La Franquicia Comercial Universidad de Costa Rica Aspectos Legales del Comercio Internacional Lecci ón del 21 de junio de 2011 Lic Federico Gonzalez
La Franquicia Comercial Contrato Atípico  -> forma de colaboración entre dos sujetos:  A)  Franquiciante o Franquiciador , quien concede el uso de un nombre o una marca comercial a favor de un … B)  Franquiciado  para que lo use y explote, en nombre y por cuenta propia, durante un tiempo determinado, a cambio del pago de un precio.
CONCEPTO : La Cámara de Comercio Internacional define este contrato como un  sistema de colaboración  entre  dos empresas jurídicamente independientes , ligadas por un contrato en virtud del cual una de ellas, la  franquiciante  concede a la otra, la  franquiciada , mediante el pago de un  canon , el  derecho de uso  de una marca o fórmula comercial, asegurando la asistencia y prestación de servicios necesaria para llevar a cabo la explotación.
Clases de Franquicia : Existen primordialmente tres clases de franquicias: A)  1. Franquicia de Producción:  aquélla en la que el franquiciado  fabrica por sí mismo , según las indicaciones y supervisión constante del franquiciante, productos que vende bajo la marca de éste (Ej: Tortirrica, Coca Cola). 2. Franquicia de Distribución:  aquélla en la que el franquiciado se limita a vender ciertos productos en una tienda o punto de venta que lleva el nombre del franquiciante ( Ejs: Armi Jeans, Guess, Benetton).
Clases de Franquicia : 3. Franquicia de Servicios:  aquélla en que el franquiciado ofrece un servicio bajo el signo, nombre comercial o marca del franquiciante, plegándose a sus instrucciones ( Ejs: Lavandería Martinizing, Hotel Holiday Inn, National Rent a Car).
Prestaciones del Contrato:  para el Franquiciante : A . Cesión de un producto propio : 1. Noción del producto: El franquiciante debe haber creado o adquirido un producto nuevo y original, con fuerte impacto comercial, y ser su único y exclusivo titular. El franquiciante  le cede al franquiciado el uso  de patentes, marcas y nombres comerciales, signos distintivos, así como del know how, lo cual realiza a través de un  Contrato de Licencia de Uso .
El Know-How Por  know how  debe entenderse en forma genérica un  saber hacer , un conocimiento de algo. Lo constituye el conjunto de conocimientos prácticos derivados de la experiencia del franquiciante, que contiene una información importante para la fabricación, venta o distribución del producto o servicio, lo cual generalmente es transmitido al franquiciado mediante un  Manual de Operaciones . El uso del know how es y debe ser  confidencial y secreto , lo cual debe quedar expresamente convenido en el contrato mediante  cláusula penal
Caracteres del Producto 2. Caracteres del producto: Debe tratarse de un producto original, previamente experimentado, imposible de suscitar engaño o decepción para la clientela y susceptible de tener éxito comercial. La contraprestación del franquiciado consistirá en el pago de un precio por esta cesión, precio que generalmente es muy alto en virtud del éxito que con la comercialización de su producto el franquiciante le garantiza al franquiciado.
Cesión del Know-How B.  Cesión del know-how : La cesión del know how es un contrato por el que el franquiciante  transmite conocimientos técnicos  secretos al franquiciado a cambio de un precio. Esta cesión debe ir respaldada de soportes materiales como documentación, información por vídeo, etc., así como la entrega de un  manual operativo  que contenga toda la información técnica requerida para alcanzar el éxito del negocio.
Obligación de Guardar el Secreto El franquiciado debe mantener en secreto tales conocimientos sin poder revelar su contenido a sus competidores ni a otras personas ajenas al contrato, incluso frente a sus empleados, para que en modo alguno pueda divulgarse su contenido. El manual operativo debe incluir toda la información necesaria para la continuidad del negocio  (Ej: técnicas de venta, contabilidad, publicidad) así como toda aquella documentación requerida para que el franquiciado tenga éxito inmediato y logre rentabilizar la inversión realizada.
Apoyo constante 2.  Apoyo constante :   La sola entrega del manual operativo no es suficiente para el éxito del negocio, por lo que es deber del franquiciante  brindarle al franquiciado toda la colaboración y el apoyo necesario  para la aplicación práctica del manual. Dicha asistencia es dada tanto durante la formación del personal como durante la problemática diaria del negocio. Esta asistencia se ve compensada por  el pago de un porcentaje sobre las ventas  que el franquiciado le hace al franquiciante, lo cual es pactado en el contrato.
3.  Signos distintivos homogéneos : El franquiciante impone al franquiciado el uso de su nombre y marca comercial de modo que externamente el negocio aparenta ser suyo.  La razón por la que se utilizan los mismos signos distintivos en la cadena de negocios propiedad de franquiciante es debido a la idea de que el producto, el servicio y el know how son de una notoriedad tal que por el éxito adquirido a nivel nacional o internacional, garantizarán el éxito del negocio al franquiciado.
C.  Control del negocio franquiciado : Una tercera prestación del franquiciante es su derecho a controlar el negocio, pues al girar éste bajo su signo distintivo, es lógico que éste quiera controlar la gestión del mismo para proteger su reputación. Este control se ejerce sobre: a.  Compras : El franquiciante le señala al franquiciado las fuentes de aprovisionamiento que ha de utilizar, por lo que es usual que éste último venga obligado a adquirir los productos de proveedores específicos
Control del negocio franquiciado : b. Entrenamiento y gestión del personal: En las franquicias de servicios es necesario que los trabajadores tengan una capacitación técnica adecuada. Por esta razón, el franquiciante podrá dar instrucciones y supervisar si los empleados están suficientemente capacitados para ejercer el puesto para el que han sido nombrados.
2.  Control en cuanto a resultados económicos : El Franquiciado se obliga a:   a.) Seguir un programa contable detallado por el manual operativo, de modo que el franquiciante pueda tener un control económico del negocio. b.) Justificar las compras y las ventas con los documentos oportunos.
II. Para el Franquiciado: A. De carácter económico: 1. Pago de un Canon Inicial: En contraprestación a la entrega del know how por parte del franquiciante, el franquiciado deberá cancelar al primero una cantidad fija como derecho de entrada o  canon inicial . 2. Pago de un porcentaje sobre las ventas o Royalties:   El franquiciado estará obligado a cancelar al franquiciante un porcentaje sobres sus ventas anuales brutas, porcentaje que será acordado entre las partes y que es adicional al pago del canon inicial.
B.  De colaboración con el Franquiciante : 1. Apoyo constante al prestigio de la red: a. El franquiciado habrá de encontrar un emplazamiento de su negocio que potencie la imagen y reputación de la red. b. El franquiciado deberá atenerse a la homogeneidad en la oferta de un producto único para todo tipo de clientela, sea cual sea su nacionalidad. Nivel de disponibilidad  (stock) del producto o servicio suficiente para que la clientela pueda obtenerlo sin problemas de espera o de demora
Apoyo constante al prestigio de la red d. El franquiciado deberá utilizar todos los signos comerciales distintivos del franquiciante (nombre comercial, marca, signos distintivos), lo cual viene a tener lógica toda vez que lo que éste persigue con el contrato es tener un nombre e imagen de prestigio así como un know how.
2.  Cumplimiento de instrucciones del franquiciante - Deberes del franquiciado: a. Realizar la gestión del negocio en la forma que le sea indicada en el manual operativo; b. Mantener en secreto el know how cedido; c. Velar en todo momento por prestigiar la imagen y buena reputación de la red del franquiciante; d. Abstenerse de realizar competencia al franquiciante durante la vigencia del contrato, lo mismo que a otros franquiciados de la red, mediante apertura de otros negocios idénticos o análogos a los que son objeto del contrato.
Deberes del franquiciado e. Abstenerse de realizar publicidad sin el consentimiento del franquiciante, pues conviene que ésta vaya dirigida por aquél. f. No ceder su negocio a terceras personas, físicas o jurídica, sin el consentimiento y autorización del franquiciante, durante la vigencia del contrato.
Exclusividad de la Franquicia: 1. Exclusividad territorial: En estos contratos se establecen pactos de exclusividad para un ámbito territorial determinado (ciudad o sector de la misma, región, provincia, etc.), de modo que en aquél espacio sólo pueda existir un franquiciado y no varios. La exclusividad de un contrato de franquicia para un  estado  se conoce como un  Master Franchise.  La zona o sector determinado se conoce como  zona de responsabilidad o zona exclusiva.
2. Exclusividad en el aprovisionamiento: En relación al momento de iniciar el negocio, es conveniente que el franquiciado adquiera todas las materias primas, mobiliario, instalaciones y maquinaria de quien le indique el franquiciante. La cláusula de aprovisionamiento único lo que pretende es proteger y mantener una imagen única del producto y de la marca franquiciada en todo el mundo
Duración y extinción del contrato: Normalmente se establece en estos contratos un plazo de duración determinada, susceptible de prórroga, por períodos anuales, con lo que su duración se convierte en indeterminada. En el contrato deben establecerse cláusulas que permitan: a. Una duración mínima del contrato que posibilite al franquiciado amortizar su inversión inicial
Duración y extinción del contrato: b. Que una vez expirado el término convenido sin que exista manifestación expresa alguna del franquiciante de no querer continuarlo, el contrato pueda ser prorrogado tácitamente por períodos anuales. c. Que en caso de no querer continuar con el contrato, la denuncia o comunicación del franquiciante no se produzca en forma intempestiva sino de buena fe
Resolución Contractual El contrato podrá ser  resuelto  por las partes de común acuerdo, o bien por el incumplimiento grave de las obligaciones de los contratantes, por ej: a. La quiebra o condena civil o penal del franquiciado. b. La cesión sin autorización del franquiciado c. El abandono de la dirección personal del negocio por parte del franquiciado.
Causales de Terminación d. El retraso en el pago de las facturas o en el porcentaje sobre las ganancias, de conformidad al  plazo prefijado en el contrato. e. El incumplimiento de otras obligaciones particulares que hayan sido contempladas en el  contrato.

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La franquicia comercial

  • 1. La Franquicia Comercial Universidad de Costa Rica Aspectos Legales del Comercio Internacional Lecci ón del 21 de junio de 2011 Lic Federico Gonzalez
  • 2. La Franquicia Comercial Contrato Atípico -> forma de colaboración entre dos sujetos: A) Franquiciante o Franquiciador , quien concede el uso de un nombre o una marca comercial a favor de un … B) Franquiciado para que lo use y explote, en nombre y por cuenta propia, durante un tiempo determinado, a cambio del pago de un precio.
  • 3. CONCEPTO : La Cámara de Comercio Internacional define este contrato como un sistema de colaboración entre dos empresas jurídicamente independientes , ligadas por un contrato en virtud del cual una de ellas, la franquiciante concede a la otra, la franquiciada , mediante el pago de un canon , el derecho de uso de una marca o fórmula comercial, asegurando la asistencia y prestación de servicios necesaria para llevar a cabo la explotación.
  • 4. Clases de Franquicia : Existen primordialmente tres clases de franquicias: A) 1. Franquicia de Producción: aquélla en la que el franquiciado fabrica por sí mismo , según las indicaciones y supervisión constante del franquiciante, productos que vende bajo la marca de éste (Ej: Tortirrica, Coca Cola). 2. Franquicia de Distribución: aquélla en la que el franquiciado se limita a vender ciertos productos en una tienda o punto de venta que lleva el nombre del franquiciante ( Ejs: Armi Jeans, Guess, Benetton).
  • 5. Clases de Franquicia : 3. Franquicia de Servicios: aquélla en que el franquiciado ofrece un servicio bajo el signo, nombre comercial o marca del franquiciante, plegándose a sus instrucciones ( Ejs: Lavandería Martinizing, Hotel Holiday Inn, National Rent a Car).
  • 6. Prestaciones del Contrato:  para el Franquiciante : A . Cesión de un producto propio : 1. Noción del producto: El franquiciante debe haber creado o adquirido un producto nuevo y original, con fuerte impacto comercial, y ser su único y exclusivo titular. El franquiciante le cede al franquiciado el uso de patentes, marcas y nombres comerciales, signos distintivos, así como del know how, lo cual realiza a través de un Contrato de Licencia de Uso .
  • 7. El Know-How Por know how debe entenderse en forma genérica un saber hacer , un conocimiento de algo. Lo constituye el conjunto de conocimientos prácticos derivados de la experiencia del franquiciante, que contiene una información importante para la fabricación, venta o distribución del producto o servicio, lo cual generalmente es transmitido al franquiciado mediante un Manual de Operaciones . El uso del know how es y debe ser confidencial y secreto , lo cual debe quedar expresamente convenido en el contrato mediante cláusula penal
  • 8. Caracteres del Producto 2. Caracteres del producto: Debe tratarse de un producto original, previamente experimentado, imposible de suscitar engaño o decepción para la clientela y susceptible de tener éxito comercial. La contraprestación del franquiciado consistirá en el pago de un precio por esta cesión, precio que generalmente es muy alto en virtud del éxito que con la comercialización de su producto el franquiciante le garantiza al franquiciado.
  • 9. Cesión del Know-How B. Cesión del know-how : La cesión del know how es un contrato por el que el franquiciante transmite conocimientos técnicos secretos al franquiciado a cambio de un precio. Esta cesión debe ir respaldada de soportes materiales como documentación, información por vídeo, etc., así como la entrega de un manual operativo que contenga toda la información técnica requerida para alcanzar el éxito del negocio.
  • 10. Obligación de Guardar el Secreto El franquiciado debe mantener en secreto tales conocimientos sin poder revelar su contenido a sus competidores ni a otras personas ajenas al contrato, incluso frente a sus empleados, para que en modo alguno pueda divulgarse su contenido. El manual operativo debe incluir toda la información necesaria para la continuidad del negocio (Ej: técnicas de venta, contabilidad, publicidad) así como toda aquella documentación requerida para que el franquiciado tenga éxito inmediato y logre rentabilizar la inversión realizada.
  • 11. Apoyo constante 2. Apoyo constante :   La sola entrega del manual operativo no es suficiente para el éxito del negocio, por lo que es deber del franquiciante brindarle al franquiciado toda la colaboración y el apoyo necesario para la aplicación práctica del manual. Dicha asistencia es dada tanto durante la formación del personal como durante la problemática diaria del negocio. Esta asistencia se ve compensada por el pago de un porcentaje sobre las ventas que el franquiciado le hace al franquiciante, lo cual es pactado en el contrato.
  • 12. 3. Signos distintivos homogéneos : El franquiciante impone al franquiciado el uso de su nombre y marca comercial de modo que externamente el negocio aparenta ser suyo. La razón por la que se utilizan los mismos signos distintivos en la cadena de negocios propiedad de franquiciante es debido a la idea de que el producto, el servicio y el know how son de una notoriedad tal que por el éxito adquirido a nivel nacional o internacional, garantizarán el éxito del negocio al franquiciado.
  • 13. C. Control del negocio franquiciado : Una tercera prestación del franquiciante es su derecho a controlar el negocio, pues al girar éste bajo su signo distintivo, es lógico que éste quiera controlar la gestión del mismo para proteger su reputación. Este control se ejerce sobre: a. Compras : El franquiciante le señala al franquiciado las fuentes de aprovisionamiento que ha de utilizar, por lo que es usual que éste último venga obligado a adquirir los productos de proveedores específicos
  • 14. Control del negocio franquiciado : b. Entrenamiento y gestión del personal: En las franquicias de servicios es necesario que los trabajadores tengan una capacitación técnica adecuada. Por esta razón, el franquiciante podrá dar instrucciones y supervisar si los empleados están suficientemente capacitados para ejercer el puesto para el que han sido nombrados.
  • 15. 2. Control en cuanto a resultados económicos : El Franquiciado se obliga a:   a.) Seguir un programa contable detallado por el manual operativo, de modo que el franquiciante pueda tener un control económico del negocio. b.) Justificar las compras y las ventas con los documentos oportunos.
  • 16. II. Para el Franquiciado: A. De carácter económico: 1. Pago de un Canon Inicial: En contraprestación a la entrega del know how por parte del franquiciante, el franquiciado deberá cancelar al primero una cantidad fija como derecho de entrada o canon inicial . 2. Pago de un porcentaje sobre las ventas o Royalties:   El franquiciado estará obligado a cancelar al franquiciante un porcentaje sobres sus ventas anuales brutas, porcentaje que será acordado entre las partes y que es adicional al pago del canon inicial.
  • 17. B. De colaboración con el Franquiciante : 1. Apoyo constante al prestigio de la red: a. El franquiciado habrá de encontrar un emplazamiento de su negocio que potencie la imagen y reputación de la red. b. El franquiciado deberá atenerse a la homogeneidad en la oferta de un producto único para todo tipo de clientela, sea cual sea su nacionalidad. Nivel de disponibilidad (stock) del producto o servicio suficiente para que la clientela pueda obtenerlo sin problemas de espera o de demora
  • 18. Apoyo constante al prestigio de la red d. El franquiciado deberá utilizar todos los signos comerciales distintivos del franquiciante (nombre comercial, marca, signos distintivos), lo cual viene a tener lógica toda vez que lo que éste persigue con el contrato es tener un nombre e imagen de prestigio así como un know how.
  • 19. 2. Cumplimiento de instrucciones del franquiciante - Deberes del franquiciado: a. Realizar la gestión del negocio en la forma que le sea indicada en el manual operativo; b. Mantener en secreto el know how cedido; c. Velar en todo momento por prestigiar la imagen y buena reputación de la red del franquiciante; d. Abstenerse de realizar competencia al franquiciante durante la vigencia del contrato, lo mismo que a otros franquiciados de la red, mediante apertura de otros negocios idénticos o análogos a los que son objeto del contrato.
  • 20. Deberes del franquiciado e. Abstenerse de realizar publicidad sin el consentimiento del franquiciante, pues conviene que ésta vaya dirigida por aquél. f. No ceder su negocio a terceras personas, físicas o jurídica, sin el consentimiento y autorización del franquiciante, durante la vigencia del contrato.
  • 21. Exclusividad de la Franquicia: 1. Exclusividad territorial: En estos contratos se establecen pactos de exclusividad para un ámbito territorial determinado (ciudad o sector de la misma, región, provincia, etc.), de modo que en aquél espacio sólo pueda existir un franquiciado y no varios. La exclusividad de un contrato de franquicia para un estado se conoce como un Master Franchise. La zona o sector determinado se conoce como zona de responsabilidad o zona exclusiva.
  • 22. 2. Exclusividad en el aprovisionamiento: En relación al momento de iniciar el negocio, es conveniente que el franquiciado adquiera todas las materias primas, mobiliario, instalaciones y maquinaria de quien le indique el franquiciante. La cláusula de aprovisionamiento único lo que pretende es proteger y mantener una imagen única del producto y de la marca franquiciada en todo el mundo
  • 23. Duración y extinción del contrato: Normalmente se establece en estos contratos un plazo de duración determinada, susceptible de prórroga, por períodos anuales, con lo que su duración se convierte en indeterminada. En el contrato deben establecerse cláusulas que permitan: a. Una duración mínima del contrato que posibilite al franquiciado amortizar su inversión inicial
  • 24. Duración y extinción del contrato: b. Que una vez expirado el término convenido sin que exista manifestación expresa alguna del franquiciante de no querer continuarlo, el contrato pueda ser prorrogado tácitamente por períodos anuales. c. Que en caso de no querer continuar con el contrato, la denuncia o comunicación del franquiciante no se produzca en forma intempestiva sino de buena fe
  • 25. Resolución Contractual El contrato podrá ser resuelto por las partes de común acuerdo, o bien por el incumplimiento grave de las obligaciones de los contratantes, por ej: a. La quiebra o condena civil o penal del franquiciado. b. La cesión sin autorización del franquiciado c. El abandono de la dirección personal del negocio por parte del franquiciado.
  • 26. Causales de Terminación d. El retraso en el pago de las facturas o en el porcentaje sobre las ganancias, de conformidad al plazo prefijado en el contrato. e. El incumplimiento de otras obligaciones particulares que hayan sido contempladas en el contrato.