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La Protección de Datos en las Escuelas de
                Idiomas




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ÍNDICE

   Índice

    > Principio   fundamental

    >Conceptos básicos

    >Ámbito de aplicación y exclusiones

    >Principales obligaciones

    >Derechos de los titulares de los datos de carácter personal

    >Particularidades




                                                                   www.ascendiarc.com
PRINCIPIO FUNDAMENTAL


   Constitución española. Cap. II Art. 18.4 - De los derechos fundamentales y de las
                              libertades públicas

                                                                                                                19/04/2008 – RLOPD
    “La ley limitará el uso de la informática para
                                                                                              12/07/2002 – Directiva 58, Tratamiento de los datos
    garantizar el honor y la intimidad personal y                                                                     personales y a la protección de la
                                                                                      26/06/2002 – Nivel Alto         intimidad
    familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio
                                                                                 26/06/2000 – Nivel Medio
    de sus derechos.”
                                                                        26/03/2000 - Nivel básico


                                                          13/12/1999 – LOPD 15
                                                       11/06/1999 RD 994 Reglamento de Medidas de Seguridad




                          1995 – Directiva 46 UE, Protección del tratamiento de datos personales y a la libre circulación de éstos

                   1994 – Correción LORTAD

         1993, Aprobación del Estatuto APD

   1992 - LORTAD




                                                                                                                                     www.ascendiarc.com
CONCEPTOS BÁSICOS

  DEFINICIONES

   AFECTADO O INTERESADO.- Toda persona física titular de los datos
   que serán objeto de tratamiento.

   DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.- Información numérica, alfabética,
   gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a
   personas físicas identificables.

   TRATAMIENTO DE DATOS.- Operación o procedimiento técnico,
   automatizado o no, que a su vez permita le recogida, grabación,
   conservación,     elaboración,     modificación,     consulta,   utilización,
   cancelación, bloqueo o supresión, así como las cesiones de datos que
   resulten    de    comunicaciones,       consultas,     interconexiones      y
   transferencias.

                                                                         www.ascendiarc.com
CONCEPTOS BÁSICOS

  DEFINICIONES

   RESPONSABLE DEL FICHERO O DEL TRATAMIENTO.- Persona física o
   jurídica, que sólo o conjuntamente con otros decida sobre la finalidad,
   contenido y uso del tratamiento de los datos.

   ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.- Persona física o jurídica, pública o
   privada, que sólo o conjuntamente con otros trate datos personales
   por cuenta del responsable del tratamiento o del fichero.

   CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS.- Tratamiento de datos que
   supone su revelación a una persona distinta del interesado.

   CONSENTIMIENTO.- Manifestación de voluntad, libre, inequívoca,
   específica e informada, mediante la que el interesado consiente el
   tratamiento de los datos personales que le conciernen.
                                                                    www.ascendiarc.com
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y EXCLUSIONES

    La LOPD es de aplicación a todos los datos de carácter personal que
    los haga susceptible de tratamiento, y a toda modalidad de uso
    posterior de estos datos por los sectores público y privado

    La LOPD no será de aplicación
     A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de
     actividades exclusivamente personales o domésticas.
     A los ficheros sometidos a la normativa sobre protección de materias
     clasificadas.
     A los ficheros establecidos para la investigación del terrorismo y de
     formas graves de delincuencia organizada.




                                                                   www.ascendiarc.com
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y EXCLUSIONES

    POR TANTO:

     La LOPD afecta a cualquier empresa o institución que tenga,
     mantenga, utilice o trate datos de carácter personal en soporte
     informático o papel.

                             EN LA PRÁCTICA
                                   ⇓
           A TODAS LAS ORGANIZACIONES PÚBLICAS O PRIVADAS




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ÁMBITO DE APLICACIÓN Y EXCLUSIONES

    POR TANTO:

     La LOPD fija una serie de obligaciones que deberán ser cubiertas por
     las organizaciones que realizan tratamiento de datos de carácter
     personal durante todo el proceso de vida del dato:

       〉 RECOGIDA
       〉 TRATAMIENTO
       〉 COMUNICACIONES


     La adaptación a la LOPD no se lleva a cabo en un instante concreto,
     sino que se trata de una labor continua.




                                                                  www.ascendiarc.com
PRINCIPALES OBLIGACIONES

       ALUMNOS
                                           ASESORIAS
                     COLABORADORES




                                            SERVICIO
                                              PRL
 FORMADORES



                   CENTRO DE         MUTUA DE ACCIDENTES

                    ESTUDIOS             DE TRABAJO

 PERSONAL




 CURRICULUMS                          ADMINISTRACIONES
                                     PUBLICAS, AEAT, INSS,
                                             SAE




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PRINCIPALES OBLIGACIONES

 FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL




           CLIENTES,
       PROVEEDORES,
  GESTIÓN COMERCIAL

        ALUMNOS


 PERSONAL DOCENTE
                                           FICHEROS CON DATOS DE
                                           CARÁCTER PERSONAL:
       EMPLEADOS                           - GESTIÓN INTERNA
                                           - ALUMNOS
                                           - PERSONAL DOCENTE
                                           - EMPLEADOS




                                                                   www.ascendiarc.com
PRINCIPALES OBLIGACIONES

 RECOGIDA DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

        Información previa, precisa e inequívoca de la recogida.
        •   Finalidad y destinatarios de la información.
        •   Consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa.
        •   Identidad del Responsable del Fichero.
        •   Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

        Calidad de los datos
        •   El tratamiento no puede ser arbitrario.
        •   Adecuados, pertinentes y no excesivos.
        •   En relación con la finalidad legítima para la que se obtengan.
        •   Exactos y puestos al día.
        •   Cancelados cuando ya no sean necesarios para la finalidad para la que se
            recogieron.
        •   Nunca deberán recogerse por medios fraudulentos, desleales o lícitos.

                                                                                       www.ascendiarc.com
PRINCIPALES OBLIGACIONES

 RECOGIDA DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL


         Consentimiento del afectado

         •   Consentimiento de la persona de la que se recaban los datos.
         •   Consentimiento específico para el tratamiento de datos e informado del
             mismo.
         •   No será necesario consentimiento
             -    Administración Pública en ejercicio de sus funciones.
             -    Entre las partes en un contrato comercial, laboral o administrativo.
             -    Para proteger un interés vital del interesado.
             -    Cuando los datos se encuentren en fuentes accesibles al público y
                  haya un interés legítimo del responsable del fichero o del destinatario
                  de los datos.




                                                                                         www.ascendiarc.com
PRINCIPALES OBLIGACIONES

    Elaboración de documentos personalizados:
        >   Cláusulas legales
        >   Contratos por encargo de tratamientos
        >   Contratos por cesión de datos
        >   Acuerdos de confidencialidad




                                                    www.ascendiarc.com
PRINCIPALES OBLIGACIONES

 MEDIDAS DE SEGURIDAD Y DOCUEMNTO DE SEGURIDAD

     Niveles de seguridad: Niveles de protección aplicables.

      Alto                           Medio                           Básico

      • Ideología u opciones         • Infracción                   • El resto de datos

      políticas                      administrativa o penal         de carácter personal

      • Afiliación sindical          • Hacienda Pública
      • Religión                     • Servicios    financieros,
      • Creencias                    crédito
      • Origen racial                • Solvencia patrimonial
      • Salud y vida sexual          • Evaluación      de      la
      • Violencia de Género          personalidad
                                     • Datos tráfico Telecos

                                                                              www.ascendiarc.com
PRINCIPALES OBLIGACIONES

 MEDIDAS DE SEGURIDAD Y DOCUEMNTO DE SEGURIDAD
  Se deberán implantar las modificaciones técnicas, organizativas y jurídicas necesarias
  para garantizar el cumplimiento legislativo.
  La adopción por parte de la entidad de estas medidas correctoras se
  deberá realizar de acuerdo a sus necesidades específicas.

  Elaboración del Documento de Seguridad
  El objetivo de este documento es recopilar la normativa de seguridad en
  materia de protección de datos.
  Documento de obligado cumplimiento para el personal con acceso a los
  datos automatizados de carácter personal y a los sistemas de información.
  Contendrá la identificación del Responsable/s de Seguridad, los controles
  periódicos para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el propio
  documento y las medidas a adoptar cuando un soporte sea desechado o
  reutilizado.
                                                                                www.ascendiarc.com
PRINCIPALES OBLIGACIONES

 FORMACIÓN Y AUDITORÍA


 Formación

  >   Responsable de Fichero

  >   Administradores y Responsable/s de Seguridad

  >   Usuarios con acceso a Datos

 Auditoría
  Siempre que se tengan datos de nivel medio o alto deberán realizarse auditorias para
  verificar el correcto cumplimento de la normativa de protección de datos.

  Se plasmarán en el Informe de Auditoría todas las salvaguardas implementadas por
  la entidad.


                                                                               www.ascendiarc.com
DERECHOS DE LOS TITULARES DCP
 CARÁCTER PERSONALÍSIMO
 Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son
 personalísimos y serán ejercidos por el afectado.
 DERECHOS INDEPENDIENTES
 Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son derechos
 independientes, de tal forma que no puede entenderse que el ejercicio de
 ninguno de ellos sea requisito previo para el ejercicio de otro.
 Deberá concederse al interesado un medio sencillo y gratuito para el
 ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
 El ejercicio por el afectado de sus derechos de acceso, rectificación,
 cancelación y oposición será gratuito y en ningún caso podrá suponer un
 ingreso adicional para el responsable del tratamiento ante el que se
 ejercitan.

                                                                      www.ascendiarc.com
DERECHOS DE LOS TITULARES DCP
 DERECHO DE ACCESO
 El interesado tendrá derecho a solicitar y obtener gratuitamente
 información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el
 origen de sus datos así como las comunicaciones realizadas o que se prevén
 hacer de los mismos.

El responsable del fichero resolverá sobre la solicitud de acceso en el plazo
máximo de un mes a contar desde la recepción de la solicitud. Transcurrido
el plazo sin que de forma expresa se responda a la petición de acceso, el
interesado podrá interponer una reclamación de tutela de derechos ante la
Agencia Española de Protección de Datos.




                                                                     www.ascendiarc.com
DERECHOS DE LOS TITULARES DCP
 DERECHO DE RECTIFICACIÓN

 El derecho de rectificación es el derecho del afectado a que se modifiquen
 los datos que resulten ser inexactos o incompletos.

  La solicitud de rectificación deberá indicar a qué datos se refiere y la
  corrección que haya de realizarse y deberá ir acompañada de la
  documentación justificativa de lo solicitado.

  El Responsable del Fichero tendrá la obligación de hacer efectivo el derecho
  de rectificación en el plazo de diez días.




                                                                     www.ascendiarc.com
DERECHOS DE LOS TITULARES DCP
 DERECHO DE CANCELACIÓN

  El ejercicio del derecho de cancelación dará lugar a que se supriman los
  datos que resulten ser inadecuados o excesivos, sin perjuicio del deber de
  bloqueo.

  El Responsable del Fichero tendrá la obligación de hacer efectivo el derecho
  de cancelación en el plazo de diez días.

  Podrá denegarse el derecho de cancelación en los supuestos en que así lo
  prevea una ley o una norma de derecho comunitario de aplicación directa o
  cuando éstas impidan al responsable del tratamiento revelar a los afectados
  el tratamiento de los datos a los que se refiera el acceso.




                                                                     www.ascendiarc.com
DERECHOS DE LOS TITULARES DCP
 DERECHO DE OPOSICIÓN
 El derecho de oposición es el derecho del afectado a que no se lleve a cabo
 el tratamiento de sus datos de carácter personal o se cese en el mismo en
 los siguientes supuestos:
  a) Cuando no sea necesario su consentimiento para el tratamiento, siempre
  que una Ley no disponga lo contrario.
  b) Cuando se trate de ficheros que tengan por finalidad la realización de
  actividades de publicidad y prospección comercial.
  c) Cuando el tratamiento tenga por finalidad la adopción de una decisión
  referida al afectado y basada únicamente en un tratamiento automatizado
  de sus datos de carácter personal.
 El Responsable del Fichero deberá resolver sobre la solicitud de oposición en
 el plazo de diez días.

                                                                      www.ascendiarc.com
RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

   Infracción:      LEVE
   Sanción:         601,01 € a 60.101,21 €         Prescripción:       1 año
   Motivos:

     > No atender la solicitud de rectificación o cancelación
     > No proporcionar a la APD información en relación con aspectos no sustantivos de
       la protección de datos.
     > No solicitar la inscripción del fichero de datos de carácter personal en el Registro
       General de Protección de Datos, cuando no sea constitutivo de infracción grave
     > Proceder a la recogida de datos sin informar de ello
     > Incumplir el deber de secreto, salvo que constituya infracción grave




                                                                                       www.ascendiarc.com
RESPONSABILIDADES Y SANCIONES
   Infracción:          GRAVE


   Sanción:             60.101,21 € a 300.506,05 €             Prescripción:         2 años

   Motivos:

   > Creación de ficheros o recogida de datos con finalidades distintas de las constituidas
   > Recogida de datos sin recabar el consentimiento expreso de las personas afectadas.
   > Tratar los datos o usarlos vulnerando la legislación, cuando no constituya infracción muy grave.
   > Impedir u obstaculizar el ejercicio de los derechos de acceso y oposición .
   > Mantener datos de carácter personal inexactos o no efectuar las rectificaciones o cancelaciones.
   > La vulneración del deber de guardar secreto sobre los datos de carácter personal clasificados como nivel
     medio..
   > Mantener los ficheros, locales, programas o equipos que contengan datos sin medidas de seguridad.
   > No remitir a la Agencia de Protección de Datos las notificaciones requeridas.
   > La obstrucción al ejercicio de la función inspectora.
   > No inscribir el fichero cuando haya sido requerido para ello por el Director de la AEPD.




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RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

   Infracción:          MUY GRAVE
   Sanción:             300.506,05 € a 601.012,10 €            Prescripción:       3 años
   Motivos:

   > Recogida de datos en forma engañosa y fraudulenta.
   > Comunicación o cesión de datos de carácter personal, fuera de los casos en que estén permitidas.
   > Recabar y tratar datos de carácter personal de nivel alto sin consentimiento expreso del afectado.
   > No cesar en el uso ilegítimo de los tratamientos de datos cuando sea requerido para ello por el Director de
     la APD.
   > La transferencia temporal o definitiva a países sin un nivel de protección equiparable
   > Tratar los datos de carácter personal de forma que se atente contra el ejercicio de los derechos
     fundamentales
   > Vulneración del deber de guardar secreto sobre los datos de carácter personal de nivel alto.
   > No atender, u obstaculizar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición.
   > No atender de forma sistemática el deber de notificación de un fichero.




                                                                                                    www.ascendiarc.com
PARTICULARIDADES EN EL TRATAMIENTO DE DATOS EN LAS
ESCUALAS DE IDIOMAS




            Tipos de datos manejados: especial atención a los datos de menores
        .

            Transferencias internacionales de datos
        .

            Datos de salud
        .

            Imágenes y videos
        .

            Internet y redes sociales
       .




                                                                                 www.ascendiarc.com
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 Elisa Santolaya Domínguez
       Consultor Senior
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La Protección de Datos en las Escuelas de Idiomas

  • 2. La Protección de Datos en las Escuelas de Idiomas www.ascendiarc.com www.ascendiarc.com
  • 3. ÍNDICE Índice > Principio fundamental >Conceptos básicos >Ámbito de aplicación y exclusiones >Principales obligaciones >Derechos de los titulares de los datos de carácter personal >Particularidades www.ascendiarc.com
  • 4. PRINCIPIO FUNDAMENTAL Constitución española. Cap. II Art. 18.4 - De los derechos fundamentales y de las libertades públicas 19/04/2008 – RLOPD “La ley limitará el uso de la informática para 12/07/2002 – Directiva 58, Tratamiento de los datos garantizar el honor y la intimidad personal y personales y a la protección de la 26/06/2002 – Nivel Alto intimidad familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio 26/06/2000 – Nivel Medio de sus derechos.” 26/03/2000 - Nivel básico 13/12/1999 – LOPD 15 11/06/1999 RD 994 Reglamento de Medidas de Seguridad 1995 – Directiva 46 UE, Protección del tratamiento de datos personales y a la libre circulación de éstos 1994 – Correción LORTAD 1993, Aprobación del Estatuto APD 1992 - LORTAD www.ascendiarc.com
  • 5. CONCEPTOS BÁSICOS DEFINICIONES AFECTADO O INTERESADO.- Toda persona física titular de los datos que serán objeto de tratamiento. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.- Información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a personas físicas identificables. TRATAMIENTO DE DATOS.- Operación o procedimiento técnico, automatizado o no, que a su vez permita le recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, consulta, utilización, cancelación, bloqueo o supresión, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias. www.ascendiarc.com
  • 6. CONCEPTOS BÁSICOS DEFINICIONES RESPONSABLE DEL FICHERO O DEL TRATAMIENTO.- Persona física o jurídica, que sólo o conjuntamente con otros decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento de los datos. ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.- Persona física o jurídica, pública o privada, que sólo o conjuntamente con otros trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento o del fichero. CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS.- Tratamiento de datos que supone su revelación a una persona distinta del interesado. CONSENTIMIENTO.- Manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el interesado consiente el tratamiento de los datos personales que le conciernen. www.ascendiarc.com
  • 7. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y EXCLUSIONES La LOPD es de aplicación a todos los datos de carácter personal que los haga susceptible de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado La LOPD no será de aplicación A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas. A los ficheros sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas. A los ficheros establecidos para la investigación del terrorismo y de formas graves de delincuencia organizada. www.ascendiarc.com
  • 8. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y EXCLUSIONES POR TANTO: La LOPD afecta a cualquier empresa o institución que tenga, mantenga, utilice o trate datos de carácter personal en soporte informático o papel. EN LA PRÁCTICA ⇓ A TODAS LAS ORGANIZACIONES PÚBLICAS O PRIVADAS www.ascendiarc.com
  • 9. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y EXCLUSIONES POR TANTO: La LOPD fija una serie de obligaciones que deberán ser cubiertas por las organizaciones que realizan tratamiento de datos de carácter personal durante todo el proceso de vida del dato: 〉 RECOGIDA 〉 TRATAMIENTO 〉 COMUNICACIONES La adaptación a la LOPD no se lleva a cabo en un instante concreto, sino que se trata de una labor continua. www.ascendiarc.com
  • 10. PRINCIPALES OBLIGACIONES ALUMNOS ASESORIAS COLABORADORES SERVICIO PRL FORMADORES CENTRO DE MUTUA DE ACCIDENTES ESTUDIOS DE TRABAJO PERSONAL CURRICULUMS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, AEAT, INSS, SAE www.ascendiarc.com
  • 11. PRINCIPALES OBLIGACIONES FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CLIENTES, PROVEEDORES, GESTIÓN COMERCIAL ALUMNOS PERSONAL DOCENTE FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL: EMPLEADOS - GESTIÓN INTERNA - ALUMNOS - PERSONAL DOCENTE - EMPLEADOS www.ascendiarc.com
  • 12. PRINCIPALES OBLIGACIONES RECOGIDA DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Información previa, precisa e inequívoca de la recogida. • Finalidad y destinatarios de la información. • Consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa. • Identidad del Responsable del Fichero. • Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Calidad de los datos • El tratamiento no puede ser arbitrario. • Adecuados, pertinentes y no excesivos. • En relación con la finalidad legítima para la que se obtengan. • Exactos y puestos al día. • Cancelados cuando ya no sean necesarios para la finalidad para la que se recogieron. • Nunca deberán recogerse por medios fraudulentos, desleales o lícitos. www.ascendiarc.com
  • 13. PRINCIPALES OBLIGACIONES RECOGIDA DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Consentimiento del afectado • Consentimiento de la persona de la que se recaban los datos. • Consentimiento específico para el tratamiento de datos e informado del mismo. • No será necesario consentimiento - Administración Pública en ejercicio de sus funciones. - Entre las partes en un contrato comercial, laboral o administrativo. - Para proteger un interés vital del interesado. - Cuando los datos se encuentren en fuentes accesibles al público y haya un interés legítimo del responsable del fichero o del destinatario de los datos. www.ascendiarc.com
  • 14. PRINCIPALES OBLIGACIONES Elaboración de documentos personalizados: > Cláusulas legales > Contratos por encargo de tratamientos > Contratos por cesión de datos > Acuerdos de confidencialidad www.ascendiarc.com
  • 15. PRINCIPALES OBLIGACIONES MEDIDAS DE SEGURIDAD Y DOCUEMNTO DE SEGURIDAD Niveles de seguridad: Niveles de protección aplicables. Alto Medio Básico • Ideología u opciones • Infracción • El resto de datos políticas administrativa o penal de carácter personal • Afiliación sindical • Hacienda Pública • Religión • Servicios financieros, • Creencias crédito • Origen racial • Solvencia patrimonial • Salud y vida sexual • Evaluación de la • Violencia de Género personalidad • Datos tráfico Telecos www.ascendiarc.com
  • 16. PRINCIPALES OBLIGACIONES MEDIDAS DE SEGURIDAD Y DOCUEMNTO DE SEGURIDAD Se deberán implantar las modificaciones técnicas, organizativas y jurídicas necesarias para garantizar el cumplimiento legislativo. La adopción por parte de la entidad de estas medidas correctoras se deberá realizar de acuerdo a sus necesidades específicas. Elaboración del Documento de Seguridad El objetivo de este documento es recopilar la normativa de seguridad en materia de protección de datos. Documento de obligado cumplimiento para el personal con acceso a los datos automatizados de carácter personal y a los sistemas de información. Contendrá la identificación del Responsable/s de Seguridad, los controles periódicos para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el propio documento y las medidas a adoptar cuando un soporte sea desechado o reutilizado. www.ascendiarc.com
  • 17. PRINCIPALES OBLIGACIONES FORMACIÓN Y AUDITORÍA Formación > Responsable de Fichero > Administradores y Responsable/s de Seguridad > Usuarios con acceso a Datos Auditoría Siempre que se tengan datos de nivel medio o alto deberán realizarse auditorias para verificar el correcto cumplimento de la normativa de protección de datos. Se plasmarán en el Informe de Auditoría todas las salvaguardas implementadas por la entidad. www.ascendiarc.com
  • 18. DERECHOS DE LOS TITULARES DCP CARÁCTER PERSONALÍSIMO Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son personalísimos y serán ejercidos por el afectado. DERECHOS INDEPENDIENTES Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son derechos independientes, de tal forma que no puede entenderse que el ejercicio de ninguno de ellos sea requisito previo para el ejercicio de otro. Deberá concederse al interesado un medio sencillo y gratuito para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. El ejercicio por el afectado de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición será gratuito y en ningún caso podrá suponer un ingreso adicional para el responsable del tratamiento ante el que se ejercitan. www.ascendiarc.com
  • 19. DERECHOS DE LOS TITULARES DCP DERECHO DE ACCESO El interesado tendrá derecho a solicitar y obtener gratuitamente información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de sus datos así como las comunicaciones realizadas o que se prevén hacer de los mismos. El responsable del fichero resolverá sobre la solicitud de acceso en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la solicitud. Transcurrido el plazo sin que de forma expresa se responda a la petición de acceso, el interesado podrá interponer una reclamación de tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos. www.ascendiarc.com
  • 20. DERECHOS DE LOS TITULARES DCP DERECHO DE RECTIFICACIÓN El derecho de rectificación es el derecho del afectado a que se modifiquen los datos que resulten ser inexactos o incompletos. La solicitud de rectificación deberá indicar a qué datos se refiere y la corrección que haya de realizarse y deberá ir acompañada de la documentación justificativa de lo solicitado. El Responsable del Fichero tendrá la obligación de hacer efectivo el derecho de rectificación en el plazo de diez días. www.ascendiarc.com
  • 21. DERECHOS DE LOS TITULARES DCP DERECHO DE CANCELACIÓN El ejercicio del derecho de cancelación dará lugar a que se supriman los datos que resulten ser inadecuados o excesivos, sin perjuicio del deber de bloqueo. El Responsable del Fichero tendrá la obligación de hacer efectivo el derecho de cancelación en el plazo de diez días. Podrá denegarse el derecho de cancelación en los supuestos en que así lo prevea una ley o una norma de derecho comunitario de aplicación directa o cuando éstas impidan al responsable del tratamiento revelar a los afectados el tratamiento de los datos a los que se refiera el acceso. www.ascendiarc.com
  • 22. DERECHOS DE LOS TITULARES DCP DERECHO DE OPOSICIÓN El derecho de oposición es el derecho del afectado a que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos de carácter personal o se cese en el mismo en los siguientes supuestos: a) Cuando no sea necesario su consentimiento para el tratamiento, siempre que una Ley no disponga lo contrario. b) Cuando se trate de ficheros que tengan por finalidad la realización de actividades de publicidad y prospección comercial. c) Cuando el tratamiento tenga por finalidad la adopción de una decisión referida al afectado y basada únicamente en un tratamiento automatizado de sus datos de carácter personal. El Responsable del Fichero deberá resolver sobre la solicitud de oposición en el plazo de diez días. www.ascendiarc.com
  • 23. RESPONSABILIDADES Y SANCIONES Infracción: LEVE Sanción: 601,01 € a 60.101,21 € Prescripción: 1 año Motivos: > No atender la solicitud de rectificación o cancelación > No proporcionar a la APD información en relación con aspectos no sustantivos de la protección de datos. > No solicitar la inscripción del fichero de datos de carácter personal en el Registro General de Protección de Datos, cuando no sea constitutivo de infracción grave > Proceder a la recogida de datos sin informar de ello > Incumplir el deber de secreto, salvo que constituya infracción grave www.ascendiarc.com
  • 24. RESPONSABILIDADES Y SANCIONES Infracción: GRAVE Sanción: 60.101,21 € a 300.506,05 € Prescripción: 2 años Motivos: > Creación de ficheros o recogida de datos con finalidades distintas de las constituidas > Recogida de datos sin recabar el consentimiento expreso de las personas afectadas. > Tratar los datos o usarlos vulnerando la legislación, cuando no constituya infracción muy grave. > Impedir u obstaculizar el ejercicio de los derechos de acceso y oposición . > Mantener datos de carácter personal inexactos o no efectuar las rectificaciones o cancelaciones. > La vulneración del deber de guardar secreto sobre los datos de carácter personal clasificados como nivel medio.. > Mantener los ficheros, locales, programas o equipos que contengan datos sin medidas de seguridad. > No remitir a la Agencia de Protección de Datos las notificaciones requeridas. > La obstrucción al ejercicio de la función inspectora. > No inscribir el fichero cuando haya sido requerido para ello por el Director de la AEPD. www.ascendiarc.com
  • 25. RESPONSABILIDADES Y SANCIONES Infracción: MUY GRAVE Sanción: 300.506,05 € a 601.012,10 € Prescripción: 3 años Motivos: > Recogida de datos en forma engañosa y fraudulenta. > Comunicación o cesión de datos de carácter personal, fuera de los casos en que estén permitidas. > Recabar y tratar datos de carácter personal de nivel alto sin consentimiento expreso del afectado. > No cesar en el uso ilegítimo de los tratamientos de datos cuando sea requerido para ello por el Director de la APD. > La transferencia temporal o definitiva a países sin un nivel de protección equiparable > Tratar los datos de carácter personal de forma que se atente contra el ejercicio de los derechos fundamentales > Vulneración del deber de guardar secreto sobre los datos de carácter personal de nivel alto. > No atender, u obstaculizar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición. > No atender de forma sistemática el deber de notificación de un fichero. www.ascendiarc.com
  • 26. PARTICULARIDADES EN EL TRATAMIENTO DE DATOS EN LAS ESCUALAS DE IDIOMAS Tipos de datos manejados: especial atención a los datos de menores . Transferencias internacionales de datos . Datos de salud . Imágenes y videos . Internet y redes sociales . www.ascendiarc.com
  • 27. Gracias por su atención. gracias por su atención ¿Alguna pregunta? www.ascendiarc.com Elisa Santolaya Domínguez Consultor Senior [email protected] www.ascendiarc.com