Diapositvas reglamento general a la ley orgánica de educaci
QUE ES
IMPORTANTE
Titulo IV
Capítulo II
Del Régimen Laboral
Art 40
JORNADA LABORA DOCENTE 40 horas semanales
30 horas pedagógicas (correspondientes a periodos).
El tiempo restante esta dedicado a Labor Educativa
Art. 41.- Labor educativa fuera del aula
De gestión individual no mas del 65%
De gestión participativa al menos 35%
Capítulo III: De las Autoridades
CLASE DE CENTRO EDUCATIVO AUTORIDAD/ES
EDUCACION INICIAL DIRECTOR
ESCUELAS DE EDUCACIÒN BASICA
DIRECTOR,SUBDIRECTOR
INSPECTOR GENERAL/SUB INSPECTOR
COLEGIOS DE BACHILLERATO RECTOR, VICERRECTOR, INSPECTOR
GENERAL,SUBINSPECTOR
UNIDADES EDUCATIVAS RECTOR,VICERRECTOR,INSPECTOR
GENERAL,SUBINSPECTOR
Titulo VI: De la Evaluación,
Calificaciones y Promociones de los
estudiantes.
La evaluación estudiantil es un proceso
continuo de observación, valoración y registro
de información que evidencia el logro de los
objetivos de aprendizaje de los estudiante.
LA EVALUACION PUEDE SER:
 CUALITATIVA
 CUANTITATIVA
D.A. 10-9
A.A. 8-7
P.A. 6-5
N.A. 4-0
TITULO VI
DE LA EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES
 Art. 184 – 220
 DEFINICION
 PROPOSITOS
 TIPOS
 CALIFICACION Y PROMOCION
 RETROALIMENTACION Y REFUERZO ACADEMICO
 REFUERZO ACADEMICO
 INFORMES DE APRENDIZAJE:
-PARCIAL
-QUIMESTRAL
-ANUAL
 EXAMEN DE RECUPERACION O DE LA MEJORA DEL PROMEDIO (Art.210).
 EXAMEN SUPLETORIO
 EXAMEN REMEDIAL
 EXAMEN DE GRACIA
 APELACIONES.- 8 días posteriores a la publicación
LA INSTITUCION DEBE ELABORAR ELCRONOGRAMA
DE ACTIVIDADES ESCOLARES SOBRE LA BASE DE LO
DISPUESTO POR EL MINISTERIO DE EDUCACION
PRIMER
QUIMEST.
VACACIONES DEL Q: DEL 01 AL 15 DE FEBRERO
FECHA INICIO
PRIMER PARCIAL
SEGUNDO PARCIAL
TERCER PARCIAL
EXAMEN
QUIMESTRAL
SEGUNDO
QUIMEST.
VACACIONES DEL AÑO: DESDE EL 08 JULIO
FECHA INICIO
PRIMER PARCIAL
SEGUNDO PARCIAL
TERCER PARCIAL
EXAMEN
QUIMESTRAL
NOTA DEL
PROMEDIO
QUIMESTRAL
EXAMEN
QUIMESTRAL = 20%
PROMEDIO DE
TRES NOTAS
PARCIALES
= 80%
+
CADA
NOTA
PARCIAL
CORRESPONDE A UN
BLOQUE CURRICULAR
PROMEDIO DE CINCO NOTAS:
 CUATRO EVALUACIONES
FORMATIVAS
 UNA EVALUACIN SUMATIVA
LAS EVALUACIONES FORMATIVAS RESPONDE A :
 TAREAS
 ACTIVIDADES INDIVIDUALES EN CLASE
 ACTIVIDADES GRUPALES EN CLASES
 LECCIONES
LA EVALUACION SUMATIVA RESPONDE A:
 ES ESCRITA Y EVALUA LOS APRENDIZAJES
ALCANZADOS EN UNA UNIDAD O BLOQUE
CURRICULAR
 FRACCIONES CENTESIMALES SE APROXIMAN
 CAIFICACION MINIMA : 7/10 Art. 196 R-LOEI.
Titulo VII De las Necesidades
Educativas Específicas.
Art. 228.- Ámbito: son estudiantes con N.E.E. aquellos que
requieren apoyo adaptaciones temporales o permanentes
que les permitan acceder a un servicio de calidad.
NECESIDADES EDUCATIVAS NO ASOCIADAS A LA
DISCAPACIDAD.
 Dificultades especificas de aprendizaje
 Situaciones de vulnerabilidad
 Dotación Superior.
NECESIDADES EDUCATIVAS
ASOCIADAS A LA DISCAPACIDAD.
 Discapacidad intelectual, física-motriz,
auditiva, visual o mental.
 Multidiscapacidad; y
 Trastornos generalizados del
desarrollo(Autismo, síndrome de
Asperger, Síndrome de Rett, entre otros)
Título IX. De la Carrera Educativa
 Capítulo I.- De las Normas Generales
 Capítulo II.- De los concurso de méritos y oposición
para el ingreso, traslado y promoción de docentes.
 Capítulo III.- De los traslados de docentes, por
concursos de méritos y oposición o por bienestar
social
 Capítulo IV.- Del escalafón docente.
 Capítulo V De la promoción a funciones dentro de la
carrera educativa pública.
Título IX. De la Carrera Educativa
 Capítulo VI.- De las funciones de docentes-mentores,
asesores educativos y auditores educativos.
 Capítulo VII.- De la oferta de formación permanente para
lo profesionales de la educación.
 Capítulo III.- De los traslados de docentes, por concursos
de méritos y oposición o por bienestar social
 Capítulo IV.- Del escalafón docente.
 Capítulo V.- De la promoción a funciones dentro de la
carrera educativa pública.
Título X: De la regulación, control
infracciones, sanciones y recursos
administrativos
 Capítulo I.- De las normas generales.
 Capítulo II.-Del control interno .
 Capítulo III.- Del control educativo externo.
 Capítulo IV.- De las faltas de los estudiantes.
 Capítulo V.- De las faltas de los directivos.
 Capítulo VI.- De las faltas de los docentes.
Título X: De la regulación, control,
infracciones, sanciones y recursos
administrativos
 Capítulo VII.- De la inasistencia y abandono injustificado
de Directivos y Docentes.
 Capítulo VIII.-De las Juntas Distritales de Resolución de
conflictos.
 Capítulo IX.- Del debido proceso.
 Capítulo X.- Del Sumario Administrativo para docentes.
 Capítulo XI.- De las infracciones de connotación sexual.
 Capítulo XII.- Del proceso sancionatorio de instituciones
educativas particulares y fiscomisionales.
Título XI. De la
provisión de textos,
alimentación y
uniformes escolares
20 ASPECTOS FUNDAMENTALES QUE SE
DEBEN TOMAR EN CUENTA DEL NUEVO
REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE
EDUCACIÓN INTERCULTURAL (LOEI).
Aspectos que garantizan el respeto a los
derechos de todos los estudiantes:
1. Asegura que todos los estudiantes
accedan al sistema educativo.
-Con dotación de textos
-Alimentación escolar
-Eliminación de los aportes
voluntarios de padres
de familia, asume el Estado como
una obligación.
2. Promueve la escolarización de estudiantes en
situaciones de vulnerabilidad.
- Los estudiantes reciben un trato preferencial
para su acceso y permanencia en el sistema
educativo.
-Una persona en situación de vulnerabilidad que
no tenga un documento de identidad, no es
impedimento para acceder a la educación.
-Inclusión educativa atendiendo a sus
necesidades especiales.
3. Busca superar el racismo, la discriminación y la exclusión con
la transversalización de la interculturalidad en todo el
sistema educativo.
En este contexto, la interculturalidad propone un enfoque
educativo inclusivo que, partiendo de la valoración de la
diversidad cultural y del respeto a todas las culturas, busca
incrementar la equidad educativa, superar el racismo, la
discriminación y la exclusión, y favorecer la comunicación entre los
miembros de las diferentes culturas.
- Al igual que la LOEI, su Reglamento prescribe que la
interculturalidad se incluya como eje transversal en el currículo
nacional obligatorio y en los textos escolares oficiales, en los
estándares e indicadores de calidad educativa y en el marco de los
procesos de evaluación.
4. Fortalece la educación intercultural bilingüe
para asegurar un servicio educativo con
pertinencia cultural y lingüística para las
nacionalidades y pueblos indígenas.
A fin de asegurar el derecho a la educación de
calidad y con pertinencia cultural y lingüística de
todos los estudiantes, la LOEI y su Reglamento
establecen que el Sistema de Educación
Intercultural Bilingüe es parte del Sistema
Nacional de Educación y está sujeto a la rectoría
de la Autoridad Educativa Nacional, en todos los
niveles de gestión.
5. Permite y promueve una mayor
participación de las familias en la educación
de sus hijos.
- El Reglamento de la LOEI establece
instancias de participación y veeduría de los
representantes legales de los estudiantes,
tales como el Gobierno escolar y reuniones
para la construcción del Código de
Convivencia y del Proyecto Educativo
Institucional.
6. Vela por los derechos de los estudiantes de
establecimientos particulares y fisco misionales
-Existía poca regulación por parte del Estado en
establecimientos particulares y fisco misionales.
Con el Reglamento de la LOEI, se establecen
normas básicas para velar por los derechos de los
estudiantes de dichos establecimientos. Por
ejemplo, de acuerdo al principio de inclusión
educativa, se regula que las instituciones
educativas no podrán cobrar valores adicionales
por ningún estudiante en atención a sus
necesidades educativas especiales.
7. Crea condiciones para erradicar los
delitos de connotación sexual.
Por primera vez, en la normativa educativa
se establecen reglas muy claras para
prevenir que se cometan infracciones de
índole sexual en el ámbito escolar y, en caso
de que ocurrieren, que se proteja a las
víctimas y se sancione debidamente a los
infractores.
8. Redefine la jornada nocturna así como las
modalidades semipresenciales y a distancia
para asegurar la excelencia.
Con el Reglamento, se establecen las
condiciones para asegurar la calidad de
dichos programas. Por ejemplo, los
estudiantes de estos programas tomarán
exámenes estandarizados que certifiquen su
cumplimiento de los requisitos de
graduación.
9. Permite la autonomía a los establecimientos
educativos para complementar el currículo nacional.
El Reglamento de la LOEI determina que las
instituciones educativas pueden realizar propuestas
innovadoras y presentar proyectos para mejorar de la
calidad de su servicio, según las especificidades
culturales y necesidades particulares de sus estudiantes
y en función de las características del territorio en el que
operan, siempre que garanticen que sus estudiantes
consigan los aprendizajes básicos comunes establecidos
en el currículo nacional.
10. Invierte la dinámica tradicional del mejoramiento de la calidad educativa,
para lograr que las propias instituciones y los propios actores del sistema se
conviertan en los principales agentes del cambio.
Antes, la planta central del Ministerio de Educación emitía normativas que los
supervisores educativos debían transmitir a los establecimientos para su
cumplimiento, con dudosos resultados. En el Reglamento de la LOEI se definen
mecanismos que permiten cambiar esa dinámica y lograr que las propias
instituciones y los propios actores del sistema se conviertan en los principales
agentes del cambio, con los siguientes mecanismos:
- En primer lugar, establece estándares de calidad educativa que describen los
logros esperados de los actores e instituciones del sistema educativo;
- Los establecimientos educativos tendrán que autoevaluarse y crear planes de
mejora para alcanzar los estándares de calidad educativa;
- Esto lo harán con la ayuda de los nuevos asesores educativos, quienes deben
orientar la gestión institucional hacia el cumplimiento de dichos estándares;
- Finalmente, los auditores educativos deberán realizar una evaluación externa
acerca de la calidad y los niveles de logro alcanzados –en relación con los
estándares de calidad educativa– por las instituciones educativas.
11. Determina nuevas normas para la evaluación estudiantil
orientadas a mejorar el aprendizaje.
-El Reglamento de la LOEI cambia drásticamente el modelo
anterior y consigue que la evaluación estudiantil cumpla con
una función educativa. Por una parte, exige más esfuerzo
académico a los estudiantes (todos deben cumplir con los
estándares de aprendizaje y obtener siete sobre diez como
calificación mínima) y, por otra, también exige más a los
establecimientos educativos, pues estos deberán dar el apoyo
requerido para que los estudiantes logren las metas de
aprendizaje.
-Se deben presentar evidencias, mediante el desarrollo de
matrices para su respectivo seguimiento y verificación de
avances académicos.
12. Establece la honestidad académica como requisito
fundamental del trabajo escolar.
Antes no existían normas claras sobre la honestidad
académica en el ámbito escolar; y como consecuencia, la
copia y el plagio se volvieron prácticas comunes.
Partiendo de que presentar como propios los productos
académicos o intelectuales que no son el resultado del
esfuerzo personal no es ético –y ciertamente no
promueve el aprendizaje–, el Reglamento de la LOEI
exige el cumplimiento de normas internacionales de
honestidad académica por parte de todos los miembros
de la comunidad educativa y establece sanciones para
quienes infrinjan estas normas.
13. Plantea un nuevo enfoque de disciplina
estudiantil.
La tradicional visión punitiva de la disciplina
es remplazada por una visión orientada a la
formación del estudiante. El nuevo
Reglamento manda que cuando los
estudiantes cometan faltas, estos deben
realizar actividades compensatorias para
enmendar daños ocasionados y reflexionar
sobre sus acciones y las consecuencias de
estas.
14. Permite a todos los estudiantes acceder a las mismas oportunidades
educativas mediante el nuevo Bachillerato General Unificado.
Antes en el Bachillerato los estudiantes tenían que elegir una especialidad
antes de los 14 años de edad y existían cinco tipos de bachillerato, lo cual cada
estudiante se graduaba con conocimientos especializados en determinadas
áreas.
Con la LOEI y su Reglamento, se establece un nuevo programa de Bachillerato
con el cual se estudia un grupo de asignaturas centrales, que les permite a los
estudiantes adquirir ciertos aprendizajes esenciales comunes, correspondientes
a su formación general. Además, los estudiantes pueden escoger entre dos
opciones en función de sus intereses: el Bachillerato en Ciencias o el
Bachillerato Técnico. Con esta formación, se busca preparar, de manera
equitativa, a todos los estudiantes:
(a) para la participación en una sociedad democrática,
(b) para el mundo laboral o el emprendimiento, y
(c) para continuar con sus estudios universitarios.
15. Crea el Instituto Nacional de Evaluación Educativa
que realizará evaluaciones a fin de mejorar el sistema
educativo.
Antes, no existía una instancia especializada en
evaluación que pudiera proveer la información y la
retroalimentación que requiere el Ministerio de
Educación para mejorar continuamente el sistema
educativo.
La LOEI y su Reglamento crean el Instituto Nacional de
Evaluación Educativa que realizará evaluaciones –
referidas a los estándares de calidad educativa– a fin de
proveer insumos para la toma de decisiones de políticas
públicas en pro de la mejora del sistema educativo.
16. Establece un nuevo Modelo de Gestión Educativa para acercar
la atención a los ciudadanos y lograr servicios educativos completos
y pertinentes en cada Circuito educativo.
Antes, todos los procesos estaban concentrados en la planta central
del Ministerio de Educación.
Mediante la LOEI y su Reglamento, se define que la Autoridad
Educativa Nacional se conforma por cuatro (4) niveles de gestión:
-Uno (1) de carácter central y
-Tres (3) de gestión desconcentrada que corresponden a los niveles:
Zonal, Distrital y Circuital.
17. Garantiza la selección de los mejores profesionales
con concursos de méritos y oposición rigurosos y
transparentes.
La LOEI establece que solamente podrán ingresar a la
carrera educativa pública quienes hayan sido ganadores
de un concurso de méritos y oposición, y su Reglamento
establece las exigencias de dicho concurso. Por ejemplo,
para asegurar que los docentes de inglés dominen la
lengua que enseñarán, el reglamento de la LOEI
determina que los aspirantes que deseen ocupar una
vacante en la especialidad de lengua extranjera deberán
rendir una prueba estandarizada internacional que
acredite que el candidato posee, como mínimo, el nivel
B2 del Marco Común Europeo de Referencia.
18. Busca la excelencia en los docentes con un
escalafón auténticamente meritocrático.
El Reglamento de la LOEI cambia el sistema de escalafón
que regula cómo serán los ascensos dentro de la carrera
de los profesionales de la educación. El sistema anterior
privilegiaba principalmente la antigüedad, mientras que
el nuevo sistema reconoce la formación académica de
los docentes, su desempeño profesional (demostrado en
evaluaciones y en evidencias de mejores resultados de
aprendizaje de sus estudiantes) y su formación continua,
y establece ascensos correlacionados a sus propios
méritos.
19. Asegura una remuneración justa
para los docentes.
-Antes, los docentes tenían los sueldos más
bajos de todos los servidores
públicos.
Con la LOEI y su Reglamento, se asegura un
incremento del salario de los maestros (en
algunos casos supera el 100 por ciento) y
una aportación justa a la seguridad social.
20. Establece las condiciones para que el docente pueda ser
un verdadero profesional de la educación.
Antes, a menudo la labor del docente se limitaba a dictar clases
según lo establecido en un texto escolar.
Con el Reglamento de la LOEI, se establece que los docentes,
como profesionales de la educación, deben dar soluciones para
ayudar a todos los estudiantes a lograr los aprendizajes
esperados, y por lo tanto, como parte de su jornada laboral,
deben cumplir con actividades tales como diseñar materiales
pedagógicos, conducir investigaciones relacionadas a su labor,
atender a los representantes legales de los estudiantes y
realizar actividades de refuerzo y apoyo educativo para
estudiantes que lo necesiten.
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  • 3. Titulo IV Capítulo II Del Régimen Laboral Art 40 JORNADA LABORA DOCENTE 40 horas semanales 30 horas pedagógicas (correspondientes a periodos). El tiempo restante esta dedicado a Labor Educativa Art. 41.- Labor educativa fuera del aula De gestión individual no mas del 65% De gestión participativa al menos 35%
  • 4. Capítulo III: De las Autoridades CLASE DE CENTRO EDUCATIVO AUTORIDAD/ES EDUCACION INICIAL DIRECTOR ESCUELAS DE EDUCACIÒN BASICA DIRECTOR,SUBDIRECTOR INSPECTOR GENERAL/SUB INSPECTOR COLEGIOS DE BACHILLERATO RECTOR, VICERRECTOR, INSPECTOR GENERAL,SUBINSPECTOR UNIDADES EDUCATIVAS RECTOR,VICERRECTOR,INSPECTOR GENERAL,SUBINSPECTOR
  • 5. Titulo VI: De la Evaluación, Calificaciones y Promociones de los estudiantes. La evaluación estudiantil es un proceso continuo de observación, valoración y registro de información que evidencia el logro de los objetivos de aprendizaje de los estudiante.
  • 6. LA EVALUACION PUEDE SER:  CUALITATIVA  CUANTITATIVA D.A. 10-9 A.A. 8-7 P.A. 6-5 N.A. 4-0
  • 7. TITULO VI DE LA EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES  Art. 184 – 220  DEFINICION  PROPOSITOS  TIPOS  CALIFICACION Y PROMOCION  RETROALIMENTACION Y REFUERZO ACADEMICO  REFUERZO ACADEMICO  INFORMES DE APRENDIZAJE: -PARCIAL -QUIMESTRAL -ANUAL  EXAMEN DE RECUPERACION O DE LA MEJORA DEL PROMEDIO (Art.210).  EXAMEN SUPLETORIO  EXAMEN REMEDIAL  EXAMEN DE GRACIA  APELACIONES.- 8 días posteriores a la publicación
  • 8. LA INSTITUCION DEBE ELABORAR ELCRONOGRAMA DE ACTIVIDADES ESCOLARES SOBRE LA BASE DE LO DISPUESTO POR EL MINISTERIO DE EDUCACION PRIMER QUIMEST. VACACIONES DEL Q: DEL 01 AL 15 DE FEBRERO FECHA INICIO PRIMER PARCIAL SEGUNDO PARCIAL TERCER PARCIAL EXAMEN QUIMESTRAL SEGUNDO QUIMEST. VACACIONES DEL AÑO: DESDE EL 08 JULIO FECHA INICIO PRIMER PARCIAL SEGUNDO PARCIAL TERCER PARCIAL EXAMEN QUIMESTRAL
  • 9. NOTA DEL PROMEDIO QUIMESTRAL EXAMEN QUIMESTRAL = 20% PROMEDIO DE TRES NOTAS PARCIALES = 80% +
  • 10. CADA NOTA PARCIAL CORRESPONDE A UN BLOQUE CURRICULAR PROMEDIO DE CINCO NOTAS:  CUATRO EVALUACIONES FORMATIVAS  UNA EVALUACIN SUMATIVA
  • 11. LAS EVALUACIONES FORMATIVAS RESPONDE A :  TAREAS  ACTIVIDADES INDIVIDUALES EN CLASE  ACTIVIDADES GRUPALES EN CLASES  LECCIONES LA EVALUACION SUMATIVA RESPONDE A:  ES ESCRITA Y EVALUA LOS APRENDIZAJES ALCANZADOS EN UNA UNIDAD O BLOQUE CURRICULAR  FRACCIONES CENTESIMALES SE APROXIMAN  CAIFICACION MINIMA : 7/10 Art. 196 R-LOEI.
  • 12. Titulo VII De las Necesidades Educativas Específicas. Art. 228.- Ámbito: son estudiantes con N.E.E. aquellos que requieren apoyo adaptaciones temporales o permanentes que les permitan acceder a un servicio de calidad. NECESIDADES EDUCATIVAS NO ASOCIADAS A LA DISCAPACIDAD.  Dificultades especificas de aprendizaje  Situaciones de vulnerabilidad  Dotación Superior.
  • 13. NECESIDADES EDUCATIVAS ASOCIADAS A LA DISCAPACIDAD.  Discapacidad intelectual, física-motriz, auditiva, visual o mental.  Multidiscapacidad; y  Trastornos generalizados del desarrollo(Autismo, síndrome de Asperger, Síndrome de Rett, entre otros)
  • 14. Título IX. De la Carrera Educativa  Capítulo I.- De las Normas Generales  Capítulo II.- De los concurso de méritos y oposición para el ingreso, traslado y promoción de docentes.  Capítulo III.- De los traslados de docentes, por concursos de méritos y oposición o por bienestar social  Capítulo IV.- Del escalafón docente.  Capítulo V De la promoción a funciones dentro de la carrera educativa pública.
  • 15. Título IX. De la Carrera Educativa  Capítulo VI.- De las funciones de docentes-mentores, asesores educativos y auditores educativos.  Capítulo VII.- De la oferta de formación permanente para lo profesionales de la educación.  Capítulo III.- De los traslados de docentes, por concursos de méritos y oposición o por bienestar social  Capítulo IV.- Del escalafón docente.  Capítulo V.- De la promoción a funciones dentro de la carrera educativa pública.
  • 16. Título X: De la regulación, control infracciones, sanciones y recursos administrativos  Capítulo I.- De las normas generales.  Capítulo II.-Del control interno .  Capítulo III.- Del control educativo externo.  Capítulo IV.- De las faltas de los estudiantes.  Capítulo V.- De las faltas de los directivos.  Capítulo VI.- De las faltas de los docentes.
  • 17. Título X: De la regulación, control, infracciones, sanciones y recursos administrativos  Capítulo VII.- De la inasistencia y abandono injustificado de Directivos y Docentes.  Capítulo VIII.-De las Juntas Distritales de Resolución de conflictos.  Capítulo IX.- Del debido proceso.  Capítulo X.- Del Sumario Administrativo para docentes.  Capítulo XI.- De las infracciones de connotación sexual.  Capítulo XII.- Del proceso sancionatorio de instituciones educativas particulares y fiscomisionales.
  • 18. Título XI. De la provisión de textos, alimentación y uniformes escolares
  • 19. 20 ASPECTOS FUNDAMENTALES QUE SE DEBEN TOMAR EN CUENTA DEL NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL (LOEI). Aspectos que garantizan el respeto a los derechos de todos los estudiantes:
  • 20. 1. Asegura que todos los estudiantes accedan al sistema educativo. -Con dotación de textos -Alimentación escolar -Eliminación de los aportes voluntarios de padres de familia, asume el Estado como una obligación.
  • 21. 2. Promueve la escolarización de estudiantes en situaciones de vulnerabilidad. - Los estudiantes reciben un trato preferencial para su acceso y permanencia en el sistema educativo. -Una persona en situación de vulnerabilidad que no tenga un documento de identidad, no es impedimento para acceder a la educación. -Inclusión educativa atendiendo a sus necesidades especiales.
  • 22. 3. Busca superar el racismo, la discriminación y la exclusión con la transversalización de la interculturalidad en todo el sistema educativo. En este contexto, la interculturalidad propone un enfoque educativo inclusivo que, partiendo de la valoración de la diversidad cultural y del respeto a todas las culturas, busca incrementar la equidad educativa, superar el racismo, la discriminación y la exclusión, y favorecer la comunicación entre los miembros de las diferentes culturas. - Al igual que la LOEI, su Reglamento prescribe que la interculturalidad se incluya como eje transversal en el currículo nacional obligatorio y en los textos escolares oficiales, en los estándares e indicadores de calidad educativa y en el marco de los procesos de evaluación.
  • 23. 4. Fortalece la educación intercultural bilingüe para asegurar un servicio educativo con pertinencia cultural y lingüística para las nacionalidades y pueblos indígenas. A fin de asegurar el derecho a la educación de calidad y con pertinencia cultural y lingüística de todos los estudiantes, la LOEI y su Reglamento establecen que el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe es parte del Sistema Nacional de Educación y está sujeto a la rectoría de la Autoridad Educativa Nacional, en todos los niveles de gestión.
  • 24. 5. Permite y promueve una mayor participación de las familias en la educación de sus hijos. - El Reglamento de la LOEI establece instancias de participación y veeduría de los representantes legales de los estudiantes, tales como el Gobierno escolar y reuniones para la construcción del Código de Convivencia y del Proyecto Educativo Institucional.
  • 25. 6. Vela por los derechos de los estudiantes de establecimientos particulares y fisco misionales -Existía poca regulación por parte del Estado en establecimientos particulares y fisco misionales. Con el Reglamento de la LOEI, se establecen normas básicas para velar por los derechos de los estudiantes de dichos establecimientos. Por ejemplo, de acuerdo al principio de inclusión educativa, se regula que las instituciones educativas no podrán cobrar valores adicionales por ningún estudiante en atención a sus necesidades educativas especiales.
  • 26. 7. Crea condiciones para erradicar los delitos de connotación sexual. Por primera vez, en la normativa educativa se establecen reglas muy claras para prevenir que se cometan infracciones de índole sexual en el ámbito escolar y, en caso de que ocurrieren, que se proteja a las víctimas y se sancione debidamente a los infractores.
  • 27. 8. Redefine la jornada nocturna así como las modalidades semipresenciales y a distancia para asegurar la excelencia. Con el Reglamento, se establecen las condiciones para asegurar la calidad de dichos programas. Por ejemplo, los estudiantes de estos programas tomarán exámenes estandarizados que certifiquen su cumplimiento de los requisitos de graduación.
  • 28. 9. Permite la autonomía a los establecimientos educativos para complementar el currículo nacional. El Reglamento de la LOEI determina que las instituciones educativas pueden realizar propuestas innovadoras y presentar proyectos para mejorar de la calidad de su servicio, según las especificidades culturales y necesidades particulares de sus estudiantes y en función de las características del territorio en el que operan, siempre que garanticen que sus estudiantes consigan los aprendizajes básicos comunes establecidos en el currículo nacional.
  • 29. 10. Invierte la dinámica tradicional del mejoramiento de la calidad educativa, para lograr que las propias instituciones y los propios actores del sistema se conviertan en los principales agentes del cambio. Antes, la planta central del Ministerio de Educación emitía normativas que los supervisores educativos debían transmitir a los establecimientos para su cumplimiento, con dudosos resultados. En el Reglamento de la LOEI se definen mecanismos que permiten cambiar esa dinámica y lograr que las propias instituciones y los propios actores del sistema se conviertan en los principales agentes del cambio, con los siguientes mecanismos: - En primer lugar, establece estándares de calidad educativa que describen los logros esperados de los actores e instituciones del sistema educativo; - Los establecimientos educativos tendrán que autoevaluarse y crear planes de mejora para alcanzar los estándares de calidad educativa; - Esto lo harán con la ayuda de los nuevos asesores educativos, quienes deben orientar la gestión institucional hacia el cumplimiento de dichos estándares; - Finalmente, los auditores educativos deberán realizar una evaluación externa acerca de la calidad y los niveles de logro alcanzados –en relación con los estándares de calidad educativa– por las instituciones educativas.
  • 30. 11. Determina nuevas normas para la evaluación estudiantil orientadas a mejorar el aprendizaje. -El Reglamento de la LOEI cambia drásticamente el modelo anterior y consigue que la evaluación estudiantil cumpla con una función educativa. Por una parte, exige más esfuerzo académico a los estudiantes (todos deben cumplir con los estándares de aprendizaje y obtener siete sobre diez como calificación mínima) y, por otra, también exige más a los establecimientos educativos, pues estos deberán dar el apoyo requerido para que los estudiantes logren las metas de aprendizaje. -Se deben presentar evidencias, mediante el desarrollo de matrices para su respectivo seguimiento y verificación de avances académicos.
  • 31. 12. Establece la honestidad académica como requisito fundamental del trabajo escolar. Antes no existían normas claras sobre la honestidad académica en el ámbito escolar; y como consecuencia, la copia y el plagio se volvieron prácticas comunes. Partiendo de que presentar como propios los productos académicos o intelectuales que no son el resultado del esfuerzo personal no es ético –y ciertamente no promueve el aprendizaje–, el Reglamento de la LOEI exige el cumplimiento de normas internacionales de honestidad académica por parte de todos los miembros de la comunidad educativa y establece sanciones para quienes infrinjan estas normas.
  • 32. 13. Plantea un nuevo enfoque de disciplina estudiantil. La tradicional visión punitiva de la disciplina es remplazada por una visión orientada a la formación del estudiante. El nuevo Reglamento manda que cuando los estudiantes cometan faltas, estos deben realizar actividades compensatorias para enmendar daños ocasionados y reflexionar sobre sus acciones y las consecuencias de estas.
  • 33. 14. Permite a todos los estudiantes acceder a las mismas oportunidades educativas mediante el nuevo Bachillerato General Unificado. Antes en el Bachillerato los estudiantes tenían que elegir una especialidad antes de los 14 años de edad y existían cinco tipos de bachillerato, lo cual cada estudiante se graduaba con conocimientos especializados en determinadas áreas. Con la LOEI y su Reglamento, se establece un nuevo programa de Bachillerato con el cual se estudia un grupo de asignaturas centrales, que les permite a los estudiantes adquirir ciertos aprendizajes esenciales comunes, correspondientes a su formación general. Además, los estudiantes pueden escoger entre dos opciones en función de sus intereses: el Bachillerato en Ciencias o el Bachillerato Técnico. Con esta formación, se busca preparar, de manera equitativa, a todos los estudiantes: (a) para la participación en una sociedad democrática, (b) para el mundo laboral o el emprendimiento, y (c) para continuar con sus estudios universitarios.
  • 34. 15. Crea el Instituto Nacional de Evaluación Educativa que realizará evaluaciones a fin de mejorar el sistema educativo. Antes, no existía una instancia especializada en evaluación que pudiera proveer la información y la retroalimentación que requiere el Ministerio de Educación para mejorar continuamente el sistema educativo. La LOEI y su Reglamento crean el Instituto Nacional de Evaluación Educativa que realizará evaluaciones – referidas a los estándares de calidad educativa– a fin de proveer insumos para la toma de decisiones de políticas públicas en pro de la mejora del sistema educativo.
  • 35. 16. Establece un nuevo Modelo de Gestión Educativa para acercar la atención a los ciudadanos y lograr servicios educativos completos y pertinentes en cada Circuito educativo. Antes, todos los procesos estaban concentrados en la planta central del Ministerio de Educación. Mediante la LOEI y su Reglamento, se define que la Autoridad Educativa Nacional se conforma por cuatro (4) niveles de gestión: -Uno (1) de carácter central y -Tres (3) de gestión desconcentrada que corresponden a los niveles: Zonal, Distrital y Circuital.
  • 36. 17. Garantiza la selección de los mejores profesionales con concursos de méritos y oposición rigurosos y transparentes. La LOEI establece que solamente podrán ingresar a la carrera educativa pública quienes hayan sido ganadores de un concurso de méritos y oposición, y su Reglamento establece las exigencias de dicho concurso. Por ejemplo, para asegurar que los docentes de inglés dominen la lengua que enseñarán, el reglamento de la LOEI determina que los aspirantes que deseen ocupar una vacante en la especialidad de lengua extranjera deberán rendir una prueba estandarizada internacional que acredite que el candidato posee, como mínimo, el nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia.
  • 37. 18. Busca la excelencia en los docentes con un escalafón auténticamente meritocrático. El Reglamento de la LOEI cambia el sistema de escalafón que regula cómo serán los ascensos dentro de la carrera de los profesionales de la educación. El sistema anterior privilegiaba principalmente la antigüedad, mientras que el nuevo sistema reconoce la formación académica de los docentes, su desempeño profesional (demostrado en evaluaciones y en evidencias de mejores resultados de aprendizaje de sus estudiantes) y su formación continua, y establece ascensos correlacionados a sus propios méritos.
  • 38. 19. Asegura una remuneración justa para los docentes. -Antes, los docentes tenían los sueldos más bajos de todos los servidores públicos. Con la LOEI y su Reglamento, se asegura un incremento del salario de los maestros (en algunos casos supera el 100 por ciento) y una aportación justa a la seguridad social.
  • 39. 20. Establece las condiciones para que el docente pueda ser un verdadero profesional de la educación. Antes, a menudo la labor del docente se limitaba a dictar clases según lo establecido en un texto escolar. Con el Reglamento de la LOEI, se establece que los docentes, como profesionales de la educación, deben dar soluciones para ayudar a todos los estudiantes a lograr los aprendizajes esperados, y por lo tanto, como parte de su jornada laboral, deben cumplir con actividades tales como diseñar materiales pedagógicos, conducir investigaciones relacionadas a su labor, atender a los representantes legales de los estudiantes y realizar actividades de refuerzo y apoyo educativo para estudiantes que lo necesiten.