MECANISMOS ALTERNOS PARA
SOLUCION DE CONFLICTOS
Mag. Miguel Ramón Mejía Cáez
MECANISMOS ALTERNOS PARA SOLUCION DE
CONFLICTOS.
Los MASC son conocidos en América Latina como el uso
alternativo del derecho, concebido más que como un
Derecho Alternativo que como un uso alternativo
del derecho, impulsado a través de los servicios
legales alternativos. La razón de existir de este uso
alternativo es la activa participación de las
comunidades en la solución de los conflictos
mediante metodologías y estrategias que promuevan
su organización, la difusión del derecho y su
capacidad de contribuir a la elaboración de norma
jurídica. (Ochoa, 2002)
1. Participación democrática (MASC)
La participación democrática en las instituciones
educativas, es aquella donde los alumnos y alumnas
son protagonistas de su educación participando en
aquellos aspectos del proceso formativo que es
posible dejar en sus manos.
Una escuela democrática persigue que la participación
de los alumnos y alumnas, las responsabilidades de
profesores y profesoras, padres y madres de familia
se complementen de acuerdo a las edades y
circunstancias de cada centro escolar.
2 La negociación o arreglo directo (MASC)
• La Negociación o Arreglo Directo, es
el proceso de interacción entre dos o
más partes que buscan llegar a un
acuerdo manejando el conflicto de
forma efectiva, con una comunicación
adecuada que les permita alcanzar las
metas que ambas partes se han
propuesto.
3. Mediación Paritaria (MASC)
Figura por medio de la cual las partes
involucradas en un conflicto buscan la
solución al mismo, con la colaboración de un
tercero imparcial denominado mediador o par.
Este ayuda a las partes a aclarar sus intereses
y a facilitar un camino para que ellas mismas
encuentren la solución.
4. Conciliación (MASC)
• "Conciliar" se deriva del vocablo latino "Conciliare",
que según el Diccionario de la Real Academia de la
Lengüa Española, significa componer, ajustar los
ánimos de quienes estaban opuestos entre sí.

Es un conjunto de actividades a través de las cuales las
personas envueltas en un conflicto lo resuelven con la
intervención de un tercero imparcial y facilitador
llamado conciliador la conciliación puede ser en:
• Equidad
• Derecho
CONCILIACION EN EQUIDAD
• LOS TRIBUNALES SUPERIORES DEL DISTRITO JUDICIAL
DE LA JURISDICCIÓN ORDINARIA DE LAS CIUDADES
SEDES DE ESTOS Y LOS JUECES PRIMEROS DEL MAYOR
NIVEL JARARQUICO EN LOS DEMAS MUNICIPIOS DEL
PAIS, ELIGIRÁN CONCILIADORES EN EQUIDAD DE LISTAS
QUE PRESENTEN PARA SU CONSIDERACIÓN LAS
ORGANIZACIONES CIVICAS DE LOS
CORRESPONDIENTES BARRIOS, CORREGIMIENTOS Y
VEREDAS QUE LO CONFORMAN.
• BAJO ESTA PRESPECTIVA PARA EL AÑO 2019, TODOS
LOS MUNICIPIOS DEL PAIS DEBEN CONTAR CON ESTE
SISTEMA
Conciliación con equidad
Conforme a lo establecido en la Ley 23 de 1991, 446 de 1998 y el
Decreto 1818 de 1998.

El Programa Nacional de Justicia en Equidad, que en la
actualidad adelanta el Ministerio del Interior y de Justicia, ha
diseñado, gestionado y evaluado las diferentes iniciativas
relacionadas con la resolución pacíficade conflictos que utilizan
la equidad como un criterio esencial a la hora de su aplicación.
Entre ellas se destaca la figura de la Conciliación en Equidad, la
cual ha permitido que más de 222 municipios del país, disfruten
de los beneficios de este Mecanismo Alternativo de Solución de
Conflictos, durante los 16 años de su existencia, mostrando
resultados efectivos mediante la participación de la sociedad civil
en la resolución de las diferencias cotidianas y contribuyendo en
el incremento de los niveles
CONCILIACIÓN EN EQUIDAD
• Mejorar la convivencia pacífica en los diferentes
municipios y departamentos del país.
• Involucrar a los gobiernos locales en el desarrollo
de iniciativas ligadas con la Resolución Pacífica de
los conflictos.
• Vincular a las ciudadanas y ciudadanos con el
sector Justicia involucrándolo en la resolución
pacífica de los conflictos.
• Potenciar en un Grupo de poblacional escogida
por la propia comunidad habilidades para la
resolución de conflictos y promoción de justicia.
Conciliación en equidad
• Promover la acción voluntaria y la participación de la
sociedad civil en lo público.
• Vincular a la Rama Judicial, en especial a la local, en el
reconocimiento, acompañamiento y seguimiento de las
y los Conciliadores en Equidad.
• Armonizar la legislación existente para que se
armonice con la realidad presente de la Justicia en
Equidad del país.
• Lo invitamos pues, a participar activamente en el grupo
de ciudadanos y ciudadanas comprometidos.
ACTA DE CONCILIACIÓN
• DEL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, LAS PARTES Y EL
COCILIADOR LEVANTARAN UN ACTA EN LA CUAL CONSTE EL
ACUERDO. ESTA ACTA TENDRÁ EL CARÁCTER DE COSA
JUZGADA Y PRESTARÁ MERITO EJECUTIVO EN LO QUE HAYA
SIDO OBJETO DE CONCILIACIÓN (art. 109, ley 446 de 1998).
• LA AUTORIDAD JUDICIAL NOMINADORA DE LOS
CONCILIADORES EN EQUIDAD, REMITIRÁ COPIA DE LOS
NOMBRAMINETOS EFECTUADOS A LA DIRECCIÓN GENERAL
DE PREVENCIÓN Y COCILIACIÓN DEL MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DEL DERECHO (art.110, ley 446 de 1998)
• EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DE CONCILIADOR EN
EQUIDAD SE REALIZARÁ EN FORMA GRATUITA.
MISION DEL PROGRAMA
• “Fortalecer y consolidar los Mecanismos
Alternativos de Solución de Conflictos MASC,
que tienen como objetivo desarrollar la
convivencia comunitaria, utilizando el criterio
de la equidad como una herramienta esencial de
su aplicación, en especial la figura de la
conciliación en equidad”.
Resultados de la conciliación en
equidad
En coherencia con lo anteriormente planteado, este trabajo se orienta al alcance de
los siguientes resultados:
• Mejorar la convivencia pacífica en los diferentes municipios y departamentos del
país.
• Vincular a las ciudadanas y ciudadanos con el sector Justicia involucrándolo en la
resolución pacífica de los conflictos.
• Potenciar la labor de los conciliadores y conciliadoras, a través de la apropiación
de herramientas que permitan fortalecer su campo de acción y el impacto que sus
actuaciones tienen en sus comunidades, mediante la apropiación de metodologías
y prácticas asociadas a la Justicia Restaurativa.
• Conducir la operación de la Conciliación en Equidad hacia un escenario de
prácticas restauradoras en el que se privilegie el perdón, la reconciliación y la
reparación del daño, en aras de orientar las acciones de sus operadores desde una
perspectiva transformadora basada en las prácticas que sustentan la Justicia
Restaurativa
CONCILIACIÓN EN DERECHO
• La conciliación, en Derecho, es un medio
alternativo para solucionar conflictos, a través
del cual las partes resuelven directamente
unlitigio con la intervención o colaboración de
un tercero.
• Existen dos tipos de conciliación:
la conciliación prejudicial y la conciliación
judicial.
CONCILIACIÓN PREJUDICIAL
• La conciliación prejudicial es un medio
alternativo al proceso judicial, es decir,
mediante ésta las partes resuelven sus
problemas sin tener que acudir a un juicio.
Resulta un mecanismo flexible, donde el
tercero que actúa o interviene puede ser
cualquier persona y el acuerdo al que llegan
las partes suele ser un acuerdo de
tipo transaccional. Es decir, es homologable a
una transacción.
CONCILIACIÓN JUDICIAL
• La conciliación judicial es un medio alternativo
a la resolución del conflicto mediante
una sentencia; en este sentido es una forma
especial de conclusión del proceso judicial. El
tercero que dirige esta clase de conciliación es
naturalmente el juez de la causa, que además
de proponer bases de arreglo, homologa o
convalida lo acordado por las partes,
otorgándole eficacia de cosa juzgada, dentro
del marco de la legalidad.
DIFERENCIAS ENTRE LA
CONCILIACIÓN JUDICIAL Y
EXTRAJUDICIAL

• La Conciliación Extrajudicial, a diferencia de
aquella realizada dentro de un proceso, es mucho
más flexible; genera características propias;
fomenta la creatividad entre las partes, y sobre
todo tiene bien definido su marco de acción en
cuanto a la orientación que se le debe dar al
conflicto.
Entre las diferencias que se pueden presentar
están:
Diferencia entre…
Nivel de solución: En el Proceso Judicial se busca
enfocar cuáles son las pretensiones o exigencias
planteadas en la demanda, contestación o en su
caso en la reconvención.
La Conciliación Extrajudicial, se centra en resolver
problemas manifestados en la solicitud de
conciliación o que surjan durante la respectiva
Audiencia, con la finalidad de dar
posibles soluciones que satisfagan los intereses y
necesidades de ambas partes.
Criterio de Solución.
• En el Proceso Judicial se busca interpretar y
aplicar la norma correcta para solucionar el
conflicto.
• En la Conciliación Extrajudicial existe un marco
amplio que garantiza la legalidad de los
acuerdos sin la necesidad que sea la norma la
que respalde en estos casos.
Contexto
• En el Proceso Judicial se sigue una Orientación
Adversarial -Confrontacional.
• En la Conciliación Extrajudicial se persigue una
Orientación Negocial o Estratégico - Racional,
es decir un ambiente de cooperación para
lograr la solución del problema.
Personajes
• En el Proceso Judicial quien interviene es el
Juez
• En la Conciliación Extrajudicial intervienen el
conciliador y las partes
FINES DE LA CONCILIACIÓN
EXTRAJUDICIAL
• La Conciliación Extrajudicial, de acuerdo a lo antes
expresado, busca que las partes -con asistencia del
conciliador-puedan:
• Lograr su propia solución en base a la creatividad.
• Promover la comunicación, entendimiento mutuo y
empatía.
• Mejorar sus relaciones.
• Minimizar, evitar o mejorar la participación en el
sistema judicial.
• Trabajar conjuntamente hacia el logro de un
entendimiento mutuo para resolver un conflicto.
PRINCIPIOS DE LA CONCILIACIÓN
EXTRAJUDICIAL
• Neutralidad: es decir, que no exista vínculo con alguna
de las partes. Esto es más para evitar la aparición de un
nuevo conflicto de intereses cuando se cumple con
las funciones conciliatorias. Si se rompe con dicha
neutralidad, pueden suceder dos situaciones: Que se
desista el mismo conciliador.
Que lo soliciten las mismas partes.
Imparcialidad: constituye un estado mental que debe
conservar el conciliador durante el desarrollo de
sus servicios. Es en sí el compromiso que el propio
conciliador asume para ayudar a las partes.
PRINCIPIOS de la con…extr…
• Confidencialidad: guarda relación con la
información que es recibida por el conciliador,
la cual es confidencial, es decir que no puede
ser revelada a nadie. Este principio presenta
también excepciones, es decir que el
conciliador puede romper ese deber de
confidencialidad cuando advierte que hay de
por medio un delito o que se va a producir un
atentado contra la integridad de una persona.
PRINCIPIOS con…extra…
• Empoderamiento o simetría de Poder: no se
encuentra previsto en la Ley. Se busca que
exista un aceptable equilibrio de poder entre
las partes, porque de lo contrario generaría
un proceso conciliatorio plagado de medidas
coercitivas, provocando un acuerdo injusto.
PRINCIPIOS con…extra….
• Buena fe y Veracidad: es una obligación de las
partes de conducirse con buena fe y veracidad
durante la Audiencia Conciliatoria. La Buena
fe se vincula con la información que maneja el
conciliador. El conciliador debe formular las
alternativas suficientes para poder resolver el
conflicto. En relación a la veracidad se está
haciendo referencia a que la información que
se maneje sea fidedigna.
PRINCIPIOS con…extra…
• Celeridad y Economía: son dos principios
característicos de los Mecanismos Alternativos
de Resolución de Conflictos.
• Voluntariedad: es un principio autónomo. Las
partes son las únicas para tomar una decisión
para solucionar el conflicto. La autonomía de
la voluntad también tiene límites, los mismos
referidos a que no se debe contravenir al
orden público y a las buenas costumbres.
FASES DE LA CONCILIACIÓN
• Preparación: Comprende los actos previos que el
conciliador realiza para crear un clima de confianza y
de las mejores condiciones.
• Presentación: llamada también fase introductiva. El
conciliador realiza un monólogo donde se busca
identificar a las partes y presentarlas. Es lograr que se
ubiquen en el ambiente, y recibir información sobre
qué son los MARCS y cómo se realizará la Audiencia
Conciliatoria.
Versiones parciales: es la fase donde se discuten
hechos y se escuchan las versiones de ambas partes.
Fases cont.
• Redefinición del Conflicto: se elabora una
especie de lista donde se plasman los puntos
controvertidos, se redefine el conflicto y se
determina cuáles son los intereses de las partes.
• Búsqueda de soluciones: esto promueve la
creatividad entre las partes y el conciliador. Aquí
se articulan intereses y se propicia el logro de
soluciones satisfactorias.
Acuerdo: es el resultado que pone fin al conflicto
entre las partes.
GRACIAS

Más contenido relacionado

PPT
Tipos de sindicatos --
PPTX
Derecho colectivo del trabajo (1)
PPT
Sesiones 6, 7, 8, 9 y 10 interpretación de la ley fiscal
PPTX
Sociedad cooperativa presentacion
PPTX
Sociedad de responsabilidad limitada s. de r.l.
PDF
03 cooperativismo en méxico y el mundo
PPTX
Sociedades de responsabilidad limitada
 
PPTX
Disolución y liquidación de sociedades
 
Tipos de sindicatos --
Derecho colectivo del trabajo (1)
Sesiones 6, 7, 8, 9 y 10 interpretación de la ley fiscal
Sociedad cooperativa presentacion
Sociedad de responsabilidad limitada s. de r.l.
03 cooperativismo en méxico y el mundo
Sociedades de responsabilidad limitada
 
Disolución y liquidación de sociedades
 

La actualidad más candente (20)

DOCX
Ensayo sobre el IVA
PPTX
El Arbitraje Comercial Internacional
PDF
Mapa conceptual-derecho-mercantil-docx
PPTX
Sociedad De Responsabilidad Limitada
PPT
Cosas mercantiles i
PPTX
Metódos alternativos de solución de conflictos .
PPTX
Mapa Conceptual de Sociedad Anonima
PPTX
Asociación civil
PPT
Organización Mundial para el Comercio OMC
PPT
Derecho fiscal
PPTX
integración y derecho comunitario
PPTX
Niveles de integración económica de los acuerdos comerciales
PPT
Sociedad colectiva
PPT
Sociedades Por Acciones Simplificadas
PPTX
Las cooperativas
PPT
Derecho mercantil
PPTX
Articulos 1 29
PPTX
Derecho Internacional (diferencias y similitudes)
PPTX
Ensayo sobre el IVA
El Arbitraje Comercial Internacional
Mapa conceptual-derecho-mercantil-docx
Sociedad De Responsabilidad Limitada
Cosas mercantiles i
Metódos alternativos de solución de conflictos .
Mapa Conceptual de Sociedad Anonima
Asociación civil
Organización Mundial para el Comercio OMC
Derecho fiscal
integración y derecho comunitario
Niveles de integración económica de los acuerdos comerciales
Sociedad colectiva
Sociedades Por Acciones Simplificadas
Las cooperativas
Derecho mercantil
Articulos 1 29
Derecho Internacional (diferencias y similitudes)
Publicidad

Destacado (20)

PPT
Módulo 2 introducción a los mecanismos rac-
PPTX
Medios de resolución de conflictos
PPTX
Mediacion
PPTX
La conciliación
PPT
PPT
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 7
PPT
Mecanismos alternos de solución de controversias Código Nacional de Procedimi...
PPT
Resolucion de conflictos en el aula
PPTX
Clase numero 03 clasificacion de los masc y conciliacion en equidad 2016
PPT
La Transaccion
PPTX
Preguntas guias
PPTX
Diapositivas exposicion solucion alternativa de c
PPTX
Valoración, conservación y defensa del patrimonio histórico
PPTX
Diapositivas solucion alternativa de conflictos
PPTX
Respeto a la diversidad cultural
PPT
Medios Alternos I
PPTX
Valoración, conservación y defensa del patrimonio histórico
PPTX
Métodos alternativos de resolución de conflictos
PPTX
Acciones o medios de Control del Contencioso administrativo Colombiano
PPT
Obligaciones
Módulo 2 introducción a los mecanismos rac-
Medios de resolución de conflictos
Mediacion
La conciliación
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 7
Mecanismos alternos de solución de controversias Código Nacional de Procedimi...
Resolucion de conflictos en el aula
Clase numero 03 clasificacion de los masc y conciliacion en equidad 2016
La Transaccion
Preguntas guias
Diapositivas exposicion solucion alternativa de c
Valoración, conservación y defensa del patrimonio histórico
Diapositivas solucion alternativa de conflictos
Respeto a la diversidad cultural
Medios Alternos I
Valoración, conservación y defensa del patrimonio histórico
Métodos alternativos de resolución de conflictos
Acciones o medios de Control del Contencioso administrativo Colombiano
Obligaciones
Publicidad

Similar a MECANISMOS ALTERNOS PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO III) (20)

PPTX
ORIGEN DE LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLICION DE CONTROVERSIAS (4).pptx
PPTX
Presentación de mediación e interculturalidad
PDF
Cuadro comparativo masc
PPTX
Sandra oliveros jurisprudencia-noticias
PPTX
Métodos alternativos de solución masc
DOCX
Grupo 3 modulo medios alternativos para solucionar conflictos (masc)
PPTX
OPEN CLASS 2 JUSTICIA RESTAURATIVA Y LOS MASC.pptx
DOCX
Medios alternos
DOCX
Grupo 3 modulo medios alternativos para solucionar conflictos (masc)
DOCX
Grupo 3 modulo medios alternativos para solucionar conflictos (masc)
PPTX
Diapositivas 01 set
PDF
ENJ100 - Curso Resolución Alterna de Conflictos
 
PPTX
Convivencia en democrática - Mecanismos de resolución de conflictos
PPTX
ENJ-100: Curso Resolución Alterna de Conflictos - Módulo II - La Conciliació...
 
PPTX
Curso Resolución Alterna de Conflicto - módulo 2.ppt
 
PPTX
Mediación en el contexto de Pachuca
PPTX
Tesis diapositova
PDF
generalidades de los mecanismos alternativos a la solucion de controversias.pdf
ORIGEN DE LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLICION DE CONTROVERSIAS (4).pptx
Presentación de mediación e interculturalidad
Cuadro comparativo masc
Sandra oliveros jurisprudencia-noticias
Métodos alternativos de solución masc
Grupo 3 modulo medios alternativos para solucionar conflictos (masc)
OPEN CLASS 2 JUSTICIA RESTAURATIVA Y LOS MASC.pptx
Medios alternos
Grupo 3 modulo medios alternativos para solucionar conflictos (masc)
Grupo 3 modulo medios alternativos para solucionar conflictos (masc)
Diapositivas 01 set
ENJ100 - Curso Resolución Alterna de Conflictos
 
Convivencia en democrática - Mecanismos de resolución de conflictos
ENJ-100: Curso Resolución Alterna de Conflictos - Módulo II - La Conciliació...
 
Curso Resolución Alterna de Conflicto - módulo 2.ppt
 
Mediación en el contexto de Pachuca
Tesis diapositova
generalidades de los mecanismos alternativos a la solucion de controversias.pdf

Más de Escueladerechoshumanosuccibague (20)

PPT
Teoría general de proceso
PPTX
Teoría general del proceso
PDF
Acta de acuerdo pedagógico 2014
DOC
Acta de acuerdo pedagogico.2014docx (1)
PPTX
Presentación Decreto Víctimas
PPTX
Violencia y sociedad
POT
El derecho a la igualdad
PPTX
El uso de la fuerza por la Policía
PPTX
Presentación población vulnerable
PPT
PONENCIA LEY DE VÍCTIMAS (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO VI)
PPT
DECRETO VÍCTIMAS (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO VI)
PPT
DIH (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO V)
PPTX
SISTEMA IDH (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO IV)
PPT
PROTECCIÓN DEL DIH (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO IV)
PPTX
CORTE INTERAMERICANA DERECHOS HUMANOS - FOLLETO (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO IV)
PPTX
EL USO DEL DISCURSO DE LOS DERECHOS HUMANOS (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO III)
PPT
PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL DE LOS DDHH ((DIPLOMADO FUNDES MÓDULO 2)
PPT
BREVE HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO 2)
PPTX
Estado social de derecho
PPSX
Modelo Manuales de Convivencia en las Instituciones Educativas
Teoría general de proceso
Teoría general del proceso
Acta de acuerdo pedagógico 2014
Acta de acuerdo pedagogico.2014docx (1)
Presentación Decreto Víctimas
Violencia y sociedad
El derecho a la igualdad
El uso de la fuerza por la Policía
Presentación población vulnerable
PONENCIA LEY DE VÍCTIMAS (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO VI)
DECRETO VÍCTIMAS (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO VI)
DIH (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO V)
SISTEMA IDH (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO IV)
PROTECCIÓN DEL DIH (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO IV)
CORTE INTERAMERICANA DERECHOS HUMANOS - FOLLETO (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO IV)
EL USO DEL DISCURSO DE LOS DERECHOS HUMANOS (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO III)
PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL DE LOS DDHH ((DIPLOMADO FUNDES MÓDULO 2)
BREVE HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO 2)
Estado social de derecho
Modelo Manuales de Convivencia en las Instituciones Educativas

Último (20)

PDF
El tiempo de las moscas- Claudia Piñeiro
PDF
FUNDACIÓN DE HUANCAVELICA - Autor Pedro C.
PPTX
la materia y sus interacciones (1) 2025.pptx
PDF
Ciencias Sociales para Primer Ciclo de la Media
PDF
PLANEACIÓN_Uso de plataformas y Redes virtuales_LGE_ 2025.pdf
PDF
PLANEACIÓN_Introd Educ a Distancia_MGE_ 2025.pdf
PPTX
ACTIVIDAD-JUEVES 4 DE SEPTIEMBRE-PM1.pptx
PDF
Es el Listado de libros y materiales-2.pdf
PDF
Fundamentos de Integridad Académica y plagio académico
PDF
REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2025
PDF
cPqi6COJwu-Sistemas_Produccion_Pecuaria (1).pdf
PDF
Es elListado de libros y materiales-1.pdf
PPTX
Semana2-TEMAS-SELEC-MATE1-del 18 al 22 de agosto 2025.pptx
PDF
SeguimientoalaapropiaciondelPlanyProgramasdeestudi_2024-10-03_23-15-16.pdf
DOCX
ProgramaAnalíticoFase5Del6toGrado25-26ME.docx
PDF
Manejo estandarizado de líneas vasculare
PDF
Es el Listado de libros y materiales-3.pdf
PPTX
Semana 3-del 25 al 29 de agosto 2025.pptx
PDF
cuyes_lara.pdf - libro de información para el área de Arqueológica
PDF
Tu Naciste Rico- Bob Proctor Ccesa007.pdf
El tiempo de las moscas- Claudia Piñeiro
FUNDACIÓN DE HUANCAVELICA - Autor Pedro C.
la materia y sus interacciones (1) 2025.pptx
Ciencias Sociales para Primer Ciclo de la Media
PLANEACIÓN_Uso de plataformas y Redes virtuales_LGE_ 2025.pdf
PLANEACIÓN_Introd Educ a Distancia_MGE_ 2025.pdf
ACTIVIDAD-JUEVES 4 DE SEPTIEMBRE-PM1.pptx
Es el Listado de libros y materiales-2.pdf
Fundamentos de Integridad Académica y plagio académico
REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2025
cPqi6COJwu-Sistemas_Produccion_Pecuaria (1).pdf
Es elListado de libros y materiales-1.pdf
Semana2-TEMAS-SELEC-MATE1-del 18 al 22 de agosto 2025.pptx
SeguimientoalaapropiaciondelPlanyProgramasdeestudi_2024-10-03_23-15-16.pdf
ProgramaAnalíticoFase5Del6toGrado25-26ME.docx
Manejo estandarizado de líneas vasculare
Es el Listado de libros y materiales-3.pdf
Semana 3-del 25 al 29 de agosto 2025.pptx
cuyes_lara.pdf - libro de información para el área de Arqueológica
Tu Naciste Rico- Bob Proctor Ccesa007.pdf

MECANISMOS ALTERNOS PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO III)

  • 1. MECANISMOS ALTERNOS PARA SOLUCION DE CONFLICTOS Mag. Miguel Ramón Mejía Cáez
  • 2. MECANISMOS ALTERNOS PARA SOLUCION DE CONFLICTOS. Los MASC son conocidos en América Latina como el uso alternativo del derecho, concebido más que como un Derecho Alternativo que como un uso alternativo del derecho, impulsado a través de los servicios legales alternativos. La razón de existir de este uso alternativo es la activa participación de las comunidades en la solución de los conflictos mediante metodologías y estrategias que promuevan su organización, la difusión del derecho y su capacidad de contribuir a la elaboración de norma jurídica. (Ochoa, 2002)
  • 3. 1. Participación democrática (MASC) La participación democrática en las instituciones educativas, es aquella donde los alumnos y alumnas son protagonistas de su educación participando en aquellos aspectos del proceso formativo que es posible dejar en sus manos. Una escuela democrática persigue que la participación de los alumnos y alumnas, las responsabilidades de profesores y profesoras, padres y madres de familia se complementen de acuerdo a las edades y circunstancias de cada centro escolar.
  • 4. 2 La negociación o arreglo directo (MASC) • La Negociación o Arreglo Directo, es el proceso de interacción entre dos o más partes que buscan llegar a un acuerdo manejando el conflicto de forma efectiva, con una comunicación adecuada que les permita alcanzar las metas que ambas partes se han propuesto.
  • 5. 3. Mediación Paritaria (MASC) Figura por medio de la cual las partes involucradas en un conflicto buscan la solución al mismo, con la colaboración de un tercero imparcial denominado mediador o par. Este ayuda a las partes a aclarar sus intereses y a facilitar un camino para que ellas mismas encuentren la solución.
  • 6. 4. Conciliación (MASC) • "Conciliar" se deriva del vocablo latino "Conciliare", que según el Diccionario de la Real Academia de la Lengüa Española, significa componer, ajustar los ánimos de quienes estaban opuestos entre sí. Es un conjunto de actividades a través de las cuales las personas envueltas en un conflicto lo resuelven con la intervención de un tercero imparcial y facilitador llamado conciliador la conciliación puede ser en: • Equidad • Derecho
  • 7. CONCILIACION EN EQUIDAD • LOS TRIBUNALES SUPERIORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA JURISDICCIÓN ORDINARIA DE LAS CIUDADES SEDES DE ESTOS Y LOS JUECES PRIMEROS DEL MAYOR NIVEL JARARQUICO EN LOS DEMAS MUNICIPIOS DEL PAIS, ELIGIRÁN CONCILIADORES EN EQUIDAD DE LISTAS QUE PRESENTEN PARA SU CONSIDERACIÓN LAS ORGANIZACIONES CIVICAS DE LOS CORRESPONDIENTES BARRIOS, CORREGIMIENTOS Y VEREDAS QUE LO CONFORMAN. • BAJO ESTA PRESPECTIVA PARA EL AÑO 2019, TODOS LOS MUNICIPIOS DEL PAIS DEBEN CONTAR CON ESTE SISTEMA
  • 8. Conciliación con equidad Conforme a lo establecido en la Ley 23 de 1991, 446 de 1998 y el Decreto 1818 de 1998. El Programa Nacional de Justicia en Equidad, que en la actualidad adelanta el Ministerio del Interior y de Justicia, ha diseñado, gestionado y evaluado las diferentes iniciativas relacionadas con la resolución pacíficade conflictos que utilizan la equidad como un criterio esencial a la hora de su aplicación. Entre ellas se destaca la figura de la Conciliación en Equidad, la cual ha permitido que más de 222 municipios del país, disfruten de los beneficios de este Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos, durante los 16 años de su existencia, mostrando resultados efectivos mediante la participación de la sociedad civil en la resolución de las diferencias cotidianas y contribuyendo en el incremento de los niveles
  • 9. CONCILIACIÓN EN EQUIDAD • Mejorar la convivencia pacífica en los diferentes municipios y departamentos del país. • Involucrar a los gobiernos locales en el desarrollo de iniciativas ligadas con la Resolución Pacífica de los conflictos. • Vincular a las ciudadanas y ciudadanos con el sector Justicia involucrándolo en la resolución pacífica de los conflictos. • Potenciar en un Grupo de poblacional escogida por la propia comunidad habilidades para la resolución de conflictos y promoción de justicia.
  • 10. Conciliación en equidad • Promover la acción voluntaria y la participación de la sociedad civil en lo público. • Vincular a la Rama Judicial, en especial a la local, en el reconocimiento, acompañamiento y seguimiento de las y los Conciliadores en Equidad. • Armonizar la legislación existente para que se armonice con la realidad presente de la Justicia en Equidad del país. • Lo invitamos pues, a participar activamente en el grupo de ciudadanos y ciudadanas comprometidos.
  • 11. ACTA DE CONCILIACIÓN • DEL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, LAS PARTES Y EL COCILIADOR LEVANTARAN UN ACTA EN LA CUAL CONSTE EL ACUERDO. ESTA ACTA TENDRÁ EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y PRESTARÁ MERITO EJECUTIVO EN LO QUE HAYA SIDO OBJETO DE CONCILIACIÓN (art. 109, ley 446 de 1998). • LA AUTORIDAD JUDICIAL NOMINADORA DE LOS CONCILIADORES EN EQUIDAD, REMITIRÁ COPIA DE LOS NOMBRAMINETOS EFECTUADOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN Y COCILIACIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO (art.110, ley 446 de 1998) • EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DE CONCILIADOR EN EQUIDAD SE REALIZARÁ EN FORMA GRATUITA.
  • 12. MISION DEL PROGRAMA • “Fortalecer y consolidar los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos MASC, que tienen como objetivo desarrollar la convivencia comunitaria, utilizando el criterio de la equidad como una herramienta esencial de su aplicación, en especial la figura de la conciliación en equidad”.
  • 13. Resultados de la conciliación en equidad En coherencia con lo anteriormente planteado, este trabajo se orienta al alcance de los siguientes resultados: • Mejorar la convivencia pacífica en los diferentes municipios y departamentos del país. • Vincular a las ciudadanas y ciudadanos con el sector Justicia involucrándolo en la resolución pacífica de los conflictos. • Potenciar la labor de los conciliadores y conciliadoras, a través de la apropiación de herramientas que permitan fortalecer su campo de acción y el impacto que sus actuaciones tienen en sus comunidades, mediante la apropiación de metodologías y prácticas asociadas a la Justicia Restaurativa. • Conducir la operación de la Conciliación en Equidad hacia un escenario de prácticas restauradoras en el que se privilegie el perdón, la reconciliación y la reparación del daño, en aras de orientar las acciones de sus operadores desde una perspectiva transformadora basada en las prácticas que sustentan la Justicia Restaurativa
  • 14. CONCILIACIÓN EN DERECHO • La conciliación, en Derecho, es un medio alternativo para solucionar conflictos, a través del cual las partes resuelven directamente unlitigio con la intervención o colaboración de un tercero. • Existen dos tipos de conciliación: la conciliación prejudicial y la conciliación judicial.
  • 15. CONCILIACIÓN PREJUDICIAL • La conciliación prejudicial es un medio alternativo al proceso judicial, es decir, mediante ésta las partes resuelven sus problemas sin tener que acudir a un juicio. Resulta un mecanismo flexible, donde el tercero que actúa o interviene puede ser cualquier persona y el acuerdo al que llegan las partes suele ser un acuerdo de tipo transaccional. Es decir, es homologable a una transacción.
  • 16. CONCILIACIÓN JUDICIAL • La conciliación judicial es un medio alternativo a la resolución del conflicto mediante una sentencia; en este sentido es una forma especial de conclusión del proceso judicial. El tercero que dirige esta clase de conciliación es naturalmente el juez de la causa, que además de proponer bases de arreglo, homologa o convalida lo acordado por las partes, otorgándole eficacia de cosa juzgada, dentro del marco de la legalidad.
  • 17. DIFERENCIAS ENTRE LA CONCILIACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL • La Conciliación Extrajudicial, a diferencia de aquella realizada dentro de un proceso, es mucho más flexible; genera características propias; fomenta la creatividad entre las partes, y sobre todo tiene bien definido su marco de acción en cuanto a la orientación que se le debe dar al conflicto. Entre las diferencias que se pueden presentar están:
  • 18. Diferencia entre… Nivel de solución: En el Proceso Judicial se busca enfocar cuáles son las pretensiones o exigencias planteadas en la demanda, contestación o en su caso en la reconvención. La Conciliación Extrajudicial, se centra en resolver problemas manifestados en la solicitud de conciliación o que surjan durante la respectiva Audiencia, con la finalidad de dar posibles soluciones que satisfagan los intereses y necesidades de ambas partes.
  • 19. Criterio de Solución. • En el Proceso Judicial se busca interpretar y aplicar la norma correcta para solucionar el conflicto. • En la Conciliación Extrajudicial existe un marco amplio que garantiza la legalidad de los acuerdos sin la necesidad que sea la norma la que respalde en estos casos.
  • 20. Contexto • En el Proceso Judicial se sigue una Orientación Adversarial -Confrontacional. • En la Conciliación Extrajudicial se persigue una Orientación Negocial o Estratégico - Racional, es decir un ambiente de cooperación para lograr la solución del problema.
  • 21. Personajes • En el Proceso Judicial quien interviene es el Juez • En la Conciliación Extrajudicial intervienen el conciliador y las partes
  • 22. FINES DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL • La Conciliación Extrajudicial, de acuerdo a lo antes expresado, busca que las partes -con asistencia del conciliador-puedan: • Lograr su propia solución en base a la creatividad. • Promover la comunicación, entendimiento mutuo y empatía. • Mejorar sus relaciones. • Minimizar, evitar o mejorar la participación en el sistema judicial. • Trabajar conjuntamente hacia el logro de un entendimiento mutuo para resolver un conflicto.
  • 23. PRINCIPIOS DE LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL • Neutralidad: es decir, que no exista vínculo con alguna de las partes. Esto es más para evitar la aparición de un nuevo conflicto de intereses cuando se cumple con las funciones conciliatorias. Si se rompe con dicha neutralidad, pueden suceder dos situaciones: Que se desista el mismo conciliador. Que lo soliciten las mismas partes. Imparcialidad: constituye un estado mental que debe conservar el conciliador durante el desarrollo de sus servicios. Es en sí el compromiso que el propio conciliador asume para ayudar a las partes.
  • 24. PRINCIPIOS de la con…extr… • Confidencialidad: guarda relación con la información que es recibida por el conciliador, la cual es confidencial, es decir que no puede ser revelada a nadie. Este principio presenta también excepciones, es decir que el conciliador puede romper ese deber de confidencialidad cuando advierte que hay de por medio un delito o que se va a producir un atentado contra la integridad de una persona.
  • 25. PRINCIPIOS con…extra… • Empoderamiento o simetría de Poder: no se encuentra previsto en la Ley. Se busca que exista un aceptable equilibrio de poder entre las partes, porque de lo contrario generaría un proceso conciliatorio plagado de medidas coercitivas, provocando un acuerdo injusto.
  • 26. PRINCIPIOS con…extra…. • Buena fe y Veracidad: es una obligación de las partes de conducirse con buena fe y veracidad durante la Audiencia Conciliatoria. La Buena fe se vincula con la información que maneja el conciliador. El conciliador debe formular las alternativas suficientes para poder resolver el conflicto. En relación a la veracidad se está haciendo referencia a que la información que se maneje sea fidedigna.
  • 27. PRINCIPIOS con…extra… • Celeridad y Economía: son dos principios característicos de los Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos. • Voluntariedad: es un principio autónomo. Las partes son las únicas para tomar una decisión para solucionar el conflicto. La autonomía de la voluntad también tiene límites, los mismos referidos a que no se debe contravenir al orden público y a las buenas costumbres.
  • 28. FASES DE LA CONCILIACIÓN • Preparación: Comprende los actos previos que el conciliador realiza para crear un clima de confianza y de las mejores condiciones. • Presentación: llamada también fase introductiva. El conciliador realiza un monólogo donde se busca identificar a las partes y presentarlas. Es lograr que se ubiquen en el ambiente, y recibir información sobre qué son los MARCS y cómo se realizará la Audiencia Conciliatoria. Versiones parciales: es la fase donde se discuten hechos y se escuchan las versiones de ambas partes.
  • 29. Fases cont. • Redefinición del Conflicto: se elabora una especie de lista donde se plasman los puntos controvertidos, se redefine el conflicto y se determina cuáles son los intereses de las partes. • Búsqueda de soluciones: esto promueve la creatividad entre las partes y el conciliador. Aquí se articulan intereses y se propicia el logro de soluciones satisfactorias. Acuerdo: es el resultado que pone fin al conflicto entre las partes.