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EL SISTEMA BANCARIO
El sistema bancario, o también conocido
como banca, es como se le denomina al
conjunto de entidades financieras que
operan dentro de la misma economía.
Esta puede ser vista esencialmente a dos
niveles: Nivel Estado o Nivel Internacional.
Al realizar transacciones al mismo nivel
de la economía, los bancos tienden a
guardar relaciones unos con otros y
operar entre ellos. Finalmente los bancos
emplean el dinero excedente para
invertir o prestar y así generar ganancias
para la misma institución.
Dentro de un sistema bancario se pueden
identificar distintos tipos de bancos, estos son:
Bancos corrientes. Son las instituciones financieras
que ofrecen servicios de ahorro y disposición de
cheques para personas físicas. También ofrecen
préstamos y pueden ser vistosos como
intermediarios entre personas con excedentes de
dinero y personas con necesidades de dinero.
Bancos prestamistas especializados. Son
instituciones que otorgan préstamos o créditos con
fines específicos, como pueden ser los Bancos
Hipotecarios, entre otros.
Bancos de Emisión. Se les llama así a los Bancos
Centrales o Bancos Nacionales, son las únicas
instituciones bancarias con la función de emitir
dinero ya sea en papel moneda o en moneda.
El sistema bancario se compone finalmente de
estos tres tipos de bancos los cuales participan
dentro de los mismos mercados, cada uno
cumpliendo funciones distintas para atender las
necesidades financieras de las personas físicas y
morales de la economía.
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Crédito a microempresas (MES)
Son aquellos créditos directos o indirectos otorgados a personas
naturales o jurídicas, cuyo endeudamiento en el sistema
financiero no exceda de US$ 30 000 (o su equivalente en
moneda nacional), destinados al financiamiento de
actividades de producción, comercio o prestación de servicios.
Crédito comercial
Son aquellos créditos que se otorgan a las personas naturales o
jurídicas cuyo endeudamiento sobrepasa los $ 30 000 (o su
equivalente en moneda nacional), sirve para el financiamiento
de la producción y comercialización de bienes y servicios en
sus diferentes fases.
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Crédito revolvente
Un crédito revolvente o crédito revolving es un tipo
de crédito que no tiene un número fijo de cuotas, en
contraste al crédito convencional.
Es aquel que se puede utilizar repetidamente y retirar fondos
hasta un límite autorizado. La cantidad de crédito disponible
disminuye cada vez que pedimos prestado y aumenta
cuando lo pagamos. Los clientes de tarjetas de crédito
pueden tener diferentes formas para pagar el uso de su
línea de crédito. Por lo general será en cuotas o en
modalidad revolving. Los clientes que tienen modalidad
revolving pueden realizar un pago menor al total facturado
en el período (llamado Pago Mínimo). El saldo (la diferencia
entre lo facturado y lo pagado), genera una nueva deuda
(revolving) a la que se le aplica la tasa de interés vigente
para el período y se adiciona al saldo de deuda de esta
modalidad, correspondientes a los períodos anteriores si
existieren. Esta deuda puede ser pagada (amortizada) por
el cliente de manera diferida en el tiempo.
Créditos no revolventes
Son aquellos créditos reembolsables por cuotas, siempre que los
montos pagados no puedan ser reutilizables por el deudor. En
este tipo de crédito no se permite que los saldos pendientes
fluctúen en función de las propias decisiones del deudor.
OPERACIONES EN TIEMPO REAL
Un sistema de tiempo real es un sistema informático que
interacciona con su entorno físico y responde a los
estímulos del entorno dentro de un plazo de tiempo
determinado.
No basta con que las acciones del sistema sean
correctas, sino que, además, tienen que ejecutarse
dentro de un intervalo de tiempo determinado.
A través del internet pueden efectuarse transacciones
bancarias desde cualquier lugar, las 24 horas del día.
Pero los servicios que los bancos ofrecen por medio del
internet no sólo se limitan a las transacciones en tiempo
real, sino que también facilitan la organización y
administración de las finanzas personales en un sólo
lugar.
Transacciones en tiempo real
• Administración de cuentas
• Saldos y estados de cuenta
• Pagos de facturas
• Transferencias
• Depósitos de cheques
• Actualización de datos
• Compatibilidad con softwares
• Comunicación
Además, se puedes recibir alertas periódicas de los
movimiento de cuentas como resumen de saldos,
depósitos recibidos, retiros etc.
Esta es una excelente manera de monitorear
transacciones no autorizadas.
Seguridad en las transacciones en tiempo real
Una de las principales preocupaciones de los consumidores es la
seguridad en línea; sin embargo tomando las precauciones
necesarias se pueden minimizar los riesgos, aparte que es de gran
interés de los bancos hacer que las transacciones en línea
tengan el máximo nivel de seguridad para la tranquilidad y
satisfacción de sus clientes.
Recomendaciones para las operaciones en tiempo real
• Accesso: Siempre acceder a las cuentas a través de la dirección de
acceso al banco o url. Evitar acceder a través de enlaces provenientes
de terceros, especialmente aquellos que llegan por correo electrónico.
• Claves de seguridad: Crear una clave segura con combinaciones
alfanuméricas y caracteres especiales como *, &, ^, y cámbialas
periódicamente. No olvidar mantenerlos en un lugar seguro.
• Certificado digital: Una manera de verificar que el sitio es seguro es por
medio de los certificados digitales que permiten hacer transacciones en
línea de manera segura.
• Monitoreo: Revisar los estados de cuenta periódicamente para verificar
que todas las transacciones que aparecen en pantalla son válidas y
autorizadas. Esto también permite identificar a tiempo cualquier indicio
de robo de identidad.
• Propiedad: En lo posible, usar la propia computadora o teléfono móvil.
• Cierre de sesión: Cuando se termine de hacer las transacciones hay
que asegurarse de haber salido por completo del sistema.
No hay duda de que la banca en línea ha facilitado el diario vivir de las
personas. Ya no hay necesidad de ir al banco, ni hacer largas filas, ni
esperar en el teléfono por un operador para hacer una consulta o
transacción. Ahora basta acceder a nuestra cuenta y hacer uno o varios
clicks para llevar a cabo las transacciones bancarias que se necesite,
permitiéndonos ahorrar mucho tiempo, y en estos días, tiempo es dinero.
BANCARIZACIÓN
Bancarización significa utilizar intensivamente al sistema financiero
para facilitar las transacciones efectuadas entre los agentes económicos.
Este proceso permite evitar el uso del dinero físico.
La bancarización influye directamente en el crecimiento económico de
un país. (depósitos / PBI)
Es importante para Impulsar la formalización de la economía
vía la canalización por el sistema financiero de gran parte de las transacciones
realizadas en la economía. Promover la documentación de operaciones
entre agentes económicos.
Reducir la evasión y la informalidad en la medida que potencia la fiscalización,
al servir como fuente de información.
Desincentivar la realización de operaciones marginadas y simuladas.
Cabe mencionar que internacionalmente se ha demostrado que existe
una innegable relación entre los niveles de bancarización y de evasión
tributaria.
Por otro lado, el desarrollo tecnológico y económico actual del
sector financiero, genera un marco adecuado para la implementación
de la medida.
El Decreto Legislativo 939 norma la utilización de medios de pago
bancarios para evitar la evasión (Bancarización de la economía).
Dicha norma genera la obligación de utilizar medios de pago bancarios
para cancelar operaciones superiores a determinado importe.
Actualmente se ha establecido en S/. 3,500 ó USD 1,000). Todos los pagos
iguales o superiores a dicho monto deberán ser realizados por medios
bancarios.
Los medios de pago que podrán utilizarse son:
Depósitos en Cuenta
Giros o transferencias de cuentas
Órdenes de pago.
Tarjetas de débito expedidas en el país.
Tarjetas de crédito expedidas en el país.
Cheques con la cláusula de "no negociables", "intransferibles"
Asimismo, se establece que los notarios y jueces de paz incluyan, en
los documentos en los que participen, el detalle del medio de pago que
se utilizó, independientemente del monto transado.
Por otro lado, se establece la obligación para que en todo préstamo de
dinero se utilice un medio de pago para acreditar la recepción y la
devolución del dinero.
En caso no se utilice los medios de pago a que se refiere la norma,
no se reconocerá para efectos tributarios el crédito fiscal del IGV
así como el costo y/o gasto para el Impuesto a la Renta.
Tampoco se podrán solicitar devoluciones de impuestos.
Asimismo, los préstamos que hayan sido otorgados sin utilizar los
medios de pago autorizados, no podrán ser utilizados como
sustentos de incrementos patrimoniales o de una mayor
disponibilidad de ingresos por parte de los contribuyentes.
IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS (ITF)
El ITF es un impuesto que existe en diversas partes del mundo y es
una herramienta que sirve a la Administración Tributaria para
obtener información respecto de las operaciones económicas
realizadas por los contribuyentes.
La tasa del ITF es de 0.005% , y se aplica sobre cada depósito y
cada retiro efectuado desde una cuenta bancaria, salvo que la
misma se encuentre exonerada.
El ITF se aplica sobre cualquier importe, independientemente del
monto.
Se encuentran exonerados del impuesto los abonos en la cuenta
por concepto de remuneraciones, pensiones y CTS, así como
cualquier pago que se realice desde esas cuentas. En tal sentido,
cualquier retiro de dinero proveniente de remuneraciones,
pensiones o CTS - independientemente si se realiza en ventanilla,
cajero automático, transferencia o cualquier otro mecanismo de
disposición de fondos está exonerado del ITF.
Los usuarios que paguen en efectivo los servicios públicos a los
bancos o a instituciones no financieras (ej. compañías de
teléfono, luz, agua, cuotas de clubes sociales, centros educativos,
etc.) no estarán gravados con el impuesto. Tampoco pagaran el
impuesto los usuarios que paguen los servicios públicos desde su
cuenta de remuneraciones.
Los gastos por consumo con tarjeta de crédito no se encuentra
gravados con el ITF al momento del consumo. Si el pago de la
cuota de la Tarjeta de Crédito se realiza mediante el cargo en
una cuenta exonerada, como la cuenta de remuneraciones, no
está gravado con el ITF.
OPERACIONES CONTINGENTES
La definición de contingente es la de eventualidad. Por tanto, si
hablamos de operaciones financieras contingentes, deberemos
entender que hablamos de operaciones arriesgadas o sujetas a
variación.
AVAL BANCARIO
Es una garantía bancaria que asegura el cumplimiento de una
determinada obligación económica. Podemos decir que funciona como
un seguro, pues si la persona a la que avala no responde
económicamente, el avalista deberá hacerse cargo de sus obligaciones
financieras.
Existen varias finalidades para este tipo de aval. Por un lado, la de
garantizar un préstamo, que de otra forma no podría ser otorgado por
falta de bienes o dinero con el que responder por parte del avalado.
También se usa para avalar a empresas frente a terceros. Además, estos
avales son cada vez son más frecuentes en los contratos de alquiler.
elsistemabancario-150701231807-lva1-app6891.pdf
El crédito documentario es un medio de pago por el cual una entidad
financiera (entidad emisora) pone a disposición del exportador (beneficiario)
el importe de la compraventa, estando condicionada la entrega al
cumplimiento de unas condiciones pactadas.
EL CHEQUE DE GERENCIA
Es un cheque especial expedido por los bancos con cargo a sus propias
dependencias, cuya principal característica es que el librador y el librado
son la misma persona, esto es, el establecimiento bancario, dado que no
existe orden de pago alguna por parte del cliente sino una promesa de
pago proveniente de la entidad librada a través de una orden a su propio
cargo o a cargo de una de sus sucursales.
Este tipo de cheques es utilizado comúnmente en los negocios en
la medida en que el banco al figurar como deudor garantiza el
pago de la obligación originada en el contrato causal, en la
medida en que el cliente interesado previamente lo ha adquirido y
el banco cuenta con la respectiva provisión de fondos para su
pago. Luego la certeza de su pago es mayor frente a un cheque
que no sea catalogado como especial.
Para conseguir un cheque de gerencia, el comprador o remitente
ha de contar con los fondos suficientes en su cuenta personal o
disponer de dinero en efectivo. Este dinero es pagado a la
institución financiera que emite el cheque. Por lo general esta
institución es la misma que el banco del remitente. El banco, una
vez cobrado el dinero al remitente, se convierte en el responsable
de pagar la cantidad indicada en el cheque, por esto se
considera un método de pago con garantía de cobro.
El comprador del cheque de gerencia puede cubrir el pago
con un cheque regular de otra entidad financiera pero, en estos
casos, es frecuente que el banco emisor se niegue o ponga
reticencias, ya que no puede comprobar fácilmente si se
disponen de fondos suficientes para hacer el pago. Sin
embargo, cuándo la persona tiene una cuenta en la propia
entidad, no hay ningún tipo de problema para que se emita un
cheque de gerencia ya que el banco emisor deduce
directamente el dinero de la cuenta del cliente.
Así mismo, importa destacar que el cheque de gerencia es
negociable, no obstante lo cual en consideración a que el
banco tiene la calidad de librador puede incorporar en el título
cualquier cláusula que restrinja su negociabilidad o su pago en
efectivo, con el fin de evitar que el importe del cheque pueda
ser pagado a un tercero diferente del beneficiario.
Cobrar un cheque de gerencia no es diferente que
el cobro de un cheque regular nominativo. El
receptor ha de firmar el cheque y a continuación
puede depositarlo en su cuenta bancaria o recibir
el dinero en metálico en la caja de una sucursal
bancaria. Hay que tener en cuenta que, al igual
que los cheques regulares, los cheques de
gerencia caducan. Generalmente han de ser
cobrados antes de 90 o 120 días desde la fecha de
emisión.
Clasificación de los bancos
Las entidades financieras, a través de la Superintendencia de
Banca y Seguros (SBS), están sujetas a un seguimiento
minucioso y permanente, entre otras sobre la calidad de la
cartera de colocaciones, la cual a su vez influye en la
seguridad de los depositantes. Es de esperar que las entidades
que son clasificadas con un nivel de riesgo bajo, remuneren
por los depósitos tasas de interés más bajas, la que también se
reflejará en las tasas de interés de las colocaciones.
La clasificación de riesgo por parte de Clasificadoras de
Riesgo privadas es obligatoria para todas las entidades
financieras, la cual complementa la clasificación que publica
la SBS a nivel de productos financieros relacionada a la
captación de depósitos.
A continuación se muestra la clasificación de los Bancos, la
mayor clasificación corresponde a la Clasificación A, que
significa entidad de menor riesgo y la menor a la Clasificación
E para las entidades con un riesgo elevado.
Clasificación A
Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con la más alta
capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y condiciones
pactados, la cual no se vería afectada ante posibles cambios en la
Institución, en la industria a que pertenece, o en la economía.
Clasificación B
Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con una buena
capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y condiciones
pactados, pero ésta es susceptible de deteriorarse levemente ante
posibles cambios en la institución, en la industria a que pertenece, o en la
economía.
Clasificación C
Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con una suficiente
capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y condiciones
pactados, pero ésta es susceptible de debilitarse ante posibles cambios
en la institución, en la industria a que pertenece, o en la economía.
Clasificación D
Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con una
insuficiente capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y
condiciones pactados, existiendo riesgo de incumplimiento de sus
obligaciones.
Clasificación E
Corresponde a aquellas instituciones que no poseen información
suficiente o ésta no es válida y representativa lo que no permite emitir
una opinión sobre su riesgo.
Los símbolos desde A hasta D inclusive pueden ser modificados con los
signos "+"ó "-":
(+) Corresponde a Instituciones con un menor riesgo relativo dentro de
la categoría.
(-) Corresponde a instituciones con un mayor riesgo relativo dentro de
la categoría.
elsistemabancario-150701231807-lva1-app6891.pdf
ASPECTOS FUNDAMENTALES PARA EL ANÁLISIS CREDITICIO
Historial crediticio del solicitante.
Efectos colaterales que pueda tener el otorgamiento del crédito.
Capacidad de pago de las personas que soliciten el crédito.
Capital para responder al crédito.
Condiciones en que se encuentra la persona solicitante.
elsistemabancario-150701231807-lva1-app6891.pdf
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  • 2. El sistema bancario, o también conocido como banca, es como se le denomina al conjunto de entidades financieras que operan dentro de la misma economía. Esta puede ser vista esencialmente a dos niveles: Nivel Estado o Nivel Internacional. Al realizar transacciones al mismo nivel de la economía, los bancos tienden a guardar relaciones unos con otros y operar entre ellos. Finalmente los bancos emplean el dinero excedente para invertir o prestar y así generar ganancias para la misma institución.
  • 3. Dentro de un sistema bancario se pueden identificar distintos tipos de bancos, estos son: Bancos corrientes. Son las instituciones financieras que ofrecen servicios de ahorro y disposición de cheques para personas físicas. También ofrecen préstamos y pueden ser vistosos como intermediarios entre personas con excedentes de dinero y personas con necesidades de dinero. Bancos prestamistas especializados. Son instituciones que otorgan préstamos o créditos con fines específicos, como pueden ser los Bancos Hipotecarios, entre otros. Bancos de Emisión. Se les llama así a los Bancos Centrales o Bancos Nacionales, son las únicas instituciones bancarias con la función de emitir dinero ya sea en papel moneda o en moneda.
  • 4. El sistema bancario se compone finalmente de estos tres tipos de bancos los cuales participan dentro de los mismos mercados, cada uno cumpliendo funciones distintas para atender las necesidades financieras de las personas físicas y morales de la economía.
  • 30. Crédito a microempresas (MES) Son aquellos créditos directos o indirectos otorgados a personas naturales o jurídicas, cuyo endeudamiento en el sistema financiero no exceda de US$ 30 000 (o su equivalente en moneda nacional), destinados al financiamiento de actividades de producción, comercio o prestación de servicios. Crédito comercial Son aquellos créditos que se otorgan a las personas naturales o jurídicas cuyo endeudamiento sobrepasa los $ 30 000 (o su equivalente en moneda nacional), sirve para el financiamiento de la producción y comercialización de bienes y servicios en sus diferentes fases.
  • 33. Crédito revolvente Un crédito revolvente o crédito revolving es un tipo de crédito que no tiene un número fijo de cuotas, en contraste al crédito convencional. Es aquel que se puede utilizar repetidamente y retirar fondos hasta un límite autorizado. La cantidad de crédito disponible disminuye cada vez que pedimos prestado y aumenta cuando lo pagamos. Los clientes de tarjetas de crédito pueden tener diferentes formas para pagar el uso de su línea de crédito. Por lo general será en cuotas o en modalidad revolving. Los clientes que tienen modalidad revolving pueden realizar un pago menor al total facturado en el período (llamado Pago Mínimo). El saldo (la diferencia entre lo facturado y lo pagado), genera una nueva deuda (revolving) a la que se le aplica la tasa de interés vigente para el período y se adiciona al saldo de deuda de esta modalidad, correspondientes a los períodos anteriores si existieren. Esta deuda puede ser pagada (amortizada) por el cliente de manera diferida en el tiempo.
  • 34. Créditos no revolventes Son aquellos créditos reembolsables por cuotas, siempre que los montos pagados no puedan ser reutilizables por el deudor. En este tipo de crédito no se permite que los saldos pendientes fluctúen en función de las propias decisiones del deudor.
  • 35. OPERACIONES EN TIEMPO REAL Un sistema de tiempo real es un sistema informático que interacciona con su entorno físico y responde a los estímulos del entorno dentro de un plazo de tiempo determinado. No basta con que las acciones del sistema sean correctas, sino que, además, tienen que ejecutarse dentro de un intervalo de tiempo determinado. A través del internet pueden efectuarse transacciones bancarias desde cualquier lugar, las 24 horas del día. Pero los servicios que los bancos ofrecen por medio del internet no sólo se limitan a las transacciones en tiempo real, sino que también facilitan la organización y administración de las finanzas personales en un sólo lugar.
  • 36. Transacciones en tiempo real • Administración de cuentas • Saldos y estados de cuenta • Pagos de facturas • Transferencias • Depósitos de cheques • Actualización de datos • Compatibilidad con softwares • Comunicación Además, se puedes recibir alertas periódicas de los movimiento de cuentas como resumen de saldos, depósitos recibidos, retiros etc. Esta es una excelente manera de monitorear transacciones no autorizadas.
  • 37. Seguridad en las transacciones en tiempo real Una de las principales preocupaciones de los consumidores es la seguridad en línea; sin embargo tomando las precauciones necesarias se pueden minimizar los riesgos, aparte que es de gran interés de los bancos hacer que las transacciones en línea tengan el máximo nivel de seguridad para la tranquilidad y satisfacción de sus clientes.
  • 38. Recomendaciones para las operaciones en tiempo real • Accesso: Siempre acceder a las cuentas a través de la dirección de acceso al banco o url. Evitar acceder a través de enlaces provenientes de terceros, especialmente aquellos que llegan por correo electrónico. • Claves de seguridad: Crear una clave segura con combinaciones alfanuméricas y caracteres especiales como *, &, ^, y cámbialas periódicamente. No olvidar mantenerlos en un lugar seguro. • Certificado digital: Una manera de verificar que el sitio es seguro es por medio de los certificados digitales que permiten hacer transacciones en línea de manera segura. • Monitoreo: Revisar los estados de cuenta periódicamente para verificar que todas las transacciones que aparecen en pantalla son válidas y autorizadas. Esto también permite identificar a tiempo cualquier indicio de robo de identidad. • Propiedad: En lo posible, usar la propia computadora o teléfono móvil. • Cierre de sesión: Cuando se termine de hacer las transacciones hay que asegurarse de haber salido por completo del sistema. No hay duda de que la banca en línea ha facilitado el diario vivir de las personas. Ya no hay necesidad de ir al banco, ni hacer largas filas, ni esperar en el teléfono por un operador para hacer una consulta o transacción. Ahora basta acceder a nuestra cuenta y hacer uno o varios clicks para llevar a cabo las transacciones bancarias que se necesite, permitiéndonos ahorrar mucho tiempo, y en estos días, tiempo es dinero.
  • 39. BANCARIZACIÓN Bancarización significa utilizar intensivamente al sistema financiero para facilitar las transacciones efectuadas entre los agentes económicos. Este proceso permite evitar el uso del dinero físico. La bancarización influye directamente en el crecimiento económico de un país. (depósitos / PBI) Es importante para Impulsar la formalización de la economía vía la canalización por el sistema financiero de gran parte de las transacciones realizadas en la economía. Promover la documentación de operaciones entre agentes económicos. Reducir la evasión y la informalidad en la medida que potencia la fiscalización, al servir como fuente de información. Desincentivar la realización de operaciones marginadas y simuladas. Cabe mencionar que internacionalmente se ha demostrado que existe una innegable relación entre los niveles de bancarización y de evasión tributaria. Por otro lado, el desarrollo tecnológico y económico actual del sector financiero, genera un marco adecuado para la implementación de la medida.
  • 40. El Decreto Legislativo 939 norma la utilización de medios de pago bancarios para evitar la evasión (Bancarización de la economía). Dicha norma genera la obligación de utilizar medios de pago bancarios para cancelar operaciones superiores a determinado importe. Actualmente se ha establecido en S/. 3,500 ó USD 1,000). Todos los pagos iguales o superiores a dicho monto deberán ser realizados por medios bancarios. Los medios de pago que podrán utilizarse son: Depósitos en Cuenta Giros o transferencias de cuentas Órdenes de pago. Tarjetas de débito expedidas en el país. Tarjetas de crédito expedidas en el país. Cheques con la cláusula de "no negociables", "intransferibles" Asimismo, se establece que los notarios y jueces de paz incluyan, en los documentos en los que participen, el detalle del medio de pago que se utilizó, independientemente del monto transado. Por otro lado, se establece la obligación para que en todo préstamo de dinero se utilice un medio de pago para acreditar la recepción y la devolución del dinero.
  • 41. En caso no se utilice los medios de pago a que se refiere la norma, no se reconocerá para efectos tributarios el crédito fiscal del IGV así como el costo y/o gasto para el Impuesto a la Renta. Tampoco se podrán solicitar devoluciones de impuestos. Asimismo, los préstamos que hayan sido otorgados sin utilizar los medios de pago autorizados, no podrán ser utilizados como sustentos de incrementos patrimoniales o de una mayor disponibilidad de ingresos por parte de los contribuyentes. IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS (ITF) El ITF es un impuesto que existe en diversas partes del mundo y es una herramienta que sirve a la Administración Tributaria para obtener información respecto de las operaciones económicas realizadas por los contribuyentes. La tasa del ITF es de 0.005% , y se aplica sobre cada depósito y cada retiro efectuado desde una cuenta bancaria, salvo que la misma se encuentre exonerada. El ITF se aplica sobre cualquier importe, independientemente del monto.
  • 42. Se encuentran exonerados del impuesto los abonos en la cuenta por concepto de remuneraciones, pensiones y CTS, así como cualquier pago que se realice desde esas cuentas. En tal sentido, cualquier retiro de dinero proveniente de remuneraciones, pensiones o CTS - independientemente si se realiza en ventanilla, cajero automático, transferencia o cualquier otro mecanismo de disposición de fondos está exonerado del ITF. Los usuarios que paguen en efectivo los servicios públicos a los bancos o a instituciones no financieras (ej. compañías de teléfono, luz, agua, cuotas de clubes sociales, centros educativos, etc.) no estarán gravados con el impuesto. Tampoco pagaran el impuesto los usuarios que paguen los servicios públicos desde su cuenta de remuneraciones. Los gastos por consumo con tarjeta de crédito no se encuentra gravados con el ITF al momento del consumo. Si el pago de la cuota de la Tarjeta de Crédito se realiza mediante el cargo en una cuenta exonerada, como la cuenta de remuneraciones, no está gravado con el ITF.
  • 43. OPERACIONES CONTINGENTES La definición de contingente es la de eventualidad. Por tanto, si hablamos de operaciones financieras contingentes, deberemos entender que hablamos de operaciones arriesgadas o sujetas a variación. AVAL BANCARIO Es una garantía bancaria que asegura el cumplimiento de una determinada obligación económica. Podemos decir que funciona como un seguro, pues si la persona a la que avala no responde económicamente, el avalista deberá hacerse cargo de sus obligaciones financieras. Existen varias finalidades para este tipo de aval. Por un lado, la de garantizar un préstamo, que de otra forma no podría ser otorgado por falta de bienes o dinero con el que responder por parte del avalado. También se usa para avalar a empresas frente a terceros. Además, estos avales son cada vez son más frecuentes en los contratos de alquiler.
  • 45. El crédito documentario es un medio de pago por el cual una entidad financiera (entidad emisora) pone a disposición del exportador (beneficiario) el importe de la compraventa, estando condicionada la entrega al cumplimiento de unas condiciones pactadas.
  • 46. EL CHEQUE DE GERENCIA Es un cheque especial expedido por los bancos con cargo a sus propias dependencias, cuya principal característica es que el librador y el librado son la misma persona, esto es, el establecimiento bancario, dado que no existe orden de pago alguna por parte del cliente sino una promesa de pago proveniente de la entidad librada a través de una orden a su propio cargo o a cargo de una de sus sucursales.
  • 47. Este tipo de cheques es utilizado comúnmente en los negocios en la medida en que el banco al figurar como deudor garantiza el pago de la obligación originada en el contrato causal, en la medida en que el cliente interesado previamente lo ha adquirido y el banco cuenta con la respectiva provisión de fondos para su pago. Luego la certeza de su pago es mayor frente a un cheque que no sea catalogado como especial. Para conseguir un cheque de gerencia, el comprador o remitente ha de contar con los fondos suficientes en su cuenta personal o disponer de dinero en efectivo. Este dinero es pagado a la institución financiera que emite el cheque. Por lo general esta institución es la misma que el banco del remitente. El banco, una vez cobrado el dinero al remitente, se convierte en el responsable de pagar la cantidad indicada en el cheque, por esto se considera un método de pago con garantía de cobro.
  • 48. El comprador del cheque de gerencia puede cubrir el pago con un cheque regular de otra entidad financiera pero, en estos casos, es frecuente que el banco emisor se niegue o ponga reticencias, ya que no puede comprobar fácilmente si se disponen de fondos suficientes para hacer el pago. Sin embargo, cuándo la persona tiene una cuenta en la propia entidad, no hay ningún tipo de problema para que se emita un cheque de gerencia ya que el banco emisor deduce directamente el dinero de la cuenta del cliente. Así mismo, importa destacar que el cheque de gerencia es negociable, no obstante lo cual en consideración a que el banco tiene la calidad de librador puede incorporar en el título cualquier cláusula que restrinja su negociabilidad o su pago en efectivo, con el fin de evitar que el importe del cheque pueda ser pagado a un tercero diferente del beneficiario.
  • 49. Cobrar un cheque de gerencia no es diferente que el cobro de un cheque regular nominativo. El receptor ha de firmar el cheque y a continuación puede depositarlo en su cuenta bancaria o recibir el dinero en metálico en la caja de una sucursal bancaria. Hay que tener en cuenta que, al igual que los cheques regulares, los cheques de gerencia caducan. Generalmente han de ser cobrados antes de 90 o 120 días desde la fecha de emisión.
  • 50. Clasificación de los bancos Las entidades financieras, a través de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), están sujetas a un seguimiento minucioso y permanente, entre otras sobre la calidad de la cartera de colocaciones, la cual a su vez influye en la seguridad de los depositantes. Es de esperar que las entidades que son clasificadas con un nivel de riesgo bajo, remuneren por los depósitos tasas de interés más bajas, la que también se reflejará en las tasas de interés de las colocaciones. La clasificación de riesgo por parte de Clasificadoras de Riesgo privadas es obligatoria para todas las entidades financieras, la cual complementa la clasificación que publica la SBS a nivel de productos financieros relacionada a la captación de depósitos. A continuación se muestra la clasificación de los Bancos, la mayor clasificación corresponde a la Clasificación A, que significa entidad de menor riesgo y la menor a la Clasificación E para las entidades con un riesgo elevado.
  • 51. Clasificación A Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con la más alta capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y condiciones pactados, la cual no se vería afectada ante posibles cambios en la Institución, en la industria a que pertenece, o en la economía. Clasificación B Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con una buena capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y condiciones pactados, pero ésta es susceptible de deteriorarse levemente ante posibles cambios en la institución, en la industria a que pertenece, o en la economía. Clasificación C Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con una suficiente capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y condiciones pactados, pero ésta es susceptible de debilitarse ante posibles cambios en la institución, en la industria a que pertenece, o en la economía.
  • 52. Clasificación D Corresponde a aquellas instituciones que cuentan con una insuficiente capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y condiciones pactados, existiendo riesgo de incumplimiento de sus obligaciones. Clasificación E Corresponde a aquellas instituciones que no poseen información suficiente o ésta no es válida y representativa lo que no permite emitir una opinión sobre su riesgo. Los símbolos desde A hasta D inclusive pueden ser modificados con los signos "+"ó "-": (+) Corresponde a Instituciones con un menor riesgo relativo dentro de la categoría. (-) Corresponde a instituciones con un mayor riesgo relativo dentro de la categoría.
  • 54. ASPECTOS FUNDAMENTALES PARA EL ANÁLISIS CREDITICIO Historial crediticio del solicitante. Efectos colaterales que pueda tener el otorgamiento del crédito. Capacidad de pago de las personas que soliciten el crédito. Capital para responder al crédito. Condiciones en que se encuentra la persona solicitante.