Este documento trata sobre la responsabilidad patrimonial del Estado en la Constitución de Venezuela de 1999 y su recepción en la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia. Resume que la Constitución reconoce expresamente la responsabilidad patrimonial del Estado y que la jurisprudencia ha establecido que el Estado es responsable por daños causados por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. Además, analiza los diferentes tipos de responsabilidad del Estado como administrador, juez y legislador.