestar físico, mental y social, son los siguientes: derecho a decidir de
forma libre, autónoma e informada sobre su cuerpo y su sexualidad; a ejercer y disfrutar
plenamente su vida sexual; a manifestar públicamente sus afectos; a decidir con quién o quiénes
relacionarse afectiva, erótica y sexualmente; a que se respete su privacidad y a que se resguarde
su información personal; a la vida, a la integridad física, psicológica y sexual; a decidir de manera
libre e informada sobre su vida reproductiva; a la igualdad; a vivir libre de discriminación; a la
información actualizada, veraz, completa, científica y laica sobre sexualidad; a la educación integral
en sexualidad; a los servicios de salud sexual y reproductiva; a la identidad sexual; a la participación
en las políticas públicas sobre sexualidad y reproducción.
• Escucha activa: Se refiere a escuchar activamente y con conciencia plena, es estar totalmente
concentrados en el mensaje que el otro individuo intenta comunicar.
• Género: La UNICEF lo define como las ideas, normas y comportamientos que la sociedad ha
establecido para cada sexo, y el valor y significado que se les asigna.
• Identidad sexual: Esta conformada por la identidad de género, la orientación sexual y la identidad
política. La identidad de género es el género con el que la persona se siente identificada,
incluyendo si no se siente identificada con un género femenino, masculino o trans. La orientación
sexual es definida por el género o los géneros hacia los que la persona tiene atracción (homosexual,
heterosexual, pansexual y bisexual). La identidad política es la identidad que la persona asume
públicamente para demandar sus derechos.
Glosario
• Interés superior de la niñez y la adolescencia: El SIPINNA Nacional, nos acerca a este principio
desde las siguientes claves: Debe realizarse lo que sea mejor para niñas, niños y adolescentes, por
encima de la visión de las personas adultas. Quienes toman decisiones tendrán que medir el
impacto de sus decisiones en todos los ámbitos de la vida de niñas, niños y adolescentes. Cuando
esté de por medio el bienestar físico y emocional de niñas, niños o adolescentes, se tomará la
decisión que mejor convenga para proteger y garantizar su desarrollo integral. Cuando esté de
por medio el bienestar físico y emocional de niñas, niños o adolescentes, se tomará la decisión
que mejor convenga para proteger y garantizar su desarrollo integral. Los gobiernos deben de
hacer con sus presupuestos que este derecho sea efectivo, reafirma a las niñas, niños y
adolescentes como titulares de derechos y que todos sus derechos sean plenamente garantizados
a lo largo de su niñez y en todos los aspectos de su vida.
• Laico: todo aquello que carece de credo o que no se encuentra sujeto o influido por una religión
• Sexismo: “El sexismo es una práctica discriminatoria que limita y excluye a la mujer de poder
estar en igualdad de derechos y oportunidades, a la par que el hombre, considerándolo superior
a ella, donde se le quita el derecho a poder acceder a los mismos lugares que el Hombre y
desempeñar las mismas tareas.” (Reinoso Castillo Isabel).
“ Sobre cada niña y niño, se debería poner un cartel
que dijera: Tratar con cuidado, contiene sueños”
Mirko Badiale
A través de esta cartilla, has dado un recorrido, por los Derechos de niñas, niños
y adolescentes, aquí van integradas las necesidades más valiosas que la niñez de Ciudad Juárez requiere, para desarrollarse de
YO:____________________________
Nombre y firma una manera plena y feliz. Es el compromiso social y de gobierno, lograr que este ideal, se convierta
en una realidad; HOY FORMAS PARTE de la promoción y protección de los
Derechos de la niñez y adolescencia.
Me comprometo a conocer, promover y proteger, los
derechos de niñas, niños y adolecentes. Cartilla realizada por la Dirección de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Municipal de
Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes para el Municipio de Juárez,
la Coordinación de la Comisión de la Familia del Gobierno Municipal 2018 –
2021 y la Comisión Estatal de los Derechos
Humanos

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  • 13. Derecho a no ser discriminados. Nadie deberá discriminar a niñas, niños y adolescentes por su origen étnico, nacional o social, el idioma que hablen o la edad que tengan, género, orientación sexual, religión, opinión, si tienen alguna discapacidad, por su estado de salud o cualquier condición de vida. La Encuesta Nacional sobre Discriminación ( 2017) advierte que el 41.8% de niñas , niños y adolescentes señaló haber sido discriminado en la escuela por su estatura 35.5%, por su manera de vestir, 32.5%, por su
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  • 15. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Derecho a vivir en condiciones de sano desarrollo Niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir en un medio ambiente sano y sustentable y en condiciones que permitan su desarrollo, bienestar, crecimiento saludable y armonioso, tanto físico como mental, material, espiritual, ético, cultural y social.
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  • 18. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes integridad Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a no ser objetos de malos tratos, tortura, humillaciones o cualquier acción u omisión que pueda afectarlos física, moral o emocionalmente. Los gobiernos están obligados a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que NNA se vean afectados por el descuido, abandono, negligencia, abuso, explotación o cualquier otra forma de violencia. De igual manera las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir atención para su recuperación física y psicológica en caso de ser victimas de cualquier forma de violencia.
  • 19. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social Niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la salud, por lo que deben de tener acceso a servicios médicos y sanitarios, pero también a una buena alimentación, agua potable y lo que sea necesario para que crezcan saludables. La salud significa un estado completo de bienestar fisico, mental y social. Este derecho incluye también el acceso a
  • 20. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes la información sobre prevención de enfermedades, incluso a la educación sexual y reproductiva. Derecho a la inclusión de niños, niñas y adolescentes con discapacidad Son niños, niñas y adolescentes con discapacidad, quienes nacen o adquieran una o más deficiencias física, intelectual o sensorial y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva en igualdad de condiciones con las demás personas. Inclusión significa tener que hacer cambios y ajustes para que niñas, niños y adolescentes con alguna discapacidad puedan gozar de sus derechos, a veces implican
  • 21. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes cambios físicos como construir una rampa, otras veces pueden ser por voluntad de las personas, como aprender lengua de señas, braille, bajar a planta baja si el edificio es de varios pisos y no es accesible, o hasta adaptar las reglas de un juego para que todas las personas lo disfruten.
  • 22. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Derecho a la educación
  • 23. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Derecho al descanso y al esparcimiento Niños, niñas y adolescentes tienen derecho al descanso, al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad , así como a participar libremente en actividades culturales, deportivas y artísticas, como factores primordiales de su desarrollo y crecimiento. Para que niñas, niños y adolescentes puedan ejercer este derecho, se tienen que crear condiciones de seguridad y espacios públicos donde niñas, niños y adolescentes participen para su diseño.
  • 24. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Derecho de la libertad de Convicciones Éticas, Pensamiento, Conciencia, Religión y Cultura Tienen derecho a contar con una religión, esto significa, que pueden creer, practicar y desarrollar una vida espiritual, si bien las familias contribuyen a su formación, no pueden imponerles sus creencias, valores y principios. También tienen derecho a disfrutar libremente de su lengua, cultura, usos y costumbres.
  • 25. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Los gobiernos, en el ámbito de sus respectivas competencias garantizarán este derecho en el marco del Estado laico. Derecho a la Libertad de Expresión y de Acceso a la Información
  • 26. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
  • 27. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Derecho de Asociación y Reunión Son integrantes de la sociedad tienen derecho a reunirse y asociarse, pueden formar grupos y organizarse con la finalidad de tratar temas o realizar actividades que les interesen, con fines sociales, culturales, deportivos o cualquier otro, de forma pacifica. Nadie debe discriminar a niñas, niños y adolescentes que se reúnen.
  • 28. Derecho a la Participación
  • 29. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
  • 30. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Derecho a la Intimidad NO se debe difundir información personal, como: imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan la identificación de niñas, niños y adolescentes en los medios de comunicación, así como medios impresos o en medios electrónicos que atenten contra su integridad, o que les ponga en riesgo Por la seguridad de niñas, niños y adolescentes, las escuelas y las familias no deben de subir imágenes a redes sociales de niñas, niños o adolescentes, aunque parezca inofensivo.
  • 31. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Derecho a la Seguridad Jurídica y al
  • 32. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Debido Proceso
  • 33. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Derecho de niños, niñas y adolescentes migrantes Niñas niños y adolescentes migrantes tienen todos los derechos de esta cartilla. Los gobiernos deberán proporcionar servicios y protección, garantizando que no sean victimas de actos discriminatorios, debiendo cuidar su bienestar físico y emocional, asegurando que estén siempre junto a sus familias, en condiciones de seguridad y dignidad, buscando siempre lo mejor, considerando en todo momento su opinión.
  • 34. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Derecho de Acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) Niños, niñas y adolescentes tienen derecho al acceso universal gratuito o de bajo costo y uso seguro y de las TICs asi como que se les capacite para su uso y como evitar algún tipo de violencia o robo de información, además tendrán derecho a que se diseñen contenidos de acuerdo a su edad y madurez, para poder ejercer los derechos a la información, comunicación, educación, salud, esparcimiento, no discriminación, entre otros, así como el acceso a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
  • 35. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Las personas adultas tienen la obligación de educar en el conocimiento y uso responsable de las tecnologías de información.
  • 36. Garantizar sus derechos alimentarios, el libre desarrollo de su personalidad Asegurar que cursen la educación obligatoria Registrarlos dentro de los primeros cinco días de vida. Asegurar un entorno afectivo, comprensivo y sin violencia Protegerles contra toda forma de violencia, maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso, venta, trata de personas y explotación. Acompañarlos con la orientación apropiada sin limitar, vulnerar o restringir sus derechos Considerar la opinión y preferencia de niñas, niños y adolescentes para la toma de decisiones Fomentar el respeto hacia todas las personas, así como el cuidado de los bienes propios, de la familia y de la comunidad
  • 37. Obligaciones de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como de las demás personas que por razón de sus funciones o actividades tengan bajo su cuidado niñas, niños o adolescentes Evitar conductas que puedan vulnerar el ambiente de respeto Educar en el conocimiento y uso responsable de las tecnologías de la información y comunicación. NO atentar contra su integridad física, psicológica, ni realizar actos que menoscaben su desarrollo integral.
  • 38. ¿Qué deberes tienen niñas, niños y adolescentes? Respetarse y respetar a las personas, sus objetos, su familia y a su comunidad. Niñas, niños y adolescentes N tienen obligaciones
  • 39. El no cumplir con sus deberes no significa que pueden abusar o violar sus derechos. ¿Qué debemos hacer cuando se vulneran los derechos de niñas, niños y adolescentes? Si una niña, un niño o un adolescente te hace saber que a sufrido violencia, tu sospechas o lo encuentras en el momento, debes hacer lo siguiente:
  • 40. Si estas ante una EMERGENCIA con NIÑA, NIÑO o LLAMA AL 911 ADOLESCENTE Si es un NIÑA, NIÑO o ADOLESCENTE al que LLAMA O ACUDE a la Calle Panamá No. 980 Col. Hidalgo se le violan sus derechos por acciones u Subprocuraduría de Tel. 6293300 Ext. 53303,53304 y 53315 omisiones Protección Auxiliar de NNA Lunes a viernes de 8:00 a 16:00 hrs Si es una NIÑA o UNA ADOLESCENTE DENUNCIA de forma anónima al 089 o Av. Sanders No. 310 Col. Santa Rosa Tel: 6293300 Ext. 58112 victima de un delito acude a Fiscalía Especializada en la Mujer Lunes a domingo de 9:00 a 21:00 Si es un NIÑO o UN ADOLESCENTE victima DENUNCIA de forma anónima al 089 o Eje Vial Juan Gabriel Col. San Antonio Tel. 6293300 de un delito acude a Fiscalía General del Estado Lunes a domingo las 24 hrs Si alguna autoridad, NO da seguimiento a una denuncia de violación a derechos de niñas, niños y adolescentes Presenta una queja ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos Av. de los Insurgentes 4327, Los Nogales, 656 251 9750
  • 41. PON UN ALTO A LA VIOLENCIA CONTRA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
  • 43. Directorio Emergencias 911 Secretaría de Seguridad Pública Municipal (UNEVID) 656 7370515 Fiscalía General del Estado 656 6293300 extensiones 56348, 56357 Fiscalía Especializada en la Mujer Av. Sanders No. 310 Col. Santa Rosa, 6293300 extensión 58112 6566293300 extensión 56810 Centro de Justicia para las Mujeres, Av. Sanders 310 Col. Santa Rosa, 6293300 Ext. 58112 6566293300 ext. 56800 DIF Municipal, Av. Abraham Lincoln S/N, Zona Pronaf Condominio La Plata, 656 6251323 Instituto Municipal de las Mujeres 6566114078 6566895515 y Subprocuraduría de Protección Auxiliar de Niñas, Niños y Adolescentes, Panamá No. 980 Col. Hidalgo 6566293300 ext. 53304, 53303, 53305
  • 44. Comisión Estatal de los Derechos Humanos Av. de los Insurgentes 4327, Los Nogales, Cd Juárez, Chih. 656 251 9750 Dirección de la Secretaría Ejecutiva del SIPINNA Juárez Calle Costa Rica 1428, Colonia El Chamizal, 6567370000, [email protected] Glosario • Crianza Positiva: Estilo de crianza que se basa en el respeto a los hijos, en criar con amor y, sobre todo, en hacerlo a través de una conducta no violenta • Derechos sexuales: La cartilla de derechos sexuales de adolescentes y jóvenes, señala que son las prerrogativas que tienen adolescentes y jóvenes para el disfrute pleno de la sexualidad que contribuye a la salud y bienestar físico, mental y social, son los siguientes: derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre su cuerpo y su sexualidad; a ejercer y disfrutar plenamente su vida sexual; a manifestar públicamente sus afectos; a decidir con quién o quiénes relacionarse afectiva, erótica y sexualmente; a que se respete su privacidad y a que se resguarde su información personal; a la vida, a la integridad física, psicológica y sexual; a decidir de manera
  • 45. libre e informada sobre su vida reproductiva; a la igualdad; a vivir libre de discriminación; a la información actualizada, veraz, completa, científica y laica sobre sexualidad; a la educación integral en sexualidad; a los servicios de salud sexual y reproductiva; a la identidad sexual; a la participación en las políticas públicas sobre sexualidad y reproducción. • Escucha activa: Se refiere a escuchar activamente y con conciencia plena, es estar totalmente concentrados en el mensaje que el otro individuo intenta comunicar. • Género: La UNICEF lo define como las ideas, normas y comportamientos que la sociedad ha establecido para cada sexo, y el valor y significado que se les asigna. • Identidad sexual: Esta conformada por la identidad de género, la orientación sexual y la identidad política. La identidad de género es el género con el que la persona se siente identificada, incluyendo si no se siente identificada con un género femenino, masculino o trans. La orientación sexual es definida por el género o los géneros hacia los que la persona tiene atracción (homosexual, heterosexual, pansexual y bisexual). La identidad política es la identidad que la persona asume públicamente para demandar sus derechos.
  • 46. Glosario • Interés superior de la niñez y la adolescencia: El SIPINNA Nacional, nos acerca a este principio desde las siguientes claves: Debe realizarse lo que sea mejor para niñas, niños y adolescentes, por encima de la visión de las personas adultas. Quienes toman decisiones tendrán que medir el impacto de sus decisiones en todos los ámbitos de la vida de niñas, niños y adolescentes. Cuando esté de por medio el bienestar físico y emocional de niñas, niños o adolescentes, se tomará la decisión que mejor convenga para proteger y garantizar su desarrollo integral. Cuando esté de por medio el bienestar físico y emocional de niñas, niños o adolescentes, se tomará la decisión que mejor convenga para proteger y garantizar su desarrollo integral. Los gobiernos deben de hacer con sus presupuestos que este derecho sea efectivo, reafirma a las niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos y que todos sus derechos sean plenamente garantizados a lo largo de su niñez y en todos los aspectos de su vida. • Laico: todo aquello que carece de credo o que no se encuentra sujeto o influido por una religión
  • 47. • Sexismo: “El sexismo es una práctica discriminatoria que limita y excluye a la mujer de poder estar en igualdad de derechos y oportunidades, a la par que el hombre, considerándolo superior a ella, donde se le quita el derecho a poder acceder a los mismos lugares que el Hombre y desempeñar las mismas tareas.” (Reinoso Castillo Isabel). “ Sobre cada niña y niño, se debería poner un cartel que dijera: Tratar con cuidado, contiene sueños” Mirko Badiale A través de esta cartilla, has dado un recorrido, por los Derechos de niñas, niños y adolescentes, aquí van integradas las necesidades más valiosas que la niñez de Ciudad Juárez requiere, para desarrollarse de YO:____________________________ Nombre y firma una manera plena y feliz. Es el compromiso social y de gobierno, lograr que este ideal, se convierta en una realidad; HOY FORMAS PARTE de la promoción y protección de los Derechos de la niñez y adolescencia.
  • 48. Me comprometo a conocer, promover y proteger, los derechos de niñas, niños y adolecentes. Cartilla realizada por la Dirección de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Municipal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes para el Municipio de Juárez, la Coordinación de la Comisión de la Familia del Gobierno Municipal 2018 – 2021 y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos