SlideShare una empresa de Scribd logo
Ecuador y el “Buen Vivir”
Introducción
El buen vivir propone un modelo de vida mucho más justo para todos/as. El buen vivir es
en cambio, muchísimo más equitativo. En vez de propugnar el crecimiento continuo, busca
lograr un sistema desde la súper estructura del Estado que esté en equilibrio. En lugar de
atenerse casi exclusivamente en datos referentes al Producto Interior Bruto (Pib) u
otros indicadores económicos, el buen vivir se guía por conseguir y asegurar los mínimos
indispensables, lo suficiente, para que la población pueda llevar una vida simple y modesta, pero
digna y feliz. Para que las y los ciudadanos tengan acceso a las mismas oportunidades en las
mismas condiciones, sin diferencia, sin discriminación, con equidad de género, equidad
generacional, con respeto a pluriculturalidad, se basa en una economía solidaria y no en
una economía de mercado.
El Buen Vivir es calidad de vida, donde midamos la riqueza de su población por servicios básicos
atendidos, y no como en las políticas neoliberales un estilo de vida que se mide a la pobreza por
cuánto dinero tienes, el Sumak Kawsay es el desarrollo más humano en el cual el hombre y la
mujer son su eje de inicio y fin en todo el sistema integral de los medios y modos de producción.
ElbuenvivirenlaConstitución2008
En Ecuador se ha aceptado la filosofía y la cosmovisión de todos los pueblos y su pluriculturalidad,
tanto es así que se establece en la constitución aprobada en el año 2008 con un 72% de
aceptación por la población es decir 10080000 de Ecuatorianos aprobaron en las urnas, la
transformación de su Carta Magna en la cual se redacto en el capitulo segundo los Derechos del
buen vivir que está constituida por los art. desde 12 hasta el art. 34. Los cuales enunciamos a
continuación para establecer su ámbito de aplicación.
Sección primera
Agua y alimentación
Art. 12.- El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El
agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible,
inembargable y esencial para la vida.
Art. 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente
a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en
correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales.
El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria.
Sección segunda
Ambiente sano
Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay.
Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas,
la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y
la recuperación de los espacios naturales degradados.
Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente
limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía energética no
se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al agua.
Se prohíbe el desarrollo, producción,
tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento y uso de armas químicas,
biológicas y nucleares, de contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos, agroquímicos
internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes biológicos experimentales nocivos y
organismos genéticamente modificados perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la
soberanía alimentaria o los ecosistemas, así como la introducción de residuos nucleares y
desechos tóxicos al territorio nacional.
Sección tercera
Comunicación e información
Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de
la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos.
2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación.
3. La creación de medios de comunicación social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de
las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones
de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación
de redes inalámbricas.
4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que
permitan la inclusión de personas con discapacidad.
5. Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de la
comunicación.
Art. 17.- El Estado fomentará la pluralidad y la diversidad en la comunicación, y al efecto:
1. Garantizará la asignación, a través de métodos transparentes y en igualdad de condiciones, de
las frecuencias del espectro radioeléctrico, para la gestión de estaciones de radio
y televisión públicas, privadas y comunitarias, así como el acceso a bandas libres para la
explotación de redes inalámbricas, y precautelará que en su utilización prevalezca el interés
colectivo.
2. Facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados y
comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación en
especial para las personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan de forma
limitada.
3. No permitirá el oligopolio o monopolio, directo ni indirecto, de la propiedad de los medios de
comunicación y del uso de las frecuencias.
Art. 18.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna,
contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de
interés general, y con responsabilidad ulterior.
2. Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que
manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información
excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos
humanos, ninguna entidad pública negará la información.
Art. 19.- La ley regulará la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos y culturales
en la programación de los medios de comunicación, y fomentará la creación de espacios para la
difusión de la producción nacional independiente.
Se prohíbe la emisión de publicidad que induzca a la violencia, la discriminación, el racismo, la
toxicomanía, el sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella que atente contra los
derechos.
Art. 20.- El Estado garantizará la cláusula de conciencia a toda persona, y el secreto profesional y
la reserva de la fuente a quienes informen, emitan sus opiniones a través de los medios u otras
formas de comunicación, o laboren en cualquier actividad de comunicación.
Sección cuarta
Cultura y ciencia
Art. 21.- Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir
sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a
la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio
cultural; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales
diversas.
No se podrá invocar la cultura cuando se atente contra los derechos reconocidos en la Constitución.
Art. 22.- Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y
sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos
morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas
de su autoría.
Art. 23.- Las personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público como ámbito de
deliberación, intercambio cultural, cohesión social y promoción de la igualdad en la diversidad. El
derecho a difundir en el espacio público las propias expresiones culturales se ejercerá sin más
limitaciones que las que establezca la ley, con sujeción a los principios constitucionales.
Art. 24.- Las personas tienen derecho a la recreación y al esparcimiento, a la práctica del deporte y
al tiempo libre.
Art. 25.- Las personas tienen derecho a gozar de los beneficios y aplicaciones del progreso
científico y de los saberes ancestrales.
Sección quinta
Educación
Art. 26.- La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e
inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal,
garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas,
las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en
el proceso educativo.
Art. 27.- La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el
marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será
participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez;
impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico,
el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y
capacidades para crear y trabajar.
La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y
la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional.
Art. 28.- La educación responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales
y corporativos. Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin
discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente.
Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en una sociedad
que aprende. El Estado promoverá el diálogo intercultural en sus múltiples dimensiones.
El aprendizaje se desarrollará de forma escolarizada y no escolarizada.
La educación pública será universal y laica en todos sus niveles, y gratuita hasta el tercer nivel
de educación superior inclusive.
Art. 29.- El Estado garantizará la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra en la educación
superior, y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y ámbito cultural.
Las madres y padres o sus representantes tendrán la libertad de escoger para sus hijas e hijos una
educación acorde con sus principios, creencias y opciones pedagógicas.
Sección sexta
Hábitat y vivienda
Art. 30.- Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y
digna, con independencia de su situación social y económica.
Art. 31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos,
bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas
y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión
democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el
ejercicio pleno de la ciudadanía.
Sección séptima
Salud
Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de
otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el
trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas
y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios
de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los
servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad,
interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y
generacional.
Sección octava
Trabajo y seguridad social
Art. 33.- El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de
realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el
pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y
el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.
Art. 34.- El derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas, y será
deber y responsabilidad primordial del Estado. La seguridad social se regirá por los principios de
solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia,
transparencia y participación, para la atención de las necesidades individuales y colectivas.
El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social, que
incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares, actividades para el auto
sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a quienes se encuentran en situación
de desempleo.
La sociedad del Buen Vivir
La construcción de otra forma de sociedad, la del Buen Vivir de todas y todos los ciudadanos, está
en el centro del debate en Ecuador, América Latina.
No hay un modelo único, ni esquemas predefinidos, hay procesos sociales que deben ser
autónomos y soberanos, pero profundamente comprometidos con la transformación de la justicia
social, equidad y desarrollo que pone al centro el ser humano sobre todas las cosas. Cada
sociedad define sus prioridades y también las formas bajo las cuales se construye los procesos de
cambio. Sin embargo, hay algunos pilares que es preciso construir para que se defina el modelo de
desarrollo progresista. Una democracia real participativa en la que se logre un empoderamiento a
través de la participación de la ciudadanía en todos los ámbitos políticos - públicos, rendición
de cuentas y control social. Un modelo económico solidario, no en un modelo de economía de
mercado en lo que prevalece es la oferta y la demanda, en la cual no existe ningún tipo de
regulación, la propuesta nace que lo primordial es el trabajo y no el capital.
Una forma de sociedad incluyente, no discriminatoria, no racista, que se respete la individualidad
del cada ciudadano con la posibilidad de generar y entender todas las cosmovisiones con el
propósito de interactuar y convivir entre toda esta maravillosa diversidad. Un proceso de
relacionamiento equilibrado entre el entorno y la naturaleza.
El Buen Vivir es entonces vivir a plenitud, integrando todos los actores y factores tanto internos
como externos. Se trata de la construcción de un proyecto de ciudadanización en la que primen sus
derechos y que estos se han negociables. La mayoría de los ecuatorianos apostó por esta «nueva
forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza», establecida en la
Constitución de 2008 para alcanzar el Buen Vivir, el sumak kawsay. El Gobierno Nacional de la
Revolución Ciudadana, bajo el liderazgo del Presidente Rafael Correa, realiza un trabajo por los
más necesitados, por los olvidados, consiguiendo un equilibrio a través de la implementación de las
políticas públicas, para construir un desarrollo social sostenido, sustentable, eficiente y efectivo,
para lograr la gran transformación histórica que le fue encargado por el pueblo ecuatoriano.
Pero lo más importante es que toda transformación debe establecer un grado de participación
incluyente, de una democracia real, de una ciudadanización del poder, no mas imposiciones, no
mas cartas de intención, no mas sometimiento a sistema capitalista, el
renacimiento de Latinoamérica se la debe a la necesidad de su pueblo de ser libre, libre para
decidir su suerte, su camino, su proyecto de vida, en la Patria Grande es grande no por su
extensión de tierra o por cuanto producen, lo es por su gente, por un pueblo digno, un pueblo
pacífico, un pueblo que ama la paz, por un pueblo solidario, el renacimiento de una Nueva América
inicia ahora y la hace con acuerdos como un bloque, como un solo País, se está construyendo el
sueño de Bolívar, de Sucre, Monseñor Leónidas Proaño, Dolores Cacuango, de San Martín, de
Verón, del Che Guevara. LALIBERTAD NO SE IMPLORADE RODILLAS, SE LALUCHADE PIE.

Más contenido relacionado

PPTX
Derechos del buen vivir2
DOCX
El derecho al buen vivir trabajo de rosy (1)
DOCX
Articulo del buen vivir
DOCX
Tareas proyecto de vida
DOCX
DOCX
LOS DERECHOS DE LA CONSTITUCION 2008 ECUADOR
PPTX
PPTX
Derechos para el blog
Derechos del buen vivir2
El derecho al buen vivir trabajo de rosy (1)
Articulo del buen vivir
Tareas proyecto de vida
LOS DERECHOS DE LA CONSTITUCION 2008 ECUADOR
Derechos para el blog

La actualidad más candente (16)

PPTX
Derecho del buen vivir
PPTX
ciencia politica
PPTX
Derechos de las comunidades pueblos y nacionalidades
PPTX
Derechos del Buen Vivir - Hábitat y Vivienda
PPTX
4 derechos en la constitución
PPTX
1 derechos en la constitución
PDF
Derechos en la constitución ambiente sano
PDF
Seminario tv-conceptos-2015
DOCX
Ciudadania proyecto de vida y buen vivir
DOCX
Ciudadania y proyecto de vida todo
DOCX
Actv 5 Derechos Constitucionales
PDF
DERECHOS CULTURALES COMO DERECHOS HUMANOS
PPT
1 constitución y pnbv
PPTX
DERECHOS CONSTITUCIONALES
DOCX
Ciudadania proyecto de vida y buen vivir
PDF
Ley General de Cultura para Panama
Derecho del buen vivir
ciencia politica
Derechos de las comunidades pueblos y nacionalidades
Derechos del Buen Vivir - Hábitat y Vivienda
4 derechos en la constitución
1 derechos en la constitución
Derechos en la constitución ambiente sano
Seminario tv-conceptos-2015
Ciudadania proyecto de vida y buen vivir
Ciudadania y proyecto de vida todo
Actv 5 Derechos Constitucionales
DERECHOS CULTURALES COMO DERECHOS HUMANOS
1 constitución y pnbv
DERECHOS CONSTITUCIONALES
Ciudadania proyecto de vida y buen vivir
Ley General de Cultura para Panama
Publicidad

Destacado (15)

PDF
J & K presentation in Hindi
PPTX
TXT
New text document
PPT
Franchise opportunity
PDF
A CLASSIC TALE OF THOSE WHO ABUSE PRAYER
PDF
Guia practica de_la_educacion_digital
DOCX
Patrick Romine Resume-7 linkedin
PPTX
Método científico
PPTX
DOCX
English poem
PPTX
jetms_en_ppt 2015 08 05
DOCX
What have you learnt about technologies from the process of constructing this...
PDF
VHV architecture portfolio
PDF
CTO in a Small Startup Bryan Helmig - Zapier
J & K presentation in Hindi
New text document
Franchise opportunity
A CLASSIC TALE OF THOSE WHO ABUSE PRAYER
Guia practica de_la_educacion_digital
Patrick Romine Resume-7 linkedin
Método científico
English poem
jetms_en_ppt 2015 08 05
What have you learnt about technologies from the process of constructing this...
VHV architecture portfolio
CTO in a Small Startup Bryan Helmig - Zapier
Publicidad

Similar a Ecuador y el buen vivir (20)

DOCX
El derecho al buen vivir trabajo de rosy
DOCX
Ensayo andres bolaños plan del buen vivir
DOCX
Tarea - Proyecto De Vida
DOCX
Articulo del buen vivir
DOCX
Constitución de la República del Ecuador 2008
PPTX
Derechos en la constitución
PPTX
Derechos en la constitución
DOCX
Buen vivir villavicencio
PPTX
Derechos del buen vivir
DOCX
Administracion jenny
PPTX
cuadro comparativo constituciones politicas
PPTX
Constitución de la república del ecuador art. 1 111
PDF
Constitución del Ecuador Diana Vaca
PDF
Constitucion del ecuador_del_2008
PDF
PISCULLA MARLYS 2A DERECHOS
DOCX
BUEN VIVIR
PPSX
Constitución 2008 una esperanza de cambio y reivindicación.
PPTX
DOCX
Analisis de la constitucion montecristi
DOCX
CIUDADANÍA PROYECTO DE VIDA Y BUEN VIVIR
El derecho al buen vivir trabajo de rosy
Ensayo andres bolaños plan del buen vivir
Tarea - Proyecto De Vida
Articulo del buen vivir
Constitución de la República del Ecuador 2008
Derechos en la constitución
Derechos en la constitución
Buen vivir villavicencio
Derechos del buen vivir
Administracion jenny
cuadro comparativo constituciones politicas
Constitución de la república del ecuador art. 1 111
Constitución del Ecuador Diana Vaca
Constitucion del ecuador_del_2008
PISCULLA MARLYS 2A DERECHOS
BUEN VIVIR
Constitución 2008 una esperanza de cambio y reivindicación.
Analisis de la constitucion montecristi
CIUDADANÍA PROYECTO DE VIDA Y BUEN VIVIR

Último (20)

PDF
CONFERENCIA-Deep Research en el aula universitaria-UPeU-EduTech360.pdf
PDF
revista de historia Clio N|285 2025_.pdf
PDF
Romper el Circulo de la Creatividad - Colleen Hoover Ccesa007.pdf
PDF
Fundamentos_Educacion_a_Distancia_ABC.pdf
PDF
Metodologías Activas con herramientas IAG
PPTX
Presentación: Cumplimiento del Empleador
PDF
Gestion del Cambio y Reinicia tu Aprendizaje Ccesa007.pdf
PDF
Crear o Morir - Andres Oppenheimer Ccesa007.pdf
PDF
DI, TEA, TDAH.pdf guía se secuencias didacticas
PDF
TRAUMA_Y_RECUPERACION consecuencias de la violencia JUDITH HERMAN
PDF
Salcedo, J. et al. - Recomendaciones para la utilización del lenguaje inclusi...
PDF
¿NO HABÉIS LEÍDO?. Por Jonathan Bravo.
PDF
OK OK UNIDAD DE APRENDIZAJE 5TO Y 6TO CORRESPONDIENTE AL MES DE AGOSTO 2025.pdf
PDF
Educación Artística y Desarrollo Humano - Howard Gardner Ccesa007.pdf
PDF
La Magia de Pensar en Grande - David Schwartz Ccesa007.pdf
PDF
Escuela de Negocios - Robert kiyosaki Ccesa007.pdf
PDF
Habitos de Ricos - Juan Diego Gomez Ccesa007.pdf
PDF
La Evaluacion Formativa en Nuevos Escenarios de Aprendizaje UGEL03 Ccesa007.pdf
PPTX
AGENTES PATÓGENOS Y LAS PRINCIPAL ENFERMEAD.pptx
DOCX
PROYECTO DE APRENDIZAJE para la semana de fiestas patrias
CONFERENCIA-Deep Research en el aula universitaria-UPeU-EduTech360.pdf
revista de historia Clio N|285 2025_.pdf
Romper el Circulo de la Creatividad - Colleen Hoover Ccesa007.pdf
Fundamentos_Educacion_a_Distancia_ABC.pdf
Metodologías Activas con herramientas IAG
Presentación: Cumplimiento del Empleador
Gestion del Cambio y Reinicia tu Aprendizaje Ccesa007.pdf
Crear o Morir - Andres Oppenheimer Ccesa007.pdf
DI, TEA, TDAH.pdf guía se secuencias didacticas
TRAUMA_Y_RECUPERACION consecuencias de la violencia JUDITH HERMAN
Salcedo, J. et al. - Recomendaciones para la utilización del lenguaje inclusi...
¿NO HABÉIS LEÍDO?. Por Jonathan Bravo.
OK OK UNIDAD DE APRENDIZAJE 5TO Y 6TO CORRESPONDIENTE AL MES DE AGOSTO 2025.pdf
Educación Artística y Desarrollo Humano - Howard Gardner Ccesa007.pdf
La Magia de Pensar en Grande - David Schwartz Ccesa007.pdf
Escuela de Negocios - Robert kiyosaki Ccesa007.pdf
Habitos de Ricos - Juan Diego Gomez Ccesa007.pdf
La Evaluacion Formativa en Nuevos Escenarios de Aprendizaje UGEL03 Ccesa007.pdf
AGENTES PATÓGENOS Y LAS PRINCIPAL ENFERMEAD.pptx
PROYECTO DE APRENDIZAJE para la semana de fiestas patrias

Ecuador y el buen vivir

  • 1. Ecuador y el “Buen Vivir” Introducción El buen vivir propone un modelo de vida mucho más justo para todos/as. El buen vivir es en cambio, muchísimo más equitativo. En vez de propugnar el crecimiento continuo, busca lograr un sistema desde la súper estructura del Estado que esté en equilibrio. En lugar de atenerse casi exclusivamente en datos referentes al Producto Interior Bruto (Pib) u otros indicadores económicos, el buen vivir se guía por conseguir y asegurar los mínimos indispensables, lo suficiente, para que la población pueda llevar una vida simple y modesta, pero digna y feliz. Para que las y los ciudadanos tengan acceso a las mismas oportunidades en las mismas condiciones, sin diferencia, sin discriminación, con equidad de género, equidad generacional, con respeto a pluriculturalidad, se basa en una economía solidaria y no en una economía de mercado. El Buen Vivir es calidad de vida, donde midamos la riqueza de su población por servicios básicos atendidos, y no como en las políticas neoliberales un estilo de vida que se mide a la pobreza por cuánto dinero tienes, el Sumak Kawsay es el desarrollo más humano en el cual el hombre y la mujer son su eje de inicio y fin en todo el sistema integral de los medios y modos de producción. ElbuenvivirenlaConstitución2008 En Ecuador se ha aceptado la filosofía y la cosmovisión de todos los pueblos y su pluriculturalidad, tanto es así que se establece en la constitución aprobada en el año 2008 con un 72% de aceptación por la población es decir 10080000 de Ecuatorianos aprobaron en las urnas, la transformación de su Carta Magna en la cual se redacto en el capitulo segundo los Derechos del buen vivir que está constituida por los art. desde 12 hasta el art. 34. Los cuales enunciamos a continuación para establecer su ámbito de aplicación. Sección primera Agua y alimentación Art. 12.- El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. Art. 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales. El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria. Sección segunda Ambiente sano Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al agua. Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, de contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos, agroquímicos internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes biológicos experimentales nocivos y organismos genéticamente modificados perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la soberanía alimentaria o los ecosistemas, así como la introducción de residuos nucleares y desechos tóxicos al territorio nacional.
  • 2. Sección tercera Comunicación e información Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos. 2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación. 3. La creación de medios de comunicación social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas. 4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad. 5. Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de la comunicación. Art. 17.- El Estado fomentará la pluralidad y la diversidad en la comunicación, y al efecto: 1. Garantizará la asignación, a través de métodos transparentes y en igualdad de condiciones, de las frecuencias del espectro radioeléctrico, para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, así como el acceso a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas, y precautelará que en su utilización prevalezca el interés colectivo. 2. Facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación en especial para las personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan de forma limitada. 3. No permitirá el oligopolio o monopolio, directo ni indirecto, de la propiedad de los medios de comunicación y del uso de las frecuencias. Art. 18.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior. 2. Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información. Art. 19.- La ley regulará la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la programación de los medios de comunicación, y fomentará la creación de espacios para la difusión de la producción nacional independiente. Se prohíbe la emisión de publicidad que induzca a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella que atente contra los derechos. Art. 20.- El Estado garantizará la cláusula de conciencia a toda persona, y el secreto profesional y la reserva de la fuente a quienes informen, emitan sus opiniones a través de los medios u otras formas de comunicación, o laboren en cualquier actividad de comunicación. Sección cuarta Cultura y ciencia Art. 21.- Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas. No se podrá invocar la cultura cuando se atente contra los derechos reconocidos en la Constitución. Art. 22.- Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría. Art. 23.- Las personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público como ámbito de deliberación, intercambio cultural, cohesión social y promoción de la igualdad en la diversidad. El
  • 3. derecho a difundir en el espacio público las propias expresiones culturales se ejercerá sin más limitaciones que las que establezca la ley, con sujeción a los principios constitucionales. Art. 24.- Las personas tienen derecho a la recreación y al esparcimiento, a la práctica del deporte y al tiempo libre. Art. 25.- Las personas tienen derecho a gozar de los beneficios y aplicaciones del progreso científico y de los saberes ancestrales. Sección quinta Educación Art. 26.- La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo. Art. 27.- La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar. La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional. Art. 28.- La educación responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales y corporativos. Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente. Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en una sociedad que aprende. El Estado promoverá el diálogo intercultural en sus múltiples dimensiones. El aprendizaje se desarrollará de forma escolarizada y no escolarizada. La educación pública será universal y laica en todos sus niveles, y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior inclusive. Art. 29.- El Estado garantizará la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra en la educación superior, y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y ámbito cultural. Las madres y padres o sus representantes tendrán la libertad de escoger para sus hijas e hijos una educación acorde con sus principios, creencias y opciones pedagógicas. Sección sexta Hábitat y vivienda Art. 30.- Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica. Art. 31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía. Sección séptima Salud Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir. El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional. Sección octava Trabajo y seguridad social Art. 33.- El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el
  • 4. pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado. Art. 34.- El derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado. La seguridad social se regirá por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y participación, para la atención de las necesidades individuales y colectivas. El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social, que incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares, actividades para el auto sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a quienes se encuentran en situación de desempleo. La sociedad del Buen Vivir La construcción de otra forma de sociedad, la del Buen Vivir de todas y todos los ciudadanos, está en el centro del debate en Ecuador, América Latina. No hay un modelo único, ni esquemas predefinidos, hay procesos sociales que deben ser autónomos y soberanos, pero profundamente comprometidos con la transformación de la justicia social, equidad y desarrollo que pone al centro el ser humano sobre todas las cosas. Cada sociedad define sus prioridades y también las formas bajo las cuales se construye los procesos de cambio. Sin embargo, hay algunos pilares que es preciso construir para que se defina el modelo de desarrollo progresista. Una democracia real participativa en la que se logre un empoderamiento a través de la participación de la ciudadanía en todos los ámbitos políticos - públicos, rendición de cuentas y control social. Un modelo económico solidario, no en un modelo de economía de mercado en lo que prevalece es la oferta y la demanda, en la cual no existe ningún tipo de regulación, la propuesta nace que lo primordial es el trabajo y no el capital. Una forma de sociedad incluyente, no discriminatoria, no racista, que se respete la individualidad del cada ciudadano con la posibilidad de generar y entender todas las cosmovisiones con el propósito de interactuar y convivir entre toda esta maravillosa diversidad. Un proceso de relacionamiento equilibrado entre el entorno y la naturaleza. El Buen Vivir es entonces vivir a plenitud, integrando todos los actores y factores tanto internos como externos. Se trata de la construcción de un proyecto de ciudadanización en la que primen sus derechos y que estos se han negociables. La mayoría de los ecuatorianos apostó por esta «nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza», establecida en la Constitución de 2008 para alcanzar el Buen Vivir, el sumak kawsay. El Gobierno Nacional de la Revolución Ciudadana, bajo el liderazgo del Presidente Rafael Correa, realiza un trabajo por los más necesitados, por los olvidados, consiguiendo un equilibrio a través de la implementación de las políticas públicas, para construir un desarrollo social sostenido, sustentable, eficiente y efectivo, para lograr la gran transformación histórica que le fue encargado por el pueblo ecuatoriano. Pero lo más importante es que toda transformación debe establecer un grado de participación incluyente, de una democracia real, de una ciudadanización del poder, no mas imposiciones, no mas cartas de intención, no mas sometimiento a sistema capitalista, el renacimiento de Latinoamérica se la debe a la necesidad de su pueblo de ser libre, libre para decidir su suerte, su camino, su proyecto de vida, en la Patria Grande es grande no por su extensión de tierra o por cuanto producen, lo es por su gente, por un pueblo digno, un pueblo pacífico, un pueblo que ama la paz, por un pueblo solidario, el renacimiento de una Nueva América inicia ahora y la hace con acuerdos como un bloque, como un solo País, se está construyendo el sueño de Bolívar, de Sucre, Monseñor Leónidas Proaño, Dolores Cacuango, de San Martín, de Verón, del Che Guevara. LALIBERTAD NO SE IMPLORADE RODILLAS, SE LALUCHADE PIE.