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Colegio Divino Salvador
MANUAL DE CONVIVENCIA
Contenido
CAPITULO I.....................................................................................................................6
OBJETIVOS GENERALES DEL COLEGIO DIVINO SALVADOR DE MEDELLÍN .............6
ARTÍCULO Nº 1.-...........................................................................................................................................................................6
CAPITULO II ....................................................................................................................8
GLOSARIO DE TÉRMINOS ..............................................................................................8
CAPITULO III ...................................................................................................................9
PROCEDIMIENTO PARA LA ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE ESTUDIANTES ............9
ARTÍCULO Nº 2.- ESTUDIANTES SALVATORIANOS .................................................................................................................9
ARTÍCULO Nº 3.- PROCESO DE ADMISIONES.............................................................................................................................9
ARTICULO Nº 4.- DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA MATRÍCULA DE ASPIRANTES........................................................9
ARTÍCULO Nº 5.- INDUCCIÓN ACADÉMICA Y FAMILIAR .......................................................................................................10
ARTÌCULO Nº 6.- PERMANENCIA DE LOS (AS) ESTUDIANTES ANTIGUOS(AS) EN LA INSTITUCIÓN......................................10
ARTÍCULO Nº 7.- PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA RESERVA DE CUPO: .......................................................................11
ARTÍCULO Nº 8.- MATRÍCULA..................................................................................................................................................12
ARTÍCULO Nº 9.- DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA MATRÍCULA DE ESTUDIANTES ANTIGUOS .................................12
ARTÍCULO Nº 10.- PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE SALVATORIANO: .................................................................12
ARTÍCULO Nº 11.- REQUISITOS PARA SER ACUDIENTE..........................................................................................................13
ARTÍCULO Nº 12. COSTOS EDUCATIVOS:.................................................................................................................................14
ARTÍCULO Nº 13.- PROCEDIMIENTO CON MOROSOS...............................................................................................................14
CAPITULO IV.................................................................................................................15
LOS (AS) ESTUDIANTES................................................................................................15
ARTÍCULO Nº 14.- PERFIL DEL (LA) ESTUDIANTE SALVATORIANO(A).................................................................................15
ARTÍCULO Nº 15. DERECHOS GENERALES DEL (LA) ESTUDIANTE.........................................................................................15
ARTICULO Nº 16.- PROHIBICIONES...........................................................................................................................................16
ARTÍCULO Nº 17.- DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS (AS) ESTUDIANTES SALVATORIANOS.................................17
ARTÍCULO Nº 18.- ESTÍMULOS Y RECONOCIMIENTOS: ..........................................................................................................18
ARTÍCULO Nº 19.- FALTAS DE TERCER GRADO O LEVES. (Ajustar según ley 1620) .................................................................18
ARTÍCULO Nº 20.- PROCEDIMIENTO ANTE LAS FALTAS LEVES: ...........................................................................................19
ARTÍCULO Nº 21.- FALTAS GRAVES .........................................................................................................................................20
ARTÍCULO Nº 22.- DEBIDO PROCESO ANTE LAS FALTAS GRAVES:........................................................................................21
ARTÍCULO Nº 23.- FALTAS GRAVÍSIMAS.................................................................................................................................23
ARTÍCULO Nº 24. DEBIDO PROCESO ANTE LAS FALTAS GRAVÍSIMAS ..................................................................................25
ARTÍCULO Nº 25.- NORMAS GENERALES SOBRE EL DEBIDO PROCESO: ...............................................................................27
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ARTÍCULO 27 INTERPOSICIÓN DE RECURSO DE REPOSICIÓN................................................................................................27
ARTÍCULO Nº 28.- INASISTENCIA E IMPUNTUALIDAD .........................................................................................................29
ARTICULO Nº 29.- PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS ...............................................................................................30
ARTICULO Nº 30.- CONDUCTO REGULAR.................................................................................................................................30
CAPITULO V ..................................................................................................................31
GOBIERNO ESCOLAR....................................................................................................31
ARTÍCULO 31: LA RECTORA: .....................................................................................................................................................31
ARTÍCULO 32. FUNCIONES DE LA RECTORA: ..........................................................................................................................31
ARTÍCULO Nº 33.- EL CONSEJO ADMINISTRATIVO...................................................32
ARTÍCULO Nº 35.- EL CONSEJO DIRECTIVO: ...........................................................................................................................32
ARTÍCULO 36. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:...........................................................................................................33
ARTÍCULO 37. REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO .......................................................................................................33
ARTÍCULO Nº 38.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS DOCENTES AL CONSEJO DIRECTIVO: ............................34
ARTÍCULO Nº 39.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS PADRES DE FAMILIA AL CONSEJO DIRECTIVO: ............34
ARTÍCULO Nº 40.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO ..................34
ARTÍCULO Nº 41.- CONSEJO ACADÉMICO: ...............................................................................................................................35
ARTÍCULO 42.- FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: .....................................................................................................35
ARTÍCULO 43.- PERFIL DEL JEFE DE ÁREA:..........................................................................................................................35
ARTÍCULO 44.- PERFIL DEL DOCENTE SALVATORIANO ........................................................................................................36
ARTÍCULO Nº 45.- DERECHOS DEL DOCENTE ..........................................................................................................................37
ARTÍCULO 46. DEBERES DEL DOCENTE:.................................................................................................................................38
ARTÍCULO Nº 47.- COMISIÓN ORDINARIA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE GRADO.......................................................38
ARTÍCULO N 48.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN....................................39
ARTÍCULO Nº 49.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN EXTRAORDINARIA DE EVALUCIÓN .........................................................39
ARTÍCULO 50.- REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE GRADO. ..........................................39
ARTÍCULO Nº 51.- PÉRDIDA DE INVESTIDURA DE LOS MIEMBROS........................................................................................39
CAPITULO VI.................................................................................................................40
CONSEJO ESTUDIANTIL ...............................................................................................40
ARTÍCULO Nº 52. ........................................................................................................................................................................40
FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL ................................................................................................................................40
ARTÍCULO Nº 53.- REGLAMENTO DEL CONSEJO DE ESTUDIANTIL........................................................................................40
ARTÍCULO Nº 54. LA REVOCATORIA DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES .................................................................................40
ARTÍCULO Nº 55. DEFINICION DEL CARGO DE PRESIDENTE Y PERSONERO.........................................................................40
ARTÍCULO Nº 56.- REQUISITOS PARA SER ELEGIDO PRESIDENTE Y PERSONERO..............................................................41
ARTÍCULO Nº 57.- PROCESO DE ELECCIÓN DE PRESIDENTE Y PERSONERO.........................................................................41
ARTÍCULO 58. FUNCIONES DEL PRESIDENTE ESTUDIANTIL ..................................................................................................41
ARTÍCULO Nº 60. REGLAMENTO DEL PERSONERO.................................................................................................................42
ARTÍCULO Nº 61. REQUISITOS PARA SER VOCERO DE GRUPO ...............................................................................................43
FUNCIONES: ...............................................................................................................................................................................43
ARTÍCULO Nº 63. - MONITORÍAS...............................................................................................................................................43
CAPITULO VII................................................................................................................44
REGLAMENTO DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA ..........................................44
ARTÍCULO Nº 64.- LOS PADRES DE FAMILIA:...........................................................................................................................44
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ARTÍCULO Nº 65.- PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA:...............................................................................................................44
ARTÍCULO Nº 66.- DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA:.................................................................................................44
ARTÍCULO Nº 67.- DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA:....................................................................................................45
ARTÍCULO Nº 68.- CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA .............................................................................................................46
ARTÍCULO Nº 69.- PERFIL DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE PADRES .............................................................................47
ARTÍCULO Nº 70.- PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE MIEMBRO DEL CONSEJO DE PADRES:......................................................47
ARTÍCULO Nº 71.- CONVOCATORIA Y ELECCIÓN DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: .................................................47
ARTÍCULO 72. PARTICIPACIÓN EN EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN................................................................47
ARTÍCULO Nº 73.- INVITADOS AL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA:..................................................................................48
ARTÍCULO Nº74.- COMITÉS O COMISIONES TEMPORALES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: ...................................48
ARTÍCULO Nº 75.- CONDUCTO REGULAR DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA:...............................................................48
ARTÍCULO Nº 76.- PRESUPUESTO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA:...........................................................................48
ARTÍCULO Nº 78.- FINALIDADES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA....................................................................48
ARTÍCULO Nº 79.- FORMAS DE PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA..........................................................................................49
CAPITULO VIII ..............................................................................................................49
MEDIOS DE COMUNCIACIÓN.......................................................................................49
ARTICULO Nº 80.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA......................................................................................................49
CAPITULO IX.................................................................................................................50
UNIFORMES...................................................................................................................50
ARTÍCULO Nº 81.- UNIFORME DE DIARIO ................................................................................................................................50
CAPITULO X ..................................................................................................................51
SISTEMA DE EVALUACION..........................................................................................51
ARTÍCULO Nº 82.- SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION SALVATORIANO (SIES).......................................................51
ARTÍCULO Nº 83. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN EL ÁMBITO INSTITUCIONAL:....................51
ARTÍCULO Nº 84.- DEFINICIÓN DE EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN SALVATORIANO (SIES).......................52
ARTÍCULO Nº 85.- DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES..................................52
ARTÍCULO Nº 86.- ESTÁNDARES...............................................................................................................................................60
ARTÍCULO Nº 87.- OTRAS DISPOSICIONES ACADÉMICAS ESPECIALES.................................................................................60
ARTÍCULO Nº 88.- PROMOCIÓN DE BACHILLERES ..................................................................................................................61
CAPITULO XI.................................................................................................................61
MODELO PEDAGÓGICO................................................................................................61
Características del líder Salvatoriano desde el enfoque.........................................................61
ARTÍCULO Nº 90.- CURRÍCULO ................................................................................................................................................62
ARTÍCULO Nº 91.- CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL CURRÍCULO............................................................................62
ARTÍCULO Nº 92.- PLAN DE ESTUDIOS: ..................................................................................................................................62
ARTÍCULO Nº 93.- ÁREAS DE FORMACIÓN EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA .....................................................................62
ARTÍCULO Nº 94.- NIVELES OFRECIDOS:...............................................................................................................................63
ARTÍCULO Nº 95.- LA ADOPCIÓN DEL CURRÍCULO Y SUS MODIFICACIONES......................................................................63
CAPITULO XII................................................................................................................63
PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD ................................................................................63
ARTÍCULO Nº 96.- REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO:.....................................................................63
ARTÍCULO Nº 98.- ASPECTO LEGAL.........................................................................................................................................64
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ARTÍCULO Nº 99.- OBJETIVOS DEL PROYECTO SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO: ...............................................................64
ARTÍCULO Nº 100.- REGLAMENTO INTERNO DEL PROYECTO DE SERVICIO SOCIAL ............................................................64
ARTÍCULO 101. SANCIONES AL INCUMPLIMIENTO EN EL PROYECTO DE SERVICIO SOCIAL.............................................64
CAPITULO XIII ..............................................................................................................65
NORMAS DE HIGIENE Y SALUD PÚBLICA ..................................................................65
ARTÍCULO Nº 102.- ASEO DE LA PLANTA FISICA.....................................................................................................................65
ARTÍCULO Nº 103.- SERVICIOS SANITARIOS............................................................................................................................65
ARTÍCULO Nº 104.- NORMAS DE HIGIENE PERSONAL: ...........................................................................................................65
ARTÍCULO Nº 105.- PRESENTACIÓN PERSONAL: .....................................................................................................................65
ARTÍCULO Nº 106. - SALUD PÚBLICA .......................................................................................................................................66
ARTICULO Nº 107. SEGURO DE ACCIDENTES...........................................................................................................................66
ESPECIALES DE BIENESTAR SERVICIOS.....................................................................66
ARTÍCULO 108. SERVICIOS DE BIENESTAR:.............................................................................................................................66
ARTÍCULO Nº 109.- HORARIOS DE ATENCION .........................................................................................................................67
ARTÍCULO 110. CAFETERÍA ......................................................................................................................................................67
ARTÍCULO Nº 111. MODIFICACIÓN AL MANUAL DE CONVIVENCIA .......................................................................................67
ACUERDO No. 01
Por medio del cual se adopta y aprueba el Manual de Convivencia Escolar del Colegio Divino Salvador. El Consejo
Directivo del Colegio Divino Salvador, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley General 115 de 1994 y el
Decreto Nacional 1860 de 1994 en su Artículo Nº 23, y
CONSIDERANDO:
Primero.- Que el Colegio Divino Salvador ha hecho revisiones periódicas al Manual de Convivencia para
implementar el desarrollo de las nuevas normas.
Segundo.- Que las directivas, los docentes, los padres de familia y los/as alumnos/as, estudiaron durante el año 2011
el Manual de Convivencia.
Tercero.- Que en los últimos años han sido derogadas algunas normas y reemplazadas por otras regulaciones, lo que
hace urgente reestructurar la normatividad del Manual de Convivencia en materias jurídica y procedimental.
Cuarto.- Que luego de la revisión legal por parte del Asesor de la Institución se hicieron los ajustes a la norma
concerniente al Manual de Convivencia.
Quinto.- Que el Consejo Directivo, en la reunión del 2 de Febrero de 2012, recogió las sugerencias legítimas en
desarrollo de las prácticas participativas y que, en consecuencia, el Consejo Directivo
ACUERDA:
Artículo 1. Adoptar el presente Manual de Convivencia Escolar para regir las relaciones de la Comunidad
Educativa a partir del año 2012.
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Artículo 2. Ordenar al Consejo Directivo, en cabeza de la Rectora, la revisión periódica del Manual de Convivencia,
en desarrollo de la Evaluación Institucional y de las normas vigentes a nivel Nacional, Departamental y Municipal.
Estos ajustes se adjuntarán al presente Manual en una fe de erratas, cuando sea necesario.
Artículo 3. El presente acuerdo rige a partir de su publicación y debe ser conocido por los(as) estudiantes,
acudientes, padres y madres de familia antes de la matrícula.
Artículo 4. Recibir sugerencias para la revisión del Manual de Convivencia hasta el mes de septiembre, siempre y
cuando no haya legislación que amerite otra situación.
Artículo 5: El Manual de Convivencia Escolar del Colegio Divino Salvador – Medellín se adjunta a continuación y
se da a conocer a toda la comunidad educativa.
Comuníquese y cúmplase
Dado en Medellín a () del mes de Febrero de 2012.
PRESENTACIÓN
La Comunidad Educativa del COLEGIO DIVINO SALVADOR – MEDELLÍN, conformada por las Hermanas del
Divino Salvador, propietarias de la Institución, la Hermana Rectora, los docentes, los(as) estudiantes, los padres de
familia, los ex alumnos(as), el personal administrativo y el personal de apoyo, guiados por el Proyecto Educativo
Salvatoriano (PES), promueve el siguiente Manual de Convivencia para establecer los criterios de formación y
convivencia pacífica, fortaleciendo la consolidación de los principios y valores de la filosofía Salvatoriana.
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
1. Asumir los fines establecidos en la Constitución Política, la Ley General de Educación y los
Decretos reglamentarios generando espacios de participación y diálogo, que faciliten y regulen el
ejercicio de la libertad y responsabilidad de todos los integrantes de la Comunidad Educativa
Salvatoriana.
2. Brindar un ambiente evangelizador que, a través de la formación en valores Salvatorianos,
promueva una cultura humanizante y una convivencia pacífica.
3. Mejorar continuamente el rendimiento académico de los y las estudiantes.
4. Propiciar habilidades laborales enfatizando el inglés, la informática y la formación de líderes a
través de proyectos pedagógicos y lúdicos.
5. Garantizar un diseño curricular adecuado que favorezca la formación integral.
6. Garantizar el mejoramiento continuo del S.G.C. en el Colegio Divino Salvador.
7. Satisfacer las expectativas del cliente ofrecidas en el Manual de Convivencia, a través del servicio
educativo para la sostenibilidad del Colegio Divino Salvador.
Para la elaboración del presente Manual se han tenido en cuenta:
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1°. La normatividad vigente: La Constitución Política de Colombia de 1991, la Ley General de Educación 115 de
1994, la Ley 1098 de 2006, el Decreto 1860 de 1994, el Decreto 1290 de 2009 y demás normas establecidas en el
marco jurídico nacional.
2° Las directrices de la filosofía Salvatoriana: Principios y valores enmarcados en el proyecto de Pastoral de la
Provincia de las Hermanas del Divino Salvador en Colombia.
PRINCIPIOS ORIENTADORES
PARA LA APLICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
Aplicación de principios e integración normativa: En la aplicación del régimen disciplinario prevalecerán los
principios rectores contenidos en este Manual y en la Constitución Nacional.
Abuso del Derecho: El(la) estudiante que abuse de los derechos, incumpla sus deberes y compromisos o incurra en
faltas contra el buen comportamiento, se hará acreedor(a) a una acción correctiva.
Función de la Acción Correctiva: Tiene función preventiva, retributiva, protectora, reparadora y re- socializadora.
Buena fe: Siempre debe presumirse la buena fe en la conducta de el (la) estudiante, sujeto de la acción correctiva o
sanción.
* Cuando se cometa una falta y ésta afecte el normal desarrollo de las actividades, sin que exista causal de
justificación, se considerará contraria a la Ley”.
Culpabilidad: Cuando sea necesario llevar un proceso disciplinario-pedagógico, quedará prohibida toda forma de
responsabilidad objetiva, en todo caso las faltas sólo serán sancionables a título de dolo o culpa.
Debido proceso: Al miembro de la comunidad educativa que deban aplicarse las acciones aquí dispuestas, le serán
aplicadas las normas existentes al caso atribuido ante quien sea competente, previamente establecido y observando
las formas propias de la Constitución y de este Manual, salvo que se trate del personal administrativo o docente, caso
en el cual se aplicará el procedimiento descrito para ellos.
Derecho a la defensa. El (la) estudiante que sea objeto de una investigación, tiene derecho a conocer la queja y las
pruebas que se alleguen a la investigación, a que se practiquen las pruebas que solicite, a ser oído(a) en declaración
de descargos, para lo cual puede estar acompañado(a) de sus padres, acudientes o personero estudiantil e interponer
los recursos establecidos en este Manual
Garantía de la labor educativa: Todo miembro de la comunidad educativa ejercerá sus derechos, cumplirá sus
deberes y respetará las prohibiciones establecidas.
Interpretación del orden interno: En la interpretación y aplicación de la ley disciplinaria se debe tener en cuenta
que la finalidad del proceso es la prevalencia de la justicia, la creación de valores y la formación integral de los(as)
estudiantes.
Protección de Derechos e Intereses de la Comunidad Educativa. (Bien Común): El ejercicio de los derechos de
los(as) estudiantes, de sus padres o acudientes autorizados, supone responsabilidad frente a los derechos de los(as)
demás estudiantes y de cada uno de los estamentos que componen la comunidad educativa de la Institución.
Reconocimiento de la dignidad humana. Todo (a) estudiante o miembro de la Comunidad Educativa que se
relacione con la Institución, a quien le sea atribuida una falta, tiene derecho a ser tratado con el respeto debido a la
dignidad inherente al ser humano.
CAPITULO I
OBJETIVOS GENERALES DEL COLEGIO DIVINO SALVADOR DE MEDELLÍN
ARTÍCULO Nº 1.-
1. Asumir los fines establecidos en la Constitución Política, la Ley General de Educación y los Decretos
reglamentarios
2. Tener en cuenta la visión Antioquia siglo XXI: En el año 2012, Antioquia será la mejor esquina de América,
el Plan Educativo del Departamento y el Plan Decenal de Educación 2006 – 2015.
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3. Brindar un ambiente evangelizador, a través de la formación en valores Salvatorianos para lograr una cultura
humanizante y una convivencia pacífica
4. Interpretar la realidad a la luz del Carisma Salvatoriano cuya finalidad es comprometer a todos los hombres
y mujeres en solidaridad por la esperanza y la vida, a través de los valores evangélicos para generar identidad
con Proyecto Educativo Salvatoriano.
5. Facilitar acciones tendientes a comprometer a la Comunidad Educativa con la defensa de la vida en todas sus
manifestaciones.
6. Crear hábitos de investigación en la adquisición del conocimiento ligado a los intereses del ser humano en su
transformación y liberación.
7. Propiciar espacios de participación, que faciliten y regulen el ejercicio de la libertad y responsabilidad de
todos los integrantes de la Comunidad Educativa Salvatoriana.
8. Fomentar y estimular el diálogo entre los diferentes estamentos de la Institución.
9. Promover valores y actitudes que permitan al (la) estudiante asumir las normas como medios para la
formación de su personalidad.
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CAPITULO II
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Acudiente: Persona que asume, desde el instante en que se firma la matrícula, las responsabilidades de los padres
ante la Institución, cuando éstos no están en capacidad de responder por el (la) estudiante.
Autoridad: Estamento o persona que ejerce el mando y puede exigir obediencia dentro del marco de la legislación.
Acción Correctiva: Acción tomada para eliminar las causas de una situación presentada.
Amonestación: Llamado de atención verbal o escrito que se hace a los(as) estudiantes.
Apelación: Recurso que se interpone ante la instancia superior para que modifique, aclare, revoque o sustituya la
decisión de la instancia anterior.
Buen Comportamiento: Forma adecuada de conducta en beneficio propio y comunitario.
Circunstancia atenuante: Aquella que disminuye la responsabilidad del quien cometió la falta.
Circunstancia agravante: La que aumenta la responsabilidad de quien cometió la falta.
CPC: Constitución Política de Colombia.
CES: Comunidad Educativa Salvatoriana.
PES: Proyecto Educativo Salvatoriano.
SGC: Sistema de Gestión de Calidad.
SIES: Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano
Correctivos Pedagógicos: Estrategias para remediar una falta, tendientes a reforzar el rendimiento académico,
formativo y disciplinario.
Comunidad Educativa: Conjunto de personas que participan en las acciones educativas de la Institución.
Compromiso: Responsabilidad que asumen los padres o acudientes y el (la) estudiante en el proceso formativo.
Conciliación: Acción mediante la cual dos posturas encontradas se ponen de acuerdo y llegan a un arreglo
beneficioso para ambas.
Contrato: Es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, del cual nacen derechos y obligaciones reciprocas
Consenso: Consentimiento unánime.
Conflicto: Situación que se presenta entre dos o más personas por desavenencia, desacuerdo o dificultad para
establecer una relación afable.
Cuaderno de Seguimiento: Registro de comportamientos de los(as) estudiantes.
Debido Proceso: Pasos, que se deben seguir en la aplicación de correctivos.
Educación Integral: Es la educación que promueve el desarrollo armónico e integral de la persona.
Falta: Incumplimiento de las normas establecidas, dentro o fuera de la Institución,
Flagrancia: Evento en el cual un estudiante es sorprendido en la ejecución de un acto no permitido.
Manual de Convivencia: Medio pedagógico-formativo que orienta, regula e ilumina las acciones del proceso
educativo acorde con la Política de Calidad, la Misión y Visión, los Principios Filosóficos de la Comunidad de
Hermanas del Divino Salvador, la Constitución Política Nacional y los Fundamentos de la Educación Integral.
Observador del (la) Estudiante: Registro del seguimiento que se hace al comportamiento del (la) estudiante.
Promoción: Paso de un grado a otro superior.
Proyecto Educativo Salvatoriano P.E.S: Es la ruta de navegación del Colegio Divino Salvador, el derrotero que la
Comunidad Educativa Salvatoriana aplica para lograr la formación integral de sus estudiantes. Especifica la
filosofía de la Institución y su propuesta pedagógica y responde a las necesidades de la comunidad educativa, (cfr.
Ley115, Artículo 73).
Recurso de Reposición: Instrumento jurídico para manifestar las razones de hecho y de derecho por las cuales no se
está conforme con la decisión contenida en una Resolución Rectoral.
Sanción: Es la consecuencia que acarrea el cometer una falta y que se impone acorde con el grado de la misma.
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CAPITULO III
PROCEDIMIENTO PARA LA ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE ESTUDIANTES
ARTÍCULO Nº 2.- ESTUDIANTES SALVATORIANOS
Se adquiere el carácter de estudiante del Colegio Divino Salvador en el momento de firmar la matrícula, previa
verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría
de Educación del Municipio y el reglamento de la Institución.
ARTÍCULO Nº 3.- PROCESO DE ADMISIONES
Aspirantes: Son quienes desean ingresar al establecimiento educativo.
Procedimiento:
1. Adquirir y diligenciar el Formulario de Inscripción
2. Conocer el Manual de Convivencia, a través de la pagina Web
3. Inducción de estudiantes, familias y/o acudientes.
4. Entrevista (Institucional y Psicológica)
5. Publicación de resultados en la página Web
6. Asistencia a la matrícula, en el día señalado, del estudiante, los padres de familia y/o acudiente,
y presentar todos los requisitos exigidos.
7. Firma de matrícula y contratos.
Parágrafo 1º.- A partir del grado primero de primaria es indispensable haber aprobado el grado anterior y poder
justificarlo con la documentación correspondiente, de acuerdo a la legislación vigente.
ARTICULO Nº 4.- DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA MATRÍCULA DE ASPIRANTES
Presentar a la secretaría de la Institución, en un plazo máximo de una semana, el Formulario de Inscripción
debidamente diligenciado, junto con los siguientes documentos:
1. Guía de matrícula.
2. Contrato de Cooperación Educativa y Pagaré, firmados por quien va a responder económicamente por el
estudiante. Cuando el acudiente no sea uno de los padres, antes de firmar la matrícula, debe presentar el
documento autenticado en la notaria donde los padres le deleguen la responsabilidad del acudido ante la
Institución
3. Factura de costos educativos cancelada
4. Registro de información de la institución de procedencia, según formato del Colegio Divino Salvador
5. Registro civil, original o copia.
6. Hoja de vida del estudiante -observador original- entregado por la institución de procedencia con las
respectivas firmas de la coordinación académica, el director de grupo, el padre de familia, el estudiante y el
rector.
7. Informe académico final del año anterior debidamente firmado.
8. Otros documentos que las directivas o las normas vigentes ameriten necesarios.
9. Paz y salvo de la institución de procedencia.
10. Certificado de estudios del año anterior al cual se va a matricular, en papel membrete, con los siguientes
datos: código ante el DANE, número del certificado, resolución de aprobación de estudios que cubra el
grado cursado por el estudiante, grado, año, folio de calificaciones, folio de matrícula, nombre completo del
(la) estudiante de acuerdo al registro civil, todas las áreas nombradas según la Ley 115, valoración final
(según normatividad vigente), intensidad horaria semanal, refuerzos de las áreas deficientes con la fecha y
concepto final del refuerzo, plan de estudios, según acta del Consejo Directivo y los decretos de promoción
vigentes, jornada escolar, lugar y fecha de expedición, firmas autorizadas de rector(a), secretario(a), cédula
y cargo.
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11. Fotocopia del documento de identidad, para estudiantes mayores de 7 años.
12. Fotocopia del carné de vacunación para preescolar, 1º y 2o. Decreto 2287 del 12 de agosto de 2003.
13. Recibo de Asociación de Padres de familia.
Parágrafo 1º.- Si falta alguno de los requisitos, no se formalizará la matrícula (sin excepciones).
Parágrafo 2º.- La Institución se reserva el derecho de recibir o no a un aspirante después de estudiar los
documentos y la disponibilidad de cupos.
Parágrafo 3º. La Institución no ofrece transporte escolar.
ARTÍCULO Nº 5.- INDUCCIÓN ACADÉMICA Y FAMILIAR
1. Inducción de estudiantes: Todo estudiante que desee ingresar a la Institución necesita aprobar una
inducción académica correspondiente al grado al que aspira. El (la) estudiante que obtenga como resultado
un desempeño bajo en las áreas de lengua castellana, matemáticas o inglés, presenta constancia de
inscripción a un semillero en el área específica, como requisito para iniciar el año escolar.
2. Inducción a la Familia: El mismo día de la inducción del estudiante, se realiza la reunión de inducción con
las familias nuevas. Su objetivo es presentar el Proyecto Educativo Salvatoriano y el Manual de
Convivencia e introducirlos en el manejo de la página WEB como instrumento de comunicación con la
Institución.
3. Compromiso de aceptación del Manual de Convivencia: Terminado este curso, el padre y la madre
deben manifestar, con su firma que conocen y aceptan el Manual de Convivencia y que están de acuerdo
con las políticas institucionales. Adquieren el compromiso de hacerlo conocer a su hijo (a) antes de la
matrícula. En esta inducción se entrega la citación para la entrevista.
4. Entrevistas: Se hacen con el padre, la madre y/o acudiente legal autorizado y el (la) estudiante. En la
entrevista se analiza la disposición de la familia para asumir la filosofía ofrecida por la Institución y la
posibilidad que tiene la Institución para responder a sus expectativas. Si la Institución detecta que por
alguna circunstancia, dada la naturaleza del servicio educativo, no puede responder a las expectativas de la
familia o del estudiante, se reserva el derecho de admisión.
5. Cuando un estudiante es aceptado para matrícula extemporánea y no hay suficiente personal para realizar
la reunión de inducción familiar, ésta se realizará durante la entrevista y en ella se firmará el compromiso de
aceptación del Manual de Convivencia.
6. Si el caso lo amerita a juicio de las directivas, la Rectora realiza una tercera entrevista personal y define el
resultado del proceso
Parágrafo 1º.- En la página Web de la Institución se fija la lista de estudiantes que aprobaron el proceso de
inducción.
Parágrafo 2.- El costo de la inscripción no es reembolsable, excepto en casos especiales.
ARTÌCULO Nº 6.- PERMANENCIA DE LOS (AS) ESTUDIANTES ANTIGUOS(AS) EN LA
INSTITUCIÓN
Estudiantes antiguos son los que han cursado en el establecimiento el año académico inmediatamente anterior. Para
permanecer en el Colegio, un estudiante debe hacerse merecedor de la Reserva de Cupo, cuyos requisitos se especifican
en este Manual.
Reserva de Cupo: La reserva es el documento que se entrega al estudiante que ha cumplido satisfactoriamente con sus
compromisos, como garantía para conservar su cupo al año siguiente. Se entrega con el Informe Académico y
Comportamental del tercer periodo.
De conformidad con el Artículo 96 de la Ley 115 de 1994, este Manual establece las condiciones de permanencia
del estudiante en el plantel y las causas de pérdida del carácter de estudiante Salvatoriano.
11
ARTÍCULO Nº 7.- PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA RESERVA DE CUPO:
En reunión de Comisión de Evaluación Ordinaria, los docentes estudian la hoja de vida de cada estudiante teniendo en
cuenta:
1. El comportamiento observado según el Manual de Convivencia. .
2. La aprobación de las áreas.
3. La responsabilidad en los compromisos adquiridos anteriormente y el progreso alcanzado.
4. En caso de haber sido matriculado con Contrato Pedagógico, haber superado las deficiencias durante el año.
5. Estar a paz y salvo por todo concepto.
6. El padre, madre o acudiente debe haber cumplido con los deberes estipulados para ellos en este Manual y
haber asistido a citaciones, reuniones y al proyecto Escuela de Padres.
Parágrafo 1º.- Todos estos criterios se deben cumplir al finalizar el tercer período, según la causal de la retención
del cupo, e irán recibiendo respuesta a su solicitud a lo largo del cuarto período, siempre y cuando estudiantes,
padres y/o acudientes vayan superando las situaciones problemáticas. Si finalizado el plazo previsto, no se ha
superado la dificultad ni se han acercado a dialogar, la Institución dispone del cupo asignándolo a nuevos candidatos.
EL RESULTADO DE ESTE ESTUDIO PUEDE SER RESERVA APROBADA, RETENIDA, O SUSPENDIDA,
Reserva aprobada:
1. Devolver la reserva diligenciada en los ocho días siguientes.
2. La no devolución oportuna de la Reserva de Cupo, significa que el estudiante no necesita el cupo para el año
siguiente y deja en libertad para disponer de él.
RESERVA RETENIDA:
1. Si el estudiante no recibió la Reserva de Cupo por incumplimiento de alguno de los numerales del Artículo 7 de
este Manual, y no tiene faltas graves, su reserva le queda retenida y si desea continuar en la Institución, para
recuperarla r debe demostrar el cambio de actitud en el cuarto período con su comportamiento. El plazo para
reconsiderar su reserva es la primera semana de noviembre y debe devolverse debidamente diligenciada dos días
después de su entrega.
La Reserva de Cupo es retenida:
2. Por los coordinadores a causa de comportamiento o deficiencia académica hasta la primera semana de
noviembre.
3. Por el no pago oportuno de pensiones, u otras deudas, reposarán en la Tesorería.
4. Por el incumplimiento de los deberes de padres, madres o acudientes, estos casos serán analizados y resueltos
en Rectoría.
Reserva suspendida: No tendrán renovación de Contrato de Matrícula o Reserva de Cupo, los (as) estudiantes que:
1. Atenten contra el buen nombre e imagen de la Institución.
2. Representen algún peligro para los miembros de la Comunidad Educativa.
3. Su acudiente no responda a los llamados de la Institución (entrega de informes, citaciones particulares, Proyecto
Escuela de Padres u otros), caso en el cual, si hay evidencia de abandono del menor, se pondrá en conocimiento
de alguna autoridad competente.
4. Los (as) estudiantes cuyos padres no hayan cumplido con el Contrato de Matrícula y no estén a paz y salvo con
la Institución.
5. Los (as) estudiantes que no colaboren con su formación, actitud que se manifiesta en el no acatamiento de la
norma, impidiendo así su proceso formativo.
6. Los (as) estudiantes que por su situación personal comprobada, ameriten una institución de características
particulares, que no son ofrecidas en el Proyecto Educativo Salvatoriano.
7. Los(as) estudiantes que hayan perdido el año por segunda vez.
Parágrafo 1º. No diligenciar la Reserva de Cupo oportunamente o no presentarse a la matrícula en los días fijados
por la Institución. Actitud que demuestra desinterés para hacer la matrícula y autoriza a la Institución para disponer
del cupo.
12
Parágrafo 2º.- Queda a juicio de la Rectora, el Consejo Directivo y el Consejo Académico la negación del cupo a
estudiantes antiguos(as), según las orientaciones dadas en los Artículos 7 y 8 del Manual de Convivencia.
Parágrafo 3º.- Ya que el proceso de admisiones no se interrumpe por un caso incierto, como es el de quienes no
diligencien y devuelvan oportunamente la Reserva de Cupo, o de quienes no hayan merecido la reserva, la Institución no
se hace responsable de guardar cupos sin la debida garantía de cubrirlos. La reserva de un cupo es responsabilidad del
estudiante, el padre, la madre o acudiente legalmente autorizado.
ARTÍCULO Nº 8.- MATRÍCULA
Es el acto que formaliza la vinculación de los estudiantes y sus familias al servicio educativo. Se realizará por una
sola vez al ingresar al establecimiento, pudiéndose establecer renovaciones para cada año lectivo (Ley 115/ 95). Este
acto se registra y refrenda con las firmas del estudiante, sus padres de familia y/o acudiente legalmente autorizado,
la Rectora y la secretaria
Parágrafo 1º: Quien firma el Contrato de Matrícula y el Pagaré, debe ser la misma persona que firma el folio de
matrícula.
Parágrafo 2º: Cuando un estudiante se retira sin terminar el año escolar, deberá formalizar la cancelación de la
matrícula. En caso contrario la cuenta de cobro sigue vigente.
ARTÍCULO Nº 9.- DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA MATRÍCULA DE ESTUDIANTES
ANTIGUOS
1. Guía de Matrícula.
2. Desprendible debidamente firmado, del comprobante de aceptación del contrato de cooperación educativa
publicado en Cibercolegios.
3. Factura cancelada de los costos educativos.
4. Pagaré (el cual será diligenciado y firmado el día de la matrícula).
5. Paz y salvo de la Institución.
6. Recibo de Asociación de Padres de Familia.
7. Carta laboral de padres y/o acudientes.
8. Fotocopia de la Tarjeta de Identidad, para estudiantes mayores de 7 años.
Parágrafo 1: En caso que el estudiante haya presentado dificultades comportamentales o académicas, pero haya
mostrado intención de superación y se haya hecho merecedor de la Reserva de Cupo, debe firmar Contrato
Pedagógico antes de firmar el folio de matrícula.
Parágrafo 2. Estos requisitos son de cumplimiento obligatorio salvo que la ley emita otro concepto. Si falta uno de
ellos, no se formalizará la matricula.
Reingresos: Son los(as) estudiantes que han estado vinculadas a la Institución con anterioridad pero se han retirado por
diferentes motivos. Los estudiantes que solicitan reingreso tendrán el mismo tratamiento de los(as) aspirantes
nuevos(as).
Matrícula extemporánea: Tiene el mismo procedimiento y la admisión está supeditada a la disponibilidad de cupo, y a
al informe académico y comportamental. El recargo económico adicional será del 3% sobre el valor de la matrícula.
ARTÍCULO Nº 10.- PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE SALVATORIANO:
Para conservar la condición de estudiante Salvatoriano, debe cumplir con lo estipulado en el Proyecto Educativo
Salvatoriano, el Manual de Convivencia y el Contrato de Cooperación Educativa.
Esta condición se pierde por:
13
1. Cierre de la Institución o cuando, por fuerza mayor, se deban reducir grupos o cupos.1
2. Cancelación voluntaria de la matrícula, para lo cual el padre de familia o acudiente autorizado que asumió la
responsabilidad en la matrícula, deberá presentarse personalmente y explicar a la Rectora el motivo de la
cancelación.
3. Incumplimiento de los requisitos señalados por la Institución.
4. Actitud inadecuada del padre, madre de familia o del acudiente legalmente autorizado, contra algún miembro de
la Comunidad Educativa.
5. Comportamiento no acorde con el perfil definido en el presente Manual a través de los valores y las normas
establecidos en el mismo.
6. Falta de apoyo y colaboración sincera y permanente de los padres o acudientes en el proceso formativo del
estudiante, así como irrespeto en la solución de conflictos con docentes y directivas del plantel.
7. Inasistencia habitual injustificada del (la) estudiante, según Decreto 1860, Artículo 53.
8. Cancelación de la Matrícula en la Institución, aprobada por el Consejo Directivo, con base en una causa legal o
reglamentaria.
9. Presentación de documentos falsos o fraude en el momento de la matrícula o para resolver otra situación de la
vida escolar.
10. No presentarse a diligenciar el proceso de Reserva de Cupo y/o matrícula en las fechas y horas asignadas por la
Institución, o sin los requisitos señalados para el proceso.
11. Demora o incumplimiento de la(s) obligación(es) por parte de los padres de familia o acudiente legalmente
autorizado, en el pago de pensiones, o el no proveer a los estudiantes los recursos necesarios.
12. Incumplimiento del Contrato Pedagógico.
13. Faltas gravísimas y reincidencia en las mismas.
14. Comportamiento que afecte el bien común o ponga en peligro algún miembro de la Comunidad Educativa.
15. Término del ciclo de educación media.
Parágrafo único: Si el estudiante, padre de familia o acudiente incumplen, el contrato de cooperación educativa se
da por terminado.
ARTÍCULO Nº 11.- REQUISITOS PARA SER ACUDIENTE
1. Respetar el carácter Católico de la Institución.
2. El padre, la madre o un tercero legalmente autorizado ante notaria.
3. Ser mayor de edad.
4. Tener la capacidad económica demostrada en los documentos exigidos por la Institución, para respaldar al
acudido en cuanto a los gastos educativos.
5. Pagar oportunamente las pensiones y compromisos adquiridos en el contrato de matrícula.
6. Presentarse oportunamente a la Institución cuando sea citado para tratar asuntos concernientes al acudido.
7. Presentarse a la matrícula el día y hora señaladas por la Institución.
8. Asistir a las reuniones y Escuela de Padres.
9. Respetar al personal de la Institución.
10. Acatar las directrices, términos y conducto regular establecido institucionalmente para la solución de diferencias
y recepción de opiniones.
11. Abstenerse de interferir negativamente en el quehacer del personal institucional.
Parágrafo único: El incumplimiento de los numerales 1, 9, 10 y 11 le dará la facultad a la Rectora del Colegio para
que, mediante resolución Rectoral, decida no aceptar a esa persona como acudiente.
En consecuencia la figura de acudiente será ejercida por el padre o al madre que no incurrió en la causal o por un
tercero que cumpla los requisitos del numeral 2 de este Artículo.
1
Ley General de Educación .Art. 96
14
ARTÍCULO Nº 12. COSTOS EDUCATIVOS:
El Colegio Divino Salvador actualmente se encuentra bajo el Régimen de Libertad Regulada. Por este motivo, para
poner en vigencia las tarifas, sólo requiere comunicarlas a la autoridad competente acompañada correspondiente estudio
de costos (<biblio>), con sesenta días calendario, previo a la fecha fijada para la matrícula de los (as) estudiantes. Las
tarifas propuestas podrían aplicarse, salvo que sean objetadas por la autoridad respectiva. En todo caso, la Institución se
reglamenta por la normatividad vigente para los Colegios Privados.
1. Valor de la inscripción: Es la suma que paga el aspirante para dar inicio al proceso de inscripción, el cual cubre
pruebas académicas, psicológicas y entrevistas.
2. Valor de la matrícula: Es la suma anticipada que se paga una vez al año, en el momento de formalizar la
vinculación del estudiante al servicio educativo ofrecido por el Colegio Divino Salvador, o cuando esta
vinculación se renueva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley 115 de 1994. Este valor es
correspondiente al 10% de la pensión anual que adopte el Colegio.
3. Pensión: Es la suma anual que se paga al establecimiento educativo privado por el derecho que adquiere
el/la estudiante de participar en el proceso formativo durante el respectivo año académico. Su valor será
igual a la tarifa anual menos la suma ya pagada por concepto de matrícula, es decir el 90%. En el Colegio
Divino Salvador, la pensión se paga en 10 cuotas iguales canceladas los diez primeros días de cada mes.
4. Salidas Pedagógicas.
5. Salidas Culturales y Recreativas.
6. Carnet estudiantil.
7. Seguro Estudiantil - Cibercolegios
8. Martes de Prueba.
9. Papelería, inscripción de estudiantes nuevos - Modulo de Artística.
10. Ceremonia de grado para estudiantes de Grado 11.
Parágrafo 1°: Derecho de grado para estudiantes de Preescolar al finalizar el tercer periodo.
Parágrafo 2°: Otros cobros Institucionales:
 Facturación en caso de pérdida.
 Semilleros extra-clase.
 Certificados y constancias de estudio.
ARTÍCULO Nº 13.- PROCEDIMIENTO CON MOROSOS.
Este Manual, atendiendo al Artículo Nº 25 del Decreto 2253 de 1995, establece el siguiente procedimiento en caso de
morosos:
1. El plazo para pagar la pensión son los diez primeros días calendario de cada mes.
2. El atraso en el pago de pensiones incurre en el pago de intereses por mora equivalente a la tasa legal
vigente autorizada por la Superintendencia, a partir del día 11 (once) de cada mes. (Febrero a Noviembre)
3. Si el padre de familia se atrasa en el pago de un mes de pensión, recibirá un comunicado a través de
Cibercolegios. En caso de no ponerse al día en sus obligaciones económicas se cita a Tesorería con el fin de
acordar la fecha de pago
4. Al segundo mes y por el incumplimiento de los compromisos por parte de los padres de familia o acudiente
legal autorizado, serán reportados a FENALCO.
Parágrafo 1º. El no pago oportuno de los compromisos económicos, acarrea la pérdida del cupo en la Institución
para el año siguiente.
15
CAPITULO IV
LOS (AS) ESTUDIANTES
ARTÍCULO Nº 14.- PERFIL DEL (LA) ESTUDIANTE SALVATORIANO(A)
Persona única, original, autónoma, sujeto y agente de su propia educación. Aporta posibilidades, interés y esfuerzo
para aprender a vivir valores humanos con todas sus potencialidades para proyectarlas y crear estructuras justas que
le permitan una convivencia más humana y fraterna. Se distingue porque:
1. Asume, en hechos observables, la filosofía Salvatoriana: Jesús Salvador es su referente de vida.
2. Testimonia las condiciones necesarias para la convivencia humana. Infunde y fomenta el compañerismo
sano.
3. Ennoblece y da esplendor a su personalidad, empleando un vocabulario y modales propios de un estudiante
Salvatoriano.
4. Protege el medio ambiente cuidando y embelleciendo la Institución.
5. Se destaca como líder en la construcción de la paz.
6. Asume con responsabilidad el cumplimiento de sus deberes académicos, aportando interés y esfuerzo en el
desarrollo de todas sus potencialidades.
7. Manifiesta amor a la Institución en el cuidado de los enseres propios y ajenos.
8. Respeta a todos los miembros de la Comunidad Educativa.
9. Proclama sus deberes y derechos con actitudes observables y demuestra así su amor a la Patria.
10. Ayuda y está atento a las necesidades de los compañeros(as).
ARTÍCULO Nº 15. DERECHOS GENERALES DEL (LA) ESTUDIANTE
De acuerdo con el Artículo 44 la Constitución Nacional, son derechos fundamentales de los niños (as): la vida, la
integridad física, la salud, la seguridad social, la alimentación equilibrada, el respeto a su nombre y nacionalidad,
vivir son su familia y no ser separado de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre
expresión de sus opiniones. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro,
venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos
consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.
La familia, la sociedad y el Estado tienen obligación de asistir y proteger al niño (a) para garantizar su desarrollo
armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir a la autoridad competente su
cumplimiento y la sanción de los infractores.
Además de los derechos establecidos en la Constitución y la ley, como integrante de esta Institución el (la)
estudiante tiene derecho a:
1. Recibir la formación integral, conforme a la Ley General de Educación 115, a la ley 1098, en sus Artículos 24,
42, 43, 44 y 45 los cuales se anexan al presente Manual de Convivencia; de igual manera a los Decretos
Reglamentarios y a la filosofía de la Institución Salvatoriana.
2. Recibir una educación religiosa católica, de conformidad con la filosofía del Colegio Divino Salvador y
expresada en el Proyecto Educativo Salvatoriano (PES), la cual es previamente aceptada en el contrato de
cooperación educativa por el estudiante, padres de familia y/o acudiente.
3. Estar provisto, por parte de sus padres, de todos los materiales y útiles necesarios para el desarrollo de las
diferentes actividades escolares.
4. Gozar de un ambiente tranquilo que favorezca el desarrollo del proceso enseñanza - aprendizaje.
5. Contar con espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo.
6. Participar en programas de nivelación, recuperación y planes de apoyo de los estudiantes que presenten un
desempeño bajo en las diferentes áreas.
7. Ser respetados y permitirles y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y
extranjeras.
16
8. Participar de actividades conducentes al conocimiento en todas las áreas, al respeto y conservación del
patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional, de acuerdo con la propuesta pedagógica
Salvatoriana y las condiciones establecidas en este Manual.
9. Conocer oportunamente, a través del portal educativo Cibercolegios, los programas académicos, los indicadores
de competencia y el Sistema de Evaluación Salvatoriano.
10. Conocer periódicamente el resultado académico y comportamental de su proceso formativo.
11. Ser evaluado según el proceso establecido oficialmente y de acuerdo con las orientaciones establecidas en el
Sistema de Evaluación Salvatoriano.
12. Solicitar oportunamente y con el debido respeto, las correcciones a los resultados en el proceso evaluativo.
13. Participar personalmente o a través del Vocero de grupo, en eventos, actividades o comités propiciados por la
Institución a nivel interno o externo, que le permitan conocer y desarrollar sus potencialidades.
14. Elegir y ser elegido(a) para los diferentes órganos del Gobierno Escolar, de acuerdo con las normas vigentes y
los perfiles establecidos en el presente Manual.
15. Recibir, dentro de los horarios establecidos, los servicios de bienestar estudiantil que ofrece la Institución: psico
-orientación, capellanía, biblioteca, primeros auxilios y cafetería.
16. Contar con el acompañamiento, orientación y estímulo de los Docentes.
17. Manifestar sus opiniones personales de manera oportuna y respetuosa a cualquier miembro de la Comunidad
Educativa, a quien corresponda decidir la situación observable y susceptible de cambio.
18. Aportar ideas e iniciativas que ayuden a la buena marcha de la Institución.
19. Ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares, hechas a través de los conductos regulares, enmarcados
en la veracidad, el respeto por la Institución y por las personas vinculadas a ésta.
20. Presentar respetuosa y oportunamente los argumentos que justifican sus actitudes o conductas frente a un
llamado de atención o sanción. (Derecho a la defensa).citar
21. Presentar por escrito los descargos con argumentos y pruebas de los hechos presentado por el (la) docente o
director (a) de grupo, el compañero (a) vocero de grupo, el coordinador(a) o la Rectora, frente a una falta
determinada. (Debido proceso).
22. Participar en el estudio y revisión del Manual de Convivencia.
23. Recibir el carnet estudiantil dentro de los 45 días siguientes a la iniciación de las clases.
24. Desarrollar libremente su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el
orden jurídico (Constitución Política Artículo Nº 16).
25. Participar en la evaluación institucional.
26. Conocer con anticipación las modificaciones al horario de entrada y/o salida de la Institución, excepto cuando
las circunstancias no lo ameriten.
27. Ser exonerado(a) de la práctica de Educación Física y Deportes y otras actividades que demanden esfuerzo físico
cuando se presente incapacidad médica o limitación física comprobada.
ARTICULO Nº 16.- PROHIBICIONES
1. Llamar a su casa para hacer cualquier tipo de solicitud, sin el debido permiso de las directivas del
Colegio.
2. Efectuar rifas o realizar cualquier tipo de negociación: ventas, compras, permutas, natilleras o cualquier forma
de recoger dinero dentro o fuera la Institución, sin autorización de la Rectoría.
3. Permanecer durante los descansos en las aulas de clase o en un lugar diferente al asignado.
4. Fijar en carteleras o puertas avisos, propagandas u otros, sin la debida autorización de las directivas.
5. Difundir comentarios o informaciones a través de las redes sociales (Facebook, Twitter, Cibercolegios,
Whatsapp, Instagram u otras redes sociales) que falten a la verdad y vayan en contra del buen nombre de
cualquier miembro de la Comunidad Educativa o de la Institución). Art. 21 Constitución Nacional.
6. Realizar juegos con elementos que puedan causar daño a los estudiantes y/o perturbar el entorno (huevo,
maicena, aerosoles, tiza, borrador, piedras, sustancias químicas, explosivos, etc.)
7. Traer y portar elementos corto-punzantes que puedan afectar la integridad de alguno de los miembros de la
Comunidad Educativa (bisturí, cuchillas, navajas, tijeras que no tengan punta roma, pistolas de balines, etc.).
8. Traer a la Institución computadores portátiles, tablet, cámaras fotográficas, mp3, ipod, PSP, radios, revistas,
reproductores de música, audífonos, juegos electrónicos o aparatos similares, mascotas u otros distractores que
impidan el proceso normal del aprendizaje. En caso de pérdida o robo de esos elementos la Institución no se
hace responsable.
17
9. EL USO DEL CELULAR DENTRO DE LA INSTITUCIÓN.- El uso del celular en aulas de clase,
descansos, biblioteca, actos comunitarios y zonas comunes está prohibido. Si el estudiante lo utiliza, el
dispositivo telefónico será decomisado por las directivas y se citará a los padres de familia para devolvérselo. En
caso de pérdida o robo del celular, la Institución no se hace responsable.
ARTÍCULO Nº 17.- DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS (AS) ESTUDIANTES
SALVATORIANOS
“El niño, la niña o el/la adolescente deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un
individuo en la etapa de su desarrollo”. (Artículo Nº 15, Ley 1098 de 2006, Ley de la Infancia y la Adolescencia).
Al ingresar a la Institución los estudiantes se comprometen a acatar las normas que los orientan hacia la autonomía,
la libertad, condicionadas y limitadas por las exigencias de la convivencia, la libertad del otro, el bien común, y no
por la represión o miedo físico y social; por ello acatarán, aceptarán y acogerán libremente los deberes que lo
acercan a la identificación y al sentido de pertenencia a la Institución, los cuales son:
1. Presentarse a la matrícula en las fechas señaladas y cumplir con los requisitos exigidos para ella.
2. Conocer, aceptar y respetar la filosofía Salvatoriana, sus principios, fines, objetivos y valores éticos, religiosos,
cívicos e ideológicos, aceptados antes de la matrícula.
3. Conocer, respetar y defender los símbolos de la Institución y todo lo consignado en el Proyecto Educativo
Salvatoriano (PES) y en el Manual de Convivencia.
4. Valorar y respetar la vida en todas sus manifestaciones, tanto en el salón de clase, como en cualquier otro
espacio, como el don más preciado que nos ha legado el Creador.
5. Propiciar un ambiente de paz, solidaridad, colaboración, respeto, orden, limpieza, urbanidad, civismo y cultura. ,
Tanto en la Institución como fuera de ella ajustar su conducta a la moral y a las buenas costumbres.
6. Estar dispuesto(a) al diálogo y cumplir los compromisos adquiridos para superar los conflictos.
7. Cuidar su presentación personal y llevar el uniforme completo, según el modelo establecido.
8. Cuidar y conservar el mobiliario, implementos y planta física de la Institución, haciéndose responsable del costo
en caso de ocasionar algún daño. Si se trata de silletería, el (la) estudiante la llevará a reparar por su propia
cuenta.
9. Utilizar los servicios de la Institución con la compostura y el decoro que garanticen la seguridad y el bienestar de
quienes los comparten, respetando los turnos de los compañeros o de otras personas.
10. Cumplir el reglamento interno de la Biblioteca, el cual se encuentra disponible en esa dependencia.
11. Dar el uso adecuado al teléfono público utilizándolo solo en momentos de descanso.
12. Respetar las pertenencias de los demás. Entregar a un docente, a coordinación o la rectoría los objetos
extraviados.
13. Dar a los docentes, compañeros (as) y demás personas que laboran en el plantel un trato amable, cortés y
respetuoso, evitando familiaridades, confianzas, burlas, apodos o chismes de mal gusto que puedan ofender.
14. Ser moderados en los juegos para evitar daños físicos y atropellos a los compañeros. Cualquier daño físico que
ocasione al compañero con culpa o no, debe ser remediado.
15. Asistir puntualmente a la Institución, y a todas las actividades culturales, cívicas y religiosas, excepto en caso
de concertación escrita con los padres de familia o acudiente autorizado, al efectuar la matrícula. (Artículos Nº
19 y 68 de la Constitución Nacional).
16. Permanecer en el lugar asignado para cada actividad.
17. Presentar por escrito y firmadas por el padre, madre o acudiente, las ausencias a las clases o a otras actividades.
18. Llevar oportunamente a los padres de familia o acudiente autorizado, la información verbal o escrita que envíe la
Institución. Devolver los desprendibles debidamente firmados
19. Cumplir con todas las obligaciones académicas, trayendo en el tiempo estipulado, todo lo que necesite: trabajos,
libros y materiales.
20. Solicitar planes de apoyo y actividades de nivelación, según las condiciones establecidas en este Manual (SIES).
21. Realizar y entregar responsablemente en la fecha y hora señaladas todas las actividades, planes de apoyo y
trabajos asignados por los docentes, teniendo en cuenta que la no presentación oportuna de los mismos, por parte
de los estudiantes se entenderá como negligencia, irresponsabilidad, o descuido.
22. Participar de forma entusiasta y desinteresada en los proyectos pedagógicos, actividades y eventos que se
realicen en la Institución (periódico estudiantil virtual, grupo de investigación, PRAE, deporte, recreación,
teatro, entre otros), como una responsabilidad inherente a su proceso formativo.
23. Acatar toda sugerencia, información y orientación que se dé en el plantel, evitando protestas o respuestas poco
delicadas.
18
24. Participar y apoyar las campañas que se realicen en la Institución (Jean day, Antioqueñidad, Semana
Salvatoriana, bazar misionero, novena de aguinaldos y los demás que sean planeados por las Directivas del
plantel).
25. Portar el carnet del Colegio, el Seguro Estudiantil y el Manual de Convivencia.
26. Respetar, conservar y facilitar un ambiente sano y equilibrado, tanto en la ecología como en el contexto social
del que hace parte en el plantel (Artículo Nº 79 de la Constitución Nacional).
27. Guardar lealtad y sentido de pertenencia a la Institución.
28. Respetar y valorar el trabajo del personal auxiliar, oficinas, servicios generales, cafetería, primeros auxilios y
todos los que la Institución ofrece.
29. Utilizar siempre el conducto regular para resolver cualquier dificultad o problema que se presente en la
Institución (profesor, director de grupo, coordinación, rectoría).
30. Tratar con sentido común y equidad las situaciones conflictivas, académicas y comportamentales, mediante la
utilización del diálogo racional y democrático.
31. Respetar el turno en la cafetería y demás lugares que lo requieran.
32. Respetar los valores históricos, culturales y los símbolos patrios de nuestra nación.
33. Cumplir a cabalidad lo ordenado en este Manual de Convivencia, es un compromiso adquirido en el momento de
la matrícula.
ARTÍCULO Nº 18.- ESTÍMULOS Y RECONOCIMIENTOS:
El Colegio Divino Salvador reconoce y valora el trabajo, tenacidad y constancia de los(as) estudiantes, por ello se
otorgan los siguientes estímulos y reconocimientos:
1. Izada del Pabellón Nacional o de la Institución: Tiene derecho a izar el pabellón el (la) estudiante que sobresalga
por la práctica observable de los valores del Proyecto Educativo Salvatoriano, de acuerdo al concepto de los
responsables de la actividad, al criterio de sus compañeros, del director de grupo y de los docentes.
2. Ser nombrado (a) monitor (a) de área.
3. Participar en eventos académicos, culturales, deportivos que estimulen su identidad como estudiante
Salvatoriano.
4. Gozar de permisos especiales en casos deportivos, culturales, académicos y artísticos.
5. Representar al Colegio en eventos especiales.
6. Recibir mención de honor: Se otorga a un(a) estudiante por grado, que al finalizar el año lectivo se haya
distinguido por su excelencia, rendimiento académico, convivencia, modales, espíritu de colaboración,
liderazgo, esfuerzo y superación y Espíritu Salvatoriano.
7. Mejor Bachiller Salvatoriano: Se concede a el (la) estudiante del último grado, que habiendo cursado y aprobado
todos sus años en la Institución, se haya destacado como el mejor Estudiante Salvatoriano(a), y por haber
encarnado los valores Salvatorianos.
8. Condecoración al mejor ICFES.
9. Proclamación como bachiller en acto de graduación.
CLASIFICACIÓN DE FALTAS
ARTÍCULO Nº 19.- FALTAS DE TERCER GRADO O LEVES. (Ajustar según ley 1620)
Constituyen faltas leves o de tercer grado el incumplimiento de los deberes que dificulta el desarrollo del proceso
formativo. Se considerarán leves:
1. Impuntualidad o inasistencia injustificada a los actos comunitarios programados por la Institución, tales
como: clases, convivencias, retiro espiritual, salidas pedagógicas, actos litúrgicos, programas sociales,
culturales y deportivos (Decreto Departamental 1423 de 1993).
2. Llegar tarde a la Institución por primera vez.
3. Permanecer en el plantel en horarios diferentes al de la jornada escolar, salvo autorización expresa de los
acudientes.
4. Permanecer fuera del aula en horas de clase, o ausentarse de la misma sin autorización del docente.
5. Ingresar y permanecer en el aula en periodos de descanso o cuando deba estar en otro lugar.
6. Ingresar sin autorización a las áreas o zonas de tránsito restringido, tales como: secretaría, coordinaciones,
sala de profesores, laboratorio, entre otros.
19
7. Hacer uso del servicio de cafetería, fotocopiadora y secretaria en horas de clase o durante alguna actividad
curricular, a menos que sean autorizadas por el respectivo(a) coordinador(a).
8. Presentarse a la Institución portando incorrectamente el uniforme o sin él, sin la justificación debida a las
coordinaciones.
9. Portar el uniforme en horas extra clase y fuera de la Institución y cuando no la estén representando.
10. Faltar al cuidado en la higiene y presentación personal.
11. Descuido con los útiles de estudio y enseres de la Institución, de acuerdo con los criterios establecidos.
12. Promover o fomentar el desorden o irrespetar el turno en espacios de usos comunitarios como tienda escolar
y uso de las unidades sanitarias.
13. Dejar en desorden el aula de clase durante y al terminar la jornada escolar.
14. Arrojar basuras fuera de los recipientes destinados para ello.
15. Incumplir con el aseo de las diferentes zonas de la Institución.
16. Consumir alimentos en clase, el coliseo o durante la realización de eventos oficiales de la Institución.
17. Dar mal uso a los elementos de trabajo facilitados por la Institución.
18. Desacatar las instrucciones y observaciones de los (as) docentes o directivos de la Institución.
19. Intercambiar con estudiantes de diferentes grupos material de trabajo en los cambios de clase o durante el
desarrollo de actividades curriculares.
20. Ingresar a la Institución en pantaloneta o con traje inadecuado incluyendo los días de jean day,
convivencias, salidas recreativas y pedagógicas (Escotes, shorts, chanclas, minifalda, entre otros).
21. Hacer mal uso de botellas y vasos de agua en las aulas de clase.
22. Jugar en sitios y momentos diferentes a los destinados para ello, así como participar en juegos de manos.
23. Participar en juegos de azar al interior de la institución.
24. Portar o consumir chicle.
25. Realizar durante las clases o actos comunitarios actividades contrarias a las asignadas por los docentes.
26. Incumplir las normas establecidas por la Institución.
27. Utilizar las vías de evacuación diferentes a las asignadas o usar las asignadas haciendo desorden o creando
riesgo para otros.
28. Incumplir con los materiales solicitados para el desarrollo de las actividades académicas.
29. Mostrar negligencia en el cumplimiento de los deberes escolares así como irresponsabilidad,
despreocupación, falta de interés e incumplimiento de los deberes académicos.
30. Presentarse a la Institución después de una ausencia sin la excusa escrita o por cibercolegios, justificada y
firmada por sus padres o acudiente autorizado.
Parágrafo Único: La reincidencia en la falta leve se convierte en falta grave.
ARTÍCULO Nº 20.- PROCEDIMIENTO ANTE LAS FALTAS LEVES:
Sanciones aplicables: Las sanciones tienen como objetivo evitar que se conviertan en faltas graves.
1. Amonestación verbal, en privado o en público si la falta tiene que ver con el grupo o se refiere a una falta
pública.
2. Estas faltas se tienen en cuenta llevando un registro en el cuaderno de seguimiento o en otro formato
indicado para ello.
Debido proceso:
Diálogo con el implicado, amonestación verbal para ayudarle a tomar conciencia de su actitud equivocada y para
fijar metas de rectificación. Lo hace el docente que se enteró o presenció la falta.
Si la amonestación verbal no produce efecto y se repite la falta, o el carácter de la falta leve lo amerita, se
comunicará al director de grupo y se procederá a una amonestación escrita en el cuaderno de seguimiento. Se
anotarán además el correctivo, el compromiso adquirido y el término. Firmarán el estudiante y el docente.
Si el estudiante se negare a firmar, el docente acude a un testigo y firma con él el registro. La falta asume el carácter
de grave.
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La existencia de cinco amonestaciones escritas en el cuaderno de seguimiento o en el control de asistencia, por faltas
leves, iguales o diferentes, amerita anotación en el Observador del estudiante, y citación al padre de familia. Se
convierte en falta grave.
Competencia:
El docente o directivo que encuentre al estudiante al momento de cometer la falta.
El docente o directivo que reciba la información de cualquier miembro de la Comunidad Educativa o dé testimonio
de la falta.
Términos para actuar: Hacer la amonestación el mismo día en que se cometió la falta o, a más tardar, el día lectivo
siguiente al que se cometió la falta o se tuvo conocimiento de ella.
Parágrafo único: El conocimiento del Manual se toma como primera advertencia.
ARTÍCULO Nº 21.- FALTAS GRAVES
Se entiende por falta grave aquel tipo de conducta o comportamiento que atenta contra los principios institucionales,
perturbando el normal desarrollo de las actividades y transgrediendo gravemente las normas de carácter general y
particular de la Institución educativa.
Se considerarán faltas graves:
1. Acumular cinco amonestaciones escritas en el cuaderno de seguimiento por reincidencia de faltas leves.
2. Infringir alguna prohibición establecida en el Capítulo IV, Artículo Nº 16 del presente Manual de
Convivencia Escolar.
3. Incumplimiento de las medidas correctivas impuestas por una falta leve.
4. Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros.
5. El uso de vocabulario soez u ofensivo y la práctica de juegos violentos.
6. Organizar, realizar y participar en paseos y salidas, durante la jornada escolar sin el correspondiente
permiso de la Rectora.
7. Negarse a participar en las jornadas y turnos de aseo.
8. Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, maicena, o haciendo bromas
que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros, la Institución o sus dependencias y alrededores.
9. Usar gestos, actitudes, apodos, burlas, expresiones, silbidos que se consideren irrespetuosos, faltos de
cultura y delicadeza.
10. Asumir actitudes, gestos y comportamientos tendientes a una expresión afectiva inadecuada desde la
filosofía institucional, indecorosa o que exceda los límites de confianza dentro de la institución o sus
alrededores.
11. Evasión de asistencia a actos comunitarios programados por la Institución tales como: clases, convivencias,
salidas pedagógicas, retiro espiritual, actos litúrgicos, programas sociales, culturales y deportivos.
12. Realizar actividades ajenas al proceso normal de aprendizaje como ventas, rifas, natilleras y otras formas de
recoger dinero dentro de la Institución o fuera de ella, en nombre de la misma, a título personal o familiar.
Sin la debida autorización de la rectora.
13. Hacer uso de material pornográfico o medios que promuevan la pornografía dentro de las instalaciones de la
Institución.
14. Menospreciar o irrespetar los símbolos de la Institución o de la Nación, tales como: uniformes, bandera,
escudo, himno.
15. Rayar y /o dañar paredes, carteleras, puertas, mobiliario o servicios sanitarios de la Institución.
16. Agredir verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa o a cualquier persona perteneciente al
entorno escolar.
17. Atentar contra el medio ambiente.
18. Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la Comunidad Educativa.
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19. Entorpecer o impedir la comunicación entre la Institución Educativa y los padres y/o acudientes, no
entregando circulares, citaciones y demás informaciones, como también horarios, normas y actividades
programadas. Así mismo, no devolver los desprendibles oportunamente firmados por los padres o
acudientes.
20. Hacerse suplantar o suplantar a un compañero o acudiente con la finalidad de evadir obligaciones de orden
disciplinario y/o académico.
21. Consumir y/o portar cualquier clase de bebidas embriagantes, sustancias psicoactivas y/o cigarrillo, dentro y
fuera de la Institución portando el uniforme. De igual manera en casos en que los estudiantes usan vestidos
de particular en actividades institucionales.
22. Mostrar rebeldía o desacato a las órdenes de un superior. Rebelarse verbalmente y de forma agresiva frente
a las instrucciones, observaciones y/o recomendaciones.
23. Programar y/o participar dentro o fuera del plantel en actividades extracurriculares que afecten el buen
nombre de la Institución.
24. Dañar de manera intencional cualquier implemento entregado por la Institución en custodia o para su uso.
25. Dar información falsa a los directivos y docentes.
26. Presentar un comportamiento indebido durante las salidas pedagógicas deteriorando el buen nombre de la
Institución.
27. Arrojar objetos, sustancias olorosas o extravagantes a personas o dependencias de la Institución o sus
alrededores, que incomoden o perturben el trabajo escolar.
28. Utilizar los uniformes para ingresar a lugares tales como: tabernas, discotecas o similares que afecten el
buen nombre de la Institución.
29. Retirarse de cualquier actividad sin autorización del docente o retirarse del plantel sin permiso del
coordinador o la Rectora.
30. Fumar dentro y fuera del Colegio y con el uniforme.
31. Contribuir o hacer peligroso el lugar de trabajo y mantenerlo desordenado intencionalmente.
32. Dejar de asistir a la Institución sin la debida autorización de sus padres.
33. Crear falsas alarmas tendientes a provocar el pánico colectivo.
34. Asumir actitudes desobligantes en la Institución o en cualquier otro lugar al cual se asista en representación
del mismo.
35. Hacer uso de los sistemas de comunicación de la Institución contrariando sus principios formativos.
36. Traer, portar o utilizar en la Institución elementos que atenten contra la moral, las buenas costumbres, la
seguridad de los demás o la dedicación al trabajo escolar, tales como drogas o sustancias toxicas, armas,
entre otras.
37. Sustraer o hacer uso indebido de elementos o sustancias de uso exclusivo del laboratorio.
38. Incumplir un Contrato Pedagógico, previamente firmado por el estudiante, padre de familia y/o el acudiente
autorizado.
Parágrafo 1º: Cuando la Rectora lo crea conveniente podrá solicitar al personal competente, una requisa para
descubrir si algún estudiante porta cualquier tipo de objeto o material prohibido por la Institución.
Parágrafo 2º: El Colegio Divino Salvador no se hará responsable por la pérdida de objetos de valor (celulares,
Tablet, computadores, entre otros). La responsabilidad recae directamente sobre quien los porte o su propietario.
Parágrafo 3º: La utilización inadecuada de teléfonos celulares en horas normales de clase genera como sanción el
decomiso del aparato el cual será devuelto a los padres de familia.
ARTÍCULO Nº 22.- DEBIDO PROCESO ANTE LAS FALTAS GRAVES:
Sanciones aplicables:
1. Anotación en el Observador
2. Citación a padre, madre o acudiente
3. Jornada de reflexión en horario escolar.
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4. En el caso que la falta produzca daños físicos, morales u otros perjuicios, el estudiante y sus padres o
acudiente autorizado, deberán asumir la reparación de los perjuicios causados y al pago de la pérdida o el
daño ocasionado en muebles o enseres.
5. Suspensión de las actividades académicas entre uno y tres días, dependiendo de las faltas y circunstancias
atenuantes o agravantes.
6. Contrato pedagógico.
7. Para los estudiantes del grado 11° que cometan alguna de las faltas graves o gravísimas, deberán cumplir
con una jornada sabatina en una Institución donde preste un servicio social.
Procedimientos a seguir:
1. Amonestación escrita en el Observador cuando se incumplan compromisos de mejoramiento.
2. Diálogo del implicado o implicados con los directores de grupo, coordinaciones. Verificación de los
hechos.
3. Descripción escrita de los hechos por parte del estudiante en el formato de proceso reflexivo.
4. Citación a padres de familia o acudiente.
5. Jornadas de reflexión. Este correctivo consiste en que el estudiante, bajo el acompañamiento directo de la
psicóloga, el capellán, el coordinador, coordinadoras o un docente, desarrolle por escrito, a lo largo de la
jornada escolar y dentro de las instalaciones de la Institución, una serie de talleres que pretenden llevarlo a
reflexionar sobre su conducta y a asumir compromisos de cambio. Se deja constancia escrita de esta jornada
en el cuaderno de seguimiento.
6. Realizada la jornada de reflexión, el director de grupo, la psicóloga, el estudiante y los padres de familia o
acudientes autorizados, se reunirán para analizar los resultados de la jornada (análisis de su realidad,
compromisos, entre otras).
7. Socialización de los resultados de la jornada ante sus compañeros.
8. Si la conducta no se repite o la falta no lo amerita, el proceso termina en esta reflexión.
9. Si la falta continua o se repite, se procederá a firmar Contrato Pedagógico. Si durante el transcurso del año
lectivo se observan en el estudiante dificultades académicas, tendencias habituales traumáticas o
comportamientos inadecuados, se procederá a la elaboración y firma de un Contrato Pedagógico entre las
partes involucradas; atendiendo a las disposiciones legales consagradas en la Carta Magna (Artículos 26, 27,
28, 29, 67, 70), con el fin de obtener resultados positivos, “en cuya virtud no se permite el quebrantamiento
de los derechos fundamentales del educando, ni que se salvaguarden equivocadamente, actuaciones
irresponsables”.
10. La Rectora revisa el proceso y si es el caso, se hace la verificación de los hechos.
11. En reunión con docentes, coordinador, estudiante y padre de familia, se elabora el registro de la falta y se
deja constancia escrita en el Observador. Dicha descripción tiene en cuenta circunstancias atenuantes y/o
agravantes de la conducta y se incluye en ella la sanción a imponer, la medida adoptada y el compromiso de
cambio. Las sanciones se consideran en este Manual.
12. Información escrita de la sanción.
Suspensión:
Suspensión de uno (1) a tres (3) días: Si el estudiante incurre en faltas leves repetitivas a pesar de utilizadas las
estrategias formativas y aplicadas las sanciones anteriores, la Rectora después de escuchar el estudiante y a los
docentes del grado, podrá decidir la suspensión.
Durante el día o los días de suspensión, el estudiante realizará un taller de formación personal o ciudadana, el cual
será asignado por los coordinadores, a través de cibercolegios y deberá ser desarrollado y presentado en físico a su
regreso de la suspensión.
Este taller será sustentado en la clase de Cívica y Urbanidad, el cual será evaluado con un porcentaje del 10% del
seguimiento, quedando consignado en la planilla del docente.
De igual manera, el estudiante a su regreso de la suspensión debe estar al día en sus cuadernos, tareas y otras
responsabilidades asignadas en las diferentes áreas.
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La suspensión de 1 a 3 días es competencia de la Rectora.
Parágrafo único: Si durante el periodo de suspensión se realizan evaluaciones orales o escritas, las mismas serán
aplazadas para el regreso del estudiante a clase, teniendo en cuenta que es su responsabilidad llegar preparado para la
presentación de las mismas.
ARTÍCULO Nº 23.- FALTAS GRAVÍSIMAS
Se entiende por falta gravísima toda conducta o actitud que lesiona en gran medida los valores individuales y
colectivos de la Institución, o es considerada como delito por la Legislación Colombiana.
De acuerdo con lo anterior, antes de tomar cualquier tipo de determinación de orden administrativo, pedagógico o
disciplinario, deberá seguirse un orden que garantice la correcta aplicación de los procedimientos, acordes con el
debido proceso.
Se considerarán faltas gravísimas:
1. Reincidir en tres faltas graves.
2. Discriminar a cualquier miembro de la comunidad educativa o con nexo a la institución, por razones de
raza, sexo, credo, género o elección sexual.
3. Cualquier acto que se tipifique como bullying o acoso escolar ejecutado contra cualquier miembro de la
comunidad de manera directa o indirecta (Ley 1620 del 15 de marzo de 2013)
4. Agredir a cualquier miembro de la comunidad educativa, con maltratos de hecho o de palabra
ESPECIFICAR EL TIPO DE AGRESION DE PALABRA PORQUE LA MISMA FALTA TAMBIEN ES
GRAVE(Decreto Departamental 1423 de 1993).
5. Portar, exhibir o guardar armas, explosivos u objetos con los que se pueda atentar contra la integridad física
de los demás (Decreto Departamental 1423, del 6 de mayo de 1993, Artículo Nº 7).
6. Portar, consumir y/o distribuir a cualquier título (gratuito o lucrativo), dentro de la Institución o fuera de
ella, sustancias alucinógenas, psicotrópicas o que causen adicción (Decreto 1108 de 1994 Código Nacional
y Departamento de Policía).
7. Presentarse a la Institución bajo los efectos de bebidas alcohólicas, así como portar, consumir o distribuir
bebidas alcohólicas a cualquier miembro de la comunidad educativa.
8. Cometer FRAUDE en exámenes, trabajos escritos, tareas escolares; utilizando cualquier recurso, medio u
estrategia.
9. Amenazar o intimidar de hecho a cualquier miembro de la comunidad educativa.
10. Planear, liderar, incitar, apoyar o participar en actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas dentro
y fuera de la Institución.
11. Hurtar dinero, artículos u objetos a cualquier miembro de la comunidad educativa.
12. Llevar a cabo sicariato, retención, secuestro y extorsión contra algún miembro de la Comunidad Educativa.
13. Conformar o hacer parte de pandillas o bandas, dentro o fuera de la Institución, con fines delictivos o para
crear mal ambiente escolar.
14. Acosar, provocar, abusar y violentar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
15. Fomentar y/o participar de cualquier actividad que afecte la integridad física y/o psicológica a los
estudiantes de la Institución (brujería, prostitución, entre otros.)
16. Participar de cualquier acto que de una u otra forma, atente contra el derecho fundamental a la vida.
17. Falsificar firmas, alterar documentos físicos o información virtual (cibercolegios), libros de calificaciones,
cuaderno de seguimiento, registros de asistencia, certificados de estudio, planillas de calificaciones de
docentes, extraer pruebas académicas u otros documentos de uso Institucional.
18. Portar o activar petardos, papeletas, fósforos u otros artefactos que perturben el trabajo escolar en las
dependencias del Colegio o en sus alrededores.
19. Operar máquinas, herramientas o equipos no autorizados, o realizar con ellos trabajos distintos a los
asignados.
20. Atentar contra la propiedad ajena.
21. Publicar escritos anónimos en contra de la Institución, profesores o compañeros, a través de redes sociales,
cibercolegios o cualquier otro medio de comunicación y difusión.
22. Incurrir en chantaje moral, sexual o económico.
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23. Portar o distribuir propaganda subversiva.
24. Participar o provocar riñas dentro y/o fuera de la Institución.
25. Utilizar inadecuadamente el servicio de Internet, como es el caso de visitar páginas Web que vayan contra
la moral cristiana (pornografía, violencia, satanismo, entre otros.) o enviar información de ese tipo a otras
personas desde la Institución.
26. Todo acto contra la moral cristiana y las buenas costumbres, la comisión de faltas graves calificadas por las
leyes o el Consejo Directivo.
27. Portar llaves de la Institución, sin la debida autorización.
28. Escribir, promover o difundir letreros o trazar dibujos insultantes contra superiores o compañeros, sea
dentro o fuera de la Institución.
29. Cualquier conducta tipificada como delito en el Código Penal Colombiano.
Parágrafo 1º. La reiteración en la comisión de una falta grave o de varias faltas graves que den lugar a un único
proceso disciplinario, será considerada falta gravísima (revisar contradicción con “reincidir en tres faltas graves”).
Parágrafo 2º: Puede considerarse como falta gravísima, a juicio de la Rectora o del Consejo Directivo, la comisión
de una falta grave enmarcada por circunstancias agravantes.
Parágrafo 3°: En caso de la comisión de una conducta tipificada como delito en el Código Penal Colombiano, la
Rectora sin perjuicio del proceso disciplinario interno, enviará copia de los documentos respectivos a la autoridad
competente.
Parágrafo 4º: Circunstancias atenuantes o justificantes de la conducta: Las siguientes se consideran como
circunstancias que disminuyen o eximen la responsabilidad del estudiante, en la comisión de una falta:
1. La edad, el desarrollo psicoafectivo, mental, evolutivo del estudiante y sus circunstancias personales,
familiares y sociales.
2. Obrar por motivos nobles o altruistas.
3. Haber observado buena conducta anteriormente.
4. Confesar la falta oportunamente antes de ser denunciada por otros.
5. Tener alteración psicológica comprobada, siempre y cuando la familia y el estudiante se comprometan con un
proceso de intervención profesional, fuera de la Institución.
6. Haber sido inducido a cometer la falta por una persona mayor edad o por inmadurez psicoafectiva.
7. Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan dolor físico o psíquico.
8. Procurar por iniciativa propia, reparar el daño o compensar el perjuicio causado antes de iniciarse el proceso
disciplinario.
Parágrafo 5º: Circunstancias Agravantes: Se consideran circunstancias agravantes de la responsabilidad del
estudiante, las siguientes:
1. Reincidir en las faltas.
2. Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra.
3. Haber mentido para justificar la falta, en forma oral o escrita en los descargos.
4. Actuar de manera irrespetuosa como reacción ante el señalamiento por la comisión de una falta.
5. Realizar el hecho con pleno conocimiento de sus efectos dañinos o con la complicidad de sus compañeros.
6. No admitir la responsabilidad o atribuírsela a otros.
7. Infringir varias obligaciones con la misma conducta.
8. El efecto perturbador que la conducta produzca en la Comunidad Educativa.
9. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otros compañeros o miembros de la
comunidad educativa.
10. Emplear en la ejecución del hecho, un medio cuyo uso puede resultar de peligro común.
11. El haber preparado o planeado ponderadamente la falta con complicidad de otros compañeros, miembros de
la Comunidad Educativa o de terceros ajenos a la Institución.
12. Cometer la falta en detrimento del bienestar de una persona con necesidades especiales.
13. Hacer más nocivas las consecuencias de la falta.
Parágrafo único: Las circunstancias atenuantes y agravantes se tendrán en cuenta para la valoración de las acciones
correctivas y para las sanciones.
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Sanciones aplicables:
1. Contrato Pedagógico Comportamental, firmado por el estudiante, sus padres o acudientes, el coordinador
y/o Rectora según sea el caso.
2. Suspensión de actividades académicas durante un periodo comprendido entre cuatro y diez días hábiles,
sanción que será notificada mediante Resolución Rectoral.
3. Desescolarización, si ha transcurrido más del 50% del año en curso, para que concluya las actividades
académicas. No se le renovará la matrícula.
4. Cuando el sancionado sea deportista activo y cometa una falta gravísima en desarrollo de un encuentro
deportivo, además de la sanción, queda automáticamente excluido del equipo deportivo y no podrá seguir
participando en las competencias deportivas, dentro o fuera de la Institución educativa o en representación
de la misma.
5. Asistir a asesoría por parte de una institución competente acorde con la falta.
6. No renovación de la matrícula: Se aplicará a los estudiantes que, a pesar de sus compromisos académicos y
disciplinarios, no mejoran ni muestran interés y/o sentido de pertenencia y respeto hacia la Institución, el
Manual de Convivencia y los miembros de la comunidad educativa. La decisión se notificará por escrito al
estudiante y a sus padres o acudientes, a través de la Rectora o de quien ella delegue.
7. Cancelación de la matrícula.
ARTÍCULO Nº 24. DEBIDO PROCESO ANTE LAS FALTAS GRAVÍSIMAS
Las faltas gravísimas serán tratadas de igual manera que las faltas graves hasta el momento en el que se confirme la
falta y la Rectora revise el proceso.
1. Amonestación escrita en el cuaderno de seguimiento y en el Observador y citación a padres de familia o
acudiente, cuando se incumplan compromisos de mejoramiento.
2. Diálogo con el implicado o implicados, los directores de grupo, y los coordinadores.
3. Reconstrucción de los hechos, verificación de la información si fuese necesario.
4. Revisión del proceso por parte de la Rectora.
5. En reunión con docentes, coordinadores, estudiante y padre de familia, se elabora el Registro de la falta por
escrito en el cuaderno de seguimiento y el Observador. Se describe la falta, las circunstancias atenuantes o
agravantes de la conducta y se incluye la sanción impuesta, la medida adoptada y el compromiso de cambio.
6. Información a los padres de familia o acudiente legalmente autorizado. Se anotarán en el siguiente orden:
a. Información mediante comunicación telefónica: Deberá efectuarse directamente con padres de
familia o acudiente autorizado y dejar constancia en el cuaderno de seguimiento de quien efectuó
la llamada, fecha, hora y quien respondió.
b. La información mediante comunicación escrita se hará enviando una nota al padre de familia o
acudiente autorizado, la cual deberá ser devuelta debidamente firmada por el padre o acudiente
autorizado que la recibe.
c. Citación y diálogo personal.
d. Información por correo certificado.
7. Si el caso no se corrige, emisión de la Resolución Rectoral.
8. Presentación escrita de descargos ante la rectora (lugar y fecha, descripción de los hechos, justificación
motivada referida al Manual de convivencia y pruebas recaudadas)
9. Agotado este procedimiento se confirma la sanción y la decisión final.
10. Si se considera que la estrategia formativa debe ser la expulsión del estudiante, se debe revisar el proceso
con el Consejo Directivo, para que sea éste el que tome la decisión correspondiente o asuma una estrategia
formativa diferente.
Parágrafo 1º. Si las condiciones lo requieren, se solicitará presentación escrita de cargos por parte del docente
o directivo ante la Rectora (lugar y fecha, descripción de los hechos, justificación referida al Manual de
Convivencia)
Notificación de Resoluciones:
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1. Notificación personal: La notificación personal se hará desde rectoría leyendo en su totalidad la
Resolución a la persona o las personas notificadas, o permitiendo que ésta lo haga.
2. Notificación por correo certificado: De no ser posible la comparecencia del padre de familia o acudiente
autorizado para ser notificado personalmente, se dejará constancia de esta situación y se le enviará copia de
la Resolución por correo certificado, a la dirección que haya suministrado en el acto de matrícula.
Suspensión de cuatro (4) a ocho (8) días calendario: En el caso de que el estudiante reincida en la comisión de
faltas graves a pesar de haberse aplicado las acciones correctivas o sanciones o en caso de cometer faltas
gravísimas, la Rectora podrá decidir la suspensión del estudiante por el tiempo que sea necesario entre (4) cuatro u
ocho (8) días, por medio de Resolución Rectoral.
Suspensión:
Suspensión de cuatro (4) a ocho (8) días: Si el estudiante incurre en faltas gravísimas a pesar de haber tomado las
estrategias formativas y aplicado las sanciones anteriores, la Rectora, después de escuchar al estudiante y a los
docentes del grado, podrá decidir la suspensión por cuatro (4) u ocho (8) días.
Durante los días de suspensión, el estudiante realizará un taller de formación personal o ciudadana, el cual será
asignado por los coordinadores a través de Cibercolegios y deberá ser entregado en físico y manuscrito, sustentado y
evaluado a su regreso de la suspensión con un porcentaje del 10% del seguimiento, quedando consignado en la
planilla del docente. De igual manera, deberá realizar las actividades propuestas en cibercolegios de las asignaturas
correspondientes a los días de la sanción.
El estudiante al regreso de la suspensión debe estar al día en sus cuadernos, tareas y otras responsabilidades
asignadas en las diferentes áreas.
La suspensión de 4 a 8 días es competencia de la Rectora.
Parágrafo único: Si durante el período de suspensión se realizan evaluaciones orales o escritas, las mismas serán
aplazadas para el regreso del estudiante a clase. Teniendo en cuenta que es su responsabilidad y autonomía llegar
preparado para la presentación de las mismas.
Debido proceso: Esta sanción será el resultado de:
1. Conciliación: Una reunión entre la Rectora, los padres o acudientes autorizados y el estudiante. Este acto
tendrá carácter conciliatorio cuyo fin es el pacto de voluntades en procura de que la sanción realmente
tenga carácter formativo.
2. Agotada la conciliación, la Rectora expedirá una Resolución con el contenido de la sanción y le notificará
al estudiante afectado y a los padres de familia o acudiente autorizado. El estudiante será confiado a sus
padres o acudientes, los que velarán responsablemente para que éste cumpla con la sanción y realice las
actividades académicas que le sean asignadas durante la misma.
3. De esta suspensión se dejará constancia escrita en el cuaderno de seguimiento y hoja de vida del estudiante,
acompañada con copia de la Resolución. Frente a esta Resolución no procederá al Recurso de Reposición.
4. Si los padres de familia o acudiente autorizado se niegan a firmar la notificación de la Resolución Rectoral
que impone la sanción, se dejará constancia de ello por escrito y se les notificará la decisión enviando copia
de la Resolución Rectoral por correo certificado.
Término: Los procesos disciplinarios adelantados a los estudiantes que hayan cometido faltas gravísimas, deberán
ser resueltos dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que se inicia el proceso.
Cancelación de la matrícula y retiro de la Institución: La cancelación de la matrícula durante el desarrollo del año
lectivo, es una sanción que podrá ser aplicada cuando el estudiante incurra en una o varias faltas gravísimas.
Debido Proceso:
Si la gravedad de los hechos amerita aplicar la cancelación de la matrícula, la Rectora, si es necesario, citará de
manera extraordinaria al Consejo Directivo a quien dará informe de todas las averiguaciones y actuaciones que se
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han efectuado respecto a la o las faltas investigadas. El Consejo Directivo escuchará en sus descargos tanto al
estudiante implicado como a los encargados de realizar la investigación.
A la reunión del Consejo Directivo puede asistir como invitado el Asesor Jurídico de la Institución, de acuerdo a la
complejidad del proceso disciplinario.
De dicha reunión del Consejo Directivo se levantará un acta, con las pruebas, recomendaciones y conclusiones, que
sustentan la decisión. Si la recomendación del Consejo Directivo es de cancelación de la matrícula, corresponde a la
Rectora de la Institución tomar cualquiera de estas dos decisiones:
1. Dialogar con los padres o acudientes del estudiante y concertar con ellos la cancelación voluntaria de la
matrícula.
2. Expedir la Resolución Rectoral motivada, en la cual se resuelve aplicar la sanción de cancelación de matrícula y
retiro de la Institución del estudiante.
ARTÍCULO Nº 25.- NORMAS GENERALES SOBRE EL DEBIDO PROCESO:
Los estudiantes pueden ser amonestados y sancionados por el establecimiento educativo, sólo por la infracción o
violación de las normas contenidas en el Manual de Convivencia y con la observancia de la totalidad del
procedimiento previamente establecido.
Objetivo del debido proceso: Garantizar el derecho a la defensa del estudiante en un proceso público para presentar
y controvertir pruebas que se aduzcan en su contra, agotar los recursos procesales consagrados y no ser sancionado
dos veces por el mismo hecho.
En todos los casos, se tendrá en cuenta la decisión de tomar acciones correctivas y formativas al sancionar el
estudiante.
Consideraciones que garantizan el debido proceso:
1. Se asume como actitud preventiva el conocimiento previo del Manual de Convivencia publicado en la
página web institucional y el cual se ha comprometido a cumplir en el acto mismo de la matrícula.
2. Que en sus actuaciones y en todas las gestiones que adelante, se presuma la buena fe.
3. La decisión debe estar precedida de un proceso de acompañamiento personal mediante el cual se indaguen
las razones que llevaron al estudiante a transgredir las normas.
4. Que los padres de familia o el acudiente legalmente autorizado sean informados acerca de la situación
comportamental y disciplinaria y sobre los derechos que le asisten.
5. Ser escuchado para hacer sus respectivos descargos con relación a las faltas que se imputen, sean
comportamentales o académicas, ante cada instancia, siguiendo el conducto regular.
6. Los descargos podrán ser hechos en forma oral o escrita, dependiendo de la falta, aportando las pruebas que
considere pertinentes para su defensa.
7. Recibir los servicios de personas con la formación profesional requerida, dado que sus derechos prevalecen
sobre los demás. Los gastos que acarree esta asesoría corren por cuenta del estudiante, sus padres o
acudiente.
8. Recibir información sobre los medios de reeducación implementados para ello.
9. Ser tratado con el debido respeto inherente al principio de la dignidad humana.
ARTÍCULO Nº 26.- RECURSO DE APELACIÓN
El Recurso de Apelación tiene por objeto la revisión y la posible revocatoria, con arreglo al derecho, dada por
Resolución Rectoral de la instancia inicial. Ésta se hace en una instancia superior a quien emitió la decisión (en éste
caso ante el Consejo Directivo).
ARTÍCULO 27 INTERPOSICIÓN DE RECURSO DE REPOSICIÓN
En todo proceso comportamental o académico que pueda afectar a un estudiante, se debe respetar siempre su
derecho de defensa con la interposición de recurso.
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Recurso de Reposición: Contra la Resolución que imponga como sanción, la cancelación de la matrícula y el retiro
de la Institución Educativa, procederá el Recurso de Reposición, el cual tiene como finalidad la manifestación de los
motivos de inconformidad de los padres o acudientes autorizados y del estudiante ante la decisión tomada.
En el evento de presentarse el Recurso de Reposición (en el término de tres días hábiles), se convocará de nuevo el
Consejo Directivo para estudiar el recurso interpuesto y decidir la confirmación o revocación de la decisión en un
término máximo de ocho (8) días hábiles. (REVISAR ORDEN EN RELACIÓN A LA APELACIÓN)
De no presentarse Recurso de Reposición, la decisión quedará en firme, transcurridos tres (3) días hábiles luego de
haber sido notificado su contenido a los padres o acudiente autorizado y al estudiante.
Requisitos del Recurso de Reposición:
1. Se presenta siempre por escrito.
2. El término para interponer el recurso es de tres (3) días hábiles, siguientes a la notificación del
contenido de la Resolución.
3. Los hechos que sustenten el recurso deberán plasmarse en forma respetuosa, de lo contrario no serán
valorados.
4. La decisión adoptada por el Consejo Directivo respecto del Recurso de Reposición, será respaldada por
la expedición de una nueva Resolución Rectoral, para la cual no procederá recurso alguno y se
notificará al estudiante y a sus padres o acudiente autorizado.
Parágrafo 1º.- En el caso de hacer uso del derecho del Recurso de Reposición, el recurrente informará a la Rectora
por escrito, en la misma fecha en que hace uso del derecho.
Correctivos en casos especiales.
 Uniforme presentado de forma inadecuada: Cuando el estudiante llegue con el uniforme mal presentado,
se llama a los padres o acudiente para facilitar la corrección respectiva y así el estudiante se presente a
clase en orden y portando correctamente el uniforme.
 Corte de cabello: Cuando el estudiante llegue con el cabello largo o sucio, por segunda vez, se llamará a
los padres o al acudiente para que colaboren en la corrección de esta irregularidad.
 Entrega de notificaciones: Si el estudiante no presenta a sus acudientes las notificaciones enviadas por la
Institución o éstos no las leen en el portal de Cibercolegios, no se le permitirá ingresar a su salón hasta que
los acudientes se hagan presentes.
 Fraude en Evaluaciones o Trabajos: Si se presenta fraude en evaluaciones de período, evaluaciones cortas
o copias de trabajos escritos, se efectuará el debido proceso de acuerdo a la gravedad de la falta y además se
aplicarán las siguientes acciones correctivas y sanciones:
Se anula la evaluación o trabajo presentado y la nota será la más baja considerada en la escala de
calificaciones. El estudiante deberá hacer una exposición sobre un tema formativo a sus compañeros u otra
actividad a consideración de la Rectora o del Consejo Académico.
 En caso de venta de comestibles o artículos en la Institución: Tanto el producto de la venta, como la
existencia de los artículos sobrantes, será decomisado y devuelto a los padres de familia en citación. Se
hará una jornada de reflexión. Se consignará la amonestación en el cuaderno de seguimiento con copia a la
Hoja de vida. En el caso que el estudiante haya incurrido en delitos sancionados por la Ley Penal
Colombiana, la Rectora, en su papel de Representante Legal de la Institución, hará la correspondiente
denuncia ante las autoridades competentes (Ley de infancia y adolescencia).
Es responsabilidad de la Institución dejar constancia en la hoja de vida del estudiante que cometió una falta que
amerite la expulsión inmediata y a la cual se le haya hecho el debido proceso. En caso de retiro del estudiante de la
Institución, cualquiera que sea el motivo, es obligación de la familia o acudiente quedar a paz y salvo con todas las
dependencias de la Institución, firmar en la secretaría la cancelación de la matrícula y entregar en esa dependencia el
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carnet estudiantil. También le queda prohibido el ingreso a la Institución, de manera indefinida, y a todos sus
servicios y eventos como: fiestas, coros y conjuntos, graduación, deportes, entre otros.
ARTÍCULO Nº 28.- INASISTENCIA E IMPUNTUALIDAD
HORARIOS PARA ESTUDIANTES DE PREESCOLAR
El horario de actividades académicas será:
7:30 a.m. a 7:40 a.m. Entrada
7.45 a.m. Inicio de clases
1:30 p.m. Finalización de la jornada escolar e inicio de las actividades extracurriculares
autorizadas previamente.
HORARIOS PARA ESTUDIANTES BÁSICA PRIMARIA
El horario de actividades académicas será:
6:25 a.m. a 6:40 a.m. Entrada
6.45 a.m. Inicio de clases
1:30 p.m. Finalización de la jornada escolar e inician las actividades extracurriculares autorizadas
previamente.
HORARIO PARA ESTUDIANTES DE BACHILLERATO
El horario de actividades académicas será:
6:25 a.m. a 6:40 a.m. Entrada
6:40 a.m. Se cierra la puerta
6.45 a.m. Inicio de clases
2:30 p.m. Finalización de la jornada escolar e inician las actividades extracurriculares autorizadas
Previamente.
Los estudiantes no deben permanecer en la institución terminada la jornada.
Inasistencias: Se dan cuando el estudiante no se hace presente a la jornada académica.
La inasistencia sólo se justifica cuando:
1. Se presenta la orden médica de incapacidad o cita médica.
2. Por calamidad doméstica, como muerte o enfermedad grave de familiares cercanos.
3. En los casos en los cuales el estudiante esté representando a la Institución, al municipio, al departamento o al
País en actividades pastorales, culturales, deportivas y otras autorizadas por las directivas de la Institución.
Excusas: La presentación de excusas sólo es válida para que los docentes realicen las evaluaciones, talleres,
consultas en fechas posteriores a la fijada. Se tendrá en cuenta la excusa médica para los casos de inasistencia
justificada que será del 20%. La inasistencia sin justificación será del 15%, para efectos de aprobación del año
escolar según lo establecido en el SIES. Estas deben ser dirigidas y firmadas en primera instancia por los
coordinadores del nivel respectivo.
Cuando un estudiante falte a la jornada académica debe:
1. Presentarse al día siguiente y traer la excusa escrita, explicando la causa de la inasistencia, firmada por el padre,
madre o acudiente legalmente autorizado, con número de cédula y número de teléfono.
2. Cuando el motivo de la ausencia es justificada, debe adjuntar los soportes correspondientes.
3. Después de dos ausencias injustificadas en el transcurso de un mes, el director del grupo, citará al estudiante y a
los padres para que sean informados del hecho y presenten sus justificaciones.
4. Al regreso de la ausencia, por cualquier motivo, el estudiante debe acercarse a cada uno de los docentes para
ponerse al día en todas sus responsabilidades académicas y en caso de no ser atendido oportunamente deberá
acercarse a los coordinadores.
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Impuntualidad:
 Toda llegada tarde se registra en el control de impuntualidad.
 Todo estudiante que llegue tarde ingresa al salón de clase y se registra la inasistencia en la hora
correspondiente.
 A la tercera llegada tarde, se notifica por escrito al padre de familia.
 Quinta llegada tarde, citación a padres de familia y se inicia contrato pedagógico comportamental y
familiar.
 Reporte de impuntualidad en la hoja de vida del estudiante.
Los Permisos: Para autorizar la ausencia de un estudiante de cualquier grado de la Institución, es necesario que el
padre, madre o acudiente autorizado presente con anterioridad el permiso escrito ante Rectoría o coordinación y se
acerque personalmente al Colegio para retirar al estudiante. A su vez, el estudiante a quien le sea concedido el
permiso, deberá ponerse al día con los trabajos y demás actividades que se realicen durante su ausencia.
Por ningún motivo, ninguna persona diferente a la Rectora y Coordinadores, está autorizada para permitir la salida de
un estudiante de la Institución sin estos requisitos.
Salidas a actividades curriculares fuera de la Institución. Las actividades programadas fuera de la Institución,
hacen parte de los proyectos pedagógicos. Sin embargo, ningún estudiante puede participar de ellas sin la debida
autorización escrita del padre, madre o acudiente legalmente autorizado en el formato dispuesto por la institución.
Parágrafo único: Ningún estudiante está autorizado para ausentarse del Colegio con personas diferentes a su padre,
madre o acudiente.
ARTICULO Nº 29.- PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS
 El estudiante que desee o considere necesario hacer una reclamación, lo hace a la persona implicada quien
lo atenderá a la mayor brevedad posible, en un tiempo no mayor a cinco días hábiles.
 Si esto no fuera suficiente, seguirá el proceso acudiendo a la persona siguiente en autoridad y así hasta
agotar el proceso.
 En cualquiera de los casos el estudiante puede hacer uso al derecho que tiene de comunicar la situación a la
Rectora sin que esto afecte el conducto regular.
ARTICULO Nº 30.- CONDUCTO REGULAR
Los procedimientos, dependiendo de la clase de falta, queja, reclamo o sugerencia, definen claramente cuál es la
persona o estamento competente para atender los llamados de atención, reclamos o sugerencias. Sin embargo
aclaramos algunos de ellos.
Asuntos académicos: El estudiante debe seguir este conducto regular: docente de la materia, director de grupo,
coordinador de nivel, Rectora y/o Consejo académico.
Asuntos comportamentales: El docente que presencia la falta, el director de grupo, coordinaciones, Rectora,
Consejo directivo.
Asuntos administrativos: Rectoría.
En cualquier caso, el estudiante que lo desee puede acudir con un coordinador, docente o a la persona con quien se
esté conciliando, pero siempre se seguirá el conducto regular.
Parágrafo 1: Toda solicitud a uno de los Consejos, se presenta por escrito y a través de la Rectora.
Parágrafo 2: Otras estrategias formativas y sanciones, que pueden aplicarse de acuerdo a la gravedad de las faltas,
son competencia de la Rectoría. Se utiliza cuando la Rectora considera que la falta permite una última oportunidad,
sin deteriorar en el estudiante el sentido de la norma, ni convertirse en un mensaje nocivo para la comunidad. El
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incumplimiento de alguna de las cláusulas del compromiso será motivo para considerar su expulsión inmediata de la
Institución.
CAPITULO V
GOBIERNO ESCOLAR
Órganos del Gobierno Escolar: La estructura interna del Colegio Divino Salvador, queda conformada así: Rectora,
Consejo Administrativo, Consejo Directivo, Consejo Académico, Consejo de Padres, Coordinadoras, Comisión de
Evaluación y Promoción y Consejo Estudiantil.
ARTÍCULO 31: LA RECTORA:
Es la representante legal de la Institución, por delegación directa de la Comunidad de las Hermanas del Divino
Salvador, a través del nombramiento hecho por la Superiora Provincial. Ella es la ejecutora de las decisiones del
gobierno escolar (Cfr. Artículo 20 Decreto 1860 de 1994).
ARTÍCULO 32. FUNCIONES DE LA RECTORA:
1. Velar por la continuidad y expansión de la filosofía Salvatoriana como eje central del PES.
2. Definir el Proyecto Educativo Salvatoriano (PES) e identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e
influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del mismo.
3. Asegurar la implementación del S.G.C. y evaluar la aplicación de la política de calidad, teniendo en cuenta
los requisitos de la ley, de la norma e institucionales.
4. Convocar las elecciones de los respectivos miembros del gobierno escolar: Consejo Directivo, Consejo
Académico, Consejo de Padres de Familia y Consejo Estudiantil.
5. Convocar y presidir las reuniones del Consejo Directivo, (mínimo dos veces al año) Académico y las
Comisiones Extraordinarias de Evaluación y Promoción.
6. Convocar las reuniones de los diferentes consejos del gobierno escolar y de padres de familia, mínimo tres
veces al año.
7. Convocar la comunidad estudiantil para el nombramiento del Consejo Estudiantil, presidente y personero,
durante los primeros 60 días del año escolar
8. Presentar al Consejo Directivo, informe semestral sobre la marcha de la Institución.
9. Convocar la Asamblea de Padres y la Asamblea de la Asociación de Padres y Madres para el
nombramiento de los representantes del Consejo de Padres y para promover la organización de la
Asociación de Padres, respectivamente.
10. Publicar semestralmente por escrito, a los padres y madres de familia, la asignación de los docentes de cada
asignatura, la asignación académica de cada uno y los horarios.
11. Organizar y socializar cada año el Calendario Académico de acuerdo con la resolución emanada por la
autoridad competente.
12. Velar por la asistencia de los y las estudiantes a la Institución.
13. Dar a conocer a la comunidad educativa el plan anual de actividades.
14. Velar por el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para la gestión.
15. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la
Institución y con la Comunidad Educativa, para el continuo progreso académico y el mejoramiento de la
vida comunitaria.
16. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, referentes a la prestación del servicio público
educativo.
17. Velar por el buen manejo de los bienes de la Institución.
18. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo
Institucional.
Es la autoridad que:
Representa legalmente a la Institución.
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1. Toma decisiones relacionadas con cambios o modificaciones estructurales en los diferentes procesos de la
Institución Educativa y del Sistema de Gestión de Calidad.
2. Orienta la ejecución del P.E.S. con miras al mejoramiento de la calidad del servicio educativo que ofrece la
Institución.
3. Planea, coordina y controla el proceso de admisión y las matriculas de los (as) estudiantes.
4. Planea, coordina y controla la ejecución presupuestal.
5. Planea, coordina y controla la ejecución de los procesos de vinculación de personal, acciones de mejora,
plan de formación
6. Planea, coordina y controla el proceso de Dirección de la Institución (direccionamiento estratégico,
comunicaciones y el servicio a la Comunidad Educativa).
7. Aprueba el currículo, el plan de estudio y el calendario escolar. Selecciona el personal competente y celebra
los Contratos de Trabajo.
8. Expide certificados y controla los libros reglamentarios de la Institución.
9. Autoriza las publicaciones oficiales o de cualquier índole que se hagan en la Institución.
10. Preside el gobierno escolar.
11. Ejecuta las decisiones del Consejo Directivo.
12. Nombra el Consejo Académico, la planta de personal para el cubrimiento de las diferentes áreas del plan de
estudios y los diferentes cargos necesarios para el buen desarrollo institucional.
13. Aplica estímulos, correctivos, sanciones que se deriven del comportamiento y o desempeño de los
miembros de la Comunidad Educativa.
14. Controla y otorga permisos a los docentes.
15. Evalúa el desempeño de los docentes junto con los coordinadores.
16. Aprueba la continuidad del personal de la Institución.
17. Establece el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas y extracurriculares.
ARTÍCULO Nº 33.- EL CONSEJO ADMINISTRATIVO
Es el órgano del Gobierno Escolar integrado por las Hermanas Salvatorianas, patrocinadoras y propietarias de la
Institución, que laboran en la Institución. Es nombrado según reglamentación interna de la Comunidad de las
Hermanas del Divino Salvador (Consejo Provincial y/o Rectora). Estará conformado por:
1. La Rectora, quien la preside.
2. La Ecónoma o una representante de las Hermanas Salvatorianas.
ARTÍCULO Nº 34.- FUNCIONES DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO:
1. Garantizar la continuidad del carisma Salvatoriano.
2. Asegurar el futuro de la Institución.
3. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de las actividades
educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva Comunidad Educativa.
4. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente
autorizados, efectuados por los padres y los responsables de la educación de los estudiantes, de acuerdo con los
costos establecidos por la ley y este Manual.
5. Proponer el plan de compras y ejecución del presupuesto.
6. Proponer decisiones relativas a la administración de recursos financieros, patrimoniales y laborales, ajustados a
los objetivos del PES y a los estatutos de la entidad propietaria de los recursos, que para el caso es la Comunidad
de las Hermanas del Divino Salvador.
ARTÍCULO Nº 35.- EL CONSEJO DIRECTIVO:
Es una instancia de participación de la Comunidad Educativa, de orientación académica y administrativa de la
Institución. Se encarga de la toma de decisiones para el buen funcionamiento del mismo y está coordinado y
asesorado por la Rectora.
Integrantes y Elección: La conformación y elección de los miembros del Consejo Directivo está definida conforme
al Artículo Nº 143 de la Ley 115, el Decreto Reglamentario 1860 del año 1994, y el Decreto 1286 del año 2005.
Está integrado por:
a. La Rectora del establecimiento educativo, quien lo convoca y preside.
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b. Dos representantes de los docentes de la Institución, elegidos en la primera asamblea de docentes. Un
representante de preescolar y primaria y otro de la básica y media vocacional.
c. Dos representantes de los padres de familia, elegidos: uno del Consejo de Padres y el otro de la Junta
Directiva de la Asociación de Padres de Familia.
d. Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado de educación que ofrezca la
Institución; (Subrayado y declarado exequible. Sentencia C 555 de 1994 Corte Constitucional).
e. Un representante del Consejo Estudiantil.
f. Un representante del sector productivo del área de influencia.
g. Un representante de los ex alumnos de la Institución
Parágrafo 1: A las reuniones del Consejo Directivo, podrá asistir, previa invitación, cualquier miembro de la
Comunidad Educativa. Los invitados sólo tendrán derecho a voz, no a voto.
Parágrafo 2: Los docentes invitados en representación de cada nivel tienen voz pero por consenso definen el voto.
ARTÍCULO 36. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:
Sus funciones están señaladas en el Artículo 144 de la Ley 115 y en el Artículo 23 del Decreto 1860 de 1994. Son
las siguientes:
1. Establecer su propio reglamento y ceñirse a él.
2. Reunirse ordinariamente dos veces al año y en forma extraordinaria cuando las circunstancias lo exijan
3. Ser convocado por la Rectora.
4. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de
otra autoridad superior, tales como las reservadas a la dirección administrativa por ser un establecimiento
privado. (Artículo Nº 23, Decreto 1860).
5. Aprobar y adoptar el Manual de Convivencia
6. Aprobar el calendario académico mediante acuerdo escrito.
7. Resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los(as) estudiantes de la
Institución, después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.
8. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional someterlo a la aprobación de
la respectiva Secretaría de Educación o del organismo que haga sus veces para que verifique el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los decretos reglamentarios.
9. Controlar y estimular el buen funcionamiento de la Institución Educativa.
10. Participar en la evaluación de los docentes, coordinadores académico y de convivencia.
11. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y
recreativas.
12. Promover las relaciones con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles
dentro de la Institución.
13. Conformar la Asociación de Padres de Familia y el Consejo de Padres. (Decreto 1286 de 2005).
14. Aprobar las tarifas de matrículas, pensiones y otros costos educativos con base a informes presentados por
la Institución, al presupuesto ejecutado, al presupuesto de ingresos y gastos legalmente autorizados que
efectuarán los padres de familia responsables de la educación de los(as) estudiantes.
15. Levantar Acta numerada y fechada de todas sus reuniones.
16. Aplicar la sanción de retiro del establecimiento, desescolarización, cancelación de matrícula y renovación o
no de la misma, a los(as) estudiantes que dada la gravedad de su comportamiento o de su desempeño
académico, así lo ameriten. Una vez tomada la decisión de aplicar la sanción, se levantarán el Acuerdo y
el acta respectiva con base a la cual, la Rectora elaborará la Resolución Rectoral correspondiente.
17. Recomendar criterios y promover actividades y relaciones de tipo académico, deportivo, cultural, recreativo
y social de la comunidad educativa con otras instituciones.
ARTÍCULO 37. REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO
1. Nombrar su propia secretaria.
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2. Se reúne ordinariamente dos veces al año y de manera extraordinaria, cuando las circunstancias lo
requieran, por convocatoria de la Rectora.
3. Todas las decisiones se aprobarán por mayoría y se comunicarán mediante Acuerdo escrito.
4. Dejar constancia de reuniones y acuerdos en actas respectivas.
5. Los estudiantes que participen harán consenso para votar. En caso de no llegar a un consenso, el presidente
del Consejo Estudiantil hace uso del derecho al voto que le confiere la ley.
6. Todas las propuestas deben presentarse a través de la Rectora.
Parágrafo: Todos los invitados, profesores del Consejo Académico y estudiantes del Consejo Estudiantil,
tienen voz pero no voto.
ARTÍCULO Nº 38.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS DOCENTES AL CONSEJO
DIRECTIVO:
1. Demostrar conocimiento y aceptación observable de la Filosofía de la Escuela Salvatoriana (Proyecto
Educativo Salvatoriano: “PES”).
2. Ser cumplidores del Manual de Convivencia y del Reglamento del Docente.
3. Haber firmado contrato de trabajo con la Institución.
4. Tener evidente actitud crítica.
5. Evidenciar la apropiación del perfil del docente.
6. Tener como mínimo un año de antigüedad en la Institución.
ARTÍCULO Nº 39.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS PADRES DE FAMILIA AL
CONSEJO DIRECTIVO:
Los requisitos para que los Padres de Familia pertenezcan al Consejo Directivo son:
1. Tener matriculado a su hijos(as) en la Institución.
2. Demostrar conocimiento y aceptación observable de la Filosofía de la Escuela Salvatoriana y del Manual de
Convivencia vigente.
3. Demostrar ética moral en sus actuaciones.
4. Ser persona honorable y exenta de problemas con la justicia.
5. Ser cumplidor del Contrato de Cooperación Educativa (responsable en el pago de pensiones).
6. Pertenecer al Consejo de Padres para representarlo ante el Consejo Directivo.
7. Ser miembro de la Asociación de Padres de Familia y haber sido nombrado por la Junta Directiva de la misma.
8. Manifestar sentido de pertenencia y respeto por las directivas y demás personal de la Institución.
9. Disponer del tiempo necesario para asistir a las reuniones.
10. Tener como mínimo un año de antigüedad en la Institución.
ARTÍCULO Nº 40.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO
DIRECTIVO
Para pertenecer al Consejo Directivo, el estudiante debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Estar matriculado en el Institución.
2. Ser nombrado por los estudiantes, por mayoría absoluta, mediante votación secreta y de acuerdo a los
requisitos establecidos en este Manual.
3. Pertenecer al grado once.
4. Conocer y ser responsable del cumplimiento de la filosofía y del Manual de Convivencia de la Institución.
5. Ser aceptado por los docentes y las Directivas como líder positivo.
6. No tener Contrato Pedagógico.
7. Tener como mínimo un año de antigüedad en la Institución.
8. Presentar un proyecto de trabajo a la Rectora el cual es aprobado por el Consejo Directivo.
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ARTÍCULO Nº 41.- CONSEJO ACADÉMICO:
El Consejo Académico, como instancia superior, participa en la orientación pedagógica de la Institución. (Decreto
1860/94 Artículo Nº 24).
Integrantes del Consejo Académico: Acogiéndonos al Artículo 145, de la Ley 115, al Artículo 24 del Decreto
1860 de 1994, y a la reglamentación interna de la Institución, los integrantes del Consejo Académico son:
 La Rectora, quien lo preside.
 Los Coordinadores de los niveles de preescolar, primaria, bachillerato y media vocacional.
 El Coordinador(a) de Evangelización.
 Los jefes de área.
 El líder de calidad, o del proceso, a juicio de la Rectora.
ARTÍCULO 42.- FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO:
1. Acordar su propio reglamento.
2. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo.
3. Estudiar el currículo y propiciar ajustes para su continuo mejoramiento.
4. Participar en la elaboración del diseño curricular, de acuerdo con la normatividad vigente y las políticas
institucionales y orientar al profesorado en su ejecución.
5. Elaborar pautas de educación y participar en la evaluación institucional anual.
6. Nombrar, conformar y orientar la gestión de las Comisiones de Evaluación y Promoción.
7. Recibir los reclamos de los y las estudiantes sobre la evaluación académica educativa y presentarlos para su
análisis y recomendación a la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado.
8. Definir y aprobar semestralmente el plan de recuperación de las aéreas de estudio.
9. Determinar, cuando sea requerido, el plan de nivelación de acuerdo a la normatividad vigente y
disponibilidad autorizada por la Rectora.
10. Evaluar periódicamente el proceso de las competencias obtenidas.
Las anteriores funciones como las afines o complementarias, que estén contempladas en la legislación vigente,
emanada del MEN.
Parágrafo 1. REGLAMENTO
1. Todas las decisiones del Consejo Académico se aprobarán por mayoría.
2. El Consejo Académico se reunirá por convocación de la Rectora, ordinariamente una vez al mes y de
manera extraordinaria cuando las circunstancias lo exijan.
3. Un miembro del Consejo diferente cada vez, hace de secretario en cada reunión.
ARTÍCULO 43.- PERFIL DEL JEFE DE ÁREA:
Persona que:
1. Demuestra asumir y encarnar la Filosofía Salvatoriana.
2. Personifica la ética del verdadero maestro: maestro(a) por vocación.
3. Manifiesta interés por la formación académica del estudiantado.
4. Es competente y profesional en su área.
5. Con capacidad de convocar.
6. Manifiesta actitudes de líder Salvatoriano.
7. Se muestra interesado por su propia autoformación.
8. Tiene, como mínimo, un año de antigüedad en la Institución
RESPONSABILIDADES Y AUTORIDADES:
Además de sus funciones como docente, es el responsable de:
1. Velar por el fortalecimiento de los valores Institucionales y la asimilación del Espíritu Salvatoriano
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2. Apoyar la implementación del procedimiento de Diseño Curricular, el de Planeación y prestación del
servicio educativo de la Institución.
3. Planear en coordinación con su propia área las siguientes actividades:
a. La elaboración y ajustes necesarios al Plan de Área.
b. El diseño, implementación y desarrollo de proyectos y programas a su cargo.
c. La estrategia de articulación de grados, niveles y áreas.
d. El seguimiento del proceso de aprendizaje de los estudiantes.
e. Mejoramiento continúo de las estrategias, técnicas y metodología de enseñanza.
f. Revisión de planes de apoyo, nivelaciones y refuerzo para los estudiantes.
g. Revisión de la Planeación de Clases de los docentes.
4. Promover la investigación de su área de conocimiento.
5. Trabajar en coordinación con el área de Evangelización como eje transversal de la Institución Educativa,
para que desde esta perspectiva se posibilite la vivencia de los valores Salvatorianos.
6. Ser miembro del Consejo Académico.
7. Colaborar en la evaluación del desempeño de los y las docentes de su área.
8. Aspectos que mejoran el ambiente interno de trabajo.
9. Otras, encomendadas por la Rectora.
Es la autoridad para:
10. Coordinar la elaboración y ejecución de los proyectos de área.
11. Coordinar las reuniones periódicas del área.
Planear y desarrollar las actividades institucionales asignadas al área.
ARTÍCULO 44.- PERFIL DEL DOCENTE SALVATORIANO
Los Docentes: Son los orientadores en la Institución, del proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de los(as)
estudiantes, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia.
1. Encarna la filosofía Salvatoriana, se muestra testigo de la fe, “El Salvador es su referente de vida”. Es un
colaborador de la obra de la salvación, dispuesto a promover el conocimiento de la religión católica.
2. Manifiesta, en actitudes y hechos observables, su sentido de pertenencia, lealtad y amor a la Institución.
3. Proactiva (o) en el desempeño de su misión, aportando interés y esfuerzo en el desarrollo de las
potencialidades de sus estudiantes. Sabe convertir los problemas en oportunidades.
4. Disfruta la vida en abundancia que Dios nos ha regalado y promueve la defensa de la vida en todas sus
manifestaciones:
a. Protege el medio ambiente.
b. Se reconoce así misma (o), como administradora (o) fiel del mundo que Dios nos ha dado.
c. Promueve una vida de calidad para sus estudiantes.
d. Vela por el buen ambiente entre sus compañeras (os).
5. Es promotor del cambio, responsable en proponer y realizar innovaciones educativas.
6. Persona profundamente humana en sus relaciones interpersonales, con capacidad de acogida, de escucha,
de respeto por las diferencias, solidaria y la compresiva.
7. Se destaca por ejercer su profesión con ética y vocación, se interesa por la formación de los(as)
estudiantes y les da lo mejor de sí mismo (a).
8. Trabaja por cultivarse a sí mismo (a) y mejorar la calidad educativa mediante la continua actualización
profesional, la eficiencia, la responsabilidad y mejoramiento personal.
9. Sus estudiantes lo(a) ven como ejemplo y guía y acuden a él (ella) como al maestro (a).
10. Su presentación personal habla de autoestima y respeto por sí mismo (a). Invita al orden y la disciplina.
RESPONSABILIDADES Y AUTORIDADES
1. Asumir la filosofía del COLEGIO DIVINO SALVADOR teniendo en cuenta que esta Institución
Educativa es de carácter expresamente “Católico”, por lo cual debe dar testimonio frente a la Comunidad
Educativa, de su respeto por esta Confesión Religiosa.
2. Impulsar e implementar la pastoral educativa Salvatoriana, en todas sus actividades
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Velando por el fortalecimiento de los valores Salvatoriano
3. Participar en los procesos del Sistema de Gestión de Calidad que sea requerido, colaborar en la
Implementación del mismo y hacer plan de mejoramiento.
4. Se compromete a cumplir personalmente con el servicio contratado y las órdenes e instrucciones que de
modo particular impartan la rectora o sus representantes (C.S.T. Art. 58)
5. Planear, ejecutar y evaluar el currículo, en el marco de las directrices del MEN y del proyecto educativo
SALVATORIANO.
6. Participar en la elaboración del plan operativo anual de acuerdo con el PES.
7. Conocer y asumir la ley de infancia y adolescencia y el reglamento interno en su interacción con las y los
estudiantes
8. Asistir puntualmente y participar en todas las actividades que programe el Colegio tendientes a lograr los
objetivos del P.E.S.
9. Asistir a las capacitaciones a las que sea convocado y entregar informe de la misma. Los materiales
entregados en dichas capacitaciones son propiedad del colegio
10. Velar por la formación integral de los y las estudiantes acompañándolos en su proceso de formación y
rendir los informes convenientes y necesarios de acuerdo con el reglamento interno del colegio.
11. Colaborar en los eventos especiales, en que por autorización del Colegio, deba intervenir en su nombre;
cualquier remuneración, gratificación o premio que se obtenga, será propiedad del colegio, así como
cualquier descubrimiento, o invención material o intelectual que se desarrolle dentro del colegio y el
desarrollo de actividades académicas, culturales o formativas, caso en el cual el profesor deberá facilitar al
colegio lo necesario para su debido registro o patente.
12. Citar y atender a padres de familia que lo soliciten en asuntos relacionados con los y las estudiantes.
13. Cumplir puntualmente con la jornada laboral establecida por la Institución.
14. Apoyar a la coordinación en la normalización durante los descansos de los estudiantes.
15. Cumplir con el reglamento interno de trabajo
16. Elaborar plan de mejoramiento
17. Responder por los materiales de trabajo que se le entregan mediante inventario y a entregarlos en igual
forma, al final del año escolar, salvo el deterioro normal de los mismos (C.S.T. Art. 58)
18. Informar oportunamente al encargado de inventarios o bajo solicitud, algún daño ocasionado por un
estudiante o miembro de la comunidad educativa a los recursos físicos de la Institución.
19. Observar las instrucciones preventivas de accidentes o de enfermedades profesionales (C.S.T. Art. 58)
20. Comunicar oportunamente a la Rectora las observaciones que estime conducentes a evitar daños y
perjuicios a la comunidad educativa
21. Cumplir las demás funciones asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo
Es la autoridad para:
1. Elaborar la Planeación de su AREA, haciendo los ajustes pertinentes de acuerdo con el Plan de Estudios
propuesto.
2. Informar a padres y madres de familia sobre los logros y dificultades del educando en su proceso de
formación
3. Valorar el proceso académico presentado por los y las educandas.
4. Diligenciar los registros del proceso académico y formativo de cada estudiante.
Tomar acciones correctivas y de mejora del proceso formativo, en el marco del Manual de convivencia
ARTÍCULO Nº 45.- DERECHOS DEL DOCENTE
Están consagrados en la Constitución Política, el Estatuto Docente, la Ley General de Educación, el Código Laboral,
el Contrato de Trabajo y el reglamento interno de la Institución.
1. Recibir información por parte de las directivas sobre la misión y filosofía de la Institución.
2. Recibir trato justo y respetuoso por parte de las directivas, padres y madres de familia, empleados de
servicios generales, estudiantes y otros estamentos de la Comunidad Educativa.
3. Expresar libremente sus pensamientos y opiniones.
4. Participar activamente en convivencias, celebraciones, actos deportivos y culturales para lograr una mayor
integración, entre los y las estudiantes y compañeros docentes.
5. Recibir el salario justo.
6. Participar de los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos establecidos.
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7. Recibir información oportuna acerca de sus compromisos laborales y contractuales.
8. Otros consagrados en el Reglamento Interno del Trabajo que será fijado en un lugar público.
ARTÍCULO 46. DEBERES DEL DOCENTE:
1. Cumplir la Constitución y las leyes de Colombia.
2. Inculcar a los(as) estudiantes el amor a los valores espirituales, morales, históricos y culturales de la Nación,
así como el respeto a los símbolos patrios.
3. Conocer la filosofía y proyectos pedagógicos Salvatorianos.
4. Orientar con base en la filosofía y la misión de la Institución.
5. Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones a su cargo o el objeto de su contrato.
6. Estimular y respetar al estudiante como persona, resaltando sus valores individuales y sus diferencias.
7. Brindar a los(as) estudiantes, madres y padres de familia una atención cordial y respetuosa en los horarios
establecidos, informando sobre el desarrollo integral de sus hijos(as).
8. Ser justo al evaluar a cada estudiante teniendo en cuenta las diferencias individuales. Considerar la
evaluación como un proceso continuo, imparcial y completo.
9. Cumplir las órdenes inherentes a su cargo impartidas por las personas puestas en autoridad.
10. Dar un trato cortés y compartir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósito.
11. Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su
cargo.
12. Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes que le sean confiados.
13. Observar una conducta pública acorde con el decoro y dignidad de su profesión.
14. Actuar con imparcialidad y justicia.
15. Buscar medios de actualización en su área y a nivel general.
16. Velar por el cumplimiento de los fines y objetivos de la educación.
17. Brindar orientación permanente al educando para su desarrollo integral.
18. Escuchar las sugerencias e inquietudes de la Comunidad Educativa.
19. Crear un ambiente de amistad y respeto con todo el personal de la Institución y la comunidad circundante.
20. Cumplir a cabalidad con el Manual de Convivencia y el Reglamento Interno de Trabajo.
21. Informar a los padres de familia sobre los criterios, métodos y procedimientos pedagógicos empleados para
lograr el desarrollo integral de los(as) estudiantes.
22. Ser evaluado permanentemente por los miembros de la Comunidad Educativa sobre el desempeño de su
labor.
23. Contar con el permiso de las directivas para ausentarse de la Institución con causa justificada.
Parágrafo único: Ningún profesor, podrá exigir textos, libros y elementos sin la autorización de la Rectora.
ARTÍCULO Nº 47.- COMISIÓN ORDINARIA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE GRADO
El Consejo Académico, acogiéndose a la Ley 115 de 1994 y al Decreto 1860 del mismo año, conforma la Comisión
de Evaluación y Promoción de Grado. La finalidad de la Comisión es hacer recomendaciones de actividades de
refuerzo y definir la promoción de los(as) estudiantes.
Miembros de la Comisión Ordinaria de Evaluación y Promoción: La Rectora, el Coordinador(a) y los docentes
del grupo.
Miembros de la Comisión Extraordinaria de Evaluación y Promoción: Integrada por el Consejo Académico, los
Coordinadores, el Director de Grupo, el profesor de la materia en cuestión y un representante de los padres de
familia, nombrado por el Consejo de Padres, que no sea docente de la Institución. Esta Comisión, analiza los casos
que le remite la Comisión Ordinaria y tiene carácter decisorio.
Parágrafo 1. Invitados: El Departamento de Psicología podrá ser invitado por la Rectora a participar en las
actividades de la Comisión.
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ARTÍCULO N 48.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Esta Comisión es de carácter consultivo, se reúne al finalizar cada período y es convocada y presidida por la Rectora.
Funciones:
1. Analizar los casos de los estudiantes que presentan bajo desempeño académico y remitir a la comisión
extraordinaria, los que considere delicados.
2. Suministrar información que contribuya a la autoevaluación académica de los estudiantes y a la
actualización permanente del plan de estudios.
3. Hacer recomendaciones particulares y generales a estudiantes e informar a la Comisión Extraordinaria.
4. Consignar en actas los compromisos y el seguimiento hecho a los estudiantes. El acta será remitida a la
Comisión Extraordinaria.
5. Analizar los casos de estudiantes con valoración sobresaliente para acordar estímulos y remitirlos a la
Comisión Extraordinaria para promoción anticipada.
ARTÍCULO Nº 49.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN EXTRAORDINARIA DE EVALUCIÓN
1. Suministrar información al Consejo Académico.
2. Definir, de acuerdo a la naturaleza del problema, las actividades de refuerzo de las competencias que
considere pertinentes.
3. Determinar a los estudiantes que requieren actividades de refuerzo.
4. Analizar los casos de estudiantes con valoración excelente para acordar estímulos y los casos considerados
para la promoción anticipada.
5. Entregar oportunamente los Acuerdos y las actas a la Rectora.
6. Reunirse ordinariamente cinco veces al año y extraordinariamente, cuando sea convocada por la Rectora.
7. Hacer recomendaciones sobre actividades de refuerzo y recuperación, a los docentes o a otras instancias de
la institución.
8. Convocar al docente, al estudiante y a los padres de familia, con el fin de presentarles un informe junto con
el plan de refuerzo y recordarles sus compromisos.
9. Analizar los casos de insuficiencia de los estudiantes y recordar en cada reunión ordinaria, al docente y a
los padres de familia, las recomendaciones pertinentes y hacer seguimiento en las reuniones posteriores.
10. Consignar en actas las decisiones tomadas por la Comisión las cuales pueden sostener las decisiones acerca
de la promoción de estudiantes.
ARTÍCULO 50.- REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE GRADO.
1. Sesionar de manera ordinaria al finalizar cada período para hacer un análisis detallado del rendimiento
académico de cada estudiante.
2. Sesionar de manera extraordinaria cuando las circunstancias lo ameriten.
3. Tomar decisiones por mayoría absoluta de votos. La ausencia de un representante de los padres de familia
no impide la votación.
4. Constituir el quórum necesario para la validez de la votación.
5. Invitar al psico-orientador(a) para ilustrar la información que sea necesaria.
6. Nombrar un secretario(a) en cada reunión.
Parágrafo: Toda petición de promoción será solicitada previamente a la Rectora quien pedirá la sustentación
requerida.
ARTÍCULO Nº 51.- PÉRDIDA DE INVESTIDURA DE LOS MIEMBROS
1. Inasistencia a tres (3) reuniones, sin justificación.
2. Incurrir en falta grave.
3. Incumplimiento de las funciones por parte de: docente, padres de familia, estudiante.
Parágrafo 1º. Cuando un miembro de la Comisión sea propuesto sin tener la antigüedad requerida, la Rectora
puede hacer la salvedad de dicho impedimento por Resolución.
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Parágrafo 2º. Órganos Consultores: Directivos, Consejo Académico, Consejo de Padres de Familia, Consejo de
Estudiantes.
CAPITULO VI
CONSEJO ESTUDIANTIL
ARTÍCULO Nº 52.
El Consejo Estudiantil es un ente legal de la Comunidad Educativa cuyo propósito es aunar opiniones y sugerencias
que desde el ámbito estudiantil, aporten al mejoramiento de la Institución en pro del bienestar educativo y social.
Estará integrado por:
1. El presidente de los estudiantes.
2. El personero.
3. Un vocero de cada grado.
4. Los monitores de asignatura, cuando los profesores lo consideren necesario.
FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL
1. Elaborar el Reglamento Interno asesorado por el docente encargo del Proyecto Cívico Político de la
Institución.
2. Promover la participación de los estudiantes para presentar iniciativas sobre el desarrollo de la vida
estudiantil.
3. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia o Reglamento de la Institución.
4. Ser los inmediatos colaboradores de los docentes en las diferentes actividades del Colegio.
5. Llevar la vocería del grupo al Consejo Directivo.
ARTÍCULO Nº 53.- REGLAMENTO DEL CONSEJO DE ESTUDIANTIL
1. Asistir a las reuniones convocadas por la Rectora, según fecha publicada en el cronograma.
2. Solicitar reuniones extraordinarias a la Rectora cuando las circunstancias lo requieran, a petición del
presidente o del líder del proyecto.
3. Si un estudiante falta a dos reuniones sin justa causa, se le aplicará la revocatoria y será reemplazado por
otro, elegido por su grupo.
ARTÍCULO Nº 54. LA REVOCATORIA DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES
El (la) estudiante que no cumpla sus funciones como integrante del Consejo o cometa falta grave, se le aplicará
la revocatoria de mandato que consiste en quitarle el cargo que desempeña y nombrar a otro estudiante que lo (la)
represente.
Parágrafo: La revocatoria del Vocero es hecha por los estudiantes del grupo quienes la presentan al director de
grupo.
Parágrafo 2: La revocatoria del Presidente o del Personero pueden ser solicitadas por los estudiantes y presentadas
por el Consejo Estudiantil a la Rectora.
ARTÍCULO Nº 55. DEFINICION DEL CARGO DE PRESIDENTE Y PERSONERO
El Personero Estudiantil: Es un(a) estudiante de uno de los tres últimos grados de escolaridad ofrecidos por la
Institución Educativa.
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El Presidente Estudiantil. Es un(a) estudiante del último grado de escolaridad ofrecido por la Institución Educativa,
representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo, que vela por el cumplimiento de los derechos y deberes de
los estudiantes.
ARTÍCULO Nº 56.- REQUISITOS PARA SER ELEGIDO PRESIDENTE Y PERSONERO
Para ser elegido presidente o personero, el estudiante debe:
1. Estar matriculado en la Institución.
2. Demostrar el conocimiento y la aceptación de la Filosofía y del Manual de Convivencia.
3. Ser aceptado como líder positivo por los docentes y las directivas de la Institución.
4. No tener Contrato Pedagógico.
5. Tener como mínimo, un año de antigüedad en la Institución.
6. Presentar un proyecto de trabajo al Consejo Directivo para su aprobación.
7. Haber tenido en el año anterior y actualmente comportamiento excelente.
8. Ser ejemplo para sus compañeros en el cumplimiento del Manual de Convivencia.
9. Ser destacado académicamente.
ARTÍCULO Nº 57.- PROCESO DE ELECCIÓN DE PRESIDENTE Y PERSONERO
El proyecto de formación democrática, política y de gobierno estudiantil, coordina todos los asuntos pertinentes a
la elección de presidente y personero ajustándose a este proceso:
1. Capacitación: En los primeros cuarenta y cinco (45) días del calendario escolar, la Institución a través del
docente coordinador del proyecto, proporciona a los(as) estudiantes de los grupos del grado undécimo,
orientaciones acerca de las realidades y compromisos que se adquieren al asumir los cargos de Presidente y
Personero, preparándolos para tomar decisiones responsablemente.
2. Inscripción de candidatos: Una semana antes del comienzo de la campaña, los candidatos deben presentar a
la Rectora sus respectivos planes de trabajo, con el fin de evaluarlos y enriquecerlos.
3. Campaña: Una vez analizados y aprobados los planes de trabajo, los(as) candidatos realizan sus campañas
durante dos semanas, utilizando para ello los medios de comunicación de los cuales disponga la Institución
Elección:
4. Tanto el presidente como el personero de los estudiantes serán elegidos al finalizar el período de campaña,
mediante voto secreto y mayoría relativa.
5. Votaciones: A cada estudiante se le da un único tarjetón para depositar su voto.
6. Los(as) estudiantes votan en el lugar destinado para tal fin portando su carne estudiantil.
7. Los(as) candidatos(as), un representante de la Rectora y los docentes que lideran del proyecto, deben estar
presentes durante todo el proceso de elección y conteo de votos.
8. Ese mismo día, en presencia de los(as) candidatos(as), se realiza el escrutinio de votos y se procede
comunicar a las directivas los nombres del Presidente y Personero elegidos. Acto seguido, se anuncia a
toda la Comunidad Educativa el resultado de las elecciones.
ARTÍCULO 58. FUNCIONES DEL PRESIDENTE ESTUDIANTIL
1. Representar a los estudiantes ante el Consejo Directivo.
2. Cumplir el Manual de Convivencia.
3. Convocar a reuniones del Consejo Estudiantil, de común acuerdo con el profesor Director del proyecto.
4. Presentar al Director del proyecto sus planes y programas para la aprobación.
5. Crear espacios de participación para dar a conocer los asuntos pertinentes derivados de su condición de
miembro del Consejo Directivo.
6. Dar cumplimiento al plan de trabajo presentado durante la campaña.
7. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia.
8. Ofrecer campañas que favorezcan el mejoramiento del medio ambiente, el bienestar y la convivencia
pacífica.
ARTÍCULO Nº 59.- FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL
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1. Una vez aceptado su nombramiento, su deber es velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de los
estudiantes, consignados en el Manual de Convivencia.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre las lesiones a sus derechos.
3. Representar a los estudiantes cuando su presencia sea requerida, dentro y fuera de la Institución.
4. Servir de conciliador entre sus compañeros cuando las circunstancias lo requieran.
5. Proponer campañas que favorezcan el mejoramiento del medio ambiente, el bienestar y la convivencia
pacífica.
6. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.
7. Presentar ante la Rectora, las solicitudes de oficio y/o petición que considere necesarios para proteger los
derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes.
8. Apelar ante el Consejo Directivo cuando lo considere necesario.
9. Asistir con voz pero sin voto, a las reuniones del Consejo Directivo, cuando fuere invitado por la Rectora.
10. Cumplir con las funciones del cargo.
ARTÍCULO Nº 60. REGLAMENTO DEL PERSONERO.
1. Entregar a Rectoría las solicitudes, reclamos y sugerencias que deba atender en razón de su cargo, para ser
presentadas al Consejo Directivo.
2. Asistir a las reuniones del Consejo Directivo, cuando fuere invitado por la Rectora.
3. Dedicar tiempo para asistir a las reuniones, atender a los compañeros y cumplir las demás funciones, sin
descuidar sus responsabilidades académicas.
4. Solicitar a la Rectora la convocatoria a reuniones del Consejo Estudiantil por medio del director del
proyecto.
5. Considerar las opiniones de sus compañeros(as).
6. Escuchar y evaluar las peticiones que recibe, antes de ser llevadas a las directivas.
Derechos del Personero Estudiantil:
1. Elegir y ser elegido democráticamente como representante de sus compañeros.
2. Tener libertad de expresión y respeto como persona.
3. Utilizar los medios de comunicación con que cuenta el Colegio para promover sus campañas, previa
solicitud a la Rectora
4. Recibir apoyo por parte de todo el personal del Colegio y ,en forma muy especial, de sus compañeros para
hacer efectivo el proyecto.
5. Ser escuchado por las directivas del plantel.
6. Ser reconocido como líder positivo en el desempeño de sus funciones.
Revocatoria del mandato del Personero estudiantil:
Los motivos serán los siguientes:
1. Firmar un Contrato Pedagógico por razones académicas y/o disciplinarias.
2. Ser sancionado por desescolarización por uno (1) o más días.
3. Desarrollar funciones diferentes a las estipuladas para su cargo.
4. Incumplir con los compromisos para los cuales fue nombrado.
5. Por deshonestidad en el conteo de los votos de los estudiantes.
Parágrafo. 1º: El personero que sea removido de su cargo será reemplazado por el segundo candidato(a) en
votación.
Parágrafo 2º: Si el número de votos obtenidos por el segundo candidato no fuera representativo, se puede proceder a
la elección entre los voceros de los diferentes grados.
Procedimiento para el reemplazo del presidente o del personero.
Estos dos cargos son remplazados por renuncia voluntaria, por revocatoria del mandato o por retiro del estudiante de
la Institución.
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1. La Rectora dialoga con los estudiantes implicados, buscando en primera instancia la conciliación antes de
definir la acción a seguir. Analiza la necesidad o no de pedir el consentimiento de todos los(as) estudiantes
por votación secreta o por sondeo.
2. Si el tiempo transcurrido al nombramiento es inferior al 50% del periodo escolar, se procede a otra elección
con la participación de todo el estudiantado. Si es superior a este porcentaje, la elección la hace el Consejo
de Estudiantes previa consulta a sus compañeros.
ARTÍCULO Nº 61. REQUISITOS PARA SER VOCERO DE GRUPO
El vocero de grupo será elegido para el año lectivo en curso mediante votación secreta.
1. Estar matriculado en la Institución.
2. Demostrar el conocimiento y la aceptación de la Filosofía y del Manual de Convivencia.
3. Ser aceptado como líder positivo por los docentes y las directivas de la Institución.
4. No tener Contrato Pedagógico.
5. Tener comportamiento excelente.
6. Ser ejemplo para sus compañeros en el cumplimiento del Manual de Convivencia.
7. Ser destacado académicamente.
8. Ser apoyo del director(a) de grupo.
9. Ser proactivo en el desarrollo del proyecto de aula.
FUNCIONES:
1. Colaborar con la disciplina dentro y fuera del aula.
2. Servir de mediador en la solución de conflictos presentados entre los compañeros y el grupo con los profesores
3. Motivar a los compañeros para el buen rendimiento académico y disciplinario del grupo.
4. Representar al grupo en el consejo de estudiantes.
5. Aportar al director de grupo con opiniones y comentarios oportunos que ayuden al mejoramiento de sus
compañeros.
Parágrafo 1:
En caso de renuncia del vocero o destitución del cargo, el docente director de grupo, junto con los compañeros del
curso, retoman el acta de elección y se posesionará el estudiante que haya obtenido la segunda mayor votación, o
bien, por consenso del grupo realiza una nueva elección.
ARTÍCULO Nº 62.- PROCEDIMIENTO PARA EL REEMPLAZO DE PRESIDENTE O PERSONERO
Estos dos cargos son reemplazados por renuncia voluntaria, por revocatoria del mandato o por retiro del estudiante
de la Institución.
1. La Rectora dialoga con los estudiantes implicados, buscando en primera instancia la conciliación antes de
definir la acción a seguir. Analiza la necesidad o no de pedir el consentimiento de todos los(as) estudiantes,
por votación secreta o por sondeo.
2. Si el tiempo transcurrido al nombramiento es inferior al 50% de periodo escolar, se procede a otra elección
con la participación de todo el estudiantado. Si es superior a este porcentaje, la elección la hace el Consejo
de Estudiantes previa consulta a sus compañeros.
ARTÍCULO Nº 63. - MONITORÍAS
Para fomentar el liderazgo en la Institución se establecen monitorias en cada una de las áreas. Los monitores(as) son
estudiantes elegidos(as) por los docentes de las respectivas áreas para un período académico, con derecho a
reelección.
Las funciones del monitor(a):
1. Colaborar directamente con los docentes del área.
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2. Llevar la vocería del grupo ante el docente en asuntos relacionados con la materia.
3. Liderar las actividades en caso de ausencia del docente.
4. Ser facilitador del material didáctico.
5. Apoyar al docente en la organización y orientación de grupos de trabajo.
6. Sugerir al docente actividades que ayuden a hacer más dinámicas las clases.
7. Colaborar con el docente haciendo el registro de inasistencia a clases y de cumplimiento de tareas.
CAPITULO VII
REGLAMENTO DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA
ARTÍCULO Nº 64.- LOS PADRES DE FAMILIA:
Los padres de familia son miembros activos y participantes de la Comunidad Educativa de la Institución. Por lo
tanto, su misión no termina con el simple hecho de matricular a su hijo (a) en el curso que le corresponde, ya que
sólo mediante una actitud responsable, vigilante, interesada y comprensiva de su parte, será posible complementar
adecuadamente la labor educativa.
ARTÍCULO Nº 65.- PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA:
Al elegir esta Institución para la formación de sus hijos(as), los padres de familia deben manifestar el siguiente perfil:
1. Aceptación e identificación con la filosofía Salvatoriana.
2. Coherencia en su pensar y obrar consciente que el ejemplo constituye el aporte más válido a la educación de
sus hijos(as).
3. Cultura, respeto, transparencia y veracidad.
4. Favorecer en su hogar un ambiente de unidad, paz y serenidad como fundamento indispensable para la
educación integral.
5. Despertar confianza en sus hijos(as) a través de actitudes, diálogo frecuente e interés por sus
necesidades e inquietudes.
6. Estar en permanente comunicación con la Institución a través de la plataforma educativa Cibercolegios o
por medio de los cuadernos de cada una de las áreas.
7. Convencimiento de ser los primeros catequistas y educadores de sus hijos(as) en el amor.
8. Testimoniar en el hogar amor de Dios y a María, para orientar a sus hijos(as) en la fe y en los auténticos
valores cristianos.
9. Amor a la vida y defensa de la misma.
10. Colaboración activa y con los educadores apoyando la acción formadora que realizan.
ARTÍCULO Nº 66.- DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA:
Conforme a lo consagrado en la Constitución Política de Colombia y en el Decreto 1286, de 2005: “Normas sobre
la Participación de los Padres de Familia en el Mejoramiento de los Procesos Educativos”, el Colegio Divino
Salvador, respetuoso de estos derechos, establece como prioridades los siguientes:
1. Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos,
de conformidad con la Constitución y la Ley. Cuando el padre de familia elige el Colegio Divino Salvador,
está haciendo uso de este derecho y expresando que prefiere y acepta su filosofía y su reglamento.
2. Conocer con anticipación o en el momento previo a la matrícula las características de la Institución, los
principios que orientan su Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia. El Colegio Divino
Salvador realiza, como requisito previo a la matrícula y a las entrevistas, una inducción a los padres de
familia, en la que se les entrega el Manual de Convivencia. En las entrevistas los padres de familia deben
preguntar lo que no les ha quedado claro y recibir las explicaciones necesarias.
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3. Expresar de manera respetuosa directa y por conducto regular, sus opiniones respecto del proceso educativo
de sus hijos (as), y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la Institución.
4. El Colegio Divino Salvador no atiende anónimos
5. Participar en el proceso educativo que desarrolla la Institución, de manera especial en la elaboración,
ejecución y modificación del Proyecto Educativo Salvatoriano, de acuerdo con los canales establecidos en
este Manual para tal efecto.
6. Para recibir respuesta clara y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha de la Institución y sobre los
asuntos que impacten particularmente el proceso educativo de sus hijas e hijos, el padre y la madre de
familia deben asistir a las reuniones convocadas. Además tienen el derecho de solicitar citas con las
personas que lo necesiten para recibir dicha información.
7. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el
comportamiento de sus hijas e hijos.
8. Conocer la información sobre los resultados de la pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo
en el Colegio Divino Salvador.
9. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar y ante las
autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de Educación, según su reglamento, y de
acuerdo a este Manual.
10. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los
padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos.
11. Tener acceso al Departamento de Orientación Psicológica y Espiritual, siempre y cuando sea en beneficio
de las familias de la Institución.
ARTÍCULO Nº 67.- DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA:
Conforme a lo consagrado en la Constitución Política de Colombia y en el Decreto 1286, de 2005 “Normas sobre
la Participación de los Padres de Familia en el Mejoramiento de los Procesos Educativos” y de acuerdo con la
filosofía Salvatoriana donde ellos son los principales educadores de sus hijos, artífices de la unidad familiar y
responsables de la formación de sus valores, son deberes de los padres de familia o acudientes:
1. Matricular oportunamente a sus hijos(a) en las fechas y condiciones establecidas por la Institución y en el
Manual de Convivencia.
2. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico en el ejercicio del derecho a la educación y en
cumplimiento de sus fines sociales y legales.
3. Cumplir con las obligaciones contraídas en la matrícula y en el Manual de Convivencia, para facilitar el
proceso educativo.
4. Cumplir el Contrato de Matrícula
5. Evitar los comentarios destructivos, sin conocimiento veraz de los hechos, y acudir al docente o a las
directivas para estar al corriente de los hechos a través de una fuente veraz.
6. Contribuir a la creación de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua, que favorezca la
educación de los (as) hijos (as) y la mejor relación con los miembros de la Comunidad Educativa.
7. Comunicar oportunamente, en primer lugar a las autoridades de la Institución, las irregularidades de las
cuales tengan conocimiento, entre otras, maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas.
En caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes.
8. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio
educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los
planes de mejoramiento institucional.
9. Acompañar el proceso educativo, en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus
hijos(as), para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.
10. Proporcionar en el hogar un ambiente adecuado para el desarrollo integral de los (as) estudiantes, en el cual
puedan experimentar el gran gozo de la unidad y la paz.
11. Como representante de sus hijos e hijas, se comprometen dentro del proceso de formación integral, a
atender oportunamente los requerimientos del Colegio y asistir puntualmente a las reuniones, talleres,
encuentros, conferencias, Escuela de Padres, citas, entre otros, que se programen con el objeto de optimizar
la educación de sus hijos (as).
12. Cumplir oportunamente los compromisos económicos con el Colegio, dentro de los diez (10) primeros días
de cada mes. Los retrasos en los pagos lesiona la cancelación oportuna de los gastos que contrae la
Institución para prestar el servicio educativo.
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13. Dotar a su hijo o hija de los enseres necesarios como libros y otros materiales solicitados por la Institución
para el desarrollo normal de las actividades académicas.
14. Ejercer la responsabilidad parental como complemento de la patria potestad establecida en la legislación
civil. Es además obligación inherente a la orientación, el cuidado, el acompañamiento y la crianza de los
hijos(as), durante las diversas etapas de formación. Esto incluye unidad de criterios, responsabilidad,
compartida y solidaria del padre y la madre para que sus hijos(as) puedan lograr el máximo nivel de
satisfacción de sus derechos
15. Garantizar la custodia y cuidado personal de sus hijos (as), quienes tienen derecho a que sus padres, en
forma permanente y solidaria, asuman responsable y directamente su custodia para favorecer su desarrollo
integral. La obligación del cuidado personal se extiende además a quienes convivan con ellos en los ámbitos
familiar, social e institucional y a sus representantes legales. (Artículo 23, Ley 1098 de 2006).
16. Asegurarles, desde su nacimiento, el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su
adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo. (Artículo 39,
numeral 8 de la Ley 1098 de 2006)
17. Ser solidarios, de manera especial ante las calamidades, dificultades o accidentes familiares que puedan
presentarse entre los integrantes de la Comunidad Educativa.
18. Participar en el proceso de evaluación institucional.
19. La asistencia a reuniones de padres de familia, asambleas y Escuela de Padres es un deber de cumplimiento
obligatorio. Con dos inasistencias no justificadas se pierde el derecho a renovar la matricula al año
siguiente.
20. Cuando un padre de familia no asista a la Escuela de Padres o reunión de carácter formativo, debe
participar en un taller formativo para padres de familia bien sea en la Institución o en otra, fijada
por el Colegio y presentar constancia ante el coordinador. Si este taller acarrea gastos, éstos deben
ser asumidos por el padre de familia.
21. Conocer, respetar y hacer cumplir el Manual de Convivencia.
22. Utilizar cibercolegios diariamente como herramienta de comunicación entre familia y colegio.
ARTÍCULO Nº 68.- CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA
La conformación del Consejo de Padres en la Institución Educativa es de carácter obligatorio (Artículo 5 del Decreto
1286 de 2005)
Artículo º. Definición del Consejo de Padres de Familia: El Consejo de Padres de Familia es un órgano del
establecimiento educativo para promover la participación de los Padres de Familia o acudientes autorizados y
asegurar su continua colaboración en el proceso educativo y elevar los resultados de calidad del servicio. (Artículo 5,
Decreto 1286 de 2005). Como tal, es un organismo de coordinación y asesoría para la Rectora, que coadyuva en la
orientación del Colegio mediante la presentación de propuestas y planes de mejoramiento. Su fundamentación legal
se encuentra en la Constitución Nacional, en la Ley 115 de 1.994 y en el Decreto 1286 de 2005 del Ministerio de
Educación Nacional. Como órgano de participación Educativa no requiere registro ante ninguna autoridad.
Artículo º. Conformación del Consejo de Padres de Familia: El Consejo de Padres estará integrado por un mínimo
de (1) y un máximo de tres (3) padres de familia, por cada uno de los distintos grados que ofrece el Establecimiento
Educativo, de conformidad con el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Artículo º. Sede del Consejo de Padres de Familia: El Consejo de Padres desarrollará sus funciones en los recintos
que las directivas de la Institución le asignen, de acuerdo a las necesidades puntuales de los procesos a desarrollar.
Artículo º. Vigencia del Consejo de Padres de Familia: El Consejo de Padres, ejercerá sus funciones por un año
calendario, contado a partir del momento en que fue elegido y hasta cuando se designe el nuevo Consejo de Padres,
mediante la aplicación del procedimiento correspondiente, teniendo en cuenta que los representantes de los padres de
familia solo podrán ser reelegidos por un periodo adicional.
Artículo º. Funciones del Consejo de Padres de Familia: El Consejo de Padres del Colegio ejercerá sus funciones
en directa coordinación con la Rectora o sus delegados. Corresponde al Consejo de Padres:
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1. Contribuir, con la Rectora, al análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de
competencias y pruebas de Estado.
2. Exigir que el establecimiento participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el
Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES.
3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice la Institución
4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento institucional y en el logro de los objetivos
propuestos
5. Promover actividades de formación para los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de
acompañamiento a los(as) estudiantes, para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes.
6. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia, en el marco de la Constitución y de la
Ley.
7. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física de los(as) estudiantes.
8. Estimular el buen funcionamiento del Colegio.
9. Elaborar su propio reglamento.
ARTÍCULO Nº 69.- PERFIL DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE PADRES
Para acceder al Consejo Padres, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. Haber matriculado a sus hijos o representados en la Institución Educativa.
2. Demostrar actitudes y valores, con autenticidad y coherencia con el Proyecto Educativo Institucional.
3. Demostrar alto grado de pertenencia, compromiso con la Institución y entrega al servicio educativo del
plantel.
4. Comulgar con la ideología de la Institución y con sus principios
5. Haber manifestado siempre respeto por la Institución Educativa y sus Estamentos.
6. Disponer del tiempo para el servicio, las reuniones y las actividades.
7. Cumplir con las obligaciones económicas contraídas con la Institución.
8. Haber estado vinculado a la Institución mínimo un año, en el cual haya testimoniado poseer el perfil
especificado en los numerales anteriores, salvo en el nivel de preescolar.
PARAGRAFO
1º. Son miembros por derecho propio:
1. La Rectora del Colegio.
2. El administrativo, directivo o docente designados por la Rectora del Colegio.
2º Son miembros por elección:
3. Los representantes de los Padres de Familia.
ARTÍCULO Nº 70.- PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE MIEMBRO DEL CONSEJO DE PADRES:
Por retiro voluntario, expresado por escrito.
Por decisión del Consejo de Padres.
Por el retiro de la Institución del hijo(a) o estudiante a quien represente.
ARTÍCULO Nº 71.- CONVOCATORIA Y ELECCIÓN DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA:
La Rectora de la Institución convocará a los padres de familia para que elijan sus representantes al Consejo de
Padres durante el primer mes del año académico, contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas,
o en la fecha de vencimiento del año de nombramiento del Consejo anterior,
ARTÍCULO 72. PARTICIPACIÓN EN EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN.
El Consejo de Padres de Familia, en una reunión convocada para tal fin por la Rectora, elegirá con el voto favorable
de la mayoría de sus miembros, al representante de los padres de familia al Consejo Directivo. Este deberá tener
mínimo un año de antigüedad en la Institución, en el cual haya evidenciado poseer el perfil establecido en el
Artículo 68.
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ARTÍCULO Nº 73.- INVITADOS AL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA:
Cualquier miembro de la comunidad educativa, podrá participar en las deliberaciones del Consejo de Padres con voz
pero sin voto. Esta participación se hará por invitación o por solicitud personal debidamente aprobada por la Rectora
del Colegio o su delegado(a).
ARTÍCULO Nº74.- COMITÉS O COMISIONES TEMPORALES DEL CONSEJO DE PADRES DE
FAMILIA:
El Consejo de Padres convocará y nombrará comisiones temporales cuando lo considere necesario para estudio y
colaboración en actividades que lo ameriten, con la debida autorización de la Rectora o su delegado(a). Los comités
podrán contar con la participación de un directivo o docente del establecimiento educativo designado por la Rectora
o director para tal fin.
ARTÍCULO Nº 75.- CONDUCTO REGULAR DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA:
Los asuntos que lleguen a consideración del Consejo de Padres, sólo serán considerados después de haber seguido el
conducto regular: padre o madre de familia, Rectora y persona competente de la Institución, de acuerdo con la
naturaleza del asunto a tratar.
Si se tratare de propuestas de trabajo de los comités, se debe solicitar a la Rectora la debida autorización.
Cuando un asunto sea de competencia de otra autoridad, el Consejo de Padres de Familia se abstendrá de
considerarlo y así se lo comunicará al interesado.
ARTÍCULO Nº 76.- PRESUPUESTO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA:
El Consejo de Padres es un órgano de participación educativa y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas
de afiliación o contribución económica de ninguna especie. No debe tener ni manejar ningún tipo de recurso
económico o partida presupuestal.
Si, como resultado de sus propuestas y planes de mejoramiento, existe una justificación de alguno de los comités de
trabajo para uno o varios proyectos específicos, en coordinación con la Rectora, se solicitará, con la debida y
justificación, el apoyo de la Asociación de Padres de Familia para su ejecución.
ARTÍCULO Nº 77.- ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA.
Para todos los efectos legales, la Asociación de Padres de Familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin
ánimo de lucro, que se constituye por decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los(as) estudiantes
matriculados en la Institución. Es debidamente constituida de acuerdo con el Artículo 40 del Decreto 2150 de 1995,
cuenta con sus propios estatutos y está inscrita a la Cámara de Comercio.
Parágrafo 1: La Asamblea General de la Asociación de Padres es diferente de la Asamblea General de Padres de
Familia, ya que ésta última está constituida por todos los padres de familia de los(as) estudiantes de la Institución
educativa, pertenecientes o no a la Asociación.
Parágrafo 2: Cuando el número de afiliados a la Asociación de Padres de Familia alcance la mitad más uno de los
padres de familia de los(as) estudiantes de la Institución, la asamblea de la Asociación elegirá uno de los dos
representantes de los padres ante el Consejo Directivo.
Parágrafo 3: En el momento de la afiliación a la Institución el padre de familia recibirá copia de los estatutos de la
Asociación en los que conste que está inscrita en la Cámara de Comercio.
ARTÍCULO Nº 78.- FINALIDADES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA.
Las principales finalidades de la Asociación de Padres de Familia son las siguientes:
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1. Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento
educativo.
2. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la
Comunidad Educativa.
3. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia.
4. Apoyar a las familias y a los(as) estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus
resultados de aprendizaje.
5. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacifica de los conflictos y
compromiso con la legalidad.
6. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones
tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el Artículo 315
del Decreto 2737 de 1989.
ARTÍCULO Nº 79.- FORMAS DE PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA
1. Con el fin de educar a los(as) estudiantes en los conceptos democráticos, se entenderán como mecanismos
de participación: el voto, la consulta estudiantil, la iniciativa y la revocatoria del mandato.
2. La Institución Educativa Divino Salvador garantiza la libre participación de los miembros de la comunidad
educativa en la conformación de los Consejos y en la elección de sus representantes para los diferentes
cargos, evitando la réplica de prácticas malsanas vividas en la cotidianidad.
CAPITULO VIII
MEDIOS DE COMUNCIACIÓN
ARTICULO Nº 80.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA
PLATAFORMA VIRTUAL: www.colegiodivinosalvadormedellin.edu.co es un sitio, empleado por la Institución
para dar a conocer los procesos de enseñanza y aprendizaje de los y las estudiantes. A su vez éste permite que toda
la Comunidad Educativa se mantenga actualizada e informada de los asuntos institucionales.
En el momento de la matrícula se le asigna a cada padre y estudiante, un Login y una contraseña, para acceder al
portal.
COMUNICADOS: Es un medio de comunicación oficial empleado por las directivas del Colegio como medio de
información y comunicación. Se envían a través de la página web: www.colegiodivinosalvadormedellin.edu.co
Cuando se requiera debe enviarse en forma física, como autorizaciones para salidas pedagógicas, de las cuales deben
devolver el desprendible firmado.
Una vez informada una situación por este medio, el Colegio procede en consecuencia con lo comunicado.
SITIO WEB: www.colegiodivinosalvadormedellin.edu.co es el sitio web donde se publica toda la información que
los padres y la comunidad educativa deben conocer, resultados de admisiones, historia fotográfica de la vida
estudiantil, circulares y eventos, la identidad del Colegio, entre otros.
FACEBOOK: http://facebook.com/colegiodivinosalvadormedellin
Sitio oficial para la publicación de eventos institucionales
TWITTER: @divinosalvadorm
Sitio oficial para la publicación de eventos institucionales
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SKYPE: Usuario: colegio.divino.salvador.medellin
Aplicación para asesoría on line con padres de familia, solicitado con previo aviso por Cibercolegios.
CANAL INTERNO: Se emplea para informar a la comunidad estudiantil, sobre las actividades a realizar dentro de
la Institución y mostrar los diferentes eventos programados por este medio.
EL TELÉFONO PÚBLICO: Los teléfonos públicos son un servicio a disposición de todos los miembros de la
Comunidad Educativa. Se deben utilizar en horas de descanso y brevemente.
Los teléfonos de las oficinas son de uso exclusivo de la Administración. Excepto, en casos muy urgentes, pueden ser
utilizados, con el debido permiso, por cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
BUZÓN DE SUGERENCIAS. Está a disposición de todas las personas que se acercan a la Institución. En él se
depositan quejas, reclamos o sugerencias. Está ubicado cerca a la Recepción.
CAPITULO IX
UNIFORMES
ARTÍCULO Nº 81.- UNIFORME DE DIARIO
Para las estudiantes:
Uniforme de diario:
1. Jomber de lino hasta la rodilla, según modelo, camisa blanca de dacrón, manga corta, con ribete de tela del
Jomber, cuello sport, según modelo.
2. Zapatos negros de cuero y de atadura estilo colegial
3. Medias blancas hasta la rodilla, estilo colegial.
4. Accesorios en la cabeza de color azul en el tono del uniforme, rojo o blanco.
5. Chaqueta azul con franja roja y sobre ésta las iníciales C.D.S., con cierre al frente, según modelo. Se
utilizará como uniforme de gala.
Para los estudiantes:
Uniforme de diario:
1. Pantalón 5 bolsillos, en tela universal de La Fayett, color #7788, bordado en el bolsillo del pantalón con las
iníciales del C.D.S, según modelo
2. Camiseta de franela color blanco, con el escudo de la Institución bordado, cuello abierto al frente con tres
(3) botones y una tira azul en el borde de cuello y mangas. La camiseta va por dentro del pantalón
3. Correa negra.
4. Zapatos totalmente negros estilo colegial.
5. Medias azul oscuras.
6. Chaqueta azul con franja roja y sobre ésta las iníciales C.D.S. Cierre al frente, según modelo. Se utilizará
como uniforme de gala.
Para educación física, deportes y lúdicas:
7. Camiseta blanca de manga corta, con el escudo del Colegio bordado, y una franja horizontal de color azul
oscuro y rojo a lado y lado, según modelo.
8. Pantalón azul oscuro con rayas roja y blanca a lo largo, a lado y lado, según modelo
9. Pantaloneta, según modelo.
10. Camiseta, manga corta, de cuello redondo con el escudo del Colegio. (Exclusiva para la clase de educación
física. Opcional).
11. Tenis y medias a media pierna de color blanco.
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Uso correcto del uniforme:
1. Todas las prendas deben estar marcadas con el nombre y apellido del (la) estudiante.
2. Los(as) estudiantes que deseen podrán llevar camisilla totalmente blanca debajo de la camiseta o blusa. En
ningún caso podrán llevar camisetas estampadas.
3. Los estudiantes deben llevar un peinado y motilado clásico (sin crestas, colas, ni tintura) con uso moderado
de gomina.
4. Las uñas deben estar limpias y sin pintura extravagante.
5. A la Institución no está permitido traer accesorios de valor (anillos, cadenas, pulseras, etc.).
6. El uniforme es de uso exclusivo de la Institución.
CAPITULO X
SISTEMA DE EVALUACION
Evaluación de los(as) estudiantes.- El Colegio Divino Salvador se acoge a la reglamentación legal vigente,
según el Decreto 1290, de abril 16 de 2009.
ARTÍCULO Nº 82.- SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION SALVATORIANO (SIES)
1. ASPECTOS GENERALES:
El Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES) se fundamenta en los siguientes principios y
objetivos:
1. Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje.
2. Suministrar información para valorar los avances en el desarrollo de las competencias definidas en el
plan de estudios.
3. Proporcionar información para consolidar o reorientar las prácticas pedagógicas de la Institución.
4. Diseñar e implementar estrategias e innovaciones pedagógicas para apoyar a los estudiantes de
desempeño destacado y a los que tengan dificultades en sus estudios.
5. Constituirse en fuente de información para ajustar los procesos correspondientes al desarrollo integral
del estudiante y del Proyecto Educativo Salvatoriano.
6. Servir como herramienta para actualizar el plan de estudios y el currículo.
7. Valorar los avances en la adquisición y aplicación del conocimiento.
8. Servir de información en la toma de decisiones sobre estímulos y promoción de estudiantes.
9. Contribuir a la identificación de las limitaciones y dificultades para consolidar las competencias del
proceso formativo.
10. Ofrecer al estudiantado oportunidades para aprender del acierto y del error y en general, de la
experiencia.
El Colegio Divino Salvador de Medellín, adopta el Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES),
teniendo como referentes los Artículos 3 y 4 del Decreto 1290, del 16 de abril de 2009.
ARTÍCULO Nº 83. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN EL ÁMBITO
INSTITUCIONAL:
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del(la)
estudiante para valorar sus avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el
desarrollo integral del (la) estudiante.
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los(as) estudiantes
que presenten debilidades o desempeños superiores en su proceso formativo.
4. Determinar la promoción de estudiantes.
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5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.
ARTÍCULO Nº 84.- DEFINICIÓN DE EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN SALVATORIANO
(SIES).
Para definir del Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES), es importante establecer las
condiciones que permiten su desarrollo y aplicación en el ámbito institucional así:
1. El Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES) hace parte del Proyecto Educativo
Institucional y se rige por los criterios establecidos en su horizonte institucional y las normas
estipuladas en la Ley 115 de 1994, donde se determinan las áreas obligatorias y fundamentales así:
a.- Ciencias Naturales y Educación Ambiental.
b.- Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia
c.- Educación Artística.
d.- Educación Ética y Valores Humanos.
e.- Educación Física, Recreación y Deportes.
f.- Educación Religiosa.
g.- Humanidades, Lengua Castellana e idiomas extranjeros.
h.- Matemáticas.
i.- Tecnología e Informática.
2. A nivel institucional las áreas de Lengua Castellana, e inglés se desarrollan y evalúan de forma
independiente, según la política de calidad establecida por el SGC, de igual forma las áreas de
Filosofía, Ciencias Económicas y Ciencias Políticas.
3. La evaluación del desempeño se fundamenta en el trabajo integrado de los tres saberes constitutivos:
Saber: procesos cognitivos, contenidos conceptuales, estrategias cognitivas.
Saber hacer: procesos psicomotores, contenidos procedimentales, estrategias metodológicas.
Ser: procesos socio afectivos, contenidos actitudinales, estrategias motivacionales.
ARTÍCULO Nº 85.- DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES.
1. LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
1.1 Criterios de Evaluación:
En uso de la autonomía escolar que nos confiere la Ley, el Colegio Divino Salvador tiene en cuenta estos
criterios, orientadores del sistema de evaluación del aprendizaje de los(as) estudiantes:
a. Cumplir los fines de la educación y la evaluación.
b. Garantizar, desde el Proyecto Educativo Salvatoriano, PES, las áreas de formación integral y el
alcance de las competencias básicas.
c. Establecer las estrategias para que los(as) estudiantes alcancen las competencias básicas durante el
año escolar.
d. En la inducción de familias nuevas, dar especial importancia a la divulgación del Sistema de
Evaluación.
e. Promover jornadas de reflexión con los padres de familia, sobre el Sistema de Evaluación, cada
vez que éste sufra variaciones que ameriten, no solo el conocimiento sino la participación de los
padres de familia.
f. Realizar seguimiento continuo a los procesos de evaluación de los(as) estudiantes.
g. Validar con los egresados de la Institución el plan de estudios y el proceso formativo.
h. Asumir a los (as) estudiantes como seres en relación:
Con Dios, como su Creador y único Salvador, y con el hecho religioso, revitalizando toda
concepción que estimule la responsabilidad del hombre y la mujer como constructores del
mundo.
Con la naturaleza, regalo de Dios que el /la debe proteger y transformar.
53
Con el medio en el que interactúa para desempeñarse competitivamente en la sociedad a
la cual debe aportar cambios inspirados en principios de justicia y responsabilidad.
Con los hombres y mujeres como sus hermanos y hermanas, en relación de igualdad.
Consigo mismo como ser autónomo, único e irrepetible.
i. Procurar que los (as) estudiantes alcancen las metas educativas establecidas para el año escolar.
j. Integrar al Sistema de Evaluación las oportunidades del medio, enmarcadas en el concepto de
educación informal, como oportunidades de adquisición de conocimientos y competencias.
k. Partir de la realidad nacional para generar procesos de reflexión propositivos, argumentativos,
interpretativos y de convivencia que permitan al estudiante “saber qué hacer con lo que sabe”.
l. Centrarse en los aprendizajes significativos para responder a las necesidades básicas en torno a las
dimensiones del desarrollo humano integral.
m. Participar en las diferentes actividades lúdicas, sociales, religiosas, culturales y deportivas que
programe la Institución dentro o fuera del aula.
1.2. CRITERIOS DE PROMOCIÓN:
La promoción se realiza cuando el(la) estudiante cumple con un mínimo del 85% de asistencia a las
actividades pedagógicas programadas por la Institución para el año lectivo y cuando aprueba, durante el
periodo establecido, todas las áreas del plan de estudios del Colegio Divino Salvador.
Los criterios de promoción se establecen de acuerdo al grado de exigencia institucional y con el fin de
garantizar altos niveles de desempeño; en este sentido no habrá promoción de un grado a otro por cualquiera
de los siguientes casos:
a.- La no aprobación de un área.
b.- Inasistencia a más del 15% de las actividades escolares.
Parágrafo Único: Aquellos estudiantes que no sean promovidos al grado siguiente tendrán la oportunidad
de retomar el grado en la Institución, siempre y cuando no hayan presentado faltas gravísimas o que con sus
actitudes y comportamiento demuestren falta de sentido de pertenencia a la filosofía Institucional.
2. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y EQUIVALENCIA RESPECTIVA CON LA
ESCALA NACIONAL
En primer lugar se tiene en cuenta la escala establecida a nivel nacional para efectos de homologación y
movilidad así:
Desempeño Superior:
El (la) estudiante que alcanza en forma clara, oportuna y significativa un alto nivel de desempeño en la consecución
de las competencias, reflejándolo de manera competente en las dimensiones cognitiva, comunicativa, biofísica y
estético-valorativa, adquiridas por su espíritu investigativo y de liderazgo, que le facilitan la profundización del
conocimiento.
La Institución, a través de la evaluación continua e integral, tiene en cuenta los siguientes criterios en la
valoración Superior:
1. Logro de todas las competencias propuestas, espíritu investigativo que se manifiesta en la dedicación que
supera los límites exigidos.
2. Asistencia puntual y, en caso de fallas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se
vea perjudicado.
3. No presenta dificultades en su comportamiento, ni en el aspecto relacional con todas las personas de la
comunidad educativa.
4. Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas.
5. Manifiesta sentido de pertenencia institucional.
6. Participa en las actividades curriculares y extracurriculares.
7. Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.
Desempeño alto:
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Logro de las competencias propuestas en forma clara y significativa pero con la necesidad de ser más oportuno,
investigativo y competente en el conocimiento y en su ritmo de aprendizaje para obtener un desempeño alto.
Se puede considerar Alto el rendimiento del (la) estudiante que:
1. Alcanza todos las competencias propuestas pero limitándose a lo exigido.
2. Tiene faltas de asistencia justificadas.
3. Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.
4. Desarrolla actividades curriculares específicas.
5. Manifiesta sentido de pertenencia a la Institución.
6. Se promueve con ayuda del docente y sigue un ritmo de trabajo.
Desempeño Básico
El (la) estudiante que alcanza las competencias básicas previstas con limitaciones y que, para superarse requiere de
planes de apoyo, actividades de recuperación y nivelación.
Se considera de desempeño Básico el estudiante que:
1. Logra las competencias mínimas dentro del período académico con planes de apoyo, actividades de
recuperación y nivelación.
2. Tiene faltas de asistencia justificada e injustificada.
3. Presenta dificultades de comportamiento.
4. Desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.
5. Manifiesta sentido de pertenencia a la Institución.
6. Supera en parte algunas de sus dificultades.
Desempeño bajo
El (la) estudiante que presenta dificultades significativas para la consecución de las competencias básicas previstas y
necesita de posteriores oportunidades para cumplir satisfactoriamente los requerimientos establecidos.
Para caracterizar a un estudiante en este criterio se tendrá en cuenta:
1. No alcanza las competencias mínimas y requiere actividades de refuerzo y superación. Sin embargo,
después de realizadas las actividades de recuperación no logra alcanzar las competencias previstas.
2. Tiene faltas de asistencia injustificadas.
3. Presenta dificultades de comportamiento.
4. No interviene en clase ni busca la ayuda oportuna
5. No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.
6. Se muestra irresponsable en la presentación de trabajos
7. No manifiesta sentido de pertenencia a la Institución.
La evaluación que el Colegio Divino Salvador desarrollará será mixta. En ella se relacionan los tres saberes
constitutivos (ser, saber, y saber hacer) y una valoración cuantitativa de 1 a 5, establecida en rangos así:
ESCALA
NACIONAL
Escala
Divino Salvador
DESEMPEÑO
SUPERIOR
5.0 a 4.8
DESEMPEÑO
ALTO
4.7 a 4.0
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3. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS(AS) ESTUDIANTES.
La valoración de los estudiantes para definir su promoción y avance debe verificar:
1. Las competencias alcanzadas, comparadas con las competencias esperadas.
2. Los INDICIOS de que se están generando procesos.
3. Las EVIDENCIAS representativas, los RASGOS observables de desempeño que se perciben en el (la)
estudiante. Esta acción implica interpretar los indicadores de competencia.
4. Los avances que el estudiante va manifestando en forma observable de la formación integral que busca la
Institución,
5. Las competencias adquiridas dadas a conocer al comienzo de cada período escolar, según lo prescribe el
plan de estudios.
6. Valoración del proceso evaluativo cada periodo: Cada uno de los cuatro periodos tendrá un valor del
25 %.
7. La participación, desarrollo y desempeño de los proyectos pedagógicos de cada área.
8. La valoración del seguimiento de los estudiantes se calificará en esta forma:
 Prueba acumulativa 30% correspondiente a la evaluación de período en todas las áreas
 Ser autoevaluación, heteroevaluación y coevaluación 10%
 Seguimiento 40%
 Martes de prueba 10%
 Participación en proyectos pedagógicos 10%
PROYECTOS PEDAGÓGICOS INSTITUCIONALES (PES)
 Educación Ambiental (PRAE).
 Circulación y tránsito.
 Liderazgo.
 Bilingüismo.
 Aprovechamiento del tiempo libre.
 Teatro
 Prevención de riesgos y desastres (CEPAD).
 Plan Lector.
DESEMPEÑO
BÀSICO
3.9 a 3.0
DESEMPEÑO
BAJO
2.9 a 1.0
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 Plan de Pastoral Educativa.
 Gobierno Escolar.
 Educación sexual y desarrollo humano.
 Orientación profesional.
 Farmacodependencia.
 Servicio social del estudiantado.
4. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTODEL DESEMPEÑO DE LOS (LAS)
ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.
1. Como producto de la evaluación permanente, cada estudiante tiene el derecho y el deber de realizar los
planes de apoyo asignados por el Consejo Académico o la instancia definida por la legislación vigente,
las Comisiones de Evaluación y Promoción, en todos los grados.
2. Estas actividades son un derecho de los(as) estudiantes cuyo propósito es alcanzar el logro una vez se
ha identificado la dificultad que les impidió realizarlo. Por tal razón, se requiere que quien acceda a los
planes de apoyo realice un trabajo serio y comprometido que le permita, junto con su docente, detectar
la insuficiencia o dificultad que debe superar para alcanzar el indicador de competencia.
3. Para tener derecho a los planes de apoyo, se requiere haber cumplido con los siguientes deberes:
a) Presentar las responsabilidades (tareas, trabajos, consultas, etc.), en el tiempo previsto y de acuerdo
con las indicaciones dadas por cada docente.
b) Aprovechar el tiempo para el trabajo individual asignado en clase demostrando respeto por el
mismo y el de los demás.
c) Tener excusa válida según las exigencias de este Manual.
4. Durante el período los docentes establecerán los mecanismos y estrategias que le permitan al estudiante
lograr niveles de aprendizaje y desempeños óptimos de manera que los índices de reprobación sean
mínimos en cada asignatura.
5. Cuando se presenten dificultades en el proceso de aprendizaje los docentes generarán espacios de
acompañamiento personal y grupal, dentro y fuera del horario de clases, que permitan mejorar los
niveles de desempeño. Las estrategias de apoyo no se limitarán únicamente al desarrollo de talleres o
trabajos. Estas actividades tienen la única finalidad de fortalecer el aprendizaje.
6. El docente dejará evidencia o registro de los planes de apoyo realizados en cada período (acta, formato
de seguimiento, criterios de evaluación pendientes en la plataforma de cibercolegios) de manera que, en
caso de reclamos, el Consejo Académico, pueda realizar la respectiva verificación. Finalizado cada
período no se establecerán tiempos de superación ni de recuperación.
7. La Coordinación Académica y el Consejo Académico harán seguimiento permanente a los procesos de
evaluación y plantearán directrices para establecer estrategias de apoyo y profundización para alcanzar
óptimos niveles en el desempeño de los(as) estudiantes.
5. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN
PARTICIPACION EN LA EVALUACIÓN
La autoevaluación de los estudiantes, como estrategia pedagógica que ayudará a formarse en la criticidad y en la
verdad, debe ser argumentada desde la responsabilidad en el cumplimiento de las tareas, la puntualidad, la capacidad
de escucha, el interés manifestado en aportes y en el avance observable.
La coevaluación entre el (la) estudiante y el docente dejará reconocer los aciertos y desaciertos y a concertar los
desacuerdos.
La heteroevaluación es realizada por el docente en el seguimiento y la participación del(la) estudiante en los
proyectos pedagógicos y las pruebas censales. (ICFES — SABER)
6. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS
PENDIENTES DE LOS (LAS) ESTUDIANTES.
a. Cada área velará porque se genere un alto porcentaje de aprendizaje y por ende, de aprobación según la media
progresiva por período.
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b. Los padres de familia apoyarán los procesos académicos y de convivencia involucrándose en las actividades
programadas por la Institución, a través de la participación activa y permanente en talleres, Escuela de Padres,
reuniones de grado, entre otros.
c. El grupo interdisciplinar (rectoría, psicología, capellán, director de grupo, docentes y coordinadores) acompañarán
a los estudiantes que presenten dificultades en su desempeño escolar.
d. Los docentes diseñarán un plan de apoyo y actividades de nivelación para los estudiantes que persistan en el bajo
desempeño de un área, el cual se entregará a lo largo del período.
e. Al finalizar cada uno de los periodos académicos los estudiantes que aun persistan en su dificultad presentarán
actividades de recuperación.
7. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y LOS DOCENTES DE LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.
El Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES) se fundamenta en las normas legales vigentes y se
estructura a través del aporte y acompañamiento de los docentes.
En este sentido los directivos y docentes cumplirán con las siguientes disposiciones establecidas:
a. Los docentes presentarán a la Coordinación Académica, en cada una de las asignaturas que desarrolle,
previa revisión del jefe de área, una rúbrica o matriz de evaluación por período. De este instrumento se
obtiene la información que se registrará en el informe valorativo del estudiante.
b. La Coordinación Académica analizará en forma permanente los casos especiales de bajo desempeño
académico y determinará las directrices tendientes para la superación de las dificultades.
c. El Consejo Directivo velará por el cumplimiento de lo establecido en el Sistema Institucional de
Evaluación de Estudiantes.
8. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA
Se entregará a los padres de familia un informe por cada período académico de los(as) estudiantes.
CALENDARIO ACADEMICO AÑO LECTIVO 2014
PERIODO
SEMANAS LECTIVAS Y PERIODOS ACADÉMICOS
DESDE HASTA DURACIÓN
(en semanas)
1° 13 de Enero 21 de Marzo Diez (10)
Cuarenta Semanas
2° 25 de Marzo 11 de Abril Una (3)
21 de Abril 06 de Junio Nueve (7)
3° 01 de Julio 05 de Septiembre Diez (10)
4°
08 de Septiembre 03 de Octubre Cuatro (4)
14 de Octubre 21 de noviembre Seis (6)
ACTIVIDADES DE DESARROLLO INSTITUCIONAL 2014
DESDE HASTA DURACIÓN ACTIVIDAD
09 de Enero de 2014 15 de enero de 2014 1 semana Desarrollo Institucional
14 de Abril de 2014 15 de abril de 2014 1 semana Retiro Personal de la
Institución dentro de la
Semana Santa.
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09 de junio de 2014 13 de junio de 2014 1 semana Desarrollo Institucional
01 de septiembre 2014 05 de septiembre de 2014 1semana Semana Salvatoriana
06 de octubre de 2014 10 de octubre de 2014 1 semana Semana de receso
Capacitación Docentes
24 de noviembre de 2014 28 de diciembre 1 semana Desarrollo Institucional.
RECESO ESTUDIANTIL 2014
DESDE HASTA DURACIÓN
07 de enero de 2014 10 de enero de 2014 Una (1) semana
Doce Semanas
14 de abril de 2014 16 de abril de 2014 Una (1) semana
09 de junio de 2014 27 de junio de 2014 Tres (3) semanas
06 de octubre de 2014 10 de octubre de 2014 Una (1) semana
24 de noviembre 02 de enero de 2015 Seis (6) semanas
9. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS,
COMPRENSIBLES Y DEN LA INFORMACIÓN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN.
Será recibido cada período en el Boletín de Calificaciones.
10. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE
RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y
PROMOCIÓN.
Las instancias establecidas y el conducto regular del Sistema Institucional Evaluación de Estudiantes son:
a. Docente de área y/o asignatura: Evaluador directo y principal, responsable del proceso.
b. Director de Grupo: Primera instancia consultiva y mediadora de reclamación.
c. Jefe de Área: Segunda instancia consultiva y mediadora en atención de reclamos. Revisará las propuestas
de evaluación (rúbrica de cada período).
d. Coordinación Académica: Instancia de mediación y solución de las dificultades académicas a nivel
individual y grupal durante el período.
e. Consejo de Profesores: Instancia de análisis del desempeño académico y de convivencia por período.
f. Comisión de Evaluación y Promoción: Integrada por directores de grupo, un padre de familia del grado
correspondiente y la Rectora o su delegado. Instancia de revisión y decisión en cuanto a evaluación y
promoción.
g. Consejo Académico: Instancia de acompañamiento de los desempeños en cada período y al final del
proceso.
h. Consejo Directivo: Última instancia a nivel institucional en la solución de reclamos.
PROCEDIMIENTOS PARA LA SOLUCIÓN DE RECLAMACIONES.
Solicitud por parte del interesado, en todas las instancias.
Primera instancia.
1. La petición deber ser hecha de manera escrita por el estudiante, el padre o madre, el acudiente, o su
apoderado.
2. Debe ser en un término máximo de 5 días hábiles, posteriores a la entrega de la calificación.
3. Debe tener como mínimo, los siguientes contenidos:
a. Fecha de presentación
b. Fecha de acusación de los hechos
c. Motivo de la solicitud y/o requerimiento
d. Pretensiones
e. Sustento (podrá ser normativo y/o de hechos)
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f. El área y la asignatura
g. Pruebas (si es del caso)
h. Quien realizó la calificación (si es del caso)
i. Dirección del interesado
j. Teléfono del interesado (si lo posee)
k. Correo electrónico del interesado (si lo posee)
4. Deberá ser ante el docente que ha expedido la calificación. (Así lo menciona el Código Administrativo en
cuanto al agotamiento de la vía gubernativa y al debido proceso).
5. El docente deberá tratar la petición y responderla a través de oficio escrito, en un término máximo de 3 días
hábiles. Para ello deberá contar con el visto bueno del Jefe de Área y de la Coordinación Académica.
Segunda instancia:
1. Deberá ser considerada como la instancia superior inmediata de quienes profirieron el primer fallo. (Para el
caso la Comisión de Evaluación y Promoción).
2. El estudiante, o sus padres, o su acudiente, o su apoderado una vez sean informados de la primera instancia
deberán manifestar por escrito, con los siguientes contenidos mínimos, su desacuerdo a la decisión:
a. Fecha de presentación
b. Fecha de acusación de los hechos
c. Motivo de la solicitud y/o requerimiento
d. Pretensiones
e. Sustento (podrá ser normativo y/o de hechos)
f. El área y la asignatura
g. Pruebas (si es del caso)
h. Quien realizó la calificación (si es del caso)
i. Dirección del interesado
j. Teléfono y correo electrónico del interesado (si los posee)
3. La petición deberá presentarse en un término máximo de cinco días hábiles, posteriores a la entrega de la
decisión de primera instancia.
4. La Comisión de Evaluación y Promoción, con el ánimo de realizar el agotamiento de la vía gubernativa,
deberá responder para ratificar o cambiar la decisión de primera instancia, a través de una Resolución
expedida en un término máximo de diez días hábiles. En este acto administrativo proceden los recursos de
reposición ante quien ha expedido la Resolución de Apelación, quien podrá ser subsidiario ante la instancia
superior inmediata que para el caso es el Equipo Directivo y de Revisión como superior inmediato.
5. Los términos de respuesta del Recurso de Reposición podrán ser máximo de cinco días hábiles.
6. Si se llegase hasta el recurso de Apelación, el Equipo Directivo, con el ánimo de realizar el agotamiento de
la vía gubernativa, deberá tratar el recurso y responderlo a través de una Resolución en un término máximo
de diez días hábiles, en el sentido de ratificarse o cambiar la decisión.
7. Si se llegase hasta el Recurso de Revisión, entonces el Consejo Directivo, con el ánimo de agotar los
recursos de la vía gubernativa, deberá tratar el recurso y responderlo a través de una Resolución, en un
término máximo de diez días hábiles en el sentido de ratificarse o cambiar la decisión. Ante este acto
administrativo no procede ningún recurso a nivel de la Institución Educativa.
11. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA
CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES
El Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES), que determina el Decreto 1290 del 2009, contó para su
construcción e implementación, con la participación de cada uno de los estamentos de la Comunidad Educativa. Es
así como a través de 3 foros virtuales en los días, mayo 29 y junio 2 del año 2009, el foro permanente se abrió en la
página web de la Institución. Además se realizaron tres Consejos de Padres de Familia, en mayo 09, junio 13 y
noviembre 14 de 2009. Finalmente se socializó la propuesta del Colegio Divino Salvador por parte de la Rectora a
través de una videoconferencia llevada a cabo el día sábado 28 de Noviembre del año 2009. De esta manera se pudo
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afianzar una propuesta propia para los (as) estudiantes, con la cual podamos hacer realidad la Política de Calidad de
la Institución.
ARTÍCULO Nº 86.- ESTÁNDARES
Son formulaciones claras, precisas y breves expresadas en una estructura común a todas las áreas. Los estándares
facilitan la formulación de las competencias esperadas y por lo tanto las evaluaciones de las mismas.
ESTÁNDARES DE CONTENIDO: Son descripciones específicas y medibles de los conocimientos y habilidades
que el (la) estudiante deben adquirir.
ESTÁNDARES DE DESEMPEÑO: Describen qué clase de desempeño representa un logro aceptable o insuficiente
en un área y grado determinado.
ARTÍCULO Nº 87.- OTRAS DISPOSICIONES ACADÉMICAS ESPECIALES
Promoción anticipada de grado.
Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia,
recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente, del estudiante que demuestre un
rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado
que cursa. La decisión será consignada en el acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el Registro Escolar.
En el Colegio Divino Salvador de Medellín la promoción anticipada se aplicará en alguno de los siguientes casos:
a. La promoción anticipada para estudiantes (del grado segundo de la básica primaria al grado décimo
de la media), que al finalizar el primer período académico demuestren avances significativos y un
desempeño superior en todas las áreas, podrán ser presentados por el director de grupo al Consejo
Académico, donde se analizará el caso y con el consentimiento de la familia se tomará la decisión
de promoverlos anticipadamente al grado siguiente.
Para los estudiantes de los grados de Preprimaria y Primero la promoción anticipada se observará
con especial atención en los aspectos del desarrollo social, físico y motor, más que en sus avances
a nivel cognitivo, de tal manera que se respete el normal desarrollo de la etapa evolutiva propia de
la primera infancia. Este proceso estará orientado y acompañado por la Psicóloga de la Institución.
b. Un estudiante repitente que obtenga un desempeño alto o superior al finalizar el primer período
académico y evidencie avances significativos en todas las áreas, podrá ser presentado por el
director de grupo ante el Consejo Académico, donde se analizará el caso y con el consentimiento
de la familia se tomará la decisión de promoverlo anticipadamente al grado correspondiente.
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN EN PREESCOLAR
1. En Preescolar la evaluación valora de un modo global e integrado el “estado evolutivo” de cada niño(a) en
su personalidad y en todas las dimensiones, funciones y áreas. Es el resultado de la comparación del
proceso de desarrollo que lleva el niño (a), con las características propias de su edad, la integración de las
intervenciones del medio, con las competencias propuestas por el proceso de formación.
2. Para el Preescolar es de vital importancia que el niño(a) adquiera la madurez acorde a su desarrollo, por
tanto, en aquellos casos donde el infante no alcance las competencias mínimas para su edad y madurez, se
dialogará informando a los padres sobre las dificultades observadas durante todo el año escolar.
3. La Institución podrá recomendar la permanencia en el nivel de preescolar en los casos que crea necesario.
En estos casos, en reunión con padres de familia, docente y Coordinadora, se determinará si el niño (a) debe
realizar nuevamente el preescolar para afianzar los conocimientos, permitiéndole también una mayor
madurez en todas sus dimensiones.
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INDICADORES PARA EVALUAR EL DESARROLLO DE UN NIÑO(A) DE PREESCOLAR:
1. Comparte juegos y materiales.
2. Cuida y respeta los bienes propios y ajenos.
3. Acata órdenes e instrucciones.
4. Se integra a los trabajos grupales.
5. Respeta las reglas del grupo.
6. Trata de valerse por sí mismo y cuida de su presentación personal.
7. Devuelve oportunamente los objetos que le prestan.
8. Cuida y utiliza adecuadamente los servicios y lugares públicos.
9. Demuestra sentimientos de solidaridad, respeto y responsabilidad en su convivencia diaria.
10. Reconoce y valora positivamente la exigencia de los demás, aceptando sus diferencias individuales.
11. Presenta conductas autónomas en las actividades de la vida diaria y en las expresiones de vivencia personal.
12. Vivencia y controla los distintos estados afectivos (impulsos y emociones).
13. Manifiesta abiertamente la verdad.
14. Es capaz de analizar factores positivos y negativos de una situación.
15. Posee hábitos de higiene, orden y cortesía.
ARTÍCULO Nº 88.- PROMOCIÓN DE BACHILLERES
Todos los (as) estudiantes que cumplan con los requerimientos legales reciben el titulo de bachilleres. Para optar por
el título de Bachiller, como egresado del Colegio Divino Salvador, un estudiante debe:
1. Haber aprobado todas las áreas del grado undécimo.
2. Manifestar en sus actitudes el perfil del estudiante Salvatoriano, definido en el Manual de Convivencia.
3. Presentar la documentación requerida para el servicio militar.
4. Haber cursado 50 horas de Constitución Política.
5. Cumplir con 80 horas del Servicio Social del Estudiantado.
Parágrafo 1: Si al finalizar el año escolar presenta desempeño bajo en una o dos áreas, la Institución establecerá
planes específicos para que el (la) estudiante se nivele y pueda recibir el título de bachiller en el siguiente año
escolar. Si el (la) estudiante no se presenta al siguiente año a legalizar su situación académica, pierde el derecho y
deberá reiniciar en otra institución o validar el grado.
CAPITULO XI
MODELO PEDAGÓGICO
CURRÍCULO Y PLAN DE ESTUDIOS
ARTÍCULO Nº 89.- MODELO PEDAGÓGICO “Escuela Transformadora”
Desde el año 2005 hasta la fecha, se ha llevado a cabo un proceso permanente de construcción del Modelo
Pedagógico Institucional basado en la Escuela Transformadora, propuesta innovadora del pedagogo Giovanni
I´anfrancesco Villegas.
Características del líder Salvatoriano desde el enfoque de la Escuela Transformadora.
El alumno que escucha se transformará en estudiante que entiende y participa; en discente que verifica, comprueba,
demuestra y experimenta; en educando que construye el conocimiento y, finalmente, en un líder competente, de
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excelentes desempeños, inteligente, autogestionario, pro-activo, protagónico, comprometido, laborioso, productivo,
crítico constructivo ,ingenioso y creativo. Adquiere un compromiso social, se compromete con la transformación, y
la solución de conflictos desde el Colegio. Es un emprendedor que transforma el roll de aprender en emprender
innovador, que propone alternativas de soluciones lógicas a los problemas de su entorno (país, región, localidad,
comunidad) y que al resolver estos problemas crea ambientes para mejorar su calidad de su vida y de los suyos.
ARTÍCULO Nº 90.- CURRÍCULO
El Colegio Divino Salvador, para efectos de lograr la educación integral que imparte, asume el Artículo 76 de la
Ley 115, de 1994, que lo define así: “Conjunto de criterios, planes de estudio, programas, metodologías y procesos
que contribuyen a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local,
incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el
Proyecto Educativo Institucional”.
En esta definición sencilla y concreta se describen unos elementos y se fijan unos objetivos referidos a los fines de la
educación.
ARTÍCULO Nº 91.- CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL CURRÍCULO
Están expresados en el Artículo 33 del Decreto 1860 y son los siguientes:
1. Los fines de la educación, consagrados en el artículo 5 de la Ley 115, de 1994 y los objetivos de cada nivel
establecidos en los Artículos 16, 20, 21, 22 y 30 y en los ciclos definidos por la misma Ley.
2. Los estándares y competencias que defina el Ministerio de Educación Nacional y los institucionales,
debidamente aprobados por la Rectora y el Consejo Académico, considerados en el PES.
ARTÍCULO Nº 92.- PLAN DE ESTUDIOS:
1. Es un esquema estructurado de las áreas fundamentales obligatorias y de las áreas optativas con sus
respectivas asignaturas, las cuales forman parte del currículo de los establecimientos educativos. Se
entiende como una propuesta dinámica del quehacer educativo, nacido de los procesos curriculares que
incorporan y promueven las dimensiones y procesos del desarrollo humano.
2. En los planes de estudio se concretan todos los elementos: competencias por nivel, grado y área; los
programas, la metodología, los criterios de evaluación y la administración y la distribución del tiempo y los
procesos. En sí el plan de estudios refleja la concepción, la visión pedagógica y un planteamiento en torno a
la ciencia, el conocimiento y la formación de los(as) estudiantes.
ARTÍCULO Nº 93.- ÁREAS DE FORMACIÓN EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA
Para el logro de los objetivos en la educación básica y media, se establecen las áreas obligatorias y fundamentales del
conocimiento y de la formación que se deben ofrecer de acuerdo al currículo y al PES
En la educación básica el plan de estudios del Colegio Divino Salvador comprende las siguientes áreas:
1. Ciencias Naturales y Educación Ambiental. (Incluye emprendimiento, física y química)
2. Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Filosofía, Constitución Política y Democracia. (Cívica y Urbanidad)
3. Educación Artística.
4. Educación Ética y Valores Humanos.
5. Educación Física, Recreación y Deportes.
6. Educación Religiosa.
7. Humanidades. (Incluye Lengua castellana e Inglés como idioma extranjero)
8. Matemáticas.
9. Tecnología e Informática.
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ARTÍCULO Nº 94.- NIVELES OFRECIDOS:
El Colegio Divino Salvador ofrece los siguientes niveles: preescolar, educación básica, y educación media en los
grados décimo y undécimo, en la modalidad de “Bachiller académico”. El Colegio puede celebrar convenios con
Universidades que le permitan beneficiar a los estudiantes y les faciliten la adaptación a la educación superior. Si la
demanda de los(as) estudiantes lo justifica, se continuará ofreciendo la modalidad en Negocios Internacionales o en
Informática.
ARTÍCULO Nº 95.- LA ADOPCIÓN DEL CURRÍCULO Y SUS MODIFICACIONES
Éstas son efectuadas por el Consejo Directivo del Colegio Divino Salvador, mediante el mismo procedimiento
señalado para el PES en el Artículo 15 del Decreto 1860, de 1994. Una vez adoptado, debe ser divulgado en la
Comunidad Educativa y cualquier miembro de ella podrá dirigirse a la Rectora del plantel para solicitarle que
presente ante el Consejo Directivo los ajustes o modificaciones que considere oportuno hacer, tanto a éstos, como al
PES en general.
CAPITULO XII
PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD
ARTÍCULO Nº 96.- REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO:
1. El Servicio Social Obligatorio hace parte integral del currículo y por ende, del Proyecto Educativo
Institucional.
2. En los grados décimo y undécimo de educación media, los(as) estudiantes prestan el servicio social
obligatorio contemplado por la ley. Su intensidad mínima es de ochenta horas de trabajo y puede
desarrollarse a través de un proyecto pedagógico.
ARTÍCULO Nº 97.- INTENSIDAD DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO
La intensidad del Servicio Social Obligatorio se cumplirá de manera adicional al tiempo prescrito para las
actividades pedagógicas y para las actividades lúdicas, culturales, deportivas y sociales de contenido educativo. La
prestación del Servicio Social Obligatorio es requisito indispensable para la obtención del título de Bachiller.
Las siguientes razones son causales de no aprobación del Servicio Social Obligatorio:
1. Completar tres faltas sin excusa justificada.
2. Incumplir reiteradamente con el trabajo asignado.
3. Irrespetar a cualquier persona con quienes tiene relación en función de su servicio social.
4. Presentarse en estado de embriaguez o bajo efectos de otras sustancias psicoactivas.
5. Incumplir el reglamento de la Institución donde se encuentra prestando el servicio social.
6. El servicio social no es recuperable. El (la) estudiante que sin causa justificada se retire o sea excluido,
deberá reiniciarlo previa asignación de una persona responsable. El servicio social no se repite cuando el
(la) estudiante no ha aprobado el grado.
7. La Institución brindará los soportes técnicos, pedagógicos y administrativos necesarios que requieran
los(as) estudiantes para prestar el servicio social en las condiciones y requerimientos de cada uno de los
proyectos pedagógicos definidos de acuerdo con el proyecto educativo institucional.
PROYECTO SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO
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ARTÍCULO Nº 98.- ASPECTO LEGAL
El Servicio Social es un proyecto de cumplimiento obligatorio para todos los(as) estudiantes, como requisito para
obtener el título de bachiller. (cfr.art.97 ley 115)
ARTÍCULO Nº 99.- OBJETIVOS DEL PROYECTO SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO:
Objetivo General: Contribuir a la formación integral de los (las) estudiantes favoreciendo el desarrollo de valores,
especialmente solidaridad, protección, conservación y mejoramiento del ambiente, respeto, responsabilidad,
liderazgo, sentido del trabajo y manejo del tiempo libre, mediante el cumplimiento de la normatividad vigente.
Objetivos específicos:
1. Fomentar en los(as) estudiantes espíritu de servicio, colaboración, sensibilización y solidaridad
2. Despertar en los (as) estudiantes interés y motivación para servir a las comunidades e instituciones que lo
requieran.
3. Afianzar la formación en valores tales como responsabilidad y liderazgo.
4. Generar estrategias que permitan a los estudiantes la inducción en asuntos laborales.
ARTÍCULO Nº 100.- REGLAMENTO INTERNO DEL PROYECTO DE SERVICIO SOCIAL
1. El Servicio Social será prestado por estudiantes de grado 10º. En casos particulares y de acuerdo con la
responsabilidad de los(as) estudiantes, la Rectora podrá autorizar la prestación de este servicio a estudiantes de
grados 9º y 8º que cumplan con los requisitos y el perfil requerido.
2. Cada estudiante tiene que cumplir con una intensidad mínima de ochenta (80) horas de prestación del servicio.
3. La Institución ofrece lugares para alfabetizar a los (as) estudiantes responsables. Otros estudiantes deben
buscarlo y presentarlo a la Institución para su aprobación.
4. Presentar al Colegio el horario acordado con el responsable del lugar donde se prestará el servicio.
5. Cuando por irresponsabilidad el estudiante no cumpliera este requisito en el periodo asignado y con el docente
determinado, deberá pagar al año siguiente el costo de una profesora extra que le acompañe en el proceso que
quedó pendiente para terminar el servicio.
6. Cuando por algún motivo no puedan cumplir con sus horarios de práctica deben avisar oportunamente y
presentar excusa escrita. Tanto al responsable del programa en la Institución como el de la institución afectada
deben estar dispuestos a participar en todo evento especial al cual se les cite, mostrándose como jóvenes líderes
y emprendedores.
7. Mantener una excelente presentación personal
8. Mantener buenas relaciones personales y laborales.
9. Pedir la inducción que requieren.
10. Cada periodo se deberá traer diligenciado el control de tiempo que lleven de prestación del servicio para que
este dato aparezca en el informe académico.
11. Asistir a las reuniones periódicamente y cuando el responsable los convoque. Esta reunión es extra-clase.
12. Todos los estudiantes que cumplen su Servicio Social en la Institución, hacen parte del grupo en eventos
especiales programados para dar apoyo a los (as) jóvenes para cumplir con el proyecto institucional.
Parágrafo 1: El responsable del servicio social por parte la Institución, estará en contacto con las instituciones
aprobadas para la prestación del servicio
ARTÍCULO 101. SANCIONES AL INCUMPLIMIENTO EN EL PROYECTO DE SERVICIO SOCIAL
1. El estudiante que sea retirado de la Institución donde esté realizando el servicio social por mal
comportamiento, rendimiento deficiente o por cualquier otra causa, perderá el tiempo que lleve
alfabetizando y tiene que buscar otra opción para iniciar el proyecto.
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2. Cuando, por irresponsabilidad del estudiante, no cumpliera con la prestación del servicio en el grado 10º
deberá pagar al año siguiente el costo de una profesora extra que le acompañe en el proceso que le quedó
pendiente para terminar dicho servicio.
CAPITULO XIII
NORMAS DE HIGIENE Y SALUD PÚBLICA
ARTÍCULO Nº 102.- ASEO DE LA PLANTA FISICA
3. La Institución velará por mantener un ambiente aseado y agradable que favorezca la salud física y mental.
4. Los empleados mantendrán las instalaciones en perfecto estado de limpieza. Los (as) estudiantes dejarán
los sitios de descanso y demás dependencias completamente limpios. El aseo de los salones es
responsabilidad de los(as) estudiantes quienes se organizarán por grupos no sólo para ordenar y asear el
salón después de la jornada, sino para velar porque el salón permanezca limpio.
5. Cuando los salones permanecen limpios y ordenados, los (as) estudiantes srán estimulados y un empleado
hará el aseo del respectivo salón.
ARTÍCULO Nº 103.- SERVICIOS SANITARIOS
1. La Institución dispone de buenos servicios sanitarios. Los(as) estudiantes deberán velar por el cuidado y
mantenimiento de ellos. Está prohibido escribir cualquier tipo de mensaje en las paredes y puertas de los
mismos. Todo daño causado voluntariamente deberá ser cancelado en su totalidad por el infractor, además
debe asumir los efectos disciplinarios que la falta conlleva.
2. La utilización de los servicios sanitarios debe hacerse al comienzo de los descansos. Durante las clases se
permitirá sólo en casos de absoluta necesidad, y siempre con permiso del docente encargado.
3. En el área de servicios sanitarios no se debe permanecer más que el tiempo estrictamente necesario y
mantener siempre una conducta digna, evitando conversaciones, gritos, arrojar agua, etc.
ARTÍCULO Nº 104.- NORMAS DE HIGIENE PERSONAL:
Los(as) estudiantes del Colegio Divino Salvador, deben presentarse en completo orden y limpieza personal.
1. Hacer uso del baño diario.
2. Usar el pañuelo como prenda de uso personal diario.
3. Atender el cuidado de uñas, dientes, oídos, cabello.
4. Efectuar el cambio diario de ropa para evitar enfermedades infecciosas.
5. Estar al día con las vacunas correspondientes a su edad.
6. En caso de epidemia de piojos se debe proceder al tratamiento para desparasitarse.
7. Hacerse los tratamientos médicos adecuados para curar y prevenir enfermedades que afecten su desarrollo
físico.
8. En caso de que le sea requerido o se le sugiera tratamiento psicológico, o fisiológico, debe presentar las
evidencias de que lo está recibiendo.
ARTÍCULO Nº 105.- PRESENTACIÓN PERSONAL:
La presentación personal es una norma de educación y buenas costumbres, que debe mostrar naturalidad. El corte de
cabello, el peinado, el aseo, el uniforme y en general, la presentación personal deben estar acordes con el proceso de
educación integral propio de la Institución.
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De acuerdo con las disposiciones reglamentarias existentes y teniendo en cuenta la “Filosofía Salvatoriana”,
queremos resaltar nuestra IDENTIDAD.
El uniforme es requisito indispensable dentro de la Institución, por lo tanto, debe ser portado por los (as) estudiantes,
de forma adecuada, desde el primer día de clase hasta el último, sea del grado que sea. El uniforme con el escudo y
colores la Institución ayuda a crecer en la propia identidad estudiantil y a tener sentido de pertenencia.
El mismo sirve indirectamente a eliminar distinciones y clases sociales, para formar en la identidad de la Familia
Salvatoriana donde se procura fomentar y crecer en valores tales como fraternidad, igualdad, respeto, sentido de
pertenencia, limpieza, economía, colaboración, solidaridad, etc.
ARTÍCULO Nº 106. - SALUD PÚBLICA
Los salones de clase y demás dependencias de la Institución, como biblioteca, cafetería, canchas de juego,
corredores, son lugares privilegiados para el aprendizaje y el sano esparcimiento. Por lo tanto es deber de los(as
estudiantes(as) colaborar en el orden y limpieza de los mismos asumiendo las siguientes actitudes:
1. No arrojar basuras al piso.
2. Cuidar los muebles, equipos y materiales utilizados.
3. Mantener limpios y decorados los salones de clase, evitando pegar objetos que deterioren la pintura.
4. Colaborar con el aseo del salón, del baño asignado para el grupo, según los turnos correspondientes.
5. Favorecer un ambiente agradable, propicio para la comunicación y la concentración evitando ruidos y
gritos que perturben el ambiente de estudio.
6. Cuando un (una) estudiante, o cualquier miembro de la Institución padezca una enfermedad contagiosa,
evitará el contacto con el resto de la Comunidad Educativa.
7. Cuidar las plantas y demás elementos del entorno.
ARTICULO Nº 107. SEGURO DE ACCIDENTES.
1. La Institución recomienda a los padres, madres y o acudientes, la adquisición del Seguro de Accidentes que
garantice la atención inmediata a los (as) estudiantes. Dado que en la atención de las EPS no está
garantizado por todo el año seguro de accidentes, debe contratarse por todo el año.
2. La Institución velará por la atención oportuna e inmediata en caso de accidente.
3. Campañas preventivas para proteger la salud. El Comité de Bienestar, a través de la implementación del
proceso respectivo, velará por la realización de campañas preventivas para evitar contagios y adquisición
de enfermedades masivas.
4. En caso que un (una) estudiante, atendido en psico-orientación o en la enfermería, requiriera una asistencia
especial, se avisará a los padres para que lo remitan a la persona o entidad indicada. Si no se localiza a los
padres o acudientes, la Institución tomará las medidas que crea convenientes y más oportunas.
5. La Auxiliar de enfermería deberá informar si el paciente tiene alguna prescripción sobre el uso de algunos
medicamentos o por tratamiento que esté llevando a cabo.
ESPECIALES DE BIENESTAR SERVICIOS
ARTÍCULO 108. SERVICIOS DE BIENESTAR:
El Colegio cuenta con servicios de psico-orientación, primeros auxilios y capellanía. Estos se prestan bajo los
siguientes parámetros:
1. No tienen ningún costo para quienes lo soliciten.
2. Las citas deben pedirse directamente en la respectiva dependencia.
3. Los (as) estudiantes reciben este servicio remitidos por un docente, por solicitud personal o de sus padres.
4. Asumir cumplidamente el horario asignado.
5. Los (as) estudiantes que acudan a cualquiera de estos servicios deben pedir al profesional que los(as)
atendió la constancia escrita de la hora en la cual terminó su cita. Ésta le autoriza para ingresar al aula de
clase.
6. El usuario que incumpla reiteradamente las citas asignadas perderá el derecho a la prestación de los
servicios.
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7. La psicóloga del Colegio evaluará las situaciones de los estudiantes y de acuerdo a un diagnostico inicial y
lo remitirá a un profesional externo.
ARTÍCULO Nº 109.- HORARIOS DE ATENCION
Rectoría: Para asegurar la atención oportuna, la Rectora dará cita previa a quienes lo soliciten. Estas citas se piden
en Recepción.
Docentes y psico-orientación: Las citas con docentes se solicitan a través de Cibercolegios o en el cuaderno de la
asignatura correspondiente.
Oficinas de Tesorería y Secretaría: Lunes, martes, jueves y viernes de 7 a 1 p.m. Los (as) estudiantes sólo serán
atendidos en las horas de los descansos.
ARTÍCULO 110. CAFETERÍA
1. El servicio se presta de acuerdo a las posibilidades locativas del Colegio y a las capacidades económicas de
los(as) estudiantes. De ellos(as) se espera un comportamiento que demuestre cultura, orden y delicadeza.
2. Los precios de los productos que se distribuyen en la cafetería, estarán en lugares visibles y de fácil lectura.
la Institución velará por la calidad y los precios de los productos.
3. Una vez que suene la señal, se suspenden las ventas y los (as) estudiantes deben abandonar el recinto.
4. Atendiendo a la ley 1355, del 14 de octubre de 2009 (Ley de la Obesidad), la tienda escolar ofrecerá
productos que promuevan adecuados hábitos de alimentación como frutas, verduras, jugos naturales.
ARTÍCULO Nº 111. MODIFICACIÓN AL MANUAL DE CONVIVENCIA
La modificación del Manual de Convivencia se llevará a cabo por el Consejo Directivo. El procedimiento es el
siguiente:
1. Las propuestas de modificación serán presentadas por escrito a la Rectora, debidamente motivadas y
justificadas. Estas propuestas se presentarán antes del primero de septiembre de cada año escolar.
2. El Consejo Directivo estudia las propuestas y decide sobre su aceptación total o parcial o si se rechaza, y
formula sus propias iniciativas, si lo juzga pertinente. En caso de ser aceptadas, el Consejo Directivo elabora su
propia formulación, las aprueba y ordena su incorporación al P.E.S.
3. La Rectora formalizará la modificación mediante Resolución Rectoral.
ADVERTENCIAS FINALES:
1. Cada vez que en el presente Manual de Convivencia aparezcan términos de contenidos no perfectamente
definidos y que por lo mismo se presten a diversas interpretaciones y discusiones, la interpretación concreta del
alcance y significado de los mismos corresponde a la Rectoría y al Consejo Directivo, según su competencia.
2. El hecho de que una norma no aparezca en este Manual de Convivencia no significa que no pueda exigirse
por parte de la Rectora u otros directivos de la Institución.
3. Si después de aprobado el Manual de Convivencia, aparece alguna legislación oficial que derogue la vigente,
ésta será publicada en la página Web de la Institución, en Cibercolegios y circular física, se considera
automáticamente modificado en los puntos en que la legislación nueva lo afecte, sin perjuicio de las apelaciones
a que hubiere lugar.
Publíquese y cúmplase!
Firma
Hna Olga Sepúlveda Espitia
Rectora

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Manual de Convivencia Colegio Divino Salvador

  • 1. 1 Colegio Divino Salvador MANUAL DE CONVIVENCIA Contenido CAPITULO I.....................................................................................................................6 OBJETIVOS GENERALES DEL COLEGIO DIVINO SALVADOR DE MEDELLÍN .............6 ARTÍCULO Nº 1.-...........................................................................................................................................................................6 CAPITULO II ....................................................................................................................8 GLOSARIO DE TÉRMINOS ..............................................................................................8 CAPITULO III ...................................................................................................................9 PROCEDIMIENTO PARA LA ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE ESTUDIANTES ............9 ARTÍCULO Nº 2.- ESTUDIANTES SALVATORIANOS .................................................................................................................9 ARTÍCULO Nº 3.- PROCESO DE ADMISIONES.............................................................................................................................9 ARTICULO Nº 4.- DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA MATRÍCULA DE ASPIRANTES........................................................9 ARTÍCULO Nº 5.- INDUCCIÓN ACADÉMICA Y FAMILIAR .......................................................................................................10 ARTÌCULO Nº 6.- PERMANENCIA DE LOS (AS) ESTUDIANTES ANTIGUOS(AS) EN LA INSTITUCIÓN......................................10 ARTÍCULO Nº 7.- PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA RESERVA DE CUPO: .......................................................................11 ARTÍCULO Nº 8.- MATRÍCULA..................................................................................................................................................12 ARTÍCULO Nº 9.- DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA MATRÍCULA DE ESTUDIANTES ANTIGUOS .................................12 ARTÍCULO Nº 10.- PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE SALVATORIANO: .................................................................12 ARTÍCULO Nº 11.- REQUISITOS PARA SER ACUDIENTE..........................................................................................................13 ARTÍCULO Nº 12. COSTOS EDUCATIVOS:.................................................................................................................................14 ARTÍCULO Nº 13.- PROCEDIMIENTO CON MOROSOS...............................................................................................................14 CAPITULO IV.................................................................................................................15 LOS (AS) ESTUDIANTES................................................................................................15 ARTÍCULO Nº 14.- PERFIL DEL (LA) ESTUDIANTE SALVATORIANO(A).................................................................................15 ARTÍCULO Nº 15. DERECHOS GENERALES DEL (LA) ESTUDIANTE.........................................................................................15 ARTICULO Nº 16.- PROHIBICIONES...........................................................................................................................................16 ARTÍCULO Nº 17.- DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS (AS) ESTUDIANTES SALVATORIANOS.................................17 ARTÍCULO Nº 18.- ESTÍMULOS Y RECONOCIMIENTOS: ..........................................................................................................18 ARTÍCULO Nº 19.- FALTAS DE TERCER GRADO O LEVES. (Ajustar según ley 1620) .................................................................18 ARTÍCULO Nº 20.- PROCEDIMIENTO ANTE LAS FALTAS LEVES: ...........................................................................................19 ARTÍCULO Nº 21.- FALTAS GRAVES .........................................................................................................................................20 ARTÍCULO Nº 22.- DEBIDO PROCESO ANTE LAS FALTAS GRAVES:........................................................................................21 ARTÍCULO Nº 23.- FALTAS GRAVÍSIMAS.................................................................................................................................23 ARTÍCULO Nº 24. DEBIDO PROCESO ANTE LAS FALTAS GRAVÍSIMAS ..................................................................................25 ARTÍCULO Nº 25.- NORMAS GENERALES SOBRE EL DEBIDO PROCESO: ...............................................................................27
  • 2. 2 ARTÍCULO 27 INTERPOSICIÓN DE RECURSO DE REPOSICIÓN................................................................................................27 ARTÍCULO Nº 28.- INASISTENCIA E IMPUNTUALIDAD .........................................................................................................29 ARTICULO Nº 29.- PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS ...............................................................................................30 ARTICULO Nº 30.- CONDUCTO REGULAR.................................................................................................................................30 CAPITULO V ..................................................................................................................31 GOBIERNO ESCOLAR....................................................................................................31 ARTÍCULO 31: LA RECTORA: .....................................................................................................................................................31 ARTÍCULO 32. FUNCIONES DE LA RECTORA: ..........................................................................................................................31 ARTÍCULO Nº 33.- EL CONSEJO ADMINISTRATIVO...................................................32 ARTÍCULO Nº 35.- EL CONSEJO DIRECTIVO: ...........................................................................................................................32 ARTÍCULO 36. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:...........................................................................................................33 ARTÍCULO 37. REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO .......................................................................................................33 ARTÍCULO Nº 38.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS DOCENTES AL CONSEJO DIRECTIVO: ............................34 ARTÍCULO Nº 39.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS PADRES DE FAMILIA AL CONSEJO DIRECTIVO: ............34 ARTÍCULO Nº 40.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO ..................34 ARTÍCULO Nº 41.- CONSEJO ACADÉMICO: ...............................................................................................................................35 ARTÍCULO 42.- FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: .....................................................................................................35 ARTÍCULO 43.- PERFIL DEL JEFE DE ÁREA:..........................................................................................................................35 ARTÍCULO 44.- PERFIL DEL DOCENTE SALVATORIANO ........................................................................................................36 ARTÍCULO Nº 45.- DERECHOS DEL DOCENTE ..........................................................................................................................37 ARTÍCULO 46. DEBERES DEL DOCENTE:.................................................................................................................................38 ARTÍCULO Nº 47.- COMISIÓN ORDINARIA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE GRADO.......................................................38 ARTÍCULO N 48.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN....................................39 ARTÍCULO Nº 49.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN EXTRAORDINARIA DE EVALUCIÓN .........................................................39 ARTÍCULO 50.- REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE GRADO. ..........................................39 ARTÍCULO Nº 51.- PÉRDIDA DE INVESTIDURA DE LOS MIEMBROS........................................................................................39 CAPITULO VI.................................................................................................................40 CONSEJO ESTUDIANTIL ...............................................................................................40 ARTÍCULO Nº 52. ........................................................................................................................................................................40 FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL ................................................................................................................................40 ARTÍCULO Nº 53.- REGLAMENTO DEL CONSEJO DE ESTUDIANTIL........................................................................................40 ARTÍCULO Nº 54. LA REVOCATORIA DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES .................................................................................40 ARTÍCULO Nº 55. DEFINICION DEL CARGO DE PRESIDENTE Y PERSONERO.........................................................................40 ARTÍCULO Nº 56.- REQUISITOS PARA SER ELEGIDO PRESIDENTE Y PERSONERO..............................................................41 ARTÍCULO Nº 57.- PROCESO DE ELECCIÓN DE PRESIDENTE Y PERSONERO.........................................................................41 ARTÍCULO 58. FUNCIONES DEL PRESIDENTE ESTUDIANTIL ..................................................................................................41 ARTÍCULO Nº 60. REGLAMENTO DEL PERSONERO.................................................................................................................42 ARTÍCULO Nº 61. REQUISITOS PARA SER VOCERO DE GRUPO ...............................................................................................43 FUNCIONES: ...............................................................................................................................................................................43 ARTÍCULO Nº 63. - MONITORÍAS...............................................................................................................................................43 CAPITULO VII................................................................................................................44 REGLAMENTO DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA ..........................................44 ARTÍCULO Nº 64.- LOS PADRES DE FAMILIA:...........................................................................................................................44
  • 3. 3 ARTÍCULO Nº 65.- PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA:...............................................................................................................44 ARTÍCULO Nº 66.- DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA:.................................................................................................44 ARTÍCULO Nº 67.- DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA:....................................................................................................45 ARTÍCULO Nº 68.- CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA .............................................................................................................46 ARTÍCULO Nº 69.- PERFIL DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE PADRES .............................................................................47 ARTÍCULO Nº 70.- PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE MIEMBRO DEL CONSEJO DE PADRES:......................................................47 ARTÍCULO Nº 71.- CONVOCATORIA Y ELECCIÓN DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: .................................................47 ARTÍCULO 72. PARTICIPACIÓN EN EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN................................................................47 ARTÍCULO Nº 73.- INVITADOS AL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA:..................................................................................48 ARTÍCULO Nº74.- COMITÉS O COMISIONES TEMPORALES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: ...................................48 ARTÍCULO Nº 75.- CONDUCTO REGULAR DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA:...............................................................48 ARTÍCULO Nº 76.- PRESUPUESTO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA:...........................................................................48 ARTÍCULO Nº 78.- FINALIDADES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA....................................................................48 ARTÍCULO Nº 79.- FORMAS DE PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA..........................................................................................49 CAPITULO VIII ..............................................................................................................49 MEDIOS DE COMUNCIACIÓN.......................................................................................49 ARTICULO Nº 80.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA......................................................................................................49 CAPITULO IX.................................................................................................................50 UNIFORMES...................................................................................................................50 ARTÍCULO Nº 81.- UNIFORME DE DIARIO ................................................................................................................................50 CAPITULO X ..................................................................................................................51 SISTEMA DE EVALUACION..........................................................................................51 ARTÍCULO Nº 82.- SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION SALVATORIANO (SIES).......................................................51 ARTÍCULO Nº 83. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN EL ÁMBITO INSTITUCIONAL:....................51 ARTÍCULO Nº 84.- DEFINICIÓN DE EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN SALVATORIANO (SIES).......................52 ARTÍCULO Nº 85.- DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES..................................52 ARTÍCULO Nº 86.- ESTÁNDARES...............................................................................................................................................60 ARTÍCULO Nº 87.- OTRAS DISPOSICIONES ACADÉMICAS ESPECIALES.................................................................................60 ARTÍCULO Nº 88.- PROMOCIÓN DE BACHILLERES ..................................................................................................................61 CAPITULO XI.................................................................................................................61 MODELO PEDAGÓGICO................................................................................................61 Características del líder Salvatoriano desde el enfoque.........................................................61 ARTÍCULO Nº 90.- CURRÍCULO ................................................................................................................................................62 ARTÍCULO Nº 91.- CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL CURRÍCULO............................................................................62 ARTÍCULO Nº 92.- PLAN DE ESTUDIOS: ..................................................................................................................................62 ARTÍCULO Nº 93.- ÁREAS DE FORMACIÓN EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA .....................................................................62 ARTÍCULO Nº 94.- NIVELES OFRECIDOS:...............................................................................................................................63 ARTÍCULO Nº 95.- LA ADOPCIÓN DEL CURRÍCULO Y SUS MODIFICACIONES......................................................................63 CAPITULO XII................................................................................................................63 PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD ................................................................................63 ARTÍCULO Nº 96.- REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO:.....................................................................63 ARTÍCULO Nº 98.- ASPECTO LEGAL.........................................................................................................................................64
  • 4. 4 ARTÍCULO Nº 99.- OBJETIVOS DEL PROYECTO SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO: ...............................................................64 ARTÍCULO Nº 100.- REGLAMENTO INTERNO DEL PROYECTO DE SERVICIO SOCIAL ............................................................64 ARTÍCULO 101. SANCIONES AL INCUMPLIMIENTO EN EL PROYECTO DE SERVICIO SOCIAL.............................................64 CAPITULO XIII ..............................................................................................................65 NORMAS DE HIGIENE Y SALUD PÚBLICA ..................................................................65 ARTÍCULO Nº 102.- ASEO DE LA PLANTA FISICA.....................................................................................................................65 ARTÍCULO Nº 103.- SERVICIOS SANITARIOS............................................................................................................................65 ARTÍCULO Nº 104.- NORMAS DE HIGIENE PERSONAL: ...........................................................................................................65 ARTÍCULO Nº 105.- PRESENTACIÓN PERSONAL: .....................................................................................................................65 ARTÍCULO Nº 106. - SALUD PÚBLICA .......................................................................................................................................66 ARTICULO Nº 107. SEGURO DE ACCIDENTES...........................................................................................................................66 ESPECIALES DE BIENESTAR SERVICIOS.....................................................................66 ARTÍCULO 108. SERVICIOS DE BIENESTAR:.............................................................................................................................66 ARTÍCULO Nº 109.- HORARIOS DE ATENCION .........................................................................................................................67 ARTÍCULO 110. CAFETERÍA ......................................................................................................................................................67 ARTÍCULO Nº 111. MODIFICACIÓN AL MANUAL DE CONVIVENCIA .......................................................................................67 ACUERDO No. 01 Por medio del cual se adopta y aprueba el Manual de Convivencia Escolar del Colegio Divino Salvador. El Consejo Directivo del Colegio Divino Salvador, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley General 115 de 1994 y el Decreto Nacional 1860 de 1994 en su Artículo Nº 23, y CONSIDERANDO: Primero.- Que el Colegio Divino Salvador ha hecho revisiones periódicas al Manual de Convivencia para implementar el desarrollo de las nuevas normas. Segundo.- Que las directivas, los docentes, los padres de familia y los/as alumnos/as, estudiaron durante el año 2011 el Manual de Convivencia. Tercero.- Que en los últimos años han sido derogadas algunas normas y reemplazadas por otras regulaciones, lo que hace urgente reestructurar la normatividad del Manual de Convivencia en materias jurídica y procedimental. Cuarto.- Que luego de la revisión legal por parte del Asesor de la Institución se hicieron los ajustes a la norma concerniente al Manual de Convivencia. Quinto.- Que el Consejo Directivo, en la reunión del 2 de Febrero de 2012, recogió las sugerencias legítimas en desarrollo de las prácticas participativas y que, en consecuencia, el Consejo Directivo ACUERDA: Artículo 1. Adoptar el presente Manual de Convivencia Escolar para regir las relaciones de la Comunidad Educativa a partir del año 2012.
  • 5. 5 Artículo 2. Ordenar al Consejo Directivo, en cabeza de la Rectora, la revisión periódica del Manual de Convivencia, en desarrollo de la Evaluación Institucional y de las normas vigentes a nivel Nacional, Departamental y Municipal. Estos ajustes se adjuntarán al presente Manual en una fe de erratas, cuando sea necesario. Artículo 3. El presente acuerdo rige a partir de su publicación y debe ser conocido por los(as) estudiantes, acudientes, padres y madres de familia antes de la matrícula. Artículo 4. Recibir sugerencias para la revisión del Manual de Convivencia hasta el mes de septiembre, siempre y cuando no haya legislación que amerite otra situación. Artículo 5: El Manual de Convivencia Escolar del Colegio Divino Salvador – Medellín se adjunta a continuación y se da a conocer a toda la comunidad educativa. Comuníquese y cúmplase Dado en Medellín a () del mes de Febrero de 2012. PRESENTACIÓN La Comunidad Educativa del COLEGIO DIVINO SALVADOR – MEDELLÍN, conformada por las Hermanas del Divino Salvador, propietarias de la Institución, la Hermana Rectora, los docentes, los(as) estudiantes, los padres de familia, los ex alumnos(as), el personal administrativo y el personal de apoyo, guiados por el Proyecto Educativo Salvatoriano (PES), promueve el siguiente Manual de Convivencia para establecer los criterios de formación y convivencia pacífica, fortaleciendo la consolidación de los principios y valores de la filosofía Salvatoriana. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1. Asumir los fines establecidos en la Constitución Política, la Ley General de Educación y los Decretos reglamentarios generando espacios de participación y diálogo, que faciliten y regulen el ejercicio de la libertad y responsabilidad de todos los integrantes de la Comunidad Educativa Salvatoriana. 2. Brindar un ambiente evangelizador que, a través de la formación en valores Salvatorianos, promueva una cultura humanizante y una convivencia pacífica. 3. Mejorar continuamente el rendimiento académico de los y las estudiantes. 4. Propiciar habilidades laborales enfatizando el inglés, la informática y la formación de líderes a través de proyectos pedagógicos y lúdicos. 5. Garantizar un diseño curricular adecuado que favorezca la formación integral. 6. Garantizar el mejoramiento continuo del S.G.C. en el Colegio Divino Salvador. 7. Satisfacer las expectativas del cliente ofrecidas en el Manual de Convivencia, a través del servicio educativo para la sostenibilidad del Colegio Divino Salvador. Para la elaboración del presente Manual se han tenido en cuenta:
  • 6. 6 1°. La normatividad vigente: La Constitución Política de Colombia de 1991, la Ley General de Educación 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, el Decreto 1860 de 1994, el Decreto 1290 de 2009 y demás normas establecidas en el marco jurídico nacional. 2° Las directrices de la filosofía Salvatoriana: Principios y valores enmarcados en el proyecto de Pastoral de la Provincia de las Hermanas del Divino Salvador en Colombia. PRINCIPIOS ORIENTADORES PARA LA APLICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Aplicación de principios e integración normativa: En la aplicación del régimen disciplinario prevalecerán los principios rectores contenidos en este Manual y en la Constitución Nacional. Abuso del Derecho: El(la) estudiante que abuse de los derechos, incumpla sus deberes y compromisos o incurra en faltas contra el buen comportamiento, se hará acreedor(a) a una acción correctiva. Función de la Acción Correctiva: Tiene función preventiva, retributiva, protectora, reparadora y re- socializadora. Buena fe: Siempre debe presumirse la buena fe en la conducta de el (la) estudiante, sujeto de la acción correctiva o sanción. * Cuando se cometa una falta y ésta afecte el normal desarrollo de las actividades, sin que exista causal de justificación, se considerará contraria a la Ley”. Culpabilidad: Cuando sea necesario llevar un proceso disciplinario-pedagógico, quedará prohibida toda forma de responsabilidad objetiva, en todo caso las faltas sólo serán sancionables a título de dolo o culpa. Debido proceso: Al miembro de la comunidad educativa que deban aplicarse las acciones aquí dispuestas, le serán aplicadas las normas existentes al caso atribuido ante quien sea competente, previamente establecido y observando las formas propias de la Constitución y de este Manual, salvo que se trate del personal administrativo o docente, caso en el cual se aplicará el procedimiento descrito para ellos. Derecho a la defensa. El (la) estudiante que sea objeto de una investigación, tiene derecho a conocer la queja y las pruebas que se alleguen a la investigación, a que se practiquen las pruebas que solicite, a ser oído(a) en declaración de descargos, para lo cual puede estar acompañado(a) de sus padres, acudientes o personero estudiantil e interponer los recursos establecidos en este Manual Garantía de la labor educativa: Todo miembro de la comunidad educativa ejercerá sus derechos, cumplirá sus deberes y respetará las prohibiciones establecidas. Interpretación del orden interno: En la interpretación y aplicación de la ley disciplinaria se debe tener en cuenta que la finalidad del proceso es la prevalencia de la justicia, la creación de valores y la formación integral de los(as) estudiantes. Protección de Derechos e Intereses de la Comunidad Educativa. (Bien Común): El ejercicio de los derechos de los(as) estudiantes, de sus padres o acudientes autorizados, supone responsabilidad frente a los derechos de los(as) demás estudiantes y de cada uno de los estamentos que componen la comunidad educativa de la Institución. Reconocimiento de la dignidad humana. Todo (a) estudiante o miembro de la Comunidad Educativa que se relacione con la Institución, a quien le sea atribuida una falta, tiene derecho a ser tratado con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. CAPITULO I OBJETIVOS GENERALES DEL COLEGIO DIVINO SALVADOR DE MEDELLÍN ARTÍCULO Nº 1.- 1. Asumir los fines establecidos en la Constitución Política, la Ley General de Educación y los Decretos reglamentarios 2. Tener en cuenta la visión Antioquia siglo XXI: En el año 2012, Antioquia será la mejor esquina de América, el Plan Educativo del Departamento y el Plan Decenal de Educación 2006 – 2015.
  • 7. 7 3. Brindar un ambiente evangelizador, a través de la formación en valores Salvatorianos para lograr una cultura humanizante y una convivencia pacífica 4. Interpretar la realidad a la luz del Carisma Salvatoriano cuya finalidad es comprometer a todos los hombres y mujeres en solidaridad por la esperanza y la vida, a través de los valores evangélicos para generar identidad con Proyecto Educativo Salvatoriano. 5. Facilitar acciones tendientes a comprometer a la Comunidad Educativa con la defensa de la vida en todas sus manifestaciones. 6. Crear hábitos de investigación en la adquisición del conocimiento ligado a los intereses del ser humano en su transformación y liberación. 7. Propiciar espacios de participación, que faciliten y regulen el ejercicio de la libertad y responsabilidad de todos los integrantes de la Comunidad Educativa Salvatoriana. 8. Fomentar y estimular el diálogo entre los diferentes estamentos de la Institución. 9. Promover valores y actitudes que permitan al (la) estudiante asumir las normas como medios para la formación de su personalidad.
  • 8. 8 CAPITULO II GLOSARIO DE TÉRMINOS Acudiente: Persona que asume, desde el instante en que se firma la matrícula, las responsabilidades de los padres ante la Institución, cuando éstos no están en capacidad de responder por el (la) estudiante. Autoridad: Estamento o persona que ejerce el mando y puede exigir obediencia dentro del marco de la legislación. Acción Correctiva: Acción tomada para eliminar las causas de una situación presentada. Amonestación: Llamado de atención verbal o escrito que se hace a los(as) estudiantes. Apelación: Recurso que se interpone ante la instancia superior para que modifique, aclare, revoque o sustituya la decisión de la instancia anterior. Buen Comportamiento: Forma adecuada de conducta en beneficio propio y comunitario. Circunstancia atenuante: Aquella que disminuye la responsabilidad del quien cometió la falta. Circunstancia agravante: La que aumenta la responsabilidad de quien cometió la falta. CPC: Constitución Política de Colombia. CES: Comunidad Educativa Salvatoriana. PES: Proyecto Educativo Salvatoriano. SGC: Sistema de Gestión de Calidad. SIES: Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano Correctivos Pedagógicos: Estrategias para remediar una falta, tendientes a reforzar el rendimiento académico, formativo y disciplinario. Comunidad Educativa: Conjunto de personas que participan en las acciones educativas de la Institución. Compromiso: Responsabilidad que asumen los padres o acudientes y el (la) estudiante en el proceso formativo. Conciliación: Acción mediante la cual dos posturas encontradas se ponen de acuerdo y llegan a un arreglo beneficioso para ambas. Contrato: Es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, del cual nacen derechos y obligaciones reciprocas Consenso: Consentimiento unánime. Conflicto: Situación que se presenta entre dos o más personas por desavenencia, desacuerdo o dificultad para establecer una relación afable. Cuaderno de Seguimiento: Registro de comportamientos de los(as) estudiantes. Debido Proceso: Pasos, que se deben seguir en la aplicación de correctivos. Educación Integral: Es la educación que promueve el desarrollo armónico e integral de la persona. Falta: Incumplimiento de las normas establecidas, dentro o fuera de la Institución, Flagrancia: Evento en el cual un estudiante es sorprendido en la ejecución de un acto no permitido. Manual de Convivencia: Medio pedagógico-formativo que orienta, regula e ilumina las acciones del proceso educativo acorde con la Política de Calidad, la Misión y Visión, los Principios Filosóficos de la Comunidad de Hermanas del Divino Salvador, la Constitución Política Nacional y los Fundamentos de la Educación Integral. Observador del (la) Estudiante: Registro del seguimiento que se hace al comportamiento del (la) estudiante. Promoción: Paso de un grado a otro superior. Proyecto Educativo Salvatoriano P.E.S: Es la ruta de navegación del Colegio Divino Salvador, el derrotero que la Comunidad Educativa Salvatoriana aplica para lograr la formación integral de sus estudiantes. Especifica la filosofía de la Institución y su propuesta pedagógica y responde a las necesidades de la comunidad educativa, (cfr. Ley115, Artículo 73). Recurso de Reposición: Instrumento jurídico para manifestar las razones de hecho y de derecho por las cuales no se está conforme con la decisión contenida en una Resolución Rectoral. Sanción: Es la consecuencia que acarrea el cometer una falta y que se impone acorde con el grado de la misma.
  • 9. 9 CAPITULO III PROCEDIMIENTO PARA LA ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE ESTUDIANTES ARTÍCULO Nº 2.- ESTUDIANTES SALVATORIANOS Se adquiere el carácter de estudiante del Colegio Divino Salvador en el momento de firmar la matrícula, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación del Municipio y el reglamento de la Institución. ARTÍCULO Nº 3.- PROCESO DE ADMISIONES Aspirantes: Son quienes desean ingresar al establecimiento educativo. Procedimiento: 1. Adquirir y diligenciar el Formulario de Inscripción 2. Conocer el Manual de Convivencia, a través de la pagina Web 3. Inducción de estudiantes, familias y/o acudientes. 4. Entrevista (Institucional y Psicológica) 5. Publicación de resultados en la página Web 6. Asistencia a la matrícula, en el día señalado, del estudiante, los padres de familia y/o acudiente, y presentar todos los requisitos exigidos. 7. Firma de matrícula y contratos. Parágrafo 1º.- A partir del grado primero de primaria es indispensable haber aprobado el grado anterior y poder justificarlo con la documentación correspondiente, de acuerdo a la legislación vigente. ARTICULO Nº 4.- DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA MATRÍCULA DE ASPIRANTES Presentar a la secretaría de la Institución, en un plazo máximo de una semana, el Formulario de Inscripción debidamente diligenciado, junto con los siguientes documentos: 1. Guía de matrícula. 2. Contrato de Cooperación Educativa y Pagaré, firmados por quien va a responder económicamente por el estudiante. Cuando el acudiente no sea uno de los padres, antes de firmar la matrícula, debe presentar el documento autenticado en la notaria donde los padres le deleguen la responsabilidad del acudido ante la Institución 3. Factura de costos educativos cancelada 4. Registro de información de la institución de procedencia, según formato del Colegio Divino Salvador 5. Registro civil, original o copia. 6. Hoja de vida del estudiante -observador original- entregado por la institución de procedencia con las respectivas firmas de la coordinación académica, el director de grupo, el padre de familia, el estudiante y el rector. 7. Informe académico final del año anterior debidamente firmado. 8. Otros documentos que las directivas o las normas vigentes ameriten necesarios. 9. Paz y salvo de la institución de procedencia. 10. Certificado de estudios del año anterior al cual se va a matricular, en papel membrete, con los siguientes datos: código ante el DANE, número del certificado, resolución de aprobación de estudios que cubra el grado cursado por el estudiante, grado, año, folio de calificaciones, folio de matrícula, nombre completo del (la) estudiante de acuerdo al registro civil, todas las áreas nombradas según la Ley 115, valoración final (según normatividad vigente), intensidad horaria semanal, refuerzos de las áreas deficientes con la fecha y concepto final del refuerzo, plan de estudios, según acta del Consejo Directivo y los decretos de promoción vigentes, jornada escolar, lugar y fecha de expedición, firmas autorizadas de rector(a), secretario(a), cédula y cargo.
  • 10. 10 11. Fotocopia del documento de identidad, para estudiantes mayores de 7 años. 12. Fotocopia del carné de vacunación para preescolar, 1º y 2o. Decreto 2287 del 12 de agosto de 2003. 13. Recibo de Asociación de Padres de familia. Parágrafo 1º.- Si falta alguno de los requisitos, no se formalizará la matrícula (sin excepciones). Parágrafo 2º.- La Institución se reserva el derecho de recibir o no a un aspirante después de estudiar los documentos y la disponibilidad de cupos. Parágrafo 3º. La Institución no ofrece transporte escolar. ARTÍCULO Nº 5.- INDUCCIÓN ACADÉMICA Y FAMILIAR 1. Inducción de estudiantes: Todo estudiante que desee ingresar a la Institución necesita aprobar una inducción académica correspondiente al grado al que aspira. El (la) estudiante que obtenga como resultado un desempeño bajo en las áreas de lengua castellana, matemáticas o inglés, presenta constancia de inscripción a un semillero en el área específica, como requisito para iniciar el año escolar. 2. Inducción a la Familia: El mismo día de la inducción del estudiante, se realiza la reunión de inducción con las familias nuevas. Su objetivo es presentar el Proyecto Educativo Salvatoriano y el Manual de Convivencia e introducirlos en el manejo de la página WEB como instrumento de comunicación con la Institución. 3. Compromiso de aceptación del Manual de Convivencia: Terminado este curso, el padre y la madre deben manifestar, con su firma que conocen y aceptan el Manual de Convivencia y que están de acuerdo con las políticas institucionales. Adquieren el compromiso de hacerlo conocer a su hijo (a) antes de la matrícula. En esta inducción se entrega la citación para la entrevista. 4. Entrevistas: Se hacen con el padre, la madre y/o acudiente legal autorizado y el (la) estudiante. En la entrevista se analiza la disposición de la familia para asumir la filosofía ofrecida por la Institución y la posibilidad que tiene la Institución para responder a sus expectativas. Si la Institución detecta que por alguna circunstancia, dada la naturaleza del servicio educativo, no puede responder a las expectativas de la familia o del estudiante, se reserva el derecho de admisión. 5. Cuando un estudiante es aceptado para matrícula extemporánea y no hay suficiente personal para realizar la reunión de inducción familiar, ésta se realizará durante la entrevista y en ella se firmará el compromiso de aceptación del Manual de Convivencia. 6. Si el caso lo amerita a juicio de las directivas, la Rectora realiza una tercera entrevista personal y define el resultado del proceso Parágrafo 1º.- En la página Web de la Institución se fija la lista de estudiantes que aprobaron el proceso de inducción. Parágrafo 2.- El costo de la inscripción no es reembolsable, excepto en casos especiales. ARTÌCULO Nº 6.- PERMANENCIA DE LOS (AS) ESTUDIANTES ANTIGUOS(AS) EN LA INSTITUCIÓN Estudiantes antiguos son los que han cursado en el establecimiento el año académico inmediatamente anterior. Para permanecer en el Colegio, un estudiante debe hacerse merecedor de la Reserva de Cupo, cuyos requisitos se especifican en este Manual. Reserva de Cupo: La reserva es el documento que se entrega al estudiante que ha cumplido satisfactoriamente con sus compromisos, como garantía para conservar su cupo al año siguiente. Se entrega con el Informe Académico y Comportamental del tercer periodo. De conformidad con el Artículo 96 de la Ley 115 de 1994, este Manual establece las condiciones de permanencia del estudiante en el plantel y las causas de pérdida del carácter de estudiante Salvatoriano.
  • 11. 11 ARTÍCULO Nº 7.- PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA RESERVA DE CUPO: En reunión de Comisión de Evaluación Ordinaria, los docentes estudian la hoja de vida de cada estudiante teniendo en cuenta: 1. El comportamiento observado según el Manual de Convivencia. . 2. La aprobación de las áreas. 3. La responsabilidad en los compromisos adquiridos anteriormente y el progreso alcanzado. 4. En caso de haber sido matriculado con Contrato Pedagógico, haber superado las deficiencias durante el año. 5. Estar a paz y salvo por todo concepto. 6. El padre, madre o acudiente debe haber cumplido con los deberes estipulados para ellos en este Manual y haber asistido a citaciones, reuniones y al proyecto Escuela de Padres. Parágrafo 1º.- Todos estos criterios se deben cumplir al finalizar el tercer período, según la causal de la retención del cupo, e irán recibiendo respuesta a su solicitud a lo largo del cuarto período, siempre y cuando estudiantes, padres y/o acudientes vayan superando las situaciones problemáticas. Si finalizado el plazo previsto, no se ha superado la dificultad ni se han acercado a dialogar, la Institución dispone del cupo asignándolo a nuevos candidatos. EL RESULTADO DE ESTE ESTUDIO PUEDE SER RESERVA APROBADA, RETENIDA, O SUSPENDIDA, Reserva aprobada: 1. Devolver la reserva diligenciada en los ocho días siguientes. 2. La no devolución oportuna de la Reserva de Cupo, significa que el estudiante no necesita el cupo para el año siguiente y deja en libertad para disponer de él. RESERVA RETENIDA: 1. Si el estudiante no recibió la Reserva de Cupo por incumplimiento de alguno de los numerales del Artículo 7 de este Manual, y no tiene faltas graves, su reserva le queda retenida y si desea continuar en la Institución, para recuperarla r debe demostrar el cambio de actitud en el cuarto período con su comportamiento. El plazo para reconsiderar su reserva es la primera semana de noviembre y debe devolverse debidamente diligenciada dos días después de su entrega. La Reserva de Cupo es retenida: 2. Por los coordinadores a causa de comportamiento o deficiencia académica hasta la primera semana de noviembre. 3. Por el no pago oportuno de pensiones, u otras deudas, reposarán en la Tesorería. 4. Por el incumplimiento de los deberes de padres, madres o acudientes, estos casos serán analizados y resueltos en Rectoría. Reserva suspendida: No tendrán renovación de Contrato de Matrícula o Reserva de Cupo, los (as) estudiantes que: 1. Atenten contra el buen nombre e imagen de la Institución. 2. Representen algún peligro para los miembros de la Comunidad Educativa. 3. Su acudiente no responda a los llamados de la Institución (entrega de informes, citaciones particulares, Proyecto Escuela de Padres u otros), caso en el cual, si hay evidencia de abandono del menor, se pondrá en conocimiento de alguna autoridad competente. 4. Los (as) estudiantes cuyos padres no hayan cumplido con el Contrato de Matrícula y no estén a paz y salvo con la Institución. 5. Los (as) estudiantes que no colaboren con su formación, actitud que se manifiesta en el no acatamiento de la norma, impidiendo así su proceso formativo. 6. Los (as) estudiantes que por su situación personal comprobada, ameriten una institución de características particulares, que no son ofrecidas en el Proyecto Educativo Salvatoriano. 7. Los(as) estudiantes que hayan perdido el año por segunda vez. Parágrafo 1º. No diligenciar la Reserva de Cupo oportunamente o no presentarse a la matrícula en los días fijados por la Institución. Actitud que demuestra desinterés para hacer la matrícula y autoriza a la Institución para disponer del cupo.
  • 12. 12 Parágrafo 2º.- Queda a juicio de la Rectora, el Consejo Directivo y el Consejo Académico la negación del cupo a estudiantes antiguos(as), según las orientaciones dadas en los Artículos 7 y 8 del Manual de Convivencia. Parágrafo 3º.- Ya que el proceso de admisiones no se interrumpe por un caso incierto, como es el de quienes no diligencien y devuelvan oportunamente la Reserva de Cupo, o de quienes no hayan merecido la reserva, la Institución no se hace responsable de guardar cupos sin la debida garantía de cubrirlos. La reserva de un cupo es responsabilidad del estudiante, el padre, la madre o acudiente legalmente autorizado. ARTÍCULO Nº 8.- MATRÍCULA Es el acto que formaliza la vinculación de los estudiantes y sus familias al servicio educativo. Se realizará por una sola vez al ingresar al establecimiento, pudiéndose establecer renovaciones para cada año lectivo (Ley 115/ 95). Este acto se registra y refrenda con las firmas del estudiante, sus padres de familia y/o acudiente legalmente autorizado, la Rectora y la secretaria Parágrafo 1º: Quien firma el Contrato de Matrícula y el Pagaré, debe ser la misma persona que firma el folio de matrícula. Parágrafo 2º: Cuando un estudiante se retira sin terminar el año escolar, deberá formalizar la cancelación de la matrícula. En caso contrario la cuenta de cobro sigue vigente. ARTÍCULO Nº 9.- DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA MATRÍCULA DE ESTUDIANTES ANTIGUOS 1. Guía de Matrícula. 2. Desprendible debidamente firmado, del comprobante de aceptación del contrato de cooperación educativa publicado en Cibercolegios. 3. Factura cancelada de los costos educativos. 4. Pagaré (el cual será diligenciado y firmado el día de la matrícula). 5. Paz y salvo de la Institución. 6. Recibo de Asociación de Padres de Familia. 7. Carta laboral de padres y/o acudientes. 8. Fotocopia de la Tarjeta de Identidad, para estudiantes mayores de 7 años. Parágrafo 1: En caso que el estudiante haya presentado dificultades comportamentales o académicas, pero haya mostrado intención de superación y se haya hecho merecedor de la Reserva de Cupo, debe firmar Contrato Pedagógico antes de firmar el folio de matrícula. Parágrafo 2. Estos requisitos son de cumplimiento obligatorio salvo que la ley emita otro concepto. Si falta uno de ellos, no se formalizará la matricula. Reingresos: Son los(as) estudiantes que han estado vinculadas a la Institución con anterioridad pero se han retirado por diferentes motivos. Los estudiantes que solicitan reingreso tendrán el mismo tratamiento de los(as) aspirantes nuevos(as). Matrícula extemporánea: Tiene el mismo procedimiento y la admisión está supeditada a la disponibilidad de cupo, y a al informe académico y comportamental. El recargo económico adicional será del 3% sobre el valor de la matrícula. ARTÍCULO Nº 10.- PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE SALVATORIANO: Para conservar la condición de estudiante Salvatoriano, debe cumplir con lo estipulado en el Proyecto Educativo Salvatoriano, el Manual de Convivencia y el Contrato de Cooperación Educativa. Esta condición se pierde por:
  • 13. 13 1. Cierre de la Institución o cuando, por fuerza mayor, se deban reducir grupos o cupos.1 2. Cancelación voluntaria de la matrícula, para lo cual el padre de familia o acudiente autorizado que asumió la responsabilidad en la matrícula, deberá presentarse personalmente y explicar a la Rectora el motivo de la cancelación. 3. Incumplimiento de los requisitos señalados por la Institución. 4. Actitud inadecuada del padre, madre de familia o del acudiente legalmente autorizado, contra algún miembro de la Comunidad Educativa. 5. Comportamiento no acorde con el perfil definido en el presente Manual a través de los valores y las normas establecidos en el mismo. 6. Falta de apoyo y colaboración sincera y permanente de los padres o acudientes en el proceso formativo del estudiante, así como irrespeto en la solución de conflictos con docentes y directivas del plantel. 7. Inasistencia habitual injustificada del (la) estudiante, según Decreto 1860, Artículo 53. 8. Cancelación de la Matrícula en la Institución, aprobada por el Consejo Directivo, con base en una causa legal o reglamentaria. 9. Presentación de documentos falsos o fraude en el momento de la matrícula o para resolver otra situación de la vida escolar. 10. No presentarse a diligenciar el proceso de Reserva de Cupo y/o matrícula en las fechas y horas asignadas por la Institución, o sin los requisitos señalados para el proceso. 11. Demora o incumplimiento de la(s) obligación(es) por parte de los padres de familia o acudiente legalmente autorizado, en el pago de pensiones, o el no proveer a los estudiantes los recursos necesarios. 12. Incumplimiento del Contrato Pedagógico. 13. Faltas gravísimas y reincidencia en las mismas. 14. Comportamiento que afecte el bien común o ponga en peligro algún miembro de la Comunidad Educativa. 15. Término del ciclo de educación media. Parágrafo único: Si el estudiante, padre de familia o acudiente incumplen, el contrato de cooperación educativa se da por terminado. ARTÍCULO Nº 11.- REQUISITOS PARA SER ACUDIENTE 1. Respetar el carácter Católico de la Institución. 2. El padre, la madre o un tercero legalmente autorizado ante notaria. 3. Ser mayor de edad. 4. Tener la capacidad económica demostrada en los documentos exigidos por la Institución, para respaldar al acudido en cuanto a los gastos educativos. 5. Pagar oportunamente las pensiones y compromisos adquiridos en el contrato de matrícula. 6. Presentarse oportunamente a la Institución cuando sea citado para tratar asuntos concernientes al acudido. 7. Presentarse a la matrícula el día y hora señaladas por la Institución. 8. Asistir a las reuniones y Escuela de Padres. 9. Respetar al personal de la Institución. 10. Acatar las directrices, términos y conducto regular establecido institucionalmente para la solución de diferencias y recepción de opiniones. 11. Abstenerse de interferir negativamente en el quehacer del personal institucional. Parágrafo único: El incumplimiento de los numerales 1, 9, 10 y 11 le dará la facultad a la Rectora del Colegio para que, mediante resolución Rectoral, decida no aceptar a esa persona como acudiente. En consecuencia la figura de acudiente será ejercida por el padre o al madre que no incurrió en la causal o por un tercero que cumpla los requisitos del numeral 2 de este Artículo. 1 Ley General de Educación .Art. 96
  • 14. 14 ARTÍCULO Nº 12. COSTOS EDUCATIVOS: El Colegio Divino Salvador actualmente se encuentra bajo el Régimen de Libertad Regulada. Por este motivo, para poner en vigencia las tarifas, sólo requiere comunicarlas a la autoridad competente acompañada correspondiente estudio de costos (<biblio>), con sesenta días calendario, previo a la fecha fijada para la matrícula de los (as) estudiantes. Las tarifas propuestas podrían aplicarse, salvo que sean objetadas por la autoridad respectiva. En todo caso, la Institución se reglamenta por la normatividad vigente para los Colegios Privados. 1. Valor de la inscripción: Es la suma que paga el aspirante para dar inicio al proceso de inscripción, el cual cubre pruebas académicas, psicológicas y entrevistas. 2. Valor de la matrícula: Es la suma anticipada que se paga una vez al año, en el momento de formalizar la vinculación del estudiante al servicio educativo ofrecido por el Colegio Divino Salvador, o cuando esta vinculación se renueva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley 115 de 1994. Este valor es correspondiente al 10% de la pensión anual que adopte el Colegio. 3. Pensión: Es la suma anual que se paga al establecimiento educativo privado por el derecho que adquiere el/la estudiante de participar en el proceso formativo durante el respectivo año académico. Su valor será igual a la tarifa anual menos la suma ya pagada por concepto de matrícula, es decir el 90%. En el Colegio Divino Salvador, la pensión se paga en 10 cuotas iguales canceladas los diez primeros días de cada mes. 4. Salidas Pedagógicas. 5. Salidas Culturales y Recreativas. 6. Carnet estudiantil. 7. Seguro Estudiantil - Cibercolegios 8. Martes de Prueba. 9. Papelería, inscripción de estudiantes nuevos - Modulo de Artística. 10. Ceremonia de grado para estudiantes de Grado 11. Parágrafo 1°: Derecho de grado para estudiantes de Preescolar al finalizar el tercer periodo. Parágrafo 2°: Otros cobros Institucionales:  Facturación en caso de pérdida.  Semilleros extra-clase.  Certificados y constancias de estudio. ARTÍCULO Nº 13.- PROCEDIMIENTO CON MOROSOS. Este Manual, atendiendo al Artículo Nº 25 del Decreto 2253 de 1995, establece el siguiente procedimiento en caso de morosos: 1. El plazo para pagar la pensión son los diez primeros días calendario de cada mes. 2. El atraso en el pago de pensiones incurre en el pago de intereses por mora equivalente a la tasa legal vigente autorizada por la Superintendencia, a partir del día 11 (once) de cada mes. (Febrero a Noviembre) 3. Si el padre de familia se atrasa en el pago de un mes de pensión, recibirá un comunicado a través de Cibercolegios. En caso de no ponerse al día en sus obligaciones económicas se cita a Tesorería con el fin de acordar la fecha de pago 4. Al segundo mes y por el incumplimiento de los compromisos por parte de los padres de familia o acudiente legal autorizado, serán reportados a FENALCO. Parágrafo 1º. El no pago oportuno de los compromisos económicos, acarrea la pérdida del cupo en la Institución para el año siguiente.
  • 15. 15 CAPITULO IV LOS (AS) ESTUDIANTES ARTÍCULO Nº 14.- PERFIL DEL (LA) ESTUDIANTE SALVATORIANO(A) Persona única, original, autónoma, sujeto y agente de su propia educación. Aporta posibilidades, interés y esfuerzo para aprender a vivir valores humanos con todas sus potencialidades para proyectarlas y crear estructuras justas que le permitan una convivencia más humana y fraterna. Se distingue porque: 1. Asume, en hechos observables, la filosofía Salvatoriana: Jesús Salvador es su referente de vida. 2. Testimonia las condiciones necesarias para la convivencia humana. Infunde y fomenta el compañerismo sano. 3. Ennoblece y da esplendor a su personalidad, empleando un vocabulario y modales propios de un estudiante Salvatoriano. 4. Protege el medio ambiente cuidando y embelleciendo la Institución. 5. Se destaca como líder en la construcción de la paz. 6. Asume con responsabilidad el cumplimiento de sus deberes académicos, aportando interés y esfuerzo en el desarrollo de todas sus potencialidades. 7. Manifiesta amor a la Institución en el cuidado de los enseres propios y ajenos. 8. Respeta a todos los miembros de la Comunidad Educativa. 9. Proclama sus deberes y derechos con actitudes observables y demuestra así su amor a la Patria. 10. Ayuda y está atento a las necesidades de los compañeros(as). ARTÍCULO Nº 15. DERECHOS GENERALES DEL (LA) ESTUDIANTE De acuerdo con el Artículo 44 la Constitución Nacional, son derechos fundamentales de los niños (as): la vida, la integridad física, la salud, la seguridad social, la alimentación equilibrada, el respeto a su nombre y nacionalidad, vivir son su familia y no ser separado de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de sus opiniones. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia. La familia, la sociedad y el Estado tienen obligación de asistir y proteger al niño (a) para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir a la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. Además de los derechos establecidos en la Constitución y la ley, como integrante de esta Institución el (la) estudiante tiene derecho a: 1. Recibir la formación integral, conforme a la Ley General de Educación 115, a la ley 1098, en sus Artículos 24, 42, 43, 44 y 45 los cuales se anexan al presente Manual de Convivencia; de igual manera a los Decretos Reglamentarios y a la filosofía de la Institución Salvatoriana. 2. Recibir una educación religiosa católica, de conformidad con la filosofía del Colegio Divino Salvador y expresada en el Proyecto Educativo Salvatoriano (PES), la cual es previamente aceptada en el contrato de cooperación educativa por el estudiante, padres de familia y/o acudiente. 3. Estar provisto, por parte de sus padres, de todos los materiales y útiles necesarios para el desarrollo de las diferentes actividades escolares. 4. Gozar de un ambiente tranquilo que favorezca el desarrollo del proceso enseñanza - aprendizaje. 5. Contar con espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo. 6. Participar en programas de nivelación, recuperación y planes de apoyo de los estudiantes que presenten un desempeño bajo en las diferentes áreas. 7. Ser respetados y permitirles y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras.
  • 16. 16 8. Participar de actividades conducentes al conocimiento en todas las áreas, al respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional, de acuerdo con la propuesta pedagógica Salvatoriana y las condiciones establecidas en este Manual. 9. Conocer oportunamente, a través del portal educativo Cibercolegios, los programas académicos, los indicadores de competencia y el Sistema de Evaluación Salvatoriano. 10. Conocer periódicamente el resultado académico y comportamental de su proceso formativo. 11. Ser evaluado según el proceso establecido oficialmente y de acuerdo con las orientaciones establecidas en el Sistema de Evaluación Salvatoriano. 12. Solicitar oportunamente y con el debido respeto, las correcciones a los resultados en el proceso evaluativo. 13. Participar personalmente o a través del Vocero de grupo, en eventos, actividades o comités propiciados por la Institución a nivel interno o externo, que le permitan conocer y desarrollar sus potencialidades. 14. Elegir y ser elegido(a) para los diferentes órganos del Gobierno Escolar, de acuerdo con las normas vigentes y los perfiles establecidos en el presente Manual. 15. Recibir, dentro de los horarios establecidos, los servicios de bienestar estudiantil que ofrece la Institución: psico -orientación, capellanía, biblioteca, primeros auxilios y cafetería. 16. Contar con el acompañamiento, orientación y estímulo de los Docentes. 17. Manifestar sus opiniones personales de manera oportuna y respetuosa a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, a quien corresponda decidir la situación observable y susceptible de cambio. 18. Aportar ideas e iniciativas que ayuden a la buena marcha de la Institución. 19. Ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares, hechas a través de los conductos regulares, enmarcados en la veracidad, el respeto por la Institución y por las personas vinculadas a ésta. 20. Presentar respetuosa y oportunamente los argumentos que justifican sus actitudes o conductas frente a un llamado de atención o sanción. (Derecho a la defensa).citar 21. Presentar por escrito los descargos con argumentos y pruebas de los hechos presentado por el (la) docente o director (a) de grupo, el compañero (a) vocero de grupo, el coordinador(a) o la Rectora, frente a una falta determinada. (Debido proceso). 22. Participar en el estudio y revisión del Manual de Convivencia. 23. Recibir el carnet estudiantil dentro de los 45 días siguientes a la iniciación de las clases. 24. Desarrollar libremente su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico (Constitución Política Artículo Nº 16). 25. Participar en la evaluación institucional. 26. Conocer con anticipación las modificaciones al horario de entrada y/o salida de la Institución, excepto cuando las circunstancias no lo ameriten. 27. Ser exonerado(a) de la práctica de Educación Física y Deportes y otras actividades que demanden esfuerzo físico cuando se presente incapacidad médica o limitación física comprobada. ARTICULO Nº 16.- PROHIBICIONES 1. Llamar a su casa para hacer cualquier tipo de solicitud, sin el debido permiso de las directivas del Colegio. 2. Efectuar rifas o realizar cualquier tipo de negociación: ventas, compras, permutas, natilleras o cualquier forma de recoger dinero dentro o fuera la Institución, sin autorización de la Rectoría. 3. Permanecer durante los descansos en las aulas de clase o en un lugar diferente al asignado. 4. Fijar en carteleras o puertas avisos, propagandas u otros, sin la debida autorización de las directivas. 5. Difundir comentarios o informaciones a través de las redes sociales (Facebook, Twitter, Cibercolegios, Whatsapp, Instagram u otras redes sociales) que falten a la verdad y vayan en contra del buen nombre de cualquier miembro de la Comunidad Educativa o de la Institución). Art. 21 Constitución Nacional. 6. Realizar juegos con elementos que puedan causar daño a los estudiantes y/o perturbar el entorno (huevo, maicena, aerosoles, tiza, borrador, piedras, sustancias químicas, explosivos, etc.) 7. Traer y portar elementos corto-punzantes que puedan afectar la integridad de alguno de los miembros de la Comunidad Educativa (bisturí, cuchillas, navajas, tijeras que no tengan punta roma, pistolas de balines, etc.). 8. Traer a la Institución computadores portátiles, tablet, cámaras fotográficas, mp3, ipod, PSP, radios, revistas, reproductores de música, audífonos, juegos electrónicos o aparatos similares, mascotas u otros distractores que impidan el proceso normal del aprendizaje. En caso de pérdida o robo de esos elementos la Institución no se hace responsable.
  • 17. 17 9. EL USO DEL CELULAR DENTRO DE LA INSTITUCIÓN.- El uso del celular en aulas de clase, descansos, biblioteca, actos comunitarios y zonas comunes está prohibido. Si el estudiante lo utiliza, el dispositivo telefónico será decomisado por las directivas y se citará a los padres de familia para devolvérselo. En caso de pérdida o robo del celular, la Institución no se hace responsable. ARTÍCULO Nº 17.- DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS (AS) ESTUDIANTES SALVATORIANOS “El niño, la niña o el/la adolescente deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo en la etapa de su desarrollo”. (Artículo Nº 15, Ley 1098 de 2006, Ley de la Infancia y la Adolescencia). Al ingresar a la Institución los estudiantes se comprometen a acatar las normas que los orientan hacia la autonomía, la libertad, condicionadas y limitadas por las exigencias de la convivencia, la libertad del otro, el bien común, y no por la represión o miedo físico y social; por ello acatarán, aceptarán y acogerán libremente los deberes que lo acercan a la identificación y al sentido de pertenencia a la Institución, los cuales son: 1. Presentarse a la matrícula en las fechas señaladas y cumplir con los requisitos exigidos para ella. 2. Conocer, aceptar y respetar la filosofía Salvatoriana, sus principios, fines, objetivos y valores éticos, religiosos, cívicos e ideológicos, aceptados antes de la matrícula. 3. Conocer, respetar y defender los símbolos de la Institución y todo lo consignado en el Proyecto Educativo Salvatoriano (PES) y en el Manual de Convivencia. 4. Valorar y respetar la vida en todas sus manifestaciones, tanto en el salón de clase, como en cualquier otro espacio, como el don más preciado que nos ha legado el Creador. 5. Propiciar un ambiente de paz, solidaridad, colaboración, respeto, orden, limpieza, urbanidad, civismo y cultura. , Tanto en la Institución como fuera de ella ajustar su conducta a la moral y a las buenas costumbres. 6. Estar dispuesto(a) al diálogo y cumplir los compromisos adquiridos para superar los conflictos. 7. Cuidar su presentación personal y llevar el uniforme completo, según el modelo establecido. 8. Cuidar y conservar el mobiliario, implementos y planta física de la Institución, haciéndose responsable del costo en caso de ocasionar algún daño. Si se trata de silletería, el (la) estudiante la llevará a reparar por su propia cuenta. 9. Utilizar los servicios de la Institución con la compostura y el decoro que garanticen la seguridad y el bienestar de quienes los comparten, respetando los turnos de los compañeros o de otras personas. 10. Cumplir el reglamento interno de la Biblioteca, el cual se encuentra disponible en esa dependencia. 11. Dar el uso adecuado al teléfono público utilizándolo solo en momentos de descanso. 12. Respetar las pertenencias de los demás. Entregar a un docente, a coordinación o la rectoría los objetos extraviados. 13. Dar a los docentes, compañeros (as) y demás personas que laboran en el plantel un trato amable, cortés y respetuoso, evitando familiaridades, confianzas, burlas, apodos o chismes de mal gusto que puedan ofender. 14. Ser moderados en los juegos para evitar daños físicos y atropellos a los compañeros. Cualquier daño físico que ocasione al compañero con culpa o no, debe ser remediado. 15. Asistir puntualmente a la Institución, y a todas las actividades culturales, cívicas y religiosas, excepto en caso de concertación escrita con los padres de familia o acudiente autorizado, al efectuar la matrícula. (Artículos Nº 19 y 68 de la Constitución Nacional). 16. Permanecer en el lugar asignado para cada actividad. 17. Presentar por escrito y firmadas por el padre, madre o acudiente, las ausencias a las clases o a otras actividades. 18. Llevar oportunamente a los padres de familia o acudiente autorizado, la información verbal o escrita que envíe la Institución. Devolver los desprendibles debidamente firmados 19. Cumplir con todas las obligaciones académicas, trayendo en el tiempo estipulado, todo lo que necesite: trabajos, libros y materiales. 20. Solicitar planes de apoyo y actividades de nivelación, según las condiciones establecidas en este Manual (SIES). 21. Realizar y entregar responsablemente en la fecha y hora señaladas todas las actividades, planes de apoyo y trabajos asignados por los docentes, teniendo en cuenta que la no presentación oportuna de los mismos, por parte de los estudiantes se entenderá como negligencia, irresponsabilidad, o descuido. 22. Participar de forma entusiasta y desinteresada en los proyectos pedagógicos, actividades y eventos que se realicen en la Institución (periódico estudiantil virtual, grupo de investigación, PRAE, deporte, recreación, teatro, entre otros), como una responsabilidad inherente a su proceso formativo. 23. Acatar toda sugerencia, información y orientación que se dé en el plantel, evitando protestas o respuestas poco delicadas.
  • 18. 18 24. Participar y apoyar las campañas que se realicen en la Institución (Jean day, Antioqueñidad, Semana Salvatoriana, bazar misionero, novena de aguinaldos y los demás que sean planeados por las Directivas del plantel). 25. Portar el carnet del Colegio, el Seguro Estudiantil y el Manual de Convivencia. 26. Respetar, conservar y facilitar un ambiente sano y equilibrado, tanto en la ecología como en el contexto social del que hace parte en el plantel (Artículo Nº 79 de la Constitución Nacional). 27. Guardar lealtad y sentido de pertenencia a la Institución. 28. Respetar y valorar el trabajo del personal auxiliar, oficinas, servicios generales, cafetería, primeros auxilios y todos los que la Institución ofrece. 29. Utilizar siempre el conducto regular para resolver cualquier dificultad o problema que se presente en la Institución (profesor, director de grupo, coordinación, rectoría). 30. Tratar con sentido común y equidad las situaciones conflictivas, académicas y comportamentales, mediante la utilización del diálogo racional y democrático. 31. Respetar el turno en la cafetería y demás lugares que lo requieran. 32. Respetar los valores históricos, culturales y los símbolos patrios de nuestra nación. 33. Cumplir a cabalidad lo ordenado en este Manual de Convivencia, es un compromiso adquirido en el momento de la matrícula. ARTÍCULO Nº 18.- ESTÍMULOS Y RECONOCIMIENTOS: El Colegio Divino Salvador reconoce y valora el trabajo, tenacidad y constancia de los(as) estudiantes, por ello se otorgan los siguientes estímulos y reconocimientos: 1. Izada del Pabellón Nacional o de la Institución: Tiene derecho a izar el pabellón el (la) estudiante que sobresalga por la práctica observable de los valores del Proyecto Educativo Salvatoriano, de acuerdo al concepto de los responsables de la actividad, al criterio de sus compañeros, del director de grupo y de los docentes. 2. Ser nombrado (a) monitor (a) de área. 3. Participar en eventos académicos, culturales, deportivos que estimulen su identidad como estudiante Salvatoriano. 4. Gozar de permisos especiales en casos deportivos, culturales, académicos y artísticos. 5. Representar al Colegio en eventos especiales. 6. Recibir mención de honor: Se otorga a un(a) estudiante por grado, que al finalizar el año lectivo se haya distinguido por su excelencia, rendimiento académico, convivencia, modales, espíritu de colaboración, liderazgo, esfuerzo y superación y Espíritu Salvatoriano. 7. Mejor Bachiller Salvatoriano: Se concede a el (la) estudiante del último grado, que habiendo cursado y aprobado todos sus años en la Institución, se haya destacado como el mejor Estudiante Salvatoriano(a), y por haber encarnado los valores Salvatorianos. 8. Condecoración al mejor ICFES. 9. Proclamación como bachiller en acto de graduación. CLASIFICACIÓN DE FALTAS ARTÍCULO Nº 19.- FALTAS DE TERCER GRADO O LEVES. (Ajustar según ley 1620) Constituyen faltas leves o de tercer grado el incumplimiento de los deberes que dificulta el desarrollo del proceso formativo. Se considerarán leves: 1. Impuntualidad o inasistencia injustificada a los actos comunitarios programados por la Institución, tales como: clases, convivencias, retiro espiritual, salidas pedagógicas, actos litúrgicos, programas sociales, culturales y deportivos (Decreto Departamental 1423 de 1993). 2. Llegar tarde a la Institución por primera vez. 3. Permanecer en el plantel en horarios diferentes al de la jornada escolar, salvo autorización expresa de los acudientes. 4. Permanecer fuera del aula en horas de clase, o ausentarse de la misma sin autorización del docente. 5. Ingresar y permanecer en el aula en periodos de descanso o cuando deba estar en otro lugar. 6. Ingresar sin autorización a las áreas o zonas de tránsito restringido, tales como: secretaría, coordinaciones, sala de profesores, laboratorio, entre otros.
  • 19. 19 7. Hacer uso del servicio de cafetería, fotocopiadora y secretaria en horas de clase o durante alguna actividad curricular, a menos que sean autorizadas por el respectivo(a) coordinador(a). 8. Presentarse a la Institución portando incorrectamente el uniforme o sin él, sin la justificación debida a las coordinaciones. 9. Portar el uniforme en horas extra clase y fuera de la Institución y cuando no la estén representando. 10. Faltar al cuidado en la higiene y presentación personal. 11. Descuido con los útiles de estudio y enseres de la Institución, de acuerdo con los criterios establecidos. 12. Promover o fomentar el desorden o irrespetar el turno en espacios de usos comunitarios como tienda escolar y uso de las unidades sanitarias. 13. Dejar en desorden el aula de clase durante y al terminar la jornada escolar. 14. Arrojar basuras fuera de los recipientes destinados para ello. 15. Incumplir con el aseo de las diferentes zonas de la Institución. 16. Consumir alimentos en clase, el coliseo o durante la realización de eventos oficiales de la Institución. 17. Dar mal uso a los elementos de trabajo facilitados por la Institución. 18. Desacatar las instrucciones y observaciones de los (as) docentes o directivos de la Institución. 19. Intercambiar con estudiantes de diferentes grupos material de trabajo en los cambios de clase o durante el desarrollo de actividades curriculares. 20. Ingresar a la Institución en pantaloneta o con traje inadecuado incluyendo los días de jean day, convivencias, salidas recreativas y pedagógicas (Escotes, shorts, chanclas, minifalda, entre otros). 21. Hacer mal uso de botellas y vasos de agua en las aulas de clase. 22. Jugar en sitios y momentos diferentes a los destinados para ello, así como participar en juegos de manos. 23. Participar en juegos de azar al interior de la institución. 24. Portar o consumir chicle. 25. Realizar durante las clases o actos comunitarios actividades contrarias a las asignadas por los docentes. 26. Incumplir las normas establecidas por la Institución. 27. Utilizar las vías de evacuación diferentes a las asignadas o usar las asignadas haciendo desorden o creando riesgo para otros. 28. Incumplir con los materiales solicitados para el desarrollo de las actividades académicas. 29. Mostrar negligencia en el cumplimiento de los deberes escolares así como irresponsabilidad, despreocupación, falta de interés e incumplimiento de los deberes académicos. 30. Presentarse a la Institución después de una ausencia sin la excusa escrita o por cibercolegios, justificada y firmada por sus padres o acudiente autorizado. Parágrafo Único: La reincidencia en la falta leve se convierte en falta grave. ARTÍCULO Nº 20.- PROCEDIMIENTO ANTE LAS FALTAS LEVES: Sanciones aplicables: Las sanciones tienen como objetivo evitar que se conviertan en faltas graves. 1. Amonestación verbal, en privado o en público si la falta tiene que ver con el grupo o se refiere a una falta pública. 2. Estas faltas se tienen en cuenta llevando un registro en el cuaderno de seguimiento o en otro formato indicado para ello. Debido proceso: Diálogo con el implicado, amonestación verbal para ayudarle a tomar conciencia de su actitud equivocada y para fijar metas de rectificación. Lo hace el docente que se enteró o presenció la falta. Si la amonestación verbal no produce efecto y se repite la falta, o el carácter de la falta leve lo amerita, se comunicará al director de grupo y se procederá a una amonestación escrita en el cuaderno de seguimiento. Se anotarán además el correctivo, el compromiso adquirido y el término. Firmarán el estudiante y el docente. Si el estudiante se negare a firmar, el docente acude a un testigo y firma con él el registro. La falta asume el carácter de grave.
  • 20. 20 La existencia de cinco amonestaciones escritas en el cuaderno de seguimiento o en el control de asistencia, por faltas leves, iguales o diferentes, amerita anotación en el Observador del estudiante, y citación al padre de familia. Se convierte en falta grave. Competencia: El docente o directivo que encuentre al estudiante al momento de cometer la falta. El docente o directivo que reciba la información de cualquier miembro de la Comunidad Educativa o dé testimonio de la falta. Términos para actuar: Hacer la amonestación el mismo día en que se cometió la falta o, a más tardar, el día lectivo siguiente al que se cometió la falta o se tuvo conocimiento de ella. Parágrafo único: El conocimiento del Manual se toma como primera advertencia. ARTÍCULO Nº 21.- FALTAS GRAVES Se entiende por falta grave aquel tipo de conducta o comportamiento que atenta contra los principios institucionales, perturbando el normal desarrollo de las actividades y transgrediendo gravemente las normas de carácter general y particular de la Institución educativa. Se considerarán faltas graves: 1. Acumular cinco amonestaciones escritas en el cuaderno de seguimiento por reincidencia de faltas leves. 2. Infringir alguna prohibición establecida en el Capítulo IV, Artículo Nº 16 del presente Manual de Convivencia Escolar. 3. Incumplimiento de las medidas correctivas impuestas por una falta leve. 4. Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros. 5. El uso de vocabulario soez u ofensivo y la práctica de juegos violentos. 6. Organizar, realizar y participar en paseos y salidas, durante la jornada escolar sin el correspondiente permiso de la Rectora. 7. Negarse a participar en las jornadas y turnos de aseo. 8. Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, maicena, o haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros, la Institución o sus dependencias y alrededores. 9. Usar gestos, actitudes, apodos, burlas, expresiones, silbidos que se consideren irrespetuosos, faltos de cultura y delicadeza. 10. Asumir actitudes, gestos y comportamientos tendientes a una expresión afectiva inadecuada desde la filosofía institucional, indecorosa o que exceda los límites de confianza dentro de la institución o sus alrededores. 11. Evasión de asistencia a actos comunitarios programados por la Institución tales como: clases, convivencias, salidas pedagógicas, retiro espiritual, actos litúrgicos, programas sociales, culturales y deportivos. 12. Realizar actividades ajenas al proceso normal de aprendizaje como ventas, rifas, natilleras y otras formas de recoger dinero dentro de la Institución o fuera de ella, en nombre de la misma, a título personal o familiar. Sin la debida autorización de la rectora. 13. Hacer uso de material pornográfico o medios que promuevan la pornografía dentro de las instalaciones de la Institución. 14. Menospreciar o irrespetar los símbolos de la Institución o de la Nación, tales como: uniformes, bandera, escudo, himno. 15. Rayar y /o dañar paredes, carteleras, puertas, mobiliario o servicios sanitarios de la Institución. 16. Agredir verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa o a cualquier persona perteneciente al entorno escolar. 17. Atentar contra el medio ambiente. 18. Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la Comunidad Educativa.
  • 21. 21 19. Entorpecer o impedir la comunicación entre la Institución Educativa y los padres y/o acudientes, no entregando circulares, citaciones y demás informaciones, como también horarios, normas y actividades programadas. Así mismo, no devolver los desprendibles oportunamente firmados por los padres o acudientes. 20. Hacerse suplantar o suplantar a un compañero o acudiente con la finalidad de evadir obligaciones de orden disciplinario y/o académico. 21. Consumir y/o portar cualquier clase de bebidas embriagantes, sustancias psicoactivas y/o cigarrillo, dentro y fuera de la Institución portando el uniforme. De igual manera en casos en que los estudiantes usan vestidos de particular en actividades institucionales. 22. Mostrar rebeldía o desacato a las órdenes de un superior. Rebelarse verbalmente y de forma agresiva frente a las instrucciones, observaciones y/o recomendaciones. 23. Programar y/o participar dentro o fuera del plantel en actividades extracurriculares que afecten el buen nombre de la Institución. 24. Dañar de manera intencional cualquier implemento entregado por la Institución en custodia o para su uso. 25. Dar información falsa a los directivos y docentes. 26. Presentar un comportamiento indebido durante las salidas pedagógicas deteriorando el buen nombre de la Institución. 27. Arrojar objetos, sustancias olorosas o extravagantes a personas o dependencias de la Institución o sus alrededores, que incomoden o perturben el trabajo escolar. 28. Utilizar los uniformes para ingresar a lugares tales como: tabernas, discotecas o similares que afecten el buen nombre de la Institución. 29. Retirarse de cualquier actividad sin autorización del docente o retirarse del plantel sin permiso del coordinador o la Rectora. 30. Fumar dentro y fuera del Colegio y con el uniforme. 31. Contribuir o hacer peligroso el lugar de trabajo y mantenerlo desordenado intencionalmente. 32. Dejar de asistir a la Institución sin la debida autorización de sus padres. 33. Crear falsas alarmas tendientes a provocar el pánico colectivo. 34. Asumir actitudes desobligantes en la Institución o en cualquier otro lugar al cual se asista en representación del mismo. 35. Hacer uso de los sistemas de comunicación de la Institución contrariando sus principios formativos. 36. Traer, portar o utilizar en la Institución elementos que atenten contra la moral, las buenas costumbres, la seguridad de los demás o la dedicación al trabajo escolar, tales como drogas o sustancias toxicas, armas, entre otras. 37. Sustraer o hacer uso indebido de elementos o sustancias de uso exclusivo del laboratorio. 38. Incumplir un Contrato Pedagógico, previamente firmado por el estudiante, padre de familia y/o el acudiente autorizado. Parágrafo 1º: Cuando la Rectora lo crea conveniente podrá solicitar al personal competente, una requisa para descubrir si algún estudiante porta cualquier tipo de objeto o material prohibido por la Institución. Parágrafo 2º: El Colegio Divino Salvador no se hará responsable por la pérdida de objetos de valor (celulares, Tablet, computadores, entre otros). La responsabilidad recae directamente sobre quien los porte o su propietario. Parágrafo 3º: La utilización inadecuada de teléfonos celulares en horas normales de clase genera como sanción el decomiso del aparato el cual será devuelto a los padres de familia. ARTÍCULO Nº 22.- DEBIDO PROCESO ANTE LAS FALTAS GRAVES: Sanciones aplicables: 1. Anotación en el Observador 2. Citación a padre, madre o acudiente 3. Jornada de reflexión en horario escolar.
  • 22. 22 4. En el caso que la falta produzca daños físicos, morales u otros perjuicios, el estudiante y sus padres o acudiente autorizado, deberán asumir la reparación de los perjuicios causados y al pago de la pérdida o el daño ocasionado en muebles o enseres. 5. Suspensión de las actividades académicas entre uno y tres días, dependiendo de las faltas y circunstancias atenuantes o agravantes. 6. Contrato pedagógico. 7. Para los estudiantes del grado 11° que cometan alguna de las faltas graves o gravísimas, deberán cumplir con una jornada sabatina en una Institución donde preste un servicio social. Procedimientos a seguir: 1. Amonestación escrita en el Observador cuando se incumplan compromisos de mejoramiento. 2. Diálogo del implicado o implicados con los directores de grupo, coordinaciones. Verificación de los hechos. 3. Descripción escrita de los hechos por parte del estudiante en el formato de proceso reflexivo. 4. Citación a padres de familia o acudiente. 5. Jornadas de reflexión. Este correctivo consiste en que el estudiante, bajo el acompañamiento directo de la psicóloga, el capellán, el coordinador, coordinadoras o un docente, desarrolle por escrito, a lo largo de la jornada escolar y dentro de las instalaciones de la Institución, una serie de talleres que pretenden llevarlo a reflexionar sobre su conducta y a asumir compromisos de cambio. Se deja constancia escrita de esta jornada en el cuaderno de seguimiento. 6. Realizada la jornada de reflexión, el director de grupo, la psicóloga, el estudiante y los padres de familia o acudientes autorizados, se reunirán para analizar los resultados de la jornada (análisis de su realidad, compromisos, entre otras). 7. Socialización de los resultados de la jornada ante sus compañeros. 8. Si la conducta no se repite o la falta no lo amerita, el proceso termina en esta reflexión. 9. Si la falta continua o se repite, se procederá a firmar Contrato Pedagógico. Si durante el transcurso del año lectivo se observan en el estudiante dificultades académicas, tendencias habituales traumáticas o comportamientos inadecuados, se procederá a la elaboración y firma de un Contrato Pedagógico entre las partes involucradas; atendiendo a las disposiciones legales consagradas en la Carta Magna (Artículos 26, 27, 28, 29, 67, 70), con el fin de obtener resultados positivos, “en cuya virtud no se permite el quebrantamiento de los derechos fundamentales del educando, ni que se salvaguarden equivocadamente, actuaciones irresponsables”. 10. La Rectora revisa el proceso y si es el caso, se hace la verificación de los hechos. 11. En reunión con docentes, coordinador, estudiante y padre de familia, se elabora el registro de la falta y se deja constancia escrita en el Observador. Dicha descripción tiene en cuenta circunstancias atenuantes y/o agravantes de la conducta y se incluye en ella la sanción a imponer, la medida adoptada y el compromiso de cambio. Las sanciones se consideran en este Manual. 12. Información escrita de la sanción. Suspensión: Suspensión de uno (1) a tres (3) días: Si el estudiante incurre en faltas leves repetitivas a pesar de utilizadas las estrategias formativas y aplicadas las sanciones anteriores, la Rectora después de escuchar el estudiante y a los docentes del grado, podrá decidir la suspensión. Durante el día o los días de suspensión, el estudiante realizará un taller de formación personal o ciudadana, el cual será asignado por los coordinadores, a través de cibercolegios y deberá ser desarrollado y presentado en físico a su regreso de la suspensión. Este taller será sustentado en la clase de Cívica y Urbanidad, el cual será evaluado con un porcentaje del 10% del seguimiento, quedando consignado en la planilla del docente. De igual manera, el estudiante a su regreso de la suspensión debe estar al día en sus cuadernos, tareas y otras responsabilidades asignadas en las diferentes áreas.
  • 23. 23 La suspensión de 1 a 3 días es competencia de la Rectora. Parágrafo único: Si durante el periodo de suspensión se realizan evaluaciones orales o escritas, las mismas serán aplazadas para el regreso del estudiante a clase, teniendo en cuenta que es su responsabilidad llegar preparado para la presentación de las mismas. ARTÍCULO Nº 23.- FALTAS GRAVÍSIMAS Se entiende por falta gravísima toda conducta o actitud que lesiona en gran medida los valores individuales y colectivos de la Institución, o es considerada como delito por la Legislación Colombiana. De acuerdo con lo anterior, antes de tomar cualquier tipo de determinación de orden administrativo, pedagógico o disciplinario, deberá seguirse un orden que garantice la correcta aplicación de los procedimientos, acordes con el debido proceso. Se considerarán faltas gravísimas: 1. Reincidir en tres faltas graves. 2. Discriminar a cualquier miembro de la comunidad educativa o con nexo a la institución, por razones de raza, sexo, credo, género o elección sexual. 3. Cualquier acto que se tipifique como bullying o acoso escolar ejecutado contra cualquier miembro de la comunidad de manera directa o indirecta (Ley 1620 del 15 de marzo de 2013) 4. Agredir a cualquier miembro de la comunidad educativa, con maltratos de hecho o de palabra ESPECIFICAR EL TIPO DE AGRESION DE PALABRA PORQUE LA MISMA FALTA TAMBIEN ES GRAVE(Decreto Departamental 1423 de 1993). 5. Portar, exhibir o guardar armas, explosivos u objetos con los que se pueda atentar contra la integridad física de los demás (Decreto Departamental 1423, del 6 de mayo de 1993, Artículo Nº 7). 6. Portar, consumir y/o distribuir a cualquier título (gratuito o lucrativo), dentro de la Institución o fuera de ella, sustancias alucinógenas, psicotrópicas o que causen adicción (Decreto 1108 de 1994 Código Nacional y Departamento de Policía). 7. Presentarse a la Institución bajo los efectos de bebidas alcohólicas, así como portar, consumir o distribuir bebidas alcohólicas a cualquier miembro de la comunidad educativa. 8. Cometer FRAUDE en exámenes, trabajos escritos, tareas escolares; utilizando cualquier recurso, medio u estrategia. 9. Amenazar o intimidar de hecho a cualquier miembro de la comunidad educativa. 10. Planear, liderar, incitar, apoyar o participar en actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas dentro y fuera de la Institución. 11. Hurtar dinero, artículos u objetos a cualquier miembro de la comunidad educativa. 12. Llevar a cabo sicariato, retención, secuestro y extorsión contra algún miembro de la Comunidad Educativa. 13. Conformar o hacer parte de pandillas o bandas, dentro o fuera de la Institución, con fines delictivos o para crear mal ambiente escolar. 14. Acosar, provocar, abusar y violentar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa. 15. Fomentar y/o participar de cualquier actividad que afecte la integridad física y/o psicológica a los estudiantes de la Institución (brujería, prostitución, entre otros.) 16. Participar de cualquier acto que de una u otra forma, atente contra el derecho fundamental a la vida. 17. Falsificar firmas, alterar documentos físicos o información virtual (cibercolegios), libros de calificaciones, cuaderno de seguimiento, registros de asistencia, certificados de estudio, planillas de calificaciones de docentes, extraer pruebas académicas u otros documentos de uso Institucional. 18. Portar o activar petardos, papeletas, fósforos u otros artefactos que perturben el trabajo escolar en las dependencias del Colegio o en sus alrededores. 19. Operar máquinas, herramientas o equipos no autorizados, o realizar con ellos trabajos distintos a los asignados. 20. Atentar contra la propiedad ajena. 21. Publicar escritos anónimos en contra de la Institución, profesores o compañeros, a través de redes sociales, cibercolegios o cualquier otro medio de comunicación y difusión. 22. Incurrir en chantaje moral, sexual o económico.
  • 24. 24 23. Portar o distribuir propaganda subversiva. 24. Participar o provocar riñas dentro y/o fuera de la Institución. 25. Utilizar inadecuadamente el servicio de Internet, como es el caso de visitar páginas Web que vayan contra la moral cristiana (pornografía, violencia, satanismo, entre otros.) o enviar información de ese tipo a otras personas desde la Institución. 26. Todo acto contra la moral cristiana y las buenas costumbres, la comisión de faltas graves calificadas por las leyes o el Consejo Directivo. 27. Portar llaves de la Institución, sin la debida autorización. 28. Escribir, promover o difundir letreros o trazar dibujos insultantes contra superiores o compañeros, sea dentro o fuera de la Institución. 29. Cualquier conducta tipificada como delito en el Código Penal Colombiano. Parágrafo 1º. La reiteración en la comisión de una falta grave o de varias faltas graves que den lugar a un único proceso disciplinario, será considerada falta gravísima (revisar contradicción con “reincidir en tres faltas graves”). Parágrafo 2º: Puede considerarse como falta gravísima, a juicio de la Rectora o del Consejo Directivo, la comisión de una falta grave enmarcada por circunstancias agravantes. Parágrafo 3°: En caso de la comisión de una conducta tipificada como delito en el Código Penal Colombiano, la Rectora sin perjuicio del proceso disciplinario interno, enviará copia de los documentos respectivos a la autoridad competente. Parágrafo 4º: Circunstancias atenuantes o justificantes de la conducta: Las siguientes se consideran como circunstancias que disminuyen o eximen la responsabilidad del estudiante, en la comisión de una falta: 1. La edad, el desarrollo psicoafectivo, mental, evolutivo del estudiante y sus circunstancias personales, familiares y sociales. 2. Obrar por motivos nobles o altruistas. 3. Haber observado buena conducta anteriormente. 4. Confesar la falta oportunamente antes de ser denunciada por otros. 5. Tener alteración psicológica comprobada, siempre y cuando la familia y el estudiante se comprometan con un proceso de intervención profesional, fuera de la Institución. 6. Haber sido inducido a cometer la falta por una persona mayor edad o por inmadurez psicoafectiva. 7. Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan dolor físico o psíquico. 8. Procurar por iniciativa propia, reparar el daño o compensar el perjuicio causado antes de iniciarse el proceso disciplinario. Parágrafo 5º: Circunstancias Agravantes: Se consideran circunstancias agravantes de la responsabilidad del estudiante, las siguientes: 1. Reincidir en las faltas. 2. Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra. 3. Haber mentido para justificar la falta, en forma oral o escrita en los descargos. 4. Actuar de manera irrespetuosa como reacción ante el señalamiento por la comisión de una falta. 5. Realizar el hecho con pleno conocimiento de sus efectos dañinos o con la complicidad de sus compañeros. 6. No admitir la responsabilidad o atribuírsela a otros. 7. Infringir varias obligaciones con la misma conducta. 8. El efecto perturbador que la conducta produzca en la Comunidad Educativa. 9. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otros compañeros o miembros de la comunidad educativa. 10. Emplear en la ejecución del hecho, un medio cuyo uso puede resultar de peligro común. 11. El haber preparado o planeado ponderadamente la falta con complicidad de otros compañeros, miembros de la Comunidad Educativa o de terceros ajenos a la Institución. 12. Cometer la falta en detrimento del bienestar de una persona con necesidades especiales. 13. Hacer más nocivas las consecuencias de la falta. Parágrafo único: Las circunstancias atenuantes y agravantes se tendrán en cuenta para la valoración de las acciones correctivas y para las sanciones.
  • 25. 25 Sanciones aplicables: 1. Contrato Pedagógico Comportamental, firmado por el estudiante, sus padres o acudientes, el coordinador y/o Rectora según sea el caso. 2. Suspensión de actividades académicas durante un periodo comprendido entre cuatro y diez días hábiles, sanción que será notificada mediante Resolución Rectoral. 3. Desescolarización, si ha transcurrido más del 50% del año en curso, para que concluya las actividades académicas. No se le renovará la matrícula. 4. Cuando el sancionado sea deportista activo y cometa una falta gravísima en desarrollo de un encuentro deportivo, además de la sanción, queda automáticamente excluido del equipo deportivo y no podrá seguir participando en las competencias deportivas, dentro o fuera de la Institución educativa o en representación de la misma. 5. Asistir a asesoría por parte de una institución competente acorde con la falta. 6. No renovación de la matrícula: Se aplicará a los estudiantes que, a pesar de sus compromisos académicos y disciplinarios, no mejoran ni muestran interés y/o sentido de pertenencia y respeto hacia la Institución, el Manual de Convivencia y los miembros de la comunidad educativa. La decisión se notificará por escrito al estudiante y a sus padres o acudientes, a través de la Rectora o de quien ella delegue. 7. Cancelación de la matrícula. ARTÍCULO Nº 24. DEBIDO PROCESO ANTE LAS FALTAS GRAVÍSIMAS Las faltas gravísimas serán tratadas de igual manera que las faltas graves hasta el momento en el que se confirme la falta y la Rectora revise el proceso. 1. Amonestación escrita en el cuaderno de seguimiento y en el Observador y citación a padres de familia o acudiente, cuando se incumplan compromisos de mejoramiento. 2. Diálogo con el implicado o implicados, los directores de grupo, y los coordinadores. 3. Reconstrucción de los hechos, verificación de la información si fuese necesario. 4. Revisión del proceso por parte de la Rectora. 5. En reunión con docentes, coordinadores, estudiante y padre de familia, se elabora el Registro de la falta por escrito en el cuaderno de seguimiento y el Observador. Se describe la falta, las circunstancias atenuantes o agravantes de la conducta y se incluye la sanción impuesta, la medida adoptada y el compromiso de cambio. 6. Información a los padres de familia o acudiente legalmente autorizado. Se anotarán en el siguiente orden: a. Información mediante comunicación telefónica: Deberá efectuarse directamente con padres de familia o acudiente autorizado y dejar constancia en el cuaderno de seguimiento de quien efectuó la llamada, fecha, hora y quien respondió. b. La información mediante comunicación escrita se hará enviando una nota al padre de familia o acudiente autorizado, la cual deberá ser devuelta debidamente firmada por el padre o acudiente autorizado que la recibe. c. Citación y diálogo personal. d. Información por correo certificado. 7. Si el caso no se corrige, emisión de la Resolución Rectoral. 8. Presentación escrita de descargos ante la rectora (lugar y fecha, descripción de los hechos, justificación motivada referida al Manual de convivencia y pruebas recaudadas) 9. Agotado este procedimiento se confirma la sanción y la decisión final. 10. Si se considera que la estrategia formativa debe ser la expulsión del estudiante, se debe revisar el proceso con el Consejo Directivo, para que sea éste el que tome la decisión correspondiente o asuma una estrategia formativa diferente. Parágrafo 1º. Si las condiciones lo requieren, se solicitará presentación escrita de cargos por parte del docente o directivo ante la Rectora (lugar y fecha, descripción de los hechos, justificación referida al Manual de Convivencia) Notificación de Resoluciones:
  • 26. 26 1. Notificación personal: La notificación personal se hará desde rectoría leyendo en su totalidad la Resolución a la persona o las personas notificadas, o permitiendo que ésta lo haga. 2. Notificación por correo certificado: De no ser posible la comparecencia del padre de familia o acudiente autorizado para ser notificado personalmente, se dejará constancia de esta situación y se le enviará copia de la Resolución por correo certificado, a la dirección que haya suministrado en el acto de matrícula. Suspensión de cuatro (4) a ocho (8) días calendario: En el caso de que el estudiante reincida en la comisión de faltas graves a pesar de haberse aplicado las acciones correctivas o sanciones o en caso de cometer faltas gravísimas, la Rectora podrá decidir la suspensión del estudiante por el tiempo que sea necesario entre (4) cuatro u ocho (8) días, por medio de Resolución Rectoral. Suspensión: Suspensión de cuatro (4) a ocho (8) días: Si el estudiante incurre en faltas gravísimas a pesar de haber tomado las estrategias formativas y aplicado las sanciones anteriores, la Rectora, después de escuchar al estudiante y a los docentes del grado, podrá decidir la suspensión por cuatro (4) u ocho (8) días. Durante los días de suspensión, el estudiante realizará un taller de formación personal o ciudadana, el cual será asignado por los coordinadores a través de Cibercolegios y deberá ser entregado en físico y manuscrito, sustentado y evaluado a su regreso de la suspensión con un porcentaje del 10% del seguimiento, quedando consignado en la planilla del docente. De igual manera, deberá realizar las actividades propuestas en cibercolegios de las asignaturas correspondientes a los días de la sanción. El estudiante al regreso de la suspensión debe estar al día en sus cuadernos, tareas y otras responsabilidades asignadas en las diferentes áreas. La suspensión de 4 a 8 días es competencia de la Rectora. Parágrafo único: Si durante el período de suspensión se realizan evaluaciones orales o escritas, las mismas serán aplazadas para el regreso del estudiante a clase. Teniendo en cuenta que es su responsabilidad y autonomía llegar preparado para la presentación de las mismas. Debido proceso: Esta sanción será el resultado de: 1. Conciliación: Una reunión entre la Rectora, los padres o acudientes autorizados y el estudiante. Este acto tendrá carácter conciliatorio cuyo fin es el pacto de voluntades en procura de que la sanción realmente tenga carácter formativo. 2. Agotada la conciliación, la Rectora expedirá una Resolución con el contenido de la sanción y le notificará al estudiante afectado y a los padres de familia o acudiente autorizado. El estudiante será confiado a sus padres o acudientes, los que velarán responsablemente para que éste cumpla con la sanción y realice las actividades académicas que le sean asignadas durante la misma. 3. De esta suspensión se dejará constancia escrita en el cuaderno de seguimiento y hoja de vida del estudiante, acompañada con copia de la Resolución. Frente a esta Resolución no procederá al Recurso de Reposición. 4. Si los padres de familia o acudiente autorizado se niegan a firmar la notificación de la Resolución Rectoral que impone la sanción, se dejará constancia de ello por escrito y se les notificará la decisión enviando copia de la Resolución Rectoral por correo certificado. Término: Los procesos disciplinarios adelantados a los estudiantes que hayan cometido faltas gravísimas, deberán ser resueltos dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que se inicia el proceso. Cancelación de la matrícula y retiro de la Institución: La cancelación de la matrícula durante el desarrollo del año lectivo, es una sanción que podrá ser aplicada cuando el estudiante incurra en una o varias faltas gravísimas. Debido Proceso: Si la gravedad de los hechos amerita aplicar la cancelación de la matrícula, la Rectora, si es necesario, citará de manera extraordinaria al Consejo Directivo a quien dará informe de todas las averiguaciones y actuaciones que se
  • 27. 27 han efectuado respecto a la o las faltas investigadas. El Consejo Directivo escuchará en sus descargos tanto al estudiante implicado como a los encargados de realizar la investigación. A la reunión del Consejo Directivo puede asistir como invitado el Asesor Jurídico de la Institución, de acuerdo a la complejidad del proceso disciplinario. De dicha reunión del Consejo Directivo se levantará un acta, con las pruebas, recomendaciones y conclusiones, que sustentan la decisión. Si la recomendación del Consejo Directivo es de cancelación de la matrícula, corresponde a la Rectora de la Institución tomar cualquiera de estas dos decisiones: 1. Dialogar con los padres o acudientes del estudiante y concertar con ellos la cancelación voluntaria de la matrícula. 2. Expedir la Resolución Rectoral motivada, en la cual se resuelve aplicar la sanción de cancelación de matrícula y retiro de la Institución del estudiante. ARTÍCULO Nº 25.- NORMAS GENERALES SOBRE EL DEBIDO PROCESO: Los estudiantes pueden ser amonestados y sancionados por el establecimiento educativo, sólo por la infracción o violación de las normas contenidas en el Manual de Convivencia y con la observancia de la totalidad del procedimiento previamente establecido. Objetivo del debido proceso: Garantizar el derecho a la defensa del estudiante en un proceso público para presentar y controvertir pruebas que se aduzcan en su contra, agotar los recursos procesales consagrados y no ser sancionado dos veces por el mismo hecho. En todos los casos, se tendrá en cuenta la decisión de tomar acciones correctivas y formativas al sancionar el estudiante. Consideraciones que garantizan el debido proceso: 1. Se asume como actitud preventiva el conocimiento previo del Manual de Convivencia publicado en la página web institucional y el cual se ha comprometido a cumplir en el acto mismo de la matrícula. 2. Que en sus actuaciones y en todas las gestiones que adelante, se presuma la buena fe. 3. La decisión debe estar precedida de un proceso de acompañamiento personal mediante el cual se indaguen las razones que llevaron al estudiante a transgredir las normas. 4. Que los padres de familia o el acudiente legalmente autorizado sean informados acerca de la situación comportamental y disciplinaria y sobre los derechos que le asisten. 5. Ser escuchado para hacer sus respectivos descargos con relación a las faltas que se imputen, sean comportamentales o académicas, ante cada instancia, siguiendo el conducto regular. 6. Los descargos podrán ser hechos en forma oral o escrita, dependiendo de la falta, aportando las pruebas que considere pertinentes para su defensa. 7. Recibir los servicios de personas con la formación profesional requerida, dado que sus derechos prevalecen sobre los demás. Los gastos que acarree esta asesoría corren por cuenta del estudiante, sus padres o acudiente. 8. Recibir información sobre los medios de reeducación implementados para ello. 9. Ser tratado con el debido respeto inherente al principio de la dignidad humana. ARTÍCULO Nº 26.- RECURSO DE APELACIÓN El Recurso de Apelación tiene por objeto la revisión y la posible revocatoria, con arreglo al derecho, dada por Resolución Rectoral de la instancia inicial. Ésta se hace en una instancia superior a quien emitió la decisión (en éste caso ante el Consejo Directivo). ARTÍCULO 27 INTERPOSICIÓN DE RECURSO DE REPOSICIÓN En todo proceso comportamental o académico que pueda afectar a un estudiante, se debe respetar siempre su derecho de defensa con la interposición de recurso.
  • 28. 28 Recurso de Reposición: Contra la Resolución que imponga como sanción, la cancelación de la matrícula y el retiro de la Institución Educativa, procederá el Recurso de Reposición, el cual tiene como finalidad la manifestación de los motivos de inconformidad de los padres o acudientes autorizados y del estudiante ante la decisión tomada. En el evento de presentarse el Recurso de Reposición (en el término de tres días hábiles), se convocará de nuevo el Consejo Directivo para estudiar el recurso interpuesto y decidir la confirmación o revocación de la decisión en un término máximo de ocho (8) días hábiles. (REVISAR ORDEN EN RELACIÓN A LA APELACIÓN) De no presentarse Recurso de Reposición, la decisión quedará en firme, transcurridos tres (3) días hábiles luego de haber sido notificado su contenido a los padres o acudiente autorizado y al estudiante. Requisitos del Recurso de Reposición: 1. Se presenta siempre por escrito. 2. El término para interponer el recurso es de tres (3) días hábiles, siguientes a la notificación del contenido de la Resolución. 3. Los hechos que sustenten el recurso deberán plasmarse en forma respetuosa, de lo contrario no serán valorados. 4. La decisión adoptada por el Consejo Directivo respecto del Recurso de Reposición, será respaldada por la expedición de una nueva Resolución Rectoral, para la cual no procederá recurso alguno y se notificará al estudiante y a sus padres o acudiente autorizado. Parágrafo 1º.- En el caso de hacer uso del derecho del Recurso de Reposición, el recurrente informará a la Rectora por escrito, en la misma fecha en que hace uso del derecho. Correctivos en casos especiales.  Uniforme presentado de forma inadecuada: Cuando el estudiante llegue con el uniforme mal presentado, se llama a los padres o acudiente para facilitar la corrección respectiva y así el estudiante se presente a clase en orden y portando correctamente el uniforme.  Corte de cabello: Cuando el estudiante llegue con el cabello largo o sucio, por segunda vez, se llamará a los padres o al acudiente para que colaboren en la corrección de esta irregularidad.  Entrega de notificaciones: Si el estudiante no presenta a sus acudientes las notificaciones enviadas por la Institución o éstos no las leen en el portal de Cibercolegios, no se le permitirá ingresar a su salón hasta que los acudientes se hagan presentes.  Fraude en Evaluaciones o Trabajos: Si se presenta fraude en evaluaciones de período, evaluaciones cortas o copias de trabajos escritos, se efectuará el debido proceso de acuerdo a la gravedad de la falta y además se aplicarán las siguientes acciones correctivas y sanciones: Se anula la evaluación o trabajo presentado y la nota será la más baja considerada en la escala de calificaciones. El estudiante deberá hacer una exposición sobre un tema formativo a sus compañeros u otra actividad a consideración de la Rectora o del Consejo Académico.  En caso de venta de comestibles o artículos en la Institución: Tanto el producto de la venta, como la existencia de los artículos sobrantes, será decomisado y devuelto a los padres de familia en citación. Se hará una jornada de reflexión. Se consignará la amonestación en el cuaderno de seguimiento con copia a la Hoja de vida. En el caso que el estudiante haya incurrido en delitos sancionados por la Ley Penal Colombiana, la Rectora, en su papel de Representante Legal de la Institución, hará la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes (Ley de infancia y adolescencia). Es responsabilidad de la Institución dejar constancia en la hoja de vida del estudiante que cometió una falta que amerite la expulsión inmediata y a la cual se le haya hecho el debido proceso. En caso de retiro del estudiante de la Institución, cualquiera que sea el motivo, es obligación de la familia o acudiente quedar a paz y salvo con todas las dependencias de la Institución, firmar en la secretaría la cancelación de la matrícula y entregar en esa dependencia el
  • 29. 29 carnet estudiantil. También le queda prohibido el ingreso a la Institución, de manera indefinida, y a todos sus servicios y eventos como: fiestas, coros y conjuntos, graduación, deportes, entre otros. ARTÍCULO Nº 28.- INASISTENCIA E IMPUNTUALIDAD HORARIOS PARA ESTUDIANTES DE PREESCOLAR El horario de actividades académicas será: 7:30 a.m. a 7:40 a.m. Entrada 7.45 a.m. Inicio de clases 1:30 p.m. Finalización de la jornada escolar e inicio de las actividades extracurriculares autorizadas previamente. HORARIOS PARA ESTUDIANTES BÁSICA PRIMARIA El horario de actividades académicas será: 6:25 a.m. a 6:40 a.m. Entrada 6.45 a.m. Inicio de clases 1:30 p.m. Finalización de la jornada escolar e inician las actividades extracurriculares autorizadas previamente. HORARIO PARA ESTUDIANTES DE BACHILLERATO El horario de actividades académicas será: 6:25 a.m. a 6:40 a.m. Entrada 6:40 a.m. Se cierra la puerta 6.45 a.m. Inicio de clases 2:30 p.m. Finalización de la jornada escolar e inician las actividades extracurriculares autorizadas Previamente. Los estudiantes no deben permanecer en la institución terminada la jornada. Inasistencias: Se dan cuando el estudiante no se hace presente a la jornada académica. La inasistencia sólo se justifica cuando: 1. Se presenta la orden médica de incapacidad o cita médica. 2. Por calamidad doméstica, como muerte o enfermedad grave de familiares cercanos. 3. En los casos en los cuales el estudiante esté representando a la Institución, al municipio, al departamento o al País en actividades pastorales, culturales, deportivas y otras autorizadas por las directivas de la Institución. Excusas: La presentación de excusas sólo es válida para que los docentes realicen las evaluaciones, talleres, consultas en fechas posteriores a la fijada. Se tendrá en cuenta la excusa médica para los casos de inasistencia justificada que será del 20%. La inasistencia sin justificación será del 15%, para efectos de aprobación del año escolar según lo establecido en el SIES. Estas deben ser dirigidas y firmadas en primera instancia por los coordinadores del nivel respectivo. Cuando un estudiante falte a la jornada académica debe: 1. Presentarse al día siguiente y traer la excusa escrita, explicando la causa de la inasistencia, firmada por el padre, madre o acudiente legalmente autorizado, con número de cédula y número de teléfono. 2. Cuando el motivo de la ausencia es justificada, debe adjuntar los soportes correspondientes. 3. Después de dos ausencias injustificadas en el transcurso de un mes, el director del grupo, citará al estudiante y a los padres para que sean informados del hecho y presenten sus justificaciones. 4. Al regreso de la ausencia, por cualquier motivo, el estudiante debe acercarse a cada uno de los docentes para ponerse al día en todas sus responsabilidades académicas y en caso de no ser atendido oportunamente deberá acercarse a los coordinadores.
  • 30. 30 Impuntualidad:  Toda llegada tarde se registra en el control de impuntualidad.  Todo estudiante que llegue tarde ingresa al salón de clase y se registra la inasistencia en la hora correspondiente.  A la tercera llegada tarde, se notifica por escrito al padre de familia.  Quinta llegada tarde, citación a padres de familia y se inicia contrato pedagógico comportamental y familiar.  Reporte de impuntualidad en la hoja de vida del estudiante. Los Permisos: Para autorizar la ausencia de un estudiante de cualquier grado de la Institución, es necesario que el padre, madre o acudiente autorizado presente con anterioridad el permiso escrito ante Rectoría o coordinación y se acerque personalmente al Colegio para retirar al estudiante. A su vez, el estudiante a quien le sea concedido el permiso, deberá ponerse al día con los trabajos y demás actividades que se realicen durante su ausencia. Por ningún motivo, ninguna persona diferente a la Rectora y Coordinadores, está autorizada para permitir la salida de un estudiante de la Institución sin estos requisitos. Salidas a actividades curriculares fuera de la Institución. Las actividades programadas fuera de la Institución, hacen parte de los proyectos pedagógicos. Sin embargo, ningún estudiante puede participar de ellas sin la debida autorización escrita del padre, madre o acudiente legalmente autorizado en el formato dispuesto por la institución. Parágrafo único: Ningún estudiante está autorizado para ausentarse del Colegio con personas diferentes a su padre, madre o acudiente. ARTICULO Nº 29.- PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS  El estudiante que desee o considere necesario hacer una reclamación, lo hace a la persona implicada quien lo atenderá a la mayor brevedad posible, en un tiempo no mayor a cinco días hábiles.  Si esto no fuera suficiente, seguirá el proceso acudiendo a la persona siguiente en autoridad y así hasta agotar el proceso.  En cualquiera de los casos el estudiante puede hacer uso al derecho que tiene de comunicar la situación a la Rectora sin que esto afecte el conducto regular. ARTICULO Nº 30.- CONDUCTO REGULAR Los procedimientos, dependiendo de la clase de falta, queja, reclamo o sugerencia, definen claramente cuál es la persona o estamento competente para atender los llamados de atención, reclamos o sugerencias. Sin embargo aclaramos algunos de ellos. Asuntos académicos: El estudiante debe seguir este conducto regular: docente de la materia, director de grupo, coordinador de nivel, Rectora y/o Consejo académico. Asuntos comportamentales: El docente que presencia la falta, el director de grupo, coordinaciones, Rectora, Consejo directivo. Asuntos administrativos: Rectoría. En cualquier caso, el estudiante que lo desee puede acudir con un coordinador, docente o a la persona con quien se esté conciliando, pero siempre se seguirá el conducto regular. Parágrafo 1: Toda solicitud a uno de los Consejos, se presenta por escrito y a través de la Rectora. Parágrafo 2: Otras estrategias formativas y sanciones, que pueden aplicarse de acuerdo a la gravedad de las faltas, son competencia de la Rectoría. Se utiliza cuando la Rectora considera que la falta permite una última oportunidad, sin deteriorar en el estudiante el sentido de la norma, ni convertirse en un mensaje nocivo para la comunidad. El
  • 31. 31 incumplimiento de alguna de las cláusulas del compromiso será motivo para considerar su expulsión inmediata de la Institución. CAPITULO V GOBIERNO ESCOLAR Órganos del Gobierno Escolar: La estructura interna del Colegio Divino Salvador, queda conformada así: Rectora, Consejo Administrativo, Consejo Directivo, Consejo Académico, Consejo de Padres, Coordinadoras, Comisión de Evaluación y Promoción y Consejo Estudiantil. ARTÍCULO 31: LA RECTORA: Es la representante legal de la Institución, por delegación directa de la Comunidad de las Hermanas del Divino Salvador, a través del nombramiento hecho por la Superiora Provincial. Ella es la ejecutora de las decisiones del gobierno escolar (Cfr. Artículo 20 Decreto 1860 de 1994). ARTÍCULO 32. FUNCIONES DE LA RECTORA: 1. Velar por la continuidad y expansión de la filosofía Salvatoriana como eje central del PES. 2. Definir el Proyecto Educativo Salvatoriano (PES) e identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del mismo. 3. Asegurar la implementación del S.G.C. y evaluar la aplicación de la política de calidad, teniendo en cuenta los requisitos de la ley, de la norma e institucionales. 4. Convocar las elecciones de los respectivos miembros del gobierno escolar: Consejo Directivo, Consejo Académico, Consejo de Padres de Familia y Consejo Estudiantil. 5. Convocar y presidir las reuniones del Consejo Directivo, (mínimo dos veces al año) Académico y las Comisiones Extraordinarias de Evaluación y Promoción. 6. Convocar las reuniones de los diferentes consejos del gobierno escolar y de padres de familia, mínimo tres veces al año. 7. Convocar la comunidad estudiantil para el nombramiento del Consejo Estudiantil, presidente y personero, durante los primeros 60 días del año escolar 8. Presentar al Consejo Directivo, informe semestral sobre la marcha de la Institución. 9. Convocar la Asamblea de Padres y la Asamblea de la Asociación de Padres y Madres para el nombramiento de los representantes del Consejo de Padres y para promover la organización de la Asociación de Padres, respectivamente. 10. Publicar semestralmente por escrito, a los padres y madres de familia, la asignación de los docentes de cada asignatura, la asignación académica de cada uno y los horarios. 11. Organizar y socializar cada año el Calendario Académico de acuerdo con la resolución emanada por la autoridad competente. 12. Velar por la asistencia de los y las estudiantes a la Institución. 13. Dar a conocer a la comunidad educativa el plan anual de actividades. 14. Velar por el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para la gestión. 15. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la Institución y con la Comunidad Educativa, para el continuo progreso académico y el mejoramiento de la vida comunitaria. 16. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, referentes a la prestación del servicio público educativo. 17. Velar por el buen manejo de los bienes de la Institución. 18. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional. Es la autoridad que: Representa legalmente a la Institución.
  • 32. 32 1. Toma decisiones relacionadas con cambios o modificaciones estructurales en los diferentes procesos de la Institución Educativa y del Sistema de Gestión de Calidad. 2. Orienta la ejecución del P.E.S. con miras al mejoramiento de la calidad del servicio educativo que ofrece la Institución. 3. Planea, coordina y controla el proceso de admisión y las matriculas de los (as) estudiantes. 4. Planea, coordina y controla la ejecución presupuestal. 5. Planea, coordina y controla la ejecución de los procesos de vinculación de personal, acciones de mejora, plan de formación 6. Planea, coordina y controla el proceso de Dirección de la Institución (direccionamiento estratégico, comunicaciones y el servicio a la Comunidad Educativa). 7. Aprueba el currículo, el plan de estudio y el calendario escolar. Selecciona el personal competente y celebra los Contratos de Trabajo. 8. Expide certificados y controla los libros reglamentarios de la Institución. 9. Autoriza las publicaciones oficiales o de cualquier índole que se hagan en la Institución. 10. Preside el gobierno escolar. 11. Ejecuta las decisiones del Consejo Directivo. 12. Nombra el Consejo Académico, la planta de personal para el cubrimiento de las diferentes áreas del plan de estudios y los diferentes cargos necesarios para el buen desarrollo institucional. 13. Aplica estímulos, correctivos, sanciones que se deriven del comportamiento y o desempeño de los miembros de la Comunidad Educativa. 14. Controla y otorga permisos a los docentes. 15. Evalúa el desempeño de los docentes junto con los coordinadores. 16. Aprueba la continuidad del personal de la Institución. 17. Establece el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas y extracurriculares. ARTÍCULO Nº 33.- EL CONSEJO ADMINISTRATIVO Es el órgano del Gobierno Escolar integrado por las Hermanas Salvatorianas, patrocinadoras y propietarias de la Institución, que laboran en la Institución. Es nombrado según reglamentación interna de la Comunidad de las Hermanas del Divino Salvador (Consejo Provincial y/o Rectora). Estará conformado por: 1. La Rectora, quien la preside. 2. La Ecónoma o una representante de las Hermanas Salvatorianas. ARTÍCULO Nº 34.- FUNCIONES DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO: 1. Garantizar la continuidad del carisma Salvatoriano. 2. Asegurar el futuro de la Institución. 3. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de las actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva Comunidad Educativa. 4. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y los responsables de la educación de los estudiantes, de acuerdo con los costos establecidos por la ley y este Manual. 5. Proponer el plan de compras y ejecución del presupuesto. 6. Proponer decisiones relativas a la administración de recursos financieros, patrimoniales y laborales, ajustados a los objetivos del PES y a los estatutos de la entidad propietaria de los recursos, que para el caso es la Comunidad de las Hermanas del Divino Salvador. ARTÍCULO Nº 35.- EL CONSEJO DIRECTIVO: Es una instancia de participación de la Comunidad Educativa, de orientación académica y administrativa de la Institución. Se encarga de la toma de decisiones para el buen funcionamiento del mismo y está coordinado y asesorado por la Rectora. Integrantes y Elección: La conformación y elección de los miembros del Consejo Directivo está definida conforme al Artículo Nº 143 de la Ley 115, el Decreto Reglamentario 1860 del año 1994, y el Decreto 1286 del año 2005. Está integrado por: a. La Rectora del establecimiento educativo, quien lo convoca y preside.
  • 33. 33 b. Dos representantes de los docentes de la Institución, elegidos en la primera asamblea de docentes. Un representante de preescolar y primaria y otro de la básica y media vocacional. c. Dos representantes de los padres de familia, elegidos: uno del Consejo de Padres y el otro de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. d. Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado de educación que ofrezca la Institución; (Subrayado y declarado exequible. Sentencia C 555 de 1994 Corte Constitucional). e. Un representante del Consejo Estudiantil. f. Un representante del sector productivo del área de influencia. g. Un representante de los ex alumnos de la Institución Parágrafo 1: A las reuniones del Consejo Directivo, podrá asistir, previa invitación, cualquier miembro de la Comunidad Educativa. Los invitados sólo tendrán derecho a voz, no a voto. Parágrafo 2: Los docentes invitados en representación de cada nivel tienen voz pero por consenso definen el voto. ARTÍCULO 36. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: Sus funciones están señaladas en el Artículo 144 de la Ley 115 y en el Artículo 23 del Decreto 1860 de 1994. Son las siguientes: 1. Establecer su propio reglamento y ceñirse a él. 2. Reunirse ordinariamente dos veces al año y en forma extraordinaria cuando las circunstancias lo exijan 3. Ser convocado por la Rectora. 4. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad superior, tales como las reservadas a la dirección administrativa por ser un establecimiento privado. (Artículo Nº 23, Decreto 1860). 5. Aprobar y adoptar el Manual de Convivencia 6. Aprobar el calendario académico mediante acuerdo escrito. 7. Resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los(as) estudiantes de la Institución, después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia. 8. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional someterlo a la aprobación de la respectiva Secretaría de Educación o del organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los decretos reglamentarios. 9. Controlar y estimular el buen funcionamiento de la Institución Educativa. 10. Participar en la evaluación de los docentes, coordinadores académico y de convivencia. 11. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 12. Promover las relaciones con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles dentro de la Institución. 13. Conformar la Asociación de Padres de Familia y el Consejo de Padres. (Decreto 1286 de 2005). 14. Aprobar las tarifas de matrículas, pensiones y otros costos educativos con base a informes presentados por la Institución, al presupuesto ejecutado, al presupuesto de ingresos y gastos legalmente autorizados que efectuarán los padres de familia responsables de la educación de los(as) estudiantes. 15. Levantar Acta numerada y fechada de todas sus reuniones. 16. Aplicar la sanción de retiro del establecimiento, desescolarización, cancelación de matrícula y renovación o no de la misma, a los(as) estudiantes que dada la gravedad de su comportamiento o de su desempeño académico, así lo ameriten. Una vez tomada la decisión de aplicar la sanción, se levantarán el Acuerdo y el acta respectiva con base a la cual, la Rectora elaborará la Resolución Rectoral correspondiente. 17. Recomendar criterios y promover actividades y relaciones de tipo académico, deportivo, cultural, recreativo y social de la comunidad educativa con otras instituciones. ARTÍCULO 37. REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO 1. Nombrar su propia secretaria.
  • 34. 34 2. Se reúne ordinariamente dos veces al año y de manera extraordinaria, cuando las circunstancias lo requieran, por convocatoria de la Rectora. 3. Todas las decisiones se aprobarán por mayoría y se comunicarán mediante Acuerdo escrito. 4. Dejar constancia de reuniones y acuerdos en actas respectivas. 5. Los estudiantes que participen harán consenso para votar. En caso de no llegar a un consenso, el presidente del Consejo Estudiantil hace uso del derecho al voto que le confiere la ley. 6. Todas las propuestas deben presentarse a través de la Rectora. Parágrafo: Todos los invitados, profesores del Consejo Académico y estudiantes del Consejo Estudiantil, tienen voz pero no voto. ARTÍCULO Nº 38.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS DOCENTES AL CONSEJO DIRECTIVO: 1. Demostrar conocimiento y aceptación observable de la Filosofía de la Escuela Salvatoriana (Proyecto Educativo Salvatoriano: “PES”). 2. Ser cumplidores del Manual de Convivencia y del Reglamento del Docente. 3. Haber firmado contrato de trabajo con la Institución. 4. Tener evidente actitud crítica. 5. Evidenciar la apropiación del perfil del docente. 6. Tener como mínimo un año de antigüedad en la Institución. ARTÍCULO Nº 39.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS PADRES DE FAMILIA AL CONSEJO DIRECTIVO: Los requisitos para que los Padres de Familia pertenezcan al Consejo Directivo son: 1. Tener matriculado a su hijos(as) en la Institución. 2. Demostrar conocimiento y aceptación observable de la Filosofía de la Escuela Salvatoriana y del Manual de Convivencia vigente. 3. Demostrar ética moral en sus actuaciones. 4. Ser persona honorable y exenta de problemas con la justicia. 5. Ser cumplidor del Contrato de Cooperación Educativa (responsable en el pago de pensiones). 6. Pertenecer al Consejo de Padres para representarlo ante el Consejo Directivo. 7. Ser miembro de la Asociación de Padres de Familia y haber sido nombrado por la Junta Directiva de la misma. 8. Manifestar sentido de pertenencia y respeto por las directivas y demás personal de la Institución. 9. Disponer del tiempo necesario para asistir a las reuniones. 10. Tener como mínimo un año de antigüedad en la Institución. ARTÍCULO Nº 40.- CRITERIOS PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO Para pertenecer al Consejo Directivo, el estudiante debe cumplir los siguientes requisitos: 1. Estar matriculado en el Institución. 2. Ser nombrado por los estudiantes, por mayoría absoluta, mediante votación secreta y de acuerdo a los requisitos establecidos en este Manual. 3. Pertenecer al grado once. 4. Conocer y ser responsable del cumplimiento de la filosofía y del Manual de Convivencia de la Institución. 5. Ser aceptado por los docentes y las Directivas como líder positivo. 6. No tener Contrato Pedagógico. 7. Tener como mínimo un año de antigüedad en la Institución. 8. Presentar un proyecto de trabajo a la Rectora el cual es aprobado por el Consejo Directivo.
  • 35. 35 ARTÍCULO Nº 41.- CONSEJO ACADÉMICO: El Consejo Académico, como instancia superior, participa en la orientación pedagógica de la Institución. (Decreto 1860/94 Artículo Nº 24). Integrantes del Consejo Académico: Acogiéndonos al Artículo 145, de la Ley 115, al Artículo 24 del Decreto 1860 de 1994, y a la reglamentación interna de la Institución, los integrantes del Consejo Académico son:  La Rectora, quien lo preside.  Los Coordinadores de los niveles de preescolar, primaria, bachillerato y media vocacional.  El Coordinador(a) de Evangelización.  Los jefes de área.  El líder de calidad, o del proceso, a juicio de la Rectora. ARTÍCULO 42.- FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: 1. Acordar su propio reglamento. 2. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo. 3. Estudiar el currículo y propiciar ajustes para su continuo mejoramiento. 4. Participar en la elaboración del diseño curricular, de acuerdo con la normatividad vigente y las políticas institucionales y orientar al profesorado en su ejecución. 5. Elaborar pautas de educación y participar en la evaluación institucional anual. 6. Nombrar, conformar y orientar la gestión de las Comisiones de Evaluación y Promoción. 7. Recibir los reclamos de los y las estudiantes sobre la evaluación académica educativa y presentarlos para su análisis y recomendación a la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado. 8. Definir y aprobar semestralmente el plan de recuperación de las aéreas de estudio. 9. Determinar, cuando sea requerido, el plan de nivelación de acuerdo a la normatividad vigente y disponibilidad autorizada por la Rectora. 10. Evaluar periódicamente el proceso de las competencias obtenidas. Las anteriores funciones como las afines o complementarias, que estén contempladas en la legislación vigente, emanada del MEN. Parágrafo 1. REGLAMENTO 1. Todas las decisiones del Consejo Académico se aprobarán por mayoría. 2. El Consejo Académico se reunirá por convocación de la Rectora, ordinariamente una vez al mes y de manera extraordinaria cuando las circunstancias lo exijan. 3. Un miembro del Consejo diferente cada vez, hace de secretario en cada reunión. ARTÍCULO 43.- PERFIL DEL JEFE DE ÁREA: Persona que: 1. Demuestra asumir y encarnar la Filosofía Salvatoriana. 2. Personifica la ética del verdadero maestro: maestro(a) por vocación. 3. Manifiesta interés por la formación académica del estudiantado. 4. Es competente y profesional en su área. 5. Con capacidad de convocar. 6. Manifiesta actitudes de líder Salvatoriano. 7. Se muestra interesado por su propia autoformación. 8. Tiene, como mínimo, un año de antigüedad en la Institución RESPONSABILIDADES Y AUTORIDADES: Además de sus funciones como docente, es el responsable de: 1. Velar por el fortalecimiento de los valores Institucionales y la asimilación del Espíritu Salvatoriano
  • 36. 36 2. Apoyar la implementación del procedimiento de Diseño Curricular, el de Planeación y prestación del servicio educativo de la Institución. 3. Planear en coordinación con su propia área las siguientes actividades: a. La elaboración y ajustes necesarios al Plan de Área. b. El diseño, implementación y desarrollo de proyectos y programas a su cargo. c. La estrategia de articulación de grados, niveles y áreas. d. El seguimiento del proceso de aprendizaje de los estudiantes. e. Mejoramiento continúo de las estrategias, técnicas y metodología de enseñanza. f. Revisión de planes de apoyo, nivelaciones y refuerzo para los estudiantes. g. Revisión de la Planeación de Clases de los docentes. 4. Promover la investigación de su área de conocimiento. 5. Trabajar en coordinación con el área de Evangelización como eje transversal de la Institución Educativa, para que desde esta perspectiva se posibilite la vivencia de los valores Salvatorianos. 6. Ser miembro del Consejo Académico. 7. Colaborar en la evaluación del desempeño de los y las docentes de su área. 8. Aspectos que mejoran el ambiente interno de trabajo. 9. Otras, encomendadas por la Rectora. Es la autoridad para: 10. Coordinar la elaboración y ejecución de los proyectos de área. 11. Coordinar las reuniones periódicas del área. Planear y desarrollar las actividades institucionales asignadas al área. ARTÍCULO 44.- PERFIL DEL DOCENTE SALVATORIANO Los Docentes: Son los orientadores en la Institución, del proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de los(as) estudiantes, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia. 1. Encarna la filosofía Salvatoriana, se muestra testigo de la fe, “El Salvador es su referente de vida”. Es un colaborador de la obra de la salvación, dispuesto a promover el conocimiento de la religión católica. 2. Manifiesta, en actitudes y hechos observables, su sentido de pertenencia, lealtad y amor a la Institución. 3. Proactiva (o) en el desempeño de su misión, aportando interés y esfuerzo en el desarrollo de las potencialidades de sus estudiantes. Sabe convertir los problemas en oportunidades. 4. Disfruta la vida en abundancia que Dios nos ha regalado y promueve la defensa de la vida en todas sus manifestaciones: a. Protege el medio ambiente. b. Se reconoce así misma (o), como administradora (o) fiel del mundo que Dios nos ha dado. c. Promueve una vida de calidad para sus estudiantes. d. Vela por el buen ambiente entre sus compañeras (os). 5. Es promotor del cambio, responsable en proponer y realizar innovaciones educativas. 6. Persona profundamente humana en sus relaciones interpersonales, con capacidad de acogida, de escucha, de respeto por las diferencias, solidaria y la compresiva. 7. Se destaca por ejercer su profesión con ética y vocación, se interesa por la formación de los(as) estudiantes y les da lo mejor de sí mismo (a). 8. Trabaja por cultivarse a sí mismo (a) y mejorar la calidad educativa mediante la continua actualización profesional, la eficiencia, la responsabilidad y mejoramiento personal. 9. Sus estudiantes lo(a) ven como ejemplo y guía y acuden a él (ella) como al maestro (a). 10. Su presentación personal habla de autoestima y respeto por sí mismo (a). Invita al orden y la disciplina. RESPONSABILIDADES Y AUTORIDADES 1. Asumir la filosofía del COLEGIO DIVINO SALVADOR teniendo en cuenta que esta Institución Educativa es de carácter expresamente “Católico”, por lo cual debe dar testimonio frente a la Comunidad Educativa, de su respeto por esta Confesión Religiosa. 2. Impulsar e implementar la pastoral educativa Salvatoriana, en todas sus actividades
  • 37. 37 Velando por el fortalecimiento de los valores Salvatoriano 3. Participar en los procesos del Sistema de Gestión de Calidad que sea requerido, colaborar en la Implementación del mismo y hacer plan de mejoramiento. 4. Se compromete a cumplir personalmente con el servicio contratado y las órdenes e instrucciones que de modo particular impartan la rectora o sus representantes (C.S.T. Art. 58) 5. Planear, ejecutar y evaluar el currículo, en el marco de las directrices del MEN y del proyecto educativo SALVATORIANO. 6. Participar en la elaboración del plan operativo anual de acuerdo con el PES. 7. Conocer y asumir la ley de infancia y adolescencia y el reglamento interno en su interacción con las y los estudiantes 8. Asistir puntualmente y participar en todas las actividades que programe el Colegio tendientes a lograr los objetivos del P.E.S. 9. Asistir a las capacitaciones a las que sea convocado y entregar informe de la misma. Los materiales entregados en dichas capacitaciones son propiedad del colegio 10. Velar por la formación integral de los y las estudiantes acompañándolos en su proceso de formación y rendir los informes convenientes y necesarios de acuerdo con el reglamento interno del colegio. 11. Colaborar en los eventos especiales, en que por autorización del Colegio, deba intervenir en su nombre; cualquier remuneración, gratificación o premio que se obtenga, será propiedad del colegio, así como cualquier descubrimiento, o invención material o intelectual que se desarrolle dentro del colegio y el desarrollo de actividades académicas, culturales o formativas, caso en el cual el profesor deberá facilitar al colegio lo necesario para su debido registro o patente. 12. Citar y atender a padres de familia que lo soliciten en asuntos relacionados con los y las estudiantes. 13. Cumplir puntualmente con la jornada laboral establecida por la Institución. 14. Apoyar a la coordinación en la normalización durante los descansos de los estudiantes. 15. Cumplir con el reglamento interno de trabajo 16. Elaborar plan de mejoramiento 17. Responder por los materiales de trabajo que se le entregan mediante inventario y a entregarlos en igual forma, al final del año escolar, salvo el deterioro normal de los mismos (C.S.T. Art. 58) 18. Informar oportunamente al encargado de inventarios o bajo solicitud, algún daño ocasionado por un estudiante o miembro de la comunidad educativa a los recursos físicos de la Institución. 19. Observar las instrucciones preventivas de accidentes o de enfermedades profesionales (C.S.T. Art. 58) 20. Comunicar oportunamente a la Rectora las observaciones que estime conducentes a evitar daños y perjuicios a la comunidad educativa 21. Cumplir las demás funciones asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo Es la autoridad para: 1. Elaborar la Planeación de su AREA, haciendo los ajustes pertinentes de acuerdo con el Plan de Estudios propuesto. 2. Informar a padres y madres de familia sobre los logros y dificultades del educando en su proceso de formación 3. Valorar el proceso académico presentado por los y las educandas. 4. Diligenciar los registros del proceso académico y formativo de cada estudiante. Tomar acciones correctivas y de mejora del proceso formativo, en el marco del Manual de convivencia ARTÍCULO Nº 45.- DERECHOS DEL DOCENTE Están consagrados en la Constitución Política, el Estatuto Docente, la Ley General de Educación, el Código Laboral, el Contrato de Trabajo y el reglamento interno de la Institución. 1. Recibir información por parte de las directivas sobre la misión y filosofía de la Institución. 2. Recibir trato justo y respetuoso por parte de las directivas, padres y madres de familia, empleados de servicios generales, estudiantes y otros estamentos de la Comunidad Educativa. 3. Expresar libremente sus pensamientos y opiniones. 4. Participar activamente en convivencias, celebraciones, actos deportivos y culturales para lograr una mayor integración, entre los y las estudiantes y compañeros docentes. 5. Recibir el salario justo. 6. Participar de los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos establecidos.
  • 38. 38 7. Recibir información oportuna acerca de sus compromisos laborales y contractuales. 8. Otros consagrados en el Reglamento Interno del Trabajo que será fijado en un lugar público. ARTÍCULO 46. DEBERES DEL DOCENTE: 1. Cumplir la Constitución y las leyes de Colombia. 2. Inculcar a los(as) estudiantes el amor a los valores espirituales, morales, históricos y culturales de la Nación, así como el respeto a los símbolos patrios. 3. Conocer la filosofía y proyectos pedagógicos Salvatorianos. 4. Orientar con base en la filosofía y la misión de la Institución. 5. Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones a su cargo o el objeto de su contrato. 6. Estimular y respetar al estudiante como persona, resaltando sus valores individuales y sus diferencias. 7. Brindar a los(as) estudiantes, madres y padres de familia una atención cordial y respetuosa en los horarios establecidos, informando sobre el desarrollo integral de sus hijos(as). 8. Ser justo al evaluar a cada estudiante teniendo en cuenta las diferencias individuales. Considerar la evaluación como un proceso continuo, imparcial y completo. 9. Cumplir las órdenes inherentes a su cargo impartidas por las personas puestas en autoridad. 10. Dar un trato cortés y compartir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósito. 11. Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo. 12. Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes que le sean confiados. 13. Observar una conducta pública acorde con el decoro y dignidad de su profesión. 14. Actuar con imparcialidad y justicia. 15. Buscar medios de actualización en su área y a nivel general. 16. Velar por el cumplimiento de los fines y objetivos de la educación. 17. Brindar orientación permanente al educando para su desarrollo integral. 18. Escuchar las sugerencias e inquietudes de la Comunidad Educativa. 19. Crear un ambiente de amistad y respeto con todo el personal de la Institución y la comunidad circundante. 20. Cumplir a cabalidad con el Manual de Convivencia y el Reglamento Interno de Trabajo. 21. Informar a los padres de familia sobre los criterios, métodos y procedimientos pedagógicos empleados para lograr el desarrollo integral de los(as) estudiantes. 22. Ser evaluado permanentemente por los miembros de la Comunidad Educativa sobre el desempeño de su labor. 23. Contar con el permiso de las directivas para ausentarse de la Institución con causa justificada. Parágrafo único: Ningún profesor, podrá exigir textos, libros y elementos sin la autorización de la Rectora. ARTÍCULO Nº 47.- COMISIÓN ORDINARIA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE GRADO El Consejo Académico, acogiéndose a la Ley 115 de 1994 y al Decreto 1860 del mismo año, conforma la Comisión de Evaluación y Promoción de Grado. La finalidad de la Comisión es hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y definir la promoción de los(as) estudiantes. Miembros de la Comisión Ordinaria de Evaluación y Promoción: La Rectora, el Coordinador(a) y los docentes del grupo. Miembros de la Comisión Extraordinaria de Evaluación y Promoción: Integrada por el Consejo Académico, los Coordinadores, el Director de Grupo, el profesor de la materia en cuestión y un representante de los padres de familia, nombrado por el Consejo de Padres, que no sea docente de la Institución. Esta Comisión, analiza los casos que le remite la Comisión Ordinaria y tiene carácter decisorio. Parágrafo 1. Invitados: El Departamento de Psicología podrá ser invitado por la Rectora a participar en las actividades de la Comisión.
  • 39. 39 ARTÍCULO N 48.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Esta Comisión es de carácter consultivo, se reúne al finalizar cada período y es convocada y presidida por la Rectora. Funciones: 1. Analizar los casos de los estudiantes que presentan bajo desempeño académico y remitir a la comisión extraordinaria, los que considere delicados. 2. Suministrar información que contribuya a la autoevaluación académica de los estudiantes y a la actualización permanente del plan de estudios. 3. Hacer recomendaciones particulares y generales a estudiantes e informar a la Comisión Extraordinaria. 4. Consignar en actas los compromisos y el seguimiento hecho a los estudiantes. El acta será remitida a la Comisión Extraordinaria. 5. Analizar los casos de estudiantes con valoración sobresaliente para acordar estímulos y remitirlos a la Comisión Extraordinaria para promoción anticipada. ARTÍCULO Nº 49.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN EXTRAORDINARIA DE EVALUCIÓN 1. Suministrar información al Consejo Académico. 2. Definir, de acuerdo a la naturaleza del problema, las actividades de refuerzo de las competencias que considere pertinentes. 3. Determinar a los estudiantes que requieren actividades de refuerzo. 4. Analizar los casos de estudiantes con valoración excelente para acordar estímulos y los casos considerados para la promoción anticipada. 5. Entregar oportunamente los Acuerdos y las actas a la Rectora. 6. Reunirse ordinariamente cinco veces al año y extraordinariamente, cuando sea convocada por la Rectora. 7. Hacer recomendaciones sobre actividades de refuerzo y recuperación, a los docentes o a otras instancias de la institución. 8. Convocar al docente, al estudiante y a los padres de familia, con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo y recordarles sus compromisos. 9. Analizar los casos de insuficiencia de los estudiantes y recordar en cada reunión ordinaria, al docente y a los padres de familia, las recomendaciones pertinentes y hacer seguimiento en las reuniones posteriores. 10. Consignar en actas las decisiones tomadas por la Comisión las cuales pueden sostener las decisiones acerca de la promoción de estudiantes. ARTÍCULO 50.- REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE GRADO. 1. Sesionar de manera ordinaria al finalizar cada período para hacer un análisis detallado del rendimiento académico de cada estudiante. 2. Sesionar de manera extraordinaria cuando las circunstancias lo ameriten. 3. Tomar decisiones por mayoría absoluta de votos. La ausencia de un representante de los padres de familia no impide la votación. 4. Constituir el quórum necesario para la validez de la votación. 5. Invitar al psico-orientador(a) para ilustrar la información que sea necesaria. 6. Nombrar un secretario(a) en cada reunión. Parágrafo: Toda petición de promoción será solicitada previamente a la Rectora quien pedirá la sustentación requerida. ARTÍCULO Nº 51.- PÉRDIDA DE INVESTIDURA DE LOS MIEMBROS 1. Inasistencia a tres (3) reuniones, sin justificación. 2. Incurrir en falta grave. 3. Incumplimiento de las funciones por parte de: docente, padres de familia, estudiante. Parágrafo 1º. Cuando un miembro de la Comisión sea propuesto sin tener la antigüedad requerida, la Rectora puede hacer la salvedad de dicho impedimento por Resolución.
  • 40. 40 Parágrafo 2º. Órganos Consultores: Directivos, Consejo Académico, Consejo de Padres de Familia, Consejo de Estudiantes. CAPITULO VI CONSEJO ESTUDIANTIL ARTÍCULO Nº 52. El Consejo Estudiantil es un ente legal de la Comunidad Educativa cuyo propósito es aunar opiniones y sugerencias que desde el ámbito estudiantil, aporten al mejoramiento de la Institución en pro del bienestar educativo y social. Estará integrado por: 1. El presidente de los estudiantes. 2. El personero. 3. Un vocero de cada grado. 4. Los monitores de asignatura, cuando los profesores lo consideren necesario. FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL 1. Elaborar el Reglamento Interno asesorado por el docente encargo del Proyecto Cívico Político de la Institución. 2. Promover la participación de los estudiantes para presentar iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 3. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia o Reglamento de la Institución. 4. Ser los inmediatos colaboradores de los docentes en las diferentes actividades del Colegio. 5. Llevar la vocería del grupo al Consejo Directivo. ARTÍCULO Nº 53.- REGLAMENTO DEL CONSEJO DE ESTUDIANTIL 1. Asistir a las reuniones convocadas por la Rectora, según fecha publicada en el cronograma. 2. Solicitar reuniones extraordinarias a la Rectora cuando las circunstancias lo requieran, a petición del presidente o del líder del proyecto. 3. Si un estudiante falta a dos reuniones sin justa causa, se le aplicará la revocatoria y será reemplazado por otro, elegido por su grupo. ARTÍCULO Nº 54. LA REVOCATORIA DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES El (la) estudiante que no cumpla sus funciones como integrante del Consejo o cometa falta grave, se le aplicará la revocatoria de mandato que consiste en quitarle el cargo que desempeña y nombrar a otro estudiante que lo (la) represente. Parágrafo: La revocatoria del Vocero es hecha por los estudiantes del grupo quienes la presentan al director de grupo. Parágrafo 2: La revocatoria del Presidente o del Personero pueden ser solicitadas por los estudiantes y presentadas por el Consejo Estudiantil a la Rectora. ARTÍCULO Nº 55. DEFINICION DEL CARGO DE PRESIDENTE Y PERSONERO El Personero Estudiantil: Es un(a) estudiante de uno de los tres últimos grados de escolaridad ofrecidos por la Institución Educativa.
  • 41. 41 El Presidente Estudiantil. Es un(a) estudiante del último grado de escolaridad ofrecido por la Institución Educativa, representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo, que vela por el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes. ARTÍCULO Nº 56.- REQUISITOS PARA SER ELEGIDO PRESIDENTE Y PERSONERO Para ser elegido presidente o personero, el estudiante debe: 1. Estar matriculado en la Institución. 2. Demostrar el conocimiento y la aceptación de la Filosofía y del Manual de Convivencia. 3. Ser aceptado como líder positivo por los docentes y las directivas de la Institución. 4. No tener Contrato Pedagógico. 5. Tener como mínimo, un año de antigüedad en la Institución. 6. Presentar un proyecto de trabajo al Consejo Directivo para su aprobación. 7. Haber tenido en el año anterior y actualmente comportamiento excelente. 8. Ser ejemplo para sus compañeros en el cumplimiento del Manual de Convivencia. 9. Ser destacado académicamente. ARTÍCULO Nº 57.- PROCESO DE ELECCIÓN DE PRESIDENTE Y PERSONERO El proyecto de formación democrática, política y de gobierno estudiantil, coordina todos los asuntos pertinentes a la elección de presidente y personero ajustándose a este proceso: 1. Capacitación: En los primeros cuarenta y cinco (45) días del calendario escolar, la Institución a través del docente coordinador del proyecto, proporciona a los(as) estudiantes de los grupos del grado undécimo, orientaciones acerca de las realidades y compromisos que se adquieren al asumir los cargos de Presidente y Personero, preparándolos para tomar decisiones responsablemente. 2. Inscripción de candidatos: Una semana antes del comienzo de la campaña, los candidatos deben presentar a la Rectora sus respectivos planes de trabajo, con el fin de evaluarlos y enriquecerlos. 3. Campaña: Una vez analizados y aprobados los planes de trabajo, los(as) candidatos realizan sus campañas durante dos semanas, utilizando para ello los medios de comunicación de los cuales disponga la Institución Elección: 4. Tanto el presidente como el personero de los estudiantes serán elegidos al finalizar el período de campaña, mediante voto secreto y mayoría relativa. 5. Votaciones: A cada estudiante se le da un único tarjetón para depositar su voto. 6. Los(as) estudiantes votan en el lugar destinado para tal fin portando su carne estudiantil. 7. Los(as) candidatos(as), un representante de la Rectora y los docentes que lideran del proyecto, deben estar presentes durante todo el proceso de elección y conteo de votos. 8. Ese mismo día, en presencia de los(as) candidatos(as), se realiza el escrutinio de votos y se procede comunicar a las directivas los nombres del Presidente y Personero elegidos. Acto seguido, se anuncia a toda la Comunidad Educativa el resultado de las elecciones. ARTÍCULO 58. FUNCIONES DEL PRESIDENTE ESTUDIANTIL 1. Representar a los estudiantes ante el Consejo Directivo. 2. Cumplir el Manual de Convivencia. 3. Convocar a reuniones del Consejo Estudiantil, de común acuerdo con el profesor Director del proyecto. 4. Presentar al Director del proyecto sus planes y programas para la aprobación. 5. Crear espacios de participación para dar a conocer los asuntos pertinentes derivados de su condición de miembro del Consejo Directivo. 6. Dar cumplimiento al plan de trabajo presentado durante la campaña. 7. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia. 8. Ofrecer campañas que favorezcan el mejoramiento del medio ambiente, el bienestar y la convivencia pacífica. ARTÍCULO Nº 59.- FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL
  • 42. 42 1. Una vez aceptado su nombramiento, su deber es velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes, consignados en el Manual de Convivencia. 2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre las lesiones a sus derechos. 3. Representar a los estudiantes cuando su presencia sea requerida, dentro y fuera de la Institución. 4. Servir de conciliador entre sus compañeros cuando las circunstancias lo requieran. 5. Proponer campañas que favorezcan el mejoramiento del medio ambiente, el bienestar y la convivencia pacífica. 6. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes. 7. Presentar ante la Rectora, las solicitudes de oficio y/o petición que considere necesarios para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes. 8. Apelar ante el Consejo Directivo cuando lo considere necesario. 9. Asistir con voz pero sin voto, a las reuniones del Consejo Directivo, cuando fuere invitado por la Rectora. 10. Cumplir con las funciones del cargo. ARTÍCULO Nº 60. REGLAMENTO DEL PERSONERO. 1. Entregar a Rectoría las solicitudes, reclamos y sugerencias que deba atender en razón de su cargo, para ser presentadas al Consejo Directivo. 2. Asistir a las reuniones del Consejo Directivo, cuando fuere invitado por la Rectora. 3. Dedicar tiempo para asistir a las reuniones, atender a los compañeros y cumplir las demás funciones, sin descuidar sus responsabilidades académicas. 4. Solicitar a la Rectora la convocatoria a reuniones del Consejo Estudiantil por medio del director del proyecto. 5. Considerar las opiniones de sus compañeros(as). 6. Escuchar y evaluar las peticiones que recibe, antes de ser llevadas a las directivas. Derechos del Personero Estudiantil: 1. Elegir y ser elegido democráticamente como representante de sus compañeros. 2. Tener libertad de expresión y respeto como persona. 3. Utilizar los medios de comunicación con que cuenta el Colegio para promover sus campañas, previa solicitud a la Rectora 4. Recibir apoyo por parte de todo el personal del Colegio y ,en forma muy especial, de sus compañeros para hacer efectivo el proyecto. 5. Ser escuchado por las directivas del plantel. 6. Ser reconocido como líder positivo en el desempeño de sus funciones. Revocatoria del mandato del Personero estudiantil: Los motivos serán los siguientes: 1. Firmar un Contrato Pedagógico por razones académicas y/o disciplinarias. 2. Ser sancionado por desescolarización por uno (1) o más días. 3. Desarrollar funciones diferentes a las estipuladas para su cargo. 4. Incumplir con los compromisos para los cuales fue nombrado. 5. Por deshonestidad en el conteo de los votos de los estudiantes. Parágrafo. 1º: El personero que sea removido de su cargo será reemplazado por el segundo candidato(a) en votación. Parágrafo 2º: Si el número de votos obtenidos por el segundo candidato no fuera representativo, se puede proceder a la elección entre los voceros de los diferentes grados. Procedimiento para el reemplazo del presidente o del personero. Estos dos cargos son remplazados por renuncia voluntaria, por revocatoria del mandato o por retiro del estudiante de la Institución.
  • 43. 43 1. La Rectora dialoga con los estudiantes implicados, buscando en primera instancia la conciliación antes de definir la acción a seguir. Analiza la necesidad o no de pedir el consentimiento de todos los(as) estudiantes por votación secreta o por sondeo. 2. Si el tiempo transcurrido al nombramiento es inferior al 50% del periodo escolar, se procede a otra elección con la participación de todo el estudiantado. Si es superior a este porcentaje, la elección la hace el Consejo de Estudiantes previa consulta a sus compañeros. ARTÍCULO Nº 61. REQUISITOS PARA SER VOCERO DE GRUPO El vocero de grupo será elegido para el año lectivo en curso mediante votación secreta. 1. Estar matriculado en la Institución. 2. Demostrar el conocimiento y la aceptación de la Filosofía y del Manual de Convivencia. 3. Ser aceptado como líder positivo por los docentes y las directivas de la Institución. 4. No tener Contrato Pedagógico. 5. Tener comportamiento excelente. 6. Ser ejemplo para sus compañeros en el cumplimiento del Manual de Convivencia. 7. Ser destacado académicamente. 8. Ser apoyo del director(a) de grupo. 9. Ser proactivo en el desarrollo del proyecto de aula. FUNCIONES: 1. Colaborar con la disciplina dentro y fuera del aula. 2. Servir de mediador en la solución de conflictos presentados entre los compañeros y el grupo con los profesores 3. Motivar a los compañeros para el buen rendimiento académico y disciplinario del grupo. 4. Representar al grupo en el consejo de estudiantes. 5. Aportar al director de grupo con opiniones y comentarios oportunos que ayuden al mejoramiento de sus compañeros. Parágrafo 1: En caso de renuncia del vocero o destitución del cargo, el docente director de grupo, junto con los compañeros del curso, retoman el acta de elección y se posesionará el estudiante que haya obtenido la segunda mayor votación, o bien, por consenso del grupo realiza una nueva elección. ARTÍCULO Nº 62.- PROCEDIMIENTO PARA EL REEMPLAZO DE PRESIDENTE O PERSONERO Estos dos cargos son reemplazados por renuncia voluntaria, por revocatoria del mandato o por retiro del estudiante de la Institución. 1. La Rectora dialoga con los estudiantes implicados, buscando en primera instancia la conciliación antes de definir la acción a seguir. Analiza la necesidad o no de pedir el consentimiento de todos los(as) estudiantes, por votación secreta o por sondeo. 2. Si el tiempo transcurrido al nombramiento es inferior al 50% de periodo escolar, se procede a otra elección con la participación de todo el estudiantado. Si es superior a este porcentaje, la elección la hace el Consejo de Estudiantes previa consulta a sus compañeros. ARTÍCULO Nº 63. - MONITORÍAS Para fomentar el liderazgo en la Institución se establecen monitorias en cada una de las áreas. Los monitores(as) son estudiantes elegidos(as) por los docentes de las respectivas áreas para un período académico, con derecho a reelección. Las funciones del monitor(a): 1. Colaborar directamente con los docentes del área.
  • 44. 44 2. Llevar la vocería del grupo ante el docente en asuntos relacionados con la materia. 3. Liderar las actividades en caso de ausencia del docente. 4. Ser facilitador del material didáctico. 5. Apoyar al docente en la organización y orientación de grupos de trabajo. 6. Sugerir al docente actividades que ayuden a hacer más dinámicas las clases. 7. Colaborar con el docente haciendo el registro de inasistencia a clases y de cumplimiento de tareas. CAPITULO VII REGLAMENTO DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA ARTÍCULO Nº 64.- LOS PADRES DE FAMILIA: Los padres de familia son miembros activos y participantes de la Comunidad Educativa de la Institución. Por lo tanto, su misión no termina con el simple hecho de matricular a su hijo (a) en el curso que le corresponde, ya que sólo mediante una actitud responsable, vigilante, interesada y comprensiva de su parte, será posible complementar adecuadamente la labor educativa. ARTÍCULO Nº 65.- PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA: Al elegir esta Institución para la formación de sus hijos(as), los padres de familia deben manifestar el siguiente perfil: 1. Aceptación e identificación con la filosofía Salvatoriana. 2. Coherencia en su pensar y obrar consciente que el ejemplo constituye el aporte más válido a la educación de sus hijos(as). 3. Cultura, respeto, transparencia y veracidad. 4. Favorecer en su hogar un ambiente de unidad, paz y serenidad como fundamento indispensable para la educación integral. 5. Despertar confianza en sus hijos(as) a través de actitudes, diálogo frecuente e interés por sus necesidades e inquietudes. 6. Estar en permanente comunicación con la Institución a través de la plataforma educativa Cibercolegios o por medio de los cuadernos de cada una de las áreas. 7. Convencimiento de ser los primeros catequistas y educadores de sus hijos(as) en el amor. 8. Testimoniar en el hogar amor de Dios y a María, para orientar a sus hijos(as) en la fe y en los auténticos valores cristianos. 9. Amor a la vida y defensa de la misma. 10. Colaboración activa y con los educadores apoyando la acción formadora que realizan. ARTÍCULO Nº 66.- DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA: Conforme a lo consagrado en la Constitución Política de Colombia y en el Decreto 1286, de 2005: “Normas sobre la Participación de los Padres de Familia en el Mejoramiento de los Procesos Educativos”, el Colegio Divino Salvador, respetuoso de estos derechos, establece como prioridades los siguientes: 1. Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley. Cuando el padre de familia elige el Colegio Divino Salvador, está haciendo uso de este derecho y expresando que prefiere y acepta su filosofía y su reglamento. 2. Conocer con anticipación o en el momento previo a la matrícula las características de la Institución, los principios que orientan su Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia. El Colegio Divino Salvador realiza, como requisito previo a la matrícula y a las entrevistas, una inducción a los padres de familia, en la que se les entrega el Manual de Convivencia. En las entrevistas los padres de familia deben preguntar lo que no les ha quedado claro y recibir las explicaciones necesarias.
  • 45. 45 3. Expresar de manera respetuosa directa y por conducto regular, sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos (as), y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la Institución. 4. El Colegio Divino Salvador no atiende anónimos 5. Participar en el proceso educativo que desarrolla la Institución, de manera especial en la elaboración, ejecución y modificación del Proyecto Educativo Salvatoriano, de acuerdo con los canales establecidos en este Manual para tal efecto. 6. Para recibir respuesta clara y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha de la Institución y sobre los asuntos que impacten particularmente el proceso educativo de sus hijas e hijos, el padre y la madre de familia deben asistir a las reuniones convocadas. Además tienen el derecho de solicitar citas con las personas que lo necesiten para recibir dicha información. 7. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijas e hijos. 8. Conocer la información sobre los resultados de la pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo en el Colegio Divino Salvador. 9. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de Educación, según su reglamento, y de acuerdo a este Manual. 10. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos. 11. Tener acceso al Departamento de Orientación Psicológica y Espiritual, siempre y cuando sea en beneficio de las familias de la Institución. ARTÍCULO Nº 67.- DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA: Conforme a lo consagrado en la Constitución Política de Colombia y en el Decreto 1286, de 2005 “Normas sobre la Participación de los Padres de Familia en el Mejoramiento de los Procesos Educativos” y de acuerdo con la filosofía Salvatoriana donde ellos son los principales educadores de sus hijos, artífices de la unidad familiar y responsables de la formación de sus valores, son deberes de los padres de familia o acudientes: 1. Matricular oportunamente a sus hijos(a) en las fechas y condiciones establecidas por la Institución y en el Manual de Convivencia. 2. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico en el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 3. Cumplir con las obligaciones contraídas en la matrícula y en el Manual de Convivencia, para facilitar el proceso educativo. 4. Cumplir el Contrato de Matrícula 5. Evitar los comentarios destructivos, sin conocimiento veraz de los hechos, y acudir al docente o a las directivas para estar al corriente de los hechos a través de una fuente veraz. 6. Contribuir a la creación de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua, que favorezca la educación de los (as) hijos (as) y la mejor relación con los miembros de la Comunidad Educativa. 7. Comunicar oportunamente, en primer lugar a las autoridades de la Institución, las irregularidades de las cuales tengan conocimiento, entre otras, maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes. 8. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional. 9. Acompañar el proceso educativo, en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos(as), para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos. 10. Proporcionar en el hogar un ambiente adecuado para el desarrollo integral de los (as) estudiantes, en el cual puedan experimentar el gran gozo de la unidad y la paz. 11. Como representante de sus hijos e hijas, se comprometen dentro del proceso de formación integral, a atender oportunamente los requerimientos del Colegio y asistir puntualmente a las reuniones, talleres, encuentros, conferencias, Escuela de Padres, citas, entre otros, que se programen con el objeto de optimizar la educación de sus hijos (as). 12. Cumplir oportunamente los compromisos económicos con el Colegio, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes. Los retrasos en los pagos lesiona la cancelación oportuna de los gastos que contrae la Institución para prestar el servicio educativo.
  • 46. 46 13. Dotar a su hijo o hija de los enseres necesarios como libros y otros materiales solicitados por la Institución para el desarrollo normal de las actividades académicas. 14. Ejercer la responsabilidad parental como complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil. Es además obligación inherente a la orientación, el cuidado, el acompañamiento y la crianza de los hijos(as), durante las diversas etapas de formación. Esto incluye unidad de criterios, responsabilidad, compartida y solidaria del padre y la madre para que sus hijos(as) puedan lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos 15. Garantizar la custodia y cuidado personal de sus hijos (as), quienes tienen derecho a que sus padres, en forma permanente y solidaria, asuman responsable y directamente su custodia para favorecer su desarrollo integral. La obligación del cuidado personal se extiende además a quienes convivan con ellos en los ámbitos familiar, social e institucional y a sus representantes legales. (Artículo 23, Ley 1098 de 2006). 16. Asegurarles, desde su nacimiento, el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo. (Artículo 39, numeral 8 de la Ley 1098 de 2006) 17. Ser solidarios, de manera especial ante las calamidades, dificultades o accidentes familiares que puedan presentarse entre los integrantes de la Comunidad Educativa. 18. Participar en el proceso de evaluación institucional. 19. La asistencia a reuniones de padres de familia, asambleas y Escuela de Padres es un deber de cumplimiento obligatorio. Con dos inasistencias no justificadas se pierde el derecho a renovar la matricula al año siguiente. 20. Cuando un padre de familia no asista a la Escuela de Padres o reunión de carácter formativo, debe participar en un taller formativo para padres de familia bien sea en la Institución o en otra, fijada por el Colegio y presentar constancia ante el coordinador. Si este taller acarrea gastos, éstos deben ser asumidos por el padre de familia. 21. Conocer, respetar y hacer cumplir el Manual de Convivencia. 22. Utilizar cibercolegios diariamente como herramienta de comunicación entre familia y colegio. ARTÍCULO Nº 68.- CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA La conformación del Consejo de Padres en la Institución Educativa es de carácter obligatorio (Artículo 5 del Decreto 1286 de 2005) Artículo º. Definición del Consejo de Padres de Familia: El Consejo de Padres de Familia es un órgano del establecimiento educativo para promover la participación de los Padres de Familia o acudientes autorizados y asegurar su continua colaboración en el proceso educativo y elevar los resultados de calidad del servicio. (Artículo 5, Decreto 1286 de 2005). Como tal, es un organismo de coordinación y asesoría para la Rectora, que coadyuva en la orientación del Colegio mediante la presentación de propuestas y planes de mejoramiento. Su fundamentación legal se encuentra en la Constitución Nacional, en la Ley 115 de 1.994 y en el Decreto 1286 de 2005 del Ministerio de Educación Nacional. Como órgano de participación Educativa no requiere registro ante ninguna autoridad. Artículo º. Conformación del Consejo de Padres de Familia: El Consejo de Padres estará integrado por un mínimo de (1) y un máximo de tres (3) padres de familia, por cada uno de los distintos grados que ofrece el Establecimiento Educativo, de conformidad con el Proyecto Educativo Institucional (PEI). Artículo º. Sede del Consejo de Padres de Familia: El Consejo de Padres desarrollará sus funciones en los recintos que las directivas de la Institución le asignen, de acuerdo a las necesidades puntuales de los procesos a desarrollar. Artículo º. Vigencia del Consejo de Padres de Familia: El Consejo de Padres, ejercerá sus funciones por un año calendario, contado a partir del momento en que fue elegido y hasta cuando se designe el nuevo Consejo de Padres, mediante la aplicación del procedimiento correspondiente, teniendo en cuenta que los representantes de los padres de familia solo podrán ser reelegidos por un periodo adicional. Artículo º. Funciones del Consejo de Padres de Familia: El Consejo de Padres del Colegio ejercerá sus funciones en directa coordinación con la Rectora o sus delegados. Corresponde al Consejo de Padres:
  • 47. 47 1. Contribuir, con la Rectora, al análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y pruebas de Estado. 2. Exigir que el establecimiento participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES. 3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice la Institución 4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento institucional y en el logro de los objetivos propuestos 5. Promover actividades de formación para los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los(as) estudiantes, para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes. 6. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia, en el marco de la Constitución y de la Ley. 7. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física de los(as) estudiantes. 8. Estimular el buen funcionamiento del Colegio. 9. Elaborar su propio reglamento. ARTÍCULO Nº 69.- PERFIL DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE PADRES Para acceder al Consejo Padres, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: 1. Haber matriculado a sus hijos o representados en la Institución Educativa. 2. Demostrar actitudes y valores, con autenticidad y coherencia con el Proyecto Educativo Institucional. 3. Demostrar alto grado de pertenencia, compromiso con la Institución y entrega al servicio educativo del plantel. 4. Comulgar con la ideología de la Institución y con sus principios 5. Haber manifestado siempre respeto por la Institución Educativa y sus Estamentos. 6. Disponer del tiempo para el servicio, las reuniones y las actividades. 7. Cumplir con las obligaciones económicas contraídas con la Institución. 8. Haber estado vinculado a la Institución mínimo un año, en el cual haya testimoniado poseer el perfil especificado en los numerales anteriores, salvo en el nivel de preescolar. PARAGRAFO 1º. Son miembros por derecho propio: 1. La Rectora del Colegio. 2. El administrativo, directivo o docente designados por la Rectora del Colegio. 2º Son miembros por elección: 3. Los representantes de los Padres de Familia. ARTÍCULO Nº 70.- PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE MIEMBRO DEL CONSEJO DE PADRES: Por retiro voluntario, expresado por escrito. Por decisión del Consejo de Padres. Por el retiro de la Institución del hijo(a) o estudiante a quien represente. ARTÍCULO Nº 71.- CONVOCATORIA Y ELECCIÓN DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: La Rectora de la Institución convocará a los padres de familia para que elijan sus representantes al Consejo de Padres durante el primer mes del año académico, contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, o en la fecha de vencimiento del año de nombramiento del Consejo anterior, ARTÍCULO 72. PARTICIPACIÓN EN EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN. El Consejo de Padres de Familia, en una reunión convocada para tal fin por la Rectora, elegirá con el voto favorable de la mayoría de sus miembros, al representante de los padres de familia al Consejo Directivo. Este deberá tener mínimo un año de antigüedad en la Institución, en el cual haya evidenciado poseer el perfil establecido en el Artículo 68.
  • 48. 48 ARTÍCULO Nº 73.- INVITADOS AL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: Cualquier miembro de la comunidad educativa, podrá participar en las deliberaciones del Consejo de Padres con voz pero sin voto. Esta participación se hará por invitación o por solicitud personal debidamente aprobada por la Rectora del Colegio o su delegado(a). ARTÍCULO Nº74.- COMITÉS O COMISIONES TEMPORALES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo de Padres convocará y nombrará comisiones temporales cuando lo considere necesario para estudio y colaboración en actividades que lo ameriten, con la debida autorización de la Rectora o su delegado(a). Los comités podrán contar con la participación de un directivo o docente del establecimiento educativo designado por la Rectora o director para tal fin. ARTÍCULO Nº 75.- CONDUCTO REGULAR DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: Los asuntos que lleguen a consideración del Consejo de Padres, sólo serán considerados después de haber seguido el conducto regular: padre o madre de familia, Rectora y persona competente de la Institución, de acuerdo con la naturaleza del asunto a tratar. Si se tratare de propuestas de trabajo de los comités, se debe solicitar a la Rectora la debida autorización. Cuando un asunto sea de competencia de otra autoridad, el Consejo de Padres de Familia se abstendrá de considerarlo y así se lo comunicará al interesado. ARTÍCULO Nº 76.- PRESUPUESTO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: El Consejo de Padres es un órgano de participación educativa y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. No debe tener ni manejar ningún tipo de recurso económico o partida presupuestal. Si, como resultado de sus propuestas y planes de mejoramiento, existe una justificación de alguno de los comités de trabajo para uno o varios proyectos específicos, en coordinación con la Rectora, se solicitará, con la debida y justificación, el apoyo de la Asociación de Padres de Familia para su ejecución. ARTÍCULO Nº 77.- ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. Para todos los efectos legales, la Asociación de Padres de Familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los(as) estudiantes matriculados en la Institución. Es debidamente constituida de acuerdo con el Artículo 40 del Decreto 2150 de 1995, cuenta con sus propios estatutos y está inscrita a la Cámara de Comercio. Parágrafo 1: La Asamblea General de la Asociación de Padres es diferente de la Asamblea General de Padres de Familia, ya que ésta última está constituida por todos los padres de familia de los(as) estudiantes de la Institución educativa, pertenecientes o no a la Asociación. Parágrafo 2: Cuando el número de afiliados a la Asociación de Padres de Familia alcance la mitad más uno de los padres de familia de los(as) estudiantes de la Institución, la asamblea de la Asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el Consejo Directivo. Parágrafo 3: En el momento de la afiliación a la Institución el padre de familia recibirá copia de los estatutos de la Asociación en los que conste que está inscrita en la Cámara de Comercio. ARTÍCULO Nº 78.- FINALIDADES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. Las principales finalidades de la Asociación de Padres de Familia son las siguientes:
  • 49. 49 1. Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo. 2. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. 3. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia. 4. Apoyar a las familias y a los(as) estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje. 5. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad. 6. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 del Decreto 2737 de 1989. ARTÍCULO Nº 79.- FORMAS DE PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA 1. Con el fin de educar a los(as) estudiantes en los conceptos democráticos, se entenderán como mecanismos de participación: el voto, la consulta estudiantil, la iniciativa y la revocatoria del mandato. 2. La Institución Educativa Divino Salvador garantiza la libre participación de los miembros de la comunidad educativa en la conformación de los Consejos y en la elección de sus representantes para los diferentes cargos, evitando la réplica de prácticas malsanas vividas en la cotidianidad. CAPITULO VIII MEDIOS DE COMUNCIACIÓN ARTICULO Nº 80.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA PLATAFORMA VIRTUAL: www.colegiodivinosalvadormedellin.edu.co es un sitio, empleado por la Institución para dar a conocer los procesos de enseñanza y aprendizaje de los y las estudiantes. A su vez éste permite que toda la Comunidad Educativa se mantenga actualizada e informada de los asuntos institucionales. En el momento de la matrícula se le asigna a cada padre y estudiante, un Login y una contraseña, para acceder al portal. COMUNICADOS: Es un medio de comunicación oficial empleado por las directivas del Colegio como medio de información y comunicación. Se envían a través de la página web: www.colegiodivinosalvadormedellin.edu.co Cuando se requiera debe enviarse en forma física, como autorizaciones para salidas pedagógicas, de las cuales deben devolver el desprendible firmado. Una vez informada una situación por este medio, el Colegio procede en consecuencia con lo comunicado. SITIO WEB: www.colegiodivinosalvadormedellin.edu.co es el sitio web donde se publica toda la información que los padres y la comunidad educativa deben conocer, resultados de admisiones, historia fotográfica de la vida estudiantil, circulares y eventos, la identidad del Colegio, entre otros. FACEBOOK: http://facebook.com/colegiodivinosalvadormedellin Sitio oficial para la publicación de eventos institucionales TWITTER: @divinosalvadorm Sitio oficial para la publicación de eventos institucionales
  • 50. 50 SKYPE: Usuario: colegio.divino.salvador.medellin Aplicación para asesoría on line con padres de familia, solicitado con previo aviso por Cibercolegios. CANAL INTERNO: Se emplea para informar a la comunidad estudiantil, sobre las actividades a realizar dentro de la Institución y mostrar los diferentes eventos programados por este medio. EL TELÉFONO PÚBLICO: Los teléfonos públicos son un servicio a disposición de todos los miembros de la Comunidad Educativa. Se deben utilizar en horas de descanso y brevemente. Los teléfonos de las oficinas son de uso exclusivo de la Administración. Excepto, en casos muy urgentes, pueden ser utilizados, con el debido permiso, por cualquier miembro de la Comunidad Educativa. BUZÓN DE SUGERENCIAS. Está a disposición de todas las personas que se acercan a la Institución. En él se depositan quejas, reclamos o sugerencias. Está ubicado cerca a la Recepción. CAPITULO IX UNIFORMES ARTÍCULO Nº 81.- UNIFORME DE DIARIO Para las estudiantes: Uniforme de diario: 1. Jomber de lino hasta la rodilla, según modelo, camisa blanca de dacrón, manga corta, con ribete de tela del Jomber, cuello sport, según modelo. 2. Zapatos negros de cuero y de atadura estilo colegial 3. Medias blancas hasta la rodilla, estilo colegial. 4. Accesorios en la cabeza de color azul en el tono del uniforme, rojo o blanco. 5. Chaqueta azul con franja roja y sobre ésta las iníciales C.D.S., con cierre al frente, según modelo. Se utilizará como uniforme de gala. Para los estudiantes: Uniforme de diario: 1. Pantalón 5 bolsillos, en tela universal de La Fayett, color #7788, bordado en el bolsillo del pantalón con las iníciales del C.D.S, según modelo 2. Camiseta de franela color blanco, con el escudo de la Institución bordado, cuello abierto al frente con tres (3) botones y una tira azul en el borde de cuello y mangas. La camiseta va por dentro del pantalón 3. Correa negra. 4. Zapatos totalmente negros estilo colegial. 5. Medias azul oscuras. 6. Chaqueta azul con franja roja y sobre ésta las iníciales C.D.S. Cierre al frente, según modelo. Se utilizará como uniforme de gala. Para educación física, deportes y lúdicas: 7. Camiseta blanca de manga corta, con el escudo del Colegio bordado, y una franja horizontal de color azul oscuro y rojo a lado y lado, según modelo. 8. Pantalón azul oscuro con rayas roja y blanca a lo largo, a lado y lado, según modelo 9. Pantaloneta, según modelo. 10. Camiseta, manga corta, de cuello redondo con el escudo del Colegio. (Exclusiva para la clase de educación física. Opcional). 11. Tenis y medias a media pierna de color blanco.
  • 51. 51 Uso correcto del uniforme: 1. Todas las prendas deben estar marcadas con el nombre y apellido del (la) estudiante. 2. Los(as) estudiantes que deseen podrán llevar camisilla totalmente blanca debajo de la camiseta o blusa. En ningún caso podrán llevar camisetas estampadas. 3. Los estudiantes deben llevar un peinado y motilado clásico (sin crestas, colas, ni tintura) con uso moderado de gomina. 4. Las uñas deben estar limpias y sin pintura extravagante. 5. A la Institución no está permitido traer accesorios de valor (anillos, cadenas, pulseras, etc.). 6. El uniforme es de uso exclusivo de la Institución. CAPITULO X SISTEMA DE EVALUACION Evaluación de los(as) estudiantes.- El Colegio Divino Salvador se acoge a la reglamentación legal vigente, según el Decreto 1290, de abril 16 de 2009. ARTÍCULO Nº 82.- SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION SALVATORIANO (SIES) 1. ASPECTOS GENERALES: El Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES) se fundamenta en los siguientes principios y objetivos: 1. Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje. 2. Suministrar información para valorar los avances en el desarrollo de las competencias definidas en el plan de estudios. 3. Proporcionar información para consolidar o reorientar las prácticas pedagógicas de la Institución. 4. Diseñar e implementar estrategias e innovaciones pedagógicas para apoyar a los estudiantes de desempeño destacado y a los que tengan dificultades en sus estudios. 5. Constituirse en fuente de información para ajustar los procesos correspondientes al desarrollo integral del estudiante y del Proyecto Educativo Salvatoriano. 6. Servir como herramienta para actualizar el plan de estudios y el currículo. 7. Valorar los avances en la adquisición y aplicación del conocimiento. 8. Servir de información en la toma de decisiones sobre estímulos y promoción de estudiantes. 9. Contribuir a la identificación de las limitaciones y dificultades para consolidar las competencias del proceso formativo. 10. Ofrecer al estudiantado oportunidades para aprender del acierto y del error y en general, de la experiencia. El Colegio Divino Salvador de Medellín, adopta el Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES), teniendo como referentes los Artículos 3 y 4 del Decreto 1290, del 16 de abril de 2009. ARTÍCULO Nº 83. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN EL ÁMBITO INSTITUCIONAL: 1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del(la) estudiante para valorar sus avances. 2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del (la) estudiante. 3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los(as) estudiantes que presenten debilidades o desempeños superiores en su proceso formativo. 4. Determinar la promoción de estudiantes.
  • 52. 52 5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. ARTÍCULO Nº 84.- DEFINICIÓN DE EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN SALVATORIANO (SIES). Para definir del Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES), es importante establecer las condiciones que permiten su desarrollo y aplicación en el ámbito institucional así: 1. El Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES) hace parte del Proyecto Educativo Institucional y se rige por los criterios establecidos en su horizonte institucional y las normas estipuladas en la Ley 115 de 1994, donde se determinan las áreas obligatorias y fundamentales así: a.- Ciencias Naturales y Educación Ambiental. b.- Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia c.- Educación Artística. d.- Educación Ética y Valores Humanos. e.- Educación Física, Recreación y Deportes. f.- Educación Religiosa. g.- Humanidades, Lengua Castellana e idiomas extranjeros. h.- Matemáticas. i.- Tecnología e Informática. 2. A nivel institucional las áreas de Lengua Castellana, e inglés se desarrollan y evalúan de forma independiente, según la política de calidad establecida por el SGC, de igual forma las áreas de Filosofía, Ciencias Económicas y Ciencias Políticas. 3. La evaluación del desempeño se fundamenta en el trabajo integrado de los tres saberes constitutivos: Saber: procesos cognitivos, contenidos conceptuales, estrategias cognitivas. Saber hacer: procesos psicomotores, contenidos procedimentales, estrategias metodológicas. Ser: procesos socio afectivos, contenidos actitudinales, estrategias motivacionales. ARTÍCULO Nº 85.- DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES. 1. LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 1.1 Criterios de Evaluación: En uso de la autonomía escolar que nos confiere la Ley, el Colegio Divino Salvador tiene en cuenta estos criterios, orientadores del sistema de evaluación del aprendizaje de los(as) estudiantes: a. Cumplir los fines de la educación y la evaluación. b. Garantizar, desde el Proyecto Educativo Salvatoriano, PES, las áreas de formación integral y el alcance de las competencias básicas. c. Establecer las estrategias para que los(as) estudiantes alcancen las competencias básicas durante el año escolar. d. En la inducción de familias nuevas, dar especial importancia a la divulgación del Sistema de Evaluación. e. Promover jornadas de reflexión con los padres de familia, sobre el Sistema de Evaluación, cada vez que éste sufra variaciones que ameriten, no solo el conocimiento sino la participación de los padres de familia. f. Realizar seguimiento continuo a los procesos de evaluación de los(as) estudiantes. g. Validar con los egresados de la Institución el plan de estudios y el proceso formativo. h. Asumir a los (as) estudiantes como seres en relación: Con Dios, como su Creador y único Salvador, y con el hecho religioso, revitalizando toda concepción que estimule la responsabilidad del hombre y la mujer como constructores del mundo. Con la naturaleza, regalo de Dios que el /la debe proteger y transformar.
  • 53. 53 Con el medio en el que interactúa para desempeñarse competitivamente en la sociedad a la cual debe aportar cambios inspirados en principios de justicia y responsabilidad. Con los hombres y mujeres como sus hermanos y hermanas, en relación de igualdad. Consigo mismo como ser autónomo, único e irrepetible. i. Procurar que los (as) estudiantes alcancen las metas educativas establecidas para el año escolar. j. Integrar al Sistema de Evaluación las oportunidades del medio, enmarcadas en el concepto de educación informal, como oportunidades de adquisición de conocimientos y competencias. k. Partir de la realidad nacional para generar procesos de reflexión propositivos, argumentativos, interpretativos y de convivencia que permitan al estudiante “saber qué hacer con lo que sabe”. l. Centrarse en los aprendizajes significativos para responder a las necesidades básicas en torno a las dimensiones del desarrollo humano integral. m. Participar en las diferentes actividades lúdicas, sociales, religiosas, culturales y deportivas que programe la Institución dentro o fuera del aula. 1.2. CRITERIOS DE PROMOCIÓN: La promoción se realiza cuando el(la) estudiante cumple con un mínimo del 85% de asistencia a las actividades pedagógicas programadas por la Institución para el año lectivo y cuando aprueba, durante el periodo establecido, todas las áreas del plan de estudios del Colegio Divino Salvador. Los criterios de promoción se establecen de acuerdo al grado de exigencia institucional y con el fin de garantizar altos niveles de desempeño; en este sentido no habrá promoción de un grado a otro por cualquiera de los siguientes casos: a.- La no aprobación de un área. b.- Inasistencia a más del 15% de las actividades escolares. Parágrafo Único: Aquellos estudiantes que no sean promovidos al grado siguiente tendrán la oportunidad de retomar el grado en la Institución, siempre y cuando no hayan presentado faltas gravísimas o que con sus actitudes y comportamiento demuestren falta de sentido de pertenencia a la filosofía Institucional. 2. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y EQUIVALENCIA RESPECTIVA CON LA ESCALA NACIONAL En primer lugar se tiene en cuenta la escala establecida a nivel nacional para efectos de homologación y movilidad así: Desempeño Superior: El (la) estudiante que alcanza en forma clara, oportuna y significativa un alto nivel de desempeño en la consecución de las competencias, reflejándolo de manera competente en las dimensiones cognitiva, comunicativa, biofísica y estético-valorativa, adquiridas por su espíritu investigativo y de liderazgo, que le facilitan la profundización del conocimiento. La Institución, a través de la evaluación continua e integral, tiene en cuenta los siguientes criterios en la valoración Superior: 1. Logro de todas las competencias propuestas, espíritu investigativo que se manifiesta en la dedicación que supera los límites exigidos. 2. Asistencia puntual y, en caso de fallas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea perjudicado. 3. No presenta dificultades en su comportamiento, ni en el aspecto relacional con todas las personas de la comunidad educativa. 4. Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas. 5. Manifiesta sentido de pertenencia institucional. 6. Participa en las actividades curriculares y extracurriculares. 7. Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo. Desempeño alto:
  • 54. 54 Logro de las competencias propuestas en forma clara y significativa pero con la necesidad de ser más oportuno, investigativo y competente en el conocimiento y en su ritmo de aprendizaje para obtener un desempeño alto. Se puede considerar Alto el rendimiento del (la) estudiante que: 1. Alcanza todos las competencias propuestas pero limitándose a lo exigido. 2. Tiene faltas de asistencia justificadas. 3. Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. 4. Desarrolla actividades curriculares específicas. 5. Manifiesta sentido de pertenencia a la Institución. 6. Se promueve con ayuda del docente y sigue un ritmo de trabajo. Desempeño Básico El (la) estudiante que alcanza las competencias básicas previstas con limitaciones y que, para superarse requiere de planes de apoyo, actividades de recuperación y nivelación. Se considera de desempeño Básico el estudiante que: 1. Logra las competencias mínimas dentro del período académico con planes de apoyo, actividades de recuperación y nivelación. 2. Tiene faltas de asistencia justificada e injustificada. 3. Presenta dificultades de comportamiento. 4. Desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas. 5. Manifiesta sentido de pertenencia a la Institución. 6. Supera en parte algunas de sus dificultades. Desempeño bajo El (la) estudiante que presenta dificultades significativas para la consecución de las competencias básicas previstas y necesita de posteriores oportunidades para cumplir satisfactoriamente los requerimientos establecidos. Para caracterizar a un estudiante en este criterio se tendrá en cuenta: 1. No alcanza las competencias mínimas y requiere actividades de refuerzo y superación. Sin embargo, después de realizadas las actividades de recuperación no logra alcanzar las competencias previstas. 2. Tiene faltas de asistencia injustificadas. 3. Presenta dificultades de comportamiento. 4. No interviene en clase ni busca la ayuda oportuna 5. No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas. 6. Se muestra irresponsable en la presentación de trabajos 7. No manifiesta sentido de pertenencia a la Institución. La evaluación que el Colegio Divino Salvador desarrollará será mixta. En ella se relacionan los tres saberes constitutivos (ser, saber, y saber hacer) y una valoración cuantitativa de 1 a 5, establecida en rangos así: ESCALA NACIONAL Escala Divino Salvador DESEMPEÑO SUPERIOR 5.0 a 4.8 DESEMPEÑO ALTO 4.7 a 4.0
  • 55. 55 3. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS(AS) ESTUDIANTES. La valoración de los estudiantes para definir su promoción y avance debe verificar: 1. Las competencias alcanzadas, comparadas con las competencias esperadas. 2. Los INDICIOS de que se están generando procesos. 3. Las EVIDENCIAS representativas, los RASGOS observables de desempeño que se perciben en el (la) estudiante. Esta acción implica interpretar los indicadores de competencia. 4. Los avances que el estudiante va manifestando en forma observable de la formación integral que busca la Institución, 5. Las competencias adquiridas dadas a conocer al comienzo de cada período escolar, según lo prescribe el plan de estudios. 6. Valoración del proceso evaluativo cada periodo: Cada uno de los cuatro periodos tendrá un valor del 25 %. 7. La participación, desarrollo y desempeño de los proyectos pedagógicos de cada área. 8. La valoración del seguimiento de los estudiantes se calificará en esta forma:  Prueba acumulativa 30% correspondiente a la evaluación de período en todas las áreas  Ser autoevaluación, heteroevaluación y coevaluación 10%  Seguimiento 40%  Martes de prueba 10%  Participación en proyectos pedagógicos 10% PROYECTOS PEDAGÓGICOS INSTITUCIONALES (PES)  Educación Ambiental (PRAE).  Circulación y tránsito.  Liderazgo.  Bilingüismo.  Aprovechamiento del tiempo libre.  Teatro  Prevención de riesgos y desastres (CEPAD).  Plan Lector. DESEMPEÑO BÀSICO 3.9 a 3.0 DESEMPEÑO BAJO 2.9 a 1.0
  • 56. 56  Plan de Pastoral Educativa.  Gobierno Escolar.  Educación sexual y desarrollo humano.  Orientación profesional.  Farmacodependencia.  Servicio social del estudiantado. 4. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTODEL DESEMPEÑO DE LOS (LAS) ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. 1. Como producto de la evaluación permanente, cada estudiante tiene el derecho y el deber de realizar los planes de apoyo asignados por el Consejo Académico o la instancia definida por la legislación vigente, las Comisiones de Evaluación y Promoción, en todos los grados. 2. Estas actividades son un derecho de los(as) estudiantes cuyo propósito es alcanzar el logro una vez se ha identificado la dificultad que les impidió realizarlo. Por tal razón, se requiere que quien acceda a los planes de apoyo realice un trabajo serio y comprometido que le permita, junto con su docente, detectar la insuficiencia o dificultad que debe superar para alcanzar el indicador de competencia. 3. Para tener derecho a los planes de apoyo, se requiere haber cumplido con los siguientes deberes: a) Presentar las responsabilidades (tareas, trabajos, consultas, etc.), en el tiempo previsto y de acuerdo con las indicaciones dadas por cada docente. b) Aprovechar el tiempo para el trabajo individual asignado en clase demostrando respeto por el mismo y el de los demás. c) Tener excusa válida según las exigencias de este Manual. 4. Durante el período los docentes establecerán los mecanismos y estrategias que le permitan al estudiante lograr niveles de aprendizaje y desempeños óptimos de manera que los índices de reprobación sean mínimos en cada asignatura. 5. Cuando se presenten dificultades en el proceso de aprendizaje los docentes generarán espacios de acompañamiento personal y grupal, dentro y fuera del horario de clases, que permitan mejorar los niveles de desempeño. Las estrategias de apoyo no se limitarán únicamente al desarrollo de talleres o trabajos. Estas actividades tienen la única finalidad de fortalecer el aprendizaje. 6. El docente dejará evidencia o registro de los planes de apoyo realizados en cada período (acta, formato de seguimiento, criterios de evaluación pendientes en la plataforma de cibercolegios) de manera que, en caso de reclamos, el Consejo Académico, pueda realizar la respectiva verificación. Finalizado cada período no se establecerán tiempos de superación ni de recuperación. 7. La Coordinación Académica y el Consejo Académico harán seguimiento permanente a los procesos de evaluación y plantearán directrices para establecer estrategias de apoyo y profundización para alcanzar óptimos niveles en el desempeño de los(as) estudiantes. 5. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN PARTICIPACION EN LA EVALUACIÓN La autoevaluación de los estudiantes, como estrategia pedagógica que ayudará a formarse en la criticidad y en la verdad, debe ser argumentada desde la responsabilidad en el cumplimiento de las tareas, la puntualidad, la capacidad de escucha, el interés manifestado en aportes y en el avance observable. La coevaluación entre el (la) estudiante y el docente dejará reconocer los aciertos y desaciertos y a concertar los desacuerdos. La heteroevaluación es realizada por el docente en el seguimiento y la participación del(la) estudiante en los proyectos pedagógicos y las pruebas censales. (ICFES — SABER) 6. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS (LAS) ESTUDIANTES. a. Cada área velará porque se genere un alto porcentaje de aprendizaje y por ende, de aprobación según la media progresiva por período.
  • 57. 57 b. Los padres de familia apoyarán los procesos académicos y de convivencia involucrándose en las actividades programadas por la Institución, a través de la participación activa y permanente en talleres, Escuela de Padres, reuniones de grado, entre otros. c. El grupo interdisciplinar (rectoría, psicología, capellán, director de grupo, docentes y coordinadores) acompañarán a los estudiantes que presenten dificultades en su desempeño escolar. d. Los docentes diseñarán un plan de apoyo y actividades de nivelación para los estudiantes que persistan en el bajo desempeño de un área, el cual se entregará a lo largo del período. e. Al finalizar cada uno de los periodos académicos los estudiantes que aun persistan en su dificultad presentarán actividades de recuperación. 7. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN. El Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES) se fundamenta en las normas legales vigentes y se estructura a través del aporte y acompañamiento de los docentes. En este sentido los directivos y docentes cumplirán con las siguientes disposiciones establecidas: a. Los docentes presentarán a la Coordinación Académica, en cada una de las asignaturas que desarrolle, previa revisión del jefe de área, una rúbrica o matriz de evaluación por período. De este instrumento se obtiene la información que se registrará en el informe valorativo del estudiante. b. La Coordinación Académica analizará en forma permanente los casos especiales de bajo desempeño académico y determinará las directrices tendientes para la superación de las dificultades. c. El Consejo Directivo velará por el cumplimiento de lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes. 8. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA Se entregará a los padres de familia un informe por cada período académico de los(as) estudiantes. CALENDARIO ACADEMICO AÑO LECTIVO 2014 PERIODO SEMANAS LECTIVAS Y PERIODOS ACADÉMICOS DESDE HASTA DURACIÓN (en semanas) 1° 13 de Enero 21 de Marzo Diez (10) Cuarenta Semanas 2° 25 de Marzo 11 de Abril Una (3) 21 de Abril 06 de Junio Nueve (7) 3° 01 de Julio 05 de Septiembre Diez (10) 4° 08 de Septiembre 03 de Octubre Cuatro (4) 14 de Octubre 21 de noviembre Seis (6) ACTIVIDADES DE DESARROLLO INSTITUCIONAL 2014 DESDE HASTA DURACIÓN ACTIVIDAD 09 de Enero de 2014 15 de enero de 2014 1 semana Desarrollo Institucional 14 de Abril de 2014 15 de abril de 2014 1 semana Retiro Personal de la Institución dentro de la Semana Santa.
  • 58. 58 09 de junio de 2014 13 de junio de 2014 1 semana Desarrollo Institucional 01 de septiembre 2014 05 de septiembre de 2014 1semana Semana Salvatoriana 06 de octubre de 2014 10 de octubre de 2014 1 semana Semana de receso Capacitación Docentes 24 de noviembre de 2014 28 de diciembre 1 semana Desarrollo Institucional. RECESO ESTUDIANTIL 2014 DESDE HASTA DURACIÓN 07 de enero de 2014 10 de enero de 2014 Una (1) semana Doce Semanas 14 de abril de 2014 16 de abril de 2014 Una (1) semana 09 de junio de 2014 27 de junio de 2014 Tres (3) semanas 06 de octubre de 2014 10 de octubre de 2014 Una (1) semana 24 de noviembre 02 de enero de 2015 Seis (6) semanas 9. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN LA INFORMACIÓN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN. Será recibido cada período en el Boletín de Calificaciones. 10. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. Las instancias establecidas y el conducto regular del Sistema Institucional Evaluación de Estudiantes son: a. Docente de área y/o asignatura: Evaluador directo y principal, responsable del proceso. b. Director de Grupo: Primera instancia consultiva y mediadora de reclamación. c. Jefe de Área: Segunda instancia consultiva y mediadora en atención de reclamos. Revisará las propuestas de evaluación (rúbrica de cada período). d. Coordinación Académica: Instancia de mediación y solución de las dificultades académicas a nivel individual y grupal durante el período. e. Consejo de Profesores: Instancia de análisis del desempeño académico y de convivencia por período. f. Comisión de Evaluación y Promoción: Integrada por directores de grupo, un padre de familia del grado correspondiente y la Rectora o su delegado. Instancia de revisión y decisión en cuanto a evaluación y promoción. g. Consejo Académico: Instancia de acompañamiento de los desempeños en cada período y al final del proceso. h. Consejo Directivo: Última instancia a nivel institucional en la solución de reclamos. PROCEDIMIENTOS PARA LA SOLUCIÓN DE RECLAMACIONES. Solicitud por parte del interesado, en todas las instancias. Primera instancia. 1. La petición deber ser hecha de manera escrita por el estudiante, el padre o madre, el acudiente, o su apoderado. 2. Debe ser en un término máximo de 5 días hábiles, posteriores a la entrega de la calificación. 3. Debe tener como mínimo, los siguientes contenidos: a. Fecha de presentación b. Fecha de acusación de los hechos c. Motivo de la solicitud y/o requerimiento d. Pretensiones e. Sustento (podrá ser normativo y/o de hechos)
  • 59. 59 f. El área y la asignatura g. Pruebas (si es del caso) h. Quien realizó la calificación (si es del caso) i. Dirección del interesado j. Teléfono del interesado (si lo posee) k. Correo electrónico del interesado (si lo posee) 4. Deberá ser ante el docente que ha expedido la calificación. (Así lo menciona el Código Administrativo en cuanto al agotamiento de la vía gubernativa y al debido proceso). 5. El docente deberá tratar la petición y responderla a través de oficio escrito, en un término máximo de 3 días hábiles. Para ello deberá contar con el visto bueno del Jefe de Área y de la Coordinación Académica. Segunda instancia: 1. Deberá ser considerada como la instancia superior inmediata de quienes profirieron el primer fallo. (Para el caso la Comisión de Evaluación y Promoción). 2. El estudiante, o sus padres, o su acudiente, o su apoderado una vez sean informados de la primera instancia deberán manifestar por escrito, con los siguientes contenidos mínimos, su desacuerdo a la decisión: a. Fecha de presentación b. Fecha de acusación de los hechos c. Motivo de la solicitud y/o requerimiento d. Pretensiones e. Sustento (podrá ser normativo y/o de hechos) f. El área y la asignatura g. Pruebas (si es del caso) h. Quien realizó la calificación (si es del caso) i. Dirección del interesado j. Teléfono y correo electrónico del interesado (si los posee) 3. La petición deberá presentarse en un término máximo de cinco días hábiles, posteriores a la entrega de la decisión de primera instancia. 4. La Comisión de Evaluación y Promoción, con el ánimo de realizar el agotamiento de la vía gubernativa, deberá responder para ratificar o cambiar la decisión de primera instancia, a través de una Resolución expedida en un término máximo de diez días hábiles. En este acto administrativo proceden los recursos de reposición ante quien ha expedido la Resolución de Apelación, quien podrá ser subsidiario ante la instancia superior inmediata que para el caso es el Equipo Directivo y de Revisión como superior inmediato. 5. Los términos de respuesta del Recurso de Reposición podrán ser máximo de cinco días hábiles. 6. Si se llegase hasta el recurso de Apelación, el Equipo Directivo, con el ánimo de realizar el agotamiento de la vía gubernativa, deberá tratar el recurso y responderlo a través de una Resolución en un término máximo de diez días hábiles, en el sentido de ratificarse o cambiar la decisión. 7. Si se llegase hasta el Recurso de Revisión, entonces el Consejo Directivo, con el ánimo de agotar los recursos de la vía gubernativa, deberá tratar el recurso y responderlo a través de una Resolución, en un término máximo de diez días hábiles en el sentido de ratificarse o cambiar la decisión. Ante este acto administrativo no procede ningún recurso a nivel de la Institución Educativa. 11. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES El Sistema Institucional de Evaluación Salvatoriano (SIES), que determina el Decreto 1290 del 2009, contó para su construcción e implementación, con la participación de cada uno de los estamentos de la Comunidad Educativa. Es así como a través de 3 foros virtuales en los días, mayo 29 y junio 2 del año 2009, el foro permanente se abrió en la página web de la Institución. Además se realizaron tres Consejos de Padres de Familia, en mayo 09, junio 13 y noviembre 14 de 2009. Finalmente se socializó la propuesta del Colegio Divino Salvador por parte de la Rectora a través de una videoconferencia llevada a cabo el día sábado 28 de Noviembre del año 2009. De esta manera se pudo
  • 60. 60 afianzar una propuesta propia para los (as) estudiantes, con la cual podamos hacer realidad la Política de Calidad de la Institución. ARTÍCULO Nº 86.- ESTÁNDARES Son formulaciones claras, precisas y breves expresadas en una estructura común a todas las áreas. Los estándares facilitan la formulación de las competencias esperadas y por lo tanto las evaluaciones de las mismas. ESTÁNDARES DE CONTENIDO: Son descripciones específicas y medibles de los conocimientos y habilidades que el (la) estudiante deben adquirir. ESTÁNDARES DE DESEMPEÑO: Describen qué clase de desempeño representa un logro aceptable o insuficiente en un área y grado determinado. ARTÍCULO Nº 87.- OTRAS DISPOSICIONES ACADÉMICAS ESPECIALES Promoción anticipada de grado. Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente, del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el Registro Escolar. En el Colegio Divino Salvador de Medellín la promoción anticipada se aplicará en alguno de los siguientes casos: a. La promoción anticipada para estudiantes (del grado segundo de la básica primaria al grado décimo de la media), que al finalizar el primer período académico demuestren avances significativos y un desempeño superior en todas las áreas, podrán ser presentados por el director de grupo al Consejo Académico, donde se analizará el caso y con el consentimiento de la familia se tomará la decisión de promoverlos anticipadamente al grado siguiente. Para los estudiantes de los grados de Preprimaria y Primero la promoción anticipada se observará con especial atención en los aspectos del desarrollo social, físico y motor, más que en sus avances a nivel cognitivo, de tal manera que se respete el normal desarrollo de la etapa evolutiva propia de la primera infancia. Este proceso estará orientado y acompañado por la Psicóloga de la Institución. b. Un estudiante repitente que obtenga un desempeño alto o superior al finalizar el primer período académico y evidencie avances significativos en todas las áreas, podrá ser presentado por el director de grupo ante el Consejo Académico, donde se analizará el caso y con el consentimiento de la familia se tomará la decisión de promoverlo anticipadamente al grado correspondiente. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN EN PREESCOLAR 1. En Preescolar la evaluación valora de un modo global e integrado el “estado evolutivo” de cada niño(a) en su personalidad y en todas las dimensiones, funciones y áreas. Es el resultado de la comparación del proceso de desarrollo que lleva el niño (a), con las características propias de su edad, la integración de las intervenciones del medio, con las competencias propuestas por el proceso de formación. 2. Para el Preescolar es de vital importancia que el niño(a) adquiera la madurez acorde a su desarrollo, por tanto, en aquellos casos donde el infante no alcance las competencias mínimas para su edad y madurez, se dialogará informando a los padres sobre las dificultades observadas durante todo el año escolar. 3. La Institución podrá recomendar la permanencia en el nivel de preescolar en los casos que crea necesario. En estos casos, en reunión con padres de familia, docente y Coordinadora, se determinará si el niño (a) debe realizar nuevamente el preescolar para afianzar los conocimientos, permitiéndole también una mayor madurez en todas sus dimensiones.
  • 61. 61 INDICADORES PARA EVALUAR EL DESARROLLO DE UN NIÑO(A) DE PREESCOLAR: 1. Comparte juegos y materiales. 2. Cuida y respeta los bienes propios y ajenos. 3. Acata órdenes e instrucciones. 4. Se integra a los trabajos grupales. 5. Respeta las reglas del grupo. 6. Trata de valerse por sí mismo y cuida de su presentación personal. 7. Devuelve oportunamente los objetos que le prestan. 8. Cuida y utiliza adecuadamente los servicios y lugares públicos. 9. Demuestra sentimientos de solidaridad, respeto y responsabilidad en su convivencia diaria. 10. Reconoce y valora positivamente la exigencia de los demás, aceptando sus diferencias individuales. 11. Presenta conductas autónomas en las actividades de la vida diaria y en las expresiones de vivencia personal. 12. Vivencia y controla los distintos estados afectivos (impulsos y emociones). 13. Manifiesta abiertamente la verdad. 14. Es capaz de analizar factores positivos y negativos de una situación. 15. Posee hábitos de higiene, orden y cortesía. ARTÍCULO Nº 88.- PROMOCIÓN DE BACHILLERES Todos los (as) estudiantes que cumplan con los requerimientos legales reciben el titulo de bachilleres. Para optar por el título de Bachiller, como egresado del Colegio Divino Salvador, un estudiante debe: 1. Haber aprobado todas las áreas del grado undécimo. 2. Manifestar en sus actitudes el perfil del estudiante Salvatoriano, definido en el Manual de Convivencia. 3. Presentar la documentación requerida para el servicio militar. 4. Haber cursado 50 horas de Constitución Política. 5. Cumplir con 80 horas del Servicio Social del Estudiantado. Parágrafo 1: Si al finalizar el año escolar presenta desempeño bajo en una o dos áreas, la Institución establecerá planes específicos para que el (la) estudiante se nivele y pueda recibir el título de bachiller en el siguiente año escolar. Si el (la) estudiante no se presenta al siguiente año a legalizar su situación académica, pierde el derecho y deberá reiniciar en otra institución o validar el grado. CAPITULO XI MODELO PEDAGÓGICO CURRÍCULO Y PLAN DE ESTUDIOS ARTÍCULO Nº 89.- MODELO PEDAGÓGICO “Escuela Transformadora” Desde el año 2005 hasta la fecha, se ha llevado a cabo un proceso permanente de construcción del Modelo Pedagógico Institucional basado en la Escuela Transformadora, propuesta innovadora del pedagogo Giovanni I´anfrancesco Villegas. Características del líder Salvatoriano desde el enfoque de la Escuela Transformadora. El alumno que escucha se transformará en estudiante que entiende y participa; en discente que verifica, comprueba, demuestra y experimenta; en educando que construye el conocimiento y, finalmente, en un líder competente, de
  • 62. 62 excelentes desempeños, inteligente, autogestionario, pro-activo, protagónico, comprometido, laborioso, productivo, crítico constructivo ,ingenioso y creativo. Adquiere un compromiso social, se compromete con la transformación, y la solución de conflictos desde el Colegio. Es un emprendedor que transforma el roll de aprender en emprender innovador, que propone alternativas de soluciones lógicas a los problemas de su entorno (país, región, localidad, comunidad) y que al resolver estos problemas crea ambientes para mejorar su calidad de su vida y de los suyos. ARTÍCULO Nº 90.- CURRÍCULO El Colegio Divino Salvador, para efectos de lograr la educación integral que imparte, asume el Artículo 76 de la Ley 115, de 1994, que lo define así: “Conjunto de criterios, planes de estudio, programas, metodologías y procesos que contribuyen a la formación integral y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local, incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo el Proyecto Educativo Institucional”. En esta definición sencilla y concreta se describen unos elementos y se fijan unos objetivos referidos a los fines de la educación. ARTÍCULO Nº 91.- CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL CURRÍCULO Están expresados en el Artículo 33 del Decreto 1860 y son los siguientes: 1. Los fines de la educación, consagrados en el artículo 5 de la Ley 115, de 1994 y los objetivos de cada nivel establecidos en los Artículos 16, 20, 21, 22 y 30 y en los ciclos definidos por la misma Ley. 2. Los estándares y competencias que defina el Ministerio de Educación Nacional y los institucionales, debidamente aprobados por la Rectora y el Consejo Académico, considerados en el PES. ARTÍCULO Nº 92.- PLAN DE ESTUDIOS: 1. Es un esquema estructurado de las áreas fundamentales obligatorias y de las áreas optativas con sus respectivas asignaturas, las cuales forman parte del currículo de los establecimientos educativos. Se entiende como una propuesta dinámica del quehacer educativo, nacido de los procesos curriculares que incorporan y promueven las dimensiones y procesos del desarrollo humano. 2. En los planes de estudio se concretan todos los elementos: competencias por nivel, grado y área; los programas, la metodología, los criterios de evaluación y la administración y la distribución del tiempo y los procesos. En sí el plan de estudios refleja la concepción, la visión pedagógica y un planteamiento en torno a la ciencia, el conocimiento y la formación de los(as) estudiantes. ARTÍCULO Nº 93.- ÁREAS DE FORMACIÓN EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA Para el logro de los objetivos en la educación básica y media, se establecen las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que se deben ofrecer de acuerdo al currículo y al PES En la educación básica el plan de estudios del Colegio Divino Salvador comprende las siguientes áreas: 1. Ciencias Naturales y Educación Ambiental. (Incluye emprendimiento, física y química) 2. Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Filosofía, Constitución Política y Democracia. (Cívica y Urbanidad) 3. Educación Artística. 4. Educación Ética y Valores Humanos. 5. Educación Física, Recreación y Deportes. 6. Educación Religiosa. 7. Humanidades. (Incluye Lengua castellana e Inglés como idioma extranjero) 8. Matemáticas. 9. Tecnología e Informática.
  • 63. 63 ARTÍCULO Nº 94.- NIVELES OFRECIDOS: El Colegio Divino Salvador ofrece los siguientes niveles: preescolar, educación básica, y educación media en los grados décimo y undécimo, en la modalidad de “Bachiller académico”. El Colegio puede celebrar convenios con Universidades que le permitan beneficiar a los estudiantes y les faciliten la adaptación a la educación superior. Si la demanda de los(as) estudiantes lo justifica, se continuará ofreciendo la modalidad en Negocios Internacionales o en Informática. ARTÍCULO Nº 95.- LA ADOPCIÓN DEL CURRÍCULO Y SUS MODIFICACIONES Éstas son efectuadas por el Consejo Directivo del Colegio Divino Salvador, mediante el mismo procedimiento señalado para el PES en el Artículo 15 del Decreto 1860, de 1994. Una vez adoptado, debe ser divulgado en la Comunidad Educativa y cualquier miembro de ella podrá dirigirse a la Rectora del plantel para solicitarle que presente ante el Consejo Directivo los ajustes o modificaciones que considere oportuno hacer, tanto a éstos, como al PES en general. CAPITULO XII PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD ARTÍCULO Nº 96.- REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO: 1. El Servicio Social Obligatorio hace parte integral del currículo y por ende, del Proyecto Educativo Institucional. 2. En los grados décimo y undécimo de educación media, los(as) estudiantes prestan el servicio social obligatorio contemplado por la ley. Su intensidad mínima es de ochenta horas de trabajo y puede desarrollarse a través de un proyecto pedagógico. ARTÍCULO Nº 97.- INTENSIDAD DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO La intensidad del Servicio Social Obligatorio se cumplirá de manera adicional al tiempo prescrito para las actividades pedagógicas y para las actividades lúdicas, culturales, deportivas y sociales de contenido educativo. La prestación del Servicio Social Obligatorio es requisito indispensable para la obtención del título de Bachiller. Las siguientes razones son causales de no aprobación del Servicio Social Obligatorio: 1. Completar tres faltas sin excusa justificada. 2. Incumplir reiteradamente con el trabajo asignado. 3. Irrespetar a cualquier persona con quienes tiene relación en función de su servicio social. 4. Presentarse en estado de embriaguez o bajo efectos de otras sustancias psicoactivas. 5. Incumplir el reglamento de la Institución donde se encuentra prestando el servicio social. 6. El servicio social no es recuperable. El (la) estudiante que sin causa justificada se retire o sea excluido, deberá reiniciarlo previa asignación de una persona responsable. El servicio social no se repite cuando el (la) estudiante no ha aprobado el grado. 7. La Institución brindará los soportes técnicos, pedagógicos y administrativos necesarios que requieran los(as) estudiantes para prestar el servicio social en las condiciones y requerimientos de cada uno de los proyectos pedagógicos definidos de acuerdo con el proyecto educativo institucional. PROYECTO SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO
  • 64. 64 ARTÍCULO Nº 98.- ASPECTO LEGAL El Servicio Social es un proyecto de cumplimiento obligatorio para todos los(as) estudiantes, como requisito para obtener el título de bachiller. (cfr.art.97 ley 115) ARTÍCULO Nº 99.- OBJETIVOS DEL PROYECTO SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO: Objetivo General: Contribuir a la formación integral de los (las) estudiantes favoreciendo el desarrollo de valores, especialmente solidaridad, protección, conservación y mejoramiento del ambiente, respeto, responsabilidad, liderazgo, sentido del trabajo y manejo del tiempo libre, mediante el cumplimiento de la normatividad vigente. Objetivos específicos: 1. Fomentar en los(as) estudiantes espíritu de servicio, colaboración, sensibilización y solidaridad 2. Despertar en los (as) estudiantes interés y motivación para servir a las comunidades e instituciones que lo requieran. 3. Afianzar la formación en valores tales como responsabilidad y liderazgo. 4. Generar estrategias que permitan a los estudiantes la inducción en asuntos laborales. ARTÍCULO Nº 100.- REGLAMENTO INTERNO DEL PROYECTO DE SERVICIO SOCIAL 1. El Servicio Social será prestado por estudiantes de grado 10º. En casos particulares y de acuerdo con la responsabilidad de los(as) estudiantes, la Rectora podrá autorizar la prestación de este servicio a estudiantes de grados 9º y 8º que cumplan con los requisitos y el perfil requerido. 2. Cada estudiante tiene que cumplir con una intensidad mínima de ochenta (80) horas de prestación del servicio. 3. La Institución ofrece lugares para alfabetizar a los (as) estudiantes responsables. Otros estudiantes deben buscarlo y presentarlo a la Institución para su aprobación. 4. Presentar al Colegio el horario acordado con el responsable del lugar donde se prestará el servicio. 5. Cuando por irresponsabilidad el estudiante no cumpliera este requisito en el periodo asignado y con el docente determinado, deberá pagar al año siguiente el costo de una profesora extra que le acompañe en el proceso que quedó pendiente para terminar el servicio. 6. Cuando por algún motivo no puedan cumplir con sus horarios de práctica deben avisar oportunamente y presentar excusa escrita. Tanto al responsable del programa en la Institución como el de la institución afectada deben estar dispuestos a participar en todo evento especial al cual se les cite, mostrándose como jóvenes líderes y emprendedores. 7. Mantener una excelente presentación personal 8. Mantener buenas relaciones personales y laborales. 9. Pedir la inducción que requieren. 10. Cada periodo se deberá traer diligenciado el control de tiempo que lleven de prestación del servicio para que este dato aparezca en el informe académico. 11. Asistir a las reuniones periódicamente y cuando el responsable los convoque. Esta reunión es extra-clase. 12. Todos los estudiantes que cumplen su Servicio Social en la Institución, hacen parte del grupo en eventos especiales programados para dar apoyo a los (as) jóvenes para cumplir con el proyecto institucional. Parágrafo 1: El responsable del servicio social por parte la Institución, estará en contacto con las instituciones aprobadas para la prestación del servicio ARTÍCULO 101. SANCIONES AL INCUMPLIMIENTO EN EL PROYECTO DE SERVICIO SOCIAL 1. El estudiante que sea retirado de la Institución donde esté realizando el servicio social por mal comportamiento, rendimiento deficiente o por cualquier otra causa, perderá el tiempo que lleve alfabetizando y tiene que buscar otra opción para iniciar el proyecto.
  • 65. 65 2. Cuando, por irresponsabilidad del estudiante, no cumpliera con la prestación del servicio en el grado 10º deberá pagar al año siguiente el costo de una profesora extra que le acompañe en el proceso que le quedó pendiente para terminar dicho servicio. CAPITULO XIII NORMAS DE HIGIENE Y SALUD PÚBLICA ARTÍCULO Nº 102.- ASEO DE LA PLANTA FISICA 3. La Institución velará por mantener un ambiente aseado y agradable que favorezca la salud física y mental. 4. Los empleados mantendrán las instalaciones en perfecto estado de limpieza. Los (as) estudiantes dejarán los sitios de descanso y demás dependencias completamente limpios. El aseo de los salones es responsabilidad de los(as) estudiantes quienes se organizarán por grupos no sólo para ordenar y asear el salón después de la jornada, sino para velar porque el salón permanezca limpio. 5. Cuando los salones permanecen limpios y ordenados, los (as) estudiantes srán estimulados y un empleado hará el aseo del respectivo salón. ARTÍCULO Nº 103.- SERVICIOS SANITARIOS 1. La Institución dispone de buenos servicios sanitarios. Los(as) estudiantes deberán velar por el cuidado y mantenimiento de ellos. Está prohibido escribir cualquier tipo de mensaje en las paredes y puertas de los mismos. Todo daño causado voluntariamente deberá ser cancelado en su totalidad por el infractor, además debe asumir los efectos disciplinarios que la falta conlleva. 2. La utilización de los servicios sanitarios debe hacerse al comienzo de los descansos. Durante las clases se permitirá sólo en casos de absoluta necesidad, y siempre con permiso del docente encargado. 3. En el área de servicios sanitarios no se debe permanecer más que el tiempo estrictamente necesario y mantener siempre una conducta digna, evitando conversaciones, gritos, arrojar agua, etc. ARTÍCULO Nº 104.- NORMAS DE HIGIENE PERSONAL: Los(as) estudiantes del Colegio Divino Salvador, deben presentarse en completo orden y limpieza personal. 1. Hacer uso del baño diario. 2. Usar el pañuelo como prenda de uso personal diario. 3. Atender el cuidado de uñas, dientes, oídos, cabello. 4. Efectuar el cambio diario de ropa para evitar enfermedades infecciosas. 5. Estar al día con las vacunas correspondientes a su edad. 6. En caso de epidemia de piojos se debe proceder al tratamiento para desparasitarse. 7. Hacerse los tratamientos médicos adecuados para curar y prevenir enfermedades que afecten su desarrollo físico. 8. En caso de que le sea requerido o se le sugiera tratamiento psicológico, o fisiológico, debe presentar las evidencias de que lo está recibiendo. ARTÍCULO Nº 105.- PRESENTACIÓN PERSONAL: La presentación personal es una norma de educación y buenas costumbres, que debe mostrar naturalidad. El corte de cabello, el peinado, el aseo, el uniforme y en general, la presentación personal deben estar acordes con el proceso de educación integral propio de la Institución.
  • 66. 66 De acuerdo con las disposiciones reglamentarias existentes y teniendo en cuenta la “Filosofía Salvatoriana”, queremos resaltar nuestra IDENTIDAD. El uniforme es requisito indispensable dentro de la Institución, por lo tanto, debe ser portado por los (as) estudiantes, de forma adecuada, desde el primer día de clase hasta el último, sea del grado que sea. El uniforme con el escudo y colores la Institución ayuda a crecer en la propia identidad estudiantil y a tener sentido de pertenencia. El mismo sirve indirectamente a eliminar distinciones y clases sociales, para formar en la identidad de la Familia Salvatoriana donde se procura fomentar y crecer en valores tales como fraternidad, igualdad, respeto, sentido de pertenencia, limpieza, economía, colaboración, solidaridad, etc. ARTÍCULO Nº 106. - SALUD PÚBLICA Los salones de clase y demás dependencias de la Institución, como biblioteca, cafetería, canchas de juego, corredores, son lugares privilegiados para el aprendizaje y el sano esparcimiento. Por lo tanto es deber de los(as estudiantes(as) colaborar en el orden y limpieza de los mismos asumiendo las siguientes actitudes: 1. No arrojar basuras al piso. 2. Cuidar los muebles, equipos y materiales utilizados. 3. Mantener limpios y decorados los salones de clase, evitando pegar objetos que deterioren la pintura. 4. Colaborar con el aseo del salón, del baño asignado para el grupo, según los turnos correspondientes. 5. Favorecer un ambiente agradable, propicio para la comunicación y la concentración evitando ruidos y gritos que perturben el ambiente de estudio. 6. Cuando un (una) estudiante, o cualquier miembro de la Institución padezca una enfermedad contagiosa, evitará el contacto con el resto de la Comunidad Educativa. 7. Cuidar las plantas y demás elementos del entorno. ARTICULO Nº 107. SEGURO DE ACCIDENTES. 1. La Institución recomienda a los padres, madres y o acudientes, la adquisición del Seguro de Accidentes que garantice la atención inmediata a los (as) estudiantes. Dado que en la atención de las EPS no está garantizado por todo el año seguro de accidentes, debe contratarse por todo el año. 2. La Institución velará por la atención oportuna e inmediata en caso de accidente. 3. Campañas preventivas para proteger la salud. El Comité de Bienestar, a través de la implementación del proceso respectivo, velará por la realización de campañas preventivas para evitar contagios y adquisición de enfermedades masivas. 4. En caso que un (una) estudiante, atendido en psico-orientación o en la enfermería, requiriera una asistencia especial, se avisará a los padres para que lo remitan a la persona o entidad indicada. Si no se localiza a los padres o acudientes, la Institución tomará las medidas que crea convenientes y más oportunas. 5. La Auxiliar de enfermería deberá informar si el paciente tiene alguna prescripción sobre el uso de algunos medicamentos o por tratamiento que esté llevando a cabo. ESPECIALES DE BIENESTAR SERVICIOS ARTÍCULO 108. SERVICIOS DE BIENESTAR: El Colegio cuenta con servicios de psico-orientación, primeros auxilios y capellanía. Estos se prestan bajo los siguientes parámetros: 1. No tienen ningún costo para quienes lo soliciten. 2. Las citas deben pedirse directamente en la respectiva dependencia. 3. Los (as) estudiantes reciben este servicio remitidos por un docente, por solicitud personal o de sus padres. 4. Asumir cumplidamente el horario asignado. 5. Los (as) estudiantes que acudan a cualquiera de estos servicios deben pedir al profesional que los(as) atendió la constancia escrita de la hora en la cual terminó su cita. Ésta le autoriza para ingresar al aula de clase. 6. El usuario que incumpla reiteradamente las citas asignadas perderá el derecho a la prestación de los servicios.
  • 67. 67 7. La psicóloga del Colegio evaluará las situaciones de los estudiantes y de acuerdo a un diagnostico inicial y lo remitirá a un profesional externo. ARTÍCULO Nº 109.- HORARIOS DE ATENCION Rectoría: Para asegurar la atención oportuna, la Rectora dará cita previa a quienes lo soliciten. Estas citas se piden en Recepción. Docentes y psico-orientación: Las citas con docentes se solicitan a través de Cibercolegios o en el cuaderno de la asignatura correspondiente. Oficinas de Tesorería y Secretaría: Lunes, martes, jueves y viernes de 7 a 1 p.m. Los (as) estudiantes sólo serán atendidos en las horas de los descansos. ARTÍCULO 110. CAFETERÍA 1. El servicio se presta de acuerdo a las posibilidades locativas del Colegio y a las capacidades económicas de los(as) estudiantes. De ellos(as) se espera un comportamiento que demuestre cultura, orden y delicadeza. 2. Los precios de los productos que se distribuyen en la cafetería, estarán en lugares visibles y de fácil lectura. la Institución velará por la calidad y los precios de los productos. 3. Una vez que suene la señal, se suspenden las ventas y los (as) estudiantes deben abandonar el recinto. 4. Atendiendo a la ley 1355, del 14 de octubre de 2009 (Ley de la Obesidad), la tienda escolar ofrecerá productos que promuevan adecuados hábitos de alimentación como frutas, verduras, jugos naturales. ARTÍCULO Nº 111. MODIFICACIÓN AL MANUAL DE CONVIVENCIA La modificación del Manual de Convivencia se llevará a cabo por el Consejo Directivo. El procedimiento es el siguiente: 1. Las propuestas de modificación serán presentadas por escrito a la Rectora, debidamente motivadas y justificadas. Estas propuestas se presentarán antes del primero de septiembre de cada año escolar. 2. El Consejo Directivo estudia las propuestas y decide sobre su aceptación total o parcial o si se rechaza, y formula sus propias iniciativas, si lo juzga pertinente. En caso de ser aceptadas, el Consejo Directivo elabora su propia formulación, las aprueba y ordena su incorporación al P.E.S. 3. La Rectora formalizará la modificación mediante Resolución Rectoral. ADVERTENCIAS FINALES: 1. Cada vez que en el presente Manual de Convivencia aparezcan términos de contenidos no perfectamente definidos y que por lo mismo se presten a diversas interpretaciones y discusiones, la interpretación concreta del alcance y significado de los mismos corresponde a la Rectoría y al Consejo Directivo, según su competencia. 2. El hecho de que una norma no aparezca en este Manual de Convivencia no significa que no pueda exigirse por parte de la Rectora u otros directivos de la Institución. 3. Si después de aprobado el Manual de Convivencia, aparece alguna legislación oficial que derogue la vigente, ésta será publicada en la página Web de la Institución, en Cibercolegios y circular física, se considera automáticamente modificado en los puntos en que la legislación nueva lo afecte, sin perjuicio de las apelaciones a que hubiere lugar. Publíquese y cúmplase! Firma Hna Olga Sepúlveda Espitia Rectora