REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
CARRERA DERECHO
LEY PENAL ESPECIAL
SAIA 2015 A
INFORME SOBRE LEY ORGANICA
CONTRA LA DELINCUENCIA
ORGANIZADA, LOPNA
NOMBRE: CLAUDIA CAROLINA GODOY ARTIGAS
CEDULA DE IDENTIDAD No.: 10.914.648
OCTUBRE, 05 DEL 2015
LEY ORGANICA CONTRA LA
DELINCUENCIA ORGANIZADA:
Su objeto declarado de conformidad con la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y los tratados internacionales, relacionados con la
materia es el de prevenir, investigar, perseguir, tipificar y sancionar los
delitos relacionados con la delincuencia organizada.
Realicemos un esbozo de algunos elementos que se enuncian en la ley. La
delincuencia organizada constituye la acción u omisión de tres o más
personas que se asocian porque persiguen el objetivo de cometer delitos
tipificados en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada para
obtener un beneficio directa o indirectamente un beneficio económico o
distinto para ellos o para terceros. También se denomina así aún cuando
actúe una persona de manera individual pero en nombre de una persona
jurídica o asociativa.
Se denomina Grupo Estructurado un grupo de Delincuencia organizada
que se forma de manera deliberada para la comisión inmediata de un delito.
Por otro lado, la entrega vigilada o controlada, representa una de las
técnicas utilizadas por las autoridades, esto para permitir que remesas
ilícitas o sospechosas salgan del territorio de uno o más países o le
atraviesen, con el debido conocimiento y supervisión de las autoridades
competentes y así investigar delitos de delincuencia organizada, a personas
involucradas en la comisión de estos y los realizados internamente en el
país.
Los bienes, son activos de cualquier tipo, corporales o incorporales,
muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, así como documentos o
instrumentos legales que acrediten propiedad u otros derechos sobre los
mismos. En el mismo orden de ideas, tenemos Producto del delito, estos
representan bienes derivados u obtenidos, directa o indirectamente de la
comisión de un delito. Los agentes de operaciones encubiertas son
funcionarios de unidades especiales que adoptan una identificación distinta
a la que desempeñan en sus organismos policiales, justamente para
infiltrarse en las organizaciones de delincuencia organizada y así obtener
evidencias y pruebas sobre la comisión de los delitos señalados en esta ley.
Cuando hablamos de delitos, podemos estar hablando de delitos graves,
éstos representan aquellos delitos cuya pena corporal privativa de libertad,
excede los seis años de prisión. Existe un término denominado Interpuesta
persona, refiere a quien sin pertenecer o estar vinculado al grupo de
delincuencia, es propietario, poseedor o tenedor de los bienes relacionados
con la comisión de delitos establecidos en esta ley. Analicemos algunos
tipos de delitos:
De los daños contra los recursos o materiales estratégicos:
Se consideran recursos o materiales estratégicos los insumos básicos
utilizados en los procesos productivos del país. Para el delito que se cause
en este caso, la sanción es la prisión, en un período que va de tres a seis
años.
De los delitos contra el orden socio-económico:
Podemos enunciar que en este caso existe la legitimación de capitales,
aparece cuando por si o por persona interpuesta, sea propietario o
poseedor de capitales o bienes o beneficios que deriven directa o
indirectamente de actividades ilícitas y tendrá prisión de 08 a 12 años y
multa equivalente al valor del incremento patrimonial obtenido ilícitamente.
Los hechos pueden aplicarse por conversión, ocultamiento, adquisición o
resguardo. Legitimación de capitales por negligencia, imprudencia,
impericia e inobservancia, si el delito de legitimación de capitales ocurre por
cualquiera de estos efectos la pena será de uno a tres años de prisión.
De los delitos en contra del orden público:
Aquí encontramos delitos como Asociación donde quien integra la
delincuencia organizada por el solo hecho de asociación a un grupo, tiene
una prisión de cuatro a seis años. Por razones de financiamiento al Existe
un agravante en este caso y dependerá del como se haya cometido el
delito.
Ley Orgánica de Protección para el
Niño, Niñas y Adolescentes.
Esta ley tiene por objeto garantizar a los niños, niñas y adolescentes, que
se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y disfrute pleno y efectivo
de sus derechos y garantías, a través de la protección integral del Estado a
la sociedad y a la familia que se brinda desde su concepción. Define al niño
o niña como toda persona menor de doce años de edad. En el mismo orden
de ideas podemos definir al adolescente como toda persona mayor de doce
años de edad y menor de dieciocho años de edad.
Principio de Igualdad y de no Discriminación:
Declara que las disposiciones de esta ley se aplican por igual a todos los
niños niñas y adolescentes, sin discriminación alguna de raza, color,
religión, sexo, creencias, posición económica , discapacidad o cualquier
otra condición del niño , niña o adolescentes, padres, representantes o
familiares.
Principio de Corresponsabilidad:
Este principio declara que el Estado, la sociedad y la familia son
corresponsables en la defensa y garantía de los derechos de los niños,
niñas y adolescentes, con ello aseguran con prioridad absoluta, su
protección integral. La prioridad absoluta es imperativa para todos
comprende, especial preferencia para niño, niña y adolescente en la
formulación de políticas públicas. Asignación privilegiada y preferente para
el presupuesto y programas que le concierne. Precedencia de los niños,
niñas y adolescentes para la atención de los servicios públicos. Primacía
para el socorro en cualquier contingencia.
Derechos, Garantías y Deberes: Los derechos y garantías consagrados en
esta ley son de carácter enunciativo, son inherentes a la persona humana,
son de orden público, intransigibles, irrenunciables, indivisibles,
interdependientes entre sí. Identifiquemos varios de los derechos: derecho
a la vida, derecho a un nombre y nacionalidad, derecho a ser criado en una
familia, derecho a un nivel de vida adecuado, derecho al libre desarrollo de
la personalidad, entre otros.
SISTEMA DE RESPONSABILIDAD
PENAL DE ADOLESCENTES:
El sistema de responsabilidad penal de adolescentes se encuentra
integrado por: Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, Sala de
Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia. Ministerio Público.
Servicio Autónomo de la Defensa Pública. La Policía de Investigación. Los
programas y entidades de atención.
En cuanto a la legalidad del sistema puedo resaltar que para determinar la
responsabilidad de un o una adolescente de un hecho punible, y para la
aplicación de la sanción que corresponda, debe seguirse el procedimiento
establecido en esta ley. Las disposiciones que refieren a esto son
aplicadas a todas las personas en edades comprendidas entre doce años o
que es menor a dieciocho años. Las garantías fundamentales están
consagradas de igual manera en la ley y podemos enunciar algunas de
ellas, Dignidad, Proporcionalidad, presunción de Inocencia, Información,
Derecho de ser oído u oída, Defensa, Juicio Educativo, entre otros.
CASO PRÁCTICO. SENTENCIA.-
 Decisión nº IG012015000754 de Corte de Apelaciones de Falcon, de 21 de
Agosto de 2015
esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, declara:
PRIMERO: Sin Lugar el presente recurso de apelación incoado por los abogados:
EURO GUILLERMO COLINA LÓPEZ y SALVADOR JOSÉ GUARECUCO
CORDERO, en su condición de Defensores Privados del ciudadano DOUGLAS
ACOSTA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V.-
9.928.126; SEGUNDO: Se Confirma la...
...(conforme al artículo 65 de la LOPNA), y fundamenta este hecho acogiendo el
criterio de la Sala ..., ha sido ratificada por la mencionada Sala en sentencias Nº
806 del 05 de mayo de 2004; la Nº 2355 del 5 de octubre de ... el sujeto pasivo
puede ser del sexo masculino; y el artículo 393 contempla la posibilidad de que lo
sea una `prostituta, si hay ...

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  • 1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSIDAD FERMIN TORO CARRERA DERECHO LEY PENAL ESPECIAL SAIA 2015 A INFORME SOBRE LEY ORGANICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, LOPNA NOMBRE: CLAUDIA CAROLINA GODOY ARTIGAS CEDULA DE IDENTIDAD No.: 10.914.648 OCTUBRE, 05 DEL 2015
  • 2. LEY ORGANICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA: Su objeto declarado de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los tratados internacionales, relacionados con la materia es el de prevenir, investigar, perseguir, tipificar y sancionar los delitos relacionados con la delincuencia organizada. Realicemos un esbozo de algunos elementos que se enuncian en la ley. La delincuencia organizada constituye la acción u omisión de tres o más personas que se asocian porque persiguen el objetivo de cometer delitos tipificados en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada para obtener un beneficio directa o indirectamente un beneficio económico o distinto para ellos o para terceros. También se denomina así aún cuando actúe una persona de manera individual pero en nombre de una persona jurídica o asociativa. Se denomina Grupo Estructurado un grupo de Delincuencia organizada que se forma de manera deliberada para la comisión inmediata de un delito. Por otro lado, la entrega vigilada o controlada, representa una de las técnicas utilizadas por las autoridades, esto para permitir que remesas ilícitas o sospechosas salgan del territorio de uno o más países o le atraviesen, con el debido conocimiento y supervisión de las autoridades competentes y así investigar delitos de delincuencia organizada, a personas
  • 3. involucradas en la comisión de estos y los realizados internamente en el país. Los bienes, son activos de cualquier tipo, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, así como documentos o instrumentos legales que acrediten propiedad u otros derechos sobre los mismos. En el mismo orden de ideas, tenemos Producto del delito, estos representan bienes derivados u obtenidos, directa o indirectamente de la comisión de un delito. Los agentes de operaciones encubiertas son funcionarios de unidades especiales que adoptan una identificación distinta a la que desempeñan en sus organismos policiales, justamente para infiltrarse en las organizaciones de delincuencia organizada y así obtener evidencias y pruebas sobre la comisión de los delitos señalados en esta ley. Cuando hablamos de delitos, podemos estar hablando de delitos graves, éstos representan aquellos delitos cuya pena corporal privativa de libertad, excede los seis años de prisión. Existe un término denominado Interpuesta persona, refiere a quien sin pertenecer o estar vinculado al grupo de delincuencia, es propietario, poseedor o tenedor de los bienes relacionados con la comisión de delitos establecidos en esta ley. Analicemos algunos tipos de delitos: De los daños contra los recursos o materiales estratégicos: Se consideran recursos o materiales estratégicos los insumos básicos utilizados en los procesos productivos del país. Para el delito que se cause en este caso, la sanción es la prisión, en un período que va de tres a seis años.
  • 4. De los delitos contra el orden socio-económico: Podemos enunciar que en este caso existe la legitimación de capitales, aparece cuando por si o por persona interpuesta, sea propietario o poseedor de capitales o bienes o beneficios que deriven directa o indirectamente de actividades ilícitas y tendrá prisión de 08 a 12 años y multa equivalente al valor del incremento patrimonial obtenido ilícitamente. Los hechos pueden aplicarse por conversión, ocultamiento, adquisición o resguardo. Legitimación de capitales por negligencia, imprudencia, impericia e inobservancia, si el delito de legitimación de capitales ocurre por cualquiera de estos efectos la pena será de uno a tres años de prisión. De los delitos en contra del orden público: Aquí encontramos delitos como Asociación donde quien integra la delincuencia organizada por el solo hecho de asociación a un grupo, tiene una prisión de cuatro a seis años. Por razones de financiamiento al Existe un agravante en este caso y dependerá del como se haya cometido el delito. Ley Orgánica de Protección para el Niño, Niñas y Adolescentes. Esta ley tiene por objeto garantizar a los niños, niñas y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral del Estado a la sociedad y a la familia que se brinda desde su concepción. Define al niño o niña como toda persona menor de doce años de edad. En el mismo orden
  • 5. de ideas podemos definir al adolescente como toda persona mayor de doce años de edad y menor de dieciocho años de edad. Principio de Igualdad y de no Discriminación: Declara que las disposiciones de esta ley se aplican por igual a todos los niños niñas y adolescentes, sin discriminación alguna de raza, color, religión, sexo, creencias, posición económica , discapacidad o cualquier otra condición del niño , niña o adolescentes, padres, representantes o familiares. Principio de Corresponsabilidad: Este principio declara que el Estado, la sociedad y la familia son corresponsables en la defensa y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, con ello aseguran con prioridad absoluta, su protección integral. La prioridad absoluta es imperativa para todos comprende, especial preferencia para niño, niña y adolescente en la formulación de políticas públicas. Asignación privilegiada y preferente para el presupuesto y programas que le concierne. Precedencia de los niños, niñas y adolescentes para la atención de los servicios públicos. Primacía para el socorro en cualquier contingencia. Derechos, Garantías y Deberes: Los derechos y garantías consagrados en esta ley son de carácter enunciativo, son inherentes a la persona humana, son de orden público, intransigibles, irrenunciables, indivisibles, interdependientes entre sí. Identifiquemos varios de los derechos: derecho a la vida, derecho a un nombre y nacionalidad, derecho a ser criado en una familia, derecho a un nivel de vida adecuado, derecho al libre desarrollo de la personalidad, entre otros.
  • 6. SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES: El sistema de responsabilidad penal de adolescentes se encuentra integrado por: Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia. Ministerio Público. Servicio Autónomo de la Defensa Pública. La Policía de Investigación. Los programas y entidades de atención. En cuanto a la legalidad del sistema puedo resaltar que para determinar la responsabilidad de un o una adolescente de un hecho punible, y para la aplicación de la sanción que corresponda, debe seguirse el procedimiento establecido en esta ley. Las disposiciones que refieren a esto son aplicadas a todas las personas en edades comprendidas entre doce años o que es menor a dieciocho años. Las garantías fundamentales están consagradas de igual manera en la ley y podemos enunciar algunas de ellas, Dignidad, Proporcionalidad, presunción de Inocencia, Información, Derecho de ser oído u oída, Defensa, Juicio Educativo, entre otros. CASO PRÁCTICO. SENTENCIA.-
  • 7.  Decisión nº IG012015000754 de Corte de Apelaciones de Falcon, de 21 de Agosto de 2015 esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, declara: PRIMERO: Sin Lugar el presente recurso de apelación incoado por los abogados: EURO GUILLERMO COLINA LÓPEZ y SALVADOR JOSÉ GUARECUCO CORDERO, en su condición de Defensores Privados del ciudadano DOUGLAS ACOSTA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V.- 9.928.126; SEGUNDO: Se Confirma la... ...(conforme al artículo 65 de la LOPNA), y fundamenta este hecho acogiendo el criterio de la Sala ..., ha sido ratificada por la mencionada Sala en sentencias Nº 806 del 05 de mayo de 2004; la Nº 2355 del 5 de octubre de ... el sujeto pasivo puede ser del sexo masculino; y el artículo 393 contempla la posibilidad de que lo sea una `prostituta, si hay ...