7. IMPORTANCIA
❖ Los medicamentos antes de su
comercialización y dentro de los ensayos
clínicos se utilizan un número muy limitado
de pacientes .
❖ Para ser comercializados utilizan pacientes
como ancianos, niños y pacientes con otras
patologías y otros tratamientos en los que
pueden aparecer contraindicaciones y/o
reacciones adversas.
❖ La información, a menudo, es incompleta o
no se dispone sobre: reacciones adversas
graves e infrecuentes, toxicidad crónica, uso
en grupos especiales (niños, ancianos o
mujeres embarazadas), o respecto a
interacciones farmacológicas.
8. FARMACOVIGILANCIA
Es la ciencia y las actividades relacionadas con la detección, evaluación,
comprensión y prevención de efectos adversos o de cualquier otro posible
problemas relacionados con los medicamentos.
Recientemente, sus preocupaciones se
han ampliado para incluir:
• Productos herbarios
• Medicinas tradicionales y
complementarias
• Productos derivados de la sangre
• Productos Biológicos
• Dispositivos médicos
• Vacunas.
(OMS, 2002)
9. PROPÓSITO
• Recolectar
• Registrar
• Evaluar Sistemáticamente Información
del RAM
Permite
ESTUDIO
CAUSALIDAD
DEL RAM
ESTUDIO
FRECUENCIA
DEL RAM
ESTUDIO
FACTORES
PREDISPONENTES
DETECCIÓN
PRECOZ
11. OBJETIVOS
FARMACOVIGILANCIA
Informar a los
profesionales y tomar
eventuales medidas
administrativas.
Identificar los efectos
indeseables no
descritos previamente.
Mejorar la atención al
paciente y su seguridad
en relación con el uso
de medicamentos.
Fomentar la
comprensión y la
enseñanza de la
farmacovigilancia, así
como la formación
clínica en la materia.
12. Contribuir a la evaluación de las
ventajas, la nocividad, la eficacia y
los riesgos que puedan presentar los
medicamento.
Detección de aumento de
frecuencia de reacciones adversas
(conocidas).
Detección temprana de las
reacciones adversas e
interacciones desconocidas hasta
ese momento.
13. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) una RAM es «cualquier
reacción nociva no intencionada que aparece a dosis normalmente usadas
en el ser humano para profilaxis, diagnóstico o tratamiento o para modificar
funciones fisiológicas».
RAM
14. ¿QUÉ PRODUCEN LAS RAM?
▪ Afectan calidad de vida
▪ Pueden generar perdida de
confianza en el médico
▪ Aumentan los costos de la
asistencia
▪ Implican un cambio en el
tratamiento
▪ Imitan enfermedades,
dificultan su detección.
15. Además de las RAMs de medicamentos están las RAMs en :
❖ Medicina complementaria y tradicional
❖ Productos Hematológicos
❖ Productos Biológicos
❖ Instrumental Medico
❖ Vacunas
AMBITO DE LA FARMACOVIGILANCIA
16. Existen sistemas nacionales e
internacionales que registran dichas
reacciones adversas; en el Perú
DIGEMID es el responsable de recibir
los informes sobre la detección de
sospechas de reacciones adversas
de los medicamentos, vacunas y
dispositivos médicos por parte de los
profesionales de la salud y
laboratorios productores, evaluarlas,
valorarlas y retroalimentar la
información.
17. LEY GENERAL DE
SALUD Nº 26842
Art. 34 , 73 y 74
LEY Nº 29459
LEY DE PF, DM Y
PS
Art. 35 Y 36
D.S. N° 016-2011-SA
REGLAMENTO PARA EL
REGISTRO, CONTROL Y
VIGILANCIA SANITARIA DE
PF, DM Y PS
D.S. N° 014-2011-SA
REGLAMENTO DE
ESTABLECIMIENTOS
FARMACEUTICOS
DECRETO SUPREMO N° 13-
2014 SA, DICTAN
DISPOSICIONES REFERIDAS
AL SISTEMA PERUANO DE
FARMACOVIGILANCIA Y
TECNOVIGILANCIA
RM 539 -
2016/MINSA:NTS N°
123 ACTIVIDADES DE
FARMACOVIGILANCIA
Y TECNOVIGILANCIA
R.D. Nro. 144-2016-
DIGEMID-DG-MINSA
1997
2011
2014
2016
2009
BASE
LEGAL
18. Ley de
Productos
Farmacéut
icos – Ley
Nº 29459
Art- 36.- De la obligación de
reportar reacciones adversas
Es obligación de los
profesionales y de los
establecimientos de salud,
reportar sospechas de
reacciones y eventos
adversos de los
medicamentos, otros
productos farmacéuticos,
dispositivos médicos y
productos sanitarios que
prescriben, dispensan o
administran.
19. Ley
General
de Salud
– Ley Nº
26842
Art 73. Los productores y distribuidores de
medicamentos están obligados a informar a la
Autoridad de Salud de nivel nacional las
reacciones adversas que puede derivarse por
el uso de los medicamentos.
Art.34° Los profesionales de la salud que
detecten reacciones adversas a medicamentos
que revistan gravedad, están obligados a
comunicarlas a la autoridad de salud de nivel
nacional o a quien esta delegue
Art. 74° La Autoridad de Salud de nivel nacional
recoge y evalúa la información sobre
reacciones adversas de los medicamentos que
se comercializan en el país y adopta las
medidas a que hubiere lugar en resguardo de la
salud de la población.
20. SISTEMAS Y ESTUDIOS
EXPERIMENTALES
Sistema de notificación espontánea
➢ Hoja Amarilla
(profesionales/empresas)
➢ Base de Datos
Sistemas de vigilancia hospitalaria
➢ Supervisión Intensiva de pacientes
➢ Farmacovigilancia en serv. de
urgencias
Estudios epidemiológicos
➢ Estudios de Casos y Controles
SISTEMAS Y
ESTUDIOS NO
EXPERIMENTALES
ENSAYOS CLINICOS
23. PROPUESTAS DE LA FARMACOVIGILANCIA
EN EL SIGLO XXI
1. Información actualizada e independiente
2. Nuevas tecnologías imprescindibles
3. Cooperación: entre organismos reguladores
nacionales, regionales y mundiales
4. Regulación armonizada
5. Evaluación continua de la relación beneficio
riesgo
6. Obligaciones compartidas entre autoridades
reguladoras, profesionales y laboratorios
25. REFLEXIÓN:
“Los farmacéuticos deben salir de detrás de la caja
registradora y empezar a servir al público, proporcionándoles
cuidados en vez de, solamente, fármacos. No hay futuro en el
mero acto de la dispensación.
Esa actividad puede hacerse, y se hará, por internet, por
máquinas expendedoras y/o por técnicos entrenados para
ello. El hecho de que los farmacéuticos tengan una formación
académica y actúen como profesionales de la salud les ofrece
la oportunidad para servir mejor a la sociedad, de lo que lo
hacen hoy en día”
De: Pharmaceutical care, European developments in concepts, implementation, and research: a review