Las consecuencias del paradigma de
endurecimiento del derecho penal en la Ejecución
Endurecimiento del derecho penal en la ejecucion

 Se penso que el delito acompañaba de manera
  inevitable a cualquier grupo humano
 Claus Roxin dice que las penas no son de ninguna
  forma medio adecuado para luchar contra la
  criminalidad, el delito persistira haya o no haya
  endurecimiento,los sistemas penales no sirven para
  acabar o dismininuir la criminalidad.
Endurecimiento del derecho penal en la ejecucion

 ESTADISTICAS .- Porfirio Díaz encontró el D.F en un caos en
  1880 por cada 100 mil habitantes, hubo 1663 delitos
  denunciados.
 En 1887 la delincuencia llego a su mas bajo numero de
  delitos denunciados “799” y a partir de ahí volvió a crecer
  la cifra.
 esto demuestra que a pesar de la dureza del control social
  porfiriano existió un endurecimiento penal ineficaz.
Endurecimiento del derecho penal en la ejecucion

 En el primer año de su gobierno Ernesto Zedillo consiguió
  romper los records que había dejado Porfirio Díaz llegando
  a los 2370 delitos por cada 100 mil habitantes.
 todo esto a pesar del incremento de penas.
 en síntesis el crecimiento delictivo como se ve, provoca
  DUREZAEN EL CONTROL SOCIAL, e incremento de las penas
  aunque este no sirve de nada
Endurecimiento del derecho penal en la ejecucion

 Las penas de prisión en la ley subieron un 37.6 % 1990
  hasta el 2000.
 por ende los sustitutivos de prisión se debilitan.
 Existe una correlación entre violencia ejercida por la
  criminalidad y la violencia que crea el poder establecido
  para contrarrestarla. “ violencia crea violencia”
Endurecimiento del derecho penal en la ejecucion

La criminalidad no cesa a pesar del endurecimiento
penal, la reincidencia florece y fructifica en las
mismas prisiones, por ende el tipo de control social
es insuficiente y obsoleto.
Pero lo apreciable en nuestra sociedad es que no
aprendemos de nuestros errores
Roxin :
Manifiesta :
“para que no haya malentendidos por supuesto que todos los
delitos , por diferentes que puedan ser sus causas de origen,
deben ser penalmente perseguidos , sancionados o cuando
menos desaprobarse por el Estado; ello es una exigencia de la
paz jurídica ;
El derecho penal evita la anarquía , por lo tanto es
indispensable. Pero se espera tanto cuando se supone que a
través de las penas se reducirá sustancialmente la
Criminalidad existente”
Tagle decía:

Y ciertamente , aunque el comportamiento del sistema
obedezca a variables que van más allá de las razones
declaradas por los protagonistas, sus actuales políticas y
actuaciones , que no distan de las procedentes , han mantenido
los mismos márgenes de impunidad que con procedencia se
condenaban”
¿Hasta Donde llega la eficacia de la pena en prisión
              constantemente robustecida ?


Principio de Quiroz Cuaròn decía : “ a enrarecimiento de los
servicios corresponde el crecimiento de la corrupción”
•René González de la Vega manifiesta que el termino
“Política Criminal”, según Feuerbach, es el de sapiencia
del estado legiferante.
•En México la política criminal ha sido un instrumento,
escasamente abordado y casi nunca utilizado.

•Nos resulta siempre complicado el esfuerzo de
estudiar y conocer la política criminal mexicana, no solo
dispersa, sino muy probablemente inexistente.

•El lado oscuro de las naciones: el delito.
•Las penas privativas de la libertad, como dice Claus Roxin,
fueron en sus inicios-recordemos a Beccaria- un camino
hacia la humanización del Derecho penal.

•Es muy difícil educar para la libertad dentro de la prisión.

•Nuestra política criminal es insuficiente, cuando no nula.

•Podemos decir que la prisión es una especie de
“imposición”, tan destructiva como lo es la explosión
delictiva.
•Nuestra política criminal, refiriéndonos a los efectos directos de
la prisión sobre el recluso que no meramente no se rehabilita sino
se deshabilita. En otras palabras, se prisionaliza: absorbe los
disvalores de la prisión en vez de los valores de la sociedad.
•El no haber aprendido a utilizar los sustitutivos de prisión, las
penas alternativas, como dice Eugenio Zaffaroni, “las perdidas”, así
como las figuras procesales de la conciliación y la mediación, por
una especie de flojera judicial, y pánico legislativo, nos ha llevado a
tener una sobrepoblación en las instituciones preventivas y
penitenciarias.
•Una realidad de prisiones provocada por la criminalización, la
retipificación y la repenalización, es decir, por el paradigma del
endurecimiento penal.
Violación a los derechos humanos del recluso: Su derecho a tener
un espacio humano aceptable, recibir alimentación suficiente y
variada, deporte, de igual manera no existirá la garantía de su
seguridad personal y de que recibirá la el derecho que tiene ala
readaptación social, ya que será nula.
Insuficiencia e impuntualidad en la concesión de sus beneficios:
El personal técnico Será insuficiente para evaluar su situación
jurídica tanto formal como esencialmente, por ende, los beneficios
serán en forma idónea o a destiempo.
Exposición a Peligros provocados por la sobrepoblación:
Disturbios como el homicidio, motines, con todo el daño que esto
implica fuera y dentro de la prisión.
Florecimiento e incremento de la corrupción: Relación internos-
autoridades ( ejecutivo, administrativo, técnico y de custodia)
Ausencia total del fin de la pena prescrito en la Constitución
la readaptación social: Con el exceso de la población y la
disminución de servicios, ya que ni instalaciones ni personal
crecen paralelamente, los sistemas de tratamientos son nulos.
Aumento En La Reincidencia: Al no existir la readaptación social
ni la seguridad penitenciaria ni el respeto a los derechos
humanos, el interno solo abrevara los disvalores de los
reclusorios y centros de readaptación social.
La Prolongación En Cadena de la Crisis de la Prisión: Se ha
dicho desde hace 100 años que la prisión ha entrado en crisis, lo
cual significa que hubo un tiempo de evolución positiva que no se
sabe cuando fue, así como habrá otro de revolución, también
positiva que no se sabe cuando será
Propuestas de Solución
Que el estado se La prevención general o primaria, debe ser
el camino para combatir, con eficacia, la criminalidad.
ocupe de las “familias-problema” y procure proteger a los
niños abandonados de su caida en la criminalidad.
•Disminuir el índice de impunidad, ya que el alto grado de este
es lo que favorece a la reincidencia.
•Buscar todos los sustitutivos de prisión que sea posible, las
penas alternativas( semilibertad, libertad de fin de semana,
trabajo a favor de la comunidad, igualmente evitar la
privación de libertad durante el proceso.

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  • 1. Las consecuencias del paradigma de endurecimiento del derecho penal en la Ejecución
  • 2. Endurecimiento del derecho penal en la ejecucion  Se penso que el delito acompañaba de manera inevitable a cualquier grupo humano  Claus Roxin dice que las penas no son de ninguna forma medio adecuado para luchar contra la criminalidad, el delito persistira haya o no haya endurecimiento,los sistemas penales no sirven para acabar o dismininuir la criminalidad.
  • 3. Endurecimiento del derecho penal en la ejecucion  ESTADISTICAS .- Porfirio Díaz encontró el D.F en un caos en 1880 por cada 100 mil habitantes, hubo 1663 delitos denunciados.  En 1887 la delincuencia llego a su mas bajo numero de delitos denunciados “799” y a partir de ahí volvió a crecer la cifra.  esto demuestra que a pesar de la dureza del control social porfiriano existió un endurecimiento penal ineficaz.
  • 4. Endurecimiento del derecho penal en la ejecucion  En el primer año de su gobierno Ernesto Zedillo consiguió romper los records que había dejado Porfirio Díaz llegando a los 2370 delitos por cada 100 mil habitantes.  todo esto a pesar del incremento de penas.  en síntesis el crecimiento delictivo como se ve, provoca DUREZAEN EL CONTROL SOCIAL, e incremento de las penas aunque este no sirve de nada
  • 5. Endurecimiento del derecho penal en la ejecucion  Las penas de prisión en la ley subieron un 37.6 % 1990 hasta el 2000.  por ende los sustitutivos de prisión se debilitan.  Existe una correlación entre violencia ejercida por la criminalidad y la violencia que crea el poder establecido para contrarrestarla. “ violencia crea violencia”
  • 6. Endurecimiento del derecho penal en la ejecucion La criminalidad no cesa a pesar del endurecimiento penal, la reincidencia florece y fructifica en las mismas prisiones, por ende el tipo de control social es insuficiente y obsoleto. Pero lo apreciable en nuestra sociedad es que no aprendemos de nuestros errores
  • 7. Roxin : Manifiesta : “para que no haya malentendidos por supuesto que todos los delitos , por diferentes que puedan ser sus causas de origen, deben ser penalmente perseguidos , sancionados o cuando menos desaprobarse por el Estado; ello es una exigencia de la paz jurídica ; El derecho penal evita la anarquía , por lo tanto es indispensable. Pero se espera tanto cuando se supone que a través de las penas se reducirá sustancialmente la Criminalidad existente”
  • 8. Tagle decía: Y ciertamente , aunque el comportamiento del sistema obedezca a variables que van más allá de las razones declaradas por los protagonistas, sus actuales políticas y actuaciones , que no distan de las procedentes , han mantenido los mismos márgenes de impunidad que con procedencia se condenaban”
  • 9. ¿Hasta Donde llega la eficacia de la pena en prisión constantemente robustecida ? Principio de Quiroz Cuaròn decía : “ a enrarecimiento de los servicios corresponde el crecimiento de la corrupción”
  • 10. •René González de la Vega manifiesta que el termino “Política Criminal”, según Feuerbach, es el de sapiencia del estado legiferante. •En México la política criminal ha sido un instrumento, escasamente abordado y casi nunca utilizado. •Nos resulta siempre complicado el esfuerzo de estudiar y conocer la política criminal mexicana, no solo dispersa, sino muy probablemente inexistente. •El lado oscuro de las naciones: el delito.
  • 11. •Las penas privativas de la libertad, como dice Claus Roxin, fueron en sus inicios-recordemos a Beccaria- un camino hacia la humanización del Derecho penal. •Es muy difícil educar para la libertad dentro de la prisión. •Nuestra política criminal es insuficiente, cuando no nula. •Podemos decir que la prisión es una especie de “imposición”, tan destructiva como lo es la explosión delictiva.
  • 12. •Nuestra política criminal, refiriéndonos a los efectos directos de la prisión sobre el recluso que no meramente no se rehabilita sino se deshabilita. En otras palabras, se prisionaliza: absorbe los disvalores de la prisión en vez de los valores de la sociedad. •El no haber aprendido a utilizar los sustitutivos de prisión, las penas alternativas, como dice Eugenio Zaffaroni, “las perdidas”, así como las figuras procesales de la conciliación y la mediación, por una especie de flojera judicial, y pánico legislativo, nos ha llevado a tener una sobrepoblación en las instituciones preventivas y penitenciarias. •Una realidad de prisiones provocada por la criminalización, la retipificación y la repenalización, es decir, por el paradigma del endurecimiento penal.
  • 13. Violación a los derechos humanos del recluso: Su derecho a tener un espacio humano aceptable, recibir alimentación suficiente y variada, deporte, de igual manera no existirá la garantía de su seguridad personal y de que recibirá la el derecho que tiene ala readaptación social, ya que será nula. Insuficiencia e impuntualidad en la concesión de sus beneficios: El personal técnico Será insuficiente para evaluar su situación jurídica tanto formal como esencialmente, por ende, los beneficios serán en forma idónea o a destiempo. Exposición a Peligros provocados por la sobrepoblación: Disturbios como el homicidio, motines, con todo el daño que esto implica fuera y dentro de la prisión. Florecimiento e incremento de la corrupción: Relación internos- autoridades ( ejecutivo, administrativo, técnico y de custodia)
  • 14. Ausencia total del fin de la pena prescrito en la Constitución la readaptación social: Con el exceso de la población y la disminución de servicios, ya que ni instalaciones ni personal crecen paralelamente, los sistemas de tratamientos son nulos. Aumento En La Reincidencia: Al no existir la readaptación social ni la seguridad penitenciaria ni el respeto a los derechos humanos, el interno solo abrevara los disvalores de los reclusorios y centros de readaptación social. La Prolongación En Cadena de la Crisis de la Prisión: Se ha dicho desde hace 100 años que la prisión ha entrado en crisis, lo cual significa que hubo un tiempo de evolución positiva que no se sabe cuando fue, así como habrá otro de revolución, también positiva que no se sabe cuando será
  • 15. Propuestas de Solución Que el estado se La prevención general o primaria, debe ser el camino para combatir, con eficacia, la criminalidad. ocupe de las “familias-problema” y procure proteger a los niños abandonados de su caida en la criminalidad. •Disminuir el índice de impunidad, ya que el alto grado de este es lo que favorece a la reincidencia. •Buscar todos los sustitutivos de prisión que sea posible, las penas alternativas( semilibertad, libertad de fin de semana, trabajo a favor de la comunidad, igualmente evitar la privación de libertad durante el proceso.