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EJEMPLOS SOBRE HALLAZGOS DE AUDITORÍA EMPLEANDO
LOSATRIBUTOS EJEMPLO No 1
CONDICIÓN
Durante la indagación en el proceso de auditoría de la Empresa Pública
XXX, se identificó que controles generales de tecnologías de información
requeridos para proteger los archivos de los datos de las transacciones
diarias son mínimos, por no seguir los procedimientos establecidos por ley y
el manual de funciones.
CRITERIO
La Ley 1178, en su artículo 13, establece que el Control Gubernamental tiene
como o9nbjetivo mejorar la eficiencia en la captación uso de los recursos
públicos y en las operaciones del Estado, la confiabilidad de la información
que se genere por los mismos, y la Norma de Auditoría Gubernamental 270
de las normas de auditoría de tecnologías de información y comunicación, la
NAG 271 planeación en su numeral 030 que señala que el auditor
gubernamental debe comprender las políticas de gestión, formas de registro,
niveles de seguridad y uso de las comunicaciones para la gestión de la
información.
Se aplica también la NAG 273 del control interno de auditoría de tecnologías
de información y comunicación, donde expresa que el auditor
gubernamental debe comprender y evaluar el control interno para
identificar las áreas críticas, que requieren un examen profundo, y
determinar su grado de confiabilidad.
CAUSA
Esta situación se presenta debido a controles de tecnologías de información
son mínimos.
EFECTO
Debido a que los controles de tecnologías de información, son mínimos, la
información corre el riesgo de no ser confiable la información corre el riesgo
de no ser confiable y amplia el margen de posibilidades de riesgo de
auditoría y fraude por la probable manipulación de la información de las
transacciones del ente.
RECOMENDACIONES
Los principales ejecutivos deben cumplir lo dispuesto pr la Ley 1178 y el DS
23215 en su capítulo III artículo 21 y 22que señala que la normatividad
secundaria de control gubernamental interno está integrado en los sistemas
de administración y se desarrollará en reglamentos, manuales, instructivos y
guías, siendo la MAE de cada entidad la responsable de establecer y
mantener un adecuado control interno, su incumplimiento puede estar
sujeto a la responsabilidad ejecutiva e incluso civil de acuerdo al art 1 c), 27
d) ,c) y f) de la ley 1178.
EJEMPLO 2
CONDICIÓN
Al cierre de la gestión en el proceso de auditoría de la Empresa XYZ S.R.L se
identificó la existencia de más de un sistema de registro informático con
información de interés fiscal.
CRITERIO
De acuerdo a la Ley 2492 art. 44 numeral 5 inciso e), señala que la
Administración Tributaria podrá determinar la base imponible usando el
método sobre base presunta, solo cuando habiéndolo requerido no posea
base cierta y cuando exista alteración de la información tributaria contenida
en medios magnéticos, electrónicos, ópticos o informáticos que imposibilita
la determinación sobre base cierta o exista más de un sistema de registros
informáticos contables con información fiscal no coincidentes para una
misma actividad comercial.
También se aplica el artículo 177 de la Ley 2492 que señala que es
defraudación tributaria el que dolosamente, en perjuicio0 del derecho de la
Administración Tributaria a percibir tributos, por acción u omisión
disminuya o no pague la deuda tributaria. Y la NIA 240 sobre la
responsabilidad de auditor frente al fraude en su parágrafo 55 que señala
que cuando el auditor obtiene entendimiento de la entidad y su entorno,
incluyendo su control interno, el auditor debe considerar si otra información
obtenida señala riesgos de representación errónea de importancia relativa
debido a fraude.
CAUSA
Esta situación se debe a que la Gerencia General lleva doble contabilidad y
posee más de un juego de Estados Financieros, con el objeto de reducir
impuestos por medios inapropiados minimizando ganancias reportadas o la
obtención de créditos bancarios donde se maximizan las ganancias
reportadas.
EFECTO
Al existir más de un juego de Estados Financieros la Empresa tiene un alto
riesgo de auditoría y fraude y se convierte en un limitante en la obtención de
evidencia apropiada, suficiente y de calidad lo que hace inauditable a la
organización.
RECOMENDACIÓN
Se recomienda a los ejecutivos de la sociedad seguir lo dispuesto por la Ley
843 y 2492, debido a que los mismos corren el riesgo de sufrir penalidades
como lo dispuesto por el Art. 176 de la Ley 2492, con privaciones de libertad,
multas e inhabilitación para ejercer el comercio. Se debe suprimir la doble
contabilidad porque alienta la manipulación de la información financiera
con el consecuente riesgo de fraude, que perjudicaría los intereses de la
sociedad
EJEMPLO No 3
CONDICION
En el proceso de auditoría de la Entidad Pública ABC se identifica que en el
sistema contable informantico existe valores estimados sujeto a cambio
significante en el corto plazo sobre cuentas por cobrar y evaluación de
inventario
CRITERIO
De acuerdo a la norma de auditoria gubernamental 270 auditoria de
tecnología de información y comunicación y las NAG 271 planificación
numeral 03 de auditoria gubernamental debe comprender el objeto de
auditoría, las políticas de gestión, formas de registros, niveles de seguridad
y error de las comunicaciones para la gestión de la información y la NAG
273 sobre el control interno en su numeral 01 en el cual el auditor
gubernamental debe identificar las áreas críticas que requieren examen
profundo y el numeral 04 que señala que los controles detallados son los
aplicables al almacenamiento, tratamiento, comunicación, registros y
presentación de la información.
CAUSA
Esta situación de manipulación del sistema informático contable produce
fraude de empleados.
EFECTO
Los valores estimados sujetos a cambio significativo en el corto plazo, tiene
un efecto financieramente perturbador en la empresa sobre la recuperación
de las cuentas por cobrar y en la valuación de inventario, dando lugar a la
posibilidad de un alto riesgo de fraude de empleados por la manipulación
de la información financiera
RECOMENDACIÓN
Se recomienda a la MAE seguir los procedimiento establecidos por ley y
mejorar los controles internos (art 22 capitulo III D.S. 23215 de la ley 1178) y
realizar una auditoria especial (D.S. 29820) para establecer la
responsabilidad administrativa y con el consecuente proceso interno
conforme el art. 21 del D.S. 23318-A
1. HALLAZGO 01
Condición: El gran número de parabrisas que se adquirieron hace 10 años para la
venta, hoy en el mercado ya son obsoletas.
Criterio: Dicho hallazgo ha incurrido en los estándares de calidad que la empresa tenía
establecido en cuanto a la calidad de sus productos que esta vende. Incumpliendo con
las normas ISO de calidad que tiene la empresa.
Causa: La gerencia no ha tomado decisiones para dar de baja a estas existencias ya
que dichos productos para la empresa son invendibles.
Efecto: Lo que origina la demora de la rotación de inventarios y el costo en
almacenarla dicha mercadería obsoleta.
2. HALLAZGO 02
Condición: Se encontró que los productos comercializados por la empresa en el
periodo 2008 hasta el primer trimestre del año 2009 eran valuados por el método
promedio y desde ahí en adelante cabio de método utilizando el PEPS, aun cuando la
empresa determino que se utilizaría solo el método PEPS.
Criterio: A través de dicho hallazgo se ha determinado que no se está cumpliendo con
las políticas, reglamentos ni procedimiento plasmados por la empresa.
Causa: La gerencia no ha tomado las decisiones correspondientes para dicho caso,
para así valuar sus existencias con un solo método de valuación ya que recomendable
para presentar una información más real.
Efecto: Este cambio en métodos ocasiona que no se muestre una información real en
cuanto al precio de sus productos comercializados.
3. HALLAZGO 03
Condición: se encontró que la empresa aplicaba el método de inventario periódico, el
cual no era el método de inventario que estaba estipulado en el reglamento de la
empresa.
Criterio: pues por medio de este hallazgo se determino que no se aplica lo
determinado por la empresa en su reglamento, ya que en su reglamento se estipulaba
que aplicaría el método de inventario permanente o perpetuo.
Causa: pues la alta dirección aun no ha tomado conciencia de estos problemas que
parte del personal toma decisiones sin tener en cu enta las políticas ni reglamentos
que esta posee.
Efecto: Al aplicar este método se está incurriendo en un fuerte costo para la empresa,
puesto que dicho método es muy costos al aplicarlo; además este método no es
aceptado por las normas tributarias.
4. HALLAZGO 04
Condición: durante la evaluación se encontró tres fuentes de errores importantes:
puntos decimales mal colocados, multiplicaciones incorrectas y sumas indebidas
correspondientes al recuento de productos del almacén.
Criterio: dicho hallazgos a incurridos en los datos totales de las existencias, en el
momento de mostrarlos como tal en los estados financieros.
Causa: este hallazgo aun no ha sido corregido o tomado en cuenta por el personal
encargado de dicha función.
Efecto: el problema origina una presentación de las existencias no reales en los
estados financieros tales como balance general y estado de ganancias y pérdidas.
que esta posee.
Efecto: Al aplicar este método se está incurriendo en un fuerte costo para la empresa,
puesto que dicho método es muy costos al aplicarlo; además este método no es
aceptado por las normas tributarias.
4. HALLAZGO 04
Condición: durante la evaluación se encontró tres fuentes de errores importantes:
puntos decimales mal colocados, multiplicaciones incorrectas y sumas indebidas
correspondientes al recuento de productos del almacén.
Criterio: dicho hallazgos a incurridos en los datos totales de las existencias, en el
momento de mostrarlos como tal en los estados financieros.
Causa: este hallazgo aun no ha sido corregido o tomado en cuenta por el personal
encargado de dicha función.
Efecto: el problema origina una presentación de las existencias no reales en los
estados financieros tales como balance general y estado de ganancias y pérdidas.

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  • 1. EJEMPLOS SOBRE HALLAZGOS DE AUDITORÍA EMPLEANDO LOSATRIBUTOS EJEMPLO No 1 CONDICIÓN Durante la indagación en el proceso de auditoría de la Empresa Pública XXX, se identificó que controles generales de tecnologías de información requeridos para proteger los archivos de los datos de las transacciones diarias son mínimos, por no seguir los procedimientos establecidos por ley y el manual de funciones. CRITERIO La Ley 1178, en su artículo 13, establece que el Control Gubernamental tiene como o9nbjetivo mejorar la eficiencia en la captación uso de los recursos públicos y en las operaciones del Estado, la confiabilidad de la información que se genere por los mismos, y la Norma de Auditoría Gubernamental 270 de las normas de auditoría de tecnologías de información y comunicación, la NAG 271 planeación en su numeral 030 que señala que el auditor gubernamental debe comprender las políticas de gestión, formas de registro, niveles de seguridad y uso de las comunicaciones para la gestión de la información. Se aplica también la NAG 273 del control interno de auditoría de tecnologías de información y comunicación, donde expresa que el auditor gubernamental debe comprender y evaluar el control interno para identificar las áreas críticas, que requieren un examen profundo, y determinar su grado de confiabilidad. CAUSA Esta situación se presenta debido a controles de tecnologías de información son mínimos. EFECTO Debido a que los controles de tecnologías de información, son mínimos, la información corre el riesgo de no ser confiable la información corre el riesgo de no ser confiable y amplia el margen de posibilidades de riesgo de auditoría y fraude por la probable manipulación de la información de las transacciones del ente. RECOMENDACIONES Los principales ejecutivos deben cumplir lo dispuesto pr la Ley 1178 y el DS 23215 en su capítulo III artículo 21 y 22que señala que la normatividad secundaria de control gubernamental interno está integrado en los sistemas de administración y se desarrollará en reglamentos, manuales, instructivos y guías, siendo la MAE de cada entidad la responsable de establecer y mantener un adecuado control interno, su incumplimiento puede estar
  • 2. sujeto a la responsabilidad ejecutiva e incluso civil de acuerdo al art 1 c), 27 d) ,c) y f) de la ley 1178. EJEMPLO 2 CONDICIÓN Al cierre de la gestión en el proceso de auditoría de la Empresa XYZ S.R.L se identificó la existencia de más de un sistema de registro informático con información de interés fiscal. CRITERIO De acuerdo a la Ley 2492 art. 44 numeral 5 inciso e), señala que la Administración Tributaria podrá determinar la base imponible usando el método sobre base presunta, solo cuando habiéndolo requerido no posea base cierta y cuando exista alteración de la información tributaria contenida en medios magnéticos, electrónicos, ópticos o informáticos que imposibilita la determinación sobre base cierta o exista más de un sistema de registros informáticos contables con información fiscal no coincidentes para una misma actividad comercial. También se aplica el artículo 177 de la Ley 2492 que señala que es defraudación tributaria el que dolosamente, en perjuicio0 del derecho de la Administración Tributaria a percibir tributos, por acción u omisión disminuya o no pague la deuda tributaria. Y la NIA 240 sobre la responsabilidad de auditor frente al fraude en su parágrafo 55 que señala que cuando el auditor obtiene entendimiento de la entidad y su entorno, incluyendo su control interno, el auditor debe considerar si otra información obtenida señala riesgos de representación errónea de importancia relativa debido a fraude. CAUSA Esta situación se debe a que la Gerencia General lleva doble contabilidad y posee más de un juego de Estados Financieros, con el objeto de reducir impuestos por medios inapropiados minimizando ganancias reportadas o la obtención de créditos bancarios donde se maximizan las ganancias reportadas. EFECTO Al existir más de un juego de Estados Financieros la Empresa tiene un alto riesgo de auditoría y fraude y se convierte en un limitante en la obtención de evidencia apropiada, suficiente y de calidad lo que hace inauditable a la organización. RECOMENDACIÓN Se recomienda a los ejecutivos de la sociedad seguir lo dispuesto por la Ley 843 y 2492, debido a que los mismos corren el riesgo de sufrir penalidades como lo dispuesto por el Art. 176 de la Ley 2492, con privaciones de libertad,
  • 3. multas e inhabilitación para ejercer el comercio. Se debe suprimir la doble contabilidad porque alienta la manipulación de la información financiera con el consecuente riesgo de fraude, que perjudicaría los intereses de la sociedad EJEMPLO No 3 CONDICION En el proceso de auditoría de la Entidad Pública ABC se identifica que en el sistema contable informantico existe valores estimados sujeto a cambio significante en el corto plazo sobre cuentas por cobrar y evaluación de inventario CRITERIO De acuerdo a la norma de auditoria gubernamental 270 auditoria de tecnología de información y comunicación y las NAG 271 planificación numeral 03 de auditoria gubernamental debe comprender el objeto de auditoría, las políticas de gestión, formas de registros, niveles de seguridad y error de las comunicaciones para la gestión de la información y la NAG 273 sobre el control interno en su numeral 01 en el cual el auditor gubernamental debe identificar las áreas críticas que requieren examen profundo y el numeral 04 que señala que los controles detallados son los aplicables al almacenamiento, tratamiento, comunicación, registros y presentación de la información. CAUSA Esta situación de manipulación del sistema informático contable produce fraude de empleados. EFECTO Los valores estimados sujetos a cambio significativo en el corto plazo, tiene un efecto financieramente perturbador en la empresa sobre la recuperación de las cuentas por cobrar y en la valuación de inventario, dando lugar a la posibilidad de un alto riesgo de fraude de empleados por la manipulación de la información financiera RECOMENDACIÓN Se recomienda a la MAE seguir los procedimiento establecidos por ley y mejorar los controles internos (art 22 capitulo III D.S. 23215 de la ley 1178) y realizar una auditoria especial (D.S. 29820) para establecer la responsabilidad administrativa y con el consecuente proceso interno conforme el art. 21 del D.S. 23318-A
  • 4. 1. HALLAZGO 01 Condición: El gran número de parabrisas que se adquirieron hace 10 años para la venta, hoy en el mercado ya son obsoletas. Criterio: Dicho hallazgo ha incurrido en los estándares de calidad que la empresa tenía establecido en cuanto a la calidad de sus productos que esta vende. Incumpliendo con las normas ISO de calidad que tiene la empresa. Causa: La gerencia no ha tomado decisiones para dar de baja a estas existencias ya que dichos productos para la empresa son invendibles. Efecto: Lo que origina la demora de la rotación de inventarios y el costo en almacenarla dicha mercadería obsoleta. 2. HALLAZGO 02 Condición: Se encontró que los productos comercializados por la empresa en el periodo 2008 hasta el primer trimestre del año 2009 eran valuados por el método promedio y desde ahí en adelante cabio de método utilizando el PEPS, aun cuando la empresa determino que se utilizaría solo el método PEPS. Criterio: A través de dicho hallazgo se ha determinado que no se está cumpliendo con las políticas, reglamentos ni procedimiento plasmados por la empresa. Causa: La gerencia no ha tomado las decisiones correspondientes para dicho caso, para así valuar sus existencias con un solo método de valuación ya que recomendable para presentar una información más real. Efecto: Este cambio en métodos ocasiona que no se muestre una información real en cuanto al precio de sus productos comercializados. 3. HALLAZGO 03 Condición: se encontró que la empresa aplicaba el método de inventario periódico, el cual no era el método de inventario que estaba estipulado en el reglamento de la empresa. Criterio: pues por medio de este hallazgo se determino que no se aplica lo determinado por la empresa en su reglamento, ya que en su reglamento se estipulaba que aplicaría el método de inventario permanente o perpetuo. Causa: pues la alta dirección aun no ha tomado conciencia de estos problemas que parte del personal toma decisiones sin tener en cu enta las políticas ni reglamentos
  • 5. que esta posee. Efecto: Al aplicar este método se está incurriendo en un fuerte costo para la empresa, puesto que dicho método es muy costos al aplicarlo; además este método no es aceptado por las normas tributarias. 4. HALLAZGO 04 Condición: durante la evaluación se encontró tres fuentes de errores importantes: puntos decimales mal colocados, multiplicaciones incorrectas y sumas indebidas correspondientes al recuento de productos del almacén. Criterio: dicho hallazgos a incurridos en los datos totales de las existencias, en el momento de mostrarlos como tal en los estados financieros. Causa: este hallazgo aun no ha sido corregido o tomado en cuenta por el personal encargado de dicha función. Efecto: el problema origina una presentación de las existencias no reales en los estados financieros tales como balance general y estado de ganancias y pérdidas.
  • 6. que esta posee. Efecto: Al aplicar este método se está incurriendo en un fuerte costo para la empresa, puesto que dicho método es muy costos al aplicarlo; además este método no es aceptado por las normas tributarias. 4. HALLAZGO 04 Condición: durante la evaluación se encontró tres fuentes de errores importantes: puntos decimales mal colocados, multiplicaciones incorrectas y sumas indebidas correspondientes al recuento de productos del almacén. Criterio: dicho hallazgos a incurridos en los datos totales de las existencias, en el momento de mostrarlos como tal en los estados financieros. Causa: este hallazgo aun no ha sido corregido o tomado en cuenta por el personal encargado de dicha función. Efecto: el problema origina una presentación de las existencias no reales en los estados financieros tales como balance general y estado de ganancias y pérdidas.