ALUMNA : ACUAUTLA VEGA LITZI
MICHELLE
LICENCIATURA : DERECHO
TURNO : VESPERTINO
MATERIA : DERECHO CONSTITUCIONAL
MAESTRO: IGNACIO RAMOS ARROYO
“CENTRO DE ESTUDIOS
SUPERIORES EN
CIENCIAS JURÍDICAS Y
CRIMINOLÓGICAS”
ESTADO
GOBIERNO Y
SOCIEDAD
Norberto Bobbio
ESTADO, GOBIERNO Y SOCIEDAD.
En el siguiente escrito se abordará la obra, Estado, Gobierno
y Sociedad presentado por el autor Norberto Bobbio.
Norberto Bobbio nació el 18/10/1909, en Turín y se graduó
en derecho y en filosofía.
Dedicó su actividad profesional a la enseñanza, él es un
referente ineludible en lo concerniente a la filosofía política
y a la teoría del Derecho, y en 1984 fue nombrado senador
vitalicio de Italia por sus méritos como pensador.
La obra de Norberto Bobbio, se caracteriza por la conjunción
de dos valores que para él iban juntos, la libertad y la
justicia. Se pueden marcar su pensamiento dentro de la
corriente denominada liberal socialista que sostiene que son
necesarios derechos sociales fundamentales como educación,
trabajo y salud como condición previa para un mejor
ejercicio de la libertad.
Al hablar de una gran Dicotomía libera un universo en dos
esferas conjuntamente exhaustivas en el sentido que todos
los entes de este universo quedan incluidos en ellas sin
excluir a ninguno y recíprocamente exclusivas en el sentido
de que un ente comprometido en la primera no puede ser al
mismo tiempo comprendido en la segunda.
Sociedad iguales y Sociedad de desiguales.
El ámbito público establece una relación entre gobernantes y
gobernados, por lo que es suscribe a una sociedad de
desiguales, mientras que en el ámbito económico, en
principio, todos son iguales dentro del mercado, es
importante recalcar que esta dicotomía no es absoluta ya que
elementos como la familia pertenece a la esfera privada y
también a la esfera pública del momento, que es parte
fundamental de la sociedad, la distinción se reduce a
sociedad política, desiguales y sociedad económica iguales.
Ley y contrato.
La ley como declaración de la voluntad soberana que manda,
prohíbe o permite es una e igual para todos, por lo que se
suscriben el ámbito de lo público. En cambio, el contrato es
conferida a los privados para establecer relaciones
contractuales entre sí en pie de igualdad, por lo qué se
suscribe al ámbito de lo privado.
En las concepciones del Derecho se tienen a mezclar ambos
conceptos en el momento que se afirma que la sociedad
política se forma según un contrato social.
Justicia conmutativa y justicia distributiva
La justicia conmutativa es la que regula los intercambios y el
objetivo es que las cosas intercambiadas sean del mismo
valor. Esto se puede relacionar con el contrato y pertenece al
ámbito de lo privado.
En cambio, la justicia distributiva es aquella en la que las
autoridades públicas distribuyen según la máxima. Da a cada
uno lo suyo, existen criterios que pueden cambiar de acuerdo
a las circunstancias porque se suscribe a lo público.
En el Derecho romano tenemos a la institución como la
familia, la propiedad, los contratos y los testamentos, a este
derecho se le toma en cierto sentido como un derecho
natural, porque se le considera que está en la naturaleza. La
primacía de lo público se basa en la contraposición del
interés colectivo al individual y la subordinación del segundo
al primero en ciertos casos, y en las irreductibilidad del bien
como una suma de bienes individuales, se aplica el principio,
es decir, el Estado es superior a las partes que son los
individuos. Esta primacía de lo público implica el aumento
de la intervención estatal en los comportamientos de los
individuos o grupos existe una mezcla entre los ámbitos
públicos y privados.
En el ámbito privado algunos organismos públicos
intervienen en esta esfera como la privatización de lo público
elementos como los contratos propios del ámbito privado
aparecen en instituciones netamente públicas como son los
partidos políticos, sindicatos, etcétera, de esta manera
ninguno de los dos presenta la subordinación de los intereses
privados mientras que la otra representa la reivindicación de
los intereses privados mediante la formación de grandes
grupos organizados.
La sociedad civil.
En el lenguaje político actual, la expresión sociedad civil es
conocida generalmente como uno de los términos de la gran
dicotomía sociedad civil y un Estado. El Estado es el
conjunto de los aparatos que en un sistema social organizado
ejercen el poder coactivo, la distinción entre sus civiles.
Si es civil será sin poder central, donde la segunda expresión
indica lo que las grandes economías se designa como el
término de Estado, la expresión sociedad civil nació de la
contra posición desconocida para la tradición entre una
esfera política y una esfera no política, es más fácil encontrar
una definición negativa de una positiva de ella.
Sociedad civil es un conjunto de relaciones no reguladas por
el Estado y por consiguiente, como todo lo que sobra una vez
que ha limitado bien el ámbito en que se ejerce el poder
estatal está es una primera aproximación, se puede decir que
la sociedad civil es el lugar donde surgen y se desarrollan los
conflictos económicos, sociales, ideológicos, religiosos que
las instituciones estatales tienen la misión de resolver
mediante los prevenirlos o reprimiéndolos
Estado, poder y Gobierno.
Para estudiar el Estado utilizaremos la filosofía política, en
esta están comprendidos tres tipos de investigación.
A. Sobre la mejor forma de gobierno o sobre la óptima
República.
B. Sobre el funcionamiento del Estado
C. Sobre la esencia de la categoría.
D. La política. La filosofía política no pretende explicar el
fenómeno del poder, sino justificarlo.
El Estado y el poder.
El puerto político es el que puede servirse en última
instancia, del uso exclusivo de la fuerza, pero sobre un
territorio determinado (Soberanía).
Existen 3 formas de poder.
Económico. Riquezas, fines, medios de producción por
hectárea, en ricos y pobres.
Ideológico. Saber doctrinas, códigos de comportamiento,
conocimiento, sacerdotes literarios, científicos, técnicos,
intelectuales. Sapiens e ignorantes
Político. Fuerza o fuentes y débiles, defensa externa y orden
interno.
Formas de Estado.
Dos criterios históricos / Expansión del Estado a la sociedad.
A. Feudal.
B. Estamental. Órganos colegiados que reúnen a
individuos de la misma posición social. Detentan
derechos y privilegios en asambleas deliberantes, frente
al poder soberano.
C. Absoluto. Concentración y centralización.
D. Representativo. Representación de individuos.
Totalitaria. No hay lugar para el no Estado, poder
económico, político e ideológico
El fin del Estado
El crisis del Estado democrático que no puede hacer frente a
las demandas de la sociedad civil. Marxistas y Socialistas,
ocasionarán una crisis del estado capitalista.

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  • 1. ALUMNA : ACUAUTLA VEGA LITZI MICHELLE LICENCIATURA : DERECHO TURNO : VESPERTINO MATERIA : DERECHO CONSTITUCIONAL MAESTRO: IGNACIO RAMOS ARROYO “CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES EN CIENCIAS JURÍDICAS Y CRIMINOLÓGICAS”
  • 3. ESTADO, GOBIERNO Y SOCIEDAD. En el siguiente escrito se abordará la obra, Estado, Gobierno y Sociedad presentado por el autor Norberto Bobbio. Norberto Bobbio nació el 18/10/1909, en Turín y se graduó en derecho y en filosofía. Dedicó su actividad profesional a la enseñanza, él es un referente ineludible en lo concerniente a la filosofía política y a la teoría del Derecho, y en 1984 fue nombrado senador vitalicio de Italia por sus méritos como pensador. La obra de Norberto Bobbio, se caracteriza por la conjunción de dos valores que para él iban juntos, la libertad y la justicia. Se pueden marcar su pensamiento dentro de la corriente denominada liberal socialista que sostiene que son necesarios derechos sociales fundamentales como educación,
  • 4. trabajo y salud como condición previa para un mejor ejercicio de la libertad. Al hablar de una gran Dicotomía libera un universo en dos esferas conjuntamente exhaustivas en el sentido que todos los entes de este universo quedan incluidos en ellas sin excluir a ninguno y recíprocamente exclusivas en el sentido de que un ente comprometido en la primera no puede ser al mismo tiempo comprendido en la segunda. Sociedad iguales y Sociedad de desiguales. El ámbito público establece una relación entre gobernantes y gobernados, por lo que es suscribe a una sociedad de desiguales, mientras que en el ámbito económico, en principio, todos son iguales dentro del mercado, es importante recalcar que esta dicotomía no es absoluta ya que elementos como la familia pertenece a la esfera privada y también a la esfera pública del momento, que es parte fundamental de la sociedad, la distinción se reduce a sociedad política, desiguales y sociedad económica iguales. Ley y contrato.
  • 5. La ley como declaración de la voluntad soberana que manda, prohíbe o permite es una e igual para todos, por lo que se suscriben el ámbito de lo público. En cambio, el contrato es conferida a los privados para establecer relaciones contractuales entre sí en pie de igualdad, por lo qué se suscribe al ámbito de lo privado. En las concepciones del Derecho se tienen a mezclar ambos conceptos en el momento que se afirma que la sociedad política se forma según un contrato social. Justicia conmutativa y justicia distributiva La justicia conmutativa es la que regula los intercambios y el objetivo es que las cosas intercambiadas sean del mismo valor. Esto se puede relacionar con el contrato y pertenece al ámbito de lo privado. En cambio, la justicia distributiva es aquella en la que las autoridades públicas distribuyen según la máxima. Da a cada uno lo suyo, existen criterios que pueden cambiar de acuerdo a las circunstancias porque se suscribe a lo público. En el Derecho romano tenemos a la institución como la familia, la propiedad, los contratos y los testamentos, a este
  • 6. derecho se le toma en cierto sentido como un derecho natural, porque se le considera que está en la naturaleza. La primacía de lo público se basa en la contraposición del interés colectivo al individual y la subordinación del segundo al primero en ciertos casos, y en las irreductibilidad del bien como una suma de bienes individuales, se aplica el principio, es decir, el Estado es superior a las partes que son los individuos. Esta primacía de lo público implica el aumento de la intervención estatal en los comportamientos de los individuos o grupos existe una mezcla entre los ámbitos públicos y privados. En el ámbito privado algunos organismos públicos intervienen en esta esfera como la privatización de lo público elementos como los contratos propios del ámbito privado aparecen en instituciones netamente públicas como son los partidos políticos, sindicatos, etcétera, de esta manera ninguno de los dos presenta la subordinación de los intereses privados mientras que la otra representa la reivindicación de los intereses privados mediante la formación de grandes grupos organizados. La sociedad civil. En el lenguaje político actual, la expresión sociedad civil es conocida generalmente como uno de los términos de la gran dicotomía sociedad civil y un Estado. El Estado es el
  • 7. conjunto de los aparatos que en un sistema social organizado ejercen el poder coactivo, la distinción entre sus civiles. Si es civil será sin poder central, donde la segunda expresión indica lo que las grandes economías se designa como el término de Estado, la expresión sociedad civil nació de la contra posición desconocida para la tradición entre una esfera política y una esfera no política, es más fácil encontrar una definición negativa de una positiva de ella. Sociedad civil es un conjunto de relaciones no reguladas por el Estado y por consiguiente, como todo lo que sobra una vez que ha limitado bien el ámbito en que se ejerce el poder estatal está es una primera aproximación, se puede decir que la sociedad civil es el lugar donde surgen y se desarrollan los conflictos económicos, sociales, ideológicos, religiosos que las instituciones estatales tienen la misión de resolver mediante los prevenirlos o reprimiéndolos Estado, poder y Gobierno. Para estudiar el Estado utilizaremos la filosofía política, en esta están comprendidos tres tipos de investigación.
  • 8. A. Sobre la mejor forma de gobierno o sobre la óptima República. B. Sobre el funcionamiento del Estado C. Sobre la esencia de la categoría. D. La política. La filosofía política no pretende explicar el fenómeno del poder, sino justificarlo. El Estado y el poder. El puerto político es el que puede servirse en última instancia, del uso exclusivo de la fuerza, pero sobre un territorio determinado (Soberanía). Existen 3 formas de poder. Económico. Riquezas, fines, medios de producción por hectárea, en ricos y pobres.
  • 9. Ideológico. Saber doctrinas, códigos de comportamiento, conocimiento, sacerdotes literarios, científicos, técnicos, intelectuales. Sapiens e ignorantes Político. Fuerza o fuentes y débiles, defensa externa y orden interno. Formas de Estado. Dos criterios históricos / Expansión del Estado a la sociedad. A. Feudal. B. Estamental. Órganos colegiados que reúnen a individuos de la misma posición social. Detentan derechos y privilegios en asambleas deliberantes, frente al poder soberano. C. Absoluto. Concentración y centralización. D. Representativo. Representación de individuos.
  • 10. Totalitaria. No hay lugar para el no Estado, poder económico, político e ideológico El fin del Estado El crisis del Estado democrático que no puede hacer frente a las demandas de la sociedad civil. Marxistas y Socialistas, ocasionarán una crisis del estado capitalista.