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EL HOMICIDIO EUTANÁSICO  POR PIEDAD Fernando Yavar Umpierrez www.espol.edu.ec www.fen.espol.edu.ec
“ Hay casos, sí, e individuos para quienes mejor sería estar muertos que vivir; pero lo que tal vez parezca chocante es que para esos individuos, para quienes vale más estar muertos, sea una impiedad hacerse ese beneficio a si mismos, y tengan que esperar a que sea otro su bienhechor.” PLATON (FEDON)
FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA Escasa aplicación práctica en países con tipificación. CP Colombia (106) y España (143.4) Tipos penales privilegiados. El HE es el sentimiento de piedad unido a la finalidad de poner fin a intensos sufrimientos. Elemento subjetivo distinto del dolo.
FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA El móvil de la conducta debe ser la  “piedad”. El objetivo  “poner fin a intensos sufrimientos”  que padece el sujeto pasivo que no ha expresado su volutad de vivir. La eutanasia por móviles distintos es homicidio simple (CP 449).
FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA El HE implica una búsqueda de un “buen morir”. Una muerte dulce o menos traumática. La  Eutanasia pura  es la causación de la muerte sin dolor del enfermo moribundo o incurable para poner fin a sus padecimientos.
FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA El HE exige un  triple elemento subjetivo: Dolo homicida (conocimiento y voluntad de matar) El Móvil de la piedad, y El fin de poner término a graves padecimientos o sufrimientos, provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable.
FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA Quien mata debe sentir por lo menos dolor moral (pena) La piedad es un sentimiento de dolor entreverado con amor. Hay un sentimiento de identificación y solidaridad con penosa situación del enfermo o lesionado.
FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA “ El ciudadano tiene un deber que cumplir en todo Estado bien organizado; nadie puede pasar su vida con las enfermedades y los remedios. Establecerás, Glaucón, en el Estado una disciplina y una jurisprudencia tales como nosotros las entendemos, prodigando cuidados a los ciudadanos bien sanos de cuerpo y alma. Por lo que respecta a los que no estén sanos de cuerpo, se los dejará morir.” Platón (La República, Libro III)
FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA Para  FRANCIS BACON  correspondía al médico no solo suavizar las penas y los dolores para efectos de lograr la curación, sino cuanto pueda servir para procurar una muerte tranquila y fácil.
FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA PREGUNTAS BÁSICAS: Tiene la persona (titular del derecho a la vida) capacidad para disponer válidamente de ese derecho? O la sociedad guarda también un interés complementario en la vida y en su preservación aún en contra de la voluntad del titular individual?
La vida, el estado personalista y la licitud de ciertas formas de eutanasia El examen de las licitud de la eutanasia no solo debe hacérselo desde el DP, sino desde la  perspectiva político constitucional . Cuyos postulados se corresponden con el valor superior del  hombre como ser digno y libre , Titular  inherente de los derechos a la vida, libre determinación, libertad de consciencia, libre desarrollo de la personalidad, capaz de consentir y asignarse su propio modelo de vida.
La vida, el estado personalista Desde la religión, la eutanasia es violación de la ley divina. La vida es un don de Dios, que lo otorga sin consentimiento de las personas, solo Él podrá quitarla. No obstante, se deduce de las Escrituras que es válido ofrendar la vida y morir en defensa de la fe, en cumplimiento de una misión asignada por Dios (la muerte de Cristo).
DIGNITAS HOMINIS La dignidad del ser humano es el valor central de los derechos humanos. Deber primordial del Estado CPR 3.2. Preámbulo y art. 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Convención Americana de Derechos Humanos, art. 11.
DIGNITAS HOMINIS El hombre no es una creación del derecho, sino que es un  “fin en si mismo”. Al ser el hombre intrínsicamente valioso, libre, autónomo, se establece un límite a la intervención del Estado en la decisión del modelo y forma de orientar la vida: El Estado se obliga a garantizar al hombre un escenario de seguridad y garantías para que la persona pueda proyectarse como un ser libre.
DIGNITAS HOMINIS El derecho es solo un  medio  para asegurar la convivencia pacífica y próspera de los individuos y la comunidad. Ello determina la  proscripción  de los modelos de Estado absolutistas, utilitaristas, que coloquen al hombre como medio para fines ultrapersonalistas.
DIGNITAS HOMINIS Si el valor central del Estado es la dignidad del ser humano, estamos ante un  “modelo de Estado personalista”. Tiene como axiología y como fin superior al hombre. Aun  cuando el hombre se equivoque  debe ser tratado siempre en forma humana, constructiva, digna, respetando su libre autodeterminación.
DIGNITAS HOMINIS Por lo expuesto, es  consustancialmente ilícito  toda forma de eutanasia racista, económica, social, religiosa o preventiva de sujetos peligrosos. Si el hombre es el valor supremo, el lógica la indisponibilidad del ser humano y de su vida por manos de terceros.
DIGNITAS HOMINIS Ni la sociedad ni el Estado pueden disponer de la vida de un enfermo o del moribundo, bajo la finalidad de efectuar experimentos, trasplante de órganos, o con fines de investigación. Así también es ilícita  la eutanasia por piedad,  cuando el paciente quiere vivir o no la consciente, por que se suprime una vida en aras de la propia motivación ideal.
DIGNITAS HOMINIS Por más simpatía que se tenga por la piedad, en el fondo lo que existe en una aflicción que produce ver a una persona enferma sufriendo. Allí emerge el propio dolor que impulsa al homicidio. Hay un móvil individual ideológico – emocional: Quien quiere despenar a otro, también se quita su propia penal o aflicción.
LA TITULARIDAD DE LA VIDA La vida es un bien inherente al hombre. No es una concesión del Estado o de la sociedad. Le pertenece al individuo por el solo hecho de existir. Los derechos fundamentales son preexistentes al propio Estado.
LA TITULARIDAD DE LA VIDA El hombre tiene con exclusión de terceros (Estado o sociedad),  la posibilidad de disponer y decidir por sí mismo de sus derechos. De allí deviene la  impunidad del suicidio  y el derecho de rechazar cualquier tipo de tratamiento preventivo, curativo, exploratorio,  o métodos extremos para alargar la vida.
LA TITULARIDAD DE LA VIDA Por eso son ilícitos, por atentar contra la libre autodeterminación, cualquier tratamiento médico forzado o contra la expresa voluntad del paciente. Por ende, el médico no es responsable en los casos de eutanasia pasiva: Sus obligaciones como garante de salud, no pueden imponerse allanando la voluntad del enfermo.
LA TITULARIDAD DE LA VIDA Asimismo si es  penalmente responsable  quien se abrogue la decisión de cuando debe morir el enfermo o cuando una vida es digna de ser vivida. Por la  autodeterminación , solo la propia persona puede exclusividad decidirlo, según sus propios valores y determinaciones.
LA TITULARIDAD DE LA VIDA Luego entonces, autonomía y libertad componen la facultad de cada individuo para disponer libre y conscientemente de su vida  por mano propia . En principio la  disponibilidad por mano ajena  es ilícita y punible, esté la persona sana, herida o enferma.
LA TITULARIDAD DE LA VIDA La  Corte Constitucional colombiana  ha entendido que cuando se trata: de un enfermo terminal  que padece intensamente y  que desea morir,  expresando válidamente su consentimiento, y siendo capaz de comprender el sentido de su situación  puede decidir su continúa o no viviendo.
LA TITULARIDAD DE LA VIDA El derecho a vivir en forma digna implica el de morir dignamente, por tanto no puede ser obligado a seguir viviendo en condiciones en que sufre graves padecimientos, pues ello equivaldría a someterlo a  tratamiento cruel e inhumano.
LA TITULARIDAD DE LA VIDA A juicio de la Corte Constitucional de Colombia,  carece de antijuridicidad la conducta del médico  que con conocimiento de causa y a petición expresa y libre del paciente terminal le provoca la muerte.
LA TITULARIDAD DE LA VIDA Pero fuera de este caso, nadie puede sacrificar al enfermo terminal en contra de su voluntad, para favorecer así sea  la más bella ideología. El hombre puede sacrificarse o inmolarse en el altar de las más elevadas emociones,  pero ninguna exaltación ideal justifica o autoriza sacrificar a otro.
LA TITULARIDAD DE LA VIDA CODIGO DE ETICA MEDICA Art.   25 .- El médico tiene la obligación incólume de respetar los principios  consagrados  en la declaración de los derechos Humanos. Su ejercicio  profesional  se  regirá  a  estos  principios los cuales no podrían  ser violados en ningún caso sea este civil, penal, político o de emergencia nacional.
LA AUTONOMIA DEL CONSENTIMIENTO La disponibilidad de la vida es exclusivamente personal e intransferible a terceros. El ordenamiento constitucional considera la vida como un derecho inviolable. Salvo el caso en la sentencia colombiana,  la eutanasia activa consentida, es punible.
LA AUTONOMIA DEL CONSENTIMIENTO No obstante que la persona puede disponer de sí mismo, la posibilidad de transferir a terceros la disponibilidad de la vida entre en el campo de la antijuridicidad. Ya que la vida no solo es inviolable sino intangible (CPR art. 23.1; CADH art. 27)
LA AUTONOMIA DEL CONSENTIMIENTO Se debe tener mucho cuidado con el análisis de la  piedad homicida , pues en la vida real, mayoritariamente lo que determina la voluntad de matar al enfermo crónico e incurable, será más  la fatiga, la carga económica o el ánimo de quitarse una gravosa obligación que propia conmiseración.
EL HOMICIDIO EUTANÁSICO “ Muchos mueren demasiado tarde  y algunos demasiado pronto.  La doctrina que dice ¡Muere a tiempo!  parece aún extraña.” Nietzsche (Así habló Zarathustra).
EL HOMICIDIO EUTANASICO  EUTANASIA ATÍPICA: No todas las formas de eutanasia son auxilios al suicidio. Ortotanasia :  la omisión de seguir manteniendo artificialmente algunas funciones vitales en un moribundo respecto del que ya nada se puede hacer para restablecerlo. Ya se ha iniciado el proceso  de muerte.  Es solo un paliativo de los sufrimientos (ROXIN) y no un acortamiento de la vida. Se habla de una verdadera u pura eutanasia (CUELLO CALON).
EL HOMICIDIO EUTANASICO EUTANASIA TIPICA: Varias formas de homicidio por eutanasia son típicas. Las que ocurren por móviles económicos, políticos, para depurar la raza o la familia, por razones religiosas, O cualquier otra finalidad diferente a poner fin a intensos sufrimientos del enfermo. Son homicidios simples, asesinatos o parricidios.
EL HOMICIDIO EUTANASICO Estados psicológicos diferentes preceden al homicidio voluntario y a la muerte por eutanasia o por piedad: Al primero:  odio, venganza, rabia, celos, ira, menosprecio. Al segundo:  previo a la irrupción del dolo homicida: una identificación con el enfermo o lesionado, surgen estado emotivos de acercamiento, afecto, lástima y conmiseración por la persona enferma.
EL HOMICIDIO EUTANASICO En medio de las lágrimas y el dolor, surge el dolo homicida: Hercules:  All, pues, ahora, es preciso que lleves mi cuerpo con tus propias manos y con la ayuda de los amigos que desees. Corta abundante madera de las encinas de profundas raíces, abate muchos troncos de olivo silvestres, pon mi cuerpo encima, y con una tea de resinoso pino, enciende la pira. Pero que no haya gemidos ni lágrimas; sin lamentos, sin llantos, si eres hijo de este padre, realiza todo esto… Hilo:  ¡Ay de mi padre! ¿Qué dices? ¿Qué cosas me obligas a hacer? SOFOCLES (“Las Tranquinias” en Teatro completo).
EL MEDICO Y LA EUTANASIA “ Juro por Apolo, médico Esculapio, Higias y Panacea…, que he de observar este juramento… Nunca daré, aunque se me pidan, drogas homicidas, ni a nadie induciré a darlas…” Juramento de Hipócrates
EL MEDICO Y LA EUTANASIA La actividad médica tiene por finalidad curar, restablecer la salud. No hay dolo, porque la conducta no se dirige a causar un daño en el cuerpo o en la salud. Si no se logra el objetivo, solo es punible por culposidad si se violo el deber de cuidado.
EL MEDICO Y LA EUTANASIA Casos famosos: Rusia, 1929. 117 niños fusilados por orden del gobierno. Atacados de teribles dolores y condenados a muerte segura por haber comido carne putrefacta. Francia, 1930. Hijo mata a su madre, afectada con cáncer. Enfermedad prácticamente incurable.
EL MEDICO Y LA EUTANASIA Médico Sander: movido por piedad, inyectó aire a una enferma incurable. Absuelto por jurado de Manchester (1950).
EL MEDICO Y LA EUTANASIA Terri Schiavo: Abril del 2005 en EEUU. 15 años en estado de coma. Fue autorizada desconexión judicialmente. “ Eutanasia terapéutica”
FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA Propuesta de tipo penal para Ecuador: “ El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro por piedad, para poner a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, será reprimido con prisión de 6 meses a 2 años.”
GRACIAS

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rectificadores
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El Homicidio Eutanasico por piedad

  • 1. EL HOMICIDIO EUTANÁSICO POR PIEDAD Fernando Yavar Umpierrez www.espol.edu.ec www.fen.espol.edu.ec
  • 2. “ Hay casos, sí, e individuos para quienes mejor sería estar muertos que vivir; pero lo que tal vez parezca chocante es que para esos individuos, para quienes vale más estar muertos, sea una impiedad hacerse ese beneficio a si mismos, y tengan que esperar a que sea otro su bienhechor.” PLATON (FEDON)
  • 3. FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA Escasa aplicación práctica en países con tipificación. CP Colombia (106) y España (143.4) Tipos penales privilegiados. El HE es el sentimiento de piedad unido a la finalidad de poner fin a intensos sufrimientos. Elemento subjetivo distinto del dolo.
  • 4. FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA El móvil de la conducta debe ser la “piedad”. El objetivo “poner fin a intensos sufrimientos” que padece el sujeto pasivo que no ha expresado su volutad de vivir. La eutanasia por móviles distintos es homicidio simple (CP 449).
  • 5. FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA El HE implica una búsqueda de un “buen morir”. Una muerte dulce o menos traumática. La Eutanasia pura es la causación de la muerte sin dolor del enfermo moribundo o incurable para poner fin a sus padecimientos.
  • 6. FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA El HE exige un triple elemento subjetivo: Dolo homicida (conocimiento y voluntad de matar) El Móvil de la piedad, y El fin de poner término a graves padecimientos o sufrimientos, provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable.
  • 7. FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA Quien mata debe sentir por lo menos dolor moral (pena) La piedad es un sentimiento de dolor entreverado con amor. Hay un sentimiento de identificación y solidaridad con penosa situación del enfermo o lesionado.
  • 8. FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA “ El ciudadano tiene un deber que cumplir en todo Estado bien organizado; nadie puede pasar su vida con las enfermedades y los remedios. Establecerás, Glaucón, en el Estado una disciplina y una jurisprudencia tales como nosotros las entendemos, prodigando cuidados a los ciudadanos bien sanos de cuerpo y alma. Por lo que respecta a los que no estén sanos de cuerpo, se los dejará morir.” Platón (La República, Libro III)
  • 9. FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA Para FRANCIS BACON correspondía al médico no solo suavizar las penas y los dolores para efectos de lograr la curación, sino cuanto pueda servir para procurar una muerte tranquila y fácil.
  • 10. FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA PREGUNTAS BÁSICAS: Tiene la persona (titular del derecho a la vida) capacidad para disponer válidamente de ese derecho? O la sociedad guarda también un interés complementario en la vida y en su preservación aún en contra de la voluntad del titular individual?
  • 11. La vida, el estado personalista y la licitud de ciertas formas de eutanasia El examen de las licitud de la eutanasia no solo debe hacérselo desde el DP, sino desde la perspectiva político constitucional . Cuyos postulados se corresponden con el valor superior del hombre como ser digno y libre , Titular inherente de los derechos a la vida, libre determinación, libertad de consciencia, libre desarrollo de la personalidad, capaz de consentir y asignarse su propio modelo de vida.
  • 12. La vida, el estado personalista Desde la religión, la eutanasia es violación de la ley divina. La vida es un don de Dios, que lo otorga sin consentimiento de las personas, solo Él podrá quitarla. No obstante, se deduce de las Escrituras que es válido ofrendar la vida y morir en defensa de la fe, en cumplimiento de una misión asignada por Dios (la muerte de Cristo).
  • 13. DIGNITAS HOMINIS La dignidad del ser humano es el valor central de los derechos humanos. Deber primordial del Estado CPR 3.2. Preámbulo y art. 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Convención Americana de Derechos Humanos, art. 11.
  • 14. DIGNITAS HOMINIS El hombre no es una creación del derecho, sino que es un “fin en si mismo”. Al ser el hombre intrínsicamente valioso, libre, autónomo, se establece un límite a la intervención del Estado en la decisión del modelo y forma de orientar la vida: El Estado se obliga a garantizar al hombre un escenario de seguridad y garantías para que la persona pueda proyectarse como un ser libre.
  • 15. DIGNITAS HOMINIS El derecho es solo un medio para asegurar la convivencia pacífica y próspera de los individuos y la comunidad. Ello determina la proscripción de los modelos de Estado absolutistas, utilitaristas, que coloquen al hombre como medio para fines ultrapersonalistas.
  • 16. DIGNITAS HOMINIS Si el valor central del Estado es la dignidad del ser humano, estamos ante un “modelo de Estado personalista”. Tiene como axiología y como fin superior al hombre. Aun cuando el hombre se equivoque debe ser tratado siempre en forma humana, constructiva, digna, respetando su libre autodeterminación.
  • 17. DIGNITAS HOMINIS Por lo expuesto, es consustancialmente ilícito toda forma de eutanasia racista, económica, social, religiosa o preventiva de sujetos peligrosos. Si el hombre es el valor supremo, el lógica la indisponibilidad del ser humano y de su vida por manos de terceros.
  • 18. DIGNITAS HOMINIS Ni la sociedad ni el Estado pueden disponer de la vida de un enfermo o del moribundo, bajo la finalidad de efectuar experimentos, trasplante de órganos, o con fines de investigación. Así también es ilícita la eutanasia por piedad, cuando el paciente quiere vivir o no la consciente, por que se suprime una vida en aras de la propia motivación ideal.
  • 19. DIGNITAS HOMINIS Por más simpatía que se tenga por la piedad, en el fondo lo que existe en una aflicción que produce ver a una persona enferma sufriendo. Allí emerge el propio dolor que impulsa al homicidio. Hay un móvil individual ideológico – emocional: Quien quiere despenar a otro, también se quita su propia penal o aflicción.
  • 20. LA TITULARIDAD DE LA VIDA La vida es un bien inherente al hombre. No es una concesión del Estado o de la sociedad. Le pertenece al individuo por el solo hecho de existir. Los derechos fundamentales son preexistentes al propio Estado.
  • 21. LA TITULARIDAD DE LA VIDA El hombre tiene con exclusión de terceros (Estado o sociedad), la posibilidad de disponer y decidir por sí mismo de sus derechos. De allí deviene la impunidad del suicidio y el derecho de rechazar cualquier tipo de tratamiento preventivo, curativo, exploratorio, o métodos extremos para alargar la vida.
  • 22. LA TITULARIDAD DE LA VIDA Por eso son ilícitos, por atentar contra la libre autodeterminación, cualquier tratamiento médico forzado o contra la expresa voluntad del paciente. Por ende, el médico no es responsable en los casos de eutanasia pasiva: Sus obligaciones como garante de salud, no pueden imponerse allanando la voluntad del enfermo.
  • 23. LA TITULARIDAD DE LA VIDA Asimismo si es penalmente responsable quien se abrogue la decisión de cuando debe morir el enfermo o cuando una vida es digna de ser vivida. Por la autodeterminación , solo la propia persona puede exclusividad decidirlo, según sus propios valores y determinaciones.
  • 24. LA TITULARIDAD DE LA VIDA Luego entonces, autonomía y libertad componen la facultad de cada individuo para disponer libre y conscientemente de su vida por mano propia . En principio la disponibilidad por mano ajena es ilícita y punible, esté la persona sana, herida o enferma.
  • 25. LA TITULARIDAD DE LA VIDA La Corte Constitucional colombiana ha entendido que cuando se trata: de un enfermo terminal que padece intensamente y que desea morir, expresando válidamente su consentimiento, y siendo capaz de comprender el sentido de su situación puede decidir su continúa o no viviendo.
  • 26. LA TITULARIDAD DE LA VIDA El derecho a vivir en forma digna implica el de morir dignamente, por tanto no puede ser obligado a seguir viviendo en condiciones en que sufre graves padecimientos, pues ello equivaldría a someterlo a tratamiento cruel e inhumano.
  • 27. LA TITULARIDAD DE LA VIDA A juicio de la Corte Constitucional de Colombia, carece de antijuridicidad la conducta del médico que con conocimiento de causa y a petición expresa y libre del paciente terminal le provoca la muerte.
  • 28. LA TITULARIDAD DE LA VIDA Pero fuera de este caso, nadie puede sacrificar al enfermo terminal en contra de su voluntad, para favorecer así sea la más bella ideología. El hombre puede sacrificarse o inmolarse en el altar de las más elevadas emociones, pero ninguna exaltación ideal justifica o autoriza sacrificar a otro.
  • 29. LA TITULARIDAD DE LA VIDA CODIGO DE ETICA MEDICA Art. 25 .- El médico tiene la obligación incólume de respetar los principios consagrados en la declaración de los derechos Humanos. Su ejercicio profesional se regirá a estos principios los cuales no podrían ser violados en ningún caso sea este civil, penal, político o de emergencia nacional.
  • 30. LA AUTONOMIA DEL CONSENTIMIENTO La disponibilidad de la vida es exclusivamente personal e intransferible a terceros. El ordenamiento constitucional considera la vida como un derecho inviolable. Salvo el caso en la sentencia colombiana, la eutanasia activa consentida, es punible.
  • 31. LA AUTONOMIA DEL CONSENTIMIENTO No obstante que la persona puede disponer de sí mismo, la posibilidad de transferir a terceros la disponibilidad de la vida entre en el campo de la antijuridicidad. Ya que la vida no solo es inviolable sino intangible (CPR art. 23.1; CADH art. 27)
  • 32. LA AUTONOMIA DEL CONSENTIMIENTO Se debe tener mucho cuidado con el análisis de la piedad homicida , pues en la vida real, mayoritariamente lo que determina la voluntad de matar al enfermo crónico e incurable, será más la fatiga, la carga económica o el ánimo de quitarse una gravosa obligación que propia conmiseración.
  • 33. EL HOMICIDIO EUTANÁSICO “ Muchos mueren demasiado tarde y algunos demasiado pronto. La doctrina que dice ¡Muere a tiempo! parece aún extraña.” Nietzsche (Así habló Zarathustra).
  • 34. EL HOMICIDIO EUTANASICO EUTANASIA ATÍPICA: No todas las formas de eutanasia son auxilios al suicidio. Ortotanasia : la omisión de seguir manteniendo artificialmente algunas funciones vitales en un moribundo respecto del que ya nada se puede hacer para restablecerlo. Ya se ha iniciado el proceso de muerte. Es solo un paliativo de los sufrimientos (ROXIN) y no un acortamiento de la vida. Se habla de una verdadera u pura eutanasia (CUELLO CALON).
  • 35. EL HOMICIDIO EUTANASICO EUTANASIA TIPICA: Varias formas de homicidio por eutanasia son típicas. Las que ocurren por móviles económicos, políticos, para depurar la raza o la familia, por razones religiosas, O cualquier otra finalidad diferente a poner fin a intensos sufrimientos del enfermo. Son homicidios simples, asesinatos o parricidios.
  • 36. EL HOMICIDIO EUTANASICO Estados psicológicos diferentes preceden al homicidio voluntario y a la muerte por eutanasia o por piedad: Al primero: odio, venganza, rabia, celos, ira, menosprecio. Al segundo: previo a la irrupción del dolo homicida: una identificación con el enfermo o lesionado, surgen estado emotivos de acercamiento, afecto, lástima y conmiseración por la persona enferma.
  • 37. EL HOMICIDIO EUTANASICO En medio de las lágrimas y el dolor, surge el dolo homicida: Hercules: All, pues, ahora, es preciso que lleves mi cuerpo con tus propias manos y con la ayuda de los amigos que desees. Corta abundante madera de las encinas de profundas raíces, abate muchos troncos de olivo silvestres, pon mi cuerpo encima, y con una tea de resinoso pino, enciende la pira. Pero que no haya gemidos ni lágrimas; sin lamentos, sin llantos, si eres hijo de este padre, realiza todo esto… Hilo: ¡Ay de mi padre! ¿Qué dices? ¿Qué cosas me obligas a hacer? SOFOCLES (“Las Tranquinias” en Teatro completo).
  • 38. EL MEDICO Y LA EUTANASIA “ Juro por Apolo, médico Esculapio, Higias y Panacea…, que he de observar este juramento… Nunca daré, aunque se me pidan, drogas homicidas, ni a nadie induciré a darlas…” Juramento de Hipócrates
  • 39. EL MEDICO Y LA EUTANASIA La actividad médica tiene por finalidad curar, restablecer la salud. No hay dolo, porque la conducta no se dirige a causar un daño en el cuerpo o en la salud. Si no se logra el objetivo, solo es punible por culposidad si se violo el deber de cuidado.
  • 40. EL MEDICO Y LA EUTANASIA Casos famosos: Rusia, 1929. 117 niños fusilados por orden del gobierno. Atacados de teribles dolores y condenados a muerte segura por haber comido carne putrefacta. Francia, 1930. Hijo mata a su madre, afectada con cáncer. Enfermedad prácticamente incurable.
  • 41. EL MEDICO Y LA EUTANASIA Médico Sander: movido por piedad, inyectó aire a una enferma incurable. Absuelto por jurado de Manchester (1950).
  • 42. EL MEDICO Y LA EUTANASIA Terri Schiavo: Abril del 2005 en EEUU. 15 años en estado de coma. Fue autorizada desconexión judicialmente. “ Eutanasia terapéutica”
  • 43. FUNDAMENTO DE LA EUTANASIA Propuesta de tipo penal para Ecuador: “ El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro por piedad, para poner a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, será reprimido con prisión de 6 meses a 2 años.”