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UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR 
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS 
SOCIALES Y POLITICAS 
TEMA: LA REAL AUDIENCIA DE QUITO 
INTEGRANTES DE GRUPO: 
NICOLAS ARIAS 
KARINA PAREDES 
LISSETH LUZURIAGA 
STEFANIA LEDESMA
LA REAL 
AUDIENCIA DE 
QUITO 
En 1560, a solo 26 años de su fundación y 
asentamiento definitivo, donde hoy se encuentra, el 
Cabildo de Quito estimó del caso solicitar a la Corona 
Española la creación de una Real Audiencia para de 
esa manera lograr una cierta forma de autonomía con 
relación al Virreinato de Lima, al cual había 
pertenecido desde su creación en 1541. 
Correspondiendo a dicho pedido, el 29 de agosto de 
1563 Su Majestad don Felipe II expidió en la ciudad de 
Guadalajara, España, la Cédula Real por medio de la 
cual se creó la Real Audiencia de Quito, la cual, en su 
parte pertinente dice: “En la Ciudad de San Francisco 
de Quito, en el Perú, resida nuestra Audiencia y 
Cancillería Real, con un Presidente, cuatro Oidores, 
que también sean Alcaldes del Crimen, un Fiscal, un 
Alguacil Mayor, un Teniente de Gran Cancillería, y los 
demás Ministros y Oficiales necesarios, y tenga 
distrito la ciudad de Quito y por la Costa hacia la parte 
de la ciudad de los Reyes, hasta el Puerto de Paita 
exclusive, y por tierra adentro hasta Piura, Cajamarca, 
Chachapoyas, Moyobamba y Motilones, exclusive, 
incluyendo hacia la parte susodicha los pueblos de 
Jaén, Valladolid, Loja, Zamora, Cuenca
LA REAL 
AUDIENCIA 
DE QUITO
Desde 1534, San Francisco de Quito fue creciendo en tamaño, 
riqueza e importancia política. 
El marqués Francisco Pizarro la hizo cabeza de la nueva 
Gobernación de Quito. 
El emperador Carlos V la elevó de la categoría de villa a la de 
ciudad, en 1541, y le otorgó el escudo de armas. 
Desde 1542 cobró fama de centro colonizador, en razón de que el 
gobernador Gonzalo Pizarro y su teniente Francisco de Orellana 
partieron de ella para la conquista del "País de la canela", que 
concluyó en el descubrimiento del "Gran Río de las Amazonas" 
por parte de Orellana. 
De ahí que, en 1545, Quito fuera convertida en cabeza de un 
nuevo obispado y, once años después, la corona le otorgara el 
título de "muy noble y muy leal ciudad".
ESTRUCTURA Y LIMITES
El antiguo Gobierno de Quito de Gonzalo Pizarro, había ensanchado ya 
su territorio, hasta Cali y Popayán por el Norte; por el Sur hasta los 
desiertos de Piura; y por la cuenca del río Amazonas, la exploración de 
Gonzalo Pizarro, el descubrimiento y exploración del río Amazonas hasta 
el Atlántico por Francisco de Orellana, y las fundaciones en Yaguarzongo 
y Bracamoros, como los descubrimientos del alto río Marañón y al río 
Ucayali por Juan de Salinas y Loyola, dieron al antiguo Gobierno de 
Quito una extensión nueva en la cuenca del río Amazonas. Por estas 
razones, el 4 de julio de 1560 los quiteños pidieron al rey de España la 
erección de una Audiencia en la Gobernación de Quito. 
El rey Felipe II, en la ciudad de Guadalajara el 29 de agosto de 1563, 
dictó una Real Cédula por el cual la Gobernación de Quito de Gonzalo 
Pizarro es elevada a una Audiencia Real y se le señala límites. Fue 
inaugurada el 18 de septiembre de 1564.
Carta de creación: 29 de Agosto de 
1563 
Don Felipe, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, del León, de Aragón, de las dos Sicilias, de 
Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorcas, de Sevilla, 
de Cerdeña, de Córdova, de Córcega, de Murcia, de Jaén de los Algarves, de Algecira, de 
Gribaltar, de las islas de Canaria, de las Indias, islas y tierra firme, del Mar Océano; Conde de 
Barcelona; Señor de Biscaya y de Molina; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña y Bravante y 
Milán; Conde de Flandes y de Tirol, etc. Por cuanto nos para la buena gobernación de la 
provincia del Quito y otras tierras que de yusi [sic] irán declaradas, habemos acordado de 
mandar fundar una nuestra Audiencia y Cancillería Real, que resida en la ciudad de San 
Francisco de dicha provincia del Quito, y habemos mandados que el nuestro Presidente y 
Oidores de la dicha Audiencia, vayan luego a residir y residan en ella y usen y ejerzan los dichos 
sus oficios en los límites que por nos le serán señalados; y porque es nuestra voluntad que la 
dicha. Audiencia tenga, son los siguientes: por la costa, hacia la parte de la Ciudad de los Reyes, 
hasta el puerto de Pauta exclusive y la tierra adentro hasta Piura y Cajamarca y Chachapoyas y 
Moyobamba y Motilones exclusive, de manera que la dicha Audiencia tenga por distrito hacia la 
parte suso dicha, los pueblos de Jaén, Valadolid, Zamora, Cuenca, la Zarza y Guayaquil, con 
todos los demás pueblos que estuvieren en sus comarcas y se poblaren y hacia la parte de los 
pueblos con lo demás que descubriere; y por la costa hacia Panamá hasta el puerto de la Buena 
Ventura inclusive y por la tierra adentro a Pasto, Popayán, Cali y Buga y Chapanchica y 
Querechicona y todos los dichos lugares con sus términos inclusive; y todos los demás lugares 
de la provincia de Popayán, han de quedar a la Audiencia del Nuevo Reino de Granada;
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Exposicion grupo 5

  • 1. UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS TEMA: LA REAL AUDIENCIA DE QUITO INTEGRANTES DE GRUPO: NICOLAS ARIAS KARINA PAREDES LISSETH LUZURIAGA STEFANIA LEDESMA
  • 2. LA REAL AUDIENCIA DE QUITO En 1560, a solo 26 años de su fundación y asentamiento definitivo, donde hoy se encuentra, el Cabildo de Quito estimó del caso solicitar a la Corona Española la creación de una Real Audiencia para de esa manera lograr una cierta forma de autonomía con relación al Virreinato de Lima, al cual había pertenecido desde su creación en 1541. Correspondiendo a dicho pedido, el 29 de agosto de 1563 Su Majestad don Felipe II expidió en la ciudad de Guadalajara, España, la Cédula Real por medio de la cual se creó la Real Audiencia de Quito, la cual, en su parte pertinente dice: “En la Ciudad de San Francisco de Quito, en el Perú, resida nuestra Audiencia y Cancillería Real, con un Presidente, cuatro Oidores, que también sean Alcaldes del Crimen, un Fiscal, un Alguacil Mayor, un Teniente de Gran Cancillería, y los demás Ministros y Oficiales necesarios, y tenga distrito la ciudad de Quito y por la Costa hacia la parte de la ciudad de los Reyes, hasta el Puerto de Paita exclusive, y por tierra adentro hasta Piura, Cajamarca, Chachapoyas, Moyobamba y Motilones, exclusive, incluyendo hacia la parte susodicha los pueblos de Jaén, Valladolid, Loja, Zamora, Cuenca
  • 3. LA REAL AUDIENCIA DE QUITO
  • 4. Desde 1534, San Francisco de Quito fue creciendo en tamaño, riqueza e importancia política. El marqués Francisco Pizarro la hizo cabeza de la nueva Gobernación de Quito. El emperador Carlos V la elevó de la categoría de villa a la de ciudad, en 1541, y le otorgó el escudo de armas. Desde 1542 cobró fama de centro colonizador, en razón de que el gobernador Gonzalo Pizarro y su teniente Francisco de Orellana partieron de ella para la conquista del "País de la canela", que concluyó en el descubrimiento del "Gran Río de las Amazonas" por parte de Orellana. De ahí que, en 1545, Quito fuera convertida en cabeza de un nuevo obispado y, once años después, la corona le otorgara el título de "muy noble y muy leal ciudad".
  • 6. El antiguo Gobierno de Quito de Gonzalo Pizarro, había ensanchado ya su territorio, hasta Cali y Popayán por el Norte; por el Sur hasta los desiertos de Piura; y por la cuenca del río Amazonas, la exploración de Gonzalo Pizarro, el descubrimiento y exploración del río Amazonas hasta el Atlántico por Francisco de Orellana, y las fundaciones en Yaguarzongo y Bracamoros, como los descubrimientos del alto río Marañón y al río Ucayali por Juan de Salinas y Loyola, dieron al antiguo Gobierno de Quito una extensión nueva en la cuenca del río Amazonas. Por estas razones, el 4 de julio de 1560 los quiteños pidieron al rey de España la erección de una Audiencia en la Gobernación de Quito. El rey Felipe II, en la ciudad de Guadalajara el 29 de agosto de 1563, dictó una Real Cédula por el cual la Gobernación de Quito de Gonzalo Pizarro es elevada a una Audiencia Real y se le señala límites. Fue inaugurada el 18 de septiembre de 1564.
  • 7. Carta de creación: 29 de Agosto de 1563 Don Felipe, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, del León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorcas, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdova, de Córcega, de Murcia, de Jaén de los Algarves, de Algecira, de Gribaltar, de las islas de Canaria, de las Indias, islas y tierra firme, del Mar Océano; Conde de Barcelona; Señor de Biscaya y de Molina; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña y Bravante y Milán; Conde de Flandes y de Tirol, etc. Por cuanto nos para la buena gobernación de la provincia del Quito y otras tierras que de yusi [sic] irán declaradas, habemos acordado de mandar fundar una nuestra Audiencia y Cancillería Real, que resida en la ciudad de San Francisco de dicha provincia del Quito, y habemos mandados que el nuestro Presidente y Oidores de la dicha Audiencia, vayan luego a residir y residan en ella y usen y ejerzan los dichos sus oficios en los límites que por nos le serán señalados; y porque es nuestra voluntad que la dicha. Audiencia tenga, son los siguientes: por la costa, hacia la parte de la Ciudad de los Reyes, hasta el puerto de Pauta exclusive y la tierra adentro hasta Piura y Cajamarca y Chachapoyas y Moyobamba y Motilones exclusive, de manera que la dicha Audiencia tenga por distrito hacia la parte suso dicha, los pueblos de Jaén, Valadolid, Zamora, Cuenca, la Zarza y Guayaquil, con todos los demás pueblos que estuvieren en sus comarcas y se poblaren y hacia la parte de los pueblos con lo demás que descubriere; y por la costa hacia Panamá hasta el puerto de la Buena Ventura inclusive y por la tierra adentro a Pasto, Popayán, Cali y Buga y Chapanchica y Querechicona y todos los dichos lugares con sus términos inclusive; y todos los demás lugares de la provincia de Popayán, han de quedar a la Audiencia del Nuevo Reino de Granada;