La unión no matrimonial y el matrimonio comparten algunas semejanzas como las obligaciones de gastos familiares y la protección de la vivienda familiar, así como el derecho a suceder y ejercer acciones civiles. Sin embargo, también tienen diferencias como la falta de obligación alimenticia recíproca en las uniones no matrimoniales y la falta de pensión alimenticia especial o compensatoria en caso de ruptura. Debido a la frecuencia de las uniones no matrimoniales, es justificable promover el reconocimiento de más efect