El juez de Primera Instancia
Recién designado
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El Juez de Primera
Instancia Penal
Juez encargado de conocer, dirimir
y fallar las acusaciones que
contienen hechos penales, con
capacidad para establecer
sanciones penales
Atribuciones: (Art. 72 del Código Procesal Penal,
ley 137-11)
 Conocer de forma unipersonal de los juicios por hechos
punibles que conlleven penas pecuniarias o penas
privativas de libertad, cuyo máximo sea de dos años o
ambas penas a la vez;
 Acciones de habeas corpus, de forma unipersonal;
 Integrar para conocer de juicios penales en donde la
pena supere los dos años de prisión;
 Conocer de acciones de Amparo
Acciones que conoce
 Acción penal pública (verbigracia ley 50/88)
 Acción penal pública a instancia privada (ejemplo
Estafa, Abuso de Confianza, delitos de alta tecnologia)
 Acción penal privada:
– Violación de propiedad;
– Difamación e injuria;
– Violación de propiedad industrial:
– Cheques;
– Casos casos que se haya convertido la acción
 Acción civil
El juicio
Momento culminante del proceso penal
acusatorio, que constituye el verdadero
debate penal;
Erick Pérez Sarmiento
Procedimiento para los casos de
acción pública
 Dentro de las 48 horas de recibida la acusación
admitida, adjunta del AUTO DE APERTURA A
JUICIO y el AUTO de apoderamiento (ley 50-00),
se fija el juicio, mediante AUTO;
 La secretaria notifica el citado AUTO, iniciando
un plazo de 5 días para presentar excepciones,
incidentes y recursaciones;
 Debe revisar su competencia el Juez
Continuación:
 La secretaría debe notificar a la contraparte las
excepciones e incidentes para que opine, fíjese
que no existe plazo, puede establecerse un plazo
judicial;
 Las partes notifican el orden de prueba
 El secretario vela porque todo esté listo;
 El imputado en prisión debe ser requerido para
notificarle en persona;
La celebración (Arts. 300 y 318)
 Se da la palabra al Ministerio Público y al querellante
y/o actor civil para que presenten de forma oral el
plano fáctico y la subsunción del mismo en la norma
(hecho y derecho).
 La defensa, sí desea, se expresa sobre la acusación y
la demanda;
 Se da la palabra al imputado para que declare, sí
desea (ver Art. 319 del CPP), puede ser interpelado,
NUNCA obligado a contestar
Continuación …
 Se inicia la fase de recepción y produccición
de pruebas; que implica dirimir objeciones y
velar por la correcta incorporación;
 Se presentan las conclusiones de las partes
 El Juez o los jueces realizan la valoración
probatoria y emiten su fallo de forma oral e
inmediata;
Tipos de prueba
Documentales
(ver art. 312)
Testimoniales
(ver art. 325 y Res.
3869-06)
Ilustrativas (ver
art. 140 y Res. 3869-06)
Materiales (ver art.
Res. 3869-06)
Audiovisuales
Si es una absolución
 Ordenar la libertad o el cese de las medidas de
coerción;
 La restitución de los objetos, que no estén sujetos a
decomiso y destrucción;
 Las inscripciones necesarias;
 Fija las costas
Si es una condena
 La sentencia debe fijar la pena; y en su caso
determina el perdón judicial, la suspensión
condicional de la condena y las obligaciones que
deba cumplir el condenado;
 La restitución de los objetos, que no estén sujetos a
decomiso y destrucción;
 Se unifican las penas o condenas cuando
corresponda;
 Fija las costas;
 Entrega los objetos secuestrados a quien corresponda
y decide sobre el decomiso;
Importante tener presente
 El Presidente del tribunal es quien dirige la
audiencia;
 El juicio es público, salvo que se decida lo contrario
(308);
 Esta prohibido el acceso de menores de 12 años,
salvo que estén acompañados, de militares
uniformados, salvo que no sean custodia o
seguridad, y a personas con distintivos gremiales o
partidarios;
Importante tener presente
 Los medios de comunicación pueden instalar
equipos en la sala, salvo que el tribunal mediante
auto motivado exprese lo contrario;
 Nadie puede portar armas;
 Cada parte presenta conclusiones y replica;
 El presidente puede desalojar a quien irrumpa la
solemnidad de la audiencia;
 El juicio suspendido debe reiniciarse a más tardar el
décimo día;
Importante tener presente
 Cada vez que se reanude, el Juez debe recordar lo
acontecido en la audiencia anterior;
 La decisión que sucede a un juicio debe darse de
inmediato, y si no es posible dictarla íntegramente,
se emite el dispositivo y se difiere la lectura íntegra
en 05 días, quedando las partes convocadas;
 La incomparecencia de un testigo o un perito no
suspende el conocimiento del juicio;
 La figura de admisión de pruebas posee requisitos
especiales;
 El juicio suspendido debe reiniciarse a más tardar el
décimo día; de no ser así se reaunda;
Sobre las motivaciones
 Recuerden aplicar teoria del delito
 No olvidar motivar la pena
 El dispositivo debe ser consono con lo
fallado, examinar siempre dos veces;
 Hacer su lista de revisión o “check list”
personal
Procedimiento para los casos de
acción privada
 Se examina la admisibillidad de la acusación; (art.
361 del CPP)
 Admitida la acusación se fija una vista de
conciliación, dentro de los diez (10) días de
recibida la actuación
 Levantada la no conciliación se fija el juicio;
Algunas figuras que aplica el Juez
de Primera Instancia
 Perdón de la pena (Art. 340 del CPP)
 Suspensi‫ٴ‬ón condicional de la pena; (art. 341 del
CPP)
Recien Designados Juez de
Primera Instancia
Los institutos de protección de
Derechos Fundamentales
Las garantías constitucionales
““Mecanismos jurídicos de seguridad que elMecanismos jurídicos de seguridad que el
ordenamiento constitucional establece paraordenamiento constitucional establece para
salvaguarda y defensa de la integridad desalvaguarda y defensa de la integridad de
su valor normativosu valor normativo”
Gimeno, Vicente: “Los Derechos Fundamentales y su Protección
Jurisdiccional”, pág. 595
Tipos:
El Habeas
corpus
El Amparo
El Habeas
Data
El habeas corpus
Ver arts. 71 de la Constitución y 63 de la
ley 137-11
Acción mediante la cual, toda
persona privada de su libertad o
amenazada de serlo, de forma
ilegal, arbitraria o irrazonable,
tiene derecho a acudir ante un juez
o tribunal competente para que
examine la legalidad de la misma;
El Amparo
Acción mediante la cual, toda
persona a quien la autoridad
pública o un particular, le haya
vulnerado un derecho fundamental
no protegido por el habeas corpus
o el habeas data, puede acudir ante
Juez o tribunal para que de forma
efectiva ampare ese derecho;
Medios de inadmisión del amparo
Art. 70 ley 137-11
Existencia de otras vías judiciales
efectivas;
Extemporaneidad;
Notoriamente improcedente;
Jurisdicciones competentes
 Juez de Primera Instancia;
 Territorialmente, la del lugar de la comisión
u omisión del acto que se describe como
vulnerante;
 De atribución, el tribunal que guarde mayor
afinidad;
 El TSA, cuando se trate de un acto de la
administtración (ver art. 75 ley 137-11)
 El TSE, cuando se trate de amparo electoral;
Puntos importantes
 Debe ser probada la vulneración, existiendo
libertad probatoria;
 El Juez posee un papel activo y está facultado
para ordenar medidas precautorias;
 La ausencia de la parte presunta agraviante no
interrumpe el conocimiento;
 Puede establecerse astreinte;
 Puede ordenar su ejecución inmediata;
El Habeas Data
Ver arts. 70 Constitución y 64 de la ley 137-11
Acción judicial para conocer de la
existencia y acceder a datos que sobre el
accionante consten en los registros de
bancos públicos o privados y, en caso de
falsedad o discriminación exigir la
suspensión, rectificación o actualización;
Casos en los que aplica
 Retiro de fichas o antecedentes criminales;
 Actualización de buró de créditos;
 Obtención de records médicos;
 Corrección de datos de documentos de
identidad (cédula, licencia, pasaportes)
ENJ-100 Taller Recién designados primera instancia penal
Ha sido un inmenso placer
Muchisimas gracias

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ENJ-100 Taller Recién designados primera instancia penal

  • 1. El juez de Primera Instancia Recién designado El juez de Primera Instancia. Recién designado está distribuido bajo una  Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.
  • 2. El Juez de Primera Instancia Penal Juez encargado de conocer, dirimir y fallar las acusaciones que contienen hechos penales, con capacidad para establecer sanciones penales
  • 3. Atribuciones: (Art. 72 del Código Procesal Penal, ley 137-11)  Conocer de forma unipersonal de los juicios por hechos punibles que conlleven penas pecuniarias o penas privativas de libertad, cuyo máximo sea de dos años o ambas penas a la vez;  Acciones de habeas corpus, de forma unipersonal;  Integrar para conocer de juicios penales en donde la pena supere los dos años de prisión;  Conocer de acciones de Amparo
  • 4. Acciones que conoce  Acción penal pública (verbigracia ley 50/88)  Acción penal pública a instancia privada (ejemplo Estafa, Abuso de Confianza, delitos de alta tecnologia)  Acción penal privada: – Violación de propiedad; – Difamación e injuria; – Violación de propiedad industrial: – Cheques; – Casos casos que se haya convertido la acción  Acción civil
  • 5. El juicio Momento culminante del proceso penal acusatorio, que constituye el verdadero debate penal; Erick Pérez Sarmiento
  • 6. Procedimiento para los casos de acción pública  Dentro de las 48 horas de recibida la acusación admitida, adjunta del AUTO DE APERTURA A JUICIO y el AUTO de apoderamiento (ley 50-00), se fija el juicio, mediante AUTO;  La secretaria notifica el citado AUTO, iniciando un plazo de 5 días para presentar excepciones, incidentes y recursaciones;  Debe revisar su competencia el Juez
  • 7. Continuación:  La secretaría debe notificar a la contraparte las excepciones e incidentes para que opine, fíjese que no existe plazo, puede establecerse un plazo judicial;  Las partes notifican el orden de prueba  El secretario vela porque todo esté listo;  El imputado en prisión debe ser requerido para notificarle en persona;
  • 8. La celebración (Arts. 300 y 318)  Se da la palabra al Ministerio Público y al querellante y/o actor civil para que presenten de forma oral el plano fáctico y la subsunción del mismo en la norma (hecho y derecho).  La defensa, sí desea, se expresa sobre la acusación y la demanda;  Se da la palabra al imputado para que declare, sí desea (ver Art. 319 del CPP), puede ser interpelado, NUNCA obligado a contestar
  • 9. Continuación …  Se inicia la fase de recepción y produccición de pruebas; que implica dirimir objeciones y velar por la correcta incorporación;  Se presentan las conclusiones de las partes  El Juez o los jueces realizan la valoración probatoria y emiten su fallo de forma oral e inmediata;
  • 10. Tipos de prueba Documentales (ver art. 312) Testimoniales (ver art. 325 y Res. 3869-06) Ilustrativas (ver art. 140 y Res. 3869-06) Materiales (ver art. Res. 3869-06) Audiovisuales
  • 11. Si es una absolución  Ordenar la libertad o el cese de las medidas de coerción;  La restitución de los objetos, que no estén sujetos a decomiso y destrucción;  Las inscripciones necesarias;  Fija las costas
  • 12. Si es una condena  La sentencia debe fijar la pena; y en su caso determina el perdón judicial, la suspensión condicional de la condena y las obligaciones que deba cumplir el condenado;  La restitución de los objetos, que no estén sujetos a decomiso y destrucción;  Se unifican las penas o condenas cuando corresponda;  Fija las costas;  Entrega los objetos secuestrados a quien corresponda y decide sobre el decomiso;
  • 13. Importante tener presente  El Presidente del tribunal es quien dirige la audiencia;  El juicio es público, salvo que se decida lo contrario (308);  Esta prohibido el acceso de menores de 12 años, salvo que estén acompañados, de militares uniformados, salvo que no sean custodia o seguridad, y a personas con distintivos gremiales o partidarios;
  • 14. Importante tener presente  Los medios de comunicación pueden instalar equipos en la sala, salvo que el tribunal mediante auto motivado exprese lo contrario;  Nadie puede portar armas;  Cada parte presenta conclusiones y replica;  El presidente puede desalojar a quien irrumpa la solemnidad de la audiencia;  El juicio suspendido debe reiniciarse a más tardar el décimo día;
  • 15. Importante tener presente  Cada vez que se reanude, el Juez debe recordar lo acontecido en la audiencia anterior;  La decisión que sucede a un juicio debe darse de inmediato, y si no es posible dictarla íntegramente, se emite el dispositivo y se difiere la lectura íntegra en 05 días, quedando las partes convocadas;  La incomparecencia de un testigo o un perito no suspende el conocimiento del juicio;  La figura de admisión de pruebas posee requisitos especiales;  El juicio suspendido debe reiniciarse a más tardar el décimo día; de no ser así se reaunda;
  • 16. Sobre las motivaciones  Recuerden aplicar teoria del delito  No olvidar motivar la pena  El dispositivo debe ser consono con lo fallado, examinar siempre dos veces;  Hacer su lista de revisión o “check list” personal
  • 17. Procedimiento para los casos de acción privada  Se examina la admisibillidad de la acusación; (art. 361 del CPP)  Admitida la acusación se fija una vista de conciliación, dentro de los diez (10) días de recibida la actuación  Levantada la no conciliación se fija el juicio;
  • 18. Algunas figuras que aplica el Juez de Primera Instancia  Perdón de la pena (Art. 340 del CPP)  Suspensi‫ٴ‬ón condicional de la pena; (art. 341 del CPP)
  • 19. Recien Designados Juez de Primera Instancia Los institutos de protección de Derechos Fundamentales
  • 20. Las garantías constitucionales ““Mecanismos jurídicos de seguridad que elMecanismos jurídicos de seguridad que el ordenamiento constitucional establece paraordenamiento constitucional establece para salvaguarda y defensa de la integridad desalvaguarda y defensa de la integridad de su valor normativosu valor normativo” Gimeno, Vicente: “Los Derechos Fundamentales y su Protección Jurisdiccional”, pág. 595
  • 22. El habeas corpus Ver arts. 71 de la Constitución y 63 de la ley 137-11 Acción mediante la cual, toda persona privada de su libertad o amenazada de serlo, de forma ilegal, arbitraria o irrazonable, tiene derecho a acudir ante un juez o tribunal competente para que examine la legalidad de la misma;
  • 23. El Amparo Acción mediante la cual, toda persona a quien la autoridad pública o un particular, le haya vulnerado un derecho fundamental no protegido por el habeas corpus o el habeas data, puede acudir ante Juez o tribunal para que de forma efectiva ampare ese derecho;
  • 24. Medios de inadmisión del amparo Art. 70 ley 137-11 Existencia de otras vías judiciales efectivas; Extemporaneidad; Notoriamente improcedente;
  • 25. Jurisdicciones competentes  Juez de Primera Instancia;  Territorialmente, la del lugar de la comisión u omisión del acto que se describe como vulnerante;  De atribución, el tribunal que guarde mayor afinidad;  El TSA, cuando se trate de un acto de la administtración (ver art. 75 ley 137-11)  El TSE, cuando se trate de amparo electoral;
  • 26. Puntos importantes  Debe ser probada la vulneración, existiendo libertad probatoria;  El Juez posee un papel activo y está facultado para ordenar medidas precautorias;  La ausencia de la parte presunta agraviante no interrumpe el conocimiento;  Puede establecerse astreinte;  Puede ordenar su ejecución inmediata;
  • 27. El Habeas Data Ver arts. 70 Constitución y 64 de la ley 137-11 Acción judicial para conocer de la existencia y acceder a datos que sobre el accionante consten en los registros de bancos públicos o privados y, en caso de falsedad o discriminación exigir la suspensión, rectificación o actualización;
  • 28. Casos en los que aplica  Retiro de fichas o antecedentes criminales;  Actualización de buró de créditos;  Obtención de records médicos;  Corrección de datos de documentos de identidad (cédula, licencia, pasaportes)
  • 30. Ha sido un inmenso placer Muchisimas gracias