Este documento resume los objetos de prueba en el derecho venezolano. Explica que los objetos de prueba son los hechos controvertidos, es decir, aquellos afirmados por una parte y negados por la otra. No requieren prueba los hechos admitidos explícita o implícitamente, los presumidos por la ley, los notorios, ni las leyes y costumbres internas. La ley extranjera no tiene un procedimiento de prueba establecido.