INSTITUCIÓN EDUCATIVA GUSTAVO PERDOMO ÁVILA 
NATAGAIMA - TOLIMA. 
PACTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 
CODIGO DANE 173483000831 
REGISTRO N° 124154 
CARRERA 3° No 2 – 69 TELEFONO 2269330 
NUCLEO DE DESARROLLO EDUCATIVO N° 50 
PRESENTACIÓN 
La tarea más importante que tienen las personas en el mundo de hoy, es la de 
aprender a vivir y convivir dentro de una comunidad; esto es posible cuando 
mediante un proceso educativo van desarrollando las capacidades para establecer 
y cultivar relaciones con los semejantes, la naturaleza, los objetos y consigo 
mismo. 
A la convivencia se llega mediante un proceso de construcción de valores éticos, 
morales y sociales, que respondan al logro de los principios que orientan el 
Proyecto Educativo Institucional “Perdomísta”. 
Para este proceso de formación y en atención a las políticas púbicas a nivel 
nacional en materia de protección integral de los niños, niñas y adolescentes, el 
gobierno a implementado herramientas de apoyo a la luz de la ley 1620 del 15 de 
marzo de 2013, el cual crea el sistema institucional de convivencia escolar y la 
formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la 
sexualidad, la prevención, mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la 
adolescencia como una forma de contribuir a la formación de ciudadanos activos a 
través de mecanismos de protección, detección temprana y denuncia de todas 
aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar. 
En cumplimiento a esta ley, la familia, la institución educativa, el municipio y las 
demás entidades del estado serán corresponsables de la formación ciudadana, la 
promoción y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes a partir 
del respeto por la dignidad humana. 
La Institución mediante la implementación del comité de convivencia escolar, la 
institucionalización de las competencias ciudadanas, el fortalecimiento de los 
proyectos pedagógicos, el desarrollo de los componentes de promoción, 
prevención, atención y seguimiento ayudará a los estudiantes y demás miembros 
de la comunidad a generar, cultivar y consolidar criterios, principios, valores,
actitudes y procedimientos que permitan a cada persona y a los grupos tomar 
decisiones fundamentales, dar cuenta de sus acciones u omisiones y participar 
responsablemente en la orientación de su vida personal y social como un 
verdadero ciudadano de bien, competente, que aporte, analice, prefiera el acuerdo 
y el pacto antes que la agresión verbal y física para resolver conflictos. 
Desde esta perspectiva la Ley 1620 de 2013, la Ley 1146 de 2007 y el presente 
pacto de convivencia concede al educador el rol de orientador y mediador en 
situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos 
humanos, sexuales y reproductivos, así como la detección temprana en el aula y 
fuera de ella de estas mismas situaciones. A los estudiantes les concede un rol 
activo para participar en la definición de acciones para el manejo de estas 
situaciones en el marco de los protocolos y rutas de atención integral. 
Además, este pacto constituye la brújula que señala los deberes para alcanzar 
también los derechos y determina las condiciones indispensables para pertenecer 
y permanecer, así como los procedimientos en casos de sanción y/o exclusión de 
la Institución Educativa Gustavo Perdomo Ávila. 
Su construcción se apoya en las siguientes orientaciones normativas: Constitución 
Política de Colombia de 1991, Capítulo 1, 2 del título II; ley 115 de 1994 en sus 
artículos 5, 7, 13, 73, 77, 87 y 96; artículos 17, 18, 19, 20, 21, 23, 24, 25, 28 y 29 
del decreto 1860 de 1994, ley 1098 de 2006, Nuevo Código de la Infancia y la 
Adolescencia; ley de la juventud N° 375 de 1997; ley 734 de 2002.; Programa de 
competencias ciudadanas; Declaración Universal de los Derechos del Niño; 
Sentencias y fallos de la Corte Constitucional; Consejo de Estado y Corte 
Suprema de Justicia; estatuto nacional de drogas y sustancias psicoactivas; 
Decreto 1286 de 2005; Decreto 1278 de 2002; ley 1013 de 2006; resolución 
rectoral 002 de 2009 (Sistema institucional de evaluación y promoción de 
estudiantes de básica y media; el sistema institucional de Evaluación del Nivel de 
Preescolar; decreto 4500 de 2006; Ordenanza del departamento del Tolima N° 32 
de 2008; El decreto 1290 de 2009; Resolución departamental 02649 de 2011; ley 
estatutaria 1622 de 2013, ley de seguridad ciudadana N° 1453 de 2011, ley para la 
prevención de la violencia sexual y atención integral N° 1146 de 2007, decreto 
para la promoción y garantía de los derechos sexuales y reproductivos N° 2968 de 
2010, ley 1620 de marzo 15 de 2013 “por la cual se crea el sistema nacional de 
convivencia escolar, formación para el ejercicio de los derechos humanos, la 
educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia escolar”; 
Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013 por el cual reglamenta la Ley 1620 de 
2013, Ley 1438 de 2011, circulares, directivas de la procuraduría general de la 
nación, del ministerio de educación nacional, protocolos y rutas de atención
integral a nivel institucional para la convivencia escolar y demás normas 
concordantes en materia de protección integral de los niños, niñas y adolescentes. 
PACTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 
GUSTAVO PERDOMO ÁVILA DEL MUNICIPIO DE NATAGAIMA-TOLIMA. 
ACUERDO No: 001 
( Febrero 28 de febrero de 2013 ) 
La Rectora y el Consejo Directivo de la institución educativa Gustavo 
Perdomo Ávila del municipio de Natagaima-Tolima, e inscrita en el Núcleo de 
Desarrollo Educativo No 50 y 
C O N S I D E R A N D O: 
1. Que la disciplina y el orden constituyen el pilar de la organización de toda la 
institución, siendo indispensable para el buen desarrollo de las actividades y el 
logro de los objetivos. 
2. Que la ley general de la Educación ley 115 de 1994, estructura y reforma la 
educación formal colombiana como un servicio público y en consecuencia se debe 
concertar un pacto de convivencia que involucre a padres de familia, 
estudiantes, profesores, administrativos y directivos docentes. 
3. Que el artículo 73 de la ley 115 de 1994, establece que el reglamento para 
docente y estudiantes hacen parte del proyecto Educativo Institucional, con el fin 
de lograr la formación integral de Educando. 
4. Que por ley general de educación 115 de 1994 y según el artículo 87 de esta 
ley, se hace necesario poseer un reglamento o pacto de convivencia escolar, en la
cual se defina derechos y obligaciones de los estudiantes y Padres de familias o 
acudientes. Los educandos y padres de familia o acudientes al firmar la matrícula 
correspondiente están aceptando el cumplimiento de los compromisos contraídos 
con la Institución Educativa y el presente reglamento escolar. 
5. Que en sentencia T-341 de 1993 de la sala quinta de la Corte Constitucional, 
destacó que los estudiantes tienen la obligación de mantener las normas “para 
vivir en armonía con sus congéneres, para someterse a la disciplina que toda 
comunidad supone, para asumir sus propias responsabilidades y para ejercer la 
libertad dentro de las normas que estructuran el orden social.” 
6. Que según la Corte Constitucional, C-555-94 del 6 de diciembre de 1994, el 
artículo 96 de la ley 115 de 1994 permite la exclusión de la Institución por bajo 
desempeño académico y/o disciplinario 
7. Que la Corte Constitucional advirtió que las instituciones no están obligadas a 
mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las 
directrices disciplinarias. 
8. Que la corte constitucional destacó que los estudiantes tienen la 
obligación de mantener las normas de presentación en los colegios, así 
como los horarios de entrada y salida de clases, descansos, salidas 
pedagógicas y las diferentes actividades realizadas en la institución; 
igualmente el estudiante deberá conservar el debido comportamiento y 
respeto por sus profesores y compañeros. 
9. Que por doctrina constitucional, el derecho a la educación no es absoluto; 
es derecho-deber, es decir someterse y cumplir el reglamento o normas de 
comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado, 
(Sentencia-569 de 1994). 
10. Que el artículo 3° del decreto 1860 de 1994, establece que en desarrollo 
del mandato constitucional que impone a los padres de los menores el deber 
de sostenerlos y educarlos y, en cumplimiento de las obligaciones 
asignadas a la familia por el art. 7 de la ley 115 de 1994, la omisión o 
desatención al respecto se sancionará según lo dispuesto por la ley 
reportando los casos que le sean presentados por las autoridades, los 
familiares del menor o cualquier otro ciudadano a los jueces de menores y 
funcionarios administrativos encargados del bienestar familiar. 
11. Que el art. 15 del decreto 1146 de 2007 determina que el Estado y la 
sociedad tiene el deber de denunciar oportunamente a las autoridades
competentes cualquier indicio o caso de abuso sexual contra niños, niñas y 
adolescentes dentro de las 24 horas siguientes al conocimiento del hecho. 
12. Que teniendo la educación como un derecho de la persona, la ley 115 de 
1994 en su interpretación establece que debe tenerse en cuenta al educando 
como el centro del proceso educativo y que el objeto de este servicio de 
formación es lograr el cumplimiento de los fines y objetivos comunes de 
todos los niveles definidos en el art. 5° y 13° de esta ley. 
13. Que la ley 1098 de 2006, en el art. 10° establece la corresponsabilidad y 
concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de 
los derechos de los niños, las niñas y adolescentes, señalando que la 
familia, la sociedad y el Estado son responsables de su atención, cuidado y 
protección. 
14. Que los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos 
están definidos en la constitución política en los artículos 13, 15, 16, 18 y 42. 
15. Que el artículo 130 y 132 de la ley 115 de 1994 y el artículo 10 del numeral 
10.11 de la ley 715 de 2001 le da facultades sancionatoria a los rectores y 
directores de las instituciones educativas para sancionar disciplinariamente a los 
docentes de conformidad con el estatuto docente, decreto 2277 de 1979; el 
decreto 1278 o nuevo estatuto de profesionalización docente del 2002, a los 
funcionarios administrativos de acuerdo con lo establecido en la carrera 
administrativa como también a los estudiantes según el reglamento o pacto de 
convivencia, en concordancia con el Código de la infancia y adolescencia y las 
disposiciones establecidas en este reglamento teniendo en cuenta el debido 
proceso y con lo que al respecto disponga el MEN. 
16. Que la ley N° 1620 de 2013 hace obligatorio crear en cada institución 
educativa oficial y privada un comité escolar de convivencia, como instancia 
mediadora en la resolución de situaciones especificas de conflicto que 
afecten la convivencia por acoso, (bullying, ciberbullying), violencia escolar, 
vulneración de derechos sexuales y reproductivos (abuso sexual) y caso de 
embarazo en adolescentes mediante la aplicación del manual de convivencia 
y la activación de los protocolos y rutas de atención integral de la institución 
para los casos de alto riesgo que no puedan ser resueltos por el comité. 
17. Que la ley 1620 de 2013 establece que es responsabilidad del rector 
rector(a) y los docentes liderar e implementar el sistema institucional de 
convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación 
para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia escolar. 
18. Que la omisión o incumplimiento a las funciones asignadas en los 
artículos 12, 17, 18 y quince de la ley 1620 de 2013 constituye falta 
disciplinaria y dará sanciones previstas por la ley para estos servidores 
públicos.
19. Que según el artículo 21 de la ley 1620 de 2013 debe contemplar los 
protocolos y rutas de atención integral de que trata la presente ley. 
20. Que los artículos 11 y 12 de la ley 1146 de 2007 y la misma ley 1620 de 
2013 determino que es obligación del rector(a) y docente(s) denunciar ante la 
autoridades administrativas y judiciales correspondientes toda conducta o 
indicio de violencia o abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes del 
que tenga conocimiento. 
21. Que según lo determinado en el artículo 20 de la ley 1620 de 2013, los 
proyectos pedagógicos deben ser desarrollados por los docentes de todas 
las áreas y grados, que contribuyan a fortalecer la formación para los 
derechos humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y 
mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia. 
22. Que el decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013 reglamenta la ley 1620 
del mismo año en materia de funcionamiento del Comité de Convivencia 
Escolar y da los lineamientos para incorporar en el manual de convivencia 
las disposiciones sobre manejo de situaciones que afectan la convivencia 
escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 
23. Que es función del Consejo Directivo adoptar el PACTO DE CONVIVENCIA 
según el literal C del artículo 144 de la Ley 115 de 1994 y el artículo 23 del 
Decreto Reglamentario 1860 del 3 de agosto de 1994: 
En consecuencia, 
A C U E R D A: 
Adoptar el presente PACTO DE CONVIVENCIA escolar para la Institución 
Educativa GUSTAVO PERDOMO ÁVILA del Municipio de Natagaima Tolima. 
CAPITULO I 
PRINCIPIOS Y DEFINICIONES 
ARTÍCULO 1°. FINALIDAD. Este pacto de convivencia tiene por finalidad 
garantizar a los niños, niñas, adolescentes, padres de familia, docentes, directivos, 
administrativos y demás personas de la institución una sana convivencia y un 
ambiente escolar agradable y armonioso para su pleno desarrollo personal y 
social, prevaleciendo dentro de la diversidad escolar el reconocimiento a la 
igualdad y respeto por la dignidad humana. 
ARTÍCULO 2°. OBJETO. El presente pacto de convivencia escolar tiene como 
objeto contribuir a la formación ciudadana, el ejercicio de los derechos humanos, 
la educación sexual y reproductiva, la prevención, mitigación de la violencia 
escolar y establecer normas de convivencia para la protección integral de los
miembros de la comunidad educativa, en especial los niños, niñas y adolescentes, 
garantizando el ejercicio de sus derechos-deberes y libertades consagradas en la 
ley, en el presente pacto de convivencia y demás normas legales vigentes. 
Conforme a las normas vigentes exigirá al niño, la niña y al adolescente el 
cumplimiento de las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un 
individuo de su desarrollo, contempladas en este pacto de convivencia como 
deberes; pues la competencias ciudadanas exigen la formación de ciudadanos 
responsables. 
ARTÍCULO 3°. SUJETOS TITULARES DE DERECHOS. Para todos los efectos 
de este pacto son sujetos titulares de derechos todos los miembros de la 
comunidad educativa que estén vinculados legalmente a la institución. 
ARTÍCULO 4°. AMBITO DE APLICACIÓN. El presente pacto de convivencia se 
aplica a todos los miembros de la comunidad educativa de la institución en todas 
sus sedes educativas. 
CAPITULO II 
SISTEMA INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y 
FORMACION PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA 
EDUCACION PARA LA SEXUALIDAD, LA PREVENCION Y MITIGACION 
DE LA VIOLENCIA ESCOLAR. 
ARTICULO 5° SISTEMA INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. El 
Consejo Directivo conforme a la ley 1620 de 2013 y el decreto reglamentario 1965 
del mismo año, adoptó la creación del Comité de Convivencia Escolar y los 
lineamientos que contribuirán a la formación ciudadana para el ejercicio de los 
Derechos Humanos, la Educación para la sexualidad, la prevención y mitigación 
de la violencia escolar y el embarazo en adolescentes, incorporando en el 
presente pacto de convivencia por mandato de las mismas normas las siguientes 
definiciones, principios, responsabilidades institucionales y demás lineamientos 
generales sobre el manejo de situaciones que afectan la convivencia escolar, los 
derechos humanos, sexuales y reproductivos los cuales servirán de conocimiento 
y apoyo para su aplicación. 
ARTICULO 6° DEFINICIONES. Para efectos de la clasificación y manejo de 
situaciones o faltas que afectan la convivencia escolar, los artículos 2° y 5° de la 
ley 1620 de 2013 y el artículo 39 del decreto reglamentario 1965 del mismo año 
estableció unas definiciones así: 
1. Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se define 
como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y 
comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de 
manera constructiva en una sociedad democrática.
2. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y 
reproductivos. Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse 
como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con 
la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los 
demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin 
de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite 
tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad 
libre, satisfactoria, responsable y sana; en torno a la construcción de su proyecto 
de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento 
de relaciones más justas democráticas y responsables. 
3. Acoso escolar o bullying. Conducta negativa, intencional metódica y 
sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, 
coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier 
forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un 
niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con 
quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma 
reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. 
También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de 
estudiantes contra docentes ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El 
acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el 
rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el 
clima escolar del establecimiento educativo. 
4. Ciberbullying o ciberacoso escolar. Forma de intimidación con uso 
deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, 
telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y 
continuado. 
5. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una 
incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus 
intereses. 
6. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los 
conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que 
afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos 
o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es 
estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de 
cualquiera de los involucrados. 
7. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la 
comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la 
comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión 
escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al 
cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, 
cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. 
b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, 
humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas 
y amenazas. 
c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, 
humillar, atemorizar o descalificar a otros. 
d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las 
relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y 
difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen 
que tiene la persona frente a otros. 
e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a 
otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos 
íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos 
sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de 
texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la 
identidad de quien los envía. 
8. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 
de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo 
acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, 
utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, 
aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de 
poder existentes entre víctima y agresor". 
9. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda 
situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos 
de los niños, niñas y adolescentes 
10. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es 
el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan 
para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de 
su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido 
vulnerados. 
ARTICULO 7° PRINCIPIOS DEL SISTEMA. Son principios del sistema nacional 
de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para 
la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia escolar: 
1. Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos 
educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y 
armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que 
permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 
y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos 
educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y 
adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten 
dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 
88 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en
el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; 
respondiendo a sus funciones misionales. 
2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y 
el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la 
convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, 
sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos 
ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo 
consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la 
Adolescencia. 
3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas 
son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites 
fijados por las leyes, normas y disposiciones. 
4. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y 
valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, 
orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, 
niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se 
fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en 
ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes. 
5. Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la 
promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación 
para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las 
leyes. 
ARTICULO 8° OBJETIVO GENERAL DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE 
CONVIVENCIA ESCOLAR. Construir y regular la organización y el funcionamiento 
de la Institución Educativa Gustavo Perdomo Ávila a través del horizonte 
institucional definido en el P.E.I haciendo del presente pacto de convivencia una 
herramienta pedagógica de interacción institucional que permita viabilizar 
procesos de formación ciudadana con carácter de autocuidado, prevención, 
promoción, atención, seguimiento y mitigación de la violencia escolar en donde el 
respeto mutuo por los derechos humanos y las normas de convivencia aquí 
pactadas sean el referente de protección integral de niños, niñas, adolescentes, 
comunidad educativa y el fundamento esencial de una sana convivencia 
institucional. 
ARTICULO 9° OBJETIVOS ESPECIFICOS DEL PACTO DE CONVIVENCIA: 
a) Establecer normas de convivencia escolar y los procedimientos que rigen 
las relaciones entre los diferentes estamentos de la comunidad Perdomista. 
b) Formar estudiantes dentro del marco de valores y responsabilidades de 
acuerdo a la Misión, Visión y Filosofía Institucional.
c) Exigir con toda claridad y cordialidad las responsabilidades de manera que los 
educandos vean y acepten las consecuencias de los errores y las equivocaciones. 
d) Establecer una comunicación libre y cordial de manera que haya pactos de 
confianza y sana convivencia. 
e) Divulgar en los educandos y comunidad educativa el horizonte institucional. 
f) Orientar tanto a estudiantes como a padres de familias y acudientes acerca de 
sus derechos, deberes y procedimientos disciplinarios. 
g) Dar a conocer a los estudiantes y comunidad educativa el sistema institucional 
de evaluación y promoción de los estudiantes. 
h) Informar acerca de la integración y los requisitos para la conformación del 
Consejo Directivo y demás entes del gobierno escolar. 
i) Promover el sentido de pertenencia, lealtad y amor por la institución. 
j) Estimular la permanencia de los estudiantes en la institución y la no 
discriminación. 
k) Propiciar el diálogo como mecanismo fundamental para la solución de 
conflictos. 
l) Posibilitar el desarrollo de los logros, las competencias y los estándares básicos 
de la educación en Colombia, de tal manera que les permitan ser artífices de su 
propia formación y desarrollo integral. 
m) Fomentar prácticas que conduzcan a la sensibilización, motivación, 
comprensión e identificación con el modelo de la democracia participativa; a la 
convivencia pacífica; al respeto y cumplimiento de los deberes y Derechos 
Humanos; en suma, a la formación de ciudadano con sentido de identidad y 
pertenencia a la Nación, región y familia. 
n) Dar a conocer a la comunidad educativa los protocolos y rutas de atención 
integral para los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos 
sexuales y reproductivos entre otros. 
ñ) Fortalecer la corresponsabilidad de los padres de familia orientándolos sobre 
las responsabilidades que les compete como los primeros responsables de la 
educación de sus hijos. 
o) Fomentar una educación que garantice la formación integral y el reconocimiento 
de la diversidad de los jóvenes a través de la inclusión social, el respeto y 
valoración a la diversidad étnica, económica, cultural, política, sexual, y religiosa, 
desde lo cognitivo, axiológico, procedimental y convivencial.
p) Fomentar las actitudes de respeto como elemento esencial de la convivencia 
escolar. 
q) Dar a conocer a los estudiantes las medidas formativas a las faltas de 
disciplina y comportamiento. 
r) Definir las situaciones que afectan la convivencia escolar dentro del 
contexto institucional. 
s) Asesorar a los padres y/o acudientes en temas relacionados con la 
educación y formación de los hijos a través de la escuela de padres. 
t) Fortalecer la formación para el ejercicio de la ciudadanía, la convivencia y 
el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos a través de 
los proyectos pedagógicos transversales desde los distintos ambientes de 
aprendizaje. 
u) Garantizar el debido proceso ante las situaciones que afecten la 
convivencia escolar. 
v) Sensibilizar a padres de familia y/o acudientes sobre la aplicación de las 
normas de convivencia escolar establecidas en el presente pacto de 
convivencia. 
CAPITULO III 
HORIZONTE INSTITUCIONAL 
ARTICULO 10° Filosofía Institucional. La filosofía de la Institución 
Educativa "Gustavo Perdomo Ávila" está orientada hacia la formación 
de valores éticos, morales, sociales, ciudadanos, económicos, 
culturales, deportivos e intelectuales; como elementos fundamentales 
en la educación integral de los educandos, en sus aspectos: afectivo, 
cognoscitivo, volitivos y psicomotriz. 
En tal sentido se pretende formar a los jóvenes en el contexto de los 
derechos humanos; deberes ciudadanos como principios para la 
convivencia local, regional y nacional; donde el respeto a la vida; la 
diferencia, tolerancia, igualdad, solidaridad y autonomía, se conviertan 
en herramientas fundamentales de su accionar; y de esta forma 
afronte de una manera crítica, libre y responsable su realidad 
comunitaria y social.
ARTÍCULO 11° LEMA INSTITUCIONAL: Por las anteriores razones, 
la filosofía institucional se enmarca en el siguiente lema:" CIENCIA, 
CULTURA Y FRATERNIDAD" 
ARTICULO 12° VISIÓN. La Institución Educativa "Gustavo Perdomo 
Ávila" pretende entregar a la sociedad, jóvenes competentes, con 
capacidad reflexiva, investigativa, crítica, analítica y prepositiva; con 
valores éticos, morales e intelectuales que contribuyan al desarrollo 
social, económico y cultural del municipio o región, a la solución de 
problemas y la construcción de una mejor calidad de vida en 
condiciones de igualdad. 
ARTICULO 13° MISIÓN. La institución Educativa "Gustavo Perdomo 
Ávila" se encarga de la formación de niños y jóvenes íntegros, a partir 
del desarrollo curricular e investigativo de las diferentes áreas del 
conocimiento; las cuales se fundamentan en los fines de la educación, 
los lineamientos, estándares básicos de calidad, las competencias 
generales, específicas, laborales y ciudadanas. Herramientas que 
propicie la educación de estudiantes competentes en habilidades 
comunicativas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar, 
expresarse adecuadamente y solucionar problemas. De esta manera 
los educandos están en capacidad de continuar una carrera técnica, 
tecnológica y profesional. 
ARTICULO 14° PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES. 
Concebimos los principios como las reglas y/o directrices que orientan 
la labor pedagógica, las relaciones de la comunidad educativa y el 
mejoramiento continuo de los individuos y ciudadanos por lo tanto los 
principios rectores que direccionan nuestra institución son los 
siguientes: 
1. Organización Escolar: La organización de la comunidad educativa 
debe ser democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto 
de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas 
que la integran y la prevalencia del interés general con criterios de 
eficacia en y para la paz, la convivencia, la ciudadanía y pertinencia al 
servicio de una educación. 
2.Compromiso con la comunidad: Es un servicio que responsabiliza 
a la institución educativa en la formación integral del ser humano a
través del currículo, desarrollo de proyectos pedagógicos y demás 
programas de formación y atención preventiva dirigidos no solo a 
estudiantes sino también a padres de familia y población vulnerable. 
3.Autonomía: Bajo los parámetros de descentralización administrativa 
de los procesos educativos la Institución educativa actuará con 
autonomía a través de equipos de trabajo para darse sus propios 
reglamentos, para admitir sus estudiantes, para organizar sus labores 
académicas, científicas, deportivas, culturales y recreativas, elaborar 
el PEI, el PMI, etc., etc. 
Igualmente busca orientar a todos sus integrantes en el libre desarrollo 
de la personalidad y en la capacidad para asumir con libertad y 
responsabilidad sus derechos y sus deberes. 
4. Equidad: manifestada en el ofrecimiento de nuestros servicios 
educativos y la aplicación de las leyes sin distingo político étnico 
religioso credo o procedencia social e ideológico como un aporte a la 
construcción de la democracia y la justicia social. 
5. La convivencia y la ciudadanía: Es un principio orientador del 
quehacer diario de la comunidad educativa donde nuestra 
responsabilidad es formar para la sana convivencia social 
promoviendo la interiorización de los valores humanos pertinentes a 
las necesidades del siglo XXI entre maestros, estudiantes, directivos y 
padres de familia. 
6. Ética: Determina los deberes, las prohibiciones, los principios, los 
derechos que todo miembro de la comunidad educativa debe observar 
en su comportamiento dentro y fuera del establecimiento educativo. 
7. En lo pedagógico: orienta nuestro quehacer educativo al desarrollo 
de todas las dimensiones y potencialidades del ser humano, centrado 
su interés misional en la formación de estudiantes competentes en 
habilidades comunicativas. 
8. Sentido de pertenencia: Se manifiesta en el amor hacia la 
institución, reflejada en los buenos actos, cuidado de sus enseres, la 
voluntad y el deseo de hacer las cosas bien sin recibir nada a cambio, 
la dedicación y la creatividad todos estos elementos, lo hacen
miembro de una comunidad que quiere que su lugar de trabajo sea 
cada día mejor. 
9. Eficiencia: Es el buen desempeño que todo miembro de la 
comunidad debe manifestar en forma individual o en equipo de trabajo 
tendientes a lograr los objetivos y metas propuestas tanto 
institucionales como académicos. 
ARTICULO 15° Valores: 
1. Igualdad: Es el derecho según el cual todas las personas deben 
tener las mismas oportunidades para desarrollar y ejercitar sus 
potencialidades a nivel individual y colectivo, sin ser objeto de 
discriminación por razón de sexo, raza, edad o creencias religiosas. 
2. Tolerancia: Es el valor fundamental para la convivencia pacífica. Es 
la capacidad de aceptar o admitir opiniones e ideologías diferentes a la 
propia. Es aceptar las diferencias o singularidades del otro, sin 
subestimarse, para buscar un equilibrio respetuoso y pacífico en las 
relaciones y la convivencia social. 
3. Respeto: Es el aprecio o consideración que se tiene por uno 
mismo, por los demás, por las cosas u objetos personales o de los 
otros. Es el acatamiento de órdenes, leyes, mandatos, reglamentos, 
derechos y deberes estipulados en el manual de funciones para 
docentes, pacto de convivencia y demás normas que rigen las 
interrelaciones en nuestra comunidad educativa. 
4. Responsabilidad: Es responder por los daños que cause y/o 
cumplir con las obligaciones que demandan los procesos académicos 
y administrativos desarrollados en la institución. 
5. Honestidad: Comportarse de manera transparente con sus 
semejantes, es decir sin ocultar nada, diciendo siempre la verdad y 
obrando en forma recta y clara. 
6. Puntualidad: Ser exacto en el momento y la manera de hacer las 
cosas, de llegar a un sitio y/o institución y de cumplir con los deberes 
en el tiempo y/o fecha indicada.
7. Solidaridad: Son las manifestaciones de apoyo y cooperación con 
las personas y/o ideales en situaciones de dificultad, necesidad y/o 
bienestar. 
8. Libertad: Es decidir conscientemente (autodeterminación) acerca 
de lo que se quiera hacer, lo que se quiera ser y como quiera 
desarrollarse; está mediada por situaciones y normas que expresan el 
acuerdo colectivo, sin que ella implique lesionar la integridad física, 
psicológica o espiritual de las personas. 
ARTICULO 16° POLÍTICA INSTITUCIONAL: Fortalecer la 
corresponsabilidad de los padres de familia de preescolar, básica y 
media orientándolos sobre las responsabilidades que les compete 
para ser viable el ordenamiento eficaz del esfuerzo de todos en el 
logro de objetivos y metas. 
CAPITULO IV 
GOBIERNO ESCOLAR 
ARTÍCULO 17°. CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR. Estrategia 
organizacional que permite a la comunidad educativa la organización, la 
participación responsable; el desarrollo del proyecto educativo institucional. Está 
conformado por el Consejo Directivo, el rector (a) y Consejo Académico. 
ARTÍCULO 18°. CONSEJO DIRECTIVO. Instancia superior que define el buen 
funcionamiento de la institución en el aspecto administrativo, académico y 
disciplinario. Está integrado por el rector(a) quien lo convoca y preside, dos 
representantes de los docentes, dos representantes de los padres de familia; un 
representante del sector productivo; un representante de los estudiantes del grado 
once elegido por el consejo estudiantil y un representante de los exalumnos. Sus 
funciones son las establecidas en la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994, las 
demás que le atribuya el PEI y/o el reglamento interno y demás normas vigentes. 
ARTÍCULO 19°. RECTOR(A). Representante legal de la institución ante las 
autoridades educativas, gubernamentales y fiscales del Estado Colombiano y 
ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Sus funciones son las 
establecidas en la ley 115 de 1994, decreto 1860 de 1994, ley 715 de 2001, ley 
1098 de 2006, decreto 1850 de 2002, decreto 1290 de 2009, ley 1620 de 2013, 
decreto 1965 de 2013, la resolución rectoral N° 002 de 2009 (SIEE), el PEI y 
demás normas vigentes. 
ARTÍCULO 20°. CONSEJO ACADÉMICO. Instancia superior que define la 
orientación pedagógica y académica de la institución; integrado por el rector (a)
quien lo convoca y preside, coordinador (es) y un docente por cada área definida 
en el plan de estudios. Sus funciones son las determinadas en el artículo 145 de la 
ley 115 de 1994, el artículo 24 del decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 de 2009, 
la resolución rectoral N° 002 de 2009 (SIEE) Sistema de Evaluación y Promoción 
de Básica y Media; el sistema de evaluación de preescolar, el PEI, la normatividad 
vigente y las demás funciones que le sean asignadas para la buena marcha de la 
institución educativa. 
. 
CAPITULO V 
OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN ESCOLAR 
ARTICULO 21° COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR. Es un órgano consultor 
del consejo directivo y del rector (a), encargado de asesorar a estas instancias en 
la resolución de situaciones relacionadas con la convivencia y la disciplina; de 
igual forma en correspondencia con la ley 1620 de 2013 le corresponde mediar y 
ayudar a conciliar conflictos escolares mediante la aplicación del pacto de 
convivencia, liderar y apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia 
escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y 
reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del manual de convivencia, 
atención de situaciones que afecten la convivencia, la prevención y mitigación de 
la violencia escolar al igual que activar la ruta de atención integral remitiendo a 
rectoría los casos de alto riesgo de violencia, acoso escolar, ciberbullying o 
vulneración de derechos para que el rector (a) reporte o/y traslade al ICBF, la 
comisaria de familia la personería municipal, la policía de infancia y adolescencia 
los casos que trasciendan del ámbito escolar y revistan características de 
comisión de una conducta punible, art. 44 y 45 numeral 3 del decreto 1965 de 
2013. Además le corresponde liderar los procesos de actualización del manual de 
convivencia, políticas institucionales de convivencia escolar, proyectos 
pedagógicos transversales, protocolos y componentes de la ruta de atención 
integral. 
Para su funcionamiento se tendrá en cuenta las directrices establecidas en la guía 
34 del MEN, los lineamientos de la ley 1620 del 2013, el decreto reglamentario 
1965 de 2013, la guía de convivencia escolar N° 49 del MEN, las que le atribuyen 
el reglamento interno, y demás normas vigentes. 
ARTÍCULO 22°. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. 
El comité escolar de convivencia estará conformado por: 
El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité 
El personero estudiantil.
El docente con función de orientación. 
El coordinador cuando exista este cargo. 
El presidente del consejo de padres de familia. 
El presidente del consejo de estudiantes. 
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. 
PARÁGRAFO 1: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la 
comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar 
información. 
PARAGRAFO 2: El Consejo Directivo es quien conforma el comité de convivencia 
escolar. Art. 22 del decreto 1965 de 2013. 
ARTÍCULO 23°. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. Son 
funciones del comité: 
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre 
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre 
docentes. 
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la 
convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, 
sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre 
los miembros de la comunidad educativa. 
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, 
programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se 
adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad 
educativa. 
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones 
conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los 
miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en 
procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad 
educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, 
acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el 
artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso 
escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración 
de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este
comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque 
trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una 
conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o 
autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y 
evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y 
reproductivos. 
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el 
manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace 
parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación 
para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' 
Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido 
el comité. 
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la 
flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de 
estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para 
determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la 
ciudadanía, art. 13 de la ley 1620 de 2013. 
PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe 
abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como 
aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que 
lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. 
PENDIENTE EL REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE CONV ESCO. 
ARTICULO 24°. COMISIÓN DE EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y PROMOCIÓN. 
Instancia de participación creada por mandato del decreto 1290 de 2009 y 
adoptada por el SIEE para evaluar los resultados académicos de los estudiantes, 
atender las reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación, 
promoción, seguimiento a los compromisos adquiridos con estudiantes, docentes, 
padres de familia y determinar recomendaciones para los casos especiales de mal 
comportamiento y bajo rendimiento académico. 
ELECCIÓN: durante el transcurso del primer mes del año escolar contados desde 
la iniciación de las actividades académicas, el rector(a) convocara a los padres de
familia para que elijan a sus representantes en las comisiones de evaluación, 
seguimiento y promoción. Su elección se efectuara en reunión por grados, por 
mayoría, con la presencia de al menos la mitad de los padres de familia del cual 
quedara constancia en un acta. 
Su función según el literal k. del artículo 4° del SIEE es el de reunirse al finalizar 
cada periodo escolar para analizar el rendimiento académico y disciplinario de los 
estudiantes, sugerir acciones y estrategias para los estudiantes que hayan 
obtenido desempeño bajo en dos o más áreas a fin de superar las dificultades. 
Analiza los casos de estudiantes que demuestren desempeño superior con el 
propósito de recomendar su promoción anticipada. Este análisis realizado por las 
comisiones quedará en acta firmada por los integrantes (Rector o su delegado, 
los directores de grupo y un padre de familia por grado). 
ARTICULO 25°. COLECTIVOS DE ÁREA. Congrega a los docentes por afinidad 
de grados o de áreas del saber académico, unidos por un proyecto pedagógico 
común o plan de estudio institucional, que lideran y promueven en forma 
interdisciplinaria conforme al art. 14 de la ley 115 de 1994 y el art. 36 del decreto 
1860 de 1994. Con lo dispuesto en el art. 1° y 20° de la ley 1620 de 2013, y el 
parágrafo del art. 36 del decreto 1965 de 2013, le corresponde implementar 
el programa para el desarrollo de competencias ciudadanas, la educación 
para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en 
todos los niveles de la institución los cuales deben ser desarrollados por los 
docentes de todas las áreas y grados. Cada colectivo tiene un jefe de área, 
elegido por ellos mismos y es el responsable de la eficiencia en el desarrollo de 
los proyectos transversales y los procesos curriculares relativos al área. 
ARTICULO 26°. COMITÉS ESTUDIANTILES. Son los grupos de estudiantes que 
en forma libre y voluntaria se vinculan a cada uno de los proyectos pedagógicos 
que impulsan los colectivos de área y demás comités que se requiera con el fin de 
fomentar el espíritu de colaboración para la consecución del bien común. 
ARTICULO 27°. CONSEJO ESTUDIANTIL. Es el máximo órgano colegiado 
que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los 
educandos. Estará integrado por un vocero de cada grupo. Elegido por votación 
secreta desde tercero hasta undécimo grado, para un periodo de un año escolar. 
El consejo directivo convoca a elecciones estudiantiles en una fecha dentro de las 
cuatro primeras semanas del calendario académico para que por votación secreta 
se elija el VOCERO ESTUDIANTIL para el año lectivo en curso. Los alumnos del 
nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de Básica primaria, se 
convocan a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los 
estudiantes que cursan el tercer grado. Sus funciones son las establecidas en el
artículo 29 del decreto 1860 de 1994, las que le atribuya el PEI y/o reglamento 
interno y demás normas vigentes. 
PARÁGRAFO 1. Se revoca el nombramiento de un alumno miembro del consejo 
estudiantil cuando incurra en una falta grave, previo concepto de los demás 
miembros, por unanimidad. 
PARÁGRAFO 2. Dentro de las primeras siete semanas del calendario académico, 
el consejo estudiantil elije el representante de los estudiantes ante el consejo 
directivo entre los alumnos que cursen el grado once. Numeral 4 del artículo 21 y 
literal B del artículo 29 del decreto 1860 de 1994. 
PARÁGRAFO 3°. El representante estudiantil al consejo Directivo puede ser 
relevado de su cargo por el consejo estudiantil y reemplazado por el alumno que 
obtuvo el segundo lugar en votación, cuando incurra en un bajo desempeño 
académico, faltas de disciplina graves o cuando incumpla con las funciones y 
compromisos adquiridos o en caso de renuncia, retiro o traslado. 
ARTÍCULO 28°. PERSONERÍA ESTUDIANTIL. El personero estudiantil es un 
alumno o alumna de grado once y se encarga de promover el ejercicio de los 
deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política de 
Colombia, las leyes, los reglamentos y las normas establecidas en el presente 
pacto de convivencia. 
PARÁGRAFO 1. El personero se elige entre los treinta días calendario siguiente a 
la iniciación de clases del periodo lectivo anual. Para tal efecto y mediante voto 
secreto el rector(a) convoca a todos los estudiantes matriculados con el fin de 
elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio de 
cargo de Personero es incompatible con el de Representante de los estudiantes 
al consejo directivo. 
El personero no tendrá suplente. Si hay renuncia voluntaria o relevo del cargo se 
hará una nueva elección. Es causal de relevo del cargo de personero el bajo 
rendimiento académico, el incumplimiento a las normas establecidas en el 
presente pacto de convivencia o de su programa de gobierno y el no ser ejemplo 
de los valores que enmarcan el perfil Perdomista ante la comunidad, siendo el 
consejo estudiantil quien determinará su revocatoria. Sus funciones son las 
establecidas en el Decreto 1860 de 1994 y las demás actividades afines que le 
atribuyan el PEI y el pacto de convivencia. 
ARTICULO 29°. MONITOR ESTUDIANTIL. Es elegido por sus compañeros de 
curso en coordinación con el director del mismo, en razón de su ejemplar calidad 
humana para el año lectivo en curso. Sus funciones son las siguientes:
a) Ser ejemplo en el cumplimiento del pacto de convivencia, destacándose por 
su responsabilidad y respeto. 
b) Asistir a reuniones cuando sea convocado(a) a participar con aportes 
positivos y ser vocero confiable del grupo que representa. 
c) Llevar información oportuna y veras a sus compañeros sobre temas 
tratados en reuniones, talleres, conferencias u otras actividades en que haya 
tomado parte. 
d) Diligenciar el control de asistencia a clase, escribiendo nombres y apellidos 
del estudiante que no asiste y una (X) en cada una de las áreas del respectivo 
horario. 
e) Presentar al profesor(a) de cada área el control de asistencia diario de 
asistencia a clase para que registre su firma y entregarlo a coordinación al finalizar 
la jornada. 
f) Motivar a sus compañeros para que permanezcan dentro del aula de clase 
aun en ausencia del profesor(a) siguiendo los trabajos e instrucciones que este 
haya orientado. 
g) Colaborar con el director de grupo en la organización de las actividades, 
cuidado y buen uso del mobiliario del curso a su cargo. 
h) Velar por la excelente presentación de los integrantes del grupo y buen porte 
del uniforme. 
i) Apoyar las diferentes campañas que realiza la institución para mantener las 
instalaciones en perfecto orden y aseo. 
j) Exigir el cuidado del mobiliario que le han asignado a cada estudiante del curso, 
el orden y el aseo del salón al finalizar cada clase. 
k) Informar al director de curso sobre los actos de indisciplina y daños de 
mobiliario que ocasione cualquier estudiante del curso. 
PARAGRAFO 1. El monitor debe responder por el daño o pérdida de la tabla del 
control de asistencia diario de clase ante coordinación. 
PARAGRAFO 2. En caso de inasistencia a clase debe delegar la responsabilidad 
a un compañero de curso para que este diligencie el control de asistencia diario de 
clases.
PARAGRAFO 3. El monitor que incumpla con las funciones asignadas será 
reemplazado del cargo. 
ARTICULO 30°. CONTRALORÍA ESTUDIANTIL. 
Será la encargada de promover y actuar como veedora del buen uso de los 
recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, 
especialmente de los recursos del fondo de servicios docentes del respectivo 
colegio. 
La contraloría estudiantil estará compuesta por el contralor estudiantil, el contralor 
auxiliar y el comité estudiantil de control social. 
El CONTRALOR ESTUDIANTIL. Será un estudiante matriculado en la institución 
educativa que será elegido democráticamente por los estudiantes matriculados. 
Será quien lidere la contraloría estudiantil. Es requisito para ser candidato a 
contralor estudiantil presentar el Plan de Acción. 
Sus funciones y atribuciones son las establecidas en el artículo 4° de la 
ordenanza departamental N° 32 de 2008 así: 
a) Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, 
buen uso y manejo de los recursos y bienes de su institución, a través de 
actividades formativas y/o lúdicas, con el apoyo de la institución y de la contraloría 
departamental. 
b) Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de 
participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución con el 
apoyo de la contraloría departamental. 
c) Velar por el mejoramiento de la calidad educativa. 
d) Promover la enseñanza, educación y el respeto por los derechos humanos 
dentro y fuera de la institución educativa. 
e) Preservar en la institución educativa y fuera de ella un medio ambiente sano 
y libre de contaminación, así como la preservación de los recursos naturales. 
f) Presentar a la contraloría departamental las denuncias relacionadas con las 
presuntas irregularidades detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes 
de la institución educativa a la que pertenecen. 
g) Solicitar las actas de consejo directivo, para poder hacer seguimiento a las 
decisiones que se tomen sobre el uso de los bienes y servicios de la institución.
h) Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del comité estudiantil de 
control social. 
i) Presentar una redición de cuentas semestralmente sobre sus actuaciones 
en el ejercicio de sus funciones. 
j) Las demás que le sean asignadas por la contraloría departamental. 
ARTICULO 31° ELECCIÓN. El Contralor y el Contralor auxiliar son elegidos por 
un periodo de un año, elecciones que se realizara dentro de los treinta días 
calendario siguientes a la iniciación de clases del periodo lectivo anual. Para tal 
efecto la rectora convocara a todos los estudiantes con el fin de elegirlos por el 
sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto. El Contralor 
Auxiliar será el estudiante que obtenga la segunda votación en las elecciones y 
ejercerá las mismas funciones de Contralor Estudiantil en los casos de faltas 
temporales o absolutas. 
ARTICULO 32° REVOCATORIA. Podrá revocarse el mandato del Contralor 
Estudiantil, por iniciativa de los estudiantes, motivada por el incumplimiento de sus 
funciones. 
ARTICULO 26° INCENTIVOS A LA PARTICIPACIÓN. El ejercicio del cargo de 
contralor estudiantil, equivaldrá a las horas de prestación de servicio social 
estudiantil obligatorio. Para hacerse acreedor de este incentivo deberá ejercer sus 
funciones durante todo el periodo para el cual fue elegido. 
ARTICULO 33°. ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA. Constituida 
por la totalidad de padres de familia de la institución educativa Gustavo Perdomo 
Ávila, quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en 
relación con el proceso educativo de sus hijos. Según el artículo cuarto del 
decreto 1286 de 2005 debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año y 
extraordinariamente cuando la institución lo estime conveniente por convocatoria 
del rector(a) para deliberar, elegir representantes, participar en el desarrollo de 
proyectos pedagógicos, del pacto de convivencia, del PEI, de los resultados de las 
pruebas saber, del sistema institucional de evaluación y promoción, recibir 
informes administrativos, de periodos académicos, de rendición de cuentas de los 
fondos de servicios educativos en las áreas de gestión y tomar decisiones en 
asuntos relacionados con la formación integral de sus hijos y demás procesos 
educativos de la institución. 
ARTICULO 34°. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. Es una entidad jurídica 
de derecho privado sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y 
voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en el
establecimiento educativo. En el primer mes del año escolar el rector(a) 
convocará y presidirá la asamblea general de padres de familia para que elijan los 
miembros que conformarán la Asociación de Padres de familia. Una vez elegidos 
internamente se distribuirán los cargos de presidente, vicepresidente, tesorero, 
secretario, fiscal y vocal (es). El procedimiento para su constitución y sus 
funciones son las establecidas en el Decreto 1286 de 2005. 
ARTICULO 35°. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA. Es un órgano de 
participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a 
asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los 
resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo 
tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca el plantel 
educativo, de conformidad con lo que establece el PEI. 
Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la iniciación 
de las actividades académicas, el rector (a) convocará a los padres de familia para 
que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres de familia. 
La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año 
lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de al 
menos el 50% de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la 
primera hora de iniciada la reunión. Sus funciones son las establecidas en el 
Artículo 7 del Decreto 1286 de 2005. 
ARTÍCULO 36°. ASOCIACION DE EXALUMNOS. Es un ente organizativo al que 
tienen derecho todos los estudiantes egresados de la institución y que los reúne 
en torno a objetivos comunes de integración, apoyo, asesoría o servicios de esta, 
como gesto de agradecimiento y lealtad a la misma. Dentro de los 60 días 
calendario escolar, el rector(a) convocará y presidirá dicha reunión para su 
respectiva elección y recibirán toda la información necesaria para que puedan 
cumplir sus funciones. 
CAPITULO VI 
RESPONSABILIDADES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EN EL 
SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACION PARA 
LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACION PARA LA SEXUALIDAD Y LA 
PREVENCION Y LA MITIGACION DE LA VIOLENCIA ESCOLAR. 
ARTICULO 37° RESPONSABILIDADES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO. 
Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá 
las siguientes responsabilidades:
1) Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás 
personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad 
física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, 
sexuales y reproductivos. 
2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento 
de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la 
presente Ley. 
3) Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del 
manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la 
Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de 
acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y 
reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos 
docentes. 
4) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y 
el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso 
participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad 
educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, 
acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que 
las desarrollan. 
5) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento 
educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la 
convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, 
en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con 
base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que 
adopte el comité escolar de convivencia. 
6) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un 
proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el 
acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el 
impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado 
del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el 
respeto mutuo. 
7) Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia 
escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia 
escolar más frecuentes.
8) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la 
comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la 
mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 
9) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las 
distintas áreas de estudio. 
ARTÍCULO 38°. Responsabilidades del director o rector del establecimiento 
educativo en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para 
los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y 
mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad 
vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades: 
1) Liderar el comité, escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los 
artículos 11',12 Y 13 de la presente Ley. 
2) Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los 
componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos 
establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la 
convivencia escolar. 
3) Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual 
de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso 
participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad 
educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 
4) Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de 
derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del 
establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de 
convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la 
Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos. 
ARTÍCULO 39°. Responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional 
de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la 
educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia 
escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son 
propias, tendrán las siguientes responsabilidades: 
1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, 
violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten 
a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la 
Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y 
con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia 
Escolar.
Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de 
medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para 
activar el protocolo respectivo. 
2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de 
ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la 
participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de 
conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral 
de los estudiantes. 
3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de 
evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. 
4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. 
CAPITULO VII 
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 
ARTÍCULO 40°. OBLIGACIONES. Para cumplir con su misión las instituciones 
educativas tendrán entre otras las siguientes obligaciones: 
1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y 
garantizar su permanencia. 
2. Brindar una educación pertinente y de calidad. 
3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad 
educativa. 
4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro 
educativo. 
5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento 
del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la 
comunidad educativa. 
6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten 
dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer 
programas de orientación psicopedagógica y psicológica.
7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas 
culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales 
extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. 
8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de lo niños, niñas y 
adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 
9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la 
cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 
10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación 
del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 
11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes 
especiales. 
12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, 
condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus 
derechos. 
ARTÍCULO 41°. OBLIGACIÓN ÉTICA FUNDAMENTAL DE LOS 
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS. Las instituciones de educación primaria y 
secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a 
los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad 
física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán: 
1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores 
fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la 
tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato 
respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes 
presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. 
2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de 
maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte 
de los demás compañeros y de los profesores. 
3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter 
disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los 
comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con 
dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con 
capacidades sobresalientes o especiales. 
ARTÍCULO 42°. OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS 
INSTITUCIONES EDUCATIVAS. Los directivos y docentes de los
establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en 
marcha mecanismos para: 
1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 
2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de 
malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y 
explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y 
esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. 
3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 
4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, 
vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 
5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de 
maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte 
de los demás compañeros o profesores. 
6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter 
disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los 
comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y 
adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o 
adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 
7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que 
producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las 
autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo 
alrededor de las instalaciones educativas. 
8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para 
el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. 
9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o 
peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 
10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y 
reproductiva y la vida en pareja. 
ARTÍCULO 43°. PROHIBICIÓN DE SANCIONES CRUELES, HUMILLANTES O 
DEGRADANTES. Los directores y educadores de los centros públicos o privados 
de educación formal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que 
conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar 
medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida 
su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar.
CAPITULO VIII 
PROCESO DE INGRESO Y PERMANENCIA 
ARTICULO 44°. PROCESO DE MATRICULA. Para garantizar el acceso y la 
permanencia a la población en edad escolar y a la población vulnerable en los 
niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria y media, la institución se 
apoya en la resolución número 5360 de 2006 del MEN, el art. 51 de la ley 1448 de 
2011, el art. 91 del decreto 4800 de 2011 y la resolución departamental que a junio 
de cada año expide sobre el proceso de matrícula, la ley 115 de 1994, sentencias, 
directivas, circulares y demás normatividad vigente que para tal efecto se expiden, 
los cuales establecen los lineamientos y criterios generales para la organización 
del proceso de asignación de cupos y la matricula oficial para cada año lectivo. 
En consecuencia el estudiante que aspire ingresar a la institución deberá hacerlo 
según las directrices ministeriales y las normas territoriales en mención que para 
el efecto el rector(a) publicara las fechas para inscripción y matricula de alumnos 
nuevos y renovación para antiguos el cual deberá hacerlo en los días y horario 
previamente establecido según el calendario escolar. Para efectos legales en este 
proceso se podrán matricular estudiantes hasta el 30 de marzo del año lectivo, 
pasada esta fecha solo se podrán matricular por transferencia siempre y cuando 
acredite los documentos que exige la institución. 
ARTICULO 45°. ADMISION. Es el medio por el cual la institución educativa 
determina y admite la vinculación de estudiantes nuevos, antiguos y por 
transferencias a cursar los diferentes niveles y ciclos ofrecidos por la institución 
que en forma voluntaria solicita cupo(s) y reúne los requisitos establecidos por el 
MEN, la Secretaría de Educación Departamental, la institución y el pacto de 
convivencia. 
Para ser admitido y formar parte integrante de esta comunidad educativa se debe 
cumplir con los siguientes parámetros: 
1. Solicitar cupo ante rectoría y estar respaldado por los padres y/o acudientes con 
condiciones éticas, morales, socioafectivas y de responsabilidad para asistirlo en 
las situación que lo requieran y/o cuando la institución lo solicite. 
2. Presentación de documentos según el nivel a cursar ante el rector(a) para su 
debida verificación así:
2.1. PARA ESTUDIANTES DE PREESCOLAR: 
a. Registro civil de nacimiento donde acredite parentesco. 
b. Tres fotos recientes 3x4. 
c. Una carpeta para archivar. 
d. Fotocopia del carnet de vacunación. 
e. Fotocopia del carnet de salud. 
f. Certificado de estratificación o constancia de cabildo y/o resguardo actualizada. 
g. Certificado de grupo sanguíneo, factor RH 
h. Fotocopia de cedula de ciudadanía de los padres. 
i. fotocopia de un recibo de servicios públicos. 
j. fotocopia del registro de control de crecimiento y desarrollo. 
k. Los demás requisitos que el consejo directivo acuerde. 
2.2. PARA ESTUDIANTES NUEVOS DE BASICA PRIMARIA: 
a. Registro civil de nacimiento donde acredite parentesco. 
b. Tres fotos recientes 3x4. 
c. una carpeta para archivar. 
d. Certificado de comportamiento o fotocopia del observador. 
e. Informe final de calificaciones del año anterior. 
f. Fotocopia del carnet de salud. 
g. Certificado de estratificación o constancia de cabildo y/o resguardo actualizada. 
h. Certificado de grupo sanguíneo, factor RH. 
i. Fotocopia de cedula de ciudadanía de los padres. 
j. fotocopia de un recibo de servicios públicos. 
k. boletines y/o certificados de notas de periodos y/o años cursados. 
l. registro SIMAT que acredite que fue liberado de la institución donde estudiaba. 
m. Paz Y salvo por todo concepto con la institución de donde proviene si se 
requiere. 
n. Fotocopia de la tarjeta de identidad. 
o. Certificado médico en casos que se requiera. 
p. Certificación de desplazado en casos que se requiera. 
q. Los demás requisitos que el consejo directivo acuerde. 
2.3. PARA ESTUDIANTES NUEVOS DE BASICA SECUNDARIA Y MEDIA: 
a. Certificado de 5° primaria. 
b .boletines y/o certificado de notas de años y/o periodos cursados. 
c. Tres fotos recientes 3x4. 
d. Una carpeta para archivar. 
e. Certificado de comportamiento o fotocopia del observador. 
f. Fotocopia del carnet de salud. 
g. Certificado de estratificación o constancia de cabildo y/o resguardo actualizada. 
h. Certificado de grupo sanguíneo, factor RH. 
i. Fotocopia de la tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía. 
j. certificado médico en casos que se requiera 
k. Paz y salvo por todo concepto con la institución de donde proviene en casos 
que se requiera.
l. Fotocopia de cedula de ciudadanía de los padres. 
m. fotocopia de un recibo de servicios públicos. 
ñ. Registro SIMAT que acredite que fue liberado de la institución donde estudiaba. 
o. Certificado de desplazado en casos que se requiera. 
p. Los demás requisitos que el consejo directivo acuerde. 
2.4. PARA ESTUDIANTES ANTIGUOS: 
a. La carpeta de hoja de vida que se encuentra en la institución. 
b. Informe final de calificaciones del año anterior. 
c. Tres fotos recientes 3x4. 
d. Recibo de paz y salvo por todo concepto con la institución. 
3. Que exista disponibilidad de cupo conforme a los parámetros del MEN (relación 
técnica alumno-docente) 
4. Que cumpla con las edades reglamentarias: para preescolar cinco años, para 
grado primero seis años y para secundaria once años en adelante. 
5. Que conozca, acepte y cumpla con la filosofía, los principios y valores 
institucionales establecidos en el PEI y las normas del pacto de convivencia 
vigente. 
6. Firmar el acta de compromiso y aceptación del pacto de convivencia escolar. 
7. Recibir orden de matrícula y asignación del grupo y/o grado por parte del 
rector(a). 
8. LEGALIZACION DE MATRICULA. Acto que formaliza la vinculación del 
estudiante al servicio educativo que ofrece la institución mediante el 
diligenciamiento de los datos del padre de familia y/o acudiente o persona que 
tenga la custodia ante la secretaría de la institución. Los padres o tutores y los 
educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos 
están aceptando los derechos y obligaciones definidas en el presente pacto de 
convivencia escolar. Art. 87 y 95 de la ley 115 de 1994. 
7. Registro oficial de la matrícula del estudiante en el sistema integrado de 
matrícula SIMAT por el rector(a) de la institución y 
8. Archivo de la carpeta del estudiante matriculado por curso y orden alfabético. 
PARÁGRAFO 1° Los dineros recaudados y donados de manera solidaria por el 
padre de familia, acudiente y/o convenio con otras instituciones serán 
consignados en la cuenta del Fondo de Servicios Docentes de la institución.
PARÁGRAFO 2° La diligencia de la matricula será en presencia del rector(a), la 
secretaria, el estudiante y el padre de familia o acudiente autorizado. La firma del 
estudiante es indelegable. 
PARÁGRAFO 3° El estudiante que haya sido remitido al consejo directivo y/o 
comité de convivencia escolar por dificultades disciplinarias deberá presentar 
constancia firmada por dicho comité y/o consejo, que permita la continuidad de 
estudios en la institución e igualmente junto con el padre de familia o acudiente 
autorizado firmarán compromisos de cumplimiento disciplinario. 
PARAGRAFO 4° Los estudiantes no promocionados al siguiente grado por bajo 
desempeño académico, por inasistencia o por mal comportamiento para ser 
admitidos deberán firmar un compromiso académico y disciplinario, junto con el 
padre de familia o acudiente. El incumplimiento del compromiso implicará el inicio 
del debido proceso. 
PARÁGRAFO 5° Cuando el estudiante padece de enfermedades que no le 
permitan desarrollar actividades pedagógicas o físicas debe notificarlo por escrito, 
anexando certificado médico. 
PARÁGRAFO 6° El estudiante con comportamiento inferior a 3.0 (tres cero) en el 
informe final, perderá el cupo en la institución. 
PARÁGRAFO 7° El cupo en la institución está determinado por la capacidad de la 
planta física, la proyección de cupos y la relación técnica alumno-docente según 
las normas vigentes. 
PARAGRAFO 8°. La cancelación de la matrícula de un estudiante la solicitará 
únicamente el padre de familia y/o acudiente que firmó la matrícula y solo a ellos 
se le entregará la carpeta. Si por algún motivo quien firmó la matrícula no puede 
hacer esta diligencia, este deberá delegar a la persona de confianza mediante una 
autorización autenticada y/o certificación de custodia expedida por la Comisaría de 
Familia. 
PARAGRAFO 9°. Para matrículas por transferencia y/o traslados de estudiantes 
de otra institución se procederá de acuerdo a los requisitos establecidos en los 
artículos 44° y 45° del presente pacto de convivencia. Corresponde al rector(a) 
definir o no su ingreso y permanencia en esta institución educativa. 
ARTICULO 46°. PERMANENCIA. La institución educativa velara por la 
permanencia de los estudiantes desde el grado de preescolar hasta el grado once, 
por lo tanto el derecho a la educación como la permanencia, se garantiza siempre 
y cuando el estudiante(s) no violen reiteradamente las normas académicas y de 
comportamiento establecidas en el presente pacto de convivencia, pues el
incumplimiento de los deberes del estudiante y demás normas de convivencia 
escolar para con la comunidad educativa representan abuso del derecho en 
cuanto impiden alcanzar los propósitos institucionales, art. 95 C.P. 
La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte del alumno no 
será causal de exclusión del respectivo establecimiento cuando no este asociada 
a otra causal expresamente contemplada en el reglamento institucional o pacto de 
convivencia, articulo 96 - ley 115/94. 
ARTICULO 47°. ESTRATEGIAS DE PERMANENCIA ESCOLAR. Conforme a la 
constitución política, la ley 115 del 94 y demás normas vigentes, la institución 
educativa Gustavo Perdomo Ávila garantiza el acceso y propenderá por la 
permanencia de los estudiantes en condiciones de inclusión social en todos los 
niveles que ofrece esta institución a través de las siguientes estrategias: 
a) Inducción a estudiantes nuevos, antiguos y a sus familias al inicio del año 
escolar. 
b) Gratuidad educativa. 
c) Dialogo de motivación hacia el aprendizaje por parte de los docentes, 
directivos y docente orientador. 
d) Currículo y/o contenido flexible acorde a su propio contexto. 
e) Ofrecimiento de todo el sistema educativo: transición, básica primaria, 
básica secundaria y media. 
f) Sistema institucional de evaluación y promoción flexible. 
g) Desarrollo de actividades extracurriculares y/o curriculares que propician la 
participación de los estudiantes en el gobierno escolar y la formación 
integral en aspectos sociales, artísticos, de desarrollo de competencias, 
deportivas, de convivencia institucional, etc, etc. 
h) Ofrecimiento de servicios complementario como restaurante escolar, 
transporte subsidiado por la alcaldía municipal, tienda escolar, programas 
de salud dirigidos por el hospital y el municipio y programas de prevención 
escolar dirigidos por la institución educativa. 
i) Promoción y apoyo de los diferentes órganos e instancias de participación 
escolar en el ejercicio de sus funciones.
j) Disponibilidad del personal que labora en la institución para dedicarle al 
estudiante el tiempo necesario y la atención debida con el fin de responder 
oportunamente a sus problemas e inquietudes. 
k) Existencia de estímulos y buen trato que la institución da a los estudiantes 
para reconocerlos y valorarlos como personas. 
l) Servicio de orientación escolar para identificar la satisfacción de sus 
necesidades y expectativas de los estudiantes y en casos de vulneración 
de derechos, con el fin de dar respuesta oportuna a los problemas, 
inquietudes, quejas y reclamos de la comunidad educativa. 
m) Acceso y uso de las TIC como complemento al aprendizaje y la creatividad. 
n) Promoción anticipada en el primer periodo académico de cada año para 
estudiantes reprobados según criterios del sistema institucional de 
evaluación y promoción. 
Parágrafo 1°. El bajo rendimiento académico del estudiante de manera 
persistente y, si reiteradamente incumple pautas mínimas y muestra desinterés, 
falta de compromiso, sentido de pertenencia, grave y/o gravísima indisciplina 
pueden serán causales a tener en cuenta para abrir procesos disciplinarios y 
determinar sanción temporal, exclusión de la institución y/o perdida del cupo 
según el presente pacto de convivencia y las sentencias de la corte constitucional 
T439 de 1994, T323 de 1994, T329 de 1993, T612 de 1992, C555 de 1994, T562 
de 1993, T092 de 1994, T500 de 1998 y 1992, T348 de 1996, T024 de 1996, T519 
de 1992, T543 de 1997 entre otras. 
CAPÍTULO IX 
DESARROLLO ACADÉMICO 
ARTICULO 48°. JORNADA LABORAL DE LOS DOCENTES. Será de seis (6) 
horas diarias de permanencia en la institución educativa, dedicadas al 
cumplimiento de su asignación académica y a la ejecución de actividades 
curriculares complementarias tales como la administración del proceso educativo; 
la preparación de su tarea académica; la evaluación, la calificación, planeación, 
disciplina y formación de los alumnos; las reuniones de profesores generales o por 
área; la dirección de grupo y servicio de orientación estudiantil; la atención de 
la comunidad, en especial de los padres de familia; las actividades formativas, 
culturales y deportivas contempladas en el proyecto educativo institucional; la 
realización de otras actividades vinculadas con organismos o instituciones del 
sector que incidan directa e indirectamente en la educación; actividades
de investigación y actualización pedagógica relacionadas con 
el proyecto educativo institucional; y actividades de planeación y evaluación 
institucional. El tiempo restante de la jornada laboral será establecido mediante 
acuerdos escritos entre el rector(a) y cada docente para el uso de las dos horas en 
actividades propias de su cargo dentro o fuera del plantel, Art 9° del decreto 1850 
de 2002. 
Para la institución educativa, la jornada laboral de los docentes del nivel 
preescolar, primaria, secundaria, y media es la siguiente: 
1. SEDE N°1. GUSTAVO PERDOMO AVILA 
a. Jornada Mañana: 6:00 a.m. – 12:00 m 
b. Jornada Tarde: 12:00 m – 6:00 p.m. 
2. SEDE N° 2. REBEIZ PIZARRO 
a. Jornada Mañana: 6:00 a.m. – 12:00 m 
3. SEDE N° 3. JARDIN INFANTIL MONTESSORI 
a. Jornada Tarde: 12:00 m – 6:00 p.m. 
4. SEDE N° 4 PALMA-ALTA (ZONA RURAL) 
a. Jornada Mañana: 7.00 a.m. – 1:00 p.m. 
5. SEDE N° 5 SAN MIGUEL (ZONA RURAL) 
a. Jornada Mañana: 6:30 a.m. – 12:30 p.m. 
ARTICULO 49°. JORNADA LABORAL DE DIRECTIVOS Y DOCENTE 
ORIENTADOR. Su permanencia se distribuirá en las jornadas o plantas físicas a 
su cargo, de tal manera que dediquen como mínimo ocho (8) horas diarias al 
cumplimiento de sus funciones en el establecimiento educativo. Parágrafo 1 del 
artículo 11° del decreto 1850 del 2002. 
PARÁGRAFO 1° El horario de la jornada escolar y laboral de los docentes estará 
sujeto a modificaciones según las circunstancias y las disposiciones del MEN. 
ARTICULO 50° ASIGNACION ACADEMICA. Es el tiempo que distribuido en 
periodos de clase, dedica el docente a la atención directa de sus estudiantes en 
actividades pedagógicas correspondientes a las áreas obligatorias y 
fundamentales, asignaturas y optativas de conformidad con el plan de estudios.
Conforme a la potestad que le da el art. 2° y 3° del decreto 1850 de 2002 y el 
P.E.I, la asignación académica semanal de cada docente será: 
Para el docente de preescolar, 20 horas semanales de 60 minutos, distribuidos en 
cuatro periodos de clase de 55 minutos con un descanso asistido de 45 minutos 
según resolución deptal N° 080 de 2008; para el docente de primaria, 25 horas 
semanales de 60 minutos distribuidos en cinco periodos de clase de 55 minutos 
con dos descansos asistidos de 15 minutos y para el docente de básica 
secundaria y media, 22 horas semanales de 60 minutos, distribuidos en seis 
periodos efectivos de clase de 55 minutos con dos descansos asistidos de 15 
minutos. 
ARTICULO 51° SERVICIO DE ORIENTACIÓN ESTUDIANTIL. Todos los 
directivos docentes y los docentes deben brindar orientación a sus estudiantes, en 
forma grupal o individual, con el propósito de contribuir a su formación integral, sin 
que la dirección de grupo implique para el docente de educación básica 
secundaria y educación media una disminución de su asignación académica de 
veintidós (22) horas efectivas semanales, art. 6° del decreto 1850 de 2002. 
ARTICULO 52° HORARIO DE LA JORNADA ESCOLAR. Es el tiempo de 
permanencia de los estudiantes dentro de las aulas de clase y/o espacios de 
la institución dedicada al aprendizaje que conforme al plan de estudios, el 
P.E.I y los artículos 1°, 2°, 3° y 5° del decreto 1850 de 2002, la institución 
determinó la prestación del servicio público educativo dentro de un horario 
escolar donde los estudiantes del nivel de preescolar cumplirán con una 
intensidad diaria de cuatro (4) horas con periodos de clase distribuidos en 
juego libre, actividades iniciales o de rutina, desarrollo de proyectos de aula, 
lonchera, descanso asistido de 45 minutos y actividades finales de 
despedida según decreto 2247 de 1997 y resolución deptal 080 de 2008; para 
educación básica primaria tendrá una intensidad diaria de cinco (5) horas de 
60 minutos distribuidos en periodos efectivos de clase de 55 minutos 
incluyendo dos descansos asistidos de 15 minutos; en básica secundaria y 
media los estudiantes cumplirán seis (6) horas de 60 minutos distribuidos en 
periodos efectivos de clase de 55 minutos incluyendo dos descansos 
asistidos de 15 minutos cada uno. 
El calendario académico está distribuido en cuatro periodos académicos 
iguales, los cuales suman 40 semanas lectivas de atención directa a los 
estudiantes. La asistencia y puntualidad es base indispensable para el 
desarrollo del proceso formativo, por lo tanto los estudiantes deben de 
cumplir los horarios de entrada y salida y recibir todas las clases de manera
obligatoria dentro del horario de la jornada escolar establecidas para cada 
nivel así: 
1. SEDE N° 1. GUSTAVO PERDOMO AVILA 
a. Jornada Mañana: Preescolar. Inicio de clases 7:35 a.m. - Terminación de clases 
11:35 a.m. 
b. Jornada Mañana: Primaria. Inicio de clases 6:30 a.m. - Terminación de clases 
11:35 a.m. 
c. Jornada Tarde: Básica Secundaria y Media. Inicio de clases 12:00 m. – 
Terminación de clases 6:00 p.m. 
2. SEDE N° 2. ESCUELA GENERAL REBEIZ PIZARRO 
a. Jornada Mañana: Preescolar. Inicio de clases 7:35 a.m. – Terminación de 
clases 11:35 a.m. 
b. Jornada Mañana: Primaria. Inicio de clases 6:30 a.m. – Terminación de 
clases 11:35 a.m. 
3. SEDE N°3 JARDIN INFANTIL MONTESSORI 
a. Jornada Tarde: Preescolar. Inicio de clases 2:00 p.m. – Terminación de clases 
6:00 p. m. 
4. SEDE N°4. PALMA-ALTA (ZONA RURAL) 
a. Jornada Mañana: Preescolar. Inicio de clases 8:30 a.m. – Terminación de 
clases 12:30 p.m. 
b. Jornada Mañana: Primaria. Inicio de clases 7:30 a.m. – Terminación de 
clases 12:30 p.m. 
5. SEDE N° 5. SAN MIGUEL ( ZONA RURAL) 
a. Jornada Mañana: Primaria. Inicio de clases 7:00 a.m. – Terminación de 
clases 12:00 m. 
PARÁGRAFO 1° Un estudiante es declarado desertor cuando deja de asistir 
consecutivamente a clases durante diez semanas lectivas, sin ninguna 
justificación por parte del padre de familia o acudiente. 
CAPITULO X
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION Y PROMOCION 
ARTÍCULO 53° SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DEL NIVEL 
PREESCOLAR (SIEEPRE). Para la organización y funcionamiento del nivel 
preescolar, el consejo directivo en atención a lo previsto en la ley 115 de 1994, el 
Decreto 1860 del 94 y el Decreto 2247 del 97 y demás normas vigentes. 
ARTICULO 54° SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 
DE LOS NIVELES DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA. El consejo Directivo en 
correspondencia con el artículo 4° del Decreto 1290 del 16 de abril del 2009 y por 
acuerdo N°002 de octubre 19 de 2009, fijó y adoptó para los niveles de educación 
básica y media, el sistema institucional de evaluación y promoción para los 
estudiantes (SIEE) de la institución Educativa Gustavo Perdomo Ávila así con los 
siguientes criterios de evaluación: 
1. EVALUACIÓN. Es un sistema integrado y continuo que fortalece los aspectos: 
cognitivos, cognoscitivos y socio afectivos; se fundamenta en los procesos de 
autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación, los cuales se aplicarán durante 
los cuatro periodos académicos. 
a. En los periodos lectivos se aplicaran los procesos de evaluación 
(autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación); cada docente en común 
acuerdo con los estudiantes definirá el proceso de valoración. 
b. La heteroevaluación debe ser aplicada en dos formas: abierta teniendo en 
cuenta las competencias básicas específicas y generales; cerrada, de manera 
que propicie el manejo de las pruebas Saber e ICFES. 
c. La valoración del comportamiento se definirá a través de la coevaluación 
entre estudiantes y Director de grado, apoyados en el observador del educando y 
el manual de convivencia y si se requiere hará presencia el Coordinador(a) 
2. PROPÓSITOS DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL 
a. Reconocer los intereses personales del estudiante, para potencializar sus 
capacidades y valorar sus avances, mediante el diligenciamiento del anecdotario 
b. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos 
educativos a través de los procesos de autoevaluación, coevaluación y 
heteroevaluación, a fin de lograr el desarrollo integral de los estudiantes.
c. Implementar estrategias pedagógicas que permitan la superación de 
dificultades con bajo desempeño académico y retroalimentar el proceso con los 
educandos que demuestren desempeño superior. 
d. Adoptar información que permita diseñar estrategias para el ajuste e 
implementación del Plan de Mejoramiento Institucional. 
e. Determinar la promoción de los estudiantes (Art.4° del SIEE Institucional). 
3. CRITERIOS DE PROMOCIÓN. Se considera promocionado un estudiante 
cuando: 
a. Obtiene las valoraciones que representan los niveles básicos, altos o 
superiores en cada una de las áreas. 
b. Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo 
consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo Directivo 
la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un 
rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de 
las competencias básicas del grado que cursa. 
La decisión será consignada en el acta del Consejo Directivo y, si es positiva en 
el registro escolar. 
c. Al cursar el grado once obtiene resultados con promedios altos en todas 
las áreas evaluadas por el ICFES, aun cuando su desempeño en el aula es bajo, 
en este caso el estudiante deberá continuar con sus obligaciones académicas y 
asistencia diaria hasta culminar el año lectivo. 
d. El estudiante no promocionado, si en el primer período del año siguiente 
demuestra un desempeño alto en las áreas que no permitieron su promoción 
será promovido al grado siguiente con la valoración obtenida. 
e. El estudiante que pierda un área, pero que su promedio general sea igual o 
mayor a 3.9, el área perdida quedará con desempeño básico por lo tanto no 
presentara nivelación. 
f. Ha perdido una o dos áreas, debe presentarse a las actividades de 
nivelación en la fecha y hora indicada; en caso que no alcance desempeño básico 
en un área será promocionado y en el registro de notas quedara la valoración 
obtenida. En caso de no presentarse no será promocionado. 
PARAGRAFO: Si la no presentación obedece a una caua justificada 
(enfermedad, calamidad doméstica) se tendrá en cuenta para programar una 
nueva fecha dentro del mismo año escolar.
g. Por ningún motivo se le negara el cupo a un estudiante no promocionado. 
4. Se considera no promocionado un estudiante cuando: 
h. Ha presentado desempeño bajo en tres o más áreas 
i. Haya dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de sus actividades 
académicas durante el año escolar. 
j. Ha obtenido desempeño bajo en dos áreas y habiendo presentado 
nivelación no alcanza el desempeño básico. 
k. Para garantizar la aplicación racional y ética del sistema de evaluación, 
seguimiento y promoción, la institución contará con comisiones de evaluación, 
seguimiento y promoción por grados integradas por el rector (a) o su delegado, 
los directores de grupo, un padre de familia por cada grado y un estudiante. 
5. Funciones de las comisiones de evaluación, seguimiento y promoción 
a. Reunirse al finalizar cada periodo escolar para analizar el rendimiento 
académico y disciplinario de los estudiantes. 
b. Sugerir acciones y estrategias para los estudiantes que hayan obtenido 
desempeño bajo en dos o más áreas a fin de superar las dificultades. 
c. Analizar los casos de estudiantes que demuestren desempeño superior 
con el propósito de recomendar su promoción anticipada 
d. El análisis realizado por las comisiones, quedará en acta firmada por sus 
integrantes. 
PARAGRAFO: 
a. La promoción y graduación de los estudiantes que culminen la educación 
media estará sujeta al artículo 4°, Literales a, c, y e. 
b. En caso de un estudiante que no sea promovido o graduado, se hará un 
seguimiento al desempeño en las áreas que no permitieron su promoción y si en 
el primer período demuestra desempeño alto, será promovido al grado 
siguiente o graduado. 
6. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA 
EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL. La Institución Educativa 
Gustavo Perdomo Ávila adopta la siguiente escala de valoración cuantitativa y 
cualitativa de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias 
fundamentales y optativas, teniendo como referente los estándares, los
lineamientos curriculares y lo establecido en el PEI. La escala de valoración para 
desempeño académico y disciplinario será de 1 a 5 en los siguientes rangos. 
a. De 1.0 a 2.9 Desempeño Bajo (DBJ) 
b. De 3.0 a 3.9 Desempeño Básico (DBS) 
c. De 4.0 a 4.5. Desempeño Alto (DAL) 
d. De 4.6 a 5.0 Desempeño Superior (DSP) 
6.1. Se obtendrá desempeño bajo cuando un estudiante obtenga valoración en 
sus procesos cognoscitivos y formativos entre 1.0 y 2.9 atendiendo los siguientes 
atributos: 
a. No alcanzo los indicadores de logro mínimo o las insuficiencias persisten 
después de realizadas las actividades de recuperación. 
b. Presenta faltas de asistencia injustificada en un área 
c. Presenta dificultades de comportamiento 
d. No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas 
e. No demuestra sentido de pertenencia institucional 
6.2. Se considera un estudiante con desempeño básico cuando su valoración en 
los procesos cognitivos y formativos se encuentre entre 3.0 – 3.9 cumpliendo 
con los siguientes atributos: 
a. Alcanza los desempeños mínimos con actividades de recuperación dentro 
del período académico 
b. Presenta faltas de asistencia, justificada e injustificadas. 
c. Presenta algunas dificultades de comportamiento. 
d. Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas. 
e. Manifiesta sentido de pertenencia a la institución. 
f. Obtiene los desempeños evidenciando algunas dificultades. 
6.3. Se obtendrá desempeño alto cuando un estudiante obtenga valoración en 
sus procesos cognitivos y formativos entre 4.0 – 4.5 cumpliendo con los 
siguientes atributos.
a. Alcanza todos los desempeños propuestos pero con algunas actividades 
de recuperación 
b. Tiene fallas de asistencia justificada 
c. Reconoce y supera sus dificultades 
d. Desarrolla actividades curriculares especificas 
e. Manifiesta sentido de pertenencia con la institución 
6.4. Se obtendrá desempeño superior cuando un estudiante obtenga 4.6 a 5.0 
en la valoración de procesos cognitivos y formativos sin presentar actividades 
de recuperación y cumple con los siguientes atributos: 
a. No tener fallas aun teniéndolas presenta excusas justificadas sin que su 
proceso de aprendizaje se vea afectada. 
b. No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto de 
convivencia con ninguna de las personas de la comunidad educativa. 
c. Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas. 
d. Manifiesta sentido de pertenencia institucional 
e. Participa en las actividades curriculares y extracurriculares. 
f. Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo. 
7. ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE 
LOS ESTUDIANTES. Para la valoración integral de los desempeños de los 
estudiantes se tendrá en cuenta los aspectos cognitivos, cognoscitivos y socio 
afectivo. 
a. Aptitudes de respeto, convivencia, solidaridad, tolerancia, responsabilidad, 
participación en las actividades programadas. 
b. La aplicación y relación de las temáticas desarrolladas a través de la 
solución de problemas, el establecimiento de analogías, relación causa efecto, 
comprobación de hipótesis, contextualización y actitudes críticas frente al saber. 
c. La heteroevaluación: Estructurada desde las pruebas de estado (SABER), 
dando prioridad a éstas en todos los niveles Teniendo en cuenta las 
competencias generales, específicas y básicas. 
d. En los procesos anteriores también se aplicará la coevaluación a fin de 
mantener y/o mejorar los desempeños de los estudiantes.
e. Formar grupos de apoyo con los mejores estudiantes para que refuercen a 
los que presentan dificultades. 
8. ACCIONES DE SEGUIMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS 
ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. 
a. El docente de cada área mantendrá un dialogo fluido y motivante con los 
estudiantes 
b. El director del grupo hará un seguimiento periódico al proceso académico, 
en caso de desempeño bajo, el docente del área y/o director de grado, citara el 
padre de familia para establecer compromisos firmado entre los docentes de las 
áreas, el coordinador (a) y el estudiante. 
c. Durante el periodo se aplicará actividades de recuperación. Si el educando 
no logra superar sus dificultades continuará con su valorización hasta finalizar el 
año excepto si obtiene un promedio de desempeño básico. 
d. Reunión con padres de familia, el estudiante implicado director de grado y 
los demás profesores que se considere necesario y como resultado de esta 
diligencia quedará un acta de seguimiento en forma especial consignada en el 
observador. 
9. PROCESOS DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. En todas las 
áreas y para cada periodo académico, se favorecerá la autoevaluación de los 
estudiantes con una intención netamente formativa que contribuya a la forma de 
conciencia de proceso de aprendizaje y que ayude al estudiante a establecer sus 
dificultades y avances en su desempeño. 
Periódicamente los docentes dará un espacio a los estudiantes para que 
reflexione mediante preguntas como: ¿Qué aprendí hoy? ¿Qué hice bien? ¿En 
qué tengo todavía confusión? ¿ En qué necesito ayuda’ ¿Sobre qué quiero saber 
más? ¿Cuál va hacer mi próximo trabajo? Además el estudiante se valora 
teniendo en cuenta discusiones con la participación de toda la clase o de grupo 
pequeños, cuaderno o diario de reflexión, lista de chequeo e inventario de 
autoevaluaciones, entrevistas maestro –estudiante. 
Este proceso se realizará con base en compromisos adquiridos durante el año 
escolar los cuales quedaran en actas firmadas entre estudiante y docente. 
10. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES 
PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. El docente realizará un 
cronograma de recuperación durante cada periodo para que el estudiante de
manera idónea supere las dificultades a través de talleres, guías, exposiciones, 
pactados dentro de un compromiso con padres de familia. 
Formar grupos de apoyo con los estudiantes que presentan desempeño alto para 
que refuercen a los que tengan dificultades. 
11. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y 
DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO CUMPLAN CON LOS PROCESOE 
EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SIEE. Para garantizar el cumplimiento de 
lo establecido en este acuerdo, cualquier miembro de la comunidad educativa, 
estará atento para que estas pautas sean conocidas y divulgadas, en caso de 
alguna irregularidad, se dirigirá a quien corresponda, haciendo uso de los 
derechos al debido proceso, a la educación a la diferencia en los ritmos de 
aprendizaje. 
Para las actividades de evaluación, seguimiento y promoción al consejo 
académico, propone ante el consejo directivo la creación de las siguientes 
acciones: 
a. Creación de comisiones de evaluación, seguimiento y promoción por 
grados, según Capitulo I, Artículo 4, Literal K. 
b. La rectora liderara el cumplimiento de los procesos de evaluación, 
establecidos en el SIEE. 
c. Los coordinadores velarán porque se aplique los procesos de evaluación a 
través de: 
 Seguimiento de los compromisos establecidos durante el año entre 
estudiante y docente. 
 Revisión periódica del plan de clase 
 Revisión del debido diligenciamiento de planilla. 
 El cumplimiento del cronograma de actividades programadas por los 
docentes para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes. 
 La verificación del diligenciamiento oportuno del observador del alumno. 
 Seguimiento del ausentismo de los estudiantes a través del control diario de 
clase. 
 Seguimiento y evaluación del plan de área. 
d. Los docentes deberán:
 Establecer con los estudiantes compromisos que incluyan los procesos de 
evaluación en su asignatura, consignados en acta. 
 Asignar porcentajes a cada proceso evaluativo , previa concertación con los 
estudiantes , los cuales quedarán registrados en el acta 
 Definir en el plan de clases los procesos de evaluación 
 Dar cumplimiento al cronograma fijado paras las actividades de 
recuperación 
 Diseñar y aplicar evaluaciones tipo prueba SABER 
12. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE 
FAMILIA. El año escolar se divide en 4 periodos académicos de igual duración, al 
término de cada uno y en un tiempo básico de 20 días, se entregara informe 
escrito a los padres de familia. 
Al finalizar el año lectivo se entregara´ un informe final donde se define la 
promoción o no del estudiante. 
Las reuniones programadas a los padres de familia deben ser de obligatorio 
cumplimiento sin excepción alguna. 
13. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES. El informe que 
se entregará a los padres de familia o acudientes deberá contener las 
valoraciones cuantitativas adoptadas por la institución y su equivalente con la 
escala de valoración Nacional, así como los niveles de desempeño y 
recomendaciones presentadas en el periodo. Se registrará además la intensidad 
horaria de cada área, las inasistencias y observaciones disciplinarias. 
El informe final indicará los promedios obtenidos en cada área y el 
comportamiento en términos cuantitativos y su equivalente con la escala de 
valoración nacional, además definirá o no la promoción del estudiante. 
14. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMO DE ATENCIÓN Y 
RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y 
ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUCION Y PROMOCIÓN 
14.1. DEBIDO PROCESO 
14.2. INSTANCIA. Para resolver la reclamación de un padre de familia, acudiente 
y/o estudiante, se establece el siguiente proceso: 
14.2.1. Primera instancia
a. Docente de la asignatura 
b. Director de grupo 
c. Coordinador(a) 
d. Comisión de evaluación, seguimiento y promoción 
e. Consejo académico 
14.2.2. Segunda instancia 
a. Consejo directivo 
b. Jefe de núcleo 
14.3 PROCEDIMIENTO. El padre de familia, acudiente y/o estudiante, que 
necesite hacer una reclamación deberá seguir la primera instancia así: 
a. Solicitud escrita al docente del área con el que se presenta la inconformidad 
, fundamentada en evidencia reales, no en supuestos , en un término máximo de 
3 días hábiles posteriores a la evaluación . El docente deberá tratar la petición y 
responderla por escrito, en un término máximo de 3 días hábiles. 
b. En caso de insatisfacción o negligencia, la solicitud será llevada al director 
de grupo, quien convocará a reunión al estudiante, padre de familia y/o acudiente, 
docente del área en un término máximo de 3 días hábiles, para aclarar y 
establecer acuerdo que será consignado en el observador del estudiante. 
c. Si la reclamación persiste, el padre de familia y/o acudiente o el estudiante, 
remitirá el caso al coordinador (a) para que revise el procedimiento y actúe por 
escrito en un término no superior a 3 días hábiles. 
d. Si la decisión no satisface el reclamo, en un término de 3 días hábiles, el 
padre de familia y/o acudiente, o estudiante, se designará ante la comisión de 
evaluación, seguimiento y promoción, para que analice y establezcan 
compromisos por escrito, en un término de 3 días hábiles. 
e. Si el padre de familia y/o acudiente, esta inconforme con la anterior 
decisión, en un plazo de 3 días hábiles, se remitirá ante el consejo académico, 
por escrito y con los soportes respectivos el proceso llevado a cabo, el cual 
encargará de emitir un concepto en un plazo de 3 días hábiles máximo. 
f. Si la decisión en primera instancia no es de conformidad con el padre de 
familia y/o acudiente o estudiante, deberá presentar petición escrita ante el 
Consejo Directivo, en un término máximo de 3 días hábiles, éste deberá
responder a través de una resolución en un término máximo de 5 días hábiles, en 
la que ratifica la decisión de la primera instancia. 
g. Si este acto administrativo, no satisface la reclamación del padre de familia 
y/o acudiente o estudiante, se dirigirá por escrito en un plazo máximo de 3 días 
hábiles al Jefe de Núcleo para su respectiva revisión y concepto por escrito en un 
término de 3 días hábiles. 
En todos estos casos las reclamaciones se harán por escrito de manera 
respetuosa y cordial, fundamentadas en evidencias reales no en supuestos. 
15. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN 
LA CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN. 
Para que la comunidad participe activamente en la construcción del sistema 
institucional de evaluación de los estudiantes, se establecen los siguientes 
mecanismos: 
a. Socialización del Decreto 1290 a padres de familia y estudiantes por grado. 
b. Las inquietudes, sugerencias y propuestas, tanto de padres como de 
estudiantes, serán canalizados a través de los consejos de padres y estudiantes, 
estas deberán presentarse por escrito. 
15.1 Convocatoria 
a. Consejo Directivo, Consejo de Padres, Consejo de Estudiantes, Contralor 
Estudiantil, Consejo Académico, Asociación de Padres de Familia, Jefe de Núcleo, 
Comités de Promoción y Seguimiento Y Docentes en general para la socialización 
y debate y plenaria en las diferentes propuestas elaboradas por los grupos de 
trabajo con el fin de adoptar el SIEE. 
b. La comunidad educativa, participará en la implementación del SIEE, a 
través de sus representantes (Consejo de Estudiantes, Exalumnos, Consejo 
Directivo, Asociación de Padres de Familia, Consejo Académico, Contralor 
estudiantil) quienes se reunirán semestralmente para sugerir aportes al sistema 
de evaluación, las cuales quedarán por escrito en acta. 
16. DIVULGACIÓN. El presente sistema institucional de evaluación y promoción 
de los estudiantes de los niveles de educación Básica y Media debe ser 
publicado en toda la comunidad educativa de la Institución Educativa GUSTAVO 
PERDOMO AVILA del Municipio de Natagaima Tolima. 
17. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir del 1 de enero de 2010 y deroga 
las disposiciones que le sean contrarias.
CAPITULO XI 
SERVICIOS QUE PRESTA LA INSTITUCION EDUCATIVA 
ARTICULO 55° SERVICIOS. Son las diferentes dependencias con que cuenta la 
institución y que poseen reglamentos y funciones propias conforme a las normas 
vigentes y el respectivo P.E.I 
1. RECTORIA. Dependencia que lidera el horizonte institucional a 
través de los componentes de gestión directiva, académica, 
administrativa-financiera y comunitaria acorde con la filosofía 
institucional establecida en el P.E.I. 
2. COORDINACION. Dependencia encargada de orientar, aplicar y 
supervisar las directrices o políticas educativas adoptadas por la 
institución y demás normas del Ministerio de Educación Nacional. 
3. SECRETARIA. Esta dependencia se encarga de matricular, 
diligenciar certificados y constancias, elaborar solicitudes; asistir y 
elaborar actas de reuniones de Consejo Directivo, docentes, 
asamblea general de padres de familia y de graduación de 
bachilleres; organización contable de los Fondos de Servicios 
Educativos, recibir correspondencia y archivarlas, llevar el libro de 
visitas oficiales, registro de matrículas canceladas, elaborar listas de 
alumnos por grados, digitar consolidados de cuadros estadísticos de 
promoción, plan de estudios, asignación académica, relación de 
planta de personal, inventarios, procesar informes del SIMAT, 
organizar el kardex, los libros de registro escolar de valoración por 
grados y niveles, libro de actas de graduación, atender a los 
estudiantes en horas de descanso y a los padres de familia según 
horario establecido y demás funciones asignadas por el depto y la 
rectoría. 
4. ORIENTACION ESTUDIANTIL. Dependencia encargada de 
promover la formación integral del estudiante que tendrá como 
objetivo general el de contribuir al pleno desarrollo de la personalidad 
de los educandos, en particular en cuanto a: La toma de decisiones 
personales, la identificación de aptitudes e intereses, la solución de 
conflictos y problemas individuales–familiares y grupales; la 
participación en la vida académica, social y comunitaria; el desarrollo
de valores y las demás relativas a la formación personal, art 6° del 
decreto 1850 de 2002, art. 92 de la ley 115 de 1994 y art. 40 del 
decreto 1860 de 1994. 
5. BIBLIOTECA. Se encarga de facilitar a los educandos y profesores 
los textos de las diferentes áreas del conocimiento, videos, mapas, 
periódicos, revistas y otros materiales según reglamento establecido 
por la bibliotecaria. El horario de atención y demás funciones 
asignadas será el establecido por la rectoría y por su propio 
reglamento interno. 
6. TIENDA ESCOLAR. Este servicio se encarga de ofrecer a la 
comunidad educativa los mejores menús y productos nutritivos a 
precios cómodos y de excelente calidad. El horario de atención para 
estudiantes es en las horas de descanso única y exclusivamente; 
para padres de familia el horario de atención es cuando sea 
requerido por la rectora o coordinadores en las reuniones que les 
corresponda; para docentes y administrativos la prestación del 
servicio es a diario y una vez lo soliciten. Su reglamento será 
determinado y adoptado por el consejo directivo. 
7. AULAS INTELIGENTES O AUDIOVISUALES. Facilita la formación 
en conocimientos básicos en tecnología, haciendo de las clases y 
otras actividades espacios agradables motivadores e interesantes. 
8. SALA DE SISTEMAS. Está organizada para el servicio de los 
estudiantes en clases de informática como también para profesores y 
directivos que requieran del servicio según reglamento establecido 
por la institución. 
9. CAFÉ INTERNET. Es el servicio de internet que presta la institución 
a la comunidad en general en horas no laborables. 
10.ATENCION A PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES POR 
PARTE DE LOS DOCENTES. Secundaria en horas libres que tenga 
el docente; primaria de 6:00 a.m. a 6:30 a.m. y de 11:35 a.m. a 12 m. 
11.SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO. Es un servicio que deben 
prestar los estudiantes de décimo y undécimo grado en beneficio a la 
comunidad, como parte del desarrollo social y personal a través de 
actividades extracurriculares. Es requisito acreditar una intensidad de 
80 horas de servicio social y 40 horas en vigía de la salud como 
requisito para graduación. Este servicio se rige según la resolución
4210 de 1996, art. 97 de la ley 115 de 1994, art. 39 del 1860 de 
1994, y los criterios establecidos en el P.E.I. 
12. LABORATORIO. Es el lugar destinado a los estudiantes para el 
desarrollo de sus prácticas en las áreas de ciencias naturales y 
matemáticas. 
13. POLIDEPORTIVO. Es el lugar donde se realizan las actividades 
lúdicas, recreativas y deportivas de la comunidad educativa. 
14. RESTAURANTE ESCOLAR. Servicio dirigido por el Programa de 
alimentación escolar PAE del ICBF para atender las necesidades 
alimentarias de los niños de preescolar, primaria y/o secundaria de 
escasos recursos según los cupos asignados. 
15.ESCUELA DE PADRES. Programa que ofrece la institución a 
través de un comité, siendo su propósito el de integrar a todos 
los padres y madres de familia para asesorarlos en la formación 
integral de los hijos, la recuperación de los valores y hacerlos 
partícipes de los procesos educativos, ley 1404 de 2010. 
16.BANDA MARCIAL. Proyecto que brinda a los estudiantes la 
oportunidad de participar en el desarrollo de sus capacidades 
culturales, musicales, artísticas, individuales y grupales 
mediante una formación integral de acuerdo a la filosofía 
institucional, el pacto de convivencia y el respectivo reglamento 
de la banda. 
CAPITULO XII 
ESTUDIANTE PERDOMISTA. 
ARTICULO 56°. Se considera estudiante Perdomísta al niño(a) o joven que a 
través de sus padres y/o acudiente elija voluntariamente la institución, llene los 
requisitos establecidos en los artículos 44° y 45° del presente pacto de 
convivencia, obtenga el cupo y sea matriculado para cursar estudios en 
preescolar, básica primaria, básica secundaria y media vocacional. 
ARTICULO 57°. PERFIL DEL ESTUDIANTE PERDOMISTA. El educando 
Perdomista será una persona íntegra, con deseo de superación, colaboración, con 
aptitud de cambio a nivel personal, familiar y social; quienes al terminar su
permanencia dentro de la institución estará en capacidad de continuar estudios 
superiores llevando a la práctica las bases y principios filosóficos, valores 
institucionales inculcados durante el proceso educativo. Se espera de igual 
manera que el estudiante tome conciencia de una sana convivencia dentro y fuera 
de la institución y se forme con sentido de pertenencia y liderazgo para que 
proyecte su futuro a través de actividades que le permitan desempeñarse en un 
oficio arte o profesión, posibilitándole su propio sustento y por ende su mejor 
calidad de vida. 
ARTICULO 58° PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE PERDOMISTA. 
Perder la calidad de estudiante es dejar de ser estudiante Perdomista por los 
siguientes motivos: 
26. Cuando se ha cursado y aprobado el grado once del nivel de educación media 
que ofrece la institución. 
27. Por retiro voluntario y/o cancelación voluntaria de la matrícula solicitada y 
firmada por el padre de familia y/o acudiente. 
31. Inasistencia habitual injustificada según el art. 53 del decreto 1860 de 1994 y 
lo establecido en el presente pacto de convivencia. 
32. Cuando se solicita cancelación de la matrícula por cambio de domicilio. 
33. Por transferencia de esta institución a otra del mismo municipio y/o 
departamento. 
ARTICULO 58° PERDIDA DEL CUPO EN LA INSTITUCION. Se pierde el cupo 
en la institución educativa cuando el estudiante haya incurrido reiteradamente en 
faltas graves (Situaciones tipo II) o gravísimas (Situaciones tipo III), se le haya 
agotado el debido proceso y haya sido comprobada su responsabilidad, será 
excluido de la institución educativa con la cancelación de la matrícula, dicha 
determinación será tomada por determinación del Comité de Convivencia Escolar, 
acuerdo del Consejo Directivo y resolución rectoral. Serán causales de pérdida del 
cupo en la institución las siguientes: 
1. El estudiante con comportamiento inferior a 3.0 (tres cero) en el informe final, 
perderá el cupo en la institución…OJO ESTO ESTA EN para debate. Se 
contradice con el de matrícula en observación. 
2. Comprobación de falsificación o alteración en documentación presentada para 
la matrícula.
3. Falta grave contra cualquier aspecto de la ética civil dentro o fuera de la 
institución educativa. 
4. Uso o porte de armas. 
6. Alterar documentos, planillas de procesos, registros de asistencia, certificados 
de estudios u otros….iria falta grave… 
7 Uso, suministro, distribución, inducción al consumo, porte o comercio de 
sustancias psicoactivas, psicotrópicas y alcohólicas. 
8 Agresiones graves, de palabras o de hechos, a cualquier miembro de la 
comunidad educativa. 
9. Hurto comprobado dentro o fuera de la institución. 
10. Atentar contra equipos, muebles e inmuebles de la institución educativa. 
11. Promover el desorden, rebeldía y sabotaje contra las orientaciones de 
profesores (as) y directivos, dentro y/o fuera de la institución. 
12. Protagonizar o incitar a compañeros (as) para enfrentamientos o peleas dentro 
o fuera de la Institución……..de3jarlo en faltas graves.. 
13. Incumplimiento de sanciones. 
15. Tener limitación a impedimentos de orden penal judicial, pérdida de la libertad 
o reclusión en una cárcel o casa para menores de edad dependiendo del hecho. 
17. Atentar contra la vida, la integridad física y la salud de cualquier miembro de la 
institución. 
18. Haber terminado el año lectivo con matrícula en observación. 
19. Acoso escolar (bullyng) reiterativo y comprobado. 
20. Ciberacoso escolar ( Ciberbullyng) reiterativo y comprobado. 
21. Violencia sexual en cualquiera de sus modalidades de forma reiterada y 
comprobada. 
22. Agresión física en todas sus modalidades reiterativa y comprobada. 
23. Actos vandálicos que atenten contra los bienes de la institución y pongan en 
peligro la integridad de las personas.
24. Quien promueva la discriminación por razón de raza, sexo, etnia, orientación 
filosófica, sexual o política, Ley 1482 de 2011. 
25. Acoso por homofobia en actitudes sexista de forma reiterada y comprobada. 
ARTICULO 59°. GRADUACION DE BACHILERES. Es un acto público que por 
artículo 88 de la ley 115 de 1994, decreto 1860 de 1994, decreto 1290 de 2009 y 
la ley 715 de 2001, se hacen merecedores los estudiantes que cumplen los 
requisitos de promoción adoptados por la institución en su proyecto educativo 
institucional y el sistema institucional de evaluación y promoción SIEE de acuerdo 
con la ley y las normas reglamentarias. 
Su reconocimiento se hará constar en un diploma y su otorgamiento es de 
competencia del rector(a) de la institución educativa para la continuación en la 
educación superior. 
ARTICULO 60°. REQUISITOS PARA OPTAR POR EL TITULO DE BACHILLER. 
La institución educativa para otorgar el título de bachiller a sus estudiantes adoptó 
los siguientes requisitos: 
1. Cumplir con los objetivos propuestos de acuerdo a la ley 115 de 1994 y el plan 
de estudios. 
2. Aprobar los desempeños que representan los niveles básico, alto y superior en 
cada una de las áreas conforme al sistema institucional de evaluación y promoción 
(SIEE). 
3. Certificación de 80 horas de servicio social obligatorio y como requisito 
indispensable para obtener el título de bachiller de conformidad con lo exigido en 
la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994 y el artículo 7 de la resolución 4210 
de 1996. 
4. Certificación de 40 horas en vigía de la salud. 
5. Haber presentado la prueba de Estado Saber 11° en las sesiones establecidas 
en la fecha y hora señalada para calendario A. 
6. Estar registrado(a) en la lista de graduandos emitido por la Comisión de 
Evaluación, Seguimiento y Promoción a secretaría de la institución. 
7. Tener legalizado todos los certificados de aprobación de los años cursados en 
esta o cualquier otra institución educativa aprobada por la respectiva secretaría de 
educación y fotocopia del documento de identidad.
8. Estar a paz y salvo con todas las obligaciones y exigencias de la institución 
educativa. 
9. Presentarse al acto de graduación en la fecha y hora señalada luciendo en 
perfecto estado de orden, aseo y decoro el uniforme de diario. 
PARAGRAFO 1: La graduación por ser un acto potestativo de su libre decisión y 
autonomía, la institución se reserva el derecho a invitar a dicho acto público a los 
estudiantes que: 
1. Tengan dos o más suspensiones por faltas graves (Situaciones tipo II) o 
gravísimas (Situaciones tipo III) durante el año lectivo. 
2. No haber presentado las pruebas de Estado Saber 11°. 
3. Que finalice el año con matrícula en observación. 
4. Que por motivos de presentación no tenga el uniforme completo. 
PARAGRAFO 2: Estos estudiantes no serán proclamados en acto público y su 
diploma se les entregará en acto privado en la secretaría de la institución a partir 
del siguiente día hábil. 
TITULO XII 
DE LOS DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES 
CAPITULO 1 
De las Reglas de Higiene Personal y de Salud Pública que preserven el 
Bienestar de la Comunidad Educativa, la Conservación Individual de la Salud 
y la Prevención Frente al Consumo de Sustancias Psicotrópicas 
ARTÍCULO 61°. El aseo a nivel personal e institucional es compromiso de todos y 
hace parte de un buen ambiente escolar saludable, por lo tanto es obligación de la 
comunidad educativa mantener las dependencias, aulas y espacios públicos de 
las sedes educativas debidamente aseadas. Todos debemos respetar las reglas 
de higiene personal e institucional, de prevención y de salud pública establecidas 
en derechos, deberes y prohibiciones de los estudiantes en el presente pacto de 
convivencia escolar. 
ARTÍCULO 62°. Son derechos de los estudiantes: 
1. A recibir una adecuada, orientación y formación educativa que promueva su 
desarrollo integral como persona a través de las normas mínimas de higiene, de 
alimentación, recreación, aseo personal, conservación individual y colectiva de la
salud y la prevención sobre el consumo, expendio, tráfico o porte de sustancias 
alucinógenas y psicoactivas y el cuidado del cuerpo para evitar enfermedades y 
accidentes que puedan afectar la salud. 
2. A estudiar en un ambiente sano e higiénico, libre de factores epidemiológicos y 
contaminantes. 
3. A disfrutar de una planta física, salones, patio de descanso en excelente estado 
de aseo, libre de basuras, humo, objetos. 
4. A hacer uso de unidades sanitarias y lavamanos con buena circulación de 
aguas y excelente mantenimiento e higiene. 
5. A recibir clases, ejecutar trabajos y realizar consultas en recintos limpios de 
buen mantenimiento en pintura, sin rayones, escritos, dibujos y graffitis soeces. 
6. A que se le ofrezcan alimentos, frutas y bebidas en buen estado, con excelentes 
normas de higiene y calidad en su elaboración, manejo y expendio. 
7. A que se dispongan canecas debidamente clasificadas para reciclaje y 
tratamiento de residuos y basuras. 
8. A exigir de sus compañeros, directivos, profesores y funcionarios el respeto a su 
ambiente, salón, grupo o silla, libre de basuras, desperdicios, objetos 
contaminantes o aire contaminado por cigarrillos y demás. 
9. A licenciamiento general por emergencias sanitarias ocasionadas por ausencia 
definitiva de agua o por emergencia epidemiológica en su grupo, debidamente 
comprobada. 
10. A recibir los primeros auxilios en caso de ser requeridos. 
11. A recibir de sus padres o acudientes afiliación a una entidad promotora de 
salud y a portar su carné de asistencia médica. 
12. A exigir a sus compañeros de grupo respeto por la higiene y presentación 
personal. 
ARTÍCULO 63°. Son deberes de los estudiantes: 
1. Presentarse a la institución educativa debidamente aseado. 
2. Lavarnos las manos antes de comer y después de utilizar los servicios 
sanitarios. 
3. Mantener las uñas, los dientes, oídos, la ropa y calzados limpios.
4. Arrojar los desperdicios y basuras solamente en los sitios destinados o 
adecuados para ello. 
5. Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir 
enfermedades o restablecer la salud. 
6. No consumir bebidas embriagantes ni sustancias psicoactivas. 
7. Hacer ejercicio, practicar algún deporte, caminar, etc.. 
8. Visitar al médico. 
9. No hacer ruidos molestos. 
10. No fumar dentro de las instalaciones educativas. 
11. No escupir en las aulas de clase y/o dependencias de la institución educativa. 
12. No botar chicles al piso. 
13. Tener precaución al estornudar. 
14. portar el uniforme de diario y de educación física, completo, limpio y bien 
vestido dentro y fuera del aula de clase, de tal manera que refleje pulcritud y 
buena imagen personal e institucional. 
15. Evitar la discriminación de estudiante(s) que presenten enfermedades infecto-contagiosas. 
Sin embargo para salvaguardar la salud de la comunidad educativa 
el estudiante debe seguir estrictamente las recomendaciones dadas por el médico 
las cuales debe comunicarlas a la institución de manera escrita y oportuna de 
acuerdo al conducto regular. 
16. Portar el carné que acredite al estudiante como beneficiario del sistema 
nacional de salud y el documento de identidad. Esto le facilitará la adquisición 
oportuna de servicios médicos en caso de requerirlo y/o requerimiento por parte 
de otra institución. 
17. Mantener las aulas libres de residuos alimenticios generados por el consumo 
de golosinas, gaseosas, galletas, chicles, helados, frutas, papeles, refrigerios 
industrializados entre otros, con el fin de evitar proliferación de insectos, roedores 
que causen daño a la salud y así recibir nuestras clases en un lugar digno y 
agradable. 
18. Utilizar correctamente los baños, lavamanos, bebederos, las canecas de la 
basura y el agua.
19. No masticar chicle dentro de las aulas de clase, en formación y/o en espacios 
académicos, por cuanto puede causar daño a su salud, al compañero y a los 
bienes comunitarios. 
20. No consumir alimentos dentro del salón de clase y en espacios en donde se 
desarrollen actividades pedagógicas como laboratorios, biblioteca, sala de 
audiovisuales y de sistemas etc. 
21. Mantener el cabello bien arreglado y limpio para evitar la propagación de 
liendres y piojos. 
22. Evitar introducir ganchos, pinzas, palillos y agua en los oídos. 
23. No tocarse o limpiar los ojos con las manos sucias. 
24. Promover con los compañeros y profesores campañas periódicas de aseo de 
paredes, pisos, tanques de agua, albercas y demás en instalaciones y salones. 
25. Demostrar respeto por el compañero, evitando el desaseo y una inadecuada 
presentación personal y no descuidarla con el uso de maquillaje y adornos 
extravagantes. 
26. Velar por el cuidado de su presentación, aseo e higiene del cuerpo para su 
propio bienestar y el colectivo. 
27. Justificar por escrito, con la firma del padre o acudiente toda excusa médica, o 
problemas de salud, y otras causas. 
28. Es deber del estudiante que esté imposibilitado por enfermedad temporal o 
permanente comunicar a su profesor que no puede realizar prácticas deportivas o 
actividades de Educación Física, Recreación y Deportes. Para estos casos, 
presentar orden médica que certifique dicha limitación o incapacidad, quedando el 
estudiante supeditado a la realización de trabajos académicos que el docente le 
asigne para su valoración. 
PARAGRAFO 1. El estudiante que se sienta enfermo comunicará su situación al 
docente, y este será enviado a la casa con previo aviso telefónico u otro medio a 
los padres de familia y/o acudiente por las siguientes circunstancias: 
1. Fiebre igual o superior a 38 grados 
2. Vómito o diarrea. 
3. Erupción cutánea no identificada.
4. Sospecha de enfermedad contagiosa: Conjuntivitis, gripa H1N1, varicela, 
sarampión, tuberculosis, piojos, escabiosis, tos ferina, paperas, hongos cutáneos, 
impétigo u otras. 
5. Heridas y/o enfermedades que requieran atención médica entre otras. 
PARAGRAFO 2. Emergencia sanitaria. Para preservar la salud y las condiciones 
higiénicas para los estudiantes, docentes, directivos y administrativos la rectora 
declarará emergencia sanitaria por ausencia definitiva de agua potable según las 
circunstancias. REVISAR 
PARAGRAFO 3. Normas de seguridad escolar. Son las establecidas en la 
institución para salvaguardar la integridad física y emocional de los estudiantes y 
preservar el bienestar de la comunidad educativa. El acatamiento responsable de 
algunas normas de seguridad aquí citadas especialmente para los estudiantes, 
contribuye a proteger su integridad física y a prevenir los riesgos en la salud y de 
accidentalidad; por lo tanto son deberes del estudiante: 
1. Evitar conductas que pongan en peligro su vida o la de sus compañeros como 
por ejemplo: correr por salones y pasillos, subirse en pasamanos de escaleras, 
árboles, muros, sillas, mesas, saltar en zonas prohibidas, correrle la silla al 
compañero, meter zancadillas, etc. 
2. Contribuir con el bienestar de la comunidad educativa evitando golpear, dar 
patadas, morder, pellizcar, halar el cabello, lanzar saliva, tirar papeles, pepas, 
piedras, pedazos de tubo, madera, frascos, bolsas con agua y tierra, cáscaras de 
frutas, romper botellas, dar empujones, palmadas, pegar elementos indeseables 
en el cabello o en las sillas, poner apodos, e incentivar la burla y el maltrato. 
3. Avisar sobre fugas de gas, sustancias químicas, caída de cables de alta 
tensión, presencia de químicos tóxicos, incendios, amenaza de bomba o 
explosivos, inundaciones, acoso escolar, ciberbullyng, violencia sexual, conflictos 
escolares entre otros. 
4. No tocar enchufes, tomacorrientes y/o cables eléctricos que ofrezcan riesgo de 
accidentalidad. 
5. No hacer ruidos molestos como correr sillas, mesas, gritar y silvar 
exageradamente. 
6. Evitar el uso de celulares, reproductores de música, videojuegos, juegos de 
azar, tables, entre otros dentro del aula de clase y actos culturales. Estos 
elementos tecnológicos mientras no estén autorizados por el docente para 
actividades pedagógicas dentro del aula o acto cultural se convierten en
distractores que interfieren en el normal desarrollo de las clases. El porte de estos 
elementos corre bajo la propia responsabilidad del dueño, la institución no 
responde por la pérdida de estos. 
7. Evitar prácticas y juegos de moda que atenten contra la integridad física y 
mental de los estudiantes involucrados. 
8. En la clase de educación física evitar el uso de anillos, argollas, aretes, piercing, 
collares o cadenas, y con el uniforme de diario prescindir del uso de correas con 
chapas grandes o extravagantes, los cuales pueden ser motivo de un accidente en 
cualquier momento. 
9. No subir en cicla las rampas. 
10. No montar en cicla en horas de descanso. 
11. No entrar ni salir montado en cicla de la institución. 
12. No arrojar papeles hacia la calle por las ventanas. 
13. Las demás que el manual de seguridad escolar contemple. 
PARAGRAFO 4. El reglamento interno de prevención de riesgos escolares y/o 
manual de seguridad escolar será conocido por los estudiantes nuevos y antiguos 
a través de la inducción al inicio del año escolar en formal general, por grados o 
por medio del currículo de manera transversal y, con los padres de familia y/o 
acudientes por medio de la escuela de padres o reuniones por grado de obligatorio 
cumplimiento. 
PARAGRAFO 5. Prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. 
En atención al numeral 3 del artículo 20 de la ley 1098 de 2006 y el numeral 7 del 
artículo 44 de la misma ley entre otras, la institución educativa dentro de su 
política de sana convivencia y conforme a los cuatro componentes de la Ruta de 
Atención Integral para la convivencia escolar establecida en la ley 1620 de 2013 y 
el decreto 1965 del mismo año, institucionaliza unos derechos, deberes, 
prohibiciones y políticas como estrategias de prevención en los estudiantes. 
ARTÍCULO 64°. Son derechos de los estudiantes: 
1. A la protección y a la formación integral. 
1. A ser protegidos contra el consumo de tabaco, sustancias psicoactivas, 
estupefacientes o alcohólicas.
2. Prevenirles y mantenerlos informados sobre los efectos nocivos del uso y el 
consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales. 
3. A la igualdad de oportunidades para niños, niñas y adolescentes en 
circunstancias de vulnerabilidad y riesgo social. 
4. A conocer los derechos de niños/as y adolescentes. 
5. A recibir orientación a través de proyectos pedagógicos transversales de 
“Autocuidado” que orienten a los estudiantes sobre el daño y consecuencias del 
uso de sustancias psicoactivas y del consumo de alcohol. 
7. A recibir orientación escolar en caso que llegare a presentar problemas de 
drogadicción y/o consumo de alcohol con el apoyo de entidades de salud y de 
rehabilitación según el caso. 
ARTÍCULO 65°. Son deberes de los estudiantes: 
1. A expresar su opinión en los asuntos que lo afectan y a que se le tenga en 
cuenta (art.12 C.P). 
2. Informar oportunamente sobre irregularidades de consumo, porte o suministro 
de sustancias psicoactivas dentro de la institución educativa. 
3. Aportar iniciativas de bienestar y desarrollo en lo artístico, lo deportivo, lo 
recreativo, lo científico, lo social y lo académico. 
4. Velar, defender y respetar los derechos humanos de todos los estudiantes de la 
institución educativa. 
5. No poner en riesgo la estabilidad de la comunidad, ni transgredir normas de 
convivencia, ni principios y valores de la institución como consecuencia del 
consumo de sustancias psicoactivas. Cualquier incumplimiento por esta causa 
será considerada una falta gravísima (situación tipo III) y será atendida conforme 
al protocolo para estos casos y parámetros del pacto de convivencia escolar. 
6. Aprender a disfrutar de las relaciones afectivas, a solidarizarse, cooperar y 
apoyar a sus semejantes, a conocer y cuidar de la salud física, mental y a 
desarrollar valores morales y éticos. 
Abstenerse de portar, vender, distribuir o consumir bebidas alcohólicas sustancias 
psicoactivas, fumar y/o tener armas u otros artefactos que afecten su bienestar e 
integridad personal, en actividades escolares o mientras use el uniforme. 
ARTÍCULO 64°. Son prohibiciones de los estudiantes.
1. Portar, inducir, consumir y traficar dentro de la institución educativa y en todas 
las actividades organizadas oficialmente por la institución o en sus alrededores 
licores, cigarrillos, sustancias psicoactivas o alucinógenas (así sea la dosis 
personal) en cualquier presentación, y hacerlo fuera del colegio portando el 
uniforme de la institución. 
2. Presentarse al colegio en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias 
psicoactivas o alucinógenas. 
3. Aplicar sustancias antiestéticas y degradantes a paredes y muebles del colegio, 
como escritorios y sillas y en general rayar o escribir en muros, tableros, 
carteleras, divisiones, puertas de salones, baños, escritorios y demás. 
4. Dentro y/o en actividades de la Institución y con porte del uniforme del Colegio 
le está prohibido a toda la comunidad educativa y en particular a los estudiantes 
fumar y/o consumir bebidas alcohólicas. 
5. Al estudiante le está prohibido portar cualquier tipo de armas o usar objetos que 
atenten contra la integridad física de los demás. 
6. Al estudiante le está prohibido portar y/o consumir licor, estupefacientes o 
sustancias psicotrópicas según ley 1098 de 2006 entre otras y decreto 1108 de 
1994 que establece: 
a). “Todo menor tiene derecho a ser protegido contra el uso de sustancias que 
produzcan dependencia, en consecuencia ningún menor podrá portar o consumir 
estupefacientes o sustancias psicotrópicas”. 
b). “El menor que posea o consuma estupefacientes o sustancias psicotrópicas se 
remitirá al defensor de familia competente, con el objeto de que se determine la 
aplicación de las medidas de protección según el caso”. 
c). “Se prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales y 
privados, el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, por lo 
cual será obligación de los directivos, docentes y administrativos que detecten 
casos de tenencia o consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, 
informar de ello a la autoridad del establecimiento, y tratándose de un menor 
deberá comunicarse tal situación a los padres y al Defensor de Familia, y se 
procederá al decomiso de tales productos”. 
PARAGRAFO 1. Son políticas y estrategias institucionales: 
a). Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que 
producen dependencia dentro de las institución educativa y solicitar a las
autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo 
alrededor de las instalaciones educativas, numeral 7 del art. 44 de la ley 1098 de 
2006. 
b). El microtráfico, la venta, compra, consumo o tenencia de drogas por parte de 
los estudiantes, será considerado una falta gravísima (Situación tipo III). 
c). El Comité de Convivencia Escolar organizará proyectos pedagógicos y/o 
talleres dirigidos a padres de familia y/o acudientes para ayudarles a detectar y 
tratar situaciones donde sus hijos pueden estar involucrados en drogas. 
d). Cuando el estudiante(s) sea(n) sorprendido(s) en flagrancia con drogas en su 
poder o ejerciendo el microtráfico o consumiendo sustancias psicoactivas dentro 
de la institución; el docente, el Comité de Convivencia, la rectora o cualquier 
persona tiene la obligación de informar a los padres de familia y denunciar de 
inmediato el caso a la Comisaria de Familia, policía Nacional, y/o autoridades 
administrativas y judiciales competentes para que estas activen el protocolo 
correspondiente según el caso, art. 44 y 45 numeral 3 del decreto 1965 de 2013; 
art. 95 de la Constitución Política, art. 67 de la ley 906 de 2004 y ley 1146 de 
2007. 
e). Cuando exista sospecha de tenencia de sustancias psicoactivas y porte de 
cualquier tipo de arma, el rector(a) solicitará a la Comisaría de Familia la 
intervención de la policía para la realización de requisa a los estudiantes. 
f). La institución educativa no admitirá estudiantes nuevos que tenga problemas de 
microtráfico, tenencia y consumo de drogas psicoactivas. 
g).Toda información, denuncia o sospecha de posibles situaciones relacionadas 
con el tráfico, porte o consumo de drogas y alcohol al interior de la institución y/o 
violencia intrafamiliar o vulneración de derechos humanos deben hacerla ante el 
Comité de Convivencia Escolar sea verbal o escrita para que este en un plazo no 
mayor a tres días active el respectivo protocolo. 
CAPITULO 2 
DE LOS CRITERIOS DE RESPETO, VALORACION Y COMPROMISO FRENTE 
A LA UTILIZACION Y CONSERVACION DE LOS BIENES PERSONALES Y DE 
USO COLECTIVO TALES COMO: EQUIPOS, INSTALACIONES E 
IMPLEMENTOS.
ARTICULO 65°. Los bienes de la institución son bienes del Estado, puestos al 
servicio educativo de la comunidad educativa Perdomista. Dañarlos es atentar 
contra ellos y contra el Estado. El respeto, valoración y compromiso frente a la 
utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo de la 
Institución Educativa se rigen por los derechos, deberes y prohibiciones aquí 
establecidas en el presente pacto de Convivencia Escolar. 
ARTÍCULO 66°. Son derechos de los estudiantes: 
1. A usar y tratar de modo adecuado y con base en las instrucciones pertinentes 
los equipos, bienes, muebles, inmuebles que la institución ha puesto para su 
servicio y bien común. 
2. A que se le respeten sus pertenencias y bienes dentro de la institución 
Respetar las pertenencias de los demás. 
3. A disfrutar de manera ordenada, solidaria y respetuosa de la planta física, 
equipos, mobiliario y demás recursos de aprendizaje. 
4. Al uso de recursos de aprendizaje y/o materiales de la institución apropiados 
para la enseñanza de conformidad con los planes de estudio y proyectos 
pedagógicos. 
5. A una planta física en buen estado en donde todos y la administración 
contribuyamos por su conservación y mantenimiento. 
ARTÍCULO 67°. Son deberes de los estudiantes: 
1. Proteger los bienes de la institución, usarlos conforme a su naturaleza y 
recordar que serán utilizados por otros estudiantes. Asumiré los costos por estos 
bienes cuando lo dañe con intención o por un descuido injustificado. 
2. Cuidar todos los muebles, enseres y pertenencias de la institución. 
Asumir los costos de los daños ocasionados a compañeros de estudio. 
3. No rayar escritorios de los profesores y pupitres de compañeros y personal, 
puertas y demás enseres de la institución. 
4. Acatar las indicaciones respectivas hechas por sus superiores y que hacen 
referencia al manejo y cuidado de equipos y elementos especiales o de delicado 
uso como: Computadores, videobeam, proyectores, televisores, cámaras, sonido, 
grabadoras y demás equipos, etc.
5. Responsabilizarse por el mal uso, daño o robo de implementos suministrados 
bajo su cuidado. En caso de pérdida definitiva por robo o daño comprobado 
deberá reponerlo de modo oportuno. 
6. Hacerse responsable de sus pertenencias y respetar las ajenas. 
7. Reportar oportunamente a profesores o directivas de la institución sobre 
cualquier anomalía, robo o sustracción relacionada con pertenencias de 
compañeros, profesores, administrativos y en general de la institución educativa; y 
suministrar información necesaria sobre el autor o autores de los mismos, cuando 
ha sido de su conocimiento por cualquier medio. 
8. Cuidar las carteleras, afiches y avisos que se colocan con el fin de brindar 
información o complementar el proceso formativo en la institución educativa. 
9. Actuar con honestidad en el pago de comestibles en la tienda escolar y cancelar 
las deudas y compromisos contraídos. 
10. Velar por su cuidado y denunciar las anomalías que contra ellos se cometan 
por indebido uso o por robo. 
11. Hacer uso adecuado de aulas de clase, material didáctico, tablero, biblioteca, 
sala de audiovisuales, aulas tecnológicas, sala de sistemas, equipos de cómputo, 
pupitres, escritorios, y demás elementos que me sean asignados. 
Utilizar en forma adecuada y respetuosa, los diferentes servicios, recursos e 
instalaciones que ofrece la institución. 
12. Hacer uso correcto de los servicios sanitarios. En caso de daño comprobado 
asumiré los gastos de reparación y me haré acreedor(a) a anotación en mi hoja de 
vida. 
13. Respetar, valorar y conservar en buen estado los bienes personales y de uso 
colectivo prescindiendo de hacer graffitis, dibujos y/o escribir palabras o frases 
soeces, agresivas, hirientes y desagradables en las paredes de: Patios, aulas, 
baños, biblioteca, sala de sistemas, aulas tecnológicas, tableros, dependencias de 
oficina, restaurante escolar, sala de audiovisuales ni en puertas, pupitres, 
muebles, sillas, mesas, escritorios, cuadernos propios o ajenos entre otros. Por 
violación a esta norma por primera vez tendré anotación en el observador y debo 
reparar el daño dejando las paredes o elementos aquí citados en su estado normal 
borrando los dibujos, graffitis o escritos que haya hecho.
14. Responder y entregar los instrumentos o elementos asignados de la banda 
marcial al respectivo profesor en buen estado. En caso contrario asumiré los 
costos de reposición para que me sea firmado el Paz y Salvo institucional. 
15. Responder por el buen uso del pupitre que me da la institución al inicio del año 
escolar y entregarlo al finalizar el año en buen estado. En caso de daño 
comprobado asumiré los costos del arreglo y me haré acreedor a anotación en el 
observador del alumno. 
Abstenerse de traer objetos de valor como aretes, pulseras, cadenas, celulares, 
anillos, Tables entre otros; la pérdida de estos es responsabilidad del mismo 
estudiante. 
Responder ante las directivas de la institución por los daños que ocasionen a la 
planta física de la institución (mobiliario, unidades sanitarias, tableros entre otros.) 
ARTÍCULO 66° Son prohibiciones de los estudiantes: 
1. Sustraer para sí o para terceros elementos, equipos o pertenencias de 
propiedad de la institución, administrativos o compañeros de clase. 
2. Apropiación indebida de dinero, documentos, objetos ajenos e instrumentos u 
elementos de la banda marcial entre otros. 
3. Portar, botar por la ventana o guardar en sitios estratégicos, bolso o prendas 
personales objetos o elementos pertenecientes a sus compañeros o profesores 
con el propósito de robarlos o no. 
4. La destrucción vandálica de todo mueble o inmueble de la institución o de 
cualquier miembro de la comunidad educativa. 
5. Alterar, falsificar o desaparecer documentos de carácter institucional o público, 
tales como los registros de calificaciones, controles de asistencia, certificados de 
estudio, excusas y demás documentos de seguimiento y control. 
6. La obstrucción de chapas de los salones con cualquier objeto que imposibilite 
su apertura o cierre, daño a las puertas, casilleros, muebles, pupitres, escritorios, 
ventiladores, bombillas, tableros, interruptores y los tomacorrientes de las aulas 
de clase y demás enseres de la institución. 
7. Utilizar dinero falso en el pago de deudas, contribuciones, aportes a la 
institución o cancelación de comestibles y demás en la tienda escolar. 
8. Atentar contra la propiedad ajena en cualquiera de sus formas.
9. Rayar, dañar, botarle y obstruirle el paso de gasolina a vehículos que estén en 
predios de la Institución. 
10. Saltar mallas, puertas, portón o abrir huecos en los muros para ingresar o salir 
de la institución de modo irregular. 
11. Portar, guardar o vender armas de cualquier tipo dentro de la institución. 
12. Venta de todo tipo de comestibles, dulcería, etc., por parte de personas 
diferentes a las autorizadas por la institución. 
PARAGRAFO 1. El Padre de familia y/o acudiente debe responder oportunamente 
por todos los daños que su hijo ocasione a la planta física, al mobiliario y demás 
elementos o recursos de aprendizaje facilitados por la institución educativa; así 
mismo responderá por daño comprobado en pertenencias de sus compañeros de 
clase, vehículos de profesores y demás pertenencias de la comunidad educativa. 
PARAGRAFO 2. La rectora o quien haga sus veces entregará un Paz y Salvo al 
padre de familia o acudiente que solicite cancelación de matrícula de un 
estudiante para que este lo diligencie y así legalizar la cancelación de la matrícula 
y hacer entrega de la hoja de vida del estudiante. En caso contrario el estudiante 
termina llevándose instrumentos o elementos de la banda marcial entre otros 
elementos asignados propios de la institución educativa. 
CAPITULO 3 
DE LAS PAUTAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACION CON EL CUIDADO 
DEL MEDIO AMBIENTE 
ARTICULO 67°. Dada la situación ambiental y actualmente el deterioro del planeta 
tierra, se hace necesario crear en todos los miembros de la comunidad educativa, 
una conciencia ecológica que le permita, ahora y en el futuro, preservar el 
ambiente. 
ARTÍCULO 68°. Son derechos de los estudiantes: 
1. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano, art. 79, c.p. 
2. A una formación integral respecto a lo que es el ambiente, su conservación, 
rescate y transformación en los siguientes aspectos: Agua, Arborización, basuras, 
contaminación, aire y ruido.
3. Recibir educación, información y ejemplo de un buen comportamiento 
ambiental. 
4. Los niños y las niñas tenemos derecho a respirar aire puro. 
5. Los niños y las niñas tenemos derecho a disfrutar del agua potable. 
6. A hacer buen uso de los espacios verdes (árboles, jardines etc). 
7. A vivir en ambientes sin ruido extravagante. 
8. A compartir espacios limpios y seguros. 
ARTÍCULO 69°. Son deberes de los estudiantes: 
1. Velar por la conservación del medio ambiente a través del proyecto ambiental 
escolar PRAE de la institución. 
2. Colaborar con el medio ambiente de la Comunidad Educativa evitando arrojar 
papeles y desechos, no hacer quemas, ni traer artefactos pirotécnicos, 
componentes químicos y otros. 
3. Preservar las zonas verdes, jardines y árboles. 
4. Evitar ruidos y sonidos exagerados, que perjudican la buena marcha de las 
labores académicas y ambiente comunitario. 
5. Evitar el uso inútil o indebido del agua. 
6. Participar de las prácticas ecológicas dentro de las actividades académicas, en 
procura de lograr el desarrollo del proyecto específico. 
7. Aplicar en nuestra vida diaria todas las buenas prácticas ambientales que nos 
enseñan en nuestro hogar y en nuestra institución educativa. 
8. No producir fogatas que causen incendios forestales, ni realizar quema de 
basuras. 
9. No desperdiciar el agua mientras la utilizamos para tomar y nuestro aseo 
personal. 
10. No arrojar basuras, ni objetos, ni tierra a la alberca o bebedero de la institución 
que puedan contaminar el agua. 
11. Cuidar los árboles y jardines de nuestra institución. 
12. Respetar los lugares donde hay que guardar silencio.
13. Contribuir con el aseo, reciclando y depositando correctamente las basuras. 
14. Exigir a docentes y comunidad educativa no fumar dentro de las instalaciones 
educativas. 
15. A recibir conocimientos sobre la política pública de protección del medio 
ambiente de tal manera que nos permita hacer buen uso y cuidado efectivo y 
apropiado de éste. 
16. A participar de los Proyectos Ambientales Escolares PRAE. 
PARAGRAGFO 1. Conforme a la ordenanza departamental N° 024 de diciembre 
06 de 2013, art. 97 de ley 115/94 y art. 07 del decreto 1743/94, Resolución 4210 
de 1996; los estudiantes de 10° y 11° podrán prestar el Servicio Social Obligatorio 
en Proyectos Ambientales Escolares PRAE. 
ARTICULO 70°. Son prohibiciones de los estudiantes: 
1. Traer sustancias o preparados químicos para producir desórdenes en la clase o 
cualquier sitio o actividad en la institución educativa. 
CAPITULO 4 
NORMAS DE CONDUCTA DE PROFESORES Y ESTUDIANTES QUE 
GARANTICEN EL MUTUO RESPETO. 
6.1. LA DISCIPLINA EN LA FORMACIÓN INTEGRAL DEL ESTUDIANTE 
DEOGRACIANO 
El estudiante de manera consciente, libre y muy responsable debe participar 
activamente de su propia formación y en el desarrollo de su personalidad 
tendrá relación directa con la cultura, con el conocimiento científico, con los 
valores éticos, estéticos, morales y cívicos (Ley General de la Educación. 
Arts. 91-92). 
Las normas de conducta de estudiantes y profesores para garantizar el 
mutuo respeto se constituyen bajo la contemplación a los derechos y los
deberes de cada persona dentro de la Institución Educativa Deogracias 
Cardona. 
La definición de los derechos y deberes de los estudiantes se encuentra 
delimitada comparativamente de manera relacional con los derechos y 
deberes de los demás estamentos que conforman la comunidad educativa. 
Por ello el presente manual, les reconoce además, deberes y derechos a los 
directivos docentes, a los docentes y a los padres de familia y acudientes, y 
en general a todos los miembros de la comunidad deograciana. El 
pronunciamiento de reglas implica también la necesidad de definir 
prohibiciones. 
Además de los DERECHOS Y DEBERES contemplados en los capítulos 
anteriores a continuación se expondrán los acuerdos en DERECHOS, 
DEBERES Y PROHIBICIONES de los estamentos, de modo general. 
6.2. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. 
Los estudiantes de la Institución Educativa Deogracias Cardona tienen 
derecho a: 
1. A ser tratados con dignidad y respeto 
2. Elegir y ser elegido para el CONSEJO DE ESTUDIANTES, la Personería 
Estudiantil o el Consejo Directivo y Consejos de Grupo. 
3. Recibir una adecuada capacitación, orientación y formación educativa que 
promueva su desarrollo integral como persona. 
4. Participar en actividades académicas, recreativas, deportivas y culturales, 
dentro y fuera de la institución. 
5. Formar parte activa mediante sus representantes, en todo el proceso 
educativo programado por la institución en las etapas de planeación, de 
ejecución, de control y evaluación. 
6. A que se les fomente la autoestima por medio de un buen trato afectivo y 
equitativo. 
7. A ser estimulados por la institución mediante méritos de carácter 
académico, investigativo, cultural, comportamental, de pertenencia, 
comunitario y deportivo. 
8. A expresar y difundir sus pensamientos con responsabilidad social.
9. Al pleno desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las que le 
imponen los derechos de los demás, el presente manual de convivencia y 
paz y orden jurídico. 
10. A que se les estimule la autonomía, mediante un trato donde prime la 
confianza. 
11. A que le sean revisados oportunamente sus exámenes, trabajos y tareas, 
a más tardar antes de realizarse la siguiente evaluación programada en la 
asignatura. 
12. A conocer su seguimiento académico y/o disciplinario y discutir sus 
anotaciones cuando lo considere necesario. 
13. A justificar por escrito, con la firma del padre o acudiente toda 
inasistencia el mismo día de su presentación a la institución, con el fin de 
que le sean realizadas las evaluaciones académicas del día de la ausencia, 
en la fecha acordada por el profesor. 
14. A que se les conceda permiso para salir o entrar del salón cuando haya 
justa razón, y de las instalaciones del colegio cuando las causas lo ameriten 
y se presente el padre de familia a retirarlo. 
15. A que se le expida un carné de identificación estudiantil y se le facilite la 
adquisición de un seguro de vida, de accidente y/o salud, por parte de las 
instituciones competentes y de las responsables según el caso. 
16. Derecho al cupo escolar en el siguiente año lectivo, siempre y cuando 
haya cumplido con todos los requisitos académicos y observado un buen 
comportamiento social. 
17. A un juicio imparcial, con la observancia del debido proceso y de modo 
objetivo sobre cualquier falta cometida. 
18. A que se le disponga de una hora quincenal de dirección de grupo. 
ARTÍCULO 69°. Son deberes de los estudiantes: Deogracias.. 
________________________________________________________ 
Recibir una educación integral 
Recibir y conocer el manual de convivencia
Asistir a las actividades que programa la institución, siempre y cuando 
cumpla con las normas estipuladas en este reglamento. 
Participar con honestidad en los procesos evaluativos, conocer 
oportunamente los juicios valorativos de su desempeño y recibir orientación 
sobre actividades de superación o profundización. 
Tener acceso a los textos y demás implementos de las diferentes áreas, 
retornándolos a tiempo y en perfecto estado, igual cuidado debe tener el 
material didáctico existente en la institución. 
Disfrutar de los descansos recreativos, guardando la debida compostura y 
depositando en los recipientes los desechos y basuras. 
Recibir atención personal durante el trabajo de área y en clase magistral, 
siempre que se solicite de manera respetuosa; Participar en las actividades 
de recuperación superación. 
Elegir y ser elegido como miembro activo, para integrar los distintos comités 
operativos de participación y elección democrática en la institución teniendo 
en cuenta el buen rendimiento académico, disciplinario y las aptitudes 
personales requeridas. 
Pertenecer al grupo artístico, cultural, científico que más le llame la atención, 
siempre que su inscripción se efectúe dentro del tiempo establecido, 
seleccionado así la actividad lúdica de su agrado. 
Ser eximido de las prácticas de Educación fisíca y deportiva cuando se 
presente descripción médica, que le justifique; esta exoneración no justifica 
la inasistencia a clases ni la elaboración de trabajos. 
Exigir con respeto a los(as) compañeros(as), normalización dentro del Salón 
y durante el desarrollo de la clase, silencio y respeto cuando se está dando 
un informe o curricular de la institución o acto comunitario. 
Participar en los eventos de planeación, ejecución y evaluación de la 
actividad curricular de la institución. 
Presentar las evaluaciones realizadas durante su ausencia, previa entrega de 
excusa con el visto bueno y firma de coordinación y rectoría. 
Llevar con respeto y dignidad el uniforme del colegio durante la jornada 
escolar y en catos de programados y autorizados por la institución.
Ser atendidos, escuchados, y ayudados por quienes tienen la 
responsabilidad académica y técnica de dirección, orientación y ayuda 
pedagógica, psicológica y moral. 
Presentar dignamente al colegio en los diferentes eventos culturales, 
sociales, religiosos y deportivos. 
____________________________________________________ 
Artículo 15 DERECHOS DE LOS(AS) ESTUDIANTES 
1. DERECHOS FUNDAMENTALES 
Son los derechos iguales e inalienables para todos los miembros de la 
familia humana, hacen parte de aquellos bienes jurídicos inseparables de la 
condición humana y que constituyen el fundamento de toda comunidad 
política, en cuanto le sirven de principio y razón fundamental. Son 
inherentes a la persona y existen con anterioridad al surgimiento de las 
normas positivas. Cumplen tres finalidades: garantizar la existencia de la 
persona humana, atemperar el ejercicio del poder político y conseguir la 
plena realización del bien común. Estos son: 
1. El derecho a la familia. 
2. El derecho a la vida y a la salud. 
3. El derecho a no ser discriminado. 
4. El derecho a la integridad personal. 
5. El derecho a la intimidad. 
6. El derecho al buen nombre. 
7. El derecho al libre desarrollo de la personalidad. 
8. El derecho a la objeción de consciencia. 
9. El derecho a libertad religiosa. 
10. El derecho a no ser obligado(a) a declarar contra mí mismo/a o contra 
familiares o parientes que se encuentren en segundo grado de afinidad o 
cuarto grado de consanguinidad. 
11. El derecho de petición. 
12. El derecho de acceso a los documentos.
13. El derecho al sufragio. 
14. El derecho de resistencia. 
15. El derecho a la educación. 
16. El derecho de libre asociación. 
17. El derecho al debido proceso. 
18. El derecho a la participación de todos aquellos asuntos que puedan 
afectar a la persona. 
19. El derecho a la libertad de expresión. 
2. DERECHOS GENERALES 
Todo estudiante del Colegio Americano de Cali tiene derecho a: 
1. Ser respetado y ayudado por todos los miembros de la Comunidad 
Americanista, de modo que goce del aprecio, consideración y apoyo de cada 
uno de ellos. 
2. Obtener la formación ética-cristiana, académica, deportiva, cultural y 
social que la Institución propone. 
3. Expresar toda inquietud que vaya en beneficio de la comunidad, con 
cultura y respeto. 
4. Expresar sus inquietudes respecto al proceso enseñanza-aprendizaje y de 
convivencia en forma objetiva, respetuosa y oportuna. 
5. Participar en actividades culturales, artísticas y deportivas que se realicen 
internamente o en representación del Colegio en campeonatos, olimpiadas y 
eventos en el ámbito escolar, local o Americanista, habiendo cumplido los 
requisitos académicos y de convivencia exigidos. 
6. Utilizar de forma adecuada y responsable las instalaciones, muebles, 
recursos audiovisuales y diferentes servicios que ofrece el Colegio. 
7. Disfrutar del descanso reglamentario, evitando los juegos y actividades 
que vayan en contra de su integridad física y la de los demás. 
8. Ser nombrado como Representante de Grado en las diferentes áreas: 
académicas, de convivencia, deportiva y social. 
9. Solicitar asesoría u orientación a Capellanía, y/o Psicología.
10. Recibir estímulo por sus actividades individuales o grupales que sean 
dignas de elogio, mediante menciones honoríficas o reconocimiento ante la 
Comunidad Educativa. 
11. Acoger al finalizar el año, según criterios establecidos por el Colegio, 
estímulos tales como: beca, matrícula de honor, medalla al mérito, diploma 
de honor y premios. 
12. Izar bandera en Actos Cívicos como un privilegio concedido por razones 
de tipo académico o convivencia, deportivo, artístico, de compañerismo, 
colaboración y otros dignos de mérito. 
13. Ser atendido respetuosamente por las personas de las diferentes oficinas 
a su servicio, según el horario establecido para ello. 
14. Poder ausentarse del Colegio en caso de enfermedad o por fuerza mayor, 
previa autorización remitida por los padres de familia y/o acudiente a la 
Coordinación de Sección. Ningún estudiante podrá salir del Colegio sin el 
conocimiento previo de sus padres o acudientes. 
En caso de presentarse algún padecimiento repentino, Enfermería se 
encargará de realizar la respectiva llamada. De presentarse una calamidad 
doméstica, el(la) estudiante deberá dirigirse a la Coordinación de Sección 
para obtener la autorización de salida. 
15. Ser atendido y apoyado en caso de resultar afectado física o 
psicológicamente por otro compañero, o en caso de hurto. 
16. Ser tenido en cuenta como miembro activo de la Comunidad Educativa 
como partícipe (candidato o miembro electo) del Consejo Estudiantil, el 
Gobierno Escolar y la Personería. 
17. Recibir el día de su grado como Bachiller un botón que lo acredita como 
“hijo” del Colegio Americano de Cali, si ha cursado toda su escolaridad en 
esta Institución, de manera ininterrumpida. Se consideran también “hijos” 
del Colegio los(as) estudiantes que vienen por traslado de otros Colegios 
Americanos del país. 
18. Recibir la placa al “Mérito Americanista” el día de su grado como 
estímulo a su calidad humana y perfil Americanista durante su permanencia 
en la Institución. 
19. Tener un Sistema Educativo de alta calidad.
20. Ser educado de acuerdo a los principios cristianos fundamentados en la 
Palabra de Dios y a la Filosofía Institucional. 
21. Conocer el Modelo de Formación de Procesos y Valores Cristianos del 
Colegio y el S.I.E.E. que de él se deriva. 
22. Recibir información completa, clara y oportuna sobre su proceso 
evaluativo, siendo escuchado ante sus posibles reclamaciones. 
23. Conocer periódicamente los Planes de Aula que aplicará el/la maestro(a) 
en un área determinada. 
24. Conocer antes del inicio de cada clase, las competencias que se 
desarrollarán dentro de la intervención pedagógica. 
25. Recibir asesoría y acompañamiento de los(as) maestros(as) para superar 
sus debilidades en el proceso de desarrollo. 
26. Presentar excusas debidamente procesadas y legales por sus faltas de 
asistencia y ser tenidas en cuenta como excusas justificadas. 
27. Presentar derechos de petición e interponer los recursos de reposición y 
apelación según lo estime necesario en todos los casos dentro de los 
procesos evaluativos y de promoción. 
28. Presentar evaluaciones, trabajos y exposiciones en forma extemporánea 
en caso de ausencia justificada y aprobada en Coordinación de Sección. 
Ésta justificación se presentará en un plazo no superior a los tres (03) días 
hábiles, plazo límite para la sustentación de los trabajos o evaluaciones. 
29. Recibir las clases correspondientes al grado que cursa, según intensidad 
horaria especificada por la Institución y el Ministerio de Educación Nacional. 
30. Participar en la conformación del horario de evaluaciones, entrega de 
trabajos o proyectos, de común acuerdo con los(as) maestros(as). 
31. Ser evaluado de acuerdo a lo establecido en el Modelo de Formación de 
Procesos y Valores Cristianos, según los Ejes Temáticos vistos. 
32. Tener oportunidad de evidenciar las competencias en cada área de 
estudio, en lo posible antes de pasar al bimestre y/o semestre siguiente. 
33. Solicitar la corrección del Informe Académico, en diálogo inicial con el/la 
maestro(a) del área y la Coordinación de Sección.
Deberes De Los Estudiantes 
Basados en el mismo principio que informa los derechos del estudiante se 
tienen a su cargo los deberes correlativos a sus derechos y los que se dan a 
continuación: 
Conocer, interiorizar y practicar el manual de convivencia- Mi Compromiso. 
Interiorizar la filosofía del colegio fundamentada en el evangelio y en los 
principios pedagógicos de Marie Poussepin. 
Demostrar respeto por hermanas, directivos, docentes compañeros, 
personal administrativo de servicios y comunidad en general dentro y fuera 
del colegio. 
Respetar y cuidar las pertenencias propias, de los estudiantes y los 
integrantes de la comunidad educativa. 
Atender sugerencias, observaciones, consejos dados por las directivas, 
profesores y acompañantes de grupo. 
Presentar la excusa firmada por los padres de familia o acudientes, despues 
de una inasistencia, el mismo día que el estudiante se reintegra a la 
actividad, para tener la oportunidad de ser evaluados en las diferentes 
actividades desarrolladas en su ausencia. 
Asistir puntualmente y con el debido respeto a las clases, actos culturales, 
religiosos y demás actividades de comunidad que programe el colegio. 
Atender con prontitud el toque de campana para ingreso a clase o cualquier 
acto comunitario. 
Observar buen comportamiento, orden y disciplina en el salón de clase o 
área; aún en ausencia del profesor. 
Asistir a las experiencias comunitarias de fe y retiros programados por la 
institución 
Portar con dignidad y respeto los uniformes completos, dentro y fuera del 
colegio según lo establecido, y mantenerlo limpio durante toda la semana. El 
uniforme de diario consta de blusa blanca manga corta, jardinera prensada 
según modelo, por sobre la rodilla, media blanca larga y lisa, zapatos azul 
oscuro en cuero con cordones del mismo color y suela de goma. En días 
especiales se utilizará blusa blanca de gala (manga larga) cabello recogido y 
moño blanco. El uniforme de educación física es: sudadera completa
pantalón, pantaloneta, camibuso y chaqueta, media blanca lisa (no tobillera), 
tenis color blanco de cordón sin adornos y vestido de baño enterizo color 
azul rey o azul oscuro según modelo. El uniforme de los niños consta de 
camibuso blanco según modelo, pantalón largo azul oscuro,zapatos azul 
oscuro con cordón del mismo color y suela de goma, medias azul oscuro, 
para el uniforme de gala utilizarán camisa blanca de manga larga según 
modelo.( LOS UNIFORMES DEBEN PORTARSE DE ACUERDO ALA HORARIO 
A LAS INDICACIONES DEL DIRECTOR DE GRADO. PARA ASISITIR A CLASE 
DE INGLÉS EN EL CENTRO DE IDIOMAS SE HARÁ CON UNIFORME DE 
EDUCAIÓN FÍSICA). 
Mantener el cabello arreglado en forma adecuada, sin peinados 
extravagantes. Los accesorios para el cabello serán de color blanco, azul 
oscuro o negro. (los demás accesorios de ortro color seran decomisados o 
retirados). 
Obrar en coherencia con la sencillez de nuestro lema. Por eso no está 
permitido con el uniforme, el maquillaje facial, las joyas y colores en las 
uñas. Además el uso de piercing en cualquier parte del cuerpo, así como 
objetos o modas que riñan con él. El cabello se usa sin cortes extravagantes 
o exagerados (Tinturas). 
En circunstancias autorizadas para ingresar a la institución sin uniforme, los 
estudiantes deberán portar con discreción prendas de vestir adecuadas y 
decentes. 
Cumplir con el plan de trabajo personal. 
Desarrollar según las indicaciones de los docentes: las unidades, tareas, 
trabajos e informes de consulta, estudio o aplicación de temas con, 
responsabilidad, pulcritud, originalidad, puntualidad, y capacidad de síntesis 
e interpretación. 
Presentar actividades de superación y recuperación de manera puntual y 
con los requerimientos exigidos. 
Informar oportunamente a sus padres y/o acuedientes de los llamados y 
circulantes enviados por la institución. 
Expresar su sentido de pertenencia con el cuidado de la planta física y 
recursos pedagógicos que la institución le ofrece para su información, 
manteniéndolos en perfecto estado y limpieza.
Entregar a coordinación de convivencia todo objeto encontrado con el fin de 
ser regresado a su respectivo dueño. 
Pagar el costo de los daños causados a los bienes del colegio. 
Evitar la interferencia en la labor educativa. Por lo tanto no se permite traer 
implementos tecnológicos. Y en ningún caso se hace responsable en colegio 
por daño o perdida de este. 
Utilizar con responsabilidad las distintas dependencias de la instrucción, 
respetando y cumpliendo el reglamento de cada una de ellas. 
Guardar excelente comportamiento en el transporte escolar evitando, 
compra o consumo de bebidas y alimentos en él. 
Respetar, cuidar la vida y velar por la integridad física y moral de todas las 
personas y por su salud personal y pública, rechazando el uso de alcohol, 
drogas, y otros, dentro de la institución y/o transporte escolar. 
Evitar ingresar a la sala de profesores y salones de clase en horas de 
descanso. 
Evitar encubrir, patrocinar o convertirse en cómplice de las faltas de sus 
compañeros (a). 
Portar permanentemente el carné estudiantil y el seguro de accidentes. 
_______________________________________________ 
6.3. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 
Son deberes generales de los estudiantes: 
1. Respetar mediante trato cortés y adecuado a todo miembro de la 
comunidad educativa; ello involucra normas de cortesía, urbanidad y buen 
vocabulario. 
2. Honrar, enaltecer y respetar los símbolos de la patria y de la institución e 
igualmente el nombre de la Institución Educativa Deogracias Cardona. Debe 
conocer y cantar el Himno de la Institución. 
3. Cumplir con todas las actividades curriculares programadas por la 
institución y velar por su buen desarrollo. 
4. Acudir a cada actividad programada con sus deberes, tareas y actividades 
cumplidas aun en el caso de haber antecedido una inasistencia.
5. Cumplir con las actividades programadas por la institución por sí o a 
través de terceros (jornadas de apoyo, capacitación, y otros) con el fin de 
obtener una formación que busque desarrollar mejores comportamientos 
que favorezcan al actor y a la comunidad. 
6. Presentarse con el uniforme asignado para la actividad respectiva, según 
el horario de clases. 
7. Tener una excelente presentación personal, acorde con la identificación 
como miembro de la comunidad deograciana, su tradición, y el sentido de 
pertenencia a la misma. Ver otros derechos, deberes y prohibiciones en el 
Capítulo Siete. 
8. Cuidar todos los muebles, enseres y pertenencias del colegio. (Ver otros 
derechos, deberes y prohibiciones en el Capítulo Tres). 
9. Cumplir las sanciones a que se haga merecedor por la trasgresión de la 
normatividad y del espíritu previsto en el manual de convivencia social. 
10. Informar oportunamente a padres o acudientes acerca de las reuniones y 
citaciones emanadas de las directivas y profesores de la institución. 
11. Usar debidamente y en las materias correspondientes, implementos 
corto punzantes y otros elementos y sustancias que puedan ocasionar daño 
a las personas o al mobiliario de la institución. 
12. Sentir y demostrar respeto por el compañero, evitando tratos que 
impliquen todo tipo de agresión verbal, física, moral y psicológica, al igual 
que juegos que ocasionen daños a la persona, al uniforme, o a cualquier 
bien mueble o inmueble de la institución. 
13. Ajustar su comportamiento en el colegio, los buses, y en cualquier otro 
lugar a las normas de compostura moral y al sano espíritu de 
compañerismo. 
_____________________________________________________ 
Artículo 16 DEBERES DE LOS(AS) ESTUDIANTES 
1. DEBERES 
No hay derechos sin deberes, ni deberes sin derechos. Los derechos de 
alguien son los deberes que los otros tienen para él y los deberes de alguien 
son los derechos que los demás tienen en relación con las acciones de ese 
alguien. Los deberes son inherentes a la condición humana, éstos entrañan
compromisos que debemos conocer para asumirlos, su alcance es extenso, 
incluyen valores como: puntualidad, colaboración, 
solidaridad,responsabilidad, honradez, cortesía, respeto a los demás. 
El Manual de Convivencia tiene carácter de Norma o Disposición Legal que 
se encuentra incorporado al contrato de matrícula. Por tanto, el primer 
deber, es conocerlo y cumplirlo, además de: 
1. Respetar la vida de los demás. 
2. Respetar la integridad de las personas. 
3. No ejercer actos de discriminación. 
4. Respetar la intimidad de las personas. 
5. Respetar el buen nombre de las personas. 
6. Permitir el libre desarrollo de la personalidad de los/as otros/as. 
7. Respetar las ideas y comportamientos de los/as demás. 
8. Respetar el credo religioso. 
9. No obligar a ninguna persona a declarar en contra de sí misma o contra 
familiares o parientes que se encuentren en segundo grado de afinidad o 
cuarto grado de consanguinidad. 
10. Permitir que otras personas acudan a las autoridades por motivo de 
interés general o particular de manera respetuosa. 
2. DEBERES GENERALES 
Son deberes generales de todo estudiante del Colegio Americano de Cali: 
1. Amar a Dios, a sí mismo y a respetar a sus compañeros(as), directivos(as), 
maestro(as) y demás empleados(as) de la Institución en su integridad física, 
honorabilidad y buen nombre, procurando fomentar o establecer 
sentimientos de amistad, compañerismo, colaboración y comprensión. 
2. Evidenciar un comportamiento ejemplar y el fiel cumplimiento de las 
normas tanto dentro como fuera del Establecimiento Educativo, del mismo 
modo, cuando se encuentre fuera del Plantel en actividades como: 
Convivencias, Salidas Pedagógicas, Campamentos, actividades deportivas o 
actos públicos donde esté presente la Institución. 
3. Asistir puntualmente a las clases y actos programados por la Institución.
4. Portar dignamente y de manera adecuada el uniforme que corresponde al 
día. 
5. Acatar y atender oportunamente los cambios que se vayan realizando 
durante el bimestre y/o semestre académico y que la Institución así lo 
demande en procura del bienestar de los(as) estudiantes. 
6. Cumplir cabal y oportunamente con compromisos adquiridos con el 
Plantel, con los(as) maestro(as) y directivos docentes. 
7. Contestar cortésmente, empleando el vocabulario adecuado al dirigirse a 
los compañeros, maestro(as) y demás miembros de la Comunidad 
Educativa. 
8. Salir del salón de clases en forma ordenada, evitando carreras, tumultos y 
gritos. 
9. Realizar los reclamos en forma respetuosa y cortés, siguiendo siempre el 
conducto regular: Maestro(a), Maestro(a) Orientador(a) de Grupo, Maestro(a) 
Coordinador(a) de área, Coordinador(a) de Sección, Rectoría, Consejo 
Directivo. 
10. Cuidar y respetar sus pertenencias, las de los(as) compañeros(as) y las 
del Plantel. 
11. Colaborar con el aseo de las dependencias de la Institución, haciendo 
buen uso de los recursos. 
12. Observar hábitos morales que enaltezcan el buen nombre de la persona, 
la familia, el grupo, el Colegio y la Patria. 
13. Actuar con honestidad y veracidad en todos los actos académicos, 
cívicos, comunitarios, deportivos y recreativos. 
14. Honrar y enaltecer el buen nombre del Colegio Americano de Cali en 
todos los lugares y/o actividades que se realicen en su nombre. 
15. Escuchar con atención y participar con respeto, además de cumplir con 
prontitud y calidad, las indicaciones que le hagan los miembros de la 
Comunidad Educativa, en función del bien común. 
16. Enriquecer, proteger y aprovechar al máximo los recursos que ofrece el 
Plantel para el cumplimiento de los objetivos educativos.
17. Abstenerse de realizar en nombre del Colegio Americano cualquier tipo 
de rifas, actos o espectáculos que contravengan la filosofía y el buen 
nombre de la Institución dentro y fuera de ella. 
18. Responsabilizarse del llamado de atención u orientación que figure en el 
Observador del estudiante, asumiendo una actitud propositiva ante esas 
recomendaciones y llevando a cabo lo que allí se recomienda y compromete. 
19. Demostrar sus potencialidades buscando un liderazgo que lo impulse al 
logro de su superación individual y colectiva respetando la autenticidad de 
cada uno. 
20. Presentar autorización escrita de los padres de familia y/o acudientes 
para quedarse en las actividades académicas, externas o complementarias 
organizadas por la Institución. 
21. Portar el carné de estudiante y exhibirlo cuando sea requerido por las 
autoridades del Colegio. 
22. Al acto de graduación, los(as) estudiantes de grado 11º asistirán 
utilizando toga y birrete de acuerdo con las instrucciones que para el efecto 
imparta la Rectoría de la Institución. 
23. Conocer, respetar y cumplir con los derechos y obligaciones 
contempladas en la Constitución Nacional, la Ley General de Educación, la 
Ley de Infancia y Adolescencia, el Manual de Convivencia y demás normas 
vigentes. 
24. Abstenerse de lanzar proyectiles, esputos, líquidos y otros elementos 
que lesionen la integridad de las personas que se encuentren a su alcance. 
25. Respetar los principios cristianos fundamentados en la Palabra de Dios y 
en la Filosofía Institucional. 
26. Ser responsables con los horarios establecidos por el Colegio. 
27. Presentar excusas debidamente procesadas y legales por sus faltas de 
asistencia para ser tenidas en cuenta como excusas justificadas. 
28. Solicitar explicaciones adicionales sobre aspectos que no haya 
comprendido en clase. 
29. Ser consciente de la necesidad y responsabilidad frente al proceso de 
superación de saberes en todas y cada una de las áreas del conocimiento.
30. Atender y responder a las recomendaciones dadas por los padres de 
familia y/o acudientes, maestros(as) y directivos(as) para su desarrollo 
integral y avance dentro del 
S.I.E.E. 
31. Reconocer y responder en todos los casos la autoridad de Dios, la 
familia, el Colegio y la Legislación Civil, aceptándola como una ayuda idónea 
para su crecimiento integral, prevención, protección y conservación de la 
vida. 
32. Participar del Gobierno Escolar de manera personal o representada por 
otro(a) estudiante. 
33. Tener estricta puntualidad en el horario escolar establecido para la 
llegada al Colegio e iniciación de clases y otras actividades complementarias 
programadas. 
3.2 DE DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES 
3.2.1. DERECHOS 
1. A ser tratados con dignidad y respeto 
2. A que sea acatado su liderazgo en la orientación de los procesos 
preventivos de la drogadicción y preservativos del orden y la higiene. 
3. A tener unas oficinas cómodas e higiénicas y desenvolverse en un 
ambiente académico y disciplinario sano. 
4. A que se le ofrezcan unos servicios de cafetería y restaurante óptimos en 
higiene, aseo y salubridad.
5. Tener acceso a los servicios médicos y de primeros auxilios. 
6. A respirar un medio ambiente libre de humo, cigarrillos y sustancias que 
lesionen su salud y ánimo. 
7. A impartir clases y orientar procesos curriculares en un ambiente 
agradable y dispuesto en lo referente a la higiene y aseo de los salones, 
laboratorios y demás recintos. 
8. Dirigir, pertenecer o participar en comités constituidos con el fin de 
conservar el orden, la higiene, salubridad y prevención de sustancias 
psicoactivas en el Colegio. 
9. A recibir estímulos en forma individual o colectiva por las actividades que 
en esta área proponga y desarrolle, y por el liderazgo y responsabilidad 
aplicada a las mismas. 
10. Las demás que en esta área le sean consagradas, en la Constitución 
Política, Ley General de Educación, Estatuto Docente, Organización Mundial 
de la Salud y organismos similares. 
3.2.2. DEBERES 
1. Respetar, mediante su adecuada presentación personal, a todo miembro 
de la comunidad escolar. 
2. Estudiar todo tipo de sugerencia administrativa, académica y pedagógica, 
que sea hecha por cualquier miembro de la comunidad, con referencia a la 
higiene y la salud pública, la conservación de la misma y la prevención 
frente al consumo de psicotrópicos. 
3. Llamar la atención a cualquier miembro de la comunidad deograciana por 
atentar contra la salubridad e higiene comunitaria al igual que consumir 
sustancias psicotrópicas, licores y cigarrillos y proceder con lo establecido 
para el cumplimiento de la norma 
4. Orientar la elaboración de proyectos que contengan reglas de higiene 
personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad 
educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al 
consumo de sustancias psicotrópicas.
5. Colaborar con las autoridades de salud pública del orden departamental, 
nacional o municipal, que requieran visitas de oficio o solicitadas para 
salvaguardar un ambiente escolar saludable e higiénico. 
6. Los demás impuestos por la autoridad competente y que sean afines a 
este propósito. 
7. A través del ejercicio docente inculcar el amor por la vida, la patria, la 
libertad, la ciencia, la convivencia humana, la higiene personal y 
comunitaria. 
8. Los demás indicados por la autoridad competente y afines a este 
propósito. 
Nota: Es causal de mala conducta por parte del docente la asistencia 
habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez o toxicomanía. Decreto 
Ley 2277/79 Artículo 46 Literal A y demás literales. 
______________________________________________ 
ARTÍCULO 16: 
EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR 
La educación pre escolar cumple un papel fundamental en el desarrollo del 
ser humano ya que es el crecimiento de un proceso de vida, en el cual se 
proveerá al niño de las herramientas que le despiertan el interés por resolver 
problemas, y enfrentarse a los retos de la vida. El Liceo Campestre al 
satisfacer dichas necesidades va fortaleciendo de manera paulatina sus 
habilidades, capacidades, destrezas, valores para enfrentarse a diferentes 
situaciones de su contexto. 
ARTÍCULO 15: 
DERECHOS DEL ESTUDIANTE DE PRE – ESCOLAR 
1. Recibir de la Institución una educación integral en igualdad de 
condiciones sin ningún tipo de discriminación. 
2. Recibir orientación permanente de sus padres y/o acudientes sobre su 
formación, haciendo presencia en su proceso evolutivo y comprometiéndose 
aacompañarlo y suplir sus necesidades integrales, a través, entre diversas 
estrategias, del trabajo en equipo con la Institución. 
3. Ser escuchado y atendido en forma respetuosa.
4. Participar activamente en todas las actividades organizadas por la 
Institución 
5. Gozar de las condiciones locativas y ambientes físicos sanos que 
favorece el buen desarrollo. 
6. Recibir realimentación constante de su proceso y sus respectivas 
valoraciones académicas. 
7. Tener estímulos individuales y colectivos por parte de la Institución. 
DEBERES DEL ESTUDIANTE DE PRE – ESCOLAR 
1. Asistir puntualmente a clases. 
2. Respetar a la Institución, sus integrantes, su nombre, símbolos, principios 
y valores. 
3. Portar debidamente los uniformes establecidos por la Institución. 
4. Cumplir con todas las actividades curriculares y extracurriculares 
programadas por la Institución. 
5. Cuidar y respetar todos los elementos del Colegio al igual que los propios 
elementos de trabajo. 
DERECHOS Y DEBERES DE PROFESORES Y ALUMNOS EN EL MARCO DE 
UNA CONVIVENCIA PACÍFICA 
Director CEIS Orientación y Capacitación 
Seminario Normativa de la Convivencia 
Personal: “La revisión de los contenidos de variados Proyectos Educativos 
Institucionales (PEI) han permitido detectar una debilidad significativa al 
momento de incorporar como elementos constitutivos los conceptos de 
Derechos y Deberes. Este producto obtenido en el Seminario sobre 
Convivencia indicado nos permite confrontar lo existente con lo planteado a 
continuación y esta llamado a ser un aporte para mejorar el documento 
institucional indicado”. 
A continuación presentamos una propuesta de derechos y deberes para 
educadores y alumnos. Los sugerimos como una muestra de deberes y
derechos y se invita a enriquecerlos desde la propia realidad del colegio y en 
atención a las intencionalidades particulares que le definen. 
Derechos de los docentes: 
A recibir un trato justo y respetuoso: El profesor gozará de un trato digno y 
respetuoso por parte de sus superiores, sus colegas, padres y sus alumnos. 
Al respeto de la integridad física y moral: Todos los docentes tienen derecho a 
que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo ser 
objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes. 
A la libertad de expresión: Los docentes tienen derecho a la libertad de 
expresión sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad 
educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los principios 
y derechos contemplados en el Ideario Institucional. 
A perfeccionarse: todos los decentes tienen derecho a perfeccionarse 
permanentemente para actualizar sus conocimientos y mejorar su desempeño 
profesional y su desarrollo personal. 
A la libertad de conciencia: Los docentes tienen derecho a que se respete su 
libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así 
como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones. 
A trabajar en equipo: El profesor tiene derecho a un trabajo colaborativo con los 
demás colegas para el mutuo enriquecimiento, intercambiando estrategias y 
materiales metodológicos y romper así el aislamiento pedagógico. 
A asociarse: los profesores podrán vincularse a distintas entidades como colegios 
profesionales, federaciones, asociaciones, etc., voluntariamente y con el propósito 
de mejorar su calidad de vida. 
Deberes de los docentes: 
Planear el trabajo docente: el profesor debe planear su trabajo para dar un 
máximo de aprovechamiento a la formación de los alumnos y disminuir los 
conflictos que surgen al interior del grupo curso. 
Mantener buenas relaciones con los colegas: el profesor debe establecer y 
conservar buenas relaciones laborales con sus colegas a fin de ir a la par de los 
trabajos que éstos ejecutan e informarse acerca del comportamiento de sus 
alumnos en las demás asignaturas.
Orientar los estudios: el profesor debe preocuparse por saber dónde, qué y 
cómo pueden estudiar sus alumnos lo que está siendo objeto de enseñanza. 
Respetar al alumno: el profesor debe ver en sus alumnos personas en formación, 
que requieren de su ayuda para realizarse, esto es, debe ver y respetar a sus 
alumnos como personas y no como individuos o meros números. Nunca debe 
humillarlo. 
Reconocer los esfuerzos de los educandos: es necesario que el docente 
reconozca los esfuerzos de sus alumnos y no solamente sus éxitos. 
Propiciar una mejor relación: factor de éxito en los trabajos escolares es, la 
buena relación entre docentes y alumnos. El problema de la disciplina se ve 
bastante facilitado y las posibles dificultades que surjan son fácilmente superables, 
cuando existe un buen entendimiento entre docente alumno, esto es, cuando 
existe respeto y estima mutuas. 
Inculcar sentimientos de trabajo en equipo: el educador debe sentirse miembro 
de una comunidad con la cual y para la cual trabaja; y el éxito de todos depende, 
en parte, de su cooperación. 
Eliminar el miedo como fuerza motivadora: el profesor debe ser capaz de 
despertar la motivación interna del alumno por el aprendizaje. Para ello, preparará 
con esmero sus clases y material didáctico a fin de favorecer el aprendizaje y 
disponer de un ambiente de clase adecuado. 
Formar hábitos saludables: el profesor debe esforzarse en alentar la formación 
de nexos agradables entre el alumno y sus clases, promoviendo una atmósfera de 
optimismo, confianza, igualdad, respeto y buen éxito en los trabajos escolares. 
Vivir los valores que se quieren transmitir: aquél que se propone educar debe 
vivir los valores, las actitudes y los ideales, es decir, las formas de comportamiento 
deseables, para que éstas sensibilicen al educando por medio del ejemplo. 
Derechos de los alumnos: 
El respeto a los derechos de los alumnos: El ejercicio de los derechos por parte 
de los alumnos implicará el reconocimiento y el respeto de los derechos de todos 
los miembros de la comunidad educativa. Se educará a los alumnos en el principio 
de que los derechos de cada uno terminan donde empiezan los de los demás. Por 
lo cual, si los alumnos pretenden que los demás miembros de la comunidad 
educativa respeten sus derechos ellos deben respetar los de los demás.
A recibir una formación plena: Los alumnos tienen derecho a recibir una 
formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, lo cual exige una 
jornada de trabajo escolar acomodada a su edad, una planificación equilibrada de 
sus actividades de estudio y una calidad máxima en las metodologías empleadas. 
A la igualdad de oportunidades: La igualdad de oportunidades se promoverá 
mediante la no discriminación por razón de nacimiento; raza; sexo; situación 
económica; nivel social; convicciones políticas, morales o religiosas; así como por 
discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier otra condición o 
circunstancia personal o social. 
A que el rendimiento escolar sea evaluado objetivamente: Con el fin de 
garantizar el derecho a la evaluación con criterios objetivos, los colegios deberán 
hacer públicos los criterios generales que se van a aplicar para la evaluación de 
los aprendizajes y la promoción de los alumnos. 
A recibir orientación escolar y profesional: Todos los alumnos tienen derecho a 
recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo 
personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones e intereses. 
La orientación profesional se basará únicamente en las aptitudes e intereses de 
los alumnos y excluirá toda diferenciación por razón de sexo. 
A la libertad de conciencia: Los alumnos tienen derecho a que se respete su 
libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así 
como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones. 
Al respeto de la integridad física y moral: Todos los alumnos tienen derecho a 
que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo ser 
objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes. Esto implica que no se 
puede sancionar a los alumnos con castigos físicos ni psicológicos ni con acciones 
que atenten a su dignidad personal. 
A asociarse: Los alumnos tienen derecho a asociarse, creando asociaciones, 
federaciones y confederaciones de alumnos. 
A ser informados: Los alumnos tienen derecho a ser informados por la dirección 
del establecimiento, sus tutores, el centro de alumnos y otras instancias, sobre las 
cuestiones propias de su colegio así como de aquellas que son externas al centro 
educacional y que son relevantes y pertinentes a su situación. 
A la libertad de expresión: Los alumnos tienen derecho a la libertad de expresión 
sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y 
el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los principios y derechos 
constitucionales.
A discrepar: Los alumnos tienen derecho a discrepar respecto de las decisiones 
educativas que les afecten. Cuando la discrepancia es colectiva, ésta debe ser 
canalizada por los delegados de curso y la Directiva del Centro de Alumnos. 
A reunirse: Los alumnos podrán reunirse en el colegio para actividades de 
carácter escolar o extraescolar que formen parte del proyecto educativo del centro, 
así como para aquellas otras a las que pueda atribuirse una finalidad educativa o 
formativa. Este derecho debe estar regido por un horario para su ejercicio. 
Deberes de los alumnos: 
El estudio, deber básico de los alumnos: 
Asistir a clases con puntualidad y participar en las actividades que desarrollan los 
planes de estudio. La puntualidad no es un tema menor y es una exigencia que ha 
de pedirse a los alumnos que cumplan. Para estudiar hay que participar en las 
actividades de aprendizaje que se desprenden de los proyectos curriculares de los 
diferentes Sectores y Subsectores y Ciclos del colegio. 
Cumplir y respetar los horarios del colegio. 
Seguir las orientaciones de los profesores y mostrarle respeto y consideración. 
Los alumnos, para aprender, han de seguir las orientaciones de sus profesores, 
quienes las dan para que el aprendizaje se efectúe de la forma más eficaz y 
eficiente. Además, los educandos han de manifestar una actitud de respeto y 
consideración a los profesores tal como ellos esperan ser respetados por sus 
mayores. 
Respetar el derecho al estudio de sus compañeros. Como el estudio es el deber 
básico de cada alumno, una consecuencia lógica es que cada uno ha de respetar 
el derecho de todos y de cada uno de aprender. 
El respeto a la libertad de conciencia y la dignidad: Los alumnos han de 
respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como 
la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad 
educativa. 
El deber de la no discriminación: Corresponde a todos los alumnos el deber de 
la no discriminación de ningún miembro de la comunidad educativa por razón de 
nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social. 
El respeto al proyecto educativo del colegio: Los alumnos deben respetar el 
proyecto educativo o el carácter propio del establecimiento. Éstos deben estar 
plenamente informados de la naturaleza del proyecto.
El deber de cuidar y usar correctamente los bienes e instalaciones del 
colegio: Las instalaciones y recursos de los colegios han de ser utilizados en 
forma cuidadosa por los alumnos, procurando que las cosas no se estropeen ni se 
deterioren por incorrecta manipulación. Por supuesto, los alumnos han de respetar 
el derecho a la propiedad privada de los demás miembros de la comunidad 
educativa. 
Participar en las actividades del colegio: Los colegios comúnmente disponen 
de una serie de actividades programáticas y extra programáticas para la formación 
integral de su alumnado. Es altamente conveniente para los alumnos participar 
activamente en estas instancias 
________________________________________________________ 
CAPITULO X 
DE LOS EDUCADORES 
Artículo 50. Derechos. Los establecidos en el artículo 36 del decreto 2277 de 
1979; artículo 37 del decreto 1278 de 2002 y demás normas concordantes. 
Artículo 51. Deberes. Los establecidos en el artículo 44 del decreto 2277 de 
1979; artículo 41 del decreto 1278 de 2002, los del manual de funciones de la 
institución, circulares, acuerdos y resoluciones internas emanadas del consejo 
académico, de coordinación, de rectoría y demás disposiciones generales de 
régimen disciplinario establecidas por el Ministerio de Educación Nacional. 
CAPITULO XI 
PADRES DE FAMILIA 
Artículo 52. Derechos de los padres de familia. Los principales derechos de los 
padres de familia en relación con la educación de sus hijos son los establecidos en 
el decreto 1286 del 2005 así: 
1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes, criterios, 
procedimientos, e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año 
escolar. 
2. Acompañar el proceso educativo de los estudiantes. 
3. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes 
presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos.
4. Recibir los informes periódicos de evaluación. 
5. Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure 
el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la constitución y la ley. 
6. Recibir información del estado sobre los establecimientos educativos que se 
encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. 
7. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las 
características del establecimiento educativo, los principios que orientan el 
proyecto educativo institucional, el pacto de convivencia, el plan de estudios, las 
estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de 
mejoramiento institucional. 
8. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones 
respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de identidad del 
personal docente y directivo de la Institución Educativa. 
9. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que 
están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y 
modificación del proyecto educativo institucional. 
10. Recibir respuestas suficientes y oportunas a sus requerimientos sobre la 
marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el 
proceso educativo de sus hijos. 
11. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación 
de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se 
encuentran matriculados sus hijos. 
12. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos 
del gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en 
la ley general de educación y en sus reglamentos. 
13. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos 
educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor 
educación y el desarrollo armónico de sus hijos. 
Artículo 53. Deberes de los padres de familia. Corresponde a los padres de 
familia los siguientes deberes:
1. Participar a través de las instancias del gobierno escolar: en la diferencia de 
criterios y procedimientos de evaluación del aprendizaje de los estudiantes y 
promoción escolar: Consejo Directivo, comité de evaluación, y promoción. 
2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos. 
3. Analizar los informes periódicos de evaluación. 
4. Recomendar a sus hijos la realización de recuperaciones durante el 
proceso educativo. 
5. Cumplir con los compromisos y recomendaciones adquiridas para la 
superación de sus debilidades. 
6. Los padres de común acuerdo dirigirán la educación de sus hijos menores y 
su formación moral e intelectual teniendo en cuenta el Dto. 772/75 art. 4 código del 
menor. 
7. Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos 
debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su 
edad escolar obligatoria. 
8. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del 
derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 
9. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el 
manual de convivencia, para facilitar el proceso educativo. 
10. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y 
responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación 
entre los miembros de la comunidad educativa. 
11. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del 
establecimiento educativo, las irregularidades de que tenga conocimiento, entre 
otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de 
drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades 
competentes. 
12. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzca al 
mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, 
especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento 
institucional.
13. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad 
como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el 
desarrollo de valores ciudadanos. 
14. Participar en el proceso de auto evaluación anual del establecimiento 
educativo. 
15. Suministrar a los hijos los uniformes, útiles escolares y elementos 
indispensables que faciliten su proceso de aprendizaje. 
16. Asistir oportunamente a la entrega de boletines. 
17. Controlar al estudiante en cuanto a la asistencia puntual a la Institución y a 
clases, el regreso a casa, la elaboración de tareas y trabajos, el buen porte del 
uniforme y la ocupación del tiempo libre. 
18. Asistir a la Institución oportunamente a justificar las ausencias de sus hijos 
y atender puntualmente las citaciones enviadas por cualquier instancia escolar. 
19. Solicitar periódicamente información relacionadas con el rendimiento 
académico y comportamiento de sus hijos, atendiendo los horarios establecidos. 
20. Cancelar costos educativos determinados por el Consejo Directivo y estar a 
paz y salvo a fin de año para poder retirar boletines y certificados. 
21. Asistir y participar activamente en la escuela de padres. 
22. Mantener relaciones de respeto, diálogo y colaboración con todos y cada 
uno de los miembros de la comunidad educativa. 
23. Concurrir obligatoria y puntualmente a la asamblea general de padres de 
familia por convocatoria del rector(a) del establecimiento educativo(art. 4 Dcto 
1286 de 2005). 
24. Realizar con el debido respeto cualquier reclamación teniendo en cuenta el 
conducto regular y tiempo establecido. 
25. Asumir con responsabilidad el cargo para el que sea elegido por la 
comunidad Educativa. 
26. Responder por los daños que causen los alumnos dentro de la Institución 
Educativa. 
_______________________________________________________
SOBRE CELULARES OJO………………………. 
Corte Constitucional reglamentó uso de celulares en los colegios 
Un reciente fallo de la Corte Constitucional establece que el uso de los teléfonos 
celulares se debe reglamentar en los manuales de convivencia de los colegios, 
pero no se puede prohibir, se violaría el libre desarrollo de la personalidad. 
El alto tribunal aclara en su fallo que las instituciones educativas deben estipular 
en sus manuales de convivencia cuáles son las conductas que constituyen una 
falta en relación con el uso del celular, las sanciones que se impondrán si se 
incurren en éstas y el procedimiento a que serán sometidos los infractores, así 
como las garantías a las que tienen derecho. 
El pronunciamiento de la Corte se dio como consecuencia de la tutela que 
presentó en esta instancia Katherine Navarro Mendoza, una estudiante, del 
Institución Educativa José Arnoldo Marín en Cartagena, que está punto de 
graduarse como bachiller y quien fue expulsada del colegio luego de que sus 
padres y las directivas de la institución se enfrentaran porque la alumna 
presuntamente le vendía a sus compañeros minutos a celular. 
El pasado 14 de marzo, la coordinadora del colegio le decomisó a Katherine el 
celular por la práctica ya nombrada y le aseguró que se lo devolvería el 30 de 
noviembre, momento en el que terminarían las clases. 
De inmediato, el padre de la niña le reclamó a la profesora y le exigió que le 
devolviera el celular a su hija. Luego de una fuerte discusión la coordinadora le 
devolvió el teléfono y expulsó a la alumna de la institución. 
Los padres de Katherine se quejaron ante la Secretaría de Educación y dos 
instancias judiciales en juzgados de Cartagena, donde les fue negada su petición, 
puesto que la alumna le adeudaba al colegio las pensiones de los últimos dos 
años, lo que hacía que ella fuera estudiante en calidad de ‘asistente'. 
En consecuencia, los padres presentaron la acción de tutela ante la Corte, que 
revocó los dos fallos anteriores y ordenó que Katherine fuera reintegrada al plantel 
educativo, pues el alto tribunal consideró que a la alumna se le violó el debido 
proceso y el derecho a la educación. 
La Corte además estableció que en el colegio no era de conocimiento público la 
prohibición de los celulares ni las sanciones establecidas por su uso, puesto que 
en el manual de convivencia no estaba estipulado.
El fallo de la Corte establece entonces que mientras no haya un documento escrito 
en cada institución que reglamente el uso de teléfonos celulares, no se pueden 
decomisar o expulsar alumnos por usarlo o por vender minutos. 
El impacto de los teléfonos celulares en instituciones educativas. 
El uso de teléfonos celulares es ahora una parte integral de la vida cotidiana. A 
donde uno mire hay estudiantes usando celulares para llamar, mandar mensajes, 
tomar fotografías e incluso navegar en Internet. Las tecnologías avanzadas que 
los teléfonos celulares han impuesto, han afectado a las instituciones educativas 
de tal manera que ha aumentado la necesidad de imponer medidas que prohíban 
a los estudiantes el uso de teléfonos celulares en el colegio. 
Educadores en contra de los teléfonos celulares 
Los maestros que se oponen a los teléfonos celulares creen que los estudiantes 
pierden mucho tiempo enviando mensajes a sus amigos y que eso impacta en su 
habilidad para prestar atención al plan de estudios. De acuerdo con Franz 
Prichard, un adjunto de investigación de Clarity Innovations Inc., "La tecnología de 
telefonía de avanzada también desafía cada vez más los métodos de evitar que 
los estudiantes hagan trampa. Los mensajes instantáneos pueden compartir 
respuestas, los celulares con cámara pueden proveer imágenes para problemas 
complicados y puede intercambiarse mensajes de voz detallados entre períodos 
sucesivos". 
Prohibiciones escolares no….reglamentar el uso es otra cosa…hasta para 
los docentes 
Los teléfonos celulares son considerados una alteración para la clase. El método 
disruptivo de hablar con amigos a través de mensajes es un incordio para los 
educadores que se oponen a que los estudiantes usen teléfonos celulares. 
Algunas escuelas han creado medidas que prohíben a los estudiantes el uso de 
teléfonos celulares en el colegio. Sin embargo, esto no impide que los estudiantes 
continúen utilizando sus teléfonos móviles para hablar, jugar y no prestar atención 
en clase. 
Los teléfonos celulares impulsan actividades ilegales 
Las escuelas revisan continuamente sus medidas para teléfonos celulares para 
proteger tanto a los estudiantes como a los maestros. De acuerdo con la National 
School Safety and Security Services, "Algunas escuelas han prohibido los 
buscadores y los celulares desde hace una década debido a su conexión con las
drogas y la actividad de las pandillas, y también debido a la perturbación que 
producen en clase". Prohibir el uso de teléfonos celulares ayuda a disminuir el 
riesgo de tráfico de drogas y conversaciones relativas a pandillas en las escuelas. 
Los teléfonos celulares de los estudiantes causan estragos 
Los estudiantes han llamado a sus escuelas usando sus teléfonos celulares para 
hacer amenazas de bomba y provocar problemas, sembrar el miedo y salirse de 
clases. A través de los teléfonos celulares también se diseminan rumores que 
causan caos innecesario entre estudiantes y docentes. De acuerdo con Ken 
Trump, presidente de los Servicios de Seguridad y Salvaguarda Nacional de 
Escuelas, "Los rumores suelen ser mayores que el asunto, el problema o el 
incidente en sí mismo. La asistencia puede disminuir repentinamente y los 
rumores pueden volar en minutos". 
Consejo 
Los estudiantes deben ser controlados por profesores para asegurarse de que el 
uso de teléfonos celulares en clase sea minimizado. Los padres deben explicar a 
sus hijos que el uso de teléfonos celulares en colegios debe acogerse a como 
estén las normas del manual…no es que se prohiba. Los teléfonos celulares que 
los estudiantes más grandes llevan al colegio deben permanecer en el auto, y los 
niños más pequeños deben dejar sus teléfonos celulares en casa. 
De igual forma que quede estipulado que la institución no se responsabiliza por la 
pérdida de estos objetos. 
De igual forma que se regule el uso para los docentes en los colegios: 
Plantearán prohibir uso de celulares en las escuelas para evitar el bullying 
En concejal de Asunción Hugo Ramirez presentará una minuta que forma parte de 
la campaña de lucha contra el acoso escolar. La propuesta pretende evitar las 
llamadas extorsivas por parte de estudiantes, conversaciones entre pandillas, 
tráfico de drogas y bullying dentro de las instituciones educativas. 
Los especialistas confirman que los acosadores escolares generalmente utilizan 
los teléfonos celulares para atemorizar a sus víctimas. Ya sea enviando mensajes 
para herir o asustar a sus compañeros, o divulgar fotografías vergonzosas que son 
tomadas en las instituciones, donde los acosadores tienen contacto con los 
menores que martirizan.
Ante esto, el Concejal Hugo Ramirez anunció que mañana presentará una minuta 
ante la Junta Municipal de Asunción. El proyecto prohíbe el uso de teléfonos 
móviles dentro de las instituciones educativas, como una alternativa para 
minimizar el bullying. 
“En caso de que los padres consideren que es necesario que sus hijos lleven el 
celular a la escuela, los teléfonos se quedarán en la dirección, donde lo utilizarán 
si fuera necesario. La idea es evitar que los estudiantes ingresen a las clases con 
los celulares que además distraen a los jóvenes”, refirió el edil en comunicación 
con la redacción de HOY. 
La propuesta prevé la intervención del Ministerio de Salud, el Ministerio de 
Educación y psicólogos del Instituto de Previsión Social, quienes impartirán 
charlas informativas a los estudiantes sobre las consecuencias del uso de 
teléfonos celulares. 
“El ministerio de salud explicará la parte de la falta de atención en los 
adolescentes y los efectos nocivos en el cuerpo. Los psicólogos hablarán sobre la 
lucha contra el bullying, pero el primer paso antes de estas convocatorias es 
prohibir el uso de celulares en las instituciones educativas"sostuvo el 
concejal. 
En caso de que la propuesta sea aprobada, las autoridades de las escuelas se 
encargarán de garantizar el cumplimiento de la minuta. 
Reglamentar uso del celular en colegios, mas no prohibirlo, determina fallo de 
Corte Constitucional 
La Corte dijo que el uso debe estar reglamentado en los Manuales de 
Convivencia, pero estos no pueden violar la Constitución. 
El alto tribunal se pronunció así en un fallo sobre el caso de Katherine, una alumna 
de la Institución Educativa José Arnoldo Marín, de Cartagena, que fue expulsada 
en marzo de este año después de que le decomisaron su celular porque, 
supuestamente, estaba vendiendo minutos a sus compañeros. 
En esa ocasión, la coordinadora del colegio le informó que se lo devolvería 
el 30 de noviembre, algo que molestó al padre de la niña, quien reclamó ante el 
colegio la decisión y pidió que le devolvieran el celular. Sin embargo, después de 
un fuerte altercado, la coordinadora le entregó el celular y expulsó a la estudiante 
del plantel. 
Los padres se quejaron ante la Secretaría de Educación, ente que escuchó su 
versión, al igual que la del colegio. Este último presentó documentos en los que
certificaba que la familia Navarro adeudaba al plantel las pensiones de los últimos 
dos años por lo que Katherine iba al colegio como "asistente" y que un día antes 
del decomiso del celular se había acordado en una reunión de padres de familia 
que estaba prohibido el uso de estos aparatos. La Secretaría le dio la razón a la 
institución. 
Los padres no quedaron contentos y acudieron a dos instancias en juzgados 
de Cartagena, que negaron las peticiones a la familia. 
Luego, acudieron a una tutela ante la Corte Constitucional, que revocó los dos 
fallos de los juzgados y dio la orden de reintegrar a Katherine, si los padres 
querían, pues ya estaba estudiando en otra institución. Para los magistrados, en el 
colegio no solo se le violó el debido proceso a la alumna, sino que se le violó el 
derecho a la educación. 
El alto tribunal consideró que en este caso la prohibición de celulares en el colegio 
no estaba suficientemente divulgada y no estaba formalmente incorporada en el 
Manual de Convivencia, ni se habían establecido las sanciones por usar los 
móviles en aulas. 
"No era claro que el colegio pudiera decomisar el aparato como sanción por 
el incumplimiento de la prohibición, ni que la estudiante pudiera ser 
expulsada por este mismo hecho", concluyó la Corte. 
La Corte Constitucional aclaró que no se pueden decomisar esos móviles en 
las aulas o expulsar alumnos por la venta de minutos, si no hay un 
documento interno que estipule tales sanciones. 
Lo que pueden contener los manuales de Convivencia 
El ex magistrado de la Corte Constitucional, Alfedro Beltrán Sierra, considera que 
prohibir el uso del celular en un colegio es una violación de los derechos 
fundamentales que hay en la Constitución. 
Y agrega: "Lo que la Corte dice en el fallo que acaba de salir es que el 
colegio no puede quitarles este derecho (el de utilizar el celular). Lo que 
puede hacer es regular el uso del celular. Es decir, no prohibirlo, sino 
enseñarlo a utilizar. Prohibir el celular, en cualquier situación, sería contrario 
al derecho que tienen los estudiantes". 
Entonces, ¿qué límites deben tener los manuales de convivencia? 
Beltrán Sierra recuerda las primeras tutelas que llegaron a la Corte sobre 
asuntos como el uso del pelo largo en las aulas. "El estudiante sí tiene
derecho a utilizar el cabello largo si quiere, pero sería contrario a la 
Constitución y al libre desarrollo del muchacho imponerle que se calvee. 
Porque eso es contrariar su propia libertad. Por ejemplo, se le puede pedir 
que no lo tenga en desorden. Ese es un ejemplo del límite de estos 
documentos". 
Un manual de convivencia, dice el magistrado, no puede decir que una 
alumna sea expulsada por estar embarazada porque sería contrario a la 
Constitución. 
"Un documento de estos no puede, por ejemplo, prohibir la lectura de un 
libro, porque iría en contra de la Constitución", dijo Beltrán. 
Golpe a directivos autoritarios 
Con el fallo a favor de la familia Navarro, la Corte reiteró que a los estudiantes se 
les debe respetar el debido proceso para que se puedan defender ante la 
posibilidad de ser sancionados. 
Para el tribunal, las autoridades escolares del plantel estudiaron el caso dos días 
después del incidente sin la presencia de Katherine ni de su madre. Esto, para la 
sala, violó el debido proceso. 
La Corte señaló las faltas que cometió el colegio: no hubo comunicación de la 
apertura del proceso disciplinario, tampoco formulación verbal o escrita, clara 
y precisa, de las conductas que se le reprochaban; no se le señaló cuál era la 
supuesta falta ni tampoco se le indicó el término para que la estudiante 
hiciera sus descargos. 
Reacciones al fallo 
- Manuel Bernal Sánchez. Rector del Colegio Mayor José Celestino Mutis, de 
Bogotá: "No estoy de acuerdo con que se prohíban. En el colegio no se restringe 
el uso. A los alumnos se les ha enseñado que pidan permiso al profesor si la 
llamada es urgente. Hay que enseñarles a usarlos". 
- Alfonso Hernández. Presidente de la Federación de Asociaciones de Padres de 
Familia (Fedepadres): "El uso de los celulares en los colegios sí debe 
reglamentarse, pero como normas de urbanidad, con el fin de que no interrumpan 
las clases. No debe haber sanciones para su uso". 
- Mariela Jiménez. Estudiante de noveno grado en Bogotá: "No los deben prohibir, 
como en mi colegio. Los celulares se convirtieron en una manera de
chantajearnos. A algunos se los decomisan por horas, a otros por días y a los que 
les cae mal el profesor, por meses". 
REDACCIÓN JUSTICIA 
sobre prohibir y confiscar los celulares 
En muchos colegios prohíben a los estudiantes tener celulares. Muchas 
veces se los confiscan en la puerta para devolvérselos a la salida, pero si el 
alumno sigue llevándolo a la escuela se lo confiscan por una semana, y a veces 
por más tiempo. Se de colegios que ya no los devuelven o lo hacen solo al final 
del año. El tema se ha vuelto recurrente porque en ciertos estratos sociales son 
cada vez más los niños que tienen celulares, y siempre aparece como problema 
cuando converso sobre disciplina escolar con grupos de maestros. 
Yo ya he dado mi opinión sobre los reglamentos, la disciplina y las prohibiciones 
escolares en varios posts de este blog, por ejemplo, en este, en este otro y en este 
más. 
Sobre este tema en específico, me preocupa una cosa muy simple: 
El celular es un artefacto que existe en el mundo y que mucha gente opta por 
usar, con todo derecho (más allá de que a algunos no nos guste mucho 
utilizarlo o temamos que sea malo para la salud). Muchos padres les dan 
celulares a sus hijos con el fin de mantenerse en contacto y monitorearlos, lo que 
no es malo en sí mismo. Cuando les pregunto cuál es el problema con los 
celulares, muchos profesores responden que estos "generan desorden", que los 
niños se distraen con ellos y que temen que el celular suene e interrumpa la 
clase... Yo les pregunto entonces que si ellos no creen -asumiendo que el sonido y 
las interrupciones es el único o el mayor problema- que los estudiantes deberían 
más bien aprender a regularse de manera autónoma, es decir, aprender a respetar 
al otro y apagar el celular durante clases, ponerlo en modo discreto o silencioso en 
una conferencia, dejarlo en algún lugar cuando hay un exámen, etc. Me dicen 
entonces que los alumnos no se regulan solos y les digo que es precisamente por 
ello que tienen que aprender a hacerlo, y la única manera es analizando el sentido 
de las normas, discutiendo en qué circunstancias podría permitirse un celular y de 
qué manera, explicando las consecuencias negativas que su uso inapropiado trae 
a la dinámica del salón de clases, pensando normas colectivamente (ojo: 
colectivamente, no imponiéndolas unilateralmente) y evaluando constantemente 
su cumplimiento, etc. ¿Cuando, si no, van los niños a practicar esto? 
Si nos tomáramos en serio la premisa de que el conocimiento viene de la acción, 
entenderíamos mejor la necesidad de que los niños generen, practiquen y
discutan las normas que regulan su convivencia. No sirve de nada quitar, confiscar 
y prohibir, salvo quizá para mantener el aula y las relaciones en ella como el 
profesor desea que sean. Pero no es pedagógico para los niños, pues no les 
enseña absolutamente nada sobre el por qué un celular que suena durante una 
clase constituye un problema que nos afecta a todos, ni los prepara para generar 
soluciones consensuadas para este tipo de situaciones. 
Pienso yo que si los adultos de hoy hubieran tenido más ejercicios de convivencia 
de este tipo cuando niños, no tendrían ahora tantas dificultades para normarse a si 
mismos y respetar los derechos de los demás. Mientras discutía estas y otras 
ideas con los profesores, sonaron los celulares de varios, en plena sesión de 
trabajo y a pesar de que inicialmente puse el mio en vibrador y pedí a los 
profesores que hicieran lo mismo con los suyos... 
Resolución prohíbe el uso de celulares en las aulas 
Gestión. La Dirección Departamental de Educación explicó que la medida se 
aplicará de acuerdo a las normas de cada colegio. Jueves, 16 de Enero, 2014 
Si bien la prohibición de aparatos celulares estaba hasta el año pasado sujeta 
a las normas internas de cada establecimiento educativo, esta medida fue 
contemplada como obligatoria en la resolución 001/2014 emitida por el Ministerio 
de Educación, que establece las normas generales para esta gestión educativa. 
En su artículo 108, la instructiva escolar indica la prohibición de estos aparatos 
móviles tanto en estudiantes como en docentes durante el desarrollo de las 
actividades curriculares que se realizan en el aula por considerar que interrumpen 
las labores educativas. 
Las razones para el veto al teléfono. Esta instructiva si bien es aplaudida por las 
diferentes autoridades educativas de la capital, también genera incertidumbre en 
los padres de familia debido a que los teléfonos se convierten en una herramienta 
para hacer seguimiento de sus hijos. 
"Habría que ver cómo la van a aplicar porque muchos padres le damos el celular a 
los niños para saber dónde y con quién están", mencionó Regina Castro, en el 
colegio San Carlos. 
Por su parte, el Director Departamental de Educación (DDE), Salomón Morales, 
aclaró ayer a los padres que la medida ha sido normada a fin de evitar que los 
estudiantes se expongan a distracciones extracurriculares y a hechos delictivos. 
"En muchos casos estos aparatos son un peligro para los niños, así que hay que 
ver la forma de que sea una herramienta favorable y no de riesgo", mencionó. 
Morales aclaró que el control del uso de celulares así como otros tipos de
artefactos tecnológicos será efectuado de acuerdo a las normas de cada colegio, 
pues la prohibición de su uso se limita a los horarios de clases, es decir en el aula. 
Ven con buenos ojos la medida. Por su parte, el Vicepresidente de la Asociación 
de Colegios Privados de Santa Cruz, (Andecop), Agustín García, aplaudió la 
medida ya que afirma, esto les permitirá tener un amparo para poder regular la 
conducta de los estudiantes que en muchos casos hacen mal uso de esta 
herramienta de comunicación. 
"La decisión es acertada, pues es necesario para la administración de muchos 
colegios tener un apoyo a la hora de corregir a los estudiantes que hacen uso 
incorrecto de los celulares, pues a veces no es de agrado para los padres", 
señaló. 
En este contexto, destacó el rol de los padres para educar a sus hijos en el uso 
correcto de esta tecnología ya que el decomiso o sanciones también puede afectar 
la comunicación y seguimiento de los niños. 
ARTÍCULO 17: 
ESTÍMULOS 
1. Felicitación verbal o escrita por parte del profesor en el salón de clase.
2. Otorgar diplomas, certificados infantiles, stickers como reconocimiento a 
sus logros, aptitudes y esfuerzos. 
3. Izar bandera por compañerismo, colaboración, y rendimiento académico. 
4. Reconocimiento público por participar en eventos culturales, deportivos y 
folclóricos. 
5. Al finalizar el año escolar, destacar a los estudiantes de cada grado por su 
excelencia, colaboración y esfuerzo personal. 
6. Ser merecedor de los mayores reconocimientos grupales: Cuadro de 
Honor y Estrella de la Semana. 
7. De igual manera, destacar a los padres de familia que han sobresalido por 
su colaboración y acompañamiento en el proceso escolar de sus hijos. 
ARTÍCULO 18: 
FALTAS 
1. Agredir verbal o físicamente a sus compañeros dentro del plantel. 
2. Agredir verbal o físicamente a sus profesores. 
3. No acatar las órdenes dadas por sus superiores 
4. No asistir puntual y regularmente al Colegio. 
5. El incumplimiento de las tareas y trabajos en forma persistente. 
6. Mostrar comportamientos que vayan en contra de las normas de la 
Institución. 
7. Tomar objetos que no le pertenecen, sean del plantel o de uno de sus 
compañeros. 
8. No cumplir con el Manual de Convivencia. 
ARTÍCULO 19: 
PROCEDIMIENTOS CORRECTIVOS
Ser responsable de nuestros actos es asumir sus consecuencias. Las 
normas de convivencia constituyen un compromiso, libremente adquirido 
desde la matrícula, y frente al incumplimiento de los deberes allí 
contemplados serán impuestas algunas de las medidas correctivas o 
sancionatorias atendiendo a su naturaleza y efecto. 
-Procedimiento regular: 
1. Llamado de atención verbal. 
2. Llamado de atención verbal y escrita (observador del estudiante) 
3. Remisión a psicología (firmas de compromisos) 4. Citación a padres de 
familia (firma de compromisos) 
5. Remisión a Coordinación de disciplina (firmas de compromisos). 
6. Si el comportamiento persiste se utilizarán actos disuasivos como tiempo 
fuera del salón y en caso necesario tiempo fuera del colegio. 
_____________________________________________________ 
CAPITULO 5 
DE LAS PAUTAS DE PRESENTACION PERSONAL QUE PRESERVEN A LOS 
ALUMNOS DE LA DISCRIMINACION POR RAZONES DE APARIENCIA 
ARTÍCULO 70°. Son derechos de los estudiantes: 
ARTÍCULO 71°. Son deberes de los estudiantes: 
__________________________________________________________________ 
ARTÍCULO 33: 
PAUTAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL 
1. De la presentación: Todo estudiante del Liceo Campestre debe cumplir 
con los requerimientos aquí expuestos en lo que respecta a su presentación 
personal.
a. Portar con respeto y dignidad el uniforme del Liceo Campestre, desde el 
primer día de clase, evitando su uso en actividades diferentes a las 
señaladas por la Institución, como salones de billar, sala de videojuegos, 
estaderos, bares, discotecas, conciertos públicos y otros lugares no 
apropiados para su porte. 
b. Mantener la pulcritud e higiene en su presentación personal. En tal 
sentido, es fundamental entender el porte del uniforme como símbolo de 
unidad e identidad y amor hacia la Institución. 
c. El uniforme del Liceo Campestre se debe portar con orgullo, decoro, 
respeto y limpieza, los estudiantes deben abstenerse de utilizar accesorios 
no afines o no conformes con su presentación como manillas y collares 
extravagantes, entre otros. 
d. Presentarse al colegio con el uniforme bien aseado, zapatos bien 
lustrados y debidamente puestos. Es causal de devolución, a la casa del 
estudiante, el no presentarse con el uniforme que le corresponde según el 
horario establecido o hacerlo mostrando desaseo o mal estado. 
e. Para la correcta presentación personal, evitar el uso de tatuajes, orejas 
con expansiones, perforadas (varones), piercings, manillas, collares y/o 
cualquier otro tipo de accesorio. 
2. Uniforme de pre-escolar: 
a.Camiseta blanca tipo polo, esta lleva en cuello y el puño líneas azul con el 
logo del Colegio en el lado izquierdo. Esta camiseta debe estar siempre por 
dentro de la pantaloneta cuando el estudiante esté en el Colegio y fuera de 
él. La talla debe estar de acuerdo a la contextura del estudiante. 
b. Pantaloneta azul turquí, con dos bieses blancos. 
c. Zapatos tenis completamente blancos. 
d. Medias largas de color blanco, sin leyendas, ni grabados, no tobilleras, a 
media pierna. 
Nota: Los niños de pre escolar tienen un uniforme único, para las diferentes 
actividades escolares. (Diario y deporte) 
3. Uniforme de diario primaria: 
a. Camiseta de color blanco tipo Polo, esta lleva en cuello y el puño líneas 
azul y caqui con el escudo del Colegio en el lado izquierdo. Esta camiseta
debe estar siempre por dentro del pantalón cuando el estudiante esté en el 
Colegio y fuera de él. La talla debe estar de acuerdo a la contextura del 
estudiante. El estudiante al levantar los brazos, la camiseta debe quedar por 
dentro y en ningún momento debe vérsele la barriga u ombligo. 
b. Bermuda clásica de color caqui a la altura de la rodilla, con el dobladillo 
debidamente hecho, con presillas para el uso de la correa y con el logotipo 
del Colegio bordado en una de las presillas. 
c. Medias largas de color blanco, sin leyendas, ni grabados, no tobilleras, a 
media pierna. 
d. Zapatos según modelo establecido en la institución y debidamente 
lustrados. El uso de destalonados y botas no está permitido. 
e. Correa azul turquí según modelo. 
f. En los varones, el corte de cabello debe ser clásico (corto), siguiendo con 
los criterios de estética y aseo, pues los cortes extravagantes (rapados, 
hongos, entre otros), no son acordes con la seriedad y sobriedad del 
uniforme. No se permite el uso de tintes para el cabello ni otro estilo que 
vaya en contra de lo establecido en este Manual de Convivencia y/o 
Reglamento Escolar. 
3. Uniforme de diario de hombres bachillerato: 
a. Camiseta de color blanco tipo Polo, esta lleva en cuello y el puño líneas 
azul y caqui con el escudo del Colegio en el lado izquierdo. Esta camiseta 
debe estar siempre por dentro del pantalón cuando el estudiante esté en el 
Colegio y fuera de él. La talla debe estar de acuerdo a la contextura del 
estudiante. El estudiante al levantar los brazos, la camiseta debe quedar por 
dentro y en ningún momento debe vérsele la barriga u ombligo. 
b. Pantalón clásico 
b. Pantalón clásico largo de color caqui a la altura de la cintura, con el 
dobladillo debidamente hecho, con presillas para el uso de la correa y con el 
logotipo del Colegio bordado en una de las presillas. 
c. Medias largas de color blanco, sin leyendas, ni grabados, no tobilleras, a 
media pierna. 
d. Zapatos según modelo establecido en la institución y debidamente 
lustrados. El uso de destalonados y botas no está permitido.
e. Correa azul turquí según modelo. 
f. En los varones, el corte de cabello debe ser clásico (corto), siguiendo con 
los criterios de estética y aseo, pues los cortes extravagantes (rapados, 
hongos, entre otros), no son acordes con la seriedad y sobriedad del 
uniforme. No se permite el uso de tintes para el cabello ni otro estilo que 
vaya en contra de lo establecido en este Manual de Convivencia y/o 
Reglamento Escolar. 
4. Uniforme de diario de la mujeres: 
a. Jumper a cuadros según el modelo establecido por el colegio, abotonado 
y del largo estipulado (a la rodilla).b. Camisa blanca bien encajada, con bies 
en las mangas de la tela del jumper. 
c. Medias de color blanco, sin leyendas, ni grabados, no tobilleras, a media 
pierna. 
d. Zapatos según el modelo establecido en la institución y debidamente 
lustrados. 
e. Los accesorios para cabello deben ser acordes al uniforme del Colegio. 
f. Las niñas podrán usar accesorios moderados (aretes, 1 pulsera, vinchas, 
cintillos, balacas...) acordes a los colores del uniforme. 
g. Evitar el uso de maquillaje, sólo se permitirán las uñas arregladas con 
colores suaves. 
5. Uniforme de educación física de hombres: 
a. Camiseta de color blanco tipo Polo, esta lleva en el cuello y puño una línea 
azul con el logo del Colegio en el lado izquierdo. Esta camiseta debe estar 
siempre por dentro de la bermuda, sólo se permitirá por fuera en las horas 
de Educación Física y en el descanso. La talla debe estar de acuerdo a la 
contextura del estudiante. El estudiante al levantar los brazos, la camiseta 
debe quedar por dentro y en ningún momento debe vérsele la barriga u 
ombligo. 
b. Bermuda azul turquí con el logo del colegio en la parte inferior izquierda la 
cual debe lucirse a la altura de la cintura normal. No en estilo descaderado ni 
dejando ver la ropa interior de quien lo porta. (No se permiten rotos, 
deshilados o con manchas.)
c. Zapatos tenis Totalmente blancos, estos deberán lucirse debidamente 
limpios. 
d. Medias blancas a media pierna, no tobilleras. 
e. El estudiante debe permanecer con este uniforme durante toda la jornada 
escolar cuando en su horario tenga asignación de educación física. 
6. Uniforme de educación física de mujeres: 
a. Camiseta de color blanco tipo Polo, esta lleva en el cuello y puño una línea 
azul con el logo del Colegio en el lado izquierdo. Esta camiseta debe estar 
siempre por dentro de la bermuda, 
b. Sólo se permitirá por fuera en las horas de Educación Física y en el 
descanso. La talla debe estar de acuerdo a la contextura del estudiante. El 
estudiante al levantar los brazos, la camiseta debe quedar por dentro y en 
ningún momento debe vérsele la barriga u ombligo. 
c. Falda azul turquí con el logo del colegio en la parte inferior izquierda, la 
cual debe lucirse a la altura de la cintura .No en estilo descaderado ni 
dejando ver la ropa interior de quien lo porta. (No se permiten rotos, 
deshilados o con manchas). Debajo de está la estudiante deberá porta una 
licra azul turquí. 
d. Zapatos tenis TOTALMENTE blancos, estos deberán lucirse debidamente 
limpios. 
e. Medias blancas a media pierna, no tobilleras. 
____________________________________________ 
INSTITUCION EDUCATIVA EL ROSARIO DE BELLO 
UNIFORMES: 
Para preservar al estudiante de discriminaciones por razones de apariencia 
(Art. 17, Decreto 1860 1994), existen dos uniformes en nuestra institución: De 
diario para hombres y mujeres y un uniforme común para Educación Física. 
Con el uniforme se busca entre otros, los siguientes fines: 
Fomentar la responsabilidad y el orden. 
Permitirle al estudiante sentirse identificado con la institución. 
Educar en la sobriedad y la buena presentación.
Contribuir con la economía del hogar. 
Los estudiantes de la institución deberán acatar las siguientes normas de 
presentación personal y acudir al colegio con uno de los uniformes que a 
continuación se señalan dentro del horario y periodos lectivos establecidos 
en la institución. 
UNIFORME DE DIARIO 
Hombres: 
El uniforme de diario de los hombres, está conformado por. 
Jeans azul oscuro (clásico). Si el estudiante es de Maternal, Jardín o 
Transición pantalón corto a cuadros dispuesto por la institución. 
Camiseta blanca con el escudo de la institución. Debe permanecer en todo 
momento por dentro del pantalón 
Zapatos negros de atadura. 
Medias azules, no tobilleras, para preescolar primarias y bachilleratoCorrea 
negra. 
Camisilla blanca sin estampados (uso voluntario) 
Mujeres: 
Yomber según modelo establecido por la institución a mitad de rodilla. 
Blusa blanca manga corta. 
Zapatos negros de atadura. 
Medias tipo calcetín blanca a media pierna. 
Correa cinturón de la misma tela del yomber. 
Escudo de la institución colocado al lado izquierdo a la altura del corazón. 
UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA: 
Camiseta gris con cuello y puños vino tinto con el escudo de la institución. 
Sudadera vino tinto con el emblema de la institución. 
Tenis blanco de atadura sin adornos o líneas de colores.
Medias blancas, no tobilleras. 
Chompa gris con el escudo (descripción establecida por la institución) 
Parágrafo 1: El uniforme de gala es el mismo de diario para hombres y 
mujeres. 
CRITERIOS PARA LA PRESENTACIÓN PERSONAL: 
El estudiante siempre debe llevar el uniforme completo y adecuado al 
horario de clases, atendiendo a la ocasión o evento para el cual es 
requerido. 
El estudiante debe llevar el uniforme completo, ordenado, limpio y de 
acuerdo con la talla correspondiente. 
El saco institucional debe portarse en forma ordenada y correcta. 
Cuando se está dentro o fuera de la institución, el uniforme debe presentarse 
completo, ordenado, limpio, demostrando sentido de pertenencia y respeto 
por la institución. 
No está permitido el acceso a sitios como: Tabernas, expendio de licores, 
bares, discotecas o lugares de bajo perfil portando el uniforme. 
Portar uniforme de otras instituciones cuando es estudiante de la Institución 
Educativa El Rosario, Esto dará lugar a sanciones disciplinarias severas. 
Con la presentación personal es importante la buena higiene. 
NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN PERSONAL: 
Con el uniforme no deben usarse: Pulseras, manillas, gargantillas, collares, 
piercings, cadenas gruesas, tatuajes, ni llaveros extravagantes. 
Los hombres siempre deben llevar la camisa de diario por dentro del 
pantalón. 
El corte del cabello debe ser clásico: desbastado, patillas y contorno de 
cuello bien definido y corto. No se permiten cortes extravagantes, al igual 
que rapados, cortes 
laterales, colas o copetes. No se acepta el corte con cuchilla cero, ni 
símbolos marcados en el cuero cabelludo. 
No se permite el uso de colorantes o tinturas vistosas en el cabello.
Las estudiantes no deben usar maquillajes facial portando el uniforme, las 
uñas pueden pintarse de colores claros. 
Las estudiantes debe usar aretes pequeños, uno y sólo uno en cada oreja, 
no se permiten aretes de colores diferentes a el uniforme. 
A los estudiantes no se les permite el uso de aretes, candongas o topos 
portando el uniforme. 
Con el uniforme no se permite el uso de cachuchas, gorras, o viseras, salvo 
las estipuladas por la institución y las aceptadas por el docente de acuerdo 
al evento o actividad 
que se ha de realizar. 
Para asistir a actividades de laboratorio o trabajos que requieran de vinilos, 
plastilina u otros, el estudiante debe realizarlos con delantal blanco. 
Parágrafo 1: En el caso de que a los estudiantes se les permita el uso de 
algún distintivo, éstos deberán portarse cumpliendo los parámetros 
estipulados por la institución. 
Para el caso de los estudiantes del grado 11º, se tiene aprobada una 
chaqueta distintiva de carácter voluntario, la cual sólo debe ser portada 
exclusivamente por éstos. Los estudiantes que no lo hayan adquirido, deben 
utilizar la chaqueta institucional. 
4.2 UNIFORMES (DESCRIPCION COMPLETA) REVISE 
4.2.1 GENERALIDADES 
Está inscrito como uno de los símbolos mediante los cuales la institución se 
identifica; de ahí la importancia y la responsabilidad para quienes lo portan.
Con el uniforme buscamos entre otros los siguientes fines: 
Evitar la discriminación socioeconómica 
Educar en la sobriedad y el orden 
Fomentar la responsabilidad y el respeto 
Contribuir a la economía del hogar 
Permitir que los estudiantes afiancen el sentido de pertenencia por la 
institución. 
El uniforme bien llevado, pone en alto el nombre de la institución educativa; 
por esta razón debe portarse de acuerdo a los criterios vigentes y a la 
organización interna. Es de uso obligatorio, debe llevarse adecuadamente 
dentro y fuera de la institución, según el horario correspondiente (Debe 
llevarse el que corresponda al día especifico). 
Nota: Recomendación importante sobre uniforme escolar: Se recomienda de 
manera puntual que cuando se esté usando el uniforme institucional dentro 
o fuera del colegio no debe llevarse puesto Pearcing, aretes en el caso de los 
hombres, maquillaje excesivo e inapropiado, adornos inadecuados. 
El incumplimiento a estas recomendaciones dará lugar a citación del padre 
de familia y/o acudiente para charlas de reflexión sobre e tema. Lo anterior 
no pretende interferir con el libre desarrollo a la personalidad de los 
estudiantes, al contrario, pretende que los menores no sufran ningún tipo de 
discriminación por su apariencia física y además, que se tome conciencia de 
los riesgos que para la salud y la vida tienen ciertas practicas realizadas 
indebidamente -Tatuajes y perforaciones corporales. 
4.2.2 GALA FEMENINO 
Camisa blanca manga ¾, medias blancas largas, zapatos negros, la falda va 
hasta la mitad de la rodilla, corbatín de la misma tela del jumper; este lleva 
botones ojo de pescado en la solapa, ribetes azules, la falda tiene 5 tablas 
iguales por cada lado, la solapa se sobrepone al lado izquierdo. 
4.2.3 GALA MASCULINO 
Camiseta Gris claro fondo entero, cuello camisero, con franjas azul, blanco, 
amarillo en el cuello y las mangas. 
Debe llevar bolsillo al lado derecho y escudo al izquierdo.
Jean azul oscuro clásico, cuatro bolsillos bota recta. 
Zapato o tenis negro de cordón. 
4.2.4 UNIFORME DE EDUCACION FISICA 
Camiseta exactamente igual a la de diario o en su defecto con cuello en V, 
sudadera azul – tela náutica, con franjas a los lados: amarillo- blanco- gris, 
del mismo tamaño. 
Medias oscuras, tenis totalmente negro con cordones negros. 
CHAQUETA: Del mismo color que la sudadera y en la misma tela. Tres 
franjas en el pecho, en los brazos y en la muñeca: amarillo-blanco-gris.; la 
chaqueta debe llevar cierre de color azul, cuello tortuga alto. 
EL UNIFORME ESCOLAR 
Es la imagen institucional, por lo tanto debe ser cuidado y respetado. 
_____________________________________________ 
REGLAMENTO DE PRESENTACIÓN PERSONAL Y UNIFORME ESCOLAR 
El colegio considera la buena presentación personal como un valor 
formativo, pues representa el respeto del alumno/a por su persona y por la 
institución a la cual pertenece. Una presentación limpia, sencilla es un valor 
de convivencia que todo/a georgiano/a debe respetar. 
Respecto a una presentación personal sencilla, el colegio establece que: 
• No se permite el uso de joyas ni adornos. 
• No se permite el uso de aro/s en varones, incluyendo tipos de piercing en 
damas y varones. 
• Los varones usarán pelo limpio, corto y peinado. Deben venir afeitados al 
Colegio. 
• Las mujeres deben usar pelo limpio y peinado. 
• No se permite el teñido del pelo tanto en varones como en damas. 
Asimismo no se permiten peinados no-convencionales. 
• No se permite la pintura de uñas, ni el maquillaje en damas ni varones.
El alumno/a que llegue sin su uniforme completo y o presentación personal 
deficiente, será notificado de suspensión, debe presentarse al día siguiente 
con la notificación firmada por el apoderado y en uniforme completo o será 
suspendido hasta que se presente con su apoderado y con su uniforme 
oficial en forma correcta. 
El uso del uniforme oficial completo, según se especifica y una correcta 
presentación personal, es obligatoria dentro o fuera del Colegio. 
______________________________________________________ 
Presentación Personal 
Cabello recortado: nuca y rostro descubiertos, evitando peinados y cortes 
extravagantes. 
Cabello al color natural (no teñido con colores extravagantes, ni mechones). 
Zapato cerrado (no sandalias). 
No piercing ni tatuajes. 
Uñas cortas y limpias. 
Accesorios discretos. 
________________________________________________________
_________________________________________________________________ 
Artículo 18 PRESENTACIÓN PERSONAL 
Todos los(as) estudiantes del Colegio Americano de Cali, deben cumplir con 
las normas establecidas por la Institución en cuanto a su presentación 
personal así: 
EN LOS NIÑOS 
1. Llevar el cabello corto, que se visualicen las orejas y el cuello de la 
camiseta, sin peinados o cortes extravagantes (figuras en cabeza 
rapada o cejas), sin colores distintos al natural. 
2. No marcar el uniforme con corrector 
2. Utilizar el buzo asignado por el Colegio. 
3. Se restringe el uso de accesorios que no estén acordes con el uniforme 
del Colegio como: manillas, joyas lujosas, piercings, pañoletas, relojes. 
2. EN LAS NINAS 
1. Llevar el cabello sin peinados o cortes llamativos, sin colores distintos al 
natural.
2. Utilizar el buzo asignado por del Colegio. 
3. Sólo es permitido el maquillaje en uñas con manicura básica. 
4. Se restringe el uso de accesorios que no estén acordes con el uniforme 
del Colegio como: manillas, joyas lujosas, piercings, pañoletas, relojes. 
PARÁGRAFO 1. Se entiende como manicura básica al uso de esmalte 
transparente con marcación en la parte inferior de ésta con una línea recta 
sólo de color blanco, sin ninguna clase de decorado. 
PARÁGRAFO 2. Al indicar buzo del Colegio, se restringe el uso de otros, ya 
sean blancos o azul turquí, excepto los grados 11º, quienes podrán portar su 
chaqueta que les identifica de manera uniforme como próximos graduandos. 
El buzo se portará durante la jornada escolar hasta las 10:00 a.m. en días 
soleados; días lluviosos, todo la jornada. Se autoriza el uso del buzo en 
aulas con aire acondicionado. En caso de enfermedad, el Colegio autoriza el 
porte de éste mientras esté sustentado por solicitud escrita directamente del 
padre de familia y/o acudiente. 
Artículo 19 UNIFORMES 
El/la estudiante debe presentarse diariamente al Colegio con el uniforme 
completo totalmente limpio y según corresponde al día; según la exigencia 
de la Institución se determina así: 
________________________________________
__________________________________________________ 
ARTÍCULO 1. Mi presentación personal deberá ser correcta y pulcra. El 
colegio se reservara el derecho de admisión de la estudiante. Mi peinado 
debe responder al orden y a la pulcritud de mi presentación y no a la moda, 
los cordones deben estar totalmente limpios y bien amarrados con su 
respetivo moño por encima del zapato, mi aseo y limpieza son primordiales. 
ARTÍCULO 2. Mi uniforme de educación física será obligatorio sin excepción. 
Lo utilizare únicamente los días de dicha clase en forma integral (bicicletero, 
camiseta, pantalón, buso, medias blancas y tenis blancos), la camiseta 
permanecerá dentro del pantalón de la sudadera, así mismo, por higiene es 
necesario asistir a clase con el cabello recogido 
PARÁGRAFO: Asistiré a las clases de educación física con bicicletero y 
camiseta según modelo del colegio. El profesor no permitirá por ningún 
motivo otra clase de uniforme, por mi salud, higiene, comodidad utilizare las 
prendas para dicha actividad, sometiéndome a los uniformes 
preestablecidos por la institución. 
ARTÍCULO 3. Las excusas médicas para la clase de educación física las 
presentaré por escrito en forma clara y explicita, reseñando la clase de 
ejercicio para la cual estoy imposibilitada. Dicha excusa será verificada ante 
facultativo, en consideración me comprometeré a no presentar excusas 
fraudulentas, adquiridas ilícitamente, pues atenta contra mis principios 
éticos, además de convertirse en un delito. 
ARTÍCULO 4. Cuando me encuentre físicamente imposibilitada para asistir a 
clases debo remitirme inmediatamente con mi coordinador, quien resolverá 
mi situación de acuerdo con los datos que tenga de la veracidad de mi 
excusa. 
ARTÍCULO 5. Es mi deber presentarme al colegio con el uniforme que 
corresponda según el horario, en perfecto estado de aseo sin hacer uso de 
elementos como: cosméticos, adornos, rulos, cepillos en el cabello, joyas, 
cadenas, pulseras o adornos extravagantes que no estén permitidos en este 
manual, pues el colegio no se responsabiliza de la pérdida de joyas o valores 
que son innecesarios para mi desarrollo académico en caso de que no 
cumpla con lo mencionado con este ARTICULO se notificara al padre de 
familia y/o acudientes para hacerlo conocedor de la situación y de igual 
manera se verá afectada mi valoración actitudinal. De reincidir deberé
presentarme al día siguiente con mis padres y/o acudiente ante coordinación 
general para firma de sanción o compromiso disciplinario. 
ARTÍCULO 6. Es mi deber permanecer dentro del colegio bien uniformada 
jardinera, blusa del colegio, blazer verde, medias blancas hasta la rodilla, 
zapatos rojos de amarrar, cordones blancos, delantales debidamente 
marcados con mis nombres y apellidos, sin apodos, marcados desde el 
primer día de clases según modelos y colores establecidos por el colegio. 
Permaneceré en el colegio con el delantal sin adornos de ninguna naturaleza 
y lo mantendré en perfectas condiciones de orden y aseo. 
ARTÍCULO 7. Incurriré en una falta grave si adiciono o me cambio el 
uniforme en las vecindades en sitios aledaños al colegio. Podré realizar esta 
actividad dentro de la institución con previa autorización de Directivas, de lo 
contrario se tomará como actividad engañosa. 
ARTÍCULO 8. Incurriré en falta grave cuando incumpla las normas éticas, 
religiosas, morales y sociales, cuando me siente en el piso en forma 
indebida, lavamanos y escaleras; ya que esto afecta la integridad ética y 
moral de una dama. 
ARTICULO 9. Me comprometeré a presentar excusa respaldada por un 
facultado, cuando por razones especiales adquiera enfermedades infecto-contagiosas 
(sarampión, viruela, varicela, pediculosis entre otras y será 
obligación del padre y/o acudiente presentar certificado medico para 
reintegrarme a mi labor cotidiana). 
ARTICULO 10. Incurriré en falta grave si me presento al colegio con pearcing 
en lugares visibles de mi cuerpo como nariz, cejas, orejas, lengua o 
cualquier otra parte del rostro ya que esto desdice de mi presentación 
personal y del buen uso y respeto del uniforme de la institución. El hacer 
caso omiso de este artículo me hace acreedora a una sanción impuesta por 
la coordinación de convivencia. 
PARÁGRAFO: Seré sometida a las sanciones establecidas por la 
coordinación académica o de convivencia si reincido o incumplo con lo 
establecido en este capítulo y en cada uno de sus artículos. 
ARTÍCULO 72°. Son prohibiciones de los estudiantes.
TITULO XIV 
FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN 
INTERNA DE LA INSTITUCIÓN 
ARTÍCULO 1.La comunicación con los padres de familia se dará a través de 
circulares que expiden directivas y docentes del plantel, cuyo desprendible 
deberá ser firmado y devuelto al día siguiente al director de grupo que 
llevara el control de dichas comunicaciones, la estudiante que no cumpla 
con este requisito deberá asistir el día siguiente acompañada del Padre de 
Familia. 
El horario de atención al público y padres de familia y /o acudiente, para 
aspectos administrativos será: lunes, miércoles y viernes de 10:00 AM a 1:00 
PM. 
El personal docente atenderá todas las semanas lectiva, en día y hora que se 
le dará a conocer oportunamente a través de la estudiante o la red 
institucional. 
Y para las estudiantes los días martes y jueves en horas de descanso. 
Para aspectos académicos existe el día abierto con fecha y horario 
establecido anteriormente y con comunicación por circular. 
ARTÍCULO 2. Otro medio de comunicación individual y directo con los 
padres de familia, docentes, coordinación y directivos será a través de la 
agenda escolar, la cual deberá ser firmada y presentada a quien 
corresponda, de otra manera el Padre de Familia o acudiente tendrá que 
hacerse presente en el Colegio al día siguiente con la estudiante. 
ARTÍCULO 3. El periódico mural es otro medio de información a nivel 
general, a nivel de curso se tiene el tablero o las respectivas carteleras y 
televisor además de los medios enunciados, contamos con la información 
verbal, a nivel personal y general por medio de micrófono. Además de contar 
con medios electrónicos como la pagina Web: 
1. www.coldechiquinquira.edu.co 
2. E-mail: colchiquinquira@hotmail.com
3.- Red Institucional. 
La información para elección de Junta Directiva de Asociación de Padres de 
Familia y Consejo de Padres de familia se dará a través de una asamblea que 
se efectuará los primeros días de calendario escolar. 
Los informes académicos serán entregados personalmente al padre de 
familia y/o acudiente, quien podrá dialogar ampliamente con los docentes 
sobre el desempeño integral de su hija o acudida en caso de emergencia 
como enfermedad, accidentes o problemas a nivel disciplinario, la 
coordinadora de sección se comunicará telefónicamente con el padre de 
familia y/o acudiente para dar la respectiva información y conocer el proceso 
a seguir. 
Arriba__________________________________________________ 
IX. DERECHOS Y DEBERES FRENTE A 
LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. 
. 
Los alumnos tienen derecho a participar libremente en los medios de 
comunicación en cualquier momento de su vida escolar. En estos medios 
los alumnos tendrán el derecho a expresarse libremente y a difundir sus 
opiniones sin otro límite que el respeto por los demás. En el Gimnasio 
Moderno no existirá ninguna forma de censura. 
____________________________________________ 
4.22 SALIDAS PEDAGOGICAS 
Son consideradas como espacios pedagógicos brindados por la institución; 
se realizan por fuera del plantel educativo con el propósito de ampliar la 
formación integral de los estudiantes en determinada área o asignatura, 
aprovechando las posibilidades que presenta el medio y el entorno de cada 
una de las secciones. 
Se reglamentan de la siguiente manera: 
Las salidas pedagógicas deben estar enmarcadas dentro de un proyecto 
presentado con anterioridad a rectoría, inmerso en el PEI, avalado por el
Consejo Directivo y con el visto bueno o permiso de los padres de familia o 
acudientes. 
Las salidas pedagógicas son estrategias de aprehensión del conocimiento, 
la cultura y la convivencia desde otros ángulos de la percepción social; por 
lo tanto, los estudiantes deben representar con decoro a la institución; 
observando excelente comportamiento dentro de los transportes, durante el 
recorrido y en los sitios de concentración para el trabajo académico o 
recreativo. 
Las salidas pedagógicas son consideradas como extensión del proceso 
formativo del estudiante; este debe cumplir con el Manual de Convivencia y 
con la presentación del uniforme como uno de los símbolos institucionales. 
El uniforme requerido para determinada actividad será informado a los 
padres en el respectivo permiso. 
Cada estudiante debe hacerse responsable de sus pertenencias, de llevar lo 
estrictamente necesario para el buen desarrollo de la actividad. Ni la 
institución, ni los profesores se hacen responsables por daños o pérdidas 
ocasionadas por descuido, abandono u olvido. 
Estudiantes de preescolar y básica primaria deben haber entregado a los 
docentes responsables de la salida, por lo menos un día antes, la fotocopia 
de la EPS, SISBEN O FONDO DE PROTECCION ESCOLAR Y DOCUMENTO 
DE IDENTIDAD, mas el permiso de los padres o acudientes, sin estos 
requisitos se deben quedar con sus padres o acudientes 
Estudiantes de bachillerato, antes de abordar el respectivo transporte, deben 
portar el carné de la EPS, SISBEN O FONDO DE PROTECCION ESCOLAR, EL 
DOCUMENTO DE IDENTIDAD y la autorización de los padres. Sin estos 
requisitos se debe quedar en la institución cumpliendo la jornada escolar. 
En caso de requerirse transporte, el valor es cubierto por el padre de familia 
y la institución de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, monto que es 
que es especificado en el respectivo permiso. 
Los estudiantes deben partir de la respectiva sección y regresar a ella con 
los docentes responsables de la actividad. 
os docentes responsables de la actividad deben portar el registro de los 
estudiantes y las respectivas autorizaciones, archivándolas como evidencia 
ante una eventualidad.
El permiso o autorización de los padres de familia y los requisitos de los 
numerales 5 y 6 es el único documento valido y legal que tiene la institución 
para llevar a un estudiante a determinada salida pedagógica. 
La autorización de los padres debe contener entre otros: Fecha de emisión 
de la circular, motivo o breve definición de la salida, nombre y apellido del 
estudiante, grado y grupo, aporte económico, fecha de la salida, 
responsables, hora de salida y regreso, uniforme para a ocasión, fecha de 
devolución, firma, numero telefónico, y numero del documento de identidad 
de los padres. 
Los responsables de la salida deben cerciorarse de que el transportador 
cumpla con los requisitos de ley referentes a documentación, permisos, 
seguros y estado mecánico del vehículo. 
Visto bueno del jefe de núcleo 
El cumplimiento de las recomendaciones para las salidas pedagógicas dará 
lugar a estímulos referenciados para estudiantes y docentes previstos en el 
presente Manual de Convivencia. 
El incumplimiento de las recomendaciones generales dará lugar a las 
sanciones previstas en el ordenamiento jurídico institucional para los 
estudiantes y los docentes. 
_______________________________________________ 
V. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS FRENTE A 
LOS CONFLICTOS INDIVIDUALES O COLECTIVOS. 
Los alumnos del Gimnasio tienen el derecho, en desarrollo de su libertad, a 
vestirse de acuerdo con sus propios gustos. Este derecho a tener una 
apariencia propia implica el deber de respetar la apariencia de los demás. Y 
esta libertad, tiene como única excepción, que se trate de lucir alguno de los 
uniformes del Gimnasio.. 
Todos los alumnos del Gimnasio tienen derecho a tener conflictos con los 
demás miembros de la comunidad. Y tienen el deber de aprender a 
solucionarlos, y de poner todo esfuerzo y su inteligencia para resolverlos. 
Es un deber de los alumnos buscar formas pacíficas de resolver el conflicto 
y un deber también, buscar en el conflicto una forma de aprender del otro y 
de educarse socialmente. Los alumnos tienen derecho a que el Gimnasio
intervenga en la solución de conflictos cuando así lo amerite su propia 
complejidad. 
Cuando se presenten conflictos, los alumnos tendrán derecho a que se 
busque siempre una salida constructiva a éste, a través de figuras como el 
diálogo, la mediación o la conciliación, y que sea la equidad la que garantice 
una justa solución a los problemas. 
Los alumnos tienen derecho a que siempre, en la resolución de los 
conflictos, se crea en el valor de la palabra y la verdad como instrumentos 
esenciales, y en el deber de honrar la palabra siempre. En cualquier caso, el 
Gimnasio considera que sus alumnos son para su pedagogía interlocutores 
válidos de sus propios procesos de maduración y aprendizaje moral. 
(Para más información ver página 48 del Proyecto Educativo Institucional). 
ESTOS SON EXTRACTOS 
23. Cuando se programen en la institución actividades recreativas, deportivas, 
culturales que permitan el uso de ropa de calle es importante no excederse en 
extravagancias. QUEDA PARA DEBERES DE PRESENTACION PERSONAL 
24. Una mente saludable libre de sustancias psicotrópicas, garantiza la 
integridad del niño(a) o adolescente. 
35. Al estudiante le está prohibido portar cualquier tipo de armas o usar 
objetos que atenten contra la integridad física de los demás. 
CAPITULO XIII 
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 
ARTICULO 59°. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. Son el conjunto de 
oportunidades que le brinda la Constitución Política, el Código de la Infancia 
y la Adolescencia, la declaración universal de los derechos del niño, la 
institución educativa y demás normas vigentes así: 
1. Ser respetado y valorado en su individualidad, gozando de un ambiente de 
cordialidad como integrante de una comunidad organizada.
2. Recibir los beneficios de los servicios educativos y demás que presta la 
institución, los cuales buscan una formación integral acorde con la filosofía 
de la institución. 
3. Participar en los procesos educativos: planeación, organización, ejecución y 
evaluación, directamente o a través de los representantes, personero, 
contralor, consejo directivo, consejo estudiante, comité de convivencia 
escolar, monitores elegidos de acuerdo a lo dispuesto por la ley 115 del 
1994. 
4. Asumir una actitud crítica y aportar ideas en provecho de la buena marcha 
de la institución. 
5. Participar y disfrutar de las actividades, recursos y servicios a través de los 
diferentes comités u otras organizaciones que le brindan la comunidad. 
6. Formular reclamos o peticiones de manera verbal o escrita en forma 
respetuosa y oportuna, siguiendo el conducto regular, obteniendo 
respuestas lógicas y claras, que satisfagan sus necesidades, dudas e 
inquietudes dentro del marco legal. 
7. Ser evaluado en su proceso académico y formativo de manera permanente, 
con justicia y equidad de acuerdo a las disposiciones del MEN y el SIEE 
adoptado por la institución (dec.1290) 
8. Recibir las clases completas de acuerdo con el plan de estudios 
establecidos en el PEI, siempre y cuando su comportamiento no afecte el 
normal desarrollo de esta. 
9. Conocer los contenidos, metodologías, criterios de evaluación, pautas de 
promoción fijadas por el MEN y el SIEE y los indicadores o niveles de 
desempeño al comienzo de cada periodo escolar y los resultados de 
dichos procesos antes de ser entregados a la coordinación. 
10.Tener un acudiente que lo represente con responsabilidad durante todo el 
año lectivo. 
11.Ser respetado en toda su integridad 
12.Recibir estímulos que la institución u otras entidades le otorgan 
13.No ser discriminado por razones de raza, nacionalidad, religión, nivel 
socioeconómico, sexo e inclinación sexual, ideas políticas y filosóficas.
14.Gozar de condiciones ambientales higiénicas y recreativas que propicien el 
adecuado desarrollo de su salud física y mental. 
15.Ser valorado cuando hace y sustenta trabajos con calidad. 
16.Recibir apoyo oportuno y permanente para superar insuficiencias de tipo 
académico, psicológico o convivencial 
17.Elegir y ser elegido para las diferentes instancias de participación escolar. 
18.A que se le haga el debido proceso. 
19.Conocer inmediatamente las observaciones que se registran en el 
observador del alumno. 
20.Participar en el proceso de evaluación del comportamiento disciplinario 
junto con el director de grupo, apoyado en el observador del estudiante y 
manual de convivencia. 
21.Ser orientado, notificado y escuchado oportunamente en sus derechos 
procesales de defensa y contradicción en caso de investigación disciplinaria 
y académica. 
22.Conocer el resultado de sus trabajos y evaluaciones, en un término máximo 
de diez días contados desde la fecha de su presentación. 
23.Recibir la educación integral de acuerdo con el proyecto educativo 
institucional PEI. 
24.Ser escuchado cuando cuestione y aporte ideas que beneficien los 
procesos educativos y el buen nombre de la institución educativa. 
25.No ser objeto de persecución, represión o retaliación por parte de docentes 
y directivos docentes como consecuencia de cuestionamientos y reclamos 
26.Presumir de la buena fe e inocencia mientras no se compruebe o 
demuestre lo contrario. 
27.Reclamar en forma respetuosa y ser atendido cuando no esté de acuerdo 
con el resultado de las evaluaciones. 
28. Que se respete el nombre y ser mencionado siempre por él. 
29.Ser orientado en forma eficiente por los educadores en el desarrollo de 
cada una de las áreas del conocimiento.
30.Disfrutar de los descansos o compensación cuando sean tomados por 
razón de una actividad. 
31.Que se reconozcan los valores intelectuales, culturales, sociales y 
deportivos entre otros. 
32.Ser informado de los logros académicos y disciplinarios antes de ser 
registrados en las planillas oficiales de la institución. 
33.Al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que rigen 
los derechos de los demás, las normas de este manual y los principios 
éticos y morales que rigen la institución. 
34.Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, 
procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio 
del año escolar. 
35.Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus 
debilidades en el aprendizaje 
36.Recibir el carnet estudiantil y el pacto de convivencia al iniciar el año 
escolar. 
37.Conocer y evaluar el presente pacto de convivencia. 
ARTICULO 59°. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. Son los compromisos que 
una persona tiene para consigo misma, para con el otro y para con la 
comunidad educativa. Como estudiante de la institución educativa asumo 
los siguientes deberes: 
ARTICULO 60°. DEBERES DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD. 
1. Cumplir con la asistencia diaria a clase. 
2. Cumplir con el horario de entrada y salida de la institución educativa. 
3. Asistir puntualmente a todas las actividades complementarias programadas 
por la institución educativa. 
4. Justificar la inasistencia con excusa firmada por el acudiente y número de 
cédula, el mismo día o el día siguiente de la falla, entregado por el 
acudiente personalmente y en caso de enfermedad con certificado médico 
ante coordinación, profesor de disciplina, de área o de dirección de grado.
5. Cumplir con la cita de coordinación, docente de área, director de grupo y 
rectoría en hora y fecha indicada. 
6. Presentar los compromisos académicos dentro de los tres días siguientes a 
la inasistencia, siempre y cuando haya sido justificada ante el profesor de 
área (s) o en coordinación. 
Parágrafo 1. El estudiante que deba retirarse del plantel por citas médicas, sus 
padres o acudientes lo soliciten u otros compromisos de fuerza mayor, deben 
traer excusa explicando el motivo del retiro, hora y firma con número de cédula del 
acudiente para obtener el permiso de coordinación o rectoría. 
Parágrafo 2. En caso que el estudiante llegue tarde a la institución, sin 
justificación, perderá la primera hora de clase, se le asignará la correspondiente 
falla y entrará a la segunda hora, además, deberá realizar un trabajo social (aseo 
general, jardinería, elaboración de carteleras, entre otros, etc.) orientados por el 
coordinador. 
Parágrafo 3. En caso de ser reiterativa (2 veces) la llegada tarde a la institución 
se deberá presentar con el acudiente a la coordinación. 
ARTICULO 61°. DEBERES DE CONVIVENCIA. 
1. Conocer, analizar, fundamentar y cumplir las normas contenidas en el 
presente pacto de convivencia. 
2. Reflejar en el comportamiento el perfil del estudiante perdomista 
3. Emplear el vocabulario adecuado y respetuoso que caracterice las 
relaciones interpersonales, fundamento de la convivencia social. 
4. Actuar en función del bien común por encima del interés individual 
denunciando actos que atenten contra la integridad física, moral, ética e 
institucional. 
5. Saludar con cortesía al entrar a cualquier dependencia, al profesor, al 
rector, coordinador (es), celador, al de la tienda escolar, aseadoras y demás 
personas. 
6. Escuchar con atención y respeto a la persona que habla. 
7. Conocer y entonar con orgullo los himnos: Nacional, del Tolima, de 
Natagaima, en actividades de carácter institucional, cultural, fiestas patrias, 
deportivos y otros.
8. Presentarse a la institución en las condiciones de higiene y aseo personal, 
sin maquillaje, piercing, atuendos y accesorios que comprometan la buena 
imagen de la institución educativa. 
9. Portar con orgullo el uniforme de diario y/o educación física en forma 
impecable y completa desde el momento que ingresa a la institución. 
10.Usar el uniforme de educación física únicamente en el día que corresponda 
la clase, en eventos deportivos interclase y cuando así lo disponga el 
coordinador o profesores. 
11.Ser solidario ante las dificultades accidentes o calamidades que se puedan 
presentar con sus compañeros y buscar soluciones en la medida de sus 
posibilidades. 
12.Conciliar toda contradicción o conflicto con sus compañeros, docentes, 
directivos, personal administrativo y de servicios generales. 
13. Respetar las pertenencias de los demás. 
14.Respetar los actos y las convicciones religiosas y políticas de sus 
compañeros. 
15.Responder ante las directivas de la institución por los daños que ocasionen 
a la planta física de la institución (mobiliario, unidades sanitarias, tableros 
entre otros.) 
16.Cumplir con las normas cívicas, en los actos públicos y sociales en todos 
los lugares. 
17.Abstenerse de tener manifestaciones amorosas y afectivas dentro de la 
institución educativa. 
18.Abstenerse de utilizar reproductores electrónicos de música, celulares u 
otros objetos que dispersen su atención o perturben el desarrollo de las 
clases y actos culturales o protocolarios organizados por la institución. 
19. Portar permanentemente el carné de la institución y presentarlo cuando se 
requiera por cualquier persona de la institución y/o autoridad policiva. 
20. Utilizar en forma adecuada y respetuosa los diferentes servicios, recursos 
e instalaciones que ofrece la institución.
21. Evitar riñas, comentarios, corrillos, saludos y expresiones inadecuadas 
que incomoden a quienes nos rodean ya sea dentro o fuera de la 
institución. 
22.Ser leal a la institución demostrando sentido de identidad y pertenencia. 
23.Abstenerse de ingerir alimentos, masticar chicle estando en clase u otros 
actos institucionales. 
24.Asumir los costos de los daños ocasionados a compañeros de estudio. 
25. Buscar el diálogo, con el fin de superar conflictos y fortalecer las relaciones 
interpersonales. 
26. Evitar actos contra la sana convivencia. 
27.Dar a conocer a los profesores y/o directivos cualquier acto de mal 
comportamiento, abuso, atropello e injusticia del que se tenga 
conocimiento y participar en la solución. 
28.Entregar oportunamente a los padres o acudientes, las citaciones o 
circulares que la rectora, profesor o coordinadores envíen y devolver el 
desprendible o copia de la citación debidamente firmado con el número de 
la cedula del padre-madre o acudiente cuando se requieran. 
29.Desarrollar su sexualidad de manera responsable. 
30.Abstenerse de traer objetos de valor como aretes, pulseras, cadenas, 
celulares, anillos, entre otros; la pérdida de estos es responsabilidad del 
mismo estudiante. 
31.Abstenerse de portar, vender, distribuir o consumir bebidas alcohólicas 
sustancias psicoactivas, fumar y/o tener armas u otros artefactos que 
afecten su bienestar e integridad personal, en actividades escolares o 
mientras use el uniforme. 
ARTICULO 62°. DEBERES EN LO ACADEMICO. 
1. Cumplir con los compromisos académicos acordados con la institución. 
2. Responder oportunamente y con calidad las exigencias académicas 
incluyendo aquellas que coinciden con sus ausencias, citaciones y/o 
suspensiones. 
3. Consignar los apuntes pertinentes de las respectivas clases.
4. Solicitar respetuosamente aclaración o despeje de dudas sobre temas no 
entendidos. 
5. Adquirir y cuidar el material de trabajo indispensable en cada área. 
6. Presentar correctamente tareas, trabajos, cuadernos, carteleras y demás 
material que se requiere para las clases. 
7. Cumplir responsable y oportunamente con actividades de recuperación, 
refuerzo o profundización orientadas por el profesor de la asignatura en la 
hora y fecha indicada. 
8. Informar oportunamente a los padres o acudientes sobre los resultados en 
el rendimiento académico. 
9. Acatar órdenes y orientaciones para el buen desarrollo de las respectivas 
clases. 
10.Acatar los criterios de evaluación y promoción establecidos en el SIEE de la 
institución (Decreto 1290). 
______________________________________________ 
REGLAS DE HIGIENE PERSONAL Y DE SALUD PUBLICA QUE 
PRESERVEN EN EL BIENESTAR DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, LA 
CONSERVACIÓN INDIVIDUAL DE LA SALUD. 
ARTÍCULO 1. Mi presentación personal deberá ser correcta y pulcra. El 
colegio se reservara el derecho de admisión de la estudiante. Mi 
peinado debe responder al orden y a la pulcritud de mi presentación y 
no a la moda, los cordones deben estar totalmente limpios y bien
amarrados con su respetivo moño por encima del zapato, mi aseo y 
limpieza son primordiales. 
ARTÍCULO 2. Mi uniforme de educación física será obligatorio sin 
excepción. Lo utilizare únicamente los días de dicha clase en forma 
integral (bicicletero, camiseta, pantalón, buso, medias blancas y tenis 
blancos), la camiseta permanecerá dentro del pantalón de la sudadera, 
así mismo, por higiene es necesario asistir a clase con el cabello 
recogido 
PARÁGRAFO: Asistiré a las clases de educación física con bicicletero 
y camiseta según modelo del colegio. El profesor no permitirá por 
ningún motivo otra clase de uniforme, por mi salud, higiene, 
comodidad utilizare las prendas para dicha actividad, sometiéndome a 
los uniformes preestablecidos por la institución. 
ARTÍCULO 3. Las excusas médicas para la clase de educación física 
las presentaré por escrito en forma clara y explicita, reseñando la 
clase de ejercicio para la cual estoy imposibilitada. Dicha excusa será 
verificada ante facultativo, en consideración me comprometeré a no 
presentar excusas fraudulentas, adquiridas ilícitamente, pues atenta 
contra mis principios éticos, además de convertirse en un delito. 
ARTÍCULO 4. Cuando me encuentre físicamente imposibilitada para 
asistir a clases debo remitirme inmediatamente con mi coordinador, 
quien resolverá mi situación de acuerdo con los datos que tenga de la 
veracidad de mi excusa.
ARTÍCULO 5. Es mi deber presentarme al colegio con el uniforme que 
corresponda según el horario, en perfecto estado de aseo sin hacer 
uso de elementos como: cosméticos, adornos, rulos, cepillos en el 
cabello, joyas, cadenas, pulseras o adornos extravagantes que no 
estén permitidos en este manual, pues el colegio no se responsabiliza 
de la pérdida de joyas o valores que son innecesarios para mi 
desarrollo académico en caso de que no cumpla con lo mencionado 
con este ARTICULO se notificara al padre de familia y/o acudientes 
para hacerlo conocedor de la situación y de igual manera se verá 
afectada mi valoración actitudinal. De reincidir deberé presentarme al 
día siguiente con mis padres y/o acudiente ante coordinación general 
para firma de sanción o compromiso disciplinario. 
ARTÍCULO 6. Es mi deber permanecer dentro del colegio bien 
uniformada jardinera, blusa del colegio, blazer verde, medias blancas 
hasta la rodilla, zapatos rojos de amarrar, cordones blancos, 
delantales debidamente marcados con mis nombres y apellidos, sin 
apodos, marcados desde el primer día de clases según modelos y 
colores establecidos por el colegio. Permaneceré en el colegio con el 
delantal sin adornos de ninguna naturaleza y lo mantendré en 
perfectas condiciones de orden y aseo. 
ARTÍCULO 7. Incurriré en una falta grave si adiciono o me cambio el 
uniforme en las vecindades en sitios aledaños al colegio. Podré 
realizar esta actividad dentro de la institución con previa autorización 
de Directivas, de lo contrario se tomará como actividad engañosa.
ARTÍCULO 8. Incurriré en falta grave cuando incumpla las normas 
éticas, religiosas, morales y sociales, cuando me siente en el piso en 
forma indebida, lavamanos y escaleras; ya que esto afecta la 
integridad ética y moral de una dama. 
ARTICULO 9. Me comprometeré a presentar excusa respaldada por un 
facultativo, cuando por razones especiales adquiera enfermedades 
infecto-contagiosas (sarampión, viruela, varicela, pediculosis entre 
otras y será obligación del padre y/o acudiente presentar certificado 
medico para reintegrarme a mi labor cotidiana). 
ARTICULO 10. Incurriré en falta grave si me presento al colegio con 
pearcing en lugares visibles de mi cuerpo como nariz, cejas, orejas, 
lengua o cualquier otra parte del rostro ya que esto desdice de mi 
presentación personal y del buen uso y respeto del uniforme de la 
institución. El hacer caso omiso de este artículo me hace acreedora a 
una sanción impuesta por la coordinación de convivencia. 
PARÁGRAFO: Seré sometida a las sanciones establecidas por la 
coordinación académica o de convivencia si reincido o incumplo con 
lo establecido en este capítulo y en cada uno de sus artículos. 
_______________________________________________ 
CRITERIOS DE RESPETO, VALORACIÓN Y COMPROMISO FRENTE A 
LA UTILIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS BIENES PERSONALES Y 
DE USO COLECTIVO TALES COMO: EQUIPOS INSTALACIONES E 
IMPLEMENTOS.
ARTÍCULO 1. La ubicación y organización nuestra estará a cargo del 
director de grupo y me responsabilizaré de los elementos que me sean 
asignados. Esta cláusula me compromete en la misma forma al uso 
adecuado del material didáctico, instalaciones, restaurante, buses y 
camionetas del colegio, por considerarse estas una extensión del 
mismo. 
ARTÍCULO 2. Haré uso correcto de los servicios sanitarios (baños del 
colegio), no utilizare elementos que puedan llegar a dañarlos. En caso 
contrario asumiré los gastos de reparación y me haré acreedora a 
anotación en mi hoja de vida. 
ARTÍCULO 3. No escribiré palabras obscenas, agresivas, hirientes y 
desagradables en las paredes de: patios, aulas, baños, biblioteca, ni 
en puertas, pupitres, muebles y/o cuadernos propios o ajenos. De la 
misma manera no me aceptaran graffitis ni dibujos de las condiciones 
anteriormente mencionadas. Me comprometeré a regresar a su estado 
normal el sitio en que haya realizado la inadecuada actividad. 
PARÁGRAFO: seré sancionada por el departamento de convivencia 
por incurrir en faltas como esta y tendré anotación en el anecdotario y 
mi hoja de vida. 
ARTÍCULO 4. Recibiré al comienzo del año mi aula escolar con 
inventario y de la misma manera la entregaré al finalizar el periodo 
escolar. Me comprometo a darle el uso adecuado a todos los bienes
muebles e inmuebles de la institución, haciendo reposición de los 
mismos en caso de destrucción o daño. (Cuando dañare mi pupitre, 
deberé restaurarlo en este caso cancelaré el valor correspondiente). 
Recibiré un paz y salvo por concepto del uso adecuado de los 
elementos y mobiliario de la institución. 
______________________________________________ __________ 
PAUTAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACIÓN CON EL CUIDADO 
DEL MEDIO AMBIENTE 
ARTÍCULO 1. Participaré activamente y pondré en práctica todos los 
proyectos establecidos para la preservación del medio ambiente. 
ARTÍCULO 2. Me abstendré de arrojar papeles en los salones, en 
patios e instalaciones en general del plantel para tal efecto utilizaré las 
papeleras, canecas y recipientes destinados para tal fin y me 
comprometo con la institución y conmigo misma a fomentar los 
buenos hábitos de aseo. 
ARTÍCULO 3. No participaré, ni en barras o porras que atenten contra 
la buena marcha y desarrollo de las actividades académicas, la 
integridad personal, psicológica y moral de todos los miembros de la 
comunidad educativa. 
ARTÍCULO 4. Incurriré en una falta grave al presente manual cuando 
lleve envase a los pisos superiores y a los salones de clase, ya que
dicha actitud contamina mi ambiente y a su vez atente contra la 
integridad física de los miembros de la comunidad. Esto afectara la 
valoración de mi conducta. 
_________________________________________ _______________ 
FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS MEDIOS DE 
COMUNICACIÓN INTERNA DE LA INSTITUCIÓN 
Esto es del numeral 10 del 1860/94 
ARTÍCULO 1. 
La comunicación con los padres de familia se dará a través de 
circulares que expiden directivas y docentes del plantel, cuyo 
desprendible deberá ser firmado y devuelto al día siguiente al director 
de grupo que llevara el control de dichas comunicaciones, la 
estudiante que no cumpla con este requisito deberá asistir el día 
siguiente acompañada del Padre de Familia. 
El horario de atención al público y padres de familia y /o acudiente, 
para aspectos administrativos será: lunes, miércoles y viernes de 
10:00 AM a 1:00 PM. 
El personal docente atenderá todas las semanas lectivas, en día y hora 
que se le dará a conocer oportunamente a través de la estudiante o la 
red institucional.
Y para las estudiantes los días martes y jueves en horas de descanso. 
Para aspectos académicos existe el día abierto con fecha y horario 
establecido anteriormente y con comunicación por circular. 
ARTÍCULO 2. Otro medio de comunicación individual y directo con los 
padres de familia, docentes, coordinación y directivos será a través de 
la agenda escolar, la cual deberá ser firmada y presentada a quien 
corresponda, de otra manera el Padre de Familia o acudiente tendrá 
que hacerse presente en el Colegio al día siguiente con la estudiante. 
___________________________________ __________________ 
LO QUE SIGUE ES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA- GIMNACIO LOS 
CAPÍTULO III 
REGLAS DE HIGIENE PERSONAL, SALUD PÚBLICA 
Y PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS. 
3.1 DE LOS ESTUDIANTES 
3.1.1. DERECHOS 
1. A ser tratados con dignidad y respeto 
2. A estudiar en un ambiente sano e higiénico, libre de factores 
epidemiológicos y contaminantes.
3. A disfrutar de una planta física, salones, sitios comunitarios en 
excelente estado de aseo, limpio de basuras, desperdicios y 
contaminación auditiva y visual. 
4. A recibir una adecuada capacitación, orientación y formación 
educativa que promueva su desarrollo integral como persona. 
5. A hacer uso de unidades sanitarias y lavamanos con buena 
circulación de aguas y excelente mantenimiento e higiene. 
6. A recibir clases, ejecutar trabajos y realizar consultas en recintos 
limpios de buen mantenimiento en pintura, sin rayones ni graffitis. 
7. A que se le ofrezcan alimentos, frutas y bebidas en buen estado, 
con excelentes normas de higiene y calidad en su elaboración, manejo 
y expendio, portando para ello, los funcionarios de cocina, cafetería y 
frutería, delantales, gorras y en general de vestuario adecuado. 
8. A que se dispongan canecas debidamente clasificadas para 
reciclaje y tratamiento de residuos y basuras. 
9. A exigir de sus compañeros, directivos, profesores y funcionarios el 
respeto a su ambiente, salón, grupo o silla, libre de basuras, 
desperdicios, objetos contaminantes o aire contaminado por 
cigarrillos y demás. 
10. A que se le instruya en las normas mínimas de higiene, aseo 
personal, conservación individual y colectiva de la salud y la 
prevención sobre el consumo, expendio, tráfico o porte de sustancias 
alucinógenas y psicoactivas. 
11. A que se realicen con sus compañeros y profesores campañas 
periódicas de aseo de paredes, pisos y demás en instalaciones y 
salones.
12. A licenciamiento general por emergencias sanitarias ocasionadas 
por ausencia definitiva de agua o por emergencia epidemiológica en 
su grupo, debidamente comprobada. 
13. A recibir los primeros auxilios en caso de ser requeridos. 
14. A recibir de sus padres o acudientes afiliación a una entidad 
promotora de salud y a portar su carné de asistencia. 
15. A exigir a sus compañeros de grupo respeto por la higiene y 
presentación personal. 
16. Que se garantice un control de precios en todos los servicios que 
preste o contrate la institución asequible con el nivel económico de 
los estudiantes. 
17. A que se ofrezcan mayor variedad y opción de compra a los 
estudiantes 
Punto 10 Código del Menor *** 
3.1.2. DEBERES 
1. Cumplir con todas las actividades curriculares programadas por la 
institución (clases, proyectos, visitas educativas, jornadas actividades 
de apoyo, etc.) con el fin de obtener una formación en las reglas de 
higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la 
comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la 
prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. 
2. Sentir y demostrar respeto por el compañero, evitando el desaseo y 
una inadecuada presentación personal y no descuidarla con el uso de 
maquillaje y adornos extravagantes. 
3. Consumir alimentos en los lugares y tiempos estipulados, 
conservando las normas de higiene.
4. Velar por el cuidado de su presentación, aseo e higiene del cuerpo 
para su propio bienestar y el colectivo. 
5. Portar el carné estudiantil y el de afiliación a un sistema de salud. 
6. Justificar por escrito, con la firma del padre o acudiente toda excusa 
médica, o problemas de salud, y otras causas. 
7. El estudiante que esté imposibilitado por enfermedad temporal o 
permanente para la realización de prácticas deportivas o actividades 
de Educación Física, Recreación y Deportes, debe presentar la orden 
médica que certifique dicha limitación o incapacidad. En este caso el 
estudiante queda comprometido a hacer un seguimiento teórico de la 
clase para presentarlo al profesor. 
8. Informar oportunamente sobre irregularidades en el aseo personal, 
consumo, porte o suministro de sustancias psicoactivas. 
9. En aras de conservar un hábito de excelente higiene, salud, aseo y 
presentación personal la institución sugiere: el no uso del cabello 
largo en los hombres, aretes, piercing y demás implementos que 
desacrediten el uniforme de la institución. 
3.1.3. PROHIBICIONES 
1. Portar, inducir y/o consumir dentro de la institución o en sus 
alrededores licores, cigarrillos, sustancias psicoactivas o 
alucinógenas (así sea la dosis personal) en cualquier presentación, y 
hacerlo fuera del colegio portando el uniforme de la institución. 
2. Presentarse al colegio en estado de embriaguez o bajo el efecto de 
sustancias Spicoactivas o alucinógenas.
3. Aplicar sustancias antiestéticas y degradantes a paredes y muebles 
del colegio, como escritorios y sillas y en general rayar o escribir en 
muros, tableros, carteleras, divisiones, puertas de salones, baños, 
escritorios y demás. 
4. Traer sustancias o preparados químicos para producir desórdenes 
en la clase o cualquier sitio o actividad en el establecimiento. 
5. Irrespetar o agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la 
Comunidad Educativa. 
6. Sabotear los actos y actividades programados por el colegio. 
7. Incurrir o participar en actos de terrorismo, vandalismo, extorsión, 
chantaje, secuestro, intimidación y actos satánicos. 
8. Incurrir en difamación, calumnia o en injuria en contra de cualquier 
miembro de la Comunidad Educativa. 
9. Incurrir en cualquier acto constitutivo de conducta punible, de 
acuerdo con la legislación penal colombiana, o el Código Nacional de 
Policía. 
10. Entorpecer las investigaciones de tipo comportamental, o las 
acciones tendientes a la solución de conflictos. 
________________________ arreglemos hasta aquí……….. 
ARTICULO 63° EN EL ASPECTO DE PRESENTACIÓN PERSONAL. 
ARTICULO 27 UNIFORME. Da identidad y sentido de pertenencia de 
los estudiantes con la institución dentro y fuera de ella.
ARTICULO 28 UNIFORME DE DIARIO. 
a) VARONES. Pantalón en lino azul oscuro, clásico no entubado, 
(bota recta) camibuso blanco de manga corta con el logotipo de 
la institución; el camibuso debe ir por dentro del pantalón, 
medias blancas, correa negra y zapatos colegiales negros. 
b) NIÑAS. Falda pantalón azul oscura sobre la rodilla, no ajustada 
al cuerpo, camibuso blanco manga corta con el logotipo de la 
institución; el camibuso debe ir por dentro de la falda, medias blancas 
a media pierna y zapatos colegiales negros. 
ARTICULO 29 UNIFORME DE EDUCACION FISICA. 
a) MUJERES Y HOMBRES. Sudadera vinotinto no entubada(bota 
recta), con franja amarilla a los lados, camibuso blanco, manga corta 
con el logotipo de la institución; el camibuso debe ir fuera de la 
sudadera, pantaloneta vinotinto con franjas amarillas, tenis blancos y 
medias blancas. 
PARAGRAFO 1. Los estudiantes antiguos deben presentarse con el 
uniforme adecuado a partir de la fecha de inicio de labores 
académicas. Los estudiantes nuevos tendrán 4 semanas de plazo. 
PARAGRAFO 2. El estudiante que se presente a clase sin uniforme de 
diario y/o educación física por circunstancia justificada, no se le 
negará la asistencia a las clases de ese día; su reincidencia al día 
siguiente o clase siguiente dará lugar a citación del padre de familia 
por el director de grado, amonestación en el observador, compromiso 
adquirido y se verá afectada la calificación de comportamiento. 
PARAGRAFO: El incumplimiento a las disposiciones descritas en el 
presente pacto de convivencia será una contravención a las normas y
da lugar a tomar medidas formativas, reparadoras, sanción temporal y 
exclusión de la institución. 
ARTICULO 63°. ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES 
1. Derecho a izar el pabellón Nacional, según su rendimiento académico, 
comportamiento, puntualidad, compañerismo, liderazgo, presentación personal, 
colaboración, espíritu deportivo y participación a nivel cultural. 
2. Mención de honor a los educandos destacados en los aspectos académicos, 
culturales, deportivos y de comportamiento. 
3. Derecho a representar a la institución en actividades deportivas, culturales, 
intelectuales, científicas a nivel municipal, departamental y nacional. 
4. Reconocimiento público de los alumnos destacados en las diferentes 
actividades a través de medallas, resoluciones, carteleras, boletines, reuniones de 
estudiantes y padres de familia. 
5. Cuando un grado sea sobresaliente en lo académico, disciplinario, deportivo, 
cultural, tendrá permiso para una integración o convivencia dentro o fuera de la 
institución. 
6. Mención de honor al mejor estudiante en las pruebas ICFES. 
7. Los estudiantes que ocupen el primer puesto, durante los periodos académicos 
serán destacados en cuadro de honor de la institución. 
.8. Anotaciones positivas en el observador del alumno. 
9. Felicitaciones en forma verbal o escrita frente al grupo dirigidas a los padres o 
acudientes. 
10. Placa de honor al mejor bachiller. 
11. Nombramiento como representante del curso o monitor en algunas de las 
áreas académicas. 
12. Mención de honor para el estudiante con mejor desempeño académico 
durante el transcurso del año escolar, por grados. 
13. Reconocimiento por su excelente presentación, puntualidad, y asistencia a las 
actividades escolares. 
14. Diploma al bachiller que ha permanecido en la institución desde el grado 
preescolar hasta once (11).
15. Las demás que la Institución Educativa considere. 
________________________Haga corte aquí ___________ 
ARTICULO 38 CALIFICACION DEL COMPORTAMIENTO GENERAL DEL 
ESTUDIANTE. Se hará al final de cada periodo escolar con la participación de los 
alumnos por grados en forma conjunta con el cuerpo de profesores o en consejo 
de profesores cuando lo amerite o el director de grado basado en el anecdotario 
dándole a cada uno la valoración de 1.0 a 2.9 desempeño bajo, de 3.0 a 3.9 
desempeño básico, de 4.0 a 4.5 desempeño alto y de 4.6 a 5.0 desempeño 
superior (decreto 1290) de acuerdo al comportamiento que demuestre en el 
respectivo periodo escolar. 
PARAGRAFO 1.El estudiante que obtenga de 1.0 a 2.9 en su calificación de 
comportamiento durante algún periodo deberá realizar un trabajo social, orientado 
por los coordinadores. 
ARTICULO 41 FUNDAMENTOS DISCIPLINARIOS. 
a. PROCEDIMIENTOS LEGALES. Código de la juventud y la adolescencia, 
leyes, el presente pacto de convivencia, el PEI, decretos y demás normas 
concordantes. 
b. Procedimientos formativos. Acciones educativas que orienta la institución 
a través de: dirección de grupo, orientación y asesoría pedagógica si se 
requiere, coordinación y comité de convivencia, profesores, proyectos 
pedagógicos, encuentros con padres de familia, las clases, el plan de 
estudios, las izadas de bandera, conferencias, talleres, trabajos de 
investigación, eventos culturales y deportivos, salidas de campo, etc. 
c. PROCEDIMIENTOS NORMATIVOS. Acuerdos internos de la Institución 
Educativa contemplados en el siguiente pacto de convivencia. 
CAPITULO VIII 
ARTÍCULO 42 EL DEBIDO PROCESO 
Es un principio jurídico, procesal o sustantivo según el cual toda persona tiene 
derecho a ciertas garantías mínimas, pretendiendo alcanzar un resultado justo y
equitativo dentro de un proceso, y a permitirle tener oportunidad de ser oído y 
hacer valer sus pretensiones frente a una autoridad o instancia alguna. 
El artículo 29 de la Constitución Política de Colombia, consagra como derecho 
fundamental El debido Proceso “… nadie será juzgado sino conforme a leyes pre-existentes 
al acto que se le imputa…” 
Aunque un proceso disciplinario no es en estricto sentido ni un “proceso judicial” ni 
un “proceso administrativo” se asume el concepto de debido proceso aplicado a la 
cultura propia de la institución educativa. En tal sentido, se consideran los 
siguientes principios: 
ARTÍCULO 43 Principios del Debido proceso: 
Todo estudiante tiene derecho a: 
 Presunción de inocencia 
 Derecho a la defensa 
 Acompañamiento de los padres de familia o acudiente, durante el proceso 
adelantado a su hijo (a) 
 Pruebas para demostrar su inocencia 
 Controvertir las pruebas en su contra. 
 Derecho de los recursos ordinarios de reposición y apelación. 
ARTÍCULO 43 Etapas del debido proceso 
La definición de etapas constituye el núcleo central del debido proceso. En cada 
una de ellas, se definen tiempos, instancias competentes y procedimientos 
específicos de actuación. Es necesario dejar actas u otro tipo de evidencia 
documental en cada una de ellas. Estas etapas se organizan de la siguiente 
manera: 
Iniciación: Es la indagación preliminar la cual tiene por objeto establecer si 
existen méritos para iniciar la investigación. Esta será realizada por el docente 
conocedor del caso, quien tendrá 24 horas para encontrar solución, en caso 
negativo la indagación la asumirá el director de grupo, el cual contará con 24 
horas para darle curso o no al proceso. 
Apertura del proceso: Cuando exista la conducta anómala y serios indicios que 
comprometen al estudiante, la coordinación le comunica por escrito al estudiante
la apertura del proceso, con los fundamentos de hecho y derecho: conductas 
violatorias al Manual de Convivencia, pruebas consideradas pertinentes y plazo (3 
días hábiles) para presentar los descargos. 
Etapa probatoria: En ésta, el Comité de convivencia, analiza el caso, mediante el 
recurso de la prueba. El estudiante implicado hace uso de la defensa, 
acompañado por sus padres o representantes legales, es oído en descargos y 
puede solicitar las pruebas que considere convenientes. También puede aceptar 
los cargos tal como han sido formulados. Esta etapa puede durar una o más 
sesiones de un día, dependiendo de la complejidad del caso. De lo actuado se 
deja la correspondiente acta 
Fallo: Luego de la etapa probatoria, el caso pasará al Consejo Directivo, quien 
toma la decisión, la cual puede ser exoneración o sanción. Si se exonera, se 
archiva el caso. Si se aplica sanción, la rectora firmará la respectiva resolución. 
Ésta debe estar tipificada en el Manual de Convivencia; la cual se notificará al 
estudiante indicándole los recursos a que tiene derecho. El fallo puede realizarse 
en la misma sesión de la etapa probatoria o en sesión independiente, 
dependiendo de la complejidad del caso. De lo actuado se deja el acta 
correspondiente. 
Recursos: El estudiante tiene derecho a los recursos de ley: el de reposición ante 
la instancia que le aplicó la sanción y el de apelación ante una instancia superior, 
que para éste efecto será el Director de Núcleo o el Personero Municipal. En la 
solución de los recursos, la instancia competente puede exonerar, mantener la 
sanción al estudiante o disminuirla, dependiendo de los argumentos presentados 
por el estudiante y del análisis que de ellos se efectúe. De lo actuado se deja 
constancia en acta. 
Aplicación de la sanción: La sanción al estudiante, se hará efectiva una vez 
terminado el proceso disciplinario al interior de la institución. En caso de hacer 
uso del recurso de apelación ante una instancia superior, la Institución acatará el 
fallo que esta expida Aunque se trata de un proceso disciplinario, es importante 
hacer notar al estudiante que la sanción, también constituye una acción formativa 
de la institución educativa. 
Clasificación de las faltas académicas, disciplinarias y correctivos pedagógicos. 
Las faltas académicas y disciplinarias se clasifican en leves, graves y gravísimas.
Artículo. Faltas Leves y sus Correctivos Pedagógicos. 
1. Llegar tarde al Colegio o a una clase. 
2. Vestir prendas diferentes al uniforme y/o mantener una presentación 
personal inadecuada, falta de higiene, corte de cabello, peinados, usar 
maquillaje, pañoletas, cachuchas, piercing, balacas, manillas, aretes, 
collares y demás adornos extravagantes. 
3. Vender artículos con fines lucrativos personales o familiares al interior del 
plantel educativo. 
4. Permanecer en los salones en horas de descanso. 
5. Hablar continuamente en la formación o en las horas de clase. 
6. No justificar debidamente las inasistencias al Colegio o actividad especial. 
7. Hacer uso del celular o aparatos electrónicos durante el desarrollo de las 
clases sin autorización del docente. 
8. Ingerir alimentos, bebidas o gomas de mascar en las clases. 
9. Contribuir en el desorden y desaseo de la institución. 
10.Practicar deportes en horas diferentes a las de educación física.
11.Permanecer fuera del salón en los cambios de clase. 
12.En ausencia del profesor, protagonizar actos de indisciplina o interferir en el 
desarrollo normal de las clases en otras aulas. 
13. Irrespetar la comunicación fijada en carteleras por parte de directivos, 
administrativos, docentes y estudiantes, escribiendo palabras indebidas, 
arrancándolas, rompiéndolas o haciendo tachones sobre las mismas. 
14.Comprar productos comestibles en horas diferentes al descanso. 
15.Portar inadecuadamente el uniforme. 
16.Desatender las clases y no cumplir con las actividades programadas por el 
docente. 
17.Utilizar lenguaje inadecuado en el trato con las demás personas. 
18. irrespetar los turnos y filas en las diferentes dependencias institucionales. 
19.Dirigirse en forma irrespetuosa a los miembros de la comunidad educativa. 
20.No portar los materiales requeridos para el buen desarrollo de las 
actividades académicas. 
21.Ausentarse del aula de clase sin justificación. 
22. No Contribuir con el aseo del aula de clase y de la institución.
23. Participar en juegos bruscos que atenten contra la integridad física, moral o 
psicológica propia o de sus compañeros. 
Tener en cuenta las faltas de los niños de preescolar. 
Aplicación de correctivos, a faltas leves. 
1. Amonestación verbal por parte del docente que conoció la falta. 
2. Reiterada la falta, el docente aplicará un correctivo pedagógico según el 
caso, el cual deberá ser cumplido durante los tres días siguientes; lo 
anterior se consignará en el observador del estudiante. 
3. Escritos en el observador, el director de grupo propiciará una charla 
pedagógica con el coordinador, el estudiante y el padre de familia, donde se 
establecerá el compromiso a mejorar; éste será firmado y remitido al 
observador. 
4. El incumplimiento del compromiso ocasionará rebaja en el comportamiento 
general durante el período académico en el que se cometan las faltas. 
5. Si el estudiante reincide en sus faltas a pesar del compromiso y del 
desempeño bajo, su caso se remitirá por coordinación a la comisaría de 
familia, para su orientación con el padre o acudiente y el coordinador. La 
conclusión de esta charla se hará por escrito y anexada al observador del 
estudiante. 
Artículo. Faltas Graves 
Son aquellos comportamientos que interfieren en el normal desarrollo de las 
actividades institucionales e invaden negativamente la esfera de los derechos de
los otros miembros de la comunidad educativa. La reiteración comportamental en 
este tipo de faltas no da lugar a que sean catalogadas como gravísimas. 
1. Toda falta leve que se presente de forma reiterada por algún estudiante 
será considerada como falta grave. 
2. Incumplir los compromisos adquiridos para representar el colegio en actos 
académicos, culturales, deportivos y recreativos 
3. Irrespetar frecuentemente los símbolos patrios durante las izadas de 
bandera. 
4. Dañar muebles, equipos, muros, vidrios, implementos deportivos, sillas, 
material didáctico, pupitres, carteleras u otros objetos de uso comunitario. 
5. Ausentarse de clase o actividades institucionales sin previa autorización. 
6. El incumplimiento reiterado de los compromisos académicos y formativos. 
7. Manifestar actitudes irrespetuosas que obstaculicen el normal desarrollo de 
las actividades comunitarias de la Institución. 
8. Inducir a otros estudiantes a cometer faltas graves. 
9. Arrojar objetos o sustancias dentro o fuera de la Institución que puedan 
causar lesiones o daño a las personas. 
10.Traer material pornográfico que atente contra la moral y las buenas 
costumbres de la comunidad Perdomísta.
11.Las demostraciones excesivas, eróticas y de noviazgos dentro de la 
institución y fuera de ella portando el uniforme. 
12.Elaborar grafitis en los muros y paredes de la Institución y sitios aledaños. 
13.No ingresar a clases en el horario establecido. 
14.Negociar, organizar y/o participar en juegos de azar con fines lucrativos en 
la Institución. 
15.Eludir las medidas de control, ingresando o saliendo de la institución por la 
tapia. 
16.Reclamar en forma vulgar y agresiva sus derechos. 
17.Ocasionar daño a los vehículos de transporte de cualquier miembro de la 
comunidad educativa. 
18.Esconder, dañar o votar la tabla de control diario de clase que lleva el 
monitor de grado. 
19.Denigrar de la Institución a la cual pertenece. 
20.Esconder útiles o elementos de sus compañeros, docentes, directivos, 
administrativos y de servicios generales. 
21.Vender, portar o consumir sustancias psico-activas dentro de la institución, 
en actividades de jornada contraria o en representación de la institución.
22.No acatar las observaciones de docentes, directivos, administrativos y de 
servicios generales. 
23.Tergiversar a su conveniencia cualquier información afectando el buen 
funcionamiento de las actividades institucionales o el bienestar de sus 
miembros. 
24.No entregar las circulares informativas a los padres de familia o acudientes. 
25. Brindar trato inadecuado a compañeros, docentes, personal administrativo 
o comunidad educativa. 
26.Demorar la entrega o devolución de libros de la biblioteca. 
27.Promover y hacer manifestaciones de satanismo, hechicería, brujería o 
inducir a otros a participar en esas practicas. 
28.Amenazar o atemorizar a compañeros, profesores o en general a cualquier 
miembro de la comunidad educativa, a través de cualquier medio 
29.Alterar, adulterar o falsificar planillas, informes y/o reglamentarios y 
papelería de la institución. 
30.Participar, provocar, incitar y/o animar peleas entre compañeros dentro y 
fuera de al institución 
31.Robo de bienes de la institución
32.Soborno, chantaje 
33.Fraude en la presentación de trabajos y pruebas escritas 
34.Presentarse al establecimiento en estado de embriaguez o bajo los efectos 
de drogas alucinógenas o Psicoactiva 
35.Hurtar las pertenencias de los compañeros y demás personas de la 
institución y/o atentar con la propiedad privada 
36.El irrespeto por la dignidad humana y la utilización de métodos violentos 
para la solución de los conflictos. 
37.Negarse a asumir el costo de los daños causados por sí mismo en el 
establecimiento y bienes ajenos. 
38.Negarse a cumplir los correctivos asignados cuando incurra en una falta. 
39.Hacer uso inadecuado de los diferentes servicios que brinda la institución 
(Biblioteca, restaurante, laboratorio, entre otros) 
Artículo. Correctivos Pedagógicos 
1. Cometer una falta grave, ocasionará rebaja en la evaluación del 
comportamiento, durante el periodo académico en el que se cometa la falta. 
2. Cometida una falta grave, el docente que la conozca o en su defecto el 
director de grado o el coordinador de disciplina, la registrará en el 
observador, con la firma del estudiante. En caso de que éste se niegue, se 
llamará al personero estudiantil, quien dejará la respectiva constancia.
Además se citará al padre de familia para establecer el compromiso a 
mejorar, el cual será registrado en el observador. Si este se niega a asistir o 
a firmar el compromiso, se citará a un representante del consejo Directivo o 
Asociación de padres, quien dejará constancia. 
3. Si el estudiante reincide en sus faltas, a pesar del compromiso, su caso 
seguirá el curso del debido proceso que establece el presente manual de 
convivencia.(Art. 34) 
4. Suspensión de clases con trabajo orientado por coordinación para realizar 
en el colegio por un término de tres días o en los casos pertinentes se 
acordara con los acudientes compromisos para realizar en casa. 
5. Firma de acta de compromiso por parte del estudiante y sus padres o 
acudientes. 
6. Pérdida del cupo para el año siguiente. 
Artículo. Faltas Gravísimas Se consideran casos especiales las faltas muy 
graves que atentan contra el derecho fundamental de todas las personas a la vida, 
la integridad física, moral y la dignidad humana. 
La institución Educativa ha considerado como faltas muy graves las siguientes: 
Son aquellos comportamientos que tienen gran trascendencia negativa y 
perjudicial en la marcha Institucional, además lesionar y perjudicar física y/o 
psicológicamente a los otros miembros de la comunidad educativa. 
1. Toda falta grave que se presente de forma reiterada por algún estudiante 
será considerada como falta gravísima. 
2. Intimidar en forma verbal o física alguno de los miembros de la comunidad 
educativa dentro y fuera de la Institución.
3. Agredir físico o verbalmente algún miembro de la comunidad educativa 
dentro y fuera de la institución.. 
4. Amenazar o intimidar a un compañero para que oculte o silencie 
información decisiva sobre hechos que lesionen la honra de un miembro de 
la institución y de su marcha normal. 
5. Mentir o calumniar ante cualquier situación o circunstancia, falsificar firmas 
o documentos, permisos y hacer fraude en las evaluaciones o trabajos. 
6. Ser reportado a la Institución educativa por hurtos locales, comerciales o 
casas de familia. 
Revisado 
7. Hacer uso, portar armas u objetos cortopunzantes, paralizantes o 
venenosos que puedan ocasionar lesiones así mismo o a terceros. 
8. Presentarse a las actividades institucionales en estado de embriaguez o 
drogadicción. 
9. Portar, vender, distribuir o consumir licor y/o sustancias psicoactivas, fumar 
en actividades escolares o mientras porta el uniforme. 
10.Protagonizar actos desagradables dentro y fuera del colegio, mientras se 
porta el uniforme, peleas, riñas, escándalos, entre otros.
11.Destruir o alterar documentos de seguimiento disciplinario o académico 
(observador del estudiante, planillas y registro de notas). 
12.Conformar sectas satánicas o pandillas con el fin de cometer actos ilícitos. 
13.Ser irrespetuoso de forma gestual, escrita y oral con algún miembro de la 
comunidad educativa, personal administrativo y de servicios generales. 
14.Coaccionar o extorsionar a un compañero para que actúe en contra de su 
voluntad física o moral. 
15.Utilizar herramientas tecnológicas y de comunicación para atentar contra la 
integridad personal, familiar o a cualquier miembro de la comunidad 
educativa. 
16.Pasar en forma semidesnuda o desnuda dentro de la institución para que 
un compañero de confianza le haga tomas de modelaje o pornográficas. 
17.Ejecutar actos inmorales y de perversión sexual con los mismos 
compañeros en unidades sanitarias y otras instalaciones de la Institución 
Educativa. 
18. Ser irrespetuoso de forma gestual, escrita y oral con sus compañeros, 
docentes padres de familia, personal administrativo y de servicios 
generales. 
19. Fumar dentro de la institución educativa.
20. Conformar sectas satánicas o pandillas con el fin de cometer actos ilícitos 
21. Asistir a la institución en estado de embriaguez y/o consumir bebidas 
alcohólicas en el mismo 
22. Ingerir sustancias y/o drogas alucinógenas dentro y fuera de la institución 
23. Portar cualquier tipo de arma o elementos que atenten contra la integridad 
física de una persona. 
24. Inducir, portar, vender sustancias y/o drogas alucinógenas dentro y fuera 
de la institución. 
25. Coaccionar o extorsionar a un compañero para que actué en contra de su 
voluntad física o moral 
26.Estafar o hurtar elementos de sus compañeros, docentes, administrativos y 
de servicios generales de la institución 
27. causar daño a los bienes, muebles e inmuebles de la institución. 
28. Sustraer, adulterar, falsificar firmas de permisos y demás documentos de la 
institución o destrucción de documentos. 
29.Traer y exhibir dentro de la institución educativa libros, fotografías, revistas, 
publicaciones y tomas fotográficos de celulares que contengan pornografía
30. Posar en forma semidesnuda o desnuda dentro de la institución para que 
el compañero le haga toma de modelaje o pornográficas. 
31. Portar o distribuir material pornográfico 
32. Ser cómplice o encubrir a un compañero que cometa una falta grave. 
33. amenazar, Ultrajar o agredir de palabra u obra a docentes, estudiantes, 
rectora, coordinadores, administrativos y de servicios generales 
34.Evadirse de la institución educativa. 
35. Agredir físicamente a un compañero (laceraciones, fracturas), 
36. Protagonizar y participar en escándalos públicos fuera de la institución, 
portando el uniforme. 
37.Ejecutar actos inmorales y de perversión sexual con los mismos 
compañeros en unidades sanitarias y aulas de la institución educativa. 
38. y las demás que la institución educativa considere. 
Correctivos faltas Gravísimas 
1. Cometer una falta gravísima ocasionará suspensión de 5 a 8 días o 
expulsión del establecimiento educativo.
2. Las faltas gravísimas serán investigadas por el docente que la conozca, en 
su defecto por el director de grupo o coordinador de disciplina, quienes o 
quien la registrarán en el observador con la firma del estudiante, en caso de 
que este se niegue se llamará al Personero estudiantil quien dejará la 
respectiva constancia. Además se citará al padre de familia para darle a 
conocer que se le abrirá la investigación con base en la queja presentada y 
las pruebas aportadas. De lo anterior se dejará acta firmada y se entregará 
copia a las partes. 
3. El estudiante que incurra en este tipo de faltas será sancionado en 1era 
instancia por el Rector del plantel a través de una resolución. Ley 1158 de 
1994, art. 132. Y en 2da instancia por el Consejo Directivo (Ibiden art. 144- 
B-I), o en su defecto en única instancia el Consejo Directivo, mediante 
resolución aprobada por mayoría absoluta no suceptible de recursos. 
Conducto Regular 
Es el procedimiento pedagógico que deben seguir los estudiantes y padres de 
familia para solucionar dificultades o conflictos presentados en el transcurso de las 
actividades escolares y extraescolares según el caso así: 
a) Profesor que conoció la falta 
b) Director de grupo 
c) Coordinador (es) 
d) Rector 
e) Consejo Directivo 
En caso de que el incidente ocurra durante el descanso, el conducto regular inicia 
con el profesor de disciplina. 
En caso de que el incidente ocurra en una hora de clase en la que el docente no 
pudo asistir, el coordinador de disciplina lo atenderá. 
El debido proceso se realizará con base en dos instancias: la 1era instancia será 
fallada por el Rector con base en las pruebas apuntadas en el observador del 
estudiante. Los testigos oculares, los testigos presenciales y en todos los casos
tendrá pleno conocimiento el estudiante, el padre de familia y/o acudiente, quienes 
podrán presentar los recursos de reposición o apelación dentro del término 
establecido. 
Una vez presentados los recursos y reabierto el proceso de investigación se fallará 
en 2da instancia, por parte del Consejo Directivo quien impondrá según el caso la 
sanción, la cual no será ilimitada en el tiempo. 
Artículo 43.Calificación de comportamiento General del estudiante. 
Se hará al final de cada período escolar, a través de la co-evaluación entre 
estudiantes, docentes y coordinador(a), apoyados en el observador del educando 
y el pacto de convivencia. (SIEE. Cap. 1, Art. 2, inciso C.) 
Parágrafo: El estudiante que obtenga desempeño bajo en su calificación de 
comportamiento general durante algún período, deberá realizar un trabajo social, 
asignado por el Coordinador disciplinario. 
Parágrafo: En caso de que un estudiante presente dificultad para portar 
adecuadamente el uniforme, el padre de familia y/o acudiente deberá presentar 
ante las directivas la justificación correspondiente, estas autorizaciones la 
adecuación del uniforme de acuerdo a las necesidades. 
Artículo 42. Conducto Regular 
Es el procedimiento pedagógico que deben seguir los estudiantes y padres de 
familia para solucionar dificultades o conflictos presentados en el transcurso de las 
actividades escolares y extraescolares según el caso así: 
Primera Instancia: 
· Docente de la asignatura 
· Director de grupo 
· Coordinador 
· Comisión de Evaluación, seguimiento y promoción 
· Consejo Académico 
Segunda Instancia:
· Consejo Directivo 
· Jefe de Núcleo 
Capítulo VIII 
Clasificación de las faltas académicas, disciplinarias y correctivos 
pedagógicos. 
Las faltas académicas y disciplinarias se clasificarán en leves, graves y 
gravísimas. 
Artículo 43. Faltas Leves y sus Correctivos Pedagógicos 
Se consideran faltas leves: 
1. No portar el carnet estudiantil, o no entregarlo cuando le sea solicitado. 
2. Llegar tarde al colegio o a una clase. 
3. Vestir prendas diferentes al uniforme y/o mantener una presentación 
personal inadecuada, falta de higiene, corte de cabello, peinados, usar 
maquillaje, pañoletas, cachuchas, piercing, balacas, manillas, aretes, 
collares y demás adornos extravagantes. 
4. Vender artículos con fines lucrativos personales o familiares. 
5. Permanecer en los salones durante los periodos de descanso. 
6. Hablar continuamente en la formación o en las horas de clase. 
7. No justificar debidamente las inasistencias al colegio o actividades 
especiales.
8. Distraer a sus compañeros de clase con juegos u otras actividades. 
9. Hacer llamadas, contestar o jugar con el celular en horas de clase. 
10.Utilizar artefactos electrónicos para desatender las clases o afectar la 
atención de sus compañeros. 
11. Ingerir alimentos o gomas de mascar en las clases. 
12.Contribuir en el desorden y desaseo de la Institución. 
13.Practicar deportes en horas diferentes a la de Educación Física. 
14.Permanecer fuera del salón en los cambios de clase. 
15.En ausencia del profesor protagonizar actos de indisciplina o interferir en el 
desarrollo normal de las clases en otras aulas. 
16. Irrespetar la comunicación fijada en carteleras por parte de directivos, 
administrativos, docentes y estudiantes, escribiendo palabras indebidas, 
arrancándolas, rompiéndolas o haciendo tachones sobre las mismas. 
17.Comprar productos comestibles en horas diferentes al descanso. 
Faltas Graves 
Son aquellos comportamientos que intervienen en el normal desarrollo de las 
actividades institucionales e invaden negativamente la esfera de los derechos de
los otros miembros de la comunidad educativa, la restricción de los 
comportamientos en éste tipo de fallas no da lugar a que sean catalogadas como 
gravísimas. 
1. Inasistir a los actos cívicos, religiosos, recreacionales, culturales, 
democráticos y sociales programados por la institución. 
2. Irrespetar frecuentemente los símbolos patrios durante las izadas de 
bandera. 
3. Dañar muebles, equipos, muros, vidrios, implementos deportivos, sillas, 
material didáctico, pupitres, carteleras u otros objetos de uso comunitario. 
4. Ausentarse de clase o actividades institucionales sin previa autorización. 
5. Demostrar actitudes irrespetuosas que obstaculicen el normal desarrollo de 
las actividades comunitarias de la institución. 
6. Inducir a otros estudiantes a cometer faltas graves. 
7. Arrojar objetos o sustancias dentro o fuera de la institución que puedan 
causar lesiones o daños a las personas. 
8. Retirarse de clase sin autorización del docente. 
9. La inasistencia reiterada al plantel o a clases sin ninguna justificación. 
10.Traer material pornográfico que atente contra la moral y las buenas 
costumbres de la comunidad Perdomísta.
11.Las demostraciones excesivas, eróticas y de noviazgos dentro de la 
institución y fuera de ella portando el uniforme. 
12.Elaborar grafitis en los muros o paredes de la institución y sitios aledaños. 
13.No ingresar a clases en el horario establecido. 
14.Negociar, organizar y participar en juegos de azar con fines lucrativos en la 
institución. 
15.Eludir las medidas de control, ingresando o saliendo de la institución por la 
tapia. 
16.Reclamar en forma vulgar y agresiva sus derechos. 
17.Ocasionar daño a los vehículos de transporte de cualquier miembro de la 
comunidad educativa. 
18.Esconder, dañar o botar la tabla de control de clase que lleve el monitor de 
grado. 
19.Permanecer fuera del aula en horas de clase. 
20.Denigrar de la Institución a la cual pertenece.
21.Esconder útiles o elementos de sus compañeros, docentes, directivos, 
administrativos y de servicios generales. 
22.Portar cigarrillos dentro de la jornada escolar. 
23.Fomentar la indisciplina constantemente dentro y fuera de clase. 
24.No acatar las observaciones de sus compañeros, docentes, directivos, 
administrativos y de servicios generales. 
25.Tergiversar a su conveniencia cualquier información. 
26.No entregar las circulares informativas a los padres de familia o acudientes. 
27.Cambiar de puesto y pupitre asignado en el respectivo salón sin la 
autorización del profesor de la clase. 
28.Burlarse o llamar a sus compañeros por sobrenombres. 
29.Demorar la entrega o devolución de libros de la biblioteca. 
30.Utilizar artefactos electrónicos que afecten e interfieran en su atención y en 
la de los demás, en las diferentes actividades de la institución. 
Faltas Gravísimas 
Son aquellos comportamientos que tienen gran trascendencia negativa y 
perjudicial en la marcha institucional, además lesionan y perjudican física y/o 
psicológicamente a los otros miembros de la comunidad educativa.
1. Intimidar en forma verbal o física alguno de los miembros de la comunidad 
educativa por celos, venganza, hurto u otras razones dentro y fuera de la 
institución. 
2. Agredir física o verbalmente a algún miembro de la comunidad educativa 
dentro y fuera del colegio. 
3. Amenazar o intimidar a un compañero para que oculte o silencie 
información decisiva sobre hechos que lesionen la honra de algún miembro 
de la institución y de su marcha normal. 
4. Apropiarse de bienes del colegio, de compañeros, de docentes u otros 
miembros de la comunidad educativa. 
5. Mentir o calumniar ante cualquier situación o circunstancia, falsificar firmas 
o documentos, permisos y hacer fraude en las evaluaciones o trabajos. 
6. Ser reportado a la Institución educativa por hurto en locales comerciales o 
casas de familia. 
7. Hacer uso, portar armas u objetos cortos punzantes, paralizantes o 
venenosos que puedan ocasionar lesiones así mismo o a terceros. 
8. Presentarse a actividades institucionales en estado de embriaguez o 
drogadicción. 
9. Portar, vender, distribuir y/o consumir licor o sustancias psicoactivas, fumar 
en actividades escolares o mientras porta el uniforme.
10.Protagonizar actos desagradables dentro y fuera del colegio mientras porta 
el uniforme, peleas, riñas y escándalos, entre otros. 
11.Destruir o alterar documentos de seguimiento disciplinario o académico 
(observador del estudiante, planillas y registro de notas). 
12.Conformar sectas satánicas o pandillas con el fin de cometer actos ilícitos. 
13.Ser irrespetuoso de forma gestual, escrita y oral con algún miembro de la 
comunidad educativa, personal administrativo y/o de servicios generales. 
14.Coaccionar o extorsionar a un compañero para que actúe en contra de su 
voluntad física moral. 
15.Utilizar herramientas tecnológicas y de comunicación para atentar contra la 
integridad personal o familiar de cualquier miembro de la comunidad 
educativa. 
16.Posar en forma semidesnuda o desnuda dentro de la institución para que 
un compañero de confianza le haga toma de modelaje o pornográficas. 
17.Ejecutar actos inmorales y de perversión sexual con los compañeros en las 
unidades sanitarias o en otras instalaciones de la institución educativa. 
Artículo 44. Proceso formativo y conducto regular para estudiantes 
Es el procedimiento pedagógico que deben seguir los estudiantes y padres de 
familia para solucionar dificultades o conflictos presentados en el transcurso de las 
actividades escolares y extraescolares según el caso así: 
A) Profesor que conoció la falta 
B) Director de grupo
C) Coordinador(es) 
D) Rector 
E) Consejo Directivo 
En caso de que el incidente ocurra durante el descanso, el conducto regular inicia 
con el profesor de disciplina. 
En caso de que el incidente ocurra en una hora de clase en la que el docente no 
pudo asistir, el coordinador de disciplina lo atenderá. 
Correctivos pedagógicos a faltas graves 
1. Amonestación verbal por parte del docente que conoció la falta. 
2. Reiterada la falta, el docente o coordinador, aplicará un correctivo 
pedagógico según el caso el cual deberá ser cumplido durante los tres días 
siguientes, lo anterior se consignará en el observador del estudiante. 
Correctivos a faltas Graves 
El coordinador será la autoridad competente para investigar las acciones que se 
configuran como faltas graves, dará seguimiento a los casos, previa citación con 
orientación y dependiendo de la situación podrá aplicar el siguiente procedimiento: 
1. Citación del acudiente por parte de la coordinación. 
2. Firma de un compromiso por el acudiente y el estudiante. 
3. Solicitud de acompañamiento a orientación psicológica. 
4. Suspensión hasta por tres días realizando trabajo comunitario o social en 
alguna institución de beneficencia de la ciudad. 
5. Matrícula en observación y si la conducta inapropiada reincide, pérdida del 
cupo para el año siguiente.
Correctivos a faltas Gravísimas 
Cometer una falta gravísima ocasionará suspensión de 5 a 8 días del 
establecimiento Educativo. 
Las faltas gravísimas serán investigadas por el docente que la conozca, o en su 
defecto por el director de grupo o coordinador de disciplina quienes o quien la 
registrará en el observador con la firma del estudiante, en caso de que este se 
niegue se llamará al personero estudiantil quien dejará la respectiva constancia. 
Además se citará el padre de familia a conocer que se le abrirá la investigación 
con base en la queja presentada y las pruebas aportadas. De lo anterior se dejará 
acta firmada se entregará copia a las partes. 
El estudiante que incurra en este tipo de falta será sancionado en primera 
instancia por el rector del plantel a través de una resolución (Ley 1158 de 1994, 
artículo 132) y en segunda instancia por el consejo directivo (artículo 1144 B-I). 
Artículo 45. Estímulos para los estudiantes 
1. Derecho a izar el pabellón Nacional, departamental y municipal, según su 
rendimiento académico, comportamiento, puntualidad, compañerismo, 
presentación personal, colaboración, espíritu deportivo y participación a 
nivel cultural. 
2. Mención de honor a los alumnos destacados en los aspectos académicos, 
culturales, deportivos y de comportamiento. 
3. Derecho a representar a la institución en actividades deportivas, 
intelectuales, científicas a nivel municipal, departamental y nacional. 
4. Reconocimiento público de los alumnos destacados en las diferentes 
actividades a través de medallas, resoluciones, carteleras, boletines, 
reuniones de estudiantes y padres de familia.
5. Cuando un grado sea sobresaliente en lo académico, disciplinario, 
deportivo, cultural, tendrá permiso para una integración o convivencia 
dentro o fuera de la institución. 
6. Mención de honor al mejor estudiante en las pruebas ICFES. 
7. Los estudiantes que ocupen el primer puesto, durante los períodos 
académicos serán destacados en cuadro de honor de la Institución. 
8. Anotaciones positivas en el observador del alumno. 
9. Felicitaciones en forma verbal frente al grupo o escrita dirigida a los padres 
o acudientes. 
10.Placa de honor al mejor bachiller. 
11.Nombramiento como monitor representante del curso o monitor en algunas 
de las áreas académicas. 
12.Mención de honor al monitor destacado. 
13.Reconocimiento por su excelente presentación, puntualidad y asistencia a 
las actividades escolares. 
14.Diploma al bachiller que ha permanecido en la Institución desde el grado 
preescolar hasta el grado once (11°).
15.Gratuidad académica a los alumnos de mejor rendimiento académico por 
nivel. 
16.Y los demás que la Institución Educativa considere. 
Artículo 46. Calificación del comportamiento general del alumno 
Se hará al final de cada período escolar con participación de los alumnos por 
grado en forma conjunta con el cuerpo de profesores o en Consejo de profesores 
cuando lo amerite o el director de grado basado en el anecdotario dándole a cada 
uno la valoración de Excelente, Sobresaliente, Aceptable, Insuficiente y Deficiente 
según su comportamiento general durante el respectivo periodo escolar. 
Parágrafo 1. El estudiante que obtenga insuficiente o deficiente en su calificación 
de comportamiento durante algún período deberá realizar un trabajo social. 
Artículo 47. Fundamentos Disciplinarios 
a. Procedimientos legales. Código del menor, leyes, el presente pacto de 
convivencia, el PEI, decretos y demás normas concordantes. 
b. Procedimientos formativos. Acciones educativas que orienta la Institución 
a través de: dirección de grupo, orientación y asesoría psicológica si se 
requiere, coordinación y comité de convivencia, profesores, proyectos 
pedagógicos, encuentros con padres de familia, las clases, el plan de 
estudios, izadas de bandera, conferencias, talleres, trabajos de 
investigación, eventos culturales y deportivos, salidas de campo, etc. 
c. Procedimientos Normativos. Acuerdos internos de la Institución educativa 
contemplados en el presente pacto de convivencia.
Artículo 48. Conducto Regular 
Es el procedimiento pedagógico que deben seguir los estudiantes y padres de 
familia para solucionar dificultades o conflictos presentados en el transcurso de las 
actividades escolares y extraescolares según el caso así: 
a) Profesores de disciplina 
b) Profesor de área 
c) Director de grupo 
d) Coordinador(es) 
e) Rector(a) 
f) Consejo directivo 
CAPITULO IX 
EL DEBIDO PROCESO 
El artículo 29 de la constitución política de Colombia, consagra como derecho 
fundamental el debido proceso “… nadie será juzgado sino conforme a las leyes 
preexistentes al acto que se imputa…” se convierte en una manifestación del 
principio de legalidad, conforme al cual toda competencia ejercida por las 
autoridades públicas debe estar previamente establecida en la ley, como también 
las funciones que les corresponde cumplir y los trámites a seguir antes de adoptar 
una determinada decisión. 
Herramientas de seguimiento 
La institución aplicando el debido proceso a los casos de convivencia diseñó 
algunas herramientas que tienen como función realizar seguimiento a los procesos 
disciplinarios de los estudiantes. Estas son: 
· Compromiso al iniciar el año escolar: Todos los estudiantes y acudientes 
de grado preescolar a once deben firmar un compromiso integral donde se 
evidencie la disposición actitudinal por parte del estudiante y el seguimiento 
y apoyo por parte del acudiente para el año escolar, dicho documento será 
revisado cada entrega de boletines o cuando la coordinación lo crea 
pertinente para observar los avances, dificultades presentadas y el 
cumplimiento a este compromiso. Este documento reposará en la 
coordinación.
· Observador del estudiante: Los docentes tienen la responsabilidad de 
realizar seguimiento a las faltas cometidas por los estudiantes en 
cumplimiento del debido proceso establecido en la institución, este registro 
deberá ser firmado por el estudiante y el docente que conoció la falta. 
Etapas del debido proceso: 
El debido proceso se realizará con base en dos instancias, la primera será fallada 
por el rector con base en las pruebas aportadas en el observador del estudiante, 
los testigos oculares, los testigos presenciales y en todos los casos tendrá pleno 
conocimiento el estudiante, el padre de familia y/o acudiente, quienes podrán 
presentar los recursos de reposición o apelación dentro del término establecido. 
Una vez presentados los recursos y reabierto el proceso de investigación se fallará 
en segunda instancia, por parte del consejo directivo quien impondrá según el 
caso la sanción, la cual no será ilimitada en el tiempo. 
Artículo 48. A las faltas graves se le aplicarán. Charla orientada por el 
coordinador, docente de área y director de grupo al estudiante y al padre de 
familia. Observará además comportamiento insuficiente; quien decidirá la instancia 
a seguir según la gravedad de la falta es el consejo directivo. 
Parágrafo 1. Las sanciones se aplicarán de acuerdo a la gravedad de la falta y 
pueden ser: 
a. Por el tiempo que determine la instancia que sancione, de uno a tres días 
hábiles durante los cuales el estudiante deberá responder por las 
actividades realizadas en el tiempo de su sanción. Además se hará 
acreedor a las fallas correspondientes, cabe aclarar que el estudiante 
deberá asistir al colegio durante esos días a realizar un trabajo social que 
deberá ser orientado por el coordinador(a). 
b. Responder por los daños ocasionados. 
c. Se hará amonestación en el anecdotario del estudiante con los 
compromisos adquiridos por éste y el padre de familia.
d. Al estudiante se le podrá cancelar matricula cuando se haya aplicado el 
debido proceso. 
Artículo 49. Proceso disciplinario del Consejo Directivo 
a. Comunicación formal a quien se abre proceso disciplinario sobre el posible 
hecho en el que incurrió. 
b. Formulación de los cargos al imputado de manera escrita dentro de los tres 
días siguientes al conocimiento de la falta. 
c. Traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas al día siguiente 
de la formulación de los cargos. 
d. El imputado dispone de tres días hábiles para presentar descargos. 
e. Pronunciamiento definitivo a través de una resolución emanada por el 
rector(a) y aprobada por el Consejo Directivo con anuencia de la asociación 
de padres de familia e imposición de la sanción proporcional a los hechos 
que la motivaron. 
f. El imputado dispondrá de cinco días hábiles para controvertir la sanción. 
Parágrafo 1. En el transcurso del debido proceso el estudiante cumplirá con sus 
compromisos académicos y disciplinarios mientras se le define su situación. 
CAPITULO X 
DE LOS EDUCADORES 
Artículo 50. Derechos. Los establecidos en el artículo 36 del decreto 2277 de 
1979; artículo 37 del decreto 1278 de 2002 y demás normas concordantes.
Artículo 51. Deberes. Los establecidos en el artículo 44 del decreto 2277 de 
1979; artículo 41 del decreto 1278 de 2002, los del manual de funciones de la 
institución, circulares, acuerdos y resoluciones internas emanadas del consejo 
académico, de coordinación, de rectoría y demás disposiciones generales de 
régimen disciplinario establecidas por el Ministerio de Educación Nacional. 
CAPITULO XI 
PADRES DE FAMILIA 
Artículo 52. Derechos de los padres de familia. Los principales derechos de los 
padres de familia en relación con la educación de sus hijos son los establecidos en 
el decreto 1286 del 2005 así: 
1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes, criterios, 
procedimientos, e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio 
del año escolar. 
2. Acompañar el proceso educativo de los estudiantes. 
3. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes 
presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos. 
4. Recibir los informes periódicos de evaluación. 
5. Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure 
el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la constitución y la 
ley. 
6. Recibir información del estado sobre los establecimientos educativos que 
se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. 
7. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las 
características del establecimiento educativo, los principios que orientan el 
proyecto educativo institucional, el pacto de convivencia, el plan de
estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación 
escolar y el plan de mejoramiento institucional. 
8. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones 
respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de identidad 
del personal docente y directivo de la Institución Educativa. 
9. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que 
están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, 
ejecución y modificación del proyecto educativo institucional. 
10.Recibir respuestas suficientes y oportunas a sus requerimientos sobre la 
marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente 
el proceso educativo de sus hijos. 
11.Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación 
de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en 
que se encuentran matriculados sus hijos. 
12.Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos 
del gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos 
previstos en la ley general de educación y en sus reglamentos. 
13.Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos 
educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la 
mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos. 
Artículo 53. Deberes de los padres de familia. Corresponde a los padres de 
familia los siguientes deberes:
1. Participar a través de las instancias del gobierno escolar: en la diferencia de 
criterios y procedimientos de evaluación del aprendizaje de los estudiantes 
y promoción escolar: Consejo Directivo, comité de evaluación, y promoción. 
2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos. 
3. Analizar los informes periódicos de evaluación. 
4. Recomendar a sus hijos la realización de recuperaciones durante el 
proceso educativo. 
5. Cumplir con los compromisos y recomendaciones adquiridas para la 
superación de sus debilidades. 
6. Los padres de común acuerdo dirigirán la educación de sus hijos menores y 
su formación moral e intelectual teniendo en cuenta el Dto. 772/75 art. 4 
código del menor. 
7. Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos 
debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante 
su edad escolar obligatoria. 
8. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del 
derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 
9. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el 
manual de convivencia, para facilitar el proceso educativo.
10.Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y 
responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor 
relación entre los miembros de la comunidad educativa. 
11.Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del 
establecimiento educativo, las irregularidades de que tenga conocimiento, 
entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o 
consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a 
las autoridades competentes. 
12.Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzca al 
mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los 
aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de 
mejoramiento institucional. 
13.Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad 
como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación 
personal y el desarrollo de valores ciudadanos. 
14.Participar en el proceso de auto evaluación anual del establecimiento 
educativo. 
15.Suministrar a los hijos los uniformes, útiles escolares y elementos 
indispensables que faciliten su proceso de aprendizaje. 
16.Asistir oportunamente a la entrega de boletines. 
17.Controlar al estudiante en cuanto a la asistencia puntual a la Institución y a 
clases, el regreso a casa, la elaboración de tareas y trabajos, el buen porte 
del uniforme y la ocupación del tiempo libre.
18.Asistir a la Institución oportunamente a justificar las ausencias de sus hijos 
y atender puntualmente las citaciones enviadas por cualquier instancia 
escolar. 
19.Solicitar periódicamente información relacionadas con el rendimiento 
académico y comportamiento de sus hijos, atendiendo los horarios 
establecidos. 
20.Cancelar costos educativos determinados por el Consejo Directivo y estar a 
paz y salvo a fin de año para poder retirar boletines y certificados. 
21.Asistir y participar activamente en la escuela de padres. 
22.Mantener relaciones de respeto, diálogo y colaboración con todos y cada 
uno de los miembros de la comunidad educativa. 
23.Concurrir obligatoria y puntualmente a la asamblea general de padres de 
familia por convocatoria del rector(a) del establecimiento educativo(art. 4 
Dcto 1286 de 2005). 
24.Realizar con el debido respeto cualquier reclamación teniendo en cuenta el 
conducto regular y tiempo establecido. 
25.Asumir con responsabilidad el cargo para el que sea elegido por la 
comunidad Educativa. 
26.Responder por los daños que causen los alumnos dentro de la Institución 
Educativa.
Artículo 54. Divulgación. El presente pacto de convivencia debe ser publicado a 
todos los estudiantes de la Institución Educativa Gustavo Perdomo Ávila, padres 
de familia y demás estamentos de la comunidad educativa. 
Artículo 55. Vigencia del pacto de Convivencia. El presente pacto de 
convivencia puede y debe ser reglamentado anualmente para adaptarlo a las 
situaciones del momento especialmente en lo disciplinario. Podrá ser reformado 
en forma parcial o en su totalidad, pero sin entrar en incongruencia con la 
Constitución Política Nacional, código del menor, los derechos humanos y los 
objetivos de la educación. 
Artículo 56. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de expedición y deroga 
todos los anteriores. 
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE 
Dado en la Institución Educativa Gustavo Ávila del municipio de Natagaima Tolima 
a los días del mes de 2010. 
CONSEJO DIRECTIVO 
___________________________ ___________________________ 
Luz Marina Sánchez Raga Representante de Padres de Flia 
Rectora 
___________________________ ___________________________ 
Representante Padres de Familia Representante Sector Productivo 
___________________________ ___________________________ 
Representante de los Profesores Representante de los Estudiantes
Jornada Mañana 
___________________________ ___________________________ 
Representante de los Profesores Representante de los Exalumnos 
Jornada Tarde 
V.B. DEL DIRECTOR 
DE NÚCLEO DE DESARROLLO 
EDUCATIVO N° 50 
__________________________________ _______________________ 
JOSE ANTONIO NAVARRO PARGA Personero Estudiantil 
____________________________ 
Contralor Estudiantil
INSTITUCION EDUCATIVA GUSTAVO PERDOMO ÁVILA 
NATAGAIMA TOLIMA. 
ACTA DE CUMPLIMIENTO Y COMPROMISO DEL PACTO DE 
CONVIVENCIA 
Como padre(s) de familia, en calidad de acudiente(s) y mi hijo(s) en calidad 
de estudiante(s) de esta Institución educativa, nos comprometemos con la 
Institución a aceptar y cumplir fielmente el presente pacto de convivencia 
adoptado por el consejo directivo según acuerdo N° 001 de octubre 11 del 
2010 de conformidad con la ley 115 de 1994, el decreto 1286 del 2005 y 
demás normas concordantes. Así mismo asumiremos responsablemente 
los correctivos a que dé lugar el incumplimiento o violaciones a las normas 
establecidas en el presente pacto de convivencia. 
En constancia de lo anterior firmamos 
___________________________ _______________________
Padre de familia o acudiente Alumno(s) 
___________________________ 
Rectora 
Estudiar los casos de indisciplina y establecer las respectivas sanciones, es una 
instancia del debido proceso. 
PARAGRAFO 1. SANCIÓN: por sanción se debe entender como la consecuencia 
lógica de un comportamiento que la sociedad ha determinado como inadecuado 
para la formación del estudiante, para su rendimiento académico o para el 
bienestar de la comunidad. La sanción se establece con el fin de proteger los 
intereses de toda la comunidad. Esta medida se espera que se aplique en clima 
de justicia y respeto y se acepte como un medio de para la formación del 
estudiante. 
PARAGRAFO 2: ESPIRITU DE LA SANCIÓN la sanción será aplicada siempre 
como instrumento educativo y con la finalidad fundamental de la toma de 
conciencia y el cambio de actitud del alumno en orden a su realización como 
persona responsable. 
PARAGRAFO 3. CARACTERÍSTICAS PARA LA SANCIÓN: la sanción debe 
poseer las siguientes características: 
a. Su forma debe estar vinculada al acto punible. 
b. Debe ser certera, imparcial y justa 
c. Debe ser constructiva y conducente a un autodominio. 
d. No debe ser aplicada mientras no se entienda el móvil de acción del 
estudiante. 
e. No debe abarcar la imposición de trabajos extras que no se hallen 
relacionados con el acto por la cual se sanciona al estudiante. 
f. Escuchar las razones del estudiante ante quien corresponda.
g. Al tomarse la decisión de la sanción comunicársela al alumno y a la familia.

Natagaima ie gustavo perdomo ävila manual cconvivencia 2013 (04 12-2013)

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    INSTITUCIÓN EDUCATIVA GUSTAVOPERDOMO ÁVILA NATAGAIMA - TOLIMA. PACTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR CODIGO DANE 173483000831 REGISTRO N° 124154 CARRERA 3° No 2 – 69 TELEFONO 2269330 NUCLEO DE DESARROLLO EDUCATIVO N° 50 PRESENTACIÓN La tarea más importante que tienen las personas en el mundo de hoy, es la de aprender a vivir y convivir dentro de una comunidad; esto es posible cuando mediante un proceso educativo van desarrollando las capacidades para establecer y cultivar relaciones con los semejantes, la naturaleza, los objetos y consigo mismo. A la convivencia se llega mediante un proceso de construcción de valores éticos, morales y sociales, que respondan al logro de los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional “Perdomísta”. Para este proceso de formación y en atención a las políticas púbicas a nivel nacional en materia de protección integral de los niños, niñas y adolescentes, el gobierno a implementado herramientas de apoyo a la luz de la ley 1620 del 15 de marzo de 2013, el cual crea el sistema institucional de convivencia escolar y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad, la prevención, mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia como una forma de contribuir a la formación de ciudadanos activos a través de mecanismos de protección, detección temprana y denuncia de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar. En cumplimiento a esta ley, la familia, la institución educativa, el municipio y las demás entidades del estado serán corresponsables de la formación ciudadana, la promoción y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes a partir del respeto por la dignidad humana. La Institución mediante la implementación del comité de convivencia escolar, la institucionalización de las competencias ciudadanas, el fortalecimiento de los proyectos pedagógicos, el desarrollo de los componentes de promoción, prevención, atención y seguimiento ayudará a los estudiantes y demás miembros de la comunidad a generar, cultivar y consolidar criterios, principios, valores,
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    actitudes y procedimientosque permitan a cada persona y a los grupos tomar decisiones fundamentales, dar cuenta de sus acciones u omisiones y participar responsablemente en la orientación de su vida personal y social como un verdadero ciudadano de bien, competente, que aporte, analice, prefiera el acuerdo y el pacto antes que la agresión verbal y física para resolver conflictos. Desde esta perspectiva la Ley 1620 de 2013, la Ley 1146 de 2007 y el presente pacto de convivencia concede al educador el rol de orientador y mediador en situaciones que atenten contra la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como la detección temprana en el aula y fuera de ella de estas mismas situaciones. A los estudiantes les concede un rol activo para participar en la definición de acciones para el manejo de estas situaciones en el marco de los protocolos y rutas de atención integral. Además, este pacto constituye la brújula que señala los deberes para alcanzar también los derechos y determina las condiciones indispensables para pertenecer y permanecer, así como los procedimientos en casos de sanción y/o exclusión de la Institución Educativa Gustavo Perdomo Ávila. Su construcción se apoya en las siguientes orientaciones normativas: Constitución Política de Colombia de 1991, Capítulo 1, 2 del título II; ley 115 de 1994 en sus artículos 5, 7, 13, 73, 77, 87 y 96; artículos 17, 18, 19, 20, 21, 23, 24, 25, 28 y 29 del decreto 1860 de 1994, ley 1098 de 2006, Nuevo Código de la Infancia y la Adolescencia; ley de la juventud N° 375 de 1997; ley 734 de 2002.; Programa de competencias ciudadanas; Declaración Universal de los Derechos del Niño; Sentencias y fallos de la Corte Constitucional; Consejo de Estado y Corte Suprema de Justicia; estatuto nacional de drogas y sustancias psicoactivas; Decreto 1286 de 2005; Decreto 1278 de 2002; ley 1013 de 2006; resolución rectoral 002 de 2009 (Sistema institucional de evaluación y promoción de estudiantes de básica y media; el sistema institucional de Evaluación del Nivel de Preescolar; decreto 4500 de 2006; Ordenanza del departamento del Tolima N° 32 de 2008; El decreto 1290 de 2009; Resolución departamental 02649 de 2011; ley estatutaria 1622 de 2013, ley de seguridad ciudadana N° 1453 de 2011, ley para la prevención de la violencia sexual y atención integral N° 1146 de 2007, decreto para la promoción y garantía de los derechos sexuales y reproductivos N° 2968 de 2010, ley 1620 de marzo 15 de 2013 “por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar, formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia escolar”; Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013 por el cual reglamenta la Ley 1620 de 2013, Ley 1438 de 2011, circulares, directivas de la procuraduría general de la nación, del ministerio de educación nacional, protocolos y rutas de atención
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    integral a nivelinstitucional para la convivencia escolar y demás normas concordantes en materia de protección integral de los niños, niñas y adolescentes. PACTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA GUSTAVO PERDOMO ÁVILA DEL MUNICIPIO DE NATAGAIMA-TOLIMA. ACUERDO No: 001 ( Febrero 28 de febrero de 2013 ) La Rectora y el Consejo Directivo de la institución educativa Gustavo Perdomo Ávila del municipio de Natagaima-Tolima, e inscrita en el Núcleo de Desarrollo Educativo No 50 y C O N S I D E R A N D O: 1. Que la disciplina y el orden constituyen el pilar de la organización de toda la institución, siendo indispensable para el buen desarrollo de las actividades y el logro de los objetivos. 2. Que la ley general de la Educación ley 115 de 1994, estructura y reforma la educación formal colombiana como un servicio público y en consecuencia se debe concertar un pacto de convivencia que involucre a padres de familia, estudiantes, profesores, administrativos y directivos docentes. 3. Que el artículo 73 de la ley 115 de 1994, establece que el reglamento para docente y estudiantes hacen parte del proyecto Educativo Institucional, con el fin de lograr la formación integral de Educando. 4. Que por ley general de educación 115 de 1994 y según el artículo 87 de esta ley, se hace necesario poseer un reglamento o pacto de convivencia escolar, en la
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    cual se definaderechos y obligaciones de los estudiantes y Padres de familias o acudientes. Los educandos y padres de familia o acudientes al firmar la matrícula correspondiente están aceptando el cumplimiento de los compromisos contraídos con la Institución Educativa y el presente reglamento escolar. 5. Que en sentencia T-341 de 1993 de la sala quinta de la Corte Constitucional, destacó que los estudiantes tienen la obligación de mantener las normas “para vivir en armonía con sus congéneres, para someterse a la disciplina que toda comunidad supone, para asumir sus propias responsabilidades y para ejercer la libertad dentro de las normas que estructuran el orden social.” 6. Que según la Corte Constitucional, C-555-94 del 6 de diciembre de 1994, el artículo 96 de la ley 115 de 1994 permite la exclusión de la Institución por bajo desempeño académico y/o disciplinario 7. Que la Corte Constitucional advirtió que las instituciones no están obligadas a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias. 8. Que la corte constitucional destacó que los estudiantes tienen la obligación de mantener las normas de presentación en los colegios, así como los horarios de entrada y salida de clases, descansos, salidas pedagógicas y las diferentes actividades realizadas en la institución; igualmente el estudiante deberá conservar el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. 9. Que por doctrina constitucional, el derecho a la educación no es absoluto; es derecho-deber, es decir someterse y cumplir el reglamento o normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado, (Sentencia-569 de 1994). 10. Que el artículo 3° del decreto 1860 de 1994, establece que en desarrollo del mandato constitucional que impone a los padres de los menores el deber de sostenerlos y educarlos y, en cumplimiento de las obligaciones asignadas a la familia por el art. 7 de la ley 115 de 1994, la omisión o desatención al respecto se sancionará según lo dispuesto por la ley reportando los casos que le sean presentados por las autoridades, los familiares del menor o cualquier otro ciudadano a los jueces de menores y funcionarios administrativos encargados del bienestar familiar. 11. Que el art. 15 del decreto 1146 de 2007 determina que el Estado y la sociedad tiene el deber de denunciar oportunamente a las autoridades
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    competentes cualquier indicioo caso de abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes dentro de las 24 horas siguientes al conocimiento del hecho. 12. Que teniendo la educación como un derecho de la persona, la ley 115 de 1994 en su interpretación establece que debe tenerse en cuenta al educando como el centro del proceso educativo y que el objeto de este servicio de formación es lograr el cumplimiento de los fines y objetivos comunes de todos los niveles definidos en el art. 5° y 13° de esta ley. 13. Que la ley 1098 de 2006, en el art. 10° establece la corresponsabilidad y concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y adolescentes, señalando que la familia, la sociedad y el Estado son responsables de su atención, cuidado y protección. 14. Que los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos están definidos en la constitución política en los artículos 13, 15, 16, 18 y 42. 15. Que el artículo 130 y 132 de la ley 115 de 1994 y el artículo 10 del numeral 10.11 de la ley 715 de 2001 le da facultades sancionatoria a los rectores y directores de las instituciones educativas para sancionar disciplinariamente a los docentes de conformidad con el estatuto docente, decreto 2277 de 1979; el decreto 1278 o nuevo estatuto de profesionalización docente del 2002, a los funcionarios administrativos de acuerdo con lo establecido en la carrera administrativa como también a los estudiantes según el reglamento o pacto de convivencia, en concordancia con el Código de la infancia y adolescencia y las disposiciones establecidas en este reglamento teniendo en cuenta el debido proceso y con lo que al respecto disponga el MEN. 16. Que la ley N° 1620 de 2013 hace obligatorio crear en cada institución educativa oficial y privada un comité escolar de convivencia, como instancia mediadora en la resolución de situaciones especificas de conflicto que afecten la convivencia por acoso, (bullying, ciberbullying), violencia escolar, vulneración de derechos sexuales y reproductivos (abuso sexual) y caso de embarazo en adolescentes mediante la aplicación del manual de convivencia y la activación de los protocolos y rutas de atención integral de la institución para los casos de alto riesgo que no puedan ser resueltos por el comité. 17. Que la ley 1620 de 2013 establece que es responsabilidad del rector rector(a) y los docentes liderar e implementar el sistema institucional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia escolar. 18. Que la omisión o incumplimiento a las funciones asignadas en los artículos 12, 17, 18 y quince de la ley 1620 de 2013 constituye falta disciplinaria y dará sanciones previstas por la ley para estos servidores públicos.
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    19. Que segúnel artículo 21 de la ley 1620 de 2013 debe contemplar los protocolos y rutas de atención integral de que trata la presente ley. 20. Que los artículos 11 y 12 de la ley 1146 de 2007 y la misma ley 1620 de 2013 determino que es obligación del rector(a) y docente(s) denunciar ante la autoridades administrativas y judiciales correspondientes toda conducta o indicio de violencia o abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes del que tenga conocimiento. 21. Que según lo determinado en el artículo 20 de la ley 1620 de 2013, los proyectos pedagógicos deben ser desarrollados por los docentes de todas las áreas y grados, que contribuyan a fortalecer la formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia. 22. Que el decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013 reglamenta la ley 1620 del mismo año en materia de funcionamiento del Comité de Convivencia Escolar y da los lineamientos para incorporar en el manual de convivencia las disposiciones sobre manejo de situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 23. Que es función del Consejo Directivo adoptar el PACTO DE CONVIVENCIA según el literal C del artículo 144 de la Ley 115 de 1994 y el artículo 23 del Decreto Reglamentario 1860 del 3 de agosto de 1994: En consecuencia, A C U E R D A: Adoptar el presente PACTO DE CONVIVENCIA escolar para la Institución Educativa GUSTAVO PERDOMO ÁVILA del Municipio de Natagaima Tolima. CAPITULO I PRINCIPIOS Y DEFINICIONES ARTÍCULO 1°. FINALIDAD. Este pacto de convivencia tiene por finalidad garantizar a los niños, niñas, adolescentes, padres de familia, docentes, directivos, administrativos y demás personas de la institución una sana convivencia y un ambiente escolar agradable y armonioso para su pleno desarrollo personal y social, prevaleciendo dentro de la diversidad escolar el reconocimiento a la igualdad y respeto por la dignidad humana. ARTÍCULO 2°. OBJETO. El presente pacto de convivencia escolar tiene como objeto contribuir a la formación ciudadana, el ejercicio de los derechos humanos, la educación sexual y reproductiva, la prevención, mitigación de la violencia escolar y establecer normas de convivencia para la protección integral de los
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    miembros de lacomunidad educativa, en especial los niños, niñas y adolescentes, garantizando el ejercicio de sus derechos-deberes y libertades consagradas en la ley, en el presente pacto de convivencia y demás normas legales vigentes. Conforme a las normas vigentes exigirá al niño, la niña y al adolescente el cumplimiento de las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo, contempladas en este pacto de convivencia como deberes; pues la competencias ciudadanas exigen la formación de ciudadanos responsables. ARTÍCULO 3°. SUJETOS TITULARES DE DERECHOS. Para todos los efectos de este pacto son sujetos titulares de derechos todos los miembros de la comunidad educativa que estén vinculados legalmente a la institución. ARTÍCULO 4°. AMBITO DE APLICACIÓN. El presente pacto de convivencia se aplica a todos los miembros de la comunidad educativa de la institución en todas sus sedes educativas. CAPITULO II SISTEMA INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACION PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACION PARA LA SEXUALIDAD, LA PREVENCION Y MITIGACION DE LA VIOLENCIA ESCOLAR. ARTICULO 5° SISTEMA INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. El Consejo Directivo conforme a la ley 1620 de 2013 y el decreto reglamentario 1965 del mismo año, adoptó la creación del Comité de Convivencia Escolar y los lineamientos que contribuirán a la formación ciudadana para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en adolescentes, incorporando en el presente pacto de convivencia por mandato de las mismas normas las siguientes definiciones, principios, responsabilidades institucionales y demás lineamientos generales sobre el manejo de situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos los cuales servirán de conocimiento y apoyo para su aplicación. ARTICULO 6° DEFINICIONES. Para efectos de la clasificación y manejo de situaciones o faltas que afectan la convivencia escolar, los artículos 2° y 5° de la ley 1620 de 2013 y el artículo 39 del decreto reglamentario 1965 del mismo año estableció unas definiciones así: 1. Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.
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    2. Educación parael ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables. 3. Acoso escolar o bullying. Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo. 4. Ciberbullying o ciberacoso escolar. Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. 5. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. 6. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. 7. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
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    a. Agresión física.Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. 8. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor". 9. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes 10. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. ARTICULO 7° PRINCIPIOS DEL SISTEMA. Son principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia escolar: 1. Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 88 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en
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    el marco dela coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales. 2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia. 3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones. 4. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes. 5. Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes. ARTICULO 8° OBJETIVO GENERAL DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. Construir y regular la organización y el funcionamiento de la Institución Educativa Gustavo Perdomo Ávila a través del horizonte institucional definido en el P.E.I haciendo del presente pacto de convivencia una herramienta pedagógica de interacción institucional que permita viabilizar procesos de formación ciudadana con carácter de autocuidado, prevención, promoción, atención, seguimiento y mitigación de la violencia escolar en donde el respeto mutuo por los derechos humanos y las normas de convivencia aquí pactadas sean el referente de protección integral de niños, niñas, adolescentes, comunidad educativa y el fundamento esencial de una sana convivencia institucional. ARTICULO 9° OBJETIVOS ESPECIFICOS DEL PACTO DE CONVIVENCIA: a) Establecer normas de convivencia escolar y los procedimientos que rigen las relaciones entre los diferentes estamentos de la comunidad Perdomista. b) Formar estudiantes dentro del marco de valores y responsabilidades de acuerdo a la Misión, Visión y Filosofía Institucional.
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    c) Exigir contoda claridad y cordialidad las responsabilidades de manera que los educandos vean y acepten las consecuencias de los errores y las equivocaciones. d) Establecer una comunicación libre y cordial de manera que haya pactos de confianza y sana convivencia. e) Divulgar en los educandos y comunidad educativa el horizonte institucional. f) Orientar tanto a estudiantes como a padres de familias y acudientes acerca de sus derechos, deberes y procedimientos disciplinarios. g) Dar a conocer a los estudiantes y comunidad educativa el sistema institucional de evaluación y promoción de los estudiantes. h) Informar acerca de la integración y los requisitos para la conformación del Consejo Directivo y demás entes del gobierno escolar. i) Promover el sentido de pertenencia, lealtad y amor por la institución. j) Estimular la permanencia de los estudiantes en la institución y la no discriminación. k) Propiciar el diálogo como mecanismo fundamental para la solución de conflictos. l) Posibilitar el desarrollo de los logros, las competencias y los estándares básicos de la educación en Colombia, de tal manera que les permitan ser artífices de su propia formación y desarrollo integral. m) Fomentar prácticas que conduzcan a la sensibilización, motivación, comprensión e identificación con el modelo de la democracia participativa; a la convivencia pacífica; al respeto y cumplimiento de los deberes y Derechos Humanos; en suma, a la formación de ciudadano con sentido de identidad y pertenencia a la Nación, región y familia. n) Dar a conocer a la comunidad educativa los protocolos y rutas de atención integral para los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos entre otros. ñ) Fortalecer la corresponsabilidad de los padres de familia orientándolos sobre las responsabilidades que les compete como los primeros responsables de la educación de sus hijos. o) Fomentar una educación que garantice la formación integral y el reconocimiento de la diversidad de los jóvenes a través de la inclusión social, el respeto y valoración a la diversidad étnica, económica, cultural, política, sexual, y religiosa, desde lo cognitivo, axiológico, procedimental y convivencial.
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    p) Fomentar lasactitudes de respeto como elemento esencial de la convivencia escolar. q) Dar a conocer a los estudiantes las medidas formativas a las faltas de disciplina y comportamiento. r) Definir las situaciones que afectan la convivencia escolar dentro del contexto institucional. s) Asesorar a los padres y/o acudientes en temas relacionados con la educación y formación de los hijos a través de la escuela de padres. t) Fortalecer la formación para el ejercicio de la ciudadanía, la convivencia y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos a través de los proyectos pedagógicos transversales desde los distintos ambientes de aprendizaje. u) Garantizar el debido proceso ante las situaciones que afecten la convivencia escolar. v) Sensibilizar a padres de familia y/o acudientes sobre la aplicación de las normas de convivencia escolar establecidas en el presente pacto de convivencia. CAPITULO III HORIZONTE INSTITUCIONAL ARTICULO 10° Filosofía Institucional. La filosofía de la Institución Educativa "Gustavo Perdomo Ávila" está orientada hacia la formación de valores éticos, morales, sociales, ciudadanos, económicos, culturales, deportivos e intelectuales; como elementos fundamentales en la educación integral de los educandos, en sus aspectos: afectivo, cognoscitivo, volitivos y psicomotriz. En tal sentido se pretende formar a los jóvenes en el contexto de los derechos humanos; deberes ciudadanos como principios para la convivencia local, regional y nacional; donde el respeto a la vida; la diferencia, tolerancia, igualdad, solidaridad y autonomía, se conviertan en herramientas fundamentales de su accionar; y de esta forma afronte de una manera crítica, libre y responsable su realidad comunitaria y social.
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    ARTÍCULO 11° LEMAINSTITUCIONAL: Por las anteriores razones, la filosofía institucional se enmarca en el siguiente lema:" CIENCIA, CULTURA Y FRATERNIDAD" ARTICULO 12° VISIÓN. La Institución Educativa "Gustavo Perdomo Ávila" pretende entregar a la sociedad, jóvenes competentes, con capacidad reflexiva, investigativa, crítica, analítica y prepositiva; con valores éticos, morales e intelectuales que contribuyan al desarrollo social, económico y cultural del municipio o región, a la solución de problemas y la construcción de una mejor calidad de vida en condiciones de igualdad. ARTICULO 13° MISIÓN. La institución Educativa "Gustavo Perdomo Ávila" se encarga de la formación de niños y jóvenes íntegros, a partir del desarrollo curricular e investigativo de las diferentes áreas del conocimiento; las cuales se fundamentan en los fines de la educación, los lineamientos, estándares básicos de calidad, las competencias generales, específicas, laborales y ciudadanas. Herramientas que propicie la educación de estudiantes competentes en habilidades comunicativas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar, expresarse adecuadamente y solucionar problemas. De esta manera los educandos están en capacidad de continuar una carrera técnica, tecnológica y profesional. ARTICULO 14° PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES. Concebimos los principios como las reglas y/o directrices que orientan la labor pedagógica, las relaciones de la comunidad educativa y el mejoramiento continuo de los individuos y ciudadanos por lo tanto los principios rectores que direccionan nuestra institución son los siguientes: 1. Organización Escolar: La organización de la comunidad educativa debe ser democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y la prevalencia del interés general con criterios de eficacia en y para la paz, la convivencia, la ciudadanía y pertinencia al servicio de una educación. 2.Compromiso con la comunidad: Es un servicio que responsabiliza a la institución educativa en la formación integral del ser humano a
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    través del currículo,desarrollo de proyectos pedagógicos y demás programas de formación y atención preventiva dirigidos no solo a estudiantes sino también a padres de familia y población vulnerable. 3.Autonomía: Bajo los parámetros de descentralización administrativa de los procesos educativos la Institución educativa actuará con autonomía a través de equipos de trabajo para darse sus propios reglamentos, para admitir sus estudiantes, para organizar sus labores académicas, científicas, deportivas, culturales y recreativas, elaborar el PEI, el PMI, etc., etc. Igualmente busca orientar a todos sus integrantes en el libre desarrollo de la personalidad y en la capacidad para asumir con libertad y responsabilidad sus derechos y sus deberes. 4. Equidad: manifestada en el ofrecimiento de nuestros servicios educativos y la aplicación de las leyes sin distingo político étnico religioso credo o procedencia social e ideológico como un aporte a la construcción de la democracia y la justicia social. 5. La convivencia y la ciudadanía: Es un principio orientador del quehacer diario de la comunidad educativa donde nuestra responsabilidad es formar para la sana convivencia social promoviendo la interiorización de los valores humanos pertinentes a las necesidades del siglo XXI entre maestros, estudiantes, directivos y padres de familia. 6. Ética: Determina los deberes, las prohibiciones, los principios, los derechos que todo miembro de la comunidad educativa debe observar en su comportamiento dentro y fuera del establecimiento educativo. 7. En lo pedagógico: orienta nuestro quehacer educativo al desarrollo de todas las dimensiones y potencialidades del ser humano, centrado su interés misional en la formación de estudiantes competentes en habilidades comunicativas. 8. Sentido de pertenencia: Se manifiesta en el amor hacia la institución, reflejada en los buenos actos, cuidado de sus enseres, la voluntad y el deseo de hacer las cosas bien sin recibir nada a cambio, la dedicación y la creatividad todos estos elementos, lo hacen
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    miembro de unacomunidad que quiere que su lugar de trabajo sea cada día mejor. 9. Eficiencia: Es el buen desempeño que todo miembro de la comunidad debe manifestar en forma individual o en equipo de trabajo tendientes a lograr los objetivos y metas propuestas tanto institucionales como académicos. ARTICULO 15° Valores: 1. Igualdad: Es el derecho según el cual todas las personas deben tener las mismas oportunidades para desarrollar y ejercitar sus potencialidades a nivel individual y colectivo, sin ser objeto de discriminación por razón de sexo, raza, edad o creencias religiosas. 2. Tolerancia: Es el valor fundamental para la convivencia pacífica. Es la capacidad de aceptar o admitir opiniones e ideologías diferentes a la propia. Es aceptar las diferencias o singularidades del otro, sin subestimarse, para buscar un equilibrio respetuoso y pacífico en las relaciones y la convivencia social. 3. Respeto: Es el aprecio o consideración que se tiene por uno mismo, por los demás, por las cosas u objetos personales o de los otros. Es el acatamiento de órdenes, leyes, mandatos, reglamentos, derechos y deberes estipulados en el manual de funciones para docentes, pacto de convivencia y demás normas que rigen las interrelaciones en nuestra comunidad educativa. 4. Responsabilidad: Es responder por los daños que cause y/o cumplir con las obligaciones que demandan los procesos académicos y administrativos desarrollados en la institución. 5. Honestidad: Comportarse de manera transparente con sus semejantes, es decir sin ocultar nada, diciendo siempre la verdad y obrando en forma recta y clara. 6. Puntualidad: Ser exacto en el momento y la manera de hacer las cosas, de llegar a un sitio y/o institución y de cumplir con los deberes en el tiempo y/o fecha indicada.
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    7. Solidaridad: Sonlas manifestaciones de apoyo y cooperación con las personas y/o ideales en situaciones de dificultad, necesidad y/o bienestar. 8. Libertad: Es decidir conscientemente (autodeterminación) acerca de lo que se quiera hacer, lo que se quiera ser y como quiera desarrollarse; está mediada por situaciones y normas que expresan el acuerdo colectivo, sin que ella implique lesionar la integridad física, psicológica o espiritual de las personas. ARTICULO 16° POLÍTICA INSTITUCIONAL: Fortalecer la corresponsabilidad de los padres de familia de preescolar, básica y media orientándolos sobre las responsabilidades que les compete para ser viable el ordenamiento eficaz del esfuerzo de todos en el logro de objetivos y metas. CAPITULO IV GOBIERNO ESCOLAR ARTÍCULO 17°. CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR. Estrategia organizacional que permite a la comunidad educativa la organización, la participación responsable; el desarrollo del proyecto educativo institucional. Está conformado por el Consejo Directivo, el rector (a) y Consejo Académico. ARTÍCULO 18°. CONSEJO DIRECTIVO. Instancia superior que define el buen funcionamiento de la institución en el aspecto administrativo, académico y disciplinario. Está integrado por el rector(a) quien lo convoca y preside, dos representantes de los docentes, dos representantes de los padres de familia; un representante del sector productivo; un representante de los estudiantes del grado once elegido por el consejo estudiantil y un representante de los exalumnos. Sus funciones son las establecidas en la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994, las demás que le atribuya el PEI y/o el reglamento interno y demás normas vigentes. ARTÍCULO 19°. RECTOR(A). Representante legal de la institución ante las autoridades educativas, gubernamentales y fiscales del Estado Colombiano y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Sus funciones son las establecidas en la ley 115 de 1994, decreto 1860 de 1994, ley 715 de 2001, ley 1098 de 2006, decreto 1850 de 2002, decreto 1290 de 2009, ley 1620 de 2013, decreto 1965 de 2013, la resolución rectoral N° 002 de 2009 (SIEE), el PEI y demás normas vigentes. ARTÍCULO 20°. CONSEJO ACADÉMICO. Instancia superior que define la orientación pedagógica y académica de la institución; integrado por el rector (a)
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    quien lo convocay preside, coordinador (es) y un docente por cada área definida en el plan de estudios. Sus funciones son las determinadas en el artículo 145 de la ley 115 de 1994, el artículo 24 del decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 de 2009, la resolución rectoral N° 002 de 2009 (SIEE) Sistema de Evaluación y Promoción de Básica y Media; el sistema de evaluación de preescolar, el PEI, la normatividad vigente y las demás funciones que le sean asignadas para la buena marcha de la institución educativa. . CAPITULO V OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN ESCOLAR ARTICULO 21° COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR. Es un órgano consultor del consejo directivo y del rector (a), encargado de asesorar a estas instancias en la resolución de situaciones relacionadas con la convivencia y la disciplina; de igual forma en correspondencia con la ley 1620 de 2013 le corresponde mediar y ayudar a conciliar conflictos escolares mediante la aplicación del pacto de convivencia, liderar y apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del manual de convivencia, atención de situaciones que afecten la convivencia, la prevención y mitigación de la violencia escolar al igual que activar la ruta de atención integral remitiendo a rectoría los casos de alto riesgo de violencia, acoso escolar, ciberbullying o vulneración de derechos para que el rector (a) reporte o/y traslade al ICBF, la comisaria de familia la personería municipal, la policía de infancia y adolescencia los casos que trasciendan del ámbito escolar y revistan características de comisión de una conducta punible, art. 44 y 45 numeral 3 del decreto 1965 de 2013. Además le corresponde liderar los procesos de actualización del manual de convivencia, políticas institucionales de convivencia escolar, proyectos pedagógicos transversales, protocolos y componentes de la ruta de atención integral. Para su funcionamiento se tendrá en cuenta las directrices establecidas en la guía 34 del MEN, los lineamientos de la ley 1620 del 2013, el decreto reglamentario 1965 de 2013, la guía de convivencia escolar N° 49 del MEN, las que le atribuyen el reglamento interno, y demás normas vigentes. ARTÍCULO 22°. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. El comité escolar de convivencia estará conformado por: El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité El personero estudiantil.
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    El docente confunción de orientación. El coordinador cuando exista este cargo. El presidente del consejo de padres de familia. El presidente del consejo de estudiantes. Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. PARÁGRAFO 1: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. PARAGRAFO 2: El Consejo Directivo es quien conforma el comité de convivencia escolar. Art. 22 del decreto 1965 de 2013. ARTÍCULO 23°. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. Son funciones del comité: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este
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    comité de acuerdocon lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía, art. 13 de la ley 1620 de 2013. PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. PENDIENTE EL REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE CONV ESCO. ARTICULO 24°. COMISIÓN DE EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y PROMOCIÓN. Instancia de participación creada por mandato del decreto 1290 de 2009 y adoptada por el SIEE para evaluar los resultados académicos de los estudiantes, atender las reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación, promoción, seguimiento a los compromisos adquiridos con estudiantes, docentes, padres de familia y determinar recomendaciones para los casos especiales de mal comportamiento y bajo rendimiento académico. ELECCIÓN: durante el transcurso del primer mes del año escolar contados desde la iniciación de las actividades académicas, el rector(a) convocara a los padres de
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    familia para queelijan a sus representantes en las comisiones de evaluación, seguimiento y promoción. Su elección se efectuara en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de al menos la mitad de los padres de familia del cual quedara constancia en un acta. Su función según el literal k. del artículo 4° del SIEE es el de reunirse al finalizar cada periodo escolar para analizar el rendimiento académico y disciplinario de los estudiantes, sugerir acciones y estrategias para los estudiantes que hayan obtenido desempeño bajo en dos o más áreas a fin de superar las dificultades. Analiza los casos de estudiantes que demuestren desempeño superior con el propósito de recomendar su promoción anticipada. Este análisis realizado por las comisiones quedará en acta firmada por los integrantes (Rector o su delegado, los directores de grupo y un padre de familia por grado). ARTICULO 25°. COLECTIVOS DE ÁREA. Congrega a los docentes por afinidad de grados o de áreas del saber académico, unidos por un proyecto pedagógico común o plan de estudio institucional, que lideran y promueven en forma interdisciplinaria conforme al art. 14 de la ley 115 de 1994 y el art. 36 del decreto 1860 de 1994. Con lo dispuesto en el art. 1° y 20° de la ley 1620 de 2013, y el parágrafo del art. 36 del decreto 1965 de 2013, le corresponde implementar el programa para el desarrollo de competencias ciudadanas, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en todos los niveles de la institución los cuales deben ser desarrollados por los docentes de todas las áreas y grados. Cada colectivo tiene un jefe de área, elegido por ellos mismos y es el responsable de la eficiencia en el desarrollo de los proyectos transversales y los procesos curriculares relativos al área. ARTICULO 26°. COMITÉS ESTUDIANTILES. Son los grupos de estudiantes que en forma libre y voluntaria se vinculan a cada uno de los proyectos pedagógicos que impulsan los colectivos de área y demás comités que se requiera con el fin de fomentar el espíritu de colaboración para la consecución del bien común. ARTICULO 27°. CONSEJO ESTUDIANTIL. Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada grupo. Elegido por votación secreta desde tercero hasta undécimo grado, para un periodo de un año escolar. El consejo directivo convoca a elecciones estudiantiles en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico para que por votación secreta se elija el VOCERO ESTUDIANTIL para el año lectivo en curso. Los alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de Básica primaria, se convocan a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado. Sus funciones son las establecidas en el
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    artículo 29 deldecreto 1860 de 1994, las que le atribuya el PEI y/o reglamento interno y demás normas vigentes. PARÁGRAFO 1. Se revoca el nombramiento de un alumno miembro del consejo estudiantil cuando incurra en una falta grave, previo concepto de los demás miembros, por unanimidad. PARÁGRAFO 2. Dentro de las primeras siete semanas del calendario académico, el consejo estudiantil elije el representante de los estudiantes ante el consejo directivo entre los alumnos que cursen el grado once. Numeral 4 del artículo 21 y literal B del artículo 29 del decreto 1860 de 1994. PARÁGRAFO 3°. El representante estudiantil al consejo Directivo puede ser relevado de su cargo por el consejo estudiantil y reemplazado por el alumno que obtuvo el segundo lugar en votación, cuando incurra en un bajo desempeño académico, faltas de disciplina graves o cuando incumpla con las funciones y compromisos adquiridos o en caso de renuncia, retiro o traslado. ARTÍCULO 28°. PERSONERÍA ESTUDIANTIL. El personero estudiantil es un alumno o alumna de grado once y se encarga de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política de Colombia, las leyes, los reglamentos y las normas establecidas en el presente pacto de convivencia. PARÁGRAFO 1. El personero se elige entre los treinta días calendario siguiente a la iniciación de clases del periodo lectivo anual. Para tal efecto y mediante voto secreto el rector(a) convoca a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El ejercicio de cargo de Personero es incompatible con el de Representante de los estudiantes al consejo directivo. El personero no tendrá suplente. Si hay renuncia voluntaria o relevo del cargo se hará una nueva elección. Es causal de relevo del cargo de personero el bajo rendimiento académico, el incumplimiento a las normas establecidas en el presente pacto de convivencia o de su programa de gobierno y el no ser ejemplo de los valores que enmarcan el perfil Perdomista ante la comunidad, siendo el consejo estudiantil quien determinará su revocatoria. Sus funciones son las establecidas en el Decreto 1860 de 1994 y las demás actividades afines que le atribuyan el PEI y el pacto de convivencia. ARTICULO 29°. MONITOR ESTUDIANTIL. Es elegido por sus compañeros de curso en coordinación con el director del mismo, en razón de su ejemplar calidad humana para el año lectivo en curso. Sus funciones son las siguientes:
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    a) Ser ejemploen el cumplimiento del pacto de convivencia, destacándose por su responsabilidad y respeto. b) Asistir a reuniones cuando sea convocado(a) a participar con aportes positivos y ser vocero confiable del grupo que representa. c) Llevar información oportuna y veras a sus compañeros sobre temas tratados en reuniones, talleres, conferencias u otras actividades en que haya tomado parte. d) Diligenciar el control de asistencia a clase, escribiendo nombres y apellidos del estudiante que no asiste y una (X) en cada una de las áreas del respectivo horario. e) Presentar al profesor(a) de cada área el control de asistencia diario de asistencia a clase para que registre su firma y entregarlo a coordinación al finalizar la jornada. f) Motivar a sus compañeros para que permanezcan dentro del aula de clase aun en ausencia del profesor(a) siguiendo los trabajos e instrucciones que este haya orientado. g) Colaborar con el director de grupo en la organización de las actividades, cuidado y buen uso del mobiliario del curso a su cargo. h) Velar por la excelente presentación de los integrantes del grupo y buen porte del uniforme. i) Apoyar las diferentes campañas que realiza la institución para mantener las instalaciones en perfecto orden y aseo. j) Exigir el cuidado del mobiliario que le han asignado a cada estudiante del curso, el orden y el aseo del salón al finalizar cada clase. k) Informar al director de curso sobre los actos de indisciplina y daños de mobiliario que ocasione cualquier estudiante del curso. PARAGRAFO 1. El monitor debe responder por el daño o pérdida de la tabla del control de asistencia diario de clase ante coordinación. PARAGRAFO 2. En caso de inasistencia a clase debe delegar la responsabilidad a un compañero de curso para que este diligencie el control de asistencia diario de clases.
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    PARAGRAFO 3. Elmonitor que incumpla con las funciones asignadas será reemplazado del cargo. ARTICULO 30°. CONTRALORÍA ESTUDIANTIL. Será la encargada de promover y actuar como veedora del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, especialmente de los recursos del fondo de servicios docentes del respectivo colegio. La contraloría estudiantil estará compuesta por el contralor estudiantil, el contralor auxiliar y el comité estudiantil de control social. El CONTRALOR ESTUDIANTIL. Será un estudiante matriculado en la institución educativa que será elegido democráticamente por los estudiantes matriculados. Será quien lidere la contraloría estudiantil. Es requisito para ser candidato a contralor estudiantil presentar el Plan de Acción. Sus funciones y atribuciones son las establecidas en el artículo 4° de la ordenanza departamental N° 32 de 2008 así: a) Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes de su institución, a través de actividades formativas y/o lúdicas, con el apoyo de la institución y de la contraloría departamental. b) Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución con el apoyo de la contraloría departamental. c) Velar por el mejoramiento de la calidad educativa. d) Promover la enseñanza, educación y el respeto por los derechos humanos dentro y fuera de la institución educativa. e) Preservar en la institución educativa y fuera de ella un medio ambiente sano y libre de contaminación, así como la preservación de los recursos naturales. f) Presentar a la contraloría departamental las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes de la institución educativa a la que pertenecen. g) Solicitar las actas de consejo directivo, para poder hacer seguimiento a las decisiones que se tomen sobre el uso de los bienes y servicios de la institución.
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    h) Convocar trimestralmentey presidir las reuniones del comité estudiantil de control social. i) Presentar una redición de cuentas semestralmente sobre sus actuaciones en el ejercicio de sus funciones. j) Las demás que le sean asignadas por la contraloría departamental. ARTICULO 31° ELECCIÓN. El Contralor y el Contralor auxiliar son elegidos por un periodo de un año, elecciones que se realizara dentro de los treinta días calendario siguientes a la iniciación de clases del periodo lectivo anual. Para tal efecto la rectora convocara a todos los estudiantes con el fin de elegirlos por el sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto. El Contralor Auxiliar será el estudiante que obtenga la segunda votación en las elecciones y ejercerá las mismas funciones de Contralor Estudiantil en los casos de faltas temporales o absolutas. ARTICULO 32° REVOCATORIA. Podrá revocarse el mandato del Contralor Estudiantil, por iniciativa de los estudiantes, motivada por el incumplimiento de sus funciones. ARTICULO 26° INCENTIVOS A LA PARTICIPACIÓN. El ejercicio del cargo de contralor estudiantil, equivaldrá a las horas de prestación de servicio social estudiantil obligatorio. Para hacerse acreedor de este incentivo deberá ejercer sus funciones durante todo el periodo para el cual fue elegido. ARTICULO 33°. ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA. Constituida por la totalidad de padres de familia de la institución educativa Gustavo Perdomo Ávila, quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijos. Según el artículo cuarto del decreto 1286 de 2005 debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año y extraordinariamente cuando la institución lo estime conveniente por convocatoria del rector(a) para deliberar, elegir representantes, participar en el desarrollo de proyectos pedagógicos, del pacto de convivencia, del PEI, de los resultados de las pruebas saber, del sistema institucional de evaluación y promoción, recibir informes administrativos, de periodos académicos, de rendición de cuentas de los fondos de servicios educativos en las áreas de gestión y tomar decisiones en asuntos relacionados con la formación integral de sus hijos y demás procesos educativos de la institución. ARTICULO 34°. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. Es una entidad jurídica de derecho privado sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en el
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    establecimiento educativo. Enel primer mes del año escolar el rector(a) convocará y presidirá la asamblea general de padres de familia para que elijan los miembros que conformarán la Asociación de Padres de familia. Una vez elegidos internamente se distribuirán los cargos de presidente, vicepresidente, tesorero, secretario, fiscal y vocal (es). El procedimiento para su constitución y sus funciones son las establecidas en el Decreto 1286 de 2005. ARTICULO 35°. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA. Es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca el plantel educativo, de conformidad con lo que establece el PEI. Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la iniciación de las actividades académicas, el rector (a) convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres de familia. La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de al menos el 50% de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión. Sus funciones son las establecidas en el Artículo 7 del Decreto 1286 de 2005. ARTÍCULO 36°. ASOCIACION DE EXALUMNOS. Es un ente organizativo al que tienen derecho todos los estudiantes egresados de la institución y que los reúne en torno a objetivos comunes de integración, apoyo, asesoría o servicios de esta, como gesto de agradecimiento y lealtad a la misma. Dentro de los 60 días calendario escolar, el rector(a) convocará y presidirá dicha reunión para su respectiva elección y recibirán toda la información necesaria para que puedan cumplir sus funciones. CAPITULO VI RESPONSABILIDADES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACION PARA LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACION PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCION Y LA MITIGACION DE LA VIOLENCIA ESCOLAR. ARTICULO 37° RESPONSABILIDADES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:
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    1) Garantizar asus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la presente Ley. 3) Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes. 4) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. 5) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 6) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo. 7) Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.
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    8) Adoptar estrategiaspara estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 9) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio. ARTÍCULO 38°. Responsabilidades del director o rector del establecimiento educativo en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades: 1) Liderar el comité, escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11',12 Y 13 de la presente Ley. 2) Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 3) Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 4) Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos. ARTÍCULO 39°. Responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades: 1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.
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    Si la situaciónde intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. 4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. CAPITULO VII OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS ARTÍCULO 40°. OBLIGACIONES. Para cumplir con su misión las instituciones educativas tendrán entre otras las siguientes obligaciones: 1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. 2. Brindar una educación pertinente y de calidad. 3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. 4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica.
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    7. Respetar, permitiry fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. 8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de lo niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. 12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. ARTÍCULO 41°. OBLIGACIÓN ÉTICA FUNDAMENTAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS. Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán: 1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. 2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores. 3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. ARTÍCULO 42°. OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. Los directivos y docentes de los
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    establecimientos académicos yla comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. 3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. 6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. 8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. 9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja. ARTÍCULO 43°. PROHIBICIÓN DE SANCIONES CRUELES, HUMILLANTES O DEGRADANTES. Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación formal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar.
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    CAPITULO VIII PROCESODE INGRESO Y PERMANENCIA ARTICULO 44°. PROCESO DE MATRICULA. Para garantizar el acceso y la permanencia a la población en edad escolar y a la población vulnerable en los niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria y media, la institución se apoya en la resolución número 5360 de 2006 del MEN, el art. 51 de la ley 1448 de 2011, el art. 91 del decreto 4800 de 2011 y la resolución departamental que a junio de cada año expide sobre el proceso de matrícula, la ley 115 de 1994, sentencias, directivas, circulares y demás normatividad vigente que para tal efecto se expiden, los cuales establecen los lineamientos y criterios generales para la organización del proceso de asignación de cupos y la matricula oficial para cada año lectivo. En consecuencia el estudiante que aspire ingresar a la institución deberá hacerlo según las directrices ministeriales y las normas territoriales en mención que para el efecto el rector(a) publicara las fechas para inscripción y matricula de alumnos nuevos y renovación para antiguos el cual deberá hacerlo en los días y horario previamente establecido según el calendario escolar. Para efectos legales en este proceso se podrán matricular estudiantes hasta el 30 de marzo del año lectivo, pasada esta fecha solo se podrán matricular por transferencia siempre y cuando acredite los documentos que exige la institución. ARTICULO 45°. ADMISION. Es el medio por el cual la institución educativa determina y admite la vinculación de estudiantes nuevos, antiguos y por transferencias a cursar los diferentes niveles y ciclos ofrecidos por la institución que en forma voluntaria solicita cupo(s) y reúne los requisitos establecidos por el MEN, la Secretaría de Educación Departamental, la institución y el pacto de convivencia. Para ser admitido y formar parte integrante de esta comunidad educativa se debe cumplir con los siguientes parámetros: 1. Solicitar cupo ante rectoría y estar respaldado por los padres y/o acudientes con condiciones éticas, morales, socioafectivas y de responsabilidad para asistirlo en las situación que lo requieran y/o cuando la institución lo solicite. 2. Presentación de documentos según el nivel a cursar ante el rector(a) para su debida verificación así:
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    2.1. PARA ESTUDIANTESDE PREESCOLAR: a. Registro civil de nacimiento donde acredite parentesco. b. Tres fotos recientes 3x4. c. Una carpeta para archivar. d. Fotocopia del carnet de vacunación. e. Fotocopia del carnet de salud. f. Certificado de estratificación o constancia de cabildo y/o resguardo actualizada. g. Certificado de grupo sanguíneo, factor RH h. Fotocopia de cedula de ciudadanía de los padres. i. fotocopia de un recibo de servicios públicos. j. fotocopia del registro de control de crecimiento y desarrollo. k. Los demás requisitos que el consejo directivo acuerde. 2.2. PARA ESTUDIANTES NUEVOS DE BASICA PRIMARIA: a. Registro civil de nacimiento donde acredite parentesco. b. Tres fotos recientes 3x4. c. una carpeta para archivar. d. Certificado de comportamiento o fotocopia del observador. e. Informe final de calificaciones del año anterior. f. Fotocopia del carnet de salud. g. Certificado de estratificación o constancia de cabildo y/o resguardo actualizada. h. Certificado de grupo sanguíneo, factor RH. i. Fotocopia de cedula de ciudadanía de los padres. j. fotocopia de un recibo de servicios públicos. k. boletines y/o certificados de notas de periodos y/o años cursados. l. registro SIMAT que acredite que fue liberado de la institución donde estudiaba. m. Paz Y salvo por todo concepto con la institución de donde proviene si se requiere. n. Fotocopia de la tarjeta de identidad. o. Certificado médico en casos que se requiera. p. Certificación de desplazado en casos que se requiera. q. Los demás requisitos que el consejo directivo acuerde. 2.3. PARA ESTUDIANTES NUEVOS DE BASICA SECUNDARIA Y MEDIA: a. Certificado de 5° primaria. b .boletines y/o certificado de notas de años y/o periodos cursados. c. Tres fotos recientes 3x4. d. Una carpeta para archivar. e. Certificado de comportamiento o fotocopia del observador. f. Fotocopia del carnet de salud. g. Certificado de estratificación o constancia de cabildo y/o resguardo actualizada. h. Certificado de grupo sanguíneo, factor RH. i. Fotocopia de la tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía. j. certificado médico en casos que se requiera k. Paz y salvo por todo concepto con la institución de donde proviene en casos que se requiera.
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    l. Fotocopia decedula de ciudadanía de los padres. m. fotocopia de un recibo de servicios públicos. ñ. Registro SIMAT que acredite que fue liberado de la institución donde estudiaba. o. Certificado de desplazado en casos que se requiera. p. Los demás requisitos que el consejo directivo acuerde. 2.4. PARA ESTUDIANTES ANTIGUOS: a. La carpeta de hoja de vida que se encuentra en la institución. b. Informe final de calificaciones del año anterior. c. Tres fotos recientes 3x4. d. Recibo de paz y salvo por todo concepto con la institución. 3. Que exista disponibilidad de cupo conforme a los parámetros del MEN (relación técnica alumno-docente) 4. Que cumpla con las edades reglamentarias: para preescolar cinco años, para grado primero seis años y para secundaria once años en adelante. 5. Que conozca, acepte y cumpla con la filosofía, los principios y valores institucionales establecidos en el PEI y las normas del pacto de convivencia vigente. 6. Firmar el acta de compromiso y aceptación del pacto de convivencia escolar. 7. Recibir orden de matrícula y asignación del grupo y/o grado por parte del rector(a). 8. LEGALIZACION DE MATRICULA. Acto que formaliza la vinculación del estudiante al servicio educativo que ofrece la institución mediante el diligenciamiento de los datos del padre de familia y/o acudiente o persona que tenga la custodia ante la secretaría de la institución. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos están aceptando los derechos y obligaciones definidas en el presente pacto de convivencia escolar. Art. 87 y 95 de la ley 115 de 1994. 7. Registro oficial de la matrícula del estudiante en el sistema integrado de matrícula SIMAT por el rector(a) de la institución y 8. Archivo de la carpeta del estudiante matriculado por curso y orden alfabético. PARÁGRAFO 1° Los dineros recaudados y donados de manera solidaria por el padre de familia, acudiente y/o convenio con otras instituciones serán consignados en la cuenta del Fondo de Servicios Docentes de la institución.
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    PARÁGRAFO 2° Ladiligencia de la matricula será en presencia del rector(a), la secretaria, el estudiante y el padre de familia o acudiente autorizado. La firma del estudiante es indelegable. PARÁGRAFO 3° El estudiante que haya sido remitido al consejo directivo y/o comité de convivencia escolar por dificultades disciplinarias deberá presentar constancia firmada por dicho comité y/o consejo, que permita la continuidad de estudios en la institución e igualmente junto con el padre de familia o acudiente autorizado firmarán compromisos de cumplimiento disciplinario. PARAGRAFO 4° Los estudiantes no promocionados al siguiente grado por bajo desempeño académico, por inasistencia o por mal comportamiento para ser admitidos deberán firmar un compromiso académico y disciplinario, junto con el padre de familia o acudiente. El incumplimiento del compromiso implicará el inicio del debido proceso. PARÁGRAFO 5° Cuando el estudiante padece de enfermedades que no le permitan desarrollar actividades pedagógicas o físicas debe notificarlo por escrito, anexando certificado médico. PARÁGRAFO 6° El estudiante con comportamiento inferior a 3.0 (tres cero) en el informe final, perderá el cupo en la institución. PARÁGRAFO 7° El cupo en la institución está determinado por la capacidad de la planta física, la proyección de cupos y la relación técnica alumno-docente según las normas vigentes. PARAGRAFO 8°. La cancelación de la matrícula de un estudiante la solicitará únicamente el padre de familia y/o acudiente que firmó la matrícula y solo a ellos se le entregará la carpeta. Si por algún motivo quien firmó la matrícula no puede hacer esta diligencia, este deberá delegar a la persona de confianza mediante una autorización autenticada y/o certificación de custodia expedida por la Comisaría de Familia. PARAGRAFO 9°. Para matrículas por transferencia y/o traslados de estudiantes de otra institución se procederá de acuerdo a los requisitos establecidos en los artículos 44° y 45° del presente pacto de convivencia. Corresponde al rector(a) definir o no su ingreso y permanencia en esta institución educativa. ARTICULO 46°. PERMANENCIA. La institución educativa velara por la permanencia de los estudiantes desde el grado de preescolar hasta el grado once, por lo tanto el derecho a la educación como la permanencia, se garantiza siempre y cuando el estudiante(s) no violen reiteradamente las normas académicas y de comportamiento establecidas en el presente pacto de convivencia, pues el
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    incumplimiento de losdeberes del estudiante y demás normas de convivencia escolar para con la comunidad educativa representan abuso del derecho en cuanto impiden alcanzar los propósitos institucionales, art. 95 C.P. La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte del alumno no será causal de exclusión del respectivo establecimiento cuando no este asociada a otra causal expresamente contemplada en el reglamento institucional o pacto de convivencia, articulo 96 - ley 115/94. ARTICULO 47°. ESTRATEGIAS DE PERMANENCIA ESCOLAR. Conforme a la constitución política, la ley 115 del 94 y demás normas vigentes, la institución educativa Gustavo Perdomo Ávila garantiza el acceso y propenderá por la permanencia de los estudiantes en condiciones de inclusión social en todos los niveles que ofrece esta institución a través de las siguientes estrategias: a) Inducción a estudiantes nuevos, antiguos y a sus familias al inicio del año escolar. b) Gratuidad educativa. c) Dialogo de motivación hacia el aprendizaje por parte de los docentes, directivos y docente orientador. d) Currículo y/o contenido flexible acorde a su propio contexto. e) Ofrecimiento de todo el sistema educativo: transición, básica primaria, básica secundaria y media. f) Sistema institucional de evaluación y promoción flexible. g) Desarrollo de actividades extracurriculares y/o curriculares que propician la participación de los estudiantes en el gobierno escolar y la formación integral en aspectos sociales, artísticos, de desarrollo de competencias, deportivas, de convivencia institucional, etc, etc. h) Ofrecimiento de servicios complementario como restaurante escolar, transporte subsidiado por la alcaldía municipal, tienda escolar, programas de salud dirigidos por el hospital y el municipio y programas de prevención escolar dirigidos por la institución educativa. i) Promoción y apoyo de los diferentes órganos e instancias de participación escolar en el ejercicio de sus funciones.
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    j) Disponibilidad delpersonal que labora en la institución para dedicarle al estudiante el tiempo necesario y la atención debida con el fin de responder oportunamente a sus problemas e inquietudes. k) Existencia de estímulos y buen trato que la institución da a los estudiantes para reconocerlos y valorarlos como personas. l) Servicio de orientación escolar para identificar la satisfacción de sus necesidades y expectativas de los estudiantes y en casos de vulneración de derechos, con el fin de dar respuesta oportuna a los problemas, inquietudes, quejas y reclamos de la comunidad educativa. m) Acceso y uso de las TIC como complemento al aprendizaje y la creatividad. n) Promoción anticipada en el primer periodo académico de cada año para estudiantes reprobados según criterios del sistema institucional de evaluación y promoción. Parágrafo 1°. El bajo rendimiento académico del estudiante de manera persistente y, si reiteradamente incumple pautas mínimas y muestra desinterés, falta de compromiso, sentido de pertenencia, grave y/o gravísima indisciplina pueden serán causales a tener en cuenta para abrir procesos disciplinarios y determinar sanción temporal, exclusión de la institución y/o perdida del cupo según el presente pacto de convivencia y las sentencias de la corte constitucional T439 de 1994, T323 de 1994, T329 de 1993, T612 de 1992, C555 de 1994, T562 de 1993, T092 de 1994, T500 de 1998 y 1992, T348 de 1996, T024 de 1996, T519 de 1992, T543 de 1997 entre otras. CAPÍTULO IX DESARROLLO ACADÉMICO ARTICULO 48°. JORNADA LABORAL DE LOS DOCENTES. Será de seis (6) horas diarias de permanencia en la institución educativa, dedicadas al cumplimiento de su asignación académica y a la ejecución de actividades curriculares complementarias tales como la administración del proceso educativo; la preparación de su tarea académica; la evaluación, la calificación, planeación, disciplina y formación de los alumnos; las reuniones de profesores generales o por área; la dirección de grupo y servicio de orientación estudiantil; la atención de la comunidad, en especial de los padres de familia; las actividades formativas, culturales y deportivas contempladas en el proyecto educativo institucional; la realización de otras actividades vinculadas con organismos o instituciones del sector que incidan directa e indirectamente en la educación; actividades
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    de investigación yactualización pedagógica relacionadas con el proyecto educativo institucional; y actividades de planeación y evaluación institucional. El tiempo restante de la jornada laboral será establecido mediante acuerdos escritos entre el rector(a) y cada docente para el uso de las dos horas en actividades propias de su cargo dentro o fuera del plantel, Art 9° del decreto 1850 de 2002. Para la institución educativa, la jornada laboral de los docentes del nivel preescolar, primaria, secundaria, y media es la siguiente: 1. SEDE N°1. GUSTAVO PERDOMO AVILA a. Jornada Mañana: 6:00 a.m. – 12:00 m b. Jornada Tarde: 12:00 m – 6:00 p.m. 2. SEDE N° 2. REBEIZ PIZARRO a. Jornada Mañana: 6:00 a.m. – 12:00 m 3. SEDE N° 3. JARDIN INFANTIL MONTESSORI a. Jornada Tarde: 12:00 m – 6:00 p.m. 4. SEDE N° 4 PALMA-ALTA (ZONA RURAL) a. Jornada Mañana: 7.00 a.m. – 1:00 p.m. 5. SEDE N° 5 SAN MIGUEL (ZONA RURAL) a. Jornada Mañana: 6:30 a.m. – 12:30 p.m. ARTICULO 49°. JORNADA LABORAL DE DIRECTIVOS Y DOCENTE ORIENTADOR. Su permanencia se distribuirá en las jornadas o plantas físicas a su cargo, de tal manera que dediquen como mínimo ocho (8) horas diarias al cumplimiento de sus funciones en el establecimiento educativo. Parágrafo 1 del artículo 11° del decreto 1850 del 2002. PARÁGRAFO 1° El horario de la jornada escolar y laboral de los docentes estará sujeto a modificaciones según las circunstancias y las disposiciones del MEN. ARTICULO 50° ASIGNACION ACADEMICA. Es el tiempo que distribuido en periodos de clase, dedica el docente a la atención directa de sus estudiantes en actividades pedagógicas correspondientes a las áreas obligatorias y fundamentales, asignaturas y optativas de conformidad con el plan de estudios.
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    Conforme a lapotestad que le da el art. 2° y 3° del decreto 1850 de 2002 y el P.E.I, la asignación académica semanal de cada docente será: Para el docente de preescolar, 20 horas semanales de 60 minutos, distribuidos en cuatro periodos de clase de 55 minutos con un descanso asistido de 45 minutos según resolución deptal N° 080 de 2008; para el docente de primaria, 25 horas semanales de 60 minutos distribuidos en cinco periodos de clase de 55 minutos con dos descansos asistidos de 15 minutos y para el docente de básica secundaria y media, 22 horas semanales de 60 minutos, distribuidos en seis periodos efectivos de clase de 55 minutos con dos descansos asistidos de 15 minutos. ARTICULO 51° SERVICIO DE ORIENTACIÓN ESTUDIANTIL. Todos los directivos docentes y los docentes deben brindar orientación a sus estudiantes, en forma grupal o individual, con el propósito de contribuir a su formación integral, sin que la dirección de grupo implique para el docente de educación básica secundaria y educación media una disminución de su asignación académica de veintidós (22) horas efectivas semanales, art. 6° del decreto 1850 de 2002. ARTICULO 52° HORARIO DE LA JORNADA ESCOLAR. Es el tiempo de permanencia de los estudiantes dentro de las aulas de clase y/o espacios de la institución dedicada al aprendizaje que conforme al plan de estudios, el P.E.I y los artículos 1°, 2°, 3° y 5° del decreto 1850 de 2002, la institución determinó la prestación del servicio público educativo dentro de un horario escolar donde los estudiantes del nivel de preescolar cumplirán con una intensidad diaria de cuatro (4) horas con periodos de clase distribuidos en juego libre, actividades iniciales o de rutina, desarrollo de proyectos de aula, lonchera, descanso asistido de 45 minutos y actividades finales de despedida según decreto 2247 de 1997 y resolución deptal 080 de 2008; para educación básica primaria tendrá una intensidad diaria de cinco (5) horas de 60 minutos distribuidos en periodos efectivos de clase de 55 minutos incluyendo dos descansos asistidos de 15 minutos; en básica secundaria y media los estudiantes cumplirán seis (6) horas de 60 minutos distribuidos en periodos efectivos de clase de 55 minutos incluyendo dos descansos asistidos de 15 minutos cada uno. El calendario académico está distribuido en cuatro periodos académicos iguales, los cuales suman 40 semanas lectivas de atención directa a los estudiantes. La asistencia y puntualidad es base indispensable para el desarrollo del proceso formativo, por lo tanto los estudiantes deben de cumplir los horarios de entrada y salida y recibir todas las clases de manera
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    obligatoria dentro delhorario de la jornada escolar establecidas para cada nivel así: 1. SEDE N° 1. GUSTAVO PERDOMO AVILA a. Jornada Mañana: Preescolar. Inicio de clases 7:35 a.m. - Terminación de clases 11:35 a.m. b. Jornada Mañana: Primaria. Inicio de clases 6:30 a.m. - Terminación de clases 11:35 a.m. c. Jornada Tarde: Básica Secundaria y Media. Inicio de clases 12:00 m. – Terminación de clases 6:00 p.m. 2. SEDE N° 2. ESCUELA GENERAL REBEIZ PIZARRO a. Jornada Mañana: Preescolar. Inicio de clases 7:35 a.m. – Terminación de clases 11:35 a.m. b. Jornada Mañana: Primaria. Inicio de clases 6:30 a.m. – Terminación de clases 11:35 a.m. 3. SEDE N°3 JARDIN INFANTIL MONTESSORI a. Jornada Tarde: Preescolar. Inicio de clases 2:00 p.m. – Terminación de clases 6:00 p. m. 4. SEDE N°4. PALMA-ALTA (ZONA RURAL) a. Jornada Mañana: Preescolar. Inicio de clases 8:30 a.m. – Terminación de clases 12:30 p.m. b. Jornada Mañana: Primaria. Inicio de clases 7:30 a.m. – Terminación de clases 12:30 p.m. 5. SEDE N° 5. SAN MIGUEL ( ZONA RURAL) a. Jornada Mañana: Primaria. Inicio de clases 7:00 a.m. – Terminación de clases 12:00 m. PARÁGRAFO 1° Un estudiante es declarado desertor cuando deja de asistir consecutivamente a clases durante diez semanas lectivas, sin ninguna justificación por parte del padre de familia o acudiente. CAPITULO X
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    SISTEMA INSTITUCIONAL DEEVALUACION Y PROMOCION ARTÍCULO 53° SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DEL NIVEL PREESCOLAR (SIEEPRE). Para la organización y funcionamiento del nivel preescolar, el consejo directivo en atención a lo previsto en la ley 115 de 1994, el Decreto 1860 del 94 y el Decreto 2247 del 97 y demás normas vigentes. ARTICULO 54° SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS NIVELES DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA. El consejo Directivo en correspondencia con el artículo 4° del Decreto 1290 del 16 de abril del 2009 y por acuerdo N°002 de octubre 19 de 2009, fijó y adoptó para los niveles de educación básica y media, el sistema institucional de evaluación y promoción para los estudiantes (SIEE) de la institución Educativa Gustavo Perdomo Ávila así con los siguientes criterios de evaluación: 1. EVALUACIÓN. Es un sistema integrado y continuo que fortalece los aspectos: cognitivos, cognoscitivos y socio afectivos; se fundamenta en los procesos de autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación, los cuales se aplicarán durante los cuatro periodos académicos. a. En los periodos lectivos se aplicaran los procesos de evaluación (autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación); cada docente en común acuerdo con los estudiantes definirá el proceso de valoración. b. La heteroevaluación debe ser aplicada en dos formas: abierta teniendo en cuenta las competencias básicas específicas y generales; cerrada, de manera que propicie el manejo de las pruebas Saber e ICFES. c. La valoración del comportamiento se definirá a través de la coevaluación entre estudiantes y Director de grado, apoyados en el observador del educando y el manual de convivencia y si se requiere hará presencia el Coordinador(a) 2. PROPÓSITOS DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL a. Reconocer los intereses personales del estudiante, para potencializar sus capacidades y valorar sus avances, mediante el diligenciamiento del anecdotario b. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos a través de los procesos de autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación, a fin de lograr el desarrollo integral de los estudiantes.
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    c. Implementar estrategiaspedagógicas que permitan la superación de dificultades con bajo desempeño académico y retroalimentar el proceso con los educandos que demuestren desempeño superior. d. Adoptar información que permita diseñar estrategias para el ajuste e implementación del Plan de Mejoramiento Institucional. e. Determinar la promoción de los estudiantes (Art.4° del SIEE Institucional). 3. CRITERIOS DE PROMOCIÓN. Se considera promocionado un estudiante cuando: a. Obtiene las valoraciones que representan los niveles básicos, altos o superiores en cada una de las áreas. b. Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el registro escolar. c. Al cursar el grado once obtiene resultados con promedios altos en todas las áreas evaluadas por el ICFES, aun cuando su desempeño en el aula es bajo, en este caso el estudiante deberá continuar con sus obligaciones académicas y asistencia diaria hasta culminar el año lectivo. d. El estudiante no promocionado, si en el primer período del año siguiente demuestra un desempeño alto en las áreas que no permitieron su promoción será promovido al grado siguiente con la valoración obtenida. e. El estudiante que pierda un área, pero que su promedio general sea igual o mayor a 3.9, el área perdida quedará con desempeño básico por lo tanto no presentara nivelación. f. Ha perdido una o dos áreas, debe presentarse a las actividades de nivelación en la fecha y hora indicada; en caso que no alcance desempeño básico en un área será promocionado y en el registro de notas quedara la valoración obtenida. En caso de no presentarse no será promocionado. PARAGRAFO: Si la no presentación obedece a una caua justificada (enfermedad, calamidad doméstica) se tendrá en cuenta para programar una nueva fecha dentro del mismo año escolar.
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    g. Por ningúnmotivo se le negara el cupo a un estudiante no promocionado. 4. Se considera no promocionado un estudiante cuando: h. Ha presentado desempeño bajo en tres o más áreas i. Haya dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de sus actividades académicas durante el año escolar. j. Ha obtenido desempeño bajo en dos áreas y habiendo presentado nivelación no alcanza el desempeño básico. k. Para garantizar la aplicación racional y ética del sistema de evaluación, seguimiento y promoción, la institución contará con comisiones de evaluación, seguimiento y promoción por grados integradas por el rector (a) o su delegado, los directores de grupo, un padre de familia por cada grado y un estudiante. 5. Funciones de las comisiones de evaluación, seguimiento y promoción a. Reunirse al finalizar cada periodo escolar para analizar el rendimiento académico y disciplinario de los estudiantes. b. Sugerir acciones y estrategias para los estudiantes que hayan obtenido desempeño bajo en dos o más áreas a fin de superar las dificultades. c. Analizar los casos de estudiantes que demuestren desempeño superior con el propósito de recomendar su promoción anticipada d. El análisis realizado por las comisiones, quedará en acta firmada por sus integrantes. PARAGRAFO: a. La promoción y graduación de los estudiantes que culminen la educación media estará sujeta al artículo 4°, Literales a, c, y e. b. En caso de un estudiante que no sea promovido o graduado, se hará un seguimiento al desempeño en las áreas que no permitieron su promoción y si en el primer período demuestra desempeño alto, será promovido al grado siguiente o graduado. 6. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL. La Institución Educativa Gustavo Perdomo Ávila adopta la siguiente escala de valoración cuantitativa y cualitativa de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias fundamentales y optativas, teniendo como referente los estándares, los
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    lineamientos curriculares ylo establecido en el PEI. La escala de valoración para desempeño académico y disciplinario será de 1 a 5 en los siguientes rangos. a. De 1.0 a 2.9 Desempeño Bajo (DBJ) b. De 3.0 a 3.9 Desempeño Básico (DBS) c. De 4.0 a 4.5. Desempeño Alto (DAL) d. De 4.6 a 5.0 Desempeño Superior (DSP) 6.1. Se obtendrá desempeño bajo cuando un estudiante obtenga valoración en sus procesos cognoscitivos y formativos entre 1.0 y 2.9 atendiendo los siguientes atributos: a. No alcanzo los indicadores de logro mínimo o las insuficiencias persisten después de realizadas las actividades de recuperación. b. Presenta faltas de asistencia injustificada en un área c. Presenta dificultades de comportamiento d. No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas e. No demuestra sentido de pertenencia institucional 6.2. Se considera un estudiante con desempeño básico cuando su valoración en los procesos cognitivos y formativos se encuentre entre 3.0 – 3.9 cumpliendo con los siguientes atributos: a. Alcanza los desempeños mínimos con actividades de recuperación dentro del período académico b. Presenta faltas de asistencia, justificada e injustificadas. c. Presenta algunas dificultades de comportamiento. d. Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas. e. Manifiesta sentido de pertenencia a la institución. f. Obtiene los desempeños evidenciando algunas dificultades. 6.3. Se obtendrá desempeño alto cuando un estudiante obtenga valoración en sus procesos cognitivos y formativos entre 4.0 – 4.5 cumpliendo con los siguientes atributos.
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    a. Alcanza todoslos desempeños propuestos pero con algunas actividades de recuperación b. Tiene fallas de asistencia justificada c. Reconoce y supera sus dificultades d. Desarrolla actividades curriculares especificas e. Manifiesta sentido de pertenencia con la institución 6.4. Se obtendrá desempeño superior cuando un estudiante obtenga 4.6 a 5.0 en la valoración de procesos cognitivos y formativos sin presentar actividades de recuperación y cumple con los siguientes atributos: a. No tener fallas aun teniéndolas presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectada. b. No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto de convivencia con ninguna de las personas de la comunidad educativa. c. Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas. d. Manifiesta sentido de pertenencia institucional e. Participa en las actividades curriculares y extracurriculares. f. Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo. 7. ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES. Para la valoración integral de los desempeños de los estudiantes se tendrá en cuenta los aspectos cognitivos, cognoscitivos y socio afectivo. a. Aptitudes de respeto, convivencia, solidaridad, tolerancia, responsabilidad, participación en las actividades programadas. b. La aplicación y relación de las temáticas desarrolladas a través de la solución de problemas, el establecimiento de analogías, relación causa efecto, comprobación de hipótesis, contextualización y actitudes críticas frente al saber. c. La heteroevaluación: Estructurada desde las pruebas de estado (SABER), dando prioridad a éstas en todos los niveles Teniendo en cuenta las competencias generales, específicas y básicas. d. En los procesos anteriores también se aplicará la coevaluación a fin de mantener y/o mejorar los desempeños de los estudiantes.
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    e. Formar gruposde apoyo con los mejores estudiantes para que refuercen a los que presentan dificultades. 8. ACCIONES DE SEGUIMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. a. El docente de cada área mantendrá un dialogo fluido y motivante con los estudiantes b. El director del grupo hará un seguimiento periódico al proceso académico, en caso de desempeño bajo, el docente del área y/o director de grado, citara el padre de familia para establecer compromisos firmado entre los docentes de las áreas, el coordinador (a) y el estudiante. c. Durante el periodo se aplicará actividades de recuperación. Si el educando no logra superar sus dificultades continuará con su valorización hasta finalizar el año excepto si obtiene un promedio de desempeño básico. d. Reunión con padres de familia, el estudiante implicado director de grado y los demás profesores que se considere necesario y como resultado de esta diligencia quedará un acta de seguimiento en forma especial consignada en el observador. 9. PROCESOS DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. En todas las áreas y para cada periodo académico, se favorecerá la autoevaluación de los estudiantes con una intención netamente formativa que contribuya a la forma de conciencia de proceso de aprendizaje y que ayude al estudiante a establecer sus dificultades y avances en su desempeño. Periódicamente los docentes dará un espacio a los estudiantes para que reflexione mediante preguntas como: ¿Qué aprendí hoy? ¿Qué hice bien? ¿En qué tengo todavía confusión? ¿ En qué necesito ayuda’ ¿Sobre qué quiero saber más? ¿Cuál va hacer mi próximo trabajo? Además el estudiante se valora teniendo en cuenta discusiones con la participación de toda la clase o de grupo pequeños, cuaderno o diario de reflexión, lista de chequeo e inventario de autoevaluaciones, entrevistas maestro –estudiante. Este proceso se realizará con base en compromisos adquiridos durante el año escolar los cuales quedaran en actas firmadas entre estudiante y docente. 10. ESTRATEGIAS DE APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. El docente realizará un cronograma de recuperación durante cada periodo para que el estudiante de
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    manera idónea superelas dificultades a través de talleres, guías, exposiciones, pactados dentro de un compromiso con padres de familia. Formar grupos de apoyo con los estudiantes que presentan desempeño alto para que refuercen a los que tengan dificultades. 11. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO CUMPLAN CON LOS PROCESOE EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SIEE. Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en este acuerdo, cualquier miembro de la comunidad educativa, estará atento para que estas pautas sean conocidas y divulgadas, en caso de alguna irregularidad, se dirigirá a quien corresponda, haciendo uso de los derechos al debido proceso, a la educación a la diferencia en los ritmos de aprendizaje. Para las actividades de evaluación, seguimiento y promoción al consejo académico, propone ante el consejo directivo la creación de las siguientes acciones: a. Creación de comisiones de evaluación, seguimiento y promoción por grados, según Capitulo I, Artículo 4, Literal K. b. La rectora liderara el cumplimiento de los procesos de evaluación, establecidos en el SIEE. c. Los coordinadores velarán porque se aplique los procesos de evaluación a través de:  Seguimiento de los compromisos establecidos durante el año entre estudiante y docente.  Revisión periódica del plan de clase  Revisión del debido diligenciamiento de planilla.  El cumplimiento del cronograma de actividades programadas por los docentes para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes.  La verificación del diligenciamiento oportuno del observador del alumno.  Seguimiento del ausentismo de los estudiantes a través del control diario de clase.  Seguimiento y evaluación del plan de área. d. Los docentes deberán:
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     Establecer conlos estudiantes compromisos que incluyan los procesos de evaluación en su asignatura, consignados en acta.  Asignar porcentajes a cada proceso evaluativo , previa concertación con los estudiantes , los cuales quedarán registrados en el acta  Definir en el plan de clases los procesos de evaluación  Dar cumplimiento al cronograma fijado paras las actividades de recuperación  Diseñar y aplicar evaluaciones tipo prueba SABER 12. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA. El año escolar se divide en 4 periodos académicos de igual duración, al término de cada uno y en un tiempo básico de 20 días, se entregara informe escrito a los padres de familia. Al finalizar el año lectivo se entregara´ un informe final donde se define la promoción o no del estudiante. Las reuniones programadas a los padres de familia deben ser de obligatorio cumplimiento sin excepción alguna. 13. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES. El informe que se entregará a los padres de familia o acudientes deberá contener las valoraciones cuantitativas adoptadas por la institución y su equivalente con la escala de valoración Nacional, así como los niveles de desempeño y recomendaciones presentadas en el periodo. Se registrará además la intensidad horaria de cada área, las inasistencias y observaciones disciplinarias. El informe final indicará los promedios obtenidos en cada área y el comportamiento en términos cuantitativos y su equivalente con la escala de valoración nacional, además definirá o no la promoción del estudiante. 14. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMO DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUCION Y PROMOCIÓN 14.1. DEBIDO PROCESO 14.2. INSTANCIA. Para resolver la reclamación de un padre de familia, acudiente y/o estudiante, se establece el siguiente proceso: 14.2.1. Primera instancia
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    a. Docente dela asignatura b. Director de grupo c. Coordinador(a) d. Comisión de evaluación, seguimiento y promoción e. Consejo académico 14.2.2. Segunda instancia a. Consejo directivo b. Jefe de núcleo 14.3 PROCEDIMIENTO. El padre de familia, acudiente y/o estudiante, que necesite hacer una reclamación deberá seguir la primera instancia así: a. Solicitud escrita al docente del área con el que se presenta la inconformidad , fundamentada en evidencia reales, no en supuestos , en un término máximo de 3 días hábiles posteriores a la evaluación . El docente deberá tratar la petición y responderla por escrito, en un término máximo de 3 días hábiles. b. En caso de insatisfacción o negligencia, la solicitud será llevada al director de grupo, quien convocará a reunión al estudiante, padre de familia y/o acudiente, docente del área en un término máximo de 3 días hábiles, para aclarar y establecer acuerdo que será consignado en el observador del estudiante. c. Si la reclamación persiste, el padre de familia y/o acudiente o el estudiante, remitirá el caso al coordinador (a) para que revise el procedimiento y actúe por escrito en un término no superior a 3 días hábiles. d. Si la decisión no satisface el reclamo, en un término de 3 días hábiles, el padre de familia y/o acudiente, o estudiante, se designará ante la comisión de evaluación, seguimiento y promoción, para que analice y establezcan compromisos por escrito, en un término de 3 días hábiles. e. Si el padre de familia y/o acudiente, esta inconforme con la anterior decisión, en un plazo de 3 días hábiles, se remitirá ante el consejo académico, por escrito y con los soportes respectivos el proceso llevado a cabo, el cual encargará de emitir un concepto en un plazo de 3 días hábiles máximo. f. Si la decisión en primera instancia no es de conformidad con el padre de familia y/o acudiente o estudiante, deberá presentar petición escrita ante el Consejo Directivo, en un término máximo de 3 días hábiles, éste deberá
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    responder a travésde una resolución en un término máximo de 5 días hábiles, en la que ratifica la decisión de la primera instancia. g. Si este acto administrativo, no satisface la reclamación del padre de familia y/o acudiente o estudiante, se dirigirá por escrito en un plazo máximo de 3 días hábiles al Jefe de Núcleo para su respectiva revisión y concepto por escrito en un término de 3 días hábiles. En todos estos casos las reclamaciones se harán por escrito de manera respetuosa y cordial, fundamentadas en evidencias reales no en supuestos. 15. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN. Para que la comunidad participe activamente en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes, se establecen los siguientes mecanismos: a. Socialización del Decreto 1290 a padres de familia y estudiantes por grado. b. Las inquietudes, sugerencias y propuestas, tanto de padres como de estudiantes, serán canalizados a través de los consejos de padres y estudiantes, estas deberán presentarse por escrito. 15.1 Convocatoria a. Consejo Directivo, Consejo de Padres, Consejo de Estudiantes, Contralor Estudiantil, Consejo Académico, Asociación de Padres de Familia, Jefe de Núcleo, Comités de Promoción y Seguimiento Y Docentes en general para la socialización y debate y plenaria en las diferentes propuestas elaboradas por los grupos de trabajo con el fin de adoptar el SIEE. b. La comunidad educativa, participará en la implementación del SIEE, a través de sus representantes (Consejo de Estudiantes, Exalumnos, Consejo Directivo, Asociación de Padres de Familia, Consejo Académico, Contralor estudiantil) quienes se reunirán semestralmente para sugerir aportes al sistema de evaluación, las cuales quedarán por escrito en acta. 16. DIVULGACIÓN. El presente sistema institucional de evaluación y promoción de los estudiantes de los niveles de educación Básica y Media debe ser publicado en toda la comunidad educativa de la Institución Educativa GUSTAVO PERDOMO AVILA del Municipio de Natagaima Tolima. 17. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir del 1 de enero de 2010 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
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    CAPITULO XI SERVICIOSQUE PRESTA LA INSTITUCION EDUCATIVA ARTICULO 55° SERVICIOS. Son las diferentes dependencias con que cuenta la institución y que poseen reglamentos y funciones propias conforme a las normas vigentes y el respectivo P.E.I 1. RECTORIA. Dependencia que lidera el horizonte institucional a través de los componentes de gestión directiva, académica, administrativa-financiera y comunitaria acorde con la filosofía institucional establecida en el P.E.I. 2. COORDINACION. Dependencia encargada de orientar, aplicar y supervisar las directrices o políticas educativas adoptadas por la institución y demás normas del Ministerio de Educación Nacional. 3. SECRETARIA. Esta dependencia se encarga de matricular, diligenciar certificados y constancias, elaborar solicitudes; asistir y elaborar actas de reuniones de Consejo Directivo, docentes, asamblea general de padres de familia y de graduación de bachilleres; organización contable de los Fondos de Servicios Educativos, recibir correspondencia y archivarlas, llevar el libro de visitas oficiales, registro de matrículas canceladas, elaborar listas de alumnos por grados, digitar consolidados de cuadros estadísticos de promoción, plan de estudios, asignación académica, relación de planta de personal, inventarios, procesar informes del SIMAT, organizar el kardex, los libros de registro escolar de valoración por grados y niveles, libro de actas de graduación, atender a los estudiantes en horas de descanso y a los padres de familia según horario establecido y demás funciones asignadas por el depto y la rectoría. 4. ORIENTACION ESTUDIANTIL. Dependencia encargada de promover la formación integral del estudiante que tendrá como objetivo general el de contribuir al pleno desarrollo de la personalidad de los educandos, en particular en cuanto a: La toma de decisiones personales, la identificación de aptitudes e intereses, la solución de conflictos y problemas individuales–familiares y grupales; la participación en la vida académica, social y comunitaria; el desarrollo
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    de valores ylas demás relativas a la formación personal, art 6° del decreto 1850 de 2002, art. 92 de la ley 115 de 1994 y art. 40 del decreto 1860 de 1994. 5. BIBLIOTECA. Se encarga de facilitar a los educandos y profesores los textos de las diferentes áreas del conocimiento, videos, mapas, periódicos, revistas y otros materiales según reglamento establecido por la bibliotecaria. El horario de atención y demás funciones asignadas será el establecido por la rectoría y por su propio reglamento interno. 6. TIENDA ESCOLAR. Este servicio se encarga de ofrecer a la comunidad educativa los mejores menús y productos nutritivos a precios cómodos y de excelente calidad. El horario de atención para estudiantes es en las horas de descanso única y exclusivamente; para padres de familia el horario de atención es cuando sea requerido por la rectora o coordinadores en las reuniones que les corresponda; para docentes y administrativos la prestación del servicio es a diario y una vez lo soliciten. Su reglamento será determinado y adoptado por el consejo directivo. 7. AULAS INTELIGENTES O AUDIOVISUALES. Facilita la formación en conocimientos básicos en tecnología, haciendo de las clases y otras actividades espacios agradables motivadores e interesantes. 8. SALA DE SISTEMAS. Está organizada para el servicio de los estudiantes en clases de informática como también para profesores y directivos que requieran del servicio según reglamento establecido por la institución. 9. CAFÉ INTERNET. Es el servicio de internet que presta la institución a la comunidad en general en horas no laborables. 10.ATENCION A PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES POR PARTE DE LOS DOCENTES. Secundaria en horas libres que tenga el docente; primaria de 6:00 a.m. a 6:30 a.m. y de 11:35 a.m. a 12 m. 11.SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO. Es un servicio que deben prestar los estudiantes de décimo y undécimo grado en beneficio a la comunidad, como parte del desarrollo social y personal a través de actividades extracurriculares. Es requisito acreditar una intensidad de 80 horas de servicio social y 40 horas en vigía de la salud como requisito para graduación. Este servicio se rige según la resolución
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    4210 de 1996,art. 97 de la ley 115 de 1994, art. 39 del 1860 de 1994, y los criterios establecidos en el P.E.I. 12. LABORATORIO. Es el lugar destinado a los estudiantes para el desarrollo de sus prácticas en las áreas de ciencias naturales y matemáticas. 13. POLIDEPORTIVO. Es el lugar donde se realizan las actividades lúdicas, recreativas y deportivas de la comunidad educativa. 14. RESTAURANTE ESCOLAR. Servicio dirigido por el Programa de alimentación escolar PAE del ICBF para atender las necesidades alimentarias de los niños de preescolar, primaria y/o secundaria de escasos recursos según los cupos asignados. 15.ESCUELA DE PADRES. Programa que ofrece la institución a través de un comité, siendo su propósito el de integrar a todos los padres y madres de familia para asesorarlos en la formación integral de los hijos, la recuperación de los valores y hacerlos partícipes de los procesos educativos, ley 1404 de 2010. 16.BANDA MARCIAL. Proyecto que brinda a los estudiantes la oportunidad de participar en el desarrollo de sus capacidades culturales, musicales, artísticas, individuales y grupales mediante una formación integral de acuerdo a la filosofía institucional, el pacto de convivencia y el respectivo reglamento de la banda. CAPITULO XII ESTUDIANTE PERDOMISTA. ARTICULO 56°. Se considera estudiante Perdomísta al niño(a) o joven que a través de sus padres y/o acudiente elija voluntariamente la institución, llene los requisitos establecidos en los artículos 44° y 45° del presente pacto de convivencia, obtenga el cupo y sea matriculado para cursar estudios en preescolar, básica primaria, básica secundaria y media vocacional. ARTICULO 57°. PERFIL DEL ESTUDIANTE PERDOMISTA. El educando Perdomista será una persona íntegra, con deseo de superación, colaboración, con aptitud de cambio a nivel personal, familiar y social; quienes al terminar su
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    permanencia dentro dela institución estará en capacidad de continuar estudios superiores llevando a la práctica las bases y principios filosóficos, valores institucionales inculcados durante el proceso educativo. Se espera de igual manera que el estudiante tome conciencia de una sana convivencia dentro y fuera de la institución y se forme con sentido de pertenencia y liderazgo para que proyecte su futuro a través de actividades que le permitan desempeñarse en un oficio arte o profesión, posibilitándole su propio sustento y por ende su mejor calidad de vida. ARTICULO 58° PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE PERDOMISTA. Perder la calidad de estudiante es dejar de ser estudiante Perdomista por los siguientes motivos: 26. Cuando se ha cursado y aprobado el grado once del nivel de educación media que ofrece la institución. 27. Por retiro voluntario y/o cancelación voluntaria de la matrícula solicitada y firmada por el padre de familia y/o acudiente. 31. Inasistencia habitual injustificada según el art. 53 del decreto 1860 de 1994 y lo establecido en el presente pacto de convivencia. 32. Cuando se solicita cancelación de la matrícula por cambio de domicilio. 33. Por transferencia de esta institución a otra del mismo municipio y/o departamento. ARTICULO 58° PERDIDA DEL CUPO EN LA INSTITUCION. Se pierde el cupo en la institución educativa cuando el estudiante haya incurrido reiteradamente en faltas graves (Situaciones tipo II) o gravísimas (Situaciones tipo III), se le haya agotado el debido proceso y haya sido comprobada su responsabilidad, será excluido de la institución educativa con la cancelación de la matrícula, dicha determinación será tomada por determinación del Comité de Convivencia Escolar, acuerdo del Consejo Directivo y resolución rectoral. Serán causales de pérdida del cupo en la institución las siguientes: 1. El estudiante con comportamiento inferior a 3.0 (tres cero) en el informe final, perderá el cupo en la institución…OJO ESTO ESTA EN para debate. Se contradice con el de matrícula en observación. 2. Comprobación de falsificación o alteración en documentación presentada para la matrícula.
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    3. Falta gravecontra cualquier aspecto de la ética civil dentro o fuera de la institución educativa. 4. Uso o porte de armas. 6. Alterar documentos, planillas de procesos, registros de asistencia, certificados de estudios u otros….iria falta grave… 7 Uso, suministro, distribución, inducción al consumo, porte o comercio de sustancias psicoactivas, psicotrópicas y alcohólicas. 8 Agresiones graves, de palabras o de hechos, a cualquier miembro de la comunidad educativa. 9. Hurto comprobado dentro o fuera de la institución. 10. Atentar contra equipos, muebles e inmuebles de la institución educativa. 11. Promover el desorden, rebeldía y sabotaje contra las orientaciones de profesores (as) y directivos, dentro y/o fuera de la institución. 12. Protagonizar o incitar a compañeros (as) para enfrentamientos o peleas dentro o fuera de la Institución……..de3jarlo en faltas graves.. 13. Incumplimiento de sanciones. 15. Tener limitación a impedimentos de orden penal judicial, pérdida de la libertad o reclusión en una cárcel o casa para menores de edad dependiendo del hecho. 17. Atentar contra la vida, la integridad física y la salud de cualquier miembro de la institución. 18. Haber terminado el año lectivo con matrícula en observación. 19. Acoso escolar (bullyng) reiterativo y comprobado. 20. Ciberacoso escolar ( Ciberbullyng) reiterativo y comprobado. 21. Violencia sexual en cualquiera de sus modalidades de forma reiterada y comprobada. 22. Agresión física en todas sus modalidades reiterativa y comprobada. 23. Actos vandálicos que atenten contra los bienes de la institución y pongan en peligro la integridad de las personas.
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    24. Quien promuevala discriminación por razón de raza, sexo, etnia, orientación filosófica, sexual o política, Ley 1482 de 2011. 25. Acoso por homofobia en actitudes sexista de forma reiterada y comprobada. ARTICULO 59°. GRADUACION DE BACHILERES. Es un acto público que por artículo 88 de la ley 115 de 1994, decreto 1860 de 1994, decreto 1290 de 2009 y la ley 715 de 2001, se hacen merecedores los estudiantes que cumplen los requisitos de promoción adoptados por la institución en su proyecto educativo institucional y el sistema institucional de evaluación y promoción SIEE de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias. Su reconocimiento se hará constar en un diploma y su otorgamiento es de competencia del rector(a) de la institución educativa para la continuación en la educación superior. ARTICULO 60°. REQUISITOS PARA OPTAR POR EL TITULO DE BACHILLER. La institución educativa para otorgar el título de bachiller a sus estudiantes adoptó los siguientes requisitos: 1. Cumplir con los objetivos propuestos de acuerdo a la ley 115 de 1994 y el plan de estudios. 2. Aprobar los desempeños que representan los niveles básico, alto y superior en cada una de las áreas conforme al sistema institucional de evaluación y promoción (SIEE). 3. Certificación de 80 horas de servicio social obligatorio y como requisito indispensable para obtener el título de bachiller de conformidad con lo exigido en la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994 y el artículo 7 de la resolución 4210 de 1996. 4. Certificación de 40 horas en vigía de la salud. 5. Haber presentado la prueba de Estado Saber 11° en las sesiones establecidas en la fecha y hora señalada para calendario A. 6. Estar registrado(a) en la lista de graduandos emitido por la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Promoción a secretaría de la institución. 7. Tener legalizado todos los certificados de aprobación de los años cursados en esta o cualquier otra institución educativa aprobada por la respectiva secretaría de educación y fotocopia del documento de identidad.
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    8. Estar apaz y salvo con todas las obligaciones y exigencias de la institución educativa. 9. Presentarse al acto de graduación en la fecha y hora señalada luciendo en perfecto estado de orden, aseo y decoro el uniforme de diario. PARAGRAFO 1: La graduación por ser un acto potestativo de su libre decisión y autonomía, la institución se reserva el derecho a invitar a dicho acto público a los estudiantes que: 1. Tengan dos o más suspensiones por faltas graves (Situaciones tipo II) o gravísimas (Situaciones tipo III) durante el año lectivo. 2. No haber presentado las pruebas de Estado Saber 11°. 3. Que finalice el año con matrícula en observación. 4. Que por motivos de presentación no tenga el uniforme completo. PARAGRAFO 2: Estos estudiantes no serán proclamados en acto público y su diploma se les entregará en acto privado en la secretaría de la institución a partir del siguiente día hábil. TITULO XII DE LOS DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES CAPITULO 1 De las Reglas de Higiene Personal y de Salud Pública que preserven el Bienestar de la Comunidad Educativa, la Conservación Individual de la Salud y la Prevención Frente al Consumo de Sustancias Psicotrópicas ARTÍCULO 61°. El aseo a nivel personal e institucional es compromiso de todos y hace parte de un buen ambiente escolar saludable, por lo tanto es obligación de la comunidad educativa mantener las dependencias, aulas y espacios públicos de las sedes educativas debidamente aseadas. Todos debemos respetar las reglas de higiene personal e institucional, de prevención y de salud pública establecidas en derechos, deberes y prohibiciones de los estudiantes en el presente pacto de convivencia escolar. ARTÍCULO 62°. Son derechos de los estudiantes: 1. A recibir una adecuada, orientación y formación educativa que promueva su desarrollo integral como persona a través de las normas mínimas de higiene, de alimentación, recreación, aseo personal, conservación individual y colectiva de la
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    salud y laprevención sobre el consumo, expendio, tráfico o porte de sustancias alucinógenas y psicoactivas y el cuidado del cuerpo para evitar enfermedades y accidentes que puedan afectar la salud. 2. A estudiar en un ambiente sano e higiénico, libre de factores epidemiológicos y contaminantes. 3. A disfrutar de una planta física, salones, patio de descanso en excelente estado de aseo, libre de basuras, humo, objetos. 4. A hacer uso de unidades sanitarias y lavamanos con buena circulación de aguas y excelente mantenimiento e higiene. 5. A recibir clases, ejecutar trabajos y realizar consultas en recintos limpios de buen mantenimiento en pintura, sin rayones, escritos, dibujos y graffitis soeces. 6. A que se le ofrezcan alimentos, frutas y bebidas en buen estado, con excelentes normas de higiene y calidad en su elaboración, manejo y expendio. 7. A que se dispongan canecas debidamente clasificadas para reciclaje y tratamiento de residuos y basuras. 8. A exigir de sus compañeros, directivos, profesores y funcionarios el respeto a su ambiente, salón, grupo o silla, libre de basuras, desperdicios, objetos contaminantes o aire contaminado por cigarrillos y demás. 9. A licenciamiento general por emergencias sanitarias ocasionadas por ausencia definitiva de agua o por emergencia epidemiológica en su grupo, debidamente comprobada. 10. A recibir los primeros auxilios en caso de ser requeridos. 11. A recibir de sus padres o acudientes afiliación a una entidad promotora de salud y a portar su carné de asistencia médica. 12. A exigir a sus compañeros de grupo respeto por la higiene y presentación personal. ARTÍCULO 63°. Son deberes de los estudiantes: 1. Presentarse a la institución educativa debidamente aseado. 2. Lavarnos las manos antes de comer y después de utilizar los servicios sanitarios. 3. Mantener las uñas, los dientes, oídos, la ropa y calzados limpios.
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    4. Arrojar losdesperdicios y basuras solamente en los sitios destinados o adecuados para ello. 5. Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir enfermedades o restablecer la salud. 6. No consumir bebidas embriagantes ni sustancias psicoactivas. 7. Hacer ejercicio, practicar algún deporte, caminar, etc.. 8. Visitar al médico. 9. No hacer ruidos molestos. 10. No fumar dentro de las instalaciones educativas. 11. No escupir en las aulas de clase y/o dependencias de la institución educativa. 12. No botar chicles al piso. 13. Tener precaución al estornudar. 14. portar el uniforme de diario y de educación física, completo, limpio y bien vestido dentro y fuera del aula de clase, de tal manera que refleje pulcritud y buena imagen personal e institucional. 15. Evitar la discriminación de estudiante(s) que presenten enfermedades infecto-contagiosas. Sin embargo para salvaguardar la salud de la comunidad educativa el estudiante debe seguir estrictamente las recomendaciones dadas por el médico las cuales debe comunicarlas a la institución de manera escrita y oportuna de acuerdo al conducto regular. 16. Portar el carné que acredite al estudiante como beneficiario del sistema nacional de salud y el documento de identidad. Esto le facilitará la adquisición oportuna de servicios médicos en caso de requerirlo y/o requerimiento por parte de otra institución. 17. Mantener las aulas libres de residuos alimenticios generados por el consumo de golosinas, gaseosas, galletas, chicles, helados, frutas, papeles, refrigerios industrializados entre otros, con el fin de evitar proliferación de insectos, roedores que causen daño a la salud y así recibir nuestras clases en un lugar digno y agradable. 18. Utilizar correctamente los baños, lavamanos, bebederos, las canecas de la basura y el agua.
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    19. No masticarchicle dentro de las aulas de clase, en formación y/o en espacios académicos, por cuanto puede causar daño a su salud, al compañero y a los bienes comunitarios. 20. No consumir alimentos dentro del salón de clase y en espacios en donde se desarrollen actividades pedagógicas como laboratorios, biblioteca, sala de audiovisuales y de sistemas etc. 21. Mantener el cabello bien arreglado y limpio para evitar la propagación de liendres y piojos. 22. Evitar introducir ganchos, pinzas, palillos y agua en los oídos. 23. No tocarse o limpiar los ojos con las manos sucias. 24. Promover con los compañeros y profesores campañas periódicas de aseo de paredes, pisos, tanques de agua, albercas y demás en instalaciones y salones. 25. Demostrar respeto por el compañero, evitando el desaseo y una inadecuada presentación personal y no descuidarla con el uso de maquillaje y adornos extravagantes. 26. Velar por el cuidado de su presentación, aseo e higiene del cuerpo para su propio bienestar y el colectivo. 27. Justificar por escrito, con la firma del padre o acudiente toda excusa médica, o problemas de salud, y otras causas. 28. Es deber del estudiante que esté imposibilitado por enfermedad temporal o permanente comunicar a su profesor que no puede realizar prácticas deportivas o actividades de Educación Física, Recreación y Deportes. Para estos casos, presentar orden médica que certifique dicha limitación o incapacidad, quedando el estudiante supeditado a la realización de trabajos académicos que el docente le asigne para su valoración. PARAGRAFO 1. El estudiante que se sienta enfermo comunicará su situación al docente, y este será enviado a la casa con previo aviso telefónico u otro medio a los padres de familia y/o acudiente por las siguientes circunstancias: 1. Fiebre igual o superior a 38 grados 2. Vómito o diarrea. 3. Erupción cutánea no identificada.
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    4. Sospecha deenfermedad contagiosa: Conjuntivitis, gripa H1N1, varicela, sarampión, tuberculosis, piojos, escabiosis, tos ferina, paperas, hongos cutáneos, impétigo u otras. 5. Heridas y/o enfermedades que requieran atención médica entre otras. PARAGRAFO 2. Emergencia sanitaria. Para preservar la salud y las condiciones higiénicas para los estudiantes, docentes, directivos y administrativos la rectora declarará emergencia sanitaria por ausencia definitiva de agua potable según las circunstancias. REVISAR PARAGRAFO 3. Normas de seguridad escolar. Son las establecidas en la institución para salvaguardar la integridad física y emocional de los estudiantes y preservar el bienestar de la comunidad educativa. El acatamiento responsable de algunas normas de seguridad aquí citadas especialmente para los estudiantes, contribuye a proteger su integridad física y a prevenir los riesgos en la salud y de accidentalidad; por lo tanto son deberes del estudiante: 1. Evitar conductas que pongan en peligro su vida o la de sus compañeros como por ejemplo: correr por salones y pasillos, subirse en pasamanos de escaleras, árboles, muros, sillas, mesas, saltar en zonas prohibidas, correrle la silla al compañero, meter zancadillas, etc. 2. Contribuir con el bienestar de la comunidad educativa evitando golpear, dar patadas, morder, pellizcar, halar el cabello, lanzar saliva, tirar papeles, pepas, piedras, pedazos de tubo, madera, frascos, bolsas con agua y tierra, cáscaras de frutas, romper botellas, dar empujones, palmadas, pegar elementos indeseables en el cabello o en las sillas, poner apodos, e incentivar la burla y el maltrato. 3. Avisar sobre fugas de gas, sustancias químicas, caída de cables de alta tensión, presencia de químicos tóxicos, incendios, amenaza de bomba o explosivos, inundaciones, acoso escolar, ciberbullyng, violencia sexual, conflictos escolares entre otros. 4. No tocar enchufes, tomacorrientes y/o cables eléctricos que ofrezcan riesgo de accidentalidad. 5. No hacer ruidos molestos como correr sillas, mesas, gritar y silvar exageradamente. 6. Evitar el uso de celulares, reproductores de música, videojuegos, juegos de azar, tables, entre otros dentro del aula de clase y actos culturales. Estos elementos tecnológicos mientras no estén autorizados por el docente para actividades pedagógicas dentro del aula o acto cultural se convierten en
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    distractores que interfierenen el normal desarrollo de las clases. El porte de estos elementos corre bajo la propia responsabilidad del dueño, la institución no responde por la pérdida de estos. 7. Evitar prácticas y juegos de moda que atenten contra la integridad física y mental de los estudiantes involucrados. 8. En la clase de educación física evitar el uso de anillos, argollas, aretes, piercing, collares o cadenas, y con el uniforme de diario prescindir del uso de correas con chapas grandes o extravagantes, los cuales pueden ser motivo de un accidente en cualquier momento. 9. No subir en cicla las rampas. 10. No montar en cicla en horas de descanso. 11. No entrar ni salir montado en cicla de la institución. 12. No arrojar papeles hacia la calle por las ventanas. 13. Las demás que el manual de seguridad escolar contemple. PARAGRAFO 4. El reglamento interno de prevención de riesgos escolares y/o manual de seguridad escolar será conocido por los estudiantes nuevos y antiguos a través de la inducción al inicio del año escolar en formal general, por grados o por medio del currículo de manera transversal y, con los padres de familia y/o acudientes por medio de la escuela de padres o reuniones por grado de obligatorio cumplimiento. PARAGRAFO 5. Prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. En atención al numeral 3 del artículo 20 de la ley 1098 de 2006 y el numeral 7 del artículo 44 de la misma ley entre otras, la institución educativa dentro de su política de sana convivencia y conforme a los cuatro componentes de la Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar establecida en la ley 1620 de 2013 y el decreto 1965 del mismo año, institucionaliza unos derechos, deberes, prohibiciones y políticas como estrategias de prevención en los estudiantes. ARTÍCULO 64°. Son derechos de los estudiantes: 1. A la protección y a la formación integral. 1. A ser protegidos contra el consumo de tabaco, sustancias psicoactivas, estupefacientes o alcohólicas.
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    2. Prevenirles ymantenerlos informados sobre los efectos nocivos del uso y el consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales. 3. A la igualdad de oportunidades para niños, niñas y adolescentes en circunstancias de vulnerabilidad y riesgo social. 4. A conocer los derechos de niños/as y adolescentes. 5. A recibir orientación a través de proyectos pedagógicos transversales de “Autocuidado” que orienten a los estudiantes sobre el daño y consecuencias del uso de sustancias psicoactivas y del consumo de alcohol. 7. A recibir orientación escolar en caso que llegare a presentar problemas de drogadicción y/o consumo de alcohol con el apoyo de entidades de salud y de rehabilitación según el caso. ARTÍCULO 65°. Son deberes de los estudiantes: 1. A expresar su opinión en los asuntos que lo afectan y a que se le tenga en cuenta (art.12 C.P). 2. Informar oportunamente sobre irregularidades de consumo, porte o suministro de sustancias psicoactivas dentro de la institución educativa. 3. Aportar iniciativas de bienestar y desarrollo en lo artístico, lo deportivo, lo recreativo, lo científico, lo social y lo académico. 4. Velar, defender y respetar los derechos humanos de todos los estudiantes de la institución educativa. 5. No poner en riesgo la estabilidad de la comunidad, ni transgredir normas de convivencia, ni principios y valores de la institución como consecuencia del consumo de sustancias psicoactivas. Cualquier incumplimiento por esta causa será considerada una falta gravísima (situación tipo III) y será atendida conforme al protocolo para estos casos y parámetros del pacto de convivencia escolar. 6. Aprender a disfrutar de las relaciones afectivas, a solidarizarse, cooperar y apoyar a sus semejantes, a conocer y cuidar de la salud física, mental y a desarrollar valores morales y éticos. Abstenerse de portar, vender, distribuir o consumir bebidas alcohólicas sustancias psicoactivas, fumar y/o tener armas u otros artefactos que afecten su bienestar e integridad personal, en actividades escolares o mientras use el uniforme. ARTÍCULO 64°. Son prohibiciones de los estudiantes.
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    1. Portar, inducir,consumir y traficar dentro de la institución educativa y en todas las actividades organizadas oficialmente por la institución o en sus alrededores licores, cigarrillos, sustancias psicoactivas o alucinógenas (así sea la dosis personal) en cualquier presentación, y hacerlo fuera del colegio portando el uniforme de la institución. 2. Presentarse al colegio en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas o alucinógenas. 3. Aplicar sustancias antiestéticas y degradantes a paredes y muebles del colegio, como escritorios y sillas y en general rayar o escribir en muros, tableros, carteleras, divisiones, puertas de salones, baños, escritorios y demás. 4. Dentro y/o en actividades de la Institución y con porte del uniforme del Colegio le está prohibido a toda la comunidad educativa y en particular a los estudiantes fumar y/o consumir bebidas alcohólicas. 5. Al estudiante le está prohibido portar cualquier tipo de armas o usar objetos que atenten contra la integridad física de los demás. 6. Al estudiante le está prohibido portar y/o consumir licor, estupefacientes o sustancias psicotrópicas según ley 1098 de 2006 entre otras y decreto 1108 de 1994 que establece: a). “Todo menor tiene derecho a ser protegido contra el uso de sustancias que produzcan dependencia, en consecuencia ningún menor podrá portar o consumir estupefacientes o sustancias psicotrópicas”. b). “El menor que posea o consuma estupefacientes o sustancias psicotrópicas se remitirá al defensor de familia competente, con el objeto de que se determine la aplicación de las medidas de protección según el caso”. c). “Se prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales y privados, el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, por lo cual será obligación de los directivos, docentes y administrativos que detecten casos de tenencia o consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, informar de ello a la autoridad del establecimiento, y tratándose de un menor deberá comunicarse tal situación a los padres y al Defensor de Familia, y se procederá al decomiso de tales productos”. PARAGRAFO 1. Son políticas y estrategias institucionales: a). Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las institución educativa y solicitar a las
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    autoridades competentes accionesefectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas, numeral 7 del art. 44 de la ley 1098 de 2006. b). El microtráfico, la venta, compra, consumo o tenencia de drogas por parte de los estudiantes, será considerado una falta gravísima (Situación tipo III). c). El Comité de Convivencia Escolar organizará proyectos pedagógicos y/o talleres dirigidos a padres de familia y/o acudientes para ayudarles a detectar y tratar situaciones donde sus hijos pueden estar involucrados en drogas. d). Cuando el estudiante(s) sea(n) sorprendido(s) en flagrancia con drogas en su poder o ejerciendo el microtráfico o consumiendo sustancias psicoactivas dentro de la institución; el docente, el Comité de Convivencia, la rectora o cualquier persona tiene la obligación de informar a los padres de familia y denunciar de inmediato el caso a la Comisaria de Familia, policía Nacional, y/o autoridades administrativas y judiciales competentes para que estas activen el protocolo correspondiente según el caso, art. 44 y 45 numeral 3 del decreto 1965 de 2013; art. 95 de la Constitución Política, art. 67 de la ley 906 de 2004 y ley 1146 de 2007. e). Cuando exista sospecha de tenencia de sustancias psicoactivas y porte de cualquier tipo de arma, el rector(a) solicitará a la Comisaría de Familia la intervención de la policía para la realización de requisa a los estudiantes. f). La institución educativa no admitirá estudiantes nuevos que tenga problemas de microtráfico, tenencia y consumo de drogas psicoactivas. g).Toda información, denuncia o sospecha de posibles situaciones relacionadas con el tráfico, porte o consumo de drogas y alcohol al interior de la institución y/o violencia intrafamiliar o vulneración de derechos humanos deben hacerla ante el Comité de Convivencia Escolar sea verbal o escrita para que este en un plazo no mayor a tres días active el respectivo protocolo. CAPITULO 2 DE LOS CRITERIOS DE RESPETO, VALORACION Y COMPROMISO FRENTE A LA UTILIZACION Y CONSERVACION DE LOS BIENES PERSONALES Y DE USO COLECTIVO TALES COMO: EQUIPOS, INSTALACIONES E IMPLEMENTOS.
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    ARTICULO 65°. Losbienes de la institución son bienes del Estado, puestos al servicio educativo de la comunidad educativa Perdomista. Dañarlos es atentar contra ellos y contra el Estado. El respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo de la Institución Educativa se rigen por los derechos, deberes y prohibiciones aquí establecidas en el presente pacto de Convivencia Escolar. ARTÍCULO 66°. Son derechos de los estudiantes: 1. A usar y tratar de modo adecuado y con base en las instrucciones pertinentes los equipos, bienes, muebles, inmuebles que la institución ha puesto para su servicio y bien común. 2. A que se le respeten sus pertenencias y bienes dentro de la institución Respetar las pertenencias de los demás. 3. A disfrutar de manera ordenada, solidaria y respetuosa de la planta física, equipos, mobiliario y demás recursos de aprendizaje. 4. Al uso de recursos de aprendizaje y/o materiales de la institución apropiados para la enseñanza de conformidad con los planes de estudio y proyectos pedagógicos. 5. A una planta física en buen estado en donde todos y la administración contribuyamos por su conservación y mantenimiento. ARTÍCULO 67°. Son deberes de los estudiantes: 1. Proteger los bienes de la institución, usarlos conforme a su naturaleza y recordar que serán utilizados por otros estudiantes. Asumiré los costos por estos bienes cuando lo dañe con intención o por un descuido injustificado. 2. Cuidar todos los muebles, enseres y pertenencias de la institución. Asumir los costos de los daños ocasionados a compañeros de estudio. 3. No rayar escritorios de los profesores y pupitres de compañeros y personal, puertas y demás enseres de la institución. 4. Acatar las indicaciones respectivas hechas por sus superiores y que hacen referencia al manejo y cuidado de equipos y elementos especiales o de delicado uso como: Computadores, videobeam, proyectores, televisores, cámaras, sonido, grabadoras y demás equipos, etc.
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    5. Responsabilizarse porel mal uso, daño o robo de implementos suministrados bajo su cuidado. En caso de pérdida definitiva por robo o daño comprobado deberá reponerlo de modo oportuno. 6. Hacerse responsable de sus pertenencias y respetar las ajenas. 7. Reportar oportunamente a profesores o directivas de la institución sobre cualquier anomalía, robo o sustracción relacionada con pertenencias de compañeros, profesores, administrativos y en general de la institución educativa; y suministrar información necesaria sobre el autor o autores de los mismos, cuando ha sido de su conocimiento por cualquier medio. 8. Cuidar las carteleras, afiches y avisos que se colocan con el fin de brindar información o complementar el proceso formativo en la institución educativa. 9. Actuar con honestidad en el pago de comestibles en la tienda escolar y cancelar las deudas y compromisos contraídos. 10. Velar por su cuidado y denunciar las anomalías que contra ellos se cometan por indebido uso o por robo. 11. Hacer uso adecuado de aulas de clase, material didáctico, tablero, biblioteca, sala de audiovisuales, aulas tecnológicas, sala de sistemas, equipos de cómputo, pupitres, escritorios, y demás elementos que me sean asignados. Utilizar en forma adecuada y respetuosa, los diferentes servicios, recursos e instalaciones que ofrece la institución. 12. Hacer uso correcto de los servicios sanitarios. En caso de daño comprobado asumiré los gastos de reparación y me haré acreedor(a) a anotación en mi hoja de vida. 13. Respetar, valorar y conservar en buen estado los bienes personales y de uso colectivo prescindiendo de hacer graffitis, dibujos y/o escribir palabras o frases soeces, agresivas, hirientes y desagradables en las paredes de: Patios, aulas, baños, biblioteca, sala de sistemas, aulas tecnológicas, tableros, dependencias de oficina, restaurante escolar, sala de audiovisuales ni en puertas, pupitres, muebles, sillas, mesas, escritorios, cuadernos propios o ajenos entre otros. Por violación a esta norma por primera vez tendré anotación en el observador y debo reparar el daño dejando las paredes o elementos aquí citados en su estado normal borrando los dibujos, graffitis o escritos que haya hecho.
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    14. Responder yentregar los instrumentos o elementos asignados de la banda marcial al respectivo profesor en buen estado. En caso contrario asumiré los costos de reposición para que me sea firmado el Paz y Salvo institucional. 15. Responder por el buen uso del pupitre que me da la institución al inicio del año escolar y entregarlo al finalizar el año en buen estado. En caso de daño comprobado asumiré los costos del arreglo y me haré acreedor a anotación en el observador del alumno. Abstenerse de traer objetos de valor como aretes, pulseras, cadenas, celulares, anillos, Tables entre otros; la pérdida de estos es responsabilidad del mismo estudiante. Responder ante las directivas de la institución por los daños que ocasionen a la planta física de la institución (mobiliario, unidades sanitarias, tableros entre otros.) ARTÍCULO 66° Son prohibiciones de los estudiantes: 1. Sustraer para sí o para terceros elementos, equipos o pertenencias de propiedad de la institución, administrativos o compañeros de clase. 2. Apropiación indebida de dinero, documentos, objetos ajenos e instrumentos u elementos de la banda marcial entre otros. 3. Portar, botar por la ventana o guardar en sitios estratégicos, bolso o prendas personales objetos o elementos pertenecientes a sus compañeros o profesores con el propósito de robarlos o no. 4. La destrucción vandálica de todo mueble o inmueble de la institución o de cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Alterar, falsificar o desaparecer documentos de carácter institucional o público, tales como los registros de calificaciones, controles de asistencia, certificados de estudio, excusas y demás documentos de seguimiento y control. 6. La obstrucción de chapas de los salones con cualquier objeto que imposibilite su apertura o cierre, daño a las puertas, casilleros, muebles, pupitres, escritorios, ventiladores, bombillas, tableros, interruptores y los tomacorrientes de las aulas de clase y demás enseres de la institución. 7. Utilizar dinero falso en el pago de deudas, contribuciones, aportes a la institución o cancelación de comestibles y demás en la tienda escolar. 8. Atentar contra la propiedad ajena en cualquiera de sus formas.
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    9. Rayar, dañar,botarle y obstruirle el paso de gasolina a vehículos que estén en predios de la Institución. 10. Saltar mallas, puertas, portón o abrir huecos en los muros para ingresar o salir de la institución de modo irregular. 11. Portar, guardar o vender armas de cualquier tipo dentro de la institución. 12. Venta de todo tipo de comestibles, dulcería, etc., por parte de personas diferentes a las autorizadas por la institución. PARAGRAFO 1. El Padre de familia y/o acudiente debe responder oportunamente por todos los daños que su hijo ocasione a la planta física, al mobiliario y demás elementos o recursos de aprendizaje facilitados por la institución educativa; así mismo responderá por daño comprobado en pertenencias de sus compañeros de clase, vehículos de profesores y demás pertenencias de la comunidad educativa. PARAGRAFO 2. La rectora o quien haga sus veces entregará un Paz y Salvo al padre de familia o acudiente que solicite cancelación de matrícula de un estudiante para que este lo diligencie y así legalizar la cancelación de la matrícula y hacer entrega de la hoja de vida del estudiante. En caso contrario el estudiante termina llevándose instrumentos o elementos de la banda marcial entre otros elementos asignados propios de la institución educativa. CAPITULO 3 DE LAS PAUTAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACION CON EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE ARTICULO 67°. Dada la situación ambiental y actualmente el deterioro del planeta tierra, se hace necesario crear en todos los miembros de la comunidad educativa, una conciencia ecológica que le permita, ahora y en el futuro, preservar el ambiente. ARTÍCULO 68°. Son derechos de los estudiantes: 1. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano, art. 79, c.p. 2. A una formación integral respecto a lo que es el ambiente, su conservación, rescate y transformación en los siguientes aspectos: Agua, Arborización, basuras, contaminación, aire y ruido.
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    3. Recibir educación,información y ejemplo de un buen comportamiento ambiental. 4. Los niños y las niñas tenemos derecho a respirar aire puro. 5. Los niños y las niñas tenemos derecho a disfrutar del agua potable. 6. A hacer buen uso de los espacios verdes (árboles, jardines etc). 7. A vivir en ambientes sin ruido extravagante. 8. A compartir espacios limpios y seguros. ARTÍCULO 69°. Son deberes de los estudiantes: 1. Velar por la conservación del medio ambiente a través del proyecto ambiental escolar PRAE de la institución. 2. Colaborar con el medio ambiente de la Comunidad Educativa evitando arrojar papeles y desechos, no hacer quemas, ni traer artefactos pirotécnicos, componentes químicos y otros. 3. Preservar las zonas verdes, jardines y árboles. 4. Evitar ruidos y sonidos exagerados, que perjudican la buena marcha de las labores académicas y ambiente comunitario. 5. Evitar el uso inútil o indebido del agua. 6. Participar de las prácticas ecológicas dentro de las actividades académicas, en procura de lograr el desarrollo del proyecto específico. 7. Aplicar en nuestra vida diaria todas las buenas prácticas ambientales que nos enseñan en nuestro hogar y en nuestra institución educativa. 8. No producir fogatas que causen incendios forestales, ni realizar quema de basuras. 9. No desperdiciar el agua mientras la utilizamos para tomar y nuestro aseo personal. 10. No arrojar basuras, ni objetos, ni tierra a la alberca o bebedero de la institución que puedan contaminar el agua. 11. Cuidar los árboles y jardines de nuestra institución. 12. Respetar los lugares donde hay que guardar silencio.
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    13. Contribuir conel aseo, reciclando y depositando correctamente las basuras. 14. Exigir a docentes y comunidad educativa no fumar dentro de las instalaciones educativas. 15. A recibir conocimientos sobre la política pública de protección del medio ambiente de tal manera que nos permita hacer buen uso y cuidado efectivo y apropiado de éste. 16. A participar de los Proyectos Ambientales Escolares PRAE. PARAGRAGFO 1. Conforme a la ordenanza departamental N° 024 de diciembre 06 de 2013, art. 97 de ley 115/94 y art. 07 del decreto 1743/94, Resolución 4210 de 1996; los estudiantes de 10° y 11° podrán prestar el Servicio Social Obligatorio en Proyectos Ambientales Escolares PRAE. ARTICULO 70°. Son prohibiciones de los estudiantes: 1. Traer sustancias o preparados químicos para producir desórdenes en la clase o cualquier sitio o actividad en la institución educativa. CAPITULO 4 NORMAS DE CONDUCTA DE PROFESORES Y ESTUDIANTES QUE GARANTICEN EL MUTUO RESPETO. 6.1. LA DISCIPLINA EN LA FORMACIÓN INTEGRAL DEL ESTUDIANTE DEOGRACIANO El estudiante de manera consciente, libre y muy responsable debe participar activamente de su propia formación y en el desarrollo de su personalidad tendrá relación directa con la cultura, con el conocimiento científico, con los valores éticos, estéticos, morales y cívicos (Ley General de la Educación. Arts. 91-92). Las normas de conducta de estudiantes y profesores para garantizar el mutuo respeto se constituyen bajo la contemplación a los derechos y los
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    deberes de cadapersona dentro de la Institución Educativa Deogracias Cardona. La definición de los derechos y deberes de los estudiantes se encuentra delimitada comparativamente de manera relacional con los derechos y deberes de los demás estamentos que conforman la comunidad educativa. Por ello el presente manual, les reconoce además, deberes y derechos a los directivos docentes, a los docentes y a los padres de familia y acudientes, y en general a todos los miembros de la comunidad deograciana. El pronunciamiento de reglas implica también la necesidad de definir prohibiciones. Además de los DERECHOS Y DEBERES contemplados en los capítulos anteriores a continuación se expondrán los acuerdos en DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES de los estamentos, de modo general. 6.2. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. Los estudiantes de la Institución Educativa Deogracias Cardona tienen derecho a: 1. A ser tratados con dignidad y respeto 2. Elegir y ser elegido para el CONSEJO DE ESTUDIANTES, la Personería Estudiantil o el Consejo Directivo y Consejos de Grupo. 3. Recibir una adecuada capacitación, orientación y formación educativa que promueva su desarrollo integral como persona. 4. Participar en actividades académicas, recreativas, deportivas y culturales, dentro y fuera de la institución. 5. Formar parte activa mediante sus representantes, en todo el proceso educativo programado por la institución en las etapas de planeación, de ejecución, de control y evaluación. 6. A que se les fomente la autoestima por medio de un buen trato afectivo y equitativo. 7. A ser estimulados por la institución mediante méritos de carácter académico, investigativo, cultural, comportamental, de pertenencia, comunitario y deportivo. 8. A expresar y difundir sus pensamientos con responsabilidad social.
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    9. Al plenodesarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás, el presente manual de convivencia y paz y orden jurídico. 10. A que se les estimule la autonomía, mediante un trato donde prime la confianza. 11. A que le sean revisados oportunamente sus exámenes, trabajos y tareas, a más tardar antes de realizarse la siguiente evaluación programada en la asignatura. 12. A conocer su seguimiento académico y/o disciplinario y discutir sus anotaciones cuando lo considere necesario. 13. A justificar por escrito, con la firma del padre o acudiente toda inasistencia el mismo día de su presentación a la institución, con el fin de que le sean realizadas las evaluaciones académicas del día de la ausencia, en la fecha acordada por el profesor. 14. A que se les conceda permiso para salir o entrar del salón cuando haya justa razón, y de las instalaciones del colegio cuando las causas lo ameriten y se presente el padre de familia a retirarlo. 15. A que se le expida un carné de identificación estudiantil y se le facilite la adquisición de un seguro de vida, de accidente y/o salud, por parte de las instituciones competentes y de las responsables según el caso. 16. Derecho al cupo escolar en el siguiente año lectivo, siempre y cuando haya cumplido con todos los requisitos académicos y observado un buen comportamiento social. 17. A un juicio imparcial, con la observancia del debido proceso y de modo objetivo sobre cualquier falta cometida. 18. A que se le disponga de una hora quincenal de dirección de grupo. ARTÍCULO 69°. Son deberes de los estudiantes: Deogracias.. ________________________________________________________ Recibir una educación integral Recibir y conocer el manual de convivencia
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    Asistir a lasactividades que programa la institución, siempre y cuando cumpla con las normas estipuladas en este reglamento. Participar con honestidad en los procesos evaluativos, conocer oportunamente los juicios valorativos de su desempeño y recibir orientación sobre actividades de superación o profundización. Tener acceso a los textos y demás implementos de las diferentes áreas, retornándolos a tiempo y en perfecto estado, igual cuidado debe tener el material didáctico existente en la institución. Disfrutar de los descansos recreativos, guardando la debida compostura y depositando en los recipientes los desechos y basuras. Recibir atención personal durante el trabajo de área y en clase magistral, siempre que se solicite de manera respetuosa; Participar en las actividades de recuperación superación. Elegir y ser elegido como miembro activo, para integrar los distintos comités operativos de participación y elección democrática en la institución teniendo en cuenta el buen rendimiento académico, disciplinario y las aptitudes personales requeridas. Pertenecer al grupo artístico, cultural, científico que más le llame la atención, siempre que su inscripción se efectúe dentro del tiempo establecido, seleccionado así la actividad lúdica de su agrado. Ser eximido de las prácticas de Educación fisíca y deportiva cuando se presente descripción médica, que le justifique; esta exoneración no justifica la inasistencia a clases ni la elaboración de trabajos. Exigir con respeto a los(as) compañeros(as), normalización dentro del Salón y durante el desarrollo de la clase, silencio y respeto cuando se está dando un informe o curricular de la institución o acto comunitario. Participar en los eventos de planeación, ejecución y evaluación de la actividad curricular de la institución. Presentar las evaluaciones realizadas durante su ausencia, previa entrega de excusa con el visto bueno y firma de coordinación y rectoría. Llevar con respeto y dignidad el uniforme del colegio durante la jornada escolar y en catos de programados y autorizados por la institución.
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    Ser atendidos, escuchados,y ayudados por quienes tienen la responsabilidad académica y técnica de dirección, orientación y ayuda pedagógica, psicológica y moral. Presentar dignamente al colegio en los diferentes eventos culturales, sociales, religiosos y deportivos. ____________________________________________________ Artículo 15 DERECHOS DE LOS(AS) ESTUDIANTES 1. DERECHOS FUNDAMENTALES Son los derechos iguales e inalienables para todos los miembros de la familia humana, hacen parte de aquellos bienes jurídicos inseparables de la condición humana y que constituyen el fundamento de toda comunidad política, en cuanto le sirven de principio y razón fundamental. Son inherentes a la persona y existen con anterioridad al surgimiento de las normas positivas. Cumplen tres finalidades: garantizar la existencia de la persona humana, atemperar el ejercicio del poder político y conseguir la plena realización del bien común. Estos son: 1. El derecho a la familia. 2. El derecho a la vida y a la salud. 3. El derecho a no ser discriminado. 4. El derecho a la integridad personal. 5. El derecho a la intimidad. 6. El derecho al buen nombre. 7. El derecho al libre desarrollo de la personalidad. 8. El derecho a la objeción de consciencia. 9. El derecho a libertad religiosa. 10. El derecho a no ser obligado(a) a declarar contra mí mismo/a o contra familiares o parientes que se encuentren en segundo grado de afinidad o cuarto grado de consanguinidad. 11. El derecho de petición. 12. El derecho de acceso a los documentos.
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    13. El derechoal sufragio. 14. El derecho de resistencia. 15. El derecho a la educación. 16. El derecho de libre asociación. 17. El derecho al debido proceso. 18. El derecho a la participación de todos aquellos asuntos que puedan afectar a la persona. 19. El derecho a la libertad de expresión. 2. DERECHOS GENERALES Todo estudiante del Colegio Americano de Cali tiene derecho a: 1. Ser respetado y ayudado por todos los miembros de la Comunidad Americanista, de modo que goce del aprecio, consideración y apoyo de cada uno de ellos. 2. Obtener la formación ética-cristiana, académica, deportiva, cultural y social que la Institución propone. 3. Expresar toda inquietud que vaya en beneficio de la comunidad, con cultura y respeto. 4. Expresar sus inquietudes respecto al proceso enseñanza-aprendizaje y de convivencia en forma objetiva, respetuosa y oportuna. 5. Participar en actividades culturales, artísticas y deportivas que se realicen internamente o en representación del Colegio en campeonatos, olimpiadas y eventos en el ámbito escolar, local o Americanista, habiendo cumplido los requisitos académicos y de convivencia exigidos. 6. Utilizar de forma adecuada y responsable las instalaciones, muebles, recursos audiovisuales y diferentes servicios que ofrece el Colegio. 7. Disfrutar del descanso reglamentario, evitando los juegos y actividades que vayan en contra de su integridad física y la de los demás. 8. Ser nombrado como Representante de Grado en las diferentes áreas: académicas, de convivencia, deportiva y social. 9. Solicitar asesoría u orientación a Capellanía, y/o Psicología.
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    10. Recibir estímulopor sus actividades individuales o grupales que sean dignas de elogio, mediante menciones honoríficas o reconocimiento ante la Comunidad Educativa. 11. Acoger al finalizar el año, según criterios establecidos por el Colegio, estímulos tales como: beca, matrícula de honor, medalla al mérito, diploma de honor y premios. 12. Izar bandera en Actos Cívicos como un privilegio concedido por razones de tipo académico o convivencia, deportivo, artístico, de compañerismo, colaboración y otros dignos de mérito. 13. Ser atendido respetuosamente por las personas de las diferentes oficinas a su servicio, según el horario establecido para ello. 14. Poder ausentarse del Colegio en caso de enfermedad o por fuerza mayor, previa autorización remitida por los padres de familia y/o acudiente a la Coordinación de Sección. Ningún estudiante podrá salir del Colegio sin el conocimiento previo de sus padres o acudientes. En caso de presentarse algún padecimiento repentino, Enfermería se encargará de realizar la respectiva llamada. De presentarse una calamidad doméstica, el(la) estudiante deberá dirigirse a la Coordinación de Sección para obtener la autorización de salida. 15. Ser atendido y apoyado en caso de resultar afectado física o psicológicamente por otro compañero, o en caso de hurto. 16. Ser tenido en cuenta como miembro activo de la Comunidad Educativa como partícipe (candidato o miembro electo) del Consejo Estudiantil, el Gobierno Escolar y la Personería. 17. Recibir el día de su grado como Bachiller un botón que lo acredita como “hijo” del Colegio Americano de Cali, si ha cursado toda su escolaridad en esta Institución, de manera ininterrumpida. Se consideran también “hijos” del Colegio los(as) estudiantes que vienen por traslado de otros Colegios Americanos del país. 18. Recibir la placa al “Mérito Americanista” el día de su grado como estímulo a su calidad humana y perfil Americanista durante su permanencia en la Institución. 19. Tener un Sistema Educativo de alta calidad.
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    20. Ser educadode acuerdo a los principios cristianos fundamentados en la Palabra de Dios y a la Filosofía Institucional. 21. Conocer el Modelo de Formación de Procesos y Valores Cristianos del Colegio y el S.I.E.E. que de él se deriva. 22. Recibir información completa, clara y oportuna sobre su proceso evaluativo, siendo escuchado ante sus posibles reclamaciones. 23. Conocer periódicamente los Planes de Aula que aplicará el/la maestro(a) en un área determinada. 24. Conocer antes del inicio de cada clase, las competencias que se desarrollarán dentro de la intervención pedagógica. 25. Recibir asesoría y acompañamiento de los(as) maestros(as) para superar sus debilidades en el proceso de desarrollo. 26. Presentar excusas debidamente procesadas y legales por sus faltas de asistencia y ser tenidas en cuenta como excusas justificadas. 27. Presentar derechos de petición e interponer los recursos de reposición y apelación según lo estime necesario en todos los casos dentro de los procesos evaluativos y de promoción. 28. Presentar evaluaciones, trabajos y exposiciones en forma extemporánea en caso de ausencia justificada y aprobada en Coordinación de Sección. Ésta justificación se presentará en un plazo no superior a los tres (03) días hábiles, plazo límite para la sustentación de los trabajos o evaluaciones. 29. Recibir las clases correspondientes al grado que cursa, según intensidad horaria especificada por la Institución y el Ministerio de Educación Nacional. 30. Participar en la conformación del horario de evaluaciones, entrega de trabajos o proyectos, de común acuerdo con los(as) maestros(as). 31. Ser evaluado de acuerdo a lo establecido en el Modelo de Formación de Procesos y Valores Cristianos, según los Ejes Temáticos vistos. 32. Tener oportunidad de evidenciar las competencias en cada área de estudio, en lo posible antes de pasar al bimestre y/o semestre siguiente. 33. Solicitar la corrección del Informe Académico, en diálogo inicial con el/la maestro(a) del área y la Coordinación de Sección.
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    Deberes De LosEstudiantes Basados en el mismo principio que informa los derechos del estudiante se tienen a su cargo los deberes correlativos a sus derechos y los que se dan a continuación: Conocer, interiorizar y practicar el manual de convivencia- Mi Compromiso. Interiorizar la filosofía del colegio fundamentada en el evangelio y en los principios pedagógicos de Marie Poussepin. Demostrar respeto por hermanas, directivos, docentes compañeros, personal administrativo de servicios y comunidad en general dentro y fuera del colegio. Respetar y cuidar las pertenencias propias, de los estudiantes y los integrantes de la comunidad educativa. Atender sugerencias, observaciones, consejos dados por las directivas, profesores y acompañantes de grupo. Presentar la excusa firmada por los padres de familia o acudientes, despues de una inasistencia, el mismo día que el estudiante se reintegra a la actividad, para tener la oportunidad de ser evaluados en las diferentes actividades desarrolladas en su ausencia. Asistir puntualmente y con el debido respeto a las clases, actos culturales, religiosos y demás actividades de comunidad que programe el colegio. Atender con prontitud el toque de campana para ingreso a clase o cualquier acto comunitario. Observar buen comportamiento, orden y disciplina en el salón de clase o área; aún en ausencia del profesor. Asistir a las experiencias comunitarias de fe y retiros programados por la institución Portar con dignidad y respeto los uniformes completos, dentro y fuera del colegio según lo establecido, y mantenerlo limpio durante toda la semana. El uniforme de diario consta de blusa blanca manga corta, jardinera prensada según modelo, por sobre la rodilla, media blanca larga y lisa, zapatos azul oscuro en cuero con cordones del mismo color y suela de goma. En días especiales se utilizará blusa blanca de gala (manga larga) cabello recogido y moño blanco. El uniforme de educación física es: sudadera completa
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    pantalón, pantaloneta, camibusoy chaqueta, media blanca lisa (no tobillera), tenis color blanco de cordón sin adornos y vestido de baño enterizo color azul rey o azul oscuro según modelo. El uniforme de los niños consta de camibuso blanco según modelo, pantalón largo azul oscuro,zapatos azul oscuro con cordón del mismo color y suela de goma, medias azul oscuro, para el uniforme de gala utilizarán camisa blanca de manga larga según modelo.( LOS UNIFORMES DEBEN PORTARSE DE ACUERDO ALA HORARIO A LAS INDICACIONES DEL DIRECTOR DE GRADO. PARA ASISITIR A CLASE DE INGLÉS EN EL CENTRO DE IDIOMAS SE HARÁ CON UNIFORME DE EDUCAIÓN FÍSICA). Mantener el cabello arreglado en forma adecuada, sin peinados extravagantes. Los accesorios para el cabello serán de color blanco, azul oscuro o negro. (los demás accesorios de ortro color seran decomisados o retirados). Obrar en coherencia con la sencillez de nuestro lema. Por eso no está permitido con el uniforme, el maquillaje facial, las joyas y colores en las uñas. Además el uso de piercing en cualquier parte del cuerpo, así como objetos o modas que riñan con él. El cabello se usa sin cortes extravagantes o exagerados (Tinturas). En circunstancias autorizadas para ingresar a la institución sin uniforme, los estudiantes deberán portar con discreción prendas de vestir adecuadas y decentes. Cumplir con el plan de trabajo personal. Desarrollar según las indicaciones de los docentes: las unidades, tareas, trabajos e informes de consulta, estudio o aplicación de temas con, responsabilidad, pulcritud, originalidad, puntualidad, y capacidad de síntesis e interpretación. Presentar actividades de superación y recuperación de manera puntual y con los requerimientos exigidos. Informar oportunamente a sus padres y/o acuedientes de los llamados y circulantes enviados por la institución. Expresar su sentido de pertenencia con el cuidado de la planta física y recursos pedagógicos que la institución le ofrece para su información, manteniéndolos en perfecto estado y limpieza.
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    Entregar a coordinaciónde convivencia todo objeto encontrado con el fin de ser regresado a su respectivo dueño. Pagar el costo de los daños causados a los bienes del colegio. Evitar la interferencia en la labor educativa. Por lo tanto no se permite traer implementos tecnológicos. Y en ningún caso se hace responsable en colegio por daño o perdida de este. Utilizar con responsabilidad las distintas dependencias de la instrucción, respetando y cumpliendo el reglamento de cada una de ellas. Guardar excelente comportamiento en el transporte escolar evitando, compra o consumo de bebidas y alimentos en él. Respetar, cuidar la vida y velar por la integridad física y moral de todas las personas y por su salud personal y pública, rechazando el uso de alcohol, drogas, y otros, dentro de la institución y/o transporte escolar. Evitar ingresar a la sala de profesores y salones de clase en horas de descanso. Evitar encubrir, patrocinar o convertirse en cómplice de las faltas de sus compañeros (a). Portar permanentemente el carné estudiantil y el seguro de accidentes. _______________________________________________ 6.3. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Son deberes generales de los estudiantes: 1. Respetar mediante trato cortés y adecuado a todo miembro de la comunidad educativa; ello involucra normas de cortesía, urbanidad y buen vocabulario. 2. Honrar, enaltecer y respetar los símbolos de la patria y de la institución e igualmente el nombre de la Institución Educativa Deogracias Cardona. Debe conocer y cantar el Himno de la Institución. 3. Cumplir con todas las actividades curriculares programadas por la institución y velar por su buen desarrollo. 4. Acudir a cada actividad programada con sus deberes, tareas y actividades cumplidas aun en el caso de haber antecedido una inasistencia.
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    5. Cumplir conlas actividades programadas por la institución por sí o a través de terceros (jornadas de apoyo, capacitación, y otros) con el fin de obtener una formación que busque desarrollar mejores comportamientos que favorezcan al actor y a la comunidad. 6. Presentarse con el uniforme asignado para la actividad respectiva, según el horario de clases. 7. Tener una excelente presentación personal, acorde con la identificación como miembro de la comunidad deograciana, su tradición, y el sentido de pertenencia a la misma. Ver otros derechos, deberes y prohibiciones en el Capítulo Siete. 8. Cuidar todos los muebles, enseres y pertenencias del colegio. (Ver otros derechos, deberes y prohibiciones en el Capítulo Tres). 9. Cumplir las sanciones a que se haga merecedor por la trasgresión de la normatividad y del espíritu previsto en el manual de convivencia social. 10. Informar oportunamente a padres o acudientes acerca de las reuniones y citaciones emanadas de las directivas y profesores de la institución. 11. Usar debidamente y en las materias correspondientes, implementos corto punzantes y otros elementos y sustancias que puedan ocasionar daño a las personas o al mobiliario de la institución. 12. Sentir y demostrar respeto por el compañero, evitando tratos que impliquen todo tipo de agresión verbal, física, moral y psicológica, al igual que juegos que ocasionen daños a la persona, al uniforme, o a cualquier bien mueble o inmueble de la institución. 13. Ajustar su comportamiento en el colegio, los buses, y en cualquier otro lugar a las normas de compostura moral y al sano espíritu de compañerismo. _____________________________________________________ Artículo 16 DEBERES DE LOS(AS) ESTUDIANTES 1. DEBERES No hay derechos sin deberes, ni deberes sin derechos. Los derechos de alguien son los deberes que los otros tienen para él y los deberes de alguien son los derechos que los demás tienen en relación con las acciones de ese alguien. Los deberes son inherentes a la condición humana, éstos entrañan
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    compromisos que debemosconocer para asumirlos, su alcance es extenso, incluyen valores como: puntualidad, colaboración, solidaridad,responsabilidad, honradez, cortesía, respeto a los demás. El Manual de Convivencia tiene carácter de Norma o Disposición Legal que se encuentra incorporado al contrato de matrícula. Por tanto, el primer deber, es conocerlo y cumplirlo, además de: 1. Respetar la vida de los demás. 2. Respetar la integridad de las personas. 3. No ejercer actos de discriminación. 4. Respetar la intimidad de las personas. 5. Respetar el buen nombre de las personas. 6. Permitir el libre desarrollo de la personalidad de los/as otros/as. 7. Respetar las ideas y comportamientos de los/as demás. 8. Respetar el credo religioso. 9. No obligar a ninguna persona a declarar en contra de sí misma o contra familiares o parientes que se encuentren en segundo grado de afinidad o cuarto grado de consanguinidad. 10. Permitir que otras personas acudan a las autoridades por motivo de interés general o particular de manera respetuosa. 2. DEBERES GENERALES Son deberes generales de todo estudiante del Colegio Americano de Cali: 1. Amar a Dios, a sí mismo y a respetar a sus compañeros(as), directivos(as), maestro(as) y demás empleados(as) de la Institución en su integridad física, honorabilidad y buen nombre, procurando fomentar o establecer sentimientos de amistad, compañerismo, colaboración y comprensión. 2. Evidenciar un comportamiento ejemplar y el fiel cumplimiento de las normas tanto dentro como fuera del Establecimiento Educativo, del mismo modo, cuando se encuentre fuera del Plantel en actividades como: Convivencias, Salidas Pedagógicas, Campamentos, actividades deportivas o actos públicos donde esté presente la Institución. 3. Asistir puntualmente a las clases y actos programados por la Institución.
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    4. Portar dignamentey de manera adecuada el uniforme que corresponde al día. 5. Acatar y atender oportunamente los cambios que se vayan realizando durante el bimestre y/o semestre académico y que la Institución así lo demande en procura del bienestar de los(as) estudiantes. 6. Cumplir cabal y oportunamente con compromisos adquiridos con el Plantel, con los(as) maestro(as) y directivos docentes. 7. Contestar cortésmente, empleando el vocabulario adecuado al dirigirse a los compañeros, maestro(as) y demás miembros de la Comunidad Educativa. 8. Salir del salón de clases en forma ordenada, evitando carreras, tumultos y gritos. 9. Realizar los reclamos en forma respetuosa y cortés, siguiendo siempre el conducto regular: Maestro(a), Maestro(a) Orientador(a) de Grupo, Maestro(a) Coordinador(a) de área, Coordinador(a) de Sección, Rectoría, Consejo Directivo. 10. Cuidar y respetar sus pertenencias, las de los(as) compañeros(as) y las del Plantel. 11. Colaborar con el aseo de las dependencias de la Institución, haciendo buen uso de los recursos. 12. Observar hábitos morales que enaltezcan el buen nombre de la persona, la familia, el grupo, el Colegio y la Patria. 13. Actuar con honestidad y veracidad en todos los actos académicos, cívicos, comunitarios, deportivos y recreativos. 14. Honrar y enaltecer el buen nombre del Colegio Americano de Cali en todos los lugares y/o actividades que se realicen en su nombre. 15. Escuchar con atención y participar con respeto, además de cumplir con prontitud y calidad, las indicaciones que le hagan los miembros de la Comunidad Educativa, en función del bien común. 16. Enriquecer, proteger y aprovechar al máximo los recursos que ofrece el Plantel para el cumplimiento de los objetivos educativos.
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    17. Abstenerse derealizar en nombre del Colegio Americano cualquier tipo de rifas, actos o espectáculos que contravengan la filosofía y el buen nombre de la Institución dentro y fuera de ella. 18. Responsabilizarse del llamado de atención u orientación que figure en el Observador del estudiante, asumiendo una actitud propositiva ante esas recomendaciones y llevando a cabo lo que allí se recomienda y compromete. 19. Demostrar sus potencialidades buscando un liderazgo que lo impulse al logro de su superación individual y colectiva respetando la autenticidad de cada uno. 20. Presentar autorización escrita de los padres de familia y/o acudientes para quedarse en las actividades académicas, externas o complementarias organizadas por la Institución. 21. Portar el carné de estudiante y exhibirlo cuando sea requerido por las autoridades del Colegio. 22. Al acto de graduación, los(as) estudiantes de grado 11º asistirán utilizando toga y birrete de acuerdo con las instrucciones que para el efecto imparta la Rectoría de la Institución. 23. Conocer, respetar y cumplir con los derechos y obligaciones contempladas en la Constitución Nacional, la Ley General de Educación, la Ley de Infancia y Adolescencia, el Manual de Convivencia y demás normas vigentes. 24. Abstenerse de lanzar proyectiles, esputos, líquidos y otros elementos que lesionen la integridad de las personas que se encuentren a su alcance. 25. Respetar los principios cristianos fundamentados en la Palabra de Dios y en la Filosofía Institucional. 26. Ser responsables con los horarios establecidos por el Colegio. 27. Presentar excusas debidamente procesadas y legales por sus faltas de asistencia para ser tenidas en cuenta como excusas justificadas. 28. Solicitar explicaciones adicionales sobre aspectos que no haya comprendido en clase. 29. Ser consciente de la necesidad y responsabilidad frente al proceso de superación de saberes en todas y cada una de las áreas del conocimiento.
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    30. Atender yresponder a las recomendaciones dadas por los padres de familia y/o acudientes, maestros(as) y directivos(as) para su desarrollo integral y avance dentro del S.I.E.E. 31. Reconocer y responder en todos los casos la autoridad de Dios, la familia, el Colegio y la Legislación Civil, aceptándola como una ayuda idónea para su crecimiento integral, prevención, protección y conservación de la vida. 32. Participar del Gobierno Escolar de manera personal o representada por otro(a) estudiante. 33. Tener estricta puntualidad en el horario escolar establecido para la llegada al Colegio e iniciación de clases y otras actividades complementarias programadas. 3.2 DE DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES 3.2.1. DERECHOS 1. A ser tratados con dignidad y respeto 2. A que sea acatado su liderazgo en la orientación de los procesos preventivos de la drogadicción y preservativos del orden y la higiene. 3. A tener unas oficinas cómodas e higiénicas y desenvolverse en un ambiente académico y disciplinario sano. 4. A que se le ofrezcan unos servicios de cafetería y restaurante óptimos en higiene, aseo y salubridad.
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    5. Tener accesoa los servicios médicos y de primeros auxilios. 6. A respirar un medio ambiente libre de humo, cigarrillos y sustancias que lesionen su salud y ánimo. 7. A impartir clases y orientar procesos curriculares en un ambiente agradable y dispuesto en lo referente a la higiene y aseo de los salones, laboratorios y demás recintos. 8. Dirigir, pertenecer o participar en comités constituidos con el fin de conservar el orden, la higiene, salubridad y prevención de sustancias psicoactivas en el Colegio. 9. A recibir estímulos en forma individual o colectiva por las actividades que en esta área proponga y desarrolle, y por el liderazgo y responsabilidad aplicada a las mismas. 10. Las demás que en esta área le sean consagradas, en la Constitución Política, Ley General de Educación, Estatuto Docente, Organización Mundial de la Salud y organismos similares. 3.2.2. DEBERES 1. Respetar, mediante su adecuada presentación personal, a todo miembro de la comunidad escolar. 2. Estudiar todo tipo de sugerencia administrativa, académica y pedagógica, que sea hecha por cualquier miembro de la comunidad, con referencia a la higiene y la salud pública, la conservación de la misma y la prevención frente al consumo de psicotrópicos. 3. Llamar la atención a cualquier miembro de la comunidad deograciana por atentar contra la salubridad e higiene comunitaria al igual que consumir sustancias psicotrópicas, licores y cigarrillos y proceder con lo establecido para el cumplimiento de la norma 4. Orientar la elaboración de proyectos que contengan reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas.
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    5. Colaborar conlas autoridades de salud pública del orden departamental, nacional o municipal, que requieran visitas de oficio o solicitadas para salvaguardar un ambiente escolar saludable e higiénico. 6. Los demás impuestos por la autoridad competente y que sean afines a este propósito. 7. A través del ejercicio docente inculcar el amor por la vida, la patria, la libertad, la ciencia, la convivencia humana, la higiene personal y comunitaria. 8. Los demás indicados por la autoridad competente y afines a este propósito. Nota: Es causal de mala conducta por parte del docente la asistencia habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez o toxicomanía. Decreto Ley 2277/79 Artículo 46 Literal A y demás literales. ______________________________________________ ARTÍCULO 16: EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR La educación pre escolar cumple un papel fundamental en el desarrollo del ser humano ya que es el crecimiento de un proceso de vida, en el cual se proveerá al niño de las herramientas que le despiertan el interés por resolver problemas, y enfrentarse a los retos de la vida. El Liceo Campestre al satisfacer dichas necesidades va fortaleciendo de manera paulatina sus habilidades, capacidades, destrezas, valores para enfrentarse a diferentes situaciones de su contexto. ARTÍCULO 15: DERECHOS DEL ESTUDIANTE DE PRE – ESCOLAR 1. Recibir de la Institución una educación integral en igualdad de condiciones sin ningún tipo de discriminación. 2. Recibir orientación permanente de sus padres y/o acudientes sobre su formación, haciendo presencia en su proceso evolutivo y comprometiéndose aacompañarlo y suplir sus necesidades integrales, a través, entre diversas estrategias, del trabajo en equipo con la Institución. 3. Ser escuchado y atendido en forma respetuosa.
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    4. Participar activamenteen todas las actividades organizadas por la Institución 5. Gozar de las condiciones locativas y ambientes físicos sanos que favorece el buen desarrollo. 6. Recibir realimentación constante de su proceso y sus respectivas valoraciones académicas. 7. Tener estímulos individuales y colectivos por parte de la Institución. DEBERES DEL ESTUDIANTE DE PRE – ESCOLAR 1. Asistir puntualmente a clases. 2. Respetar a la Institución, sus integrantes, su nombre, símbolos, principios y valores. 3. Portar debidamente los uniformes establecidos por la Institución. 4. Cumplir con todas las actividades curriculares y extracurriculares programadas por la Institución. 5. Cuidar y respetar todos los elementos del Colegio al igual que los propios elementos de trabajo. DERECHOS Y DEBERES DE PROFESORES Y ALUMNOS EN EL MARCO DE UNA CONVIVENCIA PACÍFICA Director CEIS Orientación y Capacitación Seminario Normativa de la Convivencia Personal: “La revisión de los contenidos de variados Proyectos Educativos Institucionales (PEI) han permitido detectar una debilidad significativa al momento de incorporar como elementos constitutivos los conceptos de Derechos y Deberes. Este producto obtenido en el Seminario sobre Convivencia indicado nos permite confrontar lo existente con lo planteado a continuación y esta llamado a ser un aporte para mejorar el documento institucional indicado”. A continuación presentamos una propuesta de derechos y deberes para educadores y alumnos. Los sugerimos como una muestra de deberes y
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    derechos y seinvita a enriquecerlos desde la propia realidad del colegio y en atención a las intencionalidades particulares que le definen. Derechos de los docentes: A recibir un trato justo y respetuoso: El profesor gozará de un trato digno y respetuoso por parte de sus superiores, sus colegas, padres y sus alumnos. Al respeto de la integridad física y moral: Todos los docentes tienen derecho a que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes. A la libertad de expresión: Los docentes tienen derecho a la libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los principios y derechos contemplados en el Ideario Institucional. A perfeccionarse: todos los decentes tienen derecho a perfeccionarse permanentemente para actualizar sus conocimientos y mejorar su desempeño profesional y su desarrollo personal. A la libertad de conciencia: Los docentes tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones. A trabajar en equipo: El profesor tiene derecho a un trabajo colaborativo con los demás colegas para el mutuo enriquecimiento, intercambiando estrategias y materiales metodológicos y romper así el aislamiento pedagógico. A asociarse: los profesores podrán vincularse a distintas entidades como colegios profesionales, federaciones, asociaciones, etc., voluntariamente y con el propósito de mejorar su calidad de vida. Deberes de los docentes: Planear el trabajo docente: el profesor debe planear su trabajo para dar un máximo de aprovechamiento a la formación de los alumnos y disminuir los conflictos que surgen al interior del grupo curso. Mantener buenas relaciones con los colegas: el profesor debe establecer y conservar buenas relaciones laborales con sus colegas a fin de ir a la par de los trabajos que éstos ejecutan e informarse acerca del comportamiento de sus alumnos en las demás asignaturas.
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    Orientar los estudios:el profesor debe preocuparse por saber dónde, qué y cómo pueden estudiar sus alumnos lo que está siendo objeto de enseñanza. Respetar al alumno: el profesor debe ver en sus alumnos personas en formación, que requieren de su ayuda para realizarse, esto es, debe ver y respetar a sus alumnos como personas y no como individuos o meros números. Nunca debe humillarlo. Reconocer los esfuerzos de los educandos: es necesario que el docente reconozca los esfuerzos de sus alumnos y no solamente sus éxitos. Propiciar una mejor relación: factor de éxito en los trabajos escolares es, la buena relación entre docentes y alumnos. El problema de la disciplina se ve bastante facilitado y las posibles dificultades que surjan son fácilmente superables, cuando existe un buen entendimiento entre docente alumno, esto es, cuando existe respeto y estima mutuas. Inculcar sentimientos de trabajo en equipo: el educador debe sentirse miembro de una comunidad con la cual y para la cual trabaja; y el éxito de todos depende, en parte, de su cooperación. Eliminar el miedo como fuerza motivadora: el profesor debe ser capaz de despertar la motivación interna del alumno por el aprendizaje. Para ello, preparará con esmero sus clases y material didáctico a fin de favorecer el aprendizaje y disponer de un ambiente de clase adecuado. Formar hábitos saludables: el profesor debe esforzarse en alentar la formación de nexos agradables entre el alumno y sus clases, promoviendo una atmósfera de optimismo, confianza, igualdad, respeto y buen éxito en los trabajos escolares. Vivir los valores que se quieren transmitir: aquél que se propone educar debe vivir los valores, las actitudes y los ideales, es decir, las formas de comportamiento deseables, para que éstas sensibilicen al educando por medio del ejemplo. Derechos de los alumnos: El respeto a los derechos de los alumnos: El ejercicio de los derechos por parte de los alumnos implicará el reconocimiento y el respeto de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa. Se educará a los alumnos en el principio de que los derechos de cada uno terminan donde empiezan los de los demás. Por lo cual, si los alumnos pretenden que los demás miembros de la comunidad educativa respeten sus derechos ellos deben respetar los de los demás.
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    A recibir unaformación plena: Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad, lo cual exige una jornada de trabajo escolar acomodada a su edad, una planificación equilibrada de sus actividades de estudio y una calidad máxima en las metodologías empleadas. A la igualdad de oportunidades: La igualdad de oportunidades se promoverá mediante la no discriminación por razón de nacimiento; raza; sexo; situación económica; nivel social; convicciones políticas, morales o religiosas; así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. A que el rendimiento escolar sea evaluado objetivamente: Con el fin de garantizar el derecho a la evaluación con criterios objetivos, los colegios deberán hacer públicos los criterios generales que se van a aplicar para la evaluación de los aprendizajes y la promoción de los alumnos. A recibir orientación escolar y profesional: Todos los alumnos tienen derecho a recibir orientación escolar y profesional para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones e intereses. La orientación profesional se basará únicamente en las aptitudes e intereses de los alumnos y excluirá toda diferenciación por razón de sexo. A la libertad de conciencia: Los alumnos tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones. Al respeto de la integridad física y moral: Todos los alumnos tienen derecho a que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes. Esto implica que no se puede sancionar a los alumnos con castigos físicos ni psicológicos ni con acciones que atenten a su dignidad personal. A asociarse: Los alumnos tienen derecho a asociarse, creando asociaciones, federaciones y confederaciones de alumnos. A ser informados: Los alumnos tienen derecho a ser informados por la dirección del establecimiento, sus tutores, el centro de alumnos y otras instancias, sobre las cuestiones propias de su colegio así como de aquellas que son externas al centro educacional y que son relevantes y pertinentes a su situación. A la libertad de expresión: Los alumnos tienen derecho a la libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los principios y derechos constitucionales.
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    A discrepar: Losalumnos tienen derecho a discrepar respecto de las decisiones educativas que les afecten. Cuando la discrepancia es colectiva, ésta debe ser canalizada por los delegados de curso y la Directiva del Centro de Alumnos. A reunirse: Los alumnos podrán reunirse en el colegio para actividades de carácter escolar o extraescolar que formen parte del proyecto educativo del centro, así como para aquellas otras a las que pueda atribuirse una finalidad educativa o formativa. Este derecho debe estar regido por un horario para su ejercicio. Deberes de los alumnos: El estudio, deber básico de los alumnos: Asistir a clases con puntualidad y participar en las actividades que desarrollan los planes de estudio. La puntualidad no es un tema menor y es una exigencia que ha de pedirse a los alumnos que cumplan. Para estudiar hay que participar en las actividades de aprendizaje que se desprenden de los proyectos curriculares de los diferentes Sectores y Subsectores y Ciclos del colegio. Cumplir y respetar los horarios del colegio. Seguir las orientaciones de los profesores y mostrarle respeto y consideración. Los alumnos, para aprender, han de seguir las orientaciones de sus profesores, quienes las dan para que el aprendizaje se efectúe de la forma más eficaz y eficiente. Además, los educandos han de manifestar una actitud de respeto y consideración a los profesores tal como ellos esperan ser respetados por sus mayores. Respetar el derecho al estudio de sus compañeros. Como el estudio es el deber básico de cada alumno, una consecuencia lógica es que cada uno ha de respetar el derecho de todos y de cada uno de aprender. El respeto a la libertad de conciencia y la dignidad: Los alumnos han de respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. El deber de la no discriminación: Corresponde a todos los alumnos el deber de la no discriminación de ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social. El respeto al proyecto educativo del colegio: Los alumnos deben respetar el proyecto educativo o el carácter propio del establecimiento. Éstos deben estar plenamente informados de la naturaleza del proyecto.
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    El deber decuidar y usar correctamente los bienes e instalaciones del colegio: Las instalaciones y recursos de los colegios han de ser utilizados en forma cuidadosa por los alumnos, procurando que las cosas no se estropeen ni se deterioren por incorrecta manipulación. Por supuesto, los alumnos han de respetar el derecho a la propiedad privada de los demás miembros de la comunidad educativa. Participar en las actividades del colegio: Los colegios comúnmente disponen de una serie de actividades programáticas y extra programáticas para la formación integral de su alumnado. Es altamente conveniente para los alumnos participar activamente en estas instancias ________________________________________________________ CAPITULO X DE LOS EDUCADORES Artículo 50. Derechos. Los establecidos en el artículo 36 del decreto 2277 de 1979; artículo 37 del decreto 1278 de 2002 y demás normas concordantes. Artículo 51. Deberes. Los establecidos en el artículo 44 del decreto 2277 de 1979; artículo 41 del decreto 1278 de 2002, los del manual de funciones de la institución, circulares, acuerdos y resoluciones internas emanadas del consejo académico, de coordinación, de rectoría y demás disposiciones generales de régimen disciplinario establecidas por el Ministerio de Educación Nacional. CAPITULO XI PADRES DE FAMILIA Artículo 52. Derechos de los padres de familia. Los principales derechos de los padres de familia en relación con la educación de sus hijos son los establecidos en el decreto 1286 del 2005 así: 1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes, criterios, procedimientos, e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar. 2. Acompañar el proceso educativo de los estudiantes. 3. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos.
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    4. Recibir losinformes periódicos de evaluación. 5. Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la constitución y la ley. 6. Recibir información del estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. 7. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el pacto de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional. 8. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de identidad del personal docente y directivo de la Institución Educativa. 9. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional. 10. Recibir respuestas suficientes y oportunas a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos. 11. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos. 12. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos del gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la ley general de educación y en sus reglamentos. 13. Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos. Artículo 53. Deberes de los padres de familia. Corresponde a los padres de familia los siguientes deberes:
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    1. Participar através de las instancias del gobierno escolar: en la diferencia de criterios y procedimientos de evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar: Consejo Directivo, comité de evaluación, y promoción. 2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos. 3. Analizar los informes periódicos de evaluación. 4. Recomendar a sus hijos la realización de recuperaciones durante el proceso educativo. 5. Cumplir con los compromisos y recomendaciones adquiridas para la superación de sus debilidades. 6. Los padres de común acuerdo dirigirán la educación de sus hijos menores y su formación moral e intelectual teniendo en cuenta el Dto. 772/75 art. 4 código del menor. 7. Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria. 8. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 9. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual de convivencia, para facilitar el proceso educativo. 10. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. 11. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tenga conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes. 12. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzca al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.
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    13. Acompañar elproceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos. 14. Participar en el proceso de auto evaluación anual del establecimiento educativo. 15. Suministrar a los hijos los uniformes, útiles escolares y elementos indispensables que faciliten su proceso de aprendizaje. 16. Asistir oportunamente a la entrega de boletines. 17. Controlar al estudiante en cuanto a la asistencia puntual a la Institución y a clases, el regreso a casa, la elaboración de tareas y trabajos, el buen porte del uniforme y la ocupación del tiempo libre. 18. Asistir a la Institución oportunamente a justificar las ausencias de sus hijos y atender puntualmente las citaciones enviadas por cualquier instancia escolar. 19. Solicitar periódicamente información relacionadas con el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos, atendiendo los horarios establecidos. 20. Cancelar costos educativos determinados por el Consejo Directivo y estar a paz y salvo a fin de año para poder retirar boletines y certificados. 21. Asistir y participar activamente en la escuela de padres. 22. Mantener relaciones de respeto, diálogo y colaboración con todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa. 23. Concurrir obligatoria y puntualmente a la asamblea general de padres de familia por convocatoria del rector(a) del establecimiento educativo(art. 4 Dcto 1286 de 2005). 24. Realizar con el debido respeto cualquier reclamación teniendo en cuenta el conducto regular y tiempo establecido. 25. Asumir con responsabilidad el cargo para el que sea elegido por la comunidad Educativa. 26. Responder por los daños que causen los alumnos dentro de la Institución Educativa. _______________________________________________________
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    SOBRE CELULARES OJO………………………. Corte Constitucional reglamentó uso de celulares en los colegios Un reciente fallo de la Corte Constitucional establece que el uso de los teléfonos celulares se debe reglamentar en los manuales de convivencia de los colegios, pero no se puede prohibir, se violaría el libre desarrollo de la personalidad. El alto tribunal aclara en su fallo que las instituciones educativas deben estipular en sus manuales de convivencia cuáles son las conductas que constituyen una falta en relación con el uso del celular, las sanciones que se impondrán si se incurren en éstas y el procedimiento a que serán sometidos los infractores, así como las garantías a las que tienen derecho. El pronunciamiento de la Corte se dio como consecuencia de la tutela que presentó en esta instancia Katherine Navarro Mendoza, una estudiante, del Institución Educativa José Arnoldo Marín en Cartagena, que está punto de graduarse como bachiller y quien fue expulsada del colegio luego de que sus padres y las directivas de la institución se enfrentaran porque la alumna presuntamente le vendía a sus compañeros minutos a celular. El pasado 14 de marzo, la coordinadora del colegio le decomisó a Katherine el celular por la práctica ya nombrada y le aseguró que se lo devolvería el 30 de noviembre, momento en el que terminarían las clases. De inmediato, el padre de la niña le reclamó a la profesora y le exigió que le devolviera el celular a su hija. Luego de una fuerte discusión la coordinadora le devolvió el teléfono y expulsó a la alumna de la institución. Los padres de Katherine se quejaron ante la Secretaría de Educación y dos instancias judiciales en juzgados de Cartagena, donde les fue negada su petición, puesto que la alumna le adeudaba al colegio las pensiones de los últimos dos años, lo que hacía que ella fuera estudiante en calidad de ‘asistente'. En consecuencia, los padres presentaron la acción de tutela ante la Corte, que revocó los dos fallos anteriores y ordenó que Katherine fuera reintegrada al plantel educativo, pues el alto tribunal consideró que a la alumna se le violó el debido proceso y el derecho a la educación. La Corte además estableció que en el colegio no era de conocimiento público la prohibición de los celulares ni las sanciones establecidas por su uso, puesto que en el manual de convivencia no estaba estipulado.
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    El fallo dela Corte establece entonces que mientras no haya un documento escrito en cada institución que reglamente el uso de teléfonos celulares, no se pueden decomisar o expulsar alumnos por usarlo o por vender minutos. El impacto de los teléfonos celulares en instituciones educativas. El uso de teléfonos celulares es ahora una parte integral de la vida cotidiana. A donde uno mire hay estudiantes usando celulares para llamar, mandar mensajes, tomar fotografías e incluso navegar en Internet. Las tecnologías avanzadas que los teléfonos celulares han impuesto, han afectado a las instituciones educativas de tal manera que ha aumentado la necesidad de imponer medidas que prohíban a los estudiantes el uso de teléfonos celulares en el colegio. Educadores en contra de los teléfonos celulares Los maestros que se oponen a los teléfonos celulares creen que los estudiantes pierden mucho tiempo enviando mensajes a sus amigos y que eso impacta en su habilidad para prestar atención al plan de estudios. De acuerdo con Franz Prichard, un adjunto de investigación de Clarity Innovations Inc., "La tecnología de telefonía de avanzada también desafía cada vez más los métodos de evitar que los estudiantes hagan trampa. Los mensajes instantáneos pueden compartir respuestas, los celulares con cámara pueden proveer imágenes para problemas complicados y puede intercambiarse mensajes de voz detallados entre períodos sucesivos". Prohibiciones escolares no….reglamentar el uso es otra cosa…hasta para los docentes Los teléfonos celulares son considerados una alteración para la clase. El método disruptivo de hablar con amigos a través de mensajes es un incordio para los educadores que se oponen a que los estudiantes usen teléfonos celulares. Algunas escuelas han creado medidas que prohíben a los estudiantes el uso de teléfonos celulares en el colegio. Sin embargo, esto no impide que los estudiantes continúen utilizando sus teléfonos móviles para hablar, jugar y no prestar atención en clase. Los teléfonos celulares impulsan actividades ilegales Las escuelas revisan continuamente sus medidas para teléfonos celulares para proteger tanto a los estudiantes como a los maestros. De acuerdo con la National School Safety and Security Services, "Algunas escuelas han prohibido los buscadores y los celulares desde hace una década debido a su conexión con las
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    drogas y laactividad de las pandillas, y también debido a la perturbación que producen en clase". Prohibir el uso de teléfonos celulares ayuda a disminuir el riesgo de tráfico de drogas y conversaciones relativas a pandillas en las escuelas. Los teléfonos celulares de los estudiantes causan estragos Los estudiantes han llamado a sus escuelas usando sus teléfonos celulares para hacer amenazas de bomba y provocar problemas, sembrar el miedo y salirse de clases. A través de los teléfonos celulares también se diseminan rumores que causan caos innecesario entre estudiantes y docentes. De acuerdo con Ken Trump, presidente de los Servicios de Seguridad y Salvaguarda Nacional de Escuelas, "Los rumores suelen ser mayores que el asunto, el problema o el incidente en sí mismo. La asistencia puede disminuir repentinamente y los rumores pueden volar en minutos". Consejo Los estudiantes deben ser controlados por profesores para asegurarse de que el uso de teléfonos celulares en clase sea minimizado. Los padres deben explicar a sus hijos que el uso de teléfonos celulares en colegios debe acogerse a como estén las normas del manual…no es que se prohiba. Los teléfonos celulares que los estudiantes más grandes llevan al colegio deben permanecer en el auto, y los niños más pequeños deben dejar sus teléfonos celulares en casa. De igual forma que quede estipulado que la institución no se responsabiliza por la pérdida de estos objetos. De igual forma que se regule el uso para los docentes en los colegios: Plantearán prohibir uso de celulares en las escuelas para evitar el bullying En concejal de Asunción Hugo Ramirez presentará una minuta que forma parte de la campaña de lucha contra el acoso escolar. La propuesta pretende evitar las llamadas extorsivas por parte de estudiantes, conversaciones entre pandillas, tráfico de drogas y bullying dentro de las instituciones educativas. Los especialistas confirman que los acosadores escolares generalmente utilizan los teléfonos celulares para atemorizar a sus víctimas. Ya sea enviando mensajes para herir o asustar a sus compañeros, o divulgar fotografías vergonzosas que son tomadas en las instituciones, donde los acosadores tienen contacto con los menores que martirizan.
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    Ante esto, elConcejal Hugo Ramirez anunció que mañana presentará una minuta ante la Junta Municipal de Asunción. El proyecto prohíbe el uso de teléfonos móviles dentro de las instituciones educativas, como una alternativa para minimizar el bullying. “En caso de que los padres consideren que es necesario que sus hijos lleven el celular a la escuela, los teléfonos se quedarán en la dirección, donde lo utilizarán si fuera necesario. La idea es evitar que los estudiantes ingresen a las clases con los celulares que además distraen a los jóvenes”, refirió el edil en comunicación con la redacción de HOY. La propuesta prevé la intervención del Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación y psicólogos del Instituto de Previsión Social, quienes impartirán charlas informativas a los estudiantes sobre las consecuencias del uso de teléfonos celulares. “El ministerio de salud explicará la parte de la falta de atención en los adolescentes y los efectos nocivos en el cuerpo. Los psicólogos hablarán sobre la lucha contra el bullying, pero el primer paso antes de estas convocatorias es prohibir el uso de celulares en las instituciones educativas"sostuvo el concejal. En caso de que la propuesta sea aprobada, las autoridades de las escuelas se encargarán de garantizar el cumplimiento de la minuta. Reglamentar uso del celular en colegios, mas no prohibirlo, determina fallo de Corte Constitucional La Corte dijo que el uso debe estar reglamentado en los Manuales de Convivencia, pero estos no pueden violar la Constitución. El alto tribunal se pronunció así en un fallo sobre el caso de Katherine, una alumna de la Institución Educativa José Arnoldo Marín, de Cartagena, que fue expulsada en marzo de este año después de que le decomisaron su celular porque, supuestamente, estaba vendiendo minutos a sus compañeros. En esa ocasión, la coordinadora del colegio le informó que se lo devolvería el 30 de noviembre, algo que molestó al padre de la niña, quien reclamó ante el colegio la decisión y pidió que le devolvieran el celular. Sin embargo, después de un fuerte altercado, la coordinadora le entregó el celular y expulsó a la estudiante del plantel. Los padres se quejaron ante la Secretaría de Educación, ente que escuchó su versión, al igual que la del colegio. Este último presentó documentos en los que
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    certificaba que lafamilia Navarro adeudaba al plantel las pensiones de los últimos dos años por lo que Katherine iba al colegio como "asistente" y que un día antes del decomiso del celular se había acordado en una reunión de padres de familia que estaba prohibido el uso de estos aparatos. La Secretaría le dio la razón a la institución. Los padres no quedaron contentos y acudieron a dos instancias en juzgados de Cartagena, que negaron las peticiones a la familia. Luego, acudieron a una tutela ante la Corte Constitucional, que revocó los dos fallos de los juzgados y dio la orden de reintegrar a Katherine, si los padres querían, pues ya estaba estudiando en otra institución. Para los magistrados, en el colegio no solo se le violó el debido proceso a la alumna, sino que se le violó el derecho a la educación. El alto tribunal consideró que en este caso la prohibición de celulares en el colegio no estaba suficientemente divulgada y no estaba formalmente incorporada en el Manual de Convivencia, ni se habían establecido las sanciones por usar los móviles en aulas. "No era claro que el colegio pudiera decomisar el aparato como sanción por el incumplimiento de la prohibición, ni que la estudiante pudiera ser expulsada por este mismo hecho", concluyó la Corte. La Corte Constitucional aclaró que no se pueden decomisar esos móviles en las aulas o expulsar alumnos por la venta de minutos, si no hay un documento interno que estipule tales sanciones. Lo que pueden contener los manuales de Convivencia El ex magistrado de la Corte Constitucional, Alfedro Beltrán Sierra, considera que prohibir el uso del celular en un colegio es una violación de los derechos fundamentales que hay en la Constitución. Y agrega: "Lo que la Corte dice en el fallo que acaba de salir es que el colegio no puede quitarles este derecho (el de utilizar el celular). Lo que puede hacer es regular el uso del celular. Es decir, no prohibirlo, sino enseñarlo a utilizar. Prohibir el celular, en cualquier situación, sería contrario al derecho que tienen los estudiantes". Entonces, ¿qué límites deben tener los manuales de convivencia? Beltrán Sierra recuerda las primeras tutelas que llegaron a la Corte sobre asuntos como el uso del pelo largo en las aulas. "El estudiante sí tiene
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    derecho a utilizarel cabello largo si quiere, pero sería contrario a la Constitución y al libre desarrollo del muchacho imponerle que se calvee. Porque eso es contrariar su propia libertad. Por ejemplo, se le puede pedir que no lo tenga en desorden. Ese es un ejemplo del límite de estos documentos". Un manual de convivencia, dice el magistrado, no puede decir que una alumna sea expulsada por estar embarazada porque sería contrario a la Constitución. "Un documento de estos no puede, por ejemplo, prohibir la lectura de un libro, porque iría en contra de la Constitución", dijo Beltrán. Golpe a directivos autoritarios Con el fallo a favor de la familia Navarro, la Corte reiteró que a los estudiantes se les debe respetar el debido proceso para que se puedan defender ante la posibilidad de ser sancionados. Para el tribunal, las autoridades escolares del plantel estudiaron el caso dos días después del incidente sin la presencia de Katherine ni de su madre. Esto, para la sala, violó el debido proceso. La Corte señaló las faltas que cometió el colegio: no hubo comunicación de la apertura del proceso disciplinario, tampoco formulación verbal o escrita, clara y precisa, de las conductas que se le reprochaban; no se le señaló cuál era la supuesta falta ni tampoco se le indicó el término para que la estudiante hiciera sus descargos. Reacciones al fallo - Manuel Bernal Sánchez. Rector del Colegio Mayor José Celestino Mutis, de Bogotá: "No estoy de acuerdo con que se prohíban. En el colegio no se restringe el uso. A los alumnos se les ha enseñado que pidan permiso al profesor si la llamada es urgente. Hay que enseñarles a usarlos". - Alfonso Hernández. Presidente de la Federación de Asociaciones de Padres de Familia (Fedepadres): "El uso de los celulares en los colegios sí debe reglamentarse, pero como normas de urbanidad, con el fin de que no interrumpan las clases. No debe haber sanciones para su uso". - Mariela Jiménez. Estudiante de noveno grado en Bogotá: "No los deben prohibir, como en mi colegio. Los celulares se convirtieron en una manera de
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    chantajearnos. A algunosse los decomisan por horas, a otros por días y a los que les cae mal el profesor, por meses". REDACCIÓN JUSTICIA sobre prohibir y confiscar los celulares En muchos colegios prohíben a los estudiantes tener celulares. Muchas veces se los confiscan en la puerta para devolvérselos a la salida, pero si el alumno sigue llevándolo a la escuela se lo confiscan por una semana, y a veces por más tiempo. Se de colegios que ya no los devuelven o lo hacen solo al final del año. El tema se ha vuelto recurrente porque en ciertos estratos sociales son cada vez más los niños que tienen celulares, y siempre aparece como problema cuando converso sobre disciplina escolar con grupos de maestros. Yo ya he dado mi opinión sobre los reglamentos, la disciplina y las prohibiciones escolares en varios posts de este blog, por ejemplo, en este, en este otro y en este más. Sobre este tema en específico, me preocupa una cosa muy simple: El celular es un artefacto que existe en el mundo y que mucha gente opta por usar, con todo derecho (más allá de que a algunos no nos guste mucho utilizarlo o temamos que sea malo para la salud). Muchos padres les dan celulares a sus hijos con el fin de mantenerse en contacto y monitorearlos, lo que no es malo en sí mismo. Cuando les pregunto cuál es el problema con los celulares, muchos profesores responden que estos "generan desorden", que los niños se distraen con ellos y que temen que el celular suene e interrumpa la clase... Yo les pregunto entonces que si ellos no creen -asumiendo que el sonido y las interrupciones es el único o el mayor problema- que los estudiantes deberían más bien aprender a regularse de manera autónoma, es decir, aprender a respetar al otro y apagar el celular durante clases, ponerlo en modo discreto o silencioso en una conferencia, dejarlo en algún lugar cuando hay un exámen, etc. Me dicen entonces que los alumnos no se regulan solos y les digo que es precisamente por ello que tienen que aprender a hacerlo, y la única manera es analizando el sentido de las normas, discutiendo en qué circunstancias podría permitirse un celular y de qué manera, explicando las consecuencias negativas que su uso inapropiado trae a la dinámica del salón de clases, pensando normas colectivamente (ojo: colectivamente, no imponiéndolas unilateralmente) y evaluando constantemente su cumplimiento, etc. ¿Cuando, si no, van los niños a practicar esto? Si nos tomáramos en serio la premisa de que el conocimiento viene de la acción, entenderíamos mejor la necesidad de que los niños generen, practiquen y
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    discutan las normasque regulan su convivencia. No sirve de nada quitar, confiscar y prohibir, salvo quizá para mantener el aula y las relaciones en ella como el profesor desea que sean. Pero no es pedagógico para los niños, pues no les enseña absolutamente nada sobre el por qué un celular que suena durante una clase constituye un problema que nos afecta a todos, ni los prepara para generar soluciones consensuadas para este tipo de situaciones. Pienso yo que si los adultos de hoy hubieran tenido más ejercicios de convivencia de este tipo cuando niños, no tendrían ahora tantas dificultades para normarse a si mismos y respetar los derechos de los demás. Mientras discutía estas y otras ideas con los profesores, sonaron los celulares de varios, en plena sesión de trabajo y a pesar de que inicialmente puse el mio en vibrador y pedí a los profesores que hicieran lo mismo con los suyos... Resolución prohíbe el uso de celulares en las aulas Gestión. La Dirección Departamental de Educación explicó que la medida se aplicará de acuerdo a las normas de cada colegio. Jueves, 16 de Enero, 2014 Si bien la prohibición de aparatos celulares estaba hasta el año pasado sujeta a las normas internas de cada establecimiento educativo, esta medida fue contemplada como obligatoria en la resolución 001/2014 emitida por el Ministerio de Educación, que establece las normas generales para esta gestión educativa. En su artículo 108, la instructiva escolar indica la prohibición de estos aparatos móviles tanto en estudiantes como en docentes durante el desarrollo de las actividades curriculares que se realizan en el aula por considerar que interrumpen las labores educativas. Las razones para el veto al teléfono. Esta instructiva si bien es aplaudida por las diferentes autoridades educativas de la capital, también genera incertidumbre en los padres de familia debido a que los teléfonos se convierten en una herramienta para hacer seguimiento de sus hijos. "Habría que ver cómo la van a aplicar porque muchos padres le damos el celular a los niños para saber dónde y con quién están", mencionó Regina Castro, en el colegio San Carlos. Por su parte, el Director Departamental de Educación (DDE), Salomón Morales, aclaró ayer a los padres que la medida ha sido normada a fin de evitar que los estudiantes se expongan a distracciones extracurriculares y a hechos delictivos. "En muchos casos estos aparatos son un peligro para los niños, así que hay que ver la forma de que sea una herramienta favorable y no de riesgo", mencionó. Morales aclaró que el control del uso de celulares así como otros tipos de
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    artefactos tecnológicos seráefectuado de acuerdo a las normas de cada colegio, pues la prohibición de su uso se limita a los horarios de clases, es decir en el aula. Ven con buenos ojos la medida. Por su parte, el Vicepresidente de la Asociación de Colegios Privados de Santa Cruz, (Andecop), Agustín García, aplaudió la medida ya que afirma, esto les permitirá tener un amparo para poder regular la conducta de los estudiantes que en muchos casos hacen mal uso de esta herramienta de comunicación. "La decisión es acertada, pues es necesario para la administración de muchos colegios tener un apoyo a la hora de corregir a los estudiantes que hacen uso incorrecto de los celulares, pues a veces no es de agrado para los padres", señaló. En este contexto, destacó el rol de los padres para educar a sus hijos en el uso correcto de esta tecnología ya que el decomiso o sanciones también puede afectar la comunicación y seguimiento de los niños. ARTÍCULO 17: ESTÍMULOS 1. Felicitación verbal o escrita por parte del profesor en el salón de clase.
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    2. Otorgar diplomas,certificados infantiles, stickers como reconocimiento a sus logros, aptitudes y esfuerzos. 3. Izar bandera por compañerismo, colaboración, y rendimiento académico. 4. Reconocimiento público por participar en eventos culturales, deportivos y folclóricos. 5. Al finalizar el año escolar, destacar a los estudiantes de cada grado por su excelencia, colaboración y esfuerzo personal. 6. Ser merecedor de los mayores reconocimientos grupales: Cuadro de Honor y Estrella de la Semana. 7. De igual manera, destacar a los padres de familia que han sobresalido por su colaboración y acompañamiento en el proceso escolar de sus hijos. ARTÍCULO 18: FALTAS 1. Agredir verbal o físicamente a sus compañeros dentro del plantel. 2. Agredir verbal o físicamente a sus profesores. 3. No acatar las órdenes dadas por sus superiores 4. No asistir puntual y regularmente al Colegio. 5. El incumplimiento de las tareas y trabajos en forma persistente. 6. Mostrar comportamientos que vayan en contra de las normas de la Institución. 7. Tomar objetos que no le pertenecen, sean del plantel o de uno de sus compañeros. 8. No cumplir con el Manual de Convivencia. ARTÍCULO 19: PROCEDIMIENTOS CORRECTIVOS
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    Ser responsable denuestros actos es asumir sus consecuencias. Las normas de convivencia constituyen un compromiso, libremente adquirido desde la matrícula, y frente al incumplimiento de los deberes allí contemplados serán impuestas algunas de las medidas correctivas o sancionatorias atendiendo a su naturaleza y efecto. -Procedimiento regular: 1. Llamado de atención verbal. 2. Llamado de atención verbal y escrita (observador del estudiante) 3. Remisión a psicología (firmas de compromisos) 4. Citación a padres de familia (firma de compromisos) 5. Remisión a Coordinación de disciplina (firmas de compromisos). 6. Si el comportamiento persiste se utilizarán actos disuasivos como tiempo fuera del salón y en caso necesario tiempo fuera del colegio. _____________________________________________________ CAPITULO 5 DE LAS PAUTAS DE PRESENTACION PERSONAL QUE PRESERVEN A LOS ALUMNOS DE LA DISCRIMINACION POR RAZONES DE APARIENCIA ARTÍCULO 70°. Son derechos de los estudiantes: ARTÍCULO 71°. Son deberes de los estudiantes: __________________________________________________________________ ARTÍCULO 33: PAUTAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL 1. De la presentación: Todo estudiante del Liceo Campestre debe cumplir con los requerimientos aquí expuestos en lo que respecta a su presentación personal.
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    a. Portar conrespeto y dignidad el uniforme del Liceo Campestre, desde el primer día de clase, evitando su uso en actividades diferentes a las señaladas por la Institución, como salones de billar, sala de videojuegos, estaderos, bares, discotecas, conciertos públicos y otros lugares no apropiados para su porte. b. Mantener la pulcritud e higiene en su presentación personal. En tal sentido, es fundamental entender el porte del uniforme como símbolo de unidad e identidad y amor hacia la Institución. c. El uniforme del Liceo Campestre se debe portar con orgullo, decoro, respeto y limpieza, los estudiantes deben abstenerse de utilizar accesorios no afines o no conformes con su presentación como manillas y collares extravagantes, entre otros. d. Presentarse al colegio con el uniforme bien aseado, zapatos bien lustrados y debidamente puestos. Es causal de devolución, a la casa del estudiante, el no presentarse con el uniforme que le corresponde según el horario establecido o hacerlo mostrando desaseo o mal estado. e. Para la correcta presentación personal, evitar el uso de tatuajes, orejas con expansiones, perforadas (varones), piercings, manillas, collares y/o cualquier otro tipo de accesorio. 2. Uniforme de pre-escolar: a.Camiseta blanca tipo polo, esta lleva en cuello y el puño líneas azul con el logo del Colegio en el lado izquierdo. Esta camiseta debe estar siempre por dentro de la pantaloneta cuando el estudiante esté en el Colegio y fuera de él. La talla debe estar de acuerdo a la contextura del estudiante. b. Pantaloneta azul turquí, con dos bieses blancos. c. Zapatos tenis completamente blancos. d. Medias largas de color blanco, sin leyendas, ni grabados, no tobilleras, a media pierna. Nota: Los niños de pre escolar tienen un uniforme único, para las diferentes actividades escolares. (Diario y deporte) 3. Uniforme de diario primaria: a. Camiseta de color blanco tipo Polo, esta lleva en cuello y el puño líneas azul y caqui con el escudo del Colegio en el lado izquierdo. Esta camiseta
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    debe estar siemprepor dentro del pantalón cuando el estudiante esté en el Colegio y fuera de él. La talla debe estar de acuerdo a la contextura del estudiante. El estudiante al levantar los brazos, la camiseta debe quedar por dentro y en ningún momento debe vérsele la barriga u ombligo. b. Bermuda clásica de color caqui a la altura de la rodilla, con el dobladillo debidamente hecho, con presillas para el uso de la correa y con el logotipo del Colegio bordado en una de las presillas. c. Medias largas de color blanco, sin leyendas, ni grabados, no tobilleras, a media pierna. d. Zapatos según modelo establecido en la institución y debidamente lustrados. El uso de destalonados y botas no está permitido. e. Correa azul turquí según modelo. f. En los varones, el corte de cabello debe ser clásico (corto), siguiendo con los criterios de estética y aseo, pues los cortes extravagantes (rapados, hongos, entre otros), no son acordes con la seriedad y sobriedad del uniforme. No se permite el uso de tintes para el cabello ni otro estilo que vaya en contra de lo establecido en este Manual de Convivencia y/o Reglamento Escolar. 3. Uniforme de diario de hombres bachillerato: a. Camiseta de color blanco tipo Polo, esta lleva en cuello y el puño líneas azul y caqui con el escudo del Colegio en el lado izquierdo. Esta camiseta debe estar siempre por dentro del pantalón cuando el estudiante esté en el Colegio y fuera de él. La talla debe estar de acuerdo a la contextura del estudiante. El estudiante al levantar los brazos, la camiseta debe quedar por dentro y en ningún momento debe vérsele la barriga u ombligo. b. Pantalón clásico b. Pantalón clásico largo de color caqui a la altura de la cintura, con el dobladillo debidamente hecho, con presillas para el uso de la correa y con el logotipo del Colegio bordado en una de las presillas. c. Medias largas de color blanco, sin leyendas, ni grabados, no tobilleras, a media pierna. d. Zapatos según modelo establecido en la institución y debidamente lustrados. El uso de destalonados y botas no está permitido.
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    e. Correa azulturquí según modelo. f. En los varones, el corte de cabello debe ser clásico (corto), siguiendo con los criterios de estética y aseo, pues los cortes extravagantes (rapados, hongos, entre otros), no son acordes con la seriedad y sobriedad del uniforme. No se permite el uso de tintes para el cabello ni otro estilo que vaya en contra de lo establecido en este Manual de Convivencia y/o Reglamento Escolar. 4. Uniforme de diario de la mujeres: a. Jumper a cuadros según el modelo establecido por el colegio, abotonado y del largo estipulado (a la rodilla).b. Camisa blanca bien encajada, con bies en las mangas de la tela del jumper. c. Medias de color blanco, sin leyendas, ni grabados, no tobilleras, a media pierna. d. Zapatos según el modelo establecido en la institución y debidamente lustrados. e. Los accesorios para cabello deben ser acordes al uniforme del Colegio. f. Las niñas podrán usar accesorios moderados (aretes, 1 pulsera, vinchas, cintillos, balacas...) acordes a los colores del uniforme. g. Evitar el uso de maquillaje, sólo se permitirán las uñas arregladas con colores suaves. 5. Uniforme de educación física de hombres: a. Camiseta de color blanco tipo Polo, esta lleva en el cuello y puño una línea azul con el logo del Colegio en el lado izquierdo. Esta camiseta debe estar siempre por dentro de la bermuda, sólo se permitirá por fuera en las horas de Educación Física y en el descanso. La talla debe estar de acuerdo a la contextura del estudiante. El estudiante al levantar los brazos, la camiseta debe quedar por dentro y en ningún momento debe vérsele la barriga u ombligo. b. Bermuda azul turquí con el logo del colegio en la parte inferior izquierda la cual debe lucirse a la altura de la cintura normal. No en estilo descaderado ni dejando ver la ropa interior de quien lo porta. (No se permiten rotos, deshilados o con manchas.)
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    c. Zapatos tenisTotalmente blancos, estos deberán lucirse debidamente limpios. d. Medias blancas a media pierna, no tobilleras. e. El estudiante debe permanecer con este uniforme durante toda la jornada escolar cuando en su horario tenga asignación de educación física. 6. Uniforme de educación física de mujeres: a. Camiseta de color blanco tipo Polo, esta lleva en el cuello y puño una línea azul con el logo del Colegio en el lado izquierdo. Esta camiseta debe estar siempre por dentro de la bermuda, b. Sólo se permitirá por fuera en las horas de Educación Física y en el descanso. La talla debe estar de acuerdo a la contextura del estudiante. El estudiante al levantar los brazos, la camiseta debe quedar por dentro y en ningún momento debe vérsele la barriga u ombligo. c. Falda azul turquí con el logo del colegio en la parte inferior izquierda, la cual debe lucirse a la altura de la cintura .No en estilo descaderado ni dejando ver la ropa interior de quien lo porta. (No se permiten rotos, deshilados o con manchas). Debajo de está la estudiante deberá porta una licra azul turquí. d. Zapatos tenis TOTALMENTE blancos, estos deberán lucirse debidamente limpios. e. Medias blancas a media pierna, no tobilleras. ____________________________________________ INSTITUCION EDUCATIVA EL ROSARIO DE BELLO UNIFORMES: Para preservar al estudiante de discriminaciones por razones de apariencia (Art. 17, Decreto 1860 1994), existen dos uniformes en nuestra institución: De diario para hombres y mujeres y un uniforme común para Educación Física. Con el uniforme se busca entre otros, los siguientes fines: Fomentar la responsabilidad y el orden. Permitirle al estudiante sentirse identificado con la institución. Educar en la sobriedad y la buena presentación.
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    Contribuir con laeconomía del hogar. Los estudiantes de la institución deberán acatar las siguientes normas de presentación personal y acudir al colegio con uno de los uniformes que a continuación se señalan dentro del horario y periodos lectivos establecidos en la institución. UNIFORME DE DIARIO Hombres: El uniforme de diario de los hombres, está conformado por. Jeans azul oscuro (clásico). Si el estudiante es de Maternal, Jardín o Transición pantalón corto a cuadros dispuesto por la institución. Camiseta blanca con el escudo de la institución. Debe permanecer en todo momento por dentro del pantalón Zapatos negros de atadura. Medias azules, no tobilleras, para preescolar primarias y bachilleratoCorrea negra. Camisilla blanca sin estampados (uso voluntario) Mujeres: Yomber según modelo establecido por la institución a mitad de rodilla. Blusa blanca manga corta. Zapatos negros de atadura. Medias tipo calcetín blanca a media pierna. Correa cinturón de la misma tela del yomber. Escudo de la institución colocado al lado izquierdo a la altura del corazón. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA: Camiseta gris con cuello y puños vino tinto con el escudo de la institución. Sudadera vino tinto con el emblema de la institución. Tenis blanco de atadura sin adornos o líneas de colores.
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    Medias blancas, notobilleras. Chompa gris con el escudo (descripción establecida por la institución) Parágrafo 1: El uniforme de gala es el mismo de diario para hombres y mujeres. CRITERIOS PARA LA PRESENTACIÓN PERSONAL: El estudiante siempre debe llevar el uniforme completo y adecuado al horario de clases, atendiendo a la ocasión o evento para el cual es requerido. El estudiante debe llevar el uniforme completo, ordenado, limpio y de acuerdo con la talla correspondiente. El saco institucional debe portarse en forma ordenada y correcta. Cuando se está dentro o fuera de la institución, el uniforme debe presentarse completo, ordenado, limpio, demostrando sentido de pertenencia y respeto por la institución. No está permitido el acceso a sitios como: Tabernas, expendio de licores, bares, discotecas o lugares de bajo perfil portando el uniforme. Portar uniforme de otras instituciones cuando es estudiante de la Institución Educativa El Rosario, Esto dará lugar a sanciones disciplinarias severas. Con la presentación personal es importante la buena higiene. NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN PERSONAL: Con el uniforme no deben usarse: Pulseras, manillas, gargantillas, collares, piercings, cadenas gruesas, tatuajes, ni llaveros extravagantes. Los hombres siempre deben llevar la camisa de diario por dentro del pantalón. El corte del cabello debe ser clásico: desbastado, patillas y contorno de cuello bien definido y corto. No se permiten cortes extravagantes, al igual que rapados, cortes laterales, colas o copetes. No se acepta el corte con cuchilla cero, ni símbolos marcados en el cuero cabelludo. No se permite el uso de colorantes o tinturas vistosas en el cabello.
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    Las estudiantes nodeben usar maquillajes facial portando el uniforme, las uñas pueden pintarse de colores claros. Las estudiantes debe usar aretes pequeños, uno y sólo uno en cada oreja, no se permiten aretes de colores diferentes a el uniforme. A los estudiantes no se les permite el uso de aretes, candongas o topos portando el uniforme. Con el uniforme no se permite el uso de cachuchas, gorras, o viseras, salvo las estipuladas por la institución y las aceptadas por el docente de acuerdo al evento o actividad que se ha de realizar. Para asistir a actividades de laboratorio o trabajos que requieran de vinilos, plastilina u otros, el estudiante debe realizarlos con delantal blanco. Parágrafo 1: En el caso de que a los estudiantes se les permita el uso de algún distintivo, éstos deberán portarse cumpliendo los parámetros estipulados por la institución. Para el caso de los estudiantes del grado 11º, se tiene aprobada una chaqueta distintiva de carácter voluntario, la cual sólo debe ser portada exclusivamente por éstos. Los estudiantes que no lo hayan adquirido, deben utilizar la chaqueta institucional. 4.2 UNIFORMES (DESCRIPCION COMPLETA) REVISE 4.2.1 GENERALIDADES Está inscrito como uno de los símbolos mediante los cuales la institución se identifica; de ahí la importancia y la responsabilidad para quienes lo portan.
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    Con el uniformebuscamos entre otros los siguientes fines: Evitar la discriminación socioeconómica Educar en la sobriedad y el orden Fomentar la responsabilidad y el respeto Contribuir a la economía del hogar Permitir que los estudiantes afiancen el sentido de pertenencia por la institución. El uniforme bien llevado, pone en alto el nombre de la institución educativa; por esta razón debe portarse de acuerdo a los criterios vigentes y a la organización interna. Es de uso obligatorio, debe llevarse adecuadamente dentro y fuera de la institución, según el horario correspondiente (Debe llevarse el que corresponda al día especifico). Nota: Recomendación importante sobre uniforme escolar: Se recomienda de manera puntual que cuando se esté usando el uniforme institucional dentro o fuera del colegio no debe llevarse puesto Pearcing, aretes en el caso de los hombres, maquillaje excesivo e inapropiado, adornos inadecuados. El incumplimiento a estas recomendaciones dará lugar a citación del padre de familia y/o acudiente para charlas de reflexión sobre e tema. Lo anterior no pretende interferir con el libre desarrollo a la personalidad de los estudiantes, al contrario, pretende que los menores no sufran ningún tipo de discriminación por su apariencia física y además, que se tome conciencia de los riesgos que para la salud y la vida tienen ciertas practicas realizadas indebidamente -Tatuajes y perforaciones corporales. 4.2.2 GALA FEMENINO Camisa blanca manga ¾, medias blancas largas, zapatos negros, la falda va hasta la mitad de la rodilla, corbatín de la misma tela del jumper; este lleva botones ojo de pescado en la solapa, ribetes azules, la falda tiene 5 tablas iguales por cada lado, la solapa se sobrepone al lado izquierdo. 4.2.3 GALA MASCULINO Camiseta Gris claro fondo entero, cuello camisero, con franjas azul, blanco, amarillo en el cuello y las mangas. Debe llevar bolsillo al lado derecho y escudo al izquierdo.
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    Jean azul oscuroclásico, cuatro bolsillos bota recta. Zapato o tenis negro de cordón. 4.2.4 UNIFORME DE EDUCACION FISICA Camiseta exactamente igual a la de diario o en su defecto con cuello en V, sudadera azul – tela náutica, con franjas a los lados: amarillo- blanco- gris, del mismo tamaño. Medias oscuras, tenis totalmente negro con cordones negros. CHAQUETA: Del mismo color que la sudadera y en la misma tela. Tres franjas en el pecho, en los brazos y en la muñeca: amarillo-blanco-gris.; la chaqueta debe llevar cierre de color azul, cuello tortuga alto. EL UNIFORME ESCOLAR Es la imagen institucional, por lo tanto debe ser cuidado y respetado. _____________________________________________ REGLAMENTO DE PRESENTACIÓN PERSONAL Y UNIFORME ESCOLAR El colegio considera la buena presentación personal como un valor formativo, pues representa el respeto del alumno/a por su persona y por la institución a la cual pertenece. Una presentación limpia, sencilla es un valor de convivencia que todo/a georgiano/a debe respetar. Respecto a una presentación personal sencilla, el colegio establece que: • No se permite el uso de joyas ni adornos. • No se permite el uso de aro/s en varones, incluyendo tipos de piercing en damas y varones. • Los varones usarán pelo limpio, corto y peinado. Deben venir afeitados al Colegio. • Las mujeres deben usar pelo limpio y peinado. • No se permite el teñido del pelo tanto en varones como en damas. Asimismo no se permiten peinados no-convencionales. • No se permite la pintura de uñas, ni el maquillaje en damas ni varones.
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    El alumno/a quellegue sin su uniforme completo y o presentación personal deficiente, será notificado de suspensión, debe presentarse al día siguiente con la notificación firmada por el apoderado y en uniforme completo o será suspendido hasta que se presente con su apoderado y con su uniforme oficial en forma correcta. El uso del uniforme oficial completo, según se especifica y una correcta presentación personal, es obligatoria dentro o fuera del Colegio. ______________________________________________________ Presentación Personal Cabello recortado: nuca y rostro descubiertos, evitando peinados y cortes extravagantes. Cabello al color natural (no teñido con colores extravagantes, ni mechones). Zapato cerrado (no sandalias). No piercing ni tatuajes. Uñas cortas y limpias. Accesorios discretos. ________________________________________________________
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    _________________________________________________________________ Artículo 18PRESENTACIÓN PERSONAL Todos los(as) estudiantes del Colegio Americano de Cali, deben cumplir con las normas establecidas por la Institución en cuanto a su presentación personal así: EN LOS NIÑOS 1. Llevar el cabello corto, que se visualicen las orejas y el cuello de la camiseta, sin peinados o cortes extravagantes (figuras en cabeza rapada o cejas), sin colores distintos al natural. 2. No marcar el uniforme con corrector 2. Utilizar el buzo asignado por el Colegio. 3. Se restringe el uso de accesorios que no estén acordes con el uniforme del Colegio como: manillas, joyas lujosas, piercings, pañoletas, relojes. 2. EN LAS NINAS 1. Llevar el cabello sin peinados o cortes llamativos, sin colores distintos al natural.
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    2. Utilizar elbuzo asignado por del Colegio. 3. Sólo es permitido el maquillaje en uñas con manicura básica. 4. Se restringe el uso de accesorios que no estén acordes con el uniforme del Colegio como: manillas, joyas lujosas, piercings, pañoletas, relojes. PARÁGRAFO 1. Se entiende como manicura básica al uso de esmalte transparente con marcación en la parte inferior de ésta con una línea recta sólo de color blanco, sin ninguna clase de decorado. PARÁGRAFO 2. Al indicar buzo del Colegio, se restringe el uso de otros, ya sean blancos o azul turquí, excepto los grados 11º, quienes podrán portar su chaqueta que les identifica de manera uniforme como próximos graduandos. El buzo se portará durante la jornada escolar hasta las 10:00 a.m. en días soleados; días lluviosos, todo la jornada. Se autoriza el uso del buzo en aulas con aire acondicionado. En caso de enfermedad, el Colegio autoriza el porte de éste mientras esté sustentado por solicitud escrita directamente del padre de familia y/o acudiente. Artículo 19 UNIFORMES El/la estudiante debe presentarse diariamente al Colegio con el uniforme completo totalmente limpio y según corresponde al día; según la exigencia de la Institución se determina así: ________________________________________
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    __________________________________________________ ARTÍCULO 1.Mi presentación personal deberá ser correcta y pulcra. El colegio se reservara el derecho de admisión de la estudiante. Mi peinado debe responder al orden y a la pulcritud de mi presentación y no a la moda, los cordones deben estar totalmente limpios y bien amarrados con su respetivo moño por encima del zapato, mi aseo y limpieza son primordiales. ARTÍCULO 2. Mi uniforme de educación física será obligatorio sin excepción. Lo utilizare únicamente los días de dicha clase en forma integral (bicicletero, camiseta, pantalón, buso, medias blancas y tenis blancos), la camiseta permanecerá dentro del pantalón de la sudadera, así mismo, por higiene es necesario asistir a clase con el cabello recogido PARÁGRAFO: Asistiré a las clases de educación física con bicicletero y camiseta según modelo del colegio. El profesor no permitirá por ningún motivo otra clase de uniforme, por mi salud, higiene, comodidad utilizare las prendas para dicha actividad, sometiéndome a los uniformes preestablecidos por la institución. ARTÍCULO 3. Las excusas médicas para la clase de educación física las presentaré por escrito en forma clara y explicita, reseñando la clase de ejercicio para la cual estoy imposibilitada. Dicha excusa será verificada ante facultativo, en consideración me comprometeré a no presentar excusas fraudulentas, adquiridas ilícitamente, pues atenta contra mis principios éticos, además de convertirse en un delito. ARTÍCULO 4. Cuando me encuentre físicamente imposibilitada para asistir a clases debo remitirme inmediatamente con mi coordinador, quien resolverá mi situación de acuerdo con los datos que tenga de la veracidad de mi excusa. ARTÍCULO 5. Es mi deber presentarme al colegio con el uniforme que corresponda según el horario, en perfecto estado de aseo sin hacer uso de elementos como: cosméticos, adornos, rulos, cepillos en el cabello, joyas, cadenas, pulseras o adornos extravagantes que no estén permitidos en este manual, pues el colegio no se responsabiliza de la pérdida de joyas o valores que son innecesarios para mi desarrollo académico en caso de que no cumpla con lo mencionado con este ARTICULO se notificara al padre de familia y/o acudientes para hacerlo conocedor de la situación y de igual manera se verá afectada mi valoración actitudinal. De reincidir deberé
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    presentarme al díasiguiente con mis padres y/o acudiente ante coordinación general para firma de sanción o compromiso disciplinario. ARTÍCULO 6. Es mi deber permanecer dentro del colegio bien uniformada jardinera, blusa del colegio, blazer verde, medias blancas hasta la rodilla, zapatos rojos de amarrar, cordones blancos, delantales debidamente marcados con mis nombres y apellidos, sin apodos, marcados desde el primer día de clases según modelos y colores establecidos por el colegio. Permaneceré en el colegio con el delantal sin adornos de ninguna naturaleza y lo mantendré en perfectas condiciones de orden y aseo. ARTÍCULO 7. Incurriré en una falta grave si adiciono o me cambio el uniforme en las vecindades en sitios aledaños al colegio. Podré realizar esta actividad dentro de la institución con previa autorización de Directivas, de lo contrario se tomará como actividad engañosa. ARTÍCULO 8. Incurriré en falta grave cuando incumpla las normas éticas, religiosas, morales y sociales, cuando me siente en el piso en forma indebida, lavamanos y escaleras; ya que esto afecta la integridad ética y moral de una dama. ARTICULO 9. Me comprometeré a presentar excusa respaldada por un facultado, cuando por razones especiales adquiera enfermedades infecto-contagiosas (sarampión, viruela, varicela, pediculosis entre otras y será obligación del padre y/o acudiente presentar certificado medico para reintegrarme a mi labor cotidiana). ARTICULO 10. Incurriré en falta grave si me presento al colegio con pearcing en lugares visibles de mi cuerpo como nariz, cejas, orejas, lengua o cualquier otra parte del rostro ya que esto desdice de mi presentación personal y del buen uso y respeto del uniforme de la institución. El hacer caso omiso de este artículo me hace acreedora a una sanción impuesta por la coordinación de convivencia. PARÁGRAFO: Seré sometida a las sanciones establecidas por la coordinación académica o de convivencia si reincido o incumplo con lo establecido en este capítulo y en cada uno de sus artículos. ARTÍCULO 72°. Son prohibiciones de los estudiantes.
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    TITULO XIV FUNCIONAMIENTOY OPERACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA DE LA INSTITUCIÓN ARTÍCULO 1.La comunicación con los padres de familia se dará a través de circulares que expiden directivas y docentes del plantel, cuyo desprendible deberá ser firmado y devuelto al día siguiente al director de grupo que llevara el control de dichas comunicaciones, la estudiante que no cumpla con este requisito deberá asistir el día siguiente acompañada del Padre de Familia. El horario de atención al público y padres de familia y /o acudiente, para aspectos administrativos será: lunes, miércoles y viernes de 10:00 AM a 1:00 PM. El personal docente atenderá todas las semanas lectiva, en día y hora que se le dará a conocer oportunamente a través de la estudiante o la red institucional. Y para las estudiantes los días martes y jueves en horas de descanso. Para aspectos académicos existe el día abierto con fecha y horario establecido anteriormente y con comunicación por circular. ARTÍCULO 2. Otro medio de comunicación individual y directo con los padres de familia, docentes, coordinación y directivos será a través de la agenda escolar, la cual deberá ser firmada y presentada a quien corresponda, de otra manera el Padre de Familia o acudiente tendrá que hacerse presente en el Colegio al día siguiente con la estudiante. ARTÍCULO 3. El periódico mural es otro medio de información a nivel general, a nivel de curso se tiene el tablero o las respectivas carteleras y televisor además de los medios enunciados, contamos con la información verbal, a nivel personal y general por medio de micrófono. Además de contar con medios electrónicos como la pagina Web: 1. www.coldechiquinquira.edu.co 2. E-mail: [email protected]
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    3.- Red Institucional. La información para elección de Junta Directiva de Asociación de Padres de Familia y Consejo de Padres de familia se dará a través de una asamblea que se efectuará los primeros días de calendario escolar. Los informes académicos serán entregados personalmente al padre de familia y/o acudiente, quien podrá dialogar ampliamente con los docentes sobre el desempeño integral de su hija o acudida en caso de emergencia como enfermedad, accidentes o problemas a nivel disciplinario, la coordinadora de sección se comunicará telefónicamente con el padre de familia y/o acudiente para dar la respectiva información y conocer el proceso a seguir. Arriba__________________________________________________ IX. DERECHOS Y DEBERES FRENTE A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN. . Los alumnos tienen derecho a participar libremente en los medios de comunicación en cualquier momento de su vida escolar. En estos medios los alumnos tendrán el derecho a expresarse libremente y a difundir sus opiniones sin otro límite que el respeto por los demás. En el Gimnasio Moderno no existirá ninguna forma de censura. ____________________________________________ 4.22 SALIDAS PEDAGOGICAS Son consideradas como espacios pedagógicos brindados por la institución; se realizan por fuera del plantel educativo con el propósito de ampliar la formación integral de los estudiantes en determinada área o asignatura, aprovechando las posibilidades que presenta el medio y el entorno de cada una de las secciones. Se reglamentan de la siguiente manera: Las salidas pedagógicas deben estar enmarcadas dentro de un proyecto presentado con anterioridad a rectoría, inmerso en el PEI, avalado por el
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    Consejo Directivo ycon el visto bueno o permiso de los padres de familia o acudientes. Las salidas pedagógicas son estrategias de aprehensión del conocimiento, la cultura y la convivencia desde otros ángulos de la percepción social; por lo tanto, los estudiantes deben representar con decoro a la institución; observando excelente comportamiento dentro de los transportes, durante el recorrido y en los sitios de concentración para el trabajo académico o recreativo. Las salidas pedagógicas son consideradas como extensión del proceso formativo del estudiante; este debe cumplir con el Manual de Convivencia y con la presentación del uniforme como uno de los símbolos institucionales. El uniforme requerido para determinada actividad será informado a los padres en el respectivo permiso. Cada estudiante debe hacerse responsable de sus pertenencias, de llevar lo estrictamente necesario para el buen desarrollo de la actividad. Ni la institución, ni los profesores se hacen responsables por daños o pérdidas ocasionadas por descuido, abandono u olvido. Estudiantes de preescolar y básica primaria deben haber entregado a los docentes responsables de la salida, por lo menos un día antes, la fotocopia de la EPS, SISBEN O FONDO DE PROTECCION ESCOLAR Y DOCUMENTO DE IDENTIDAD, mas el permiso de los padres o acudientes, sin estos requisitos se deben quedar con sus padres o acudientes Estudiantes de bachillerato, antes de abordar el respectivo transporte, deben portar el carné de la EPS, SISBEN O FONDO DE PROTECCION ESCOLAR, EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD y la autorización de los padres. Sin estos requisitos se debe quedar en la institución cumpliendo la jornada escolar. En caso de requerirse transporte, el valor es cubierto por el padre de familia y la institución de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, monto que es que es especificado en el respectivo permiso. Los estudiantes deben partir de la respectiva sección y regresar a ella con los docentes responsables de la actividad. os docentes responsables de la actividad deben portar el registro de los estudiantes y las respectivas autorizaciones, archivándolas como evidencia ante una eventualidad.
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    El permiso oautorización de los padres de familia y los requisitos de los numerales 5 y 6 es el único documento valido y legal que tiene la institución para llevar a un estudiante a determinada salida pedagógica. La autorización de los padres debe contener entre otros: Fecha de emisión de la circular, motivo o breve definición de la salida, nombre y apellido del estudiante, grado y grupo, aporte económico, fecha de la salida, responsables, hora de salida y regreso, uniforme para a ocasión, fecha de devolución, firma, numero telefónico, y numero del documento de identidad de los padres. Los responsables de la salida deben cerciorarse de que el transportador cumpla con los requisitos de ley referentes a documentación, permisos, seguros y estado mecánico del vehículo. Visto bueno del jefe de núcleo El cumplimiento de las recomendaciones para las salidas pedagógicas dará lugar a estímulos referenciados para estudiantes y docentes previstos en el presente Manual de Convivencia. El incumplimiento de las recomendaciones generales dará lugar a las sanciones previstas en el ordenamiento jurídico institucional para los estudiantes y los docentes. _______________________________________________ V. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS FRENTE A LOS CONFLICTOS INDIVIDUALES O COLECTIVOS. Los alumnos del Gimnasio tienen el derecho, en desarrollo de su libertad, a vestirse de acuerdo con sus propios gustos. Este derecho a tener una apariencia propia implica el deber de respetar la apariencia de los demás. Y esta libertad, tiene como única excepción, que se trate de lucir alguno de los uniformes del Gimnasio.. Todos los alumnos del Gimnasio tienen derecho a tener conflictos con los demás miembros de la comunidad. Y tienen el deber de aprender a solucionarlos, y de poner todo esfuerzo y su inteligencia para resolverlos. Es un deber de los alumnos buscar formas pacíficas de resolver el conflicto y un deber también, buscar en el conflicto una forma de aprender del otro y de educarse socialmente. Los alumnos tienen derecho a que el Gimnasio
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    intervenga en lasolución de conflictos cuando así lo amerite su propia complejidad. Cuando se presenten conflictos, los alumnos tendrán derecho a que se busque siempre una salida constructiva a éste, a través de figuras como el diálogo, la mediación o la conciliación, y que sea la equidad la que garantice una justa solución a los problemas. Los alumnos tienen derecho a que siempre, en la resolución de los conflictos, se crea en el valor de la palabra y la verdad como instrumentos esenciales, y en el deber de honrar la palabra siempre. En cualquier caso, el Gimnasio considera que sus alumnos son para su pedagogía interlocutores válidos de sus propios procesos de maduración y aprendizaje moral. (Para más información ver página 48 del Proyecto Educativo Institucional). ESTOS SON EXTRACTOS 23. Cuando se programen en la institución actividades recreativas, deportivas, culturales que permitan el uso de ropa de calle es importante no excederse en extravagancias. QUEDA PARA DEBERES DE PRESENTACION PERSONAL 24. Una mente saludable libre de sustancias psicotrópicas, garantiza la integridad del niño(a) o adolescente. 35. Al estudiante le está prohibido portar cualquier tipo de armas o usar objetos que atenten contra la integridad física de los demás. CAPITULO XIII DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ARTICULO 59°. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. Son el conjunto de oportunidades que le brinda la Constitución Política, el Código de la Infancia y la Adolescencia, la declaración universal de los derechos del niño, la institución educativa y demás normas vigentes así: 1. Ser respetado y valorado en su individualidad, gozando de un ambiente de cordialidad como integrante de una comunidad organizada.
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    2. Recibir losbeneficios de los servicios educativos y demás que presta la institución, los cuales buscan una formación integral acorde con la filosofía de la institución. 3. Participar en los procesos educativos: planeación, organización, ejecución y evaluación, directamente o a través de los representantes, personero, contralor, consejo directivo, consejo estudiante, comité de convivencia escolar, monitores elegidos de acuerdo a lo dispuesto por la ley 115 del 1994. 4. Asumir una actitud crítica y aportar ideas en provecho de la buena marcha de la institución. 5. Participar y disfrutar de las actividades, recursos y servicios a través de los diferentes comités u otras organizaciones que le brindan la comunidad. 6. Formular reclamos o peticiones de manera verbal o escrita en forma respetuosa y oportuna, siguiendo el conducto regular, obteniendo respuestas lógicas y claras, que satisfagan sus necesidades, dudas e inquietudes dentro del marco legal. 7. Ser evaluado en su proceso académico y formativo de manera permanente, con justicia y equidad de acuerdo a las disposiciones del MEN y el SIEE adoptado por la institución (dec.1290) 8. Recibir las clases completas de acuerdo con el plan de estudios establecidos en el PEI, siempre y cuando su comportamiento no afecte el normal desarrollo de esta. 9. Conocer los contenidos, metodologías, criterios de evaluación, pautas de promoción fijadas por el MEN y el SIEE y los indicadores o niveles de desempeño al comienzo de cada periodo escolar y los resultados de dichos procesos antes de ser entregados a la coordinación. 10.Tener un acudiente que lo represente con responsabilidad durante todo el año lectivo. 11.Ser respetado en toda su integridad 12.Recibir estímulos que la institución u otras entidades le otorgan 13.No ser discriminado por razones de raza, nacionalidad, religión, nivel socioeconómico, sexo e inclinación sexual, ideas políticas y filosóficas.
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    14.Gozar de condicionesambientales higiénicas y recreativas que propicien el adecuado desarrollo de su salud física y mental. 15.Ser valorado cuando hace y sustenta trabajos con calidad. 16.Recibir apoyo oportuno y permanente para superar insuficiencias de tipo académico, psicológico o convivencial 17.Elegir y ser elegido para las diferentes instancias de participación escolar. 18.A que se le haga el debido proceso. 19.Conocer inmediatamente las observaciones que se registran en el observador del alumno. 20.Participar en el proceso de evaluación del comportamiento disciplinario junto con el director de grupo, apoyado en el observador del estudiante y manual de convivencia. 21.Ser orientado, notificado y escuchado oportunamente en sus derechos procesales de defensa y contradicción en caso de investigación disciplinaria y académica. 22.Conocer el resultado de sus trabajos y evaluaciones, en un término máximo de diez días contados desde la fecha de su presentación. 23.Recibir la educación integral de acuerdo con el proyecto educativo institucional PEI. 24.Ser escuchado cuando cuestione y aporte ideas que beneficien los procesos educativos y el buen nombre de la institución educativa. 25.No ser objeto de persecución, represión o retaliación por parte de docentes y directivos docentes como consecuencia de cuestionamientos y reclamos 26.Presumir de la buena fe e inocencia mientras no se compruebe o demuestre lo contrario. 27.Reclamar en forma respetuosa y ser atendido cuando no esté de acuerdo con el resultado de las evaluaciones. 28. Que se respete el nombre y ser mencionado siempre por él. 29.Ser orientado en forma eficiente por los educadores en el desarrollo de cada una de las áreas del conocimiento.
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    30.Disfrutar de losdescansos o compensación cuando sean tomados por razón de una actividad. 31.Que se reconozcan los valores intelectuales, culturales, sociales y deportivos entre otros. 32.Ser informado de los logros académicos y disciplinarios antes de ser registrados en las planillas oficiales de la institución. 33.Al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que rigen los derechos de los demás, las normas de este manual y los principios éticos y morales que rigen la institución. 34.Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar. 35.Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje 36.Recibir el carnet estudiantil y el pacto de convivencia al iniciar el año escolar. 37.Conocer y evaluar el presente pacto de convivencia. ARTICULO 59°. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. Son los compromisos que una persona tiene para consigo misma, para con el otro y para con la comunidad educativa. Como estudiante de la institución educativa asumo los siguientes deberes: ARTICULO 60°. DEBERES DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD. 1. Cumplir con la asistencia diaria a clase. 2. Cumplir con el horario de entrada y salida de la institución educativa. 3. Asistir puntualmente a todas las actividades complementarias programadas por la institución educativa. 4. Justificar la inasistencia con excusa firmada por el acudiente y número de cédula, el mismo día o el día siguiente de la falla, entregado por el acudiente personalmente y en caso de enfermedad con certificado médico ante coordinación, profesor de disciplina, de área o de dirección de grado.
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    5. Cumplir conla cita de coordinación, docente de área, director de grupo y rectoría en hora y fecha indicada. 6. Presentar los compromisos académicos dentro de los tres días siguientes a la inasistencia, siempre y cuando haya sido justificada ante el profesor de área (s) o en coordinación. Parágrafo 1. El estudiante que deba retirarse del plantel por citas médicas, sus padres o acudientes lo soliciten u otros compromisos de fuerza mayor, deben traer excusa explicando el motivo del retiro, hora y firma con número de cédula del acudiente para obtener el permiso de coordinación o rectoría. Parágrafo 2. En caso que el estudiante llegue tarde a la institución, sin justificación, perderá la primera hora de clase, se le asignará la correspondiente falla y entrará a la segunda hora, además, deberá realizar un trabajo social (aseo general, jardinería, elaboración de carteleras, entre otros, etc.) orientados por el coordinador. Parágrafo 3. En caso de ser reiterativa (2 veces) la llegada tarde a la institución se deberá presentar con el acudiente a la coordinación. ARTICULO 61°. DEBERES DE CONVIVENCIA. 1. Conocer, analizar, fundamentar y cumplir las normas contenidas en el presente pacto de convivencia. 2. Reflejar en el comportamiento el perfil del estudiante perdomista 3. Emplear el vocabulario adecuado y respetuoso que caracterice las relaciones interpersonales, fundamento de la convivencia social. 4. Actuar en función del bien común por encima del interés individual denunciando actos que atenten contra la integridad física, moral, ética e institucional. 5. Saludar con cortesía al entrar a cualquier dependencia, al profesor, al rector, coordinador (es), celador, al de la tienda escolar, aseadoras y demás personas. 6. Escuchar con atención y respeto a la persona que habla. 7. Conocer y entonar con orgullo los himnos: Nacional, del Tolima, de Natagaima, en actividades de carácter institucional, cultural, fiestas patrias, deportivos y otros.
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    8. Presentarse ala institución en las condiciones de higiene y aseo personal, sin maquillaje, piercing, atuendos y accesorios que comprometan la buena imagen de la institución educativa. 9. Portar con orgullo el uniforme de diario y/o educación física en forma impecable y completa desde el momento que ingresa a la institución. 10.Usar el uniforme de educación física únicamente en el día que corresponda la clase, en eventos deportivos interclase y cuando así lo disponga el coordinador o profesores. 11.Ser solidario ante las dificultades accidentes o calamidades que se puedan presentar con sus compañeros y buscar soluciones en la medida de sus posibilidades. 12.Conciliar toda contradicción o conflicto con sus compañeros, docentes, directivos, personal administrativo y de servicios generales. 13. Respetar las pertenencias de los demás. 14.Respetar los actos y las convicciones religiosas y políticas de sus compañeros. 15.Responder ante las directivas de la institución por los daños que ocasionen a la planta física de la institución (mobiliario, unidades sanitarias, tableros entre otros.) 16.Cumplir con las normas cívicas, en los actos públicos y sociales en todos los lugares. 17.Abstenerse de tener manifestaciones amorosas y afectivas dentro de la institución educativa. 18.Abstenerse de utilizar reproductores electrónicos de música, celulares u otros objetos que dispersen su atención o perturben el desarrollo de las clases y actos culturales o protocolarios organizados por la institución. 19. Portar permanentemente el carné de la institución y presentarlo cuando se requiera por cualquier persona de la institución y/o autoridad policiva. 20. Utilizar en forma adecuada y respetuosa los diferentes servicios, recursos e instalaciones que ofrece la institución.
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    21. Evitar riñas,comentarios, corrillos, saludos y expresiones inadecuadas que incomoden a quienes nos rodean ya sea dentro o fuera de la institución. 22.Ser leal a la institución demostrando sentido de identidad y pertenencia. 23.Abstenerse de ingerir alimentos, masticar chicle estando en clase u otros actos institucionales. 24.Asumir los costos de los daños ocasionados a compañeros de estudio. 25. Buscar el diálogo, con el fin de superar conflictos y fortalecer las relaciones interpersonales. 26. Evitar actos contra la sana convivencia. 27.Dar a conocer a los profesores y/o directivos cualquier acto de mal comportamiento, abuso, atropello e injusticia del que se tenga conocimiento y participar en la solución. 28.Entregar oportunamente a los padres o acudientes, las citaciones o circulares que la rectora, profesor o coordinadores envíen y devolver el desprendible o copia de la citación debidamente firmado con el número de la cedula del padre-madre o acudiente cuando se requieran. 29.Desarrollar su sexualidad de manera responsable. 30.Abstenerse de traer objetos de valor como aretes, pulseras, cadenas, celulares, anillos, entre otros; la pérdida de estos es responsabilidad del mismo estudiante. 31.Abstenerse de portar, vender, distribuir o consumir bebidas alcohólicas sustancias psicoactivas, fumar y/o tener armas u otros artefactos que afecten su bienestar e integridad personal, en actividades escolares o mientras use el uniforme. ARTICULO 62°. DEBERES EN LO ACADEMICO. 1. Cumplir con los compromisos académicos acordados con la institución. 2. Responder oportunamente y con calidad las exigencias académicas incluyendo aquellas que coinciden con sus ausencias, citaciones y/o suspensiones. 3. Consignar los apuntes pertinentes de las respectivas clases.
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    4. Solicitar respetuosamenteaclaración o despeje de dudas sobre temas no entendidos. 5. Adquirir y cuidar el material de trabajo indispensable en cada área. 6. Presentar correctamente tareas, trabajos, cuadernos, carteleras y demás material que se requiere para las clases. 7. Cumplir responsable y oportunamente con actividades de recuperación, refuerzo o profundización orientadas por el profesor de la asignatura en la hora y fecha indicada. 8. Informar oportunamente a los padres o acudientes sobre los resultados en el rendimiento académico. 9. Acatar órdenes y orientaciones para el buen desarrollo de las respectivas clases. 10.Acatar los criterios de evaluación y promoción establecidos en el SIEE de la institución (Decreto 1290). ______________________________________________ REGLAS DE HIGIENE PERSONAL Y DE SALUD PUBLICA QUE PRESERVEN EN EL BIENESTAR DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, LA CONSERVACIÓN INDIVIDUAL DE LA SALUD. ARTÍCULO 1. Mi presentación personal deberá ser correcta y pulcra. El colegio se reservara el derecho de admisión de la estudiante. Mi peinado debe responder al orden y a la pulcritud de mi presentación y no a la moda, los cordones deben estar totalmente limpios y bien
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    amarrados con surespetivo moño por encima del zapato, mi aseo y limpieza son primordiales. ARTÍCULO 2. Mi uniforme de educación física será obligatorio sin excepción. Lo utilizare únicamente los días de dicha clase en forma integral (bicicletero, camiseta, pantalón, buso, medias blancas y tenis blancos), la camiseta permanecerá dentro del pantalón de la sudadera, así mismo, por higiene es necesario asistir a clase con el cabello recogido PARÁGRAFO: Asistiré a las clases de educación física con bicicletero y camiseta según modelo del colegio. El profesor no permitirá por ningún motivo otra clase de uniforme, por mi salud, higiene, comodidad utilizare las prendas para dicha actividad, sometiéndome a los uniformes preestablecidos por la institución. ARTÍCULO 3. Las excusas médicas para la clase de educación física las presentaré por escrito en forma clara y explicita, reseñando la clase de ejercicio para la cual estoy imposibilitada. Dicha excusa será verificada ante facultativo, en consideración me comprometeré a no presentar excusas fraudulentas, adquiridas ilícitamente, pues atenta contra mis principios éticos, además de convertirse en un delito. ARTÍCULO 4. Cuando me encuentre físicamente imposibilitada para asistir a clases debo remitirme inmediatamente con mi coordinador, quien resolverá mi situación de acuerdo con los datos que tenga de la veracidad de mi excusa.
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    ARTÍCULO 5. Esmi deber presentarme al colegio con el uniforme que corresponda según el horario, en perfecto estado de aseo sin hacer uso de elementos como: cosméticos, adornos, rulos, cepillos en el cabello, joyas, cadenas, pulseras o adornos extravagantes que no estén permitidos en este manual, pues el colegio no se responsabiliza de la pérdida de joyas o valores que son innecesarios para mi desarrollo académico en caso de que no cumpla con lo mencionado con este ARTICULO se notificara al padre de familia y/o acudientes para hacerlo conocedor de la situación y de igual manera se verá afectada mi valoración actitudinal. De reincidir deberé presentarme al día siguiente con mis padres y/o acudiente ante coordinación general para firma de sanción o compromiso disciplinario. ARTÍCULO 6. Es mi deber permanecer dentro del colegio bien uniformada jardinera, blusa del colegio, blazer verde, medias blancas hasta la rodilla, zapatos rojos de amarrar, cordones blancos, delantales debidamente marcados con mis nombres y apellidos, sin apodos, marcados desde el primer día de clases según modelos y colores establecidos por el colegio. Permaneceré en el colegio con el delantal sin adornos de ninguna naturaleza y lo mantendré en perfectas condiciones de orden y aseo. ARTÍCULO 7. Incurriré en una falta grave si adiciono o me cambio el uniforme en las vecindades en sitios aledaños al colegio. Podré realizar esta actividad dentro de la institución con previa autorización de Directivas, de lo contrario se tomará como actividad engañosa.
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    ARTÍCULO 8. Incurriréen falta grave cuando incumpla las normas éticas, religiosas, morales y sociales, cuando me siente en el piso en forma indebida, lavamanos y escaleras; ya que esto afecta la integridad ética y moral de una dama. ARTICULO 9. Me comprometeré a presentar excusa respaldada por un facultativo, cuando por razones especiales adquiera enfermedades infecto-contagiosas (sarampión, viruela, varicela, pediculosis entre otras y será obligación del padre y/o acudiente presentar certificado medico para reintegrarme a mi labor cotidiana). ARTICULO 10. Incurriré en falta grave si me presento al colegio con pearcing en lugares visibles de mi cuerpo como nariz, cejas, orejas, lengua o cualquier otra parte del rostro ya que esto desdice de mi presentación personal y del buen uso y respeto del uniforme de la institución. El hacer caso omiso de este artículo me hace acreedora a una sanción impuesta por la coordinación de convivencia. PARÁGRAFO: Seré sometida a las sanciones establecidas por la coordinación académica o de convivencia si reincido o incumplo con lo establecido en este capítulo y en cada uno de sus artículos. _______________________________________________ CRITERIOS DE RESPETO, VALORACIÓN Y COMPROMISO FRENTE A LA UTILIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS BIENES PERSONALES Y DE USO COLECTIVO TALES COMO: EQUIPOS INSTALACIONES E IMPLEMENTOS.
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    ARTÍCULO 1. Laubicación y organización nuestra estará a cargo del director de grupo y me responsabilizaré de los elementos que me sean asignados. Esta cláusula me compromete en la misma forma al uso adecuado del material didáctico, instalaciones, restaurante, buses y camionetas del colegio, por considerarse estas una extensión del mismo. ARTÍCULO 2. Haré uso correcto de los servicios sanitarios (baños del colegio), no utilizare elementos que puedan llegar a dañarlos. En caso contrario asumiré los gastos de reparación y me haré acreedora a anotación en mi hoja de vida. ARTÍCULO 3. No escribiré palabras obscenas, agresivas, hirientes y desagradables en las paredes de: patios, aulas, baños, biblioteca, ni en puertas, pupitres, muebles y/o cuadernos propios o ajenos. De la misma manera no me aceptaran graffitis ni dibujos de las condiciones anteriormente mencionadas. Me comprometeré a regresar a su estado normal el sitio en que haya realizado la inadecuada actividad. PARÁGRAFO: seré sancionada por el departamento de convivencia por incurrir en faltas como esta y tendré anotación en el anecdotario y mi hoja de vida. ARTÍCULO 4. Recibiré al comienzo del año mi aula escolar con inventario y de la misma manera la entregaré al finalizar el periodo escolar. Me comprometo a darle el uso adecuado a todos los bienes
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    muebles e inmueblesde la institución, haciendo reposición de los mismos en caso de destrucción o daño. (Cuando dañare mi pupitre, deberé restaurarlo en este caso cancelaré el valor correspondiente). Recibiré un paz y salvo por concepto del uso adecuado de los elementos y mobiliario de la institución. ______________________________________________ __________ PAUTAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACIÓN CON EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE ARTÍCULO 1. Participaré activamente y pondré en práctica todos los proyectos establecidos para la preservación del medio ambiente. ARTÍCULO 2. Me abstendré de arrojar papeles en los salones, en patios e instalaciones en general del plantel para tal efecto utilizaré las papeleras, canecas y recipientes destinados para tal fin y me comprometo con la institución y conmigo misma a fomentar los buenos hábitos de aseo. ARTÍCULO 3. No participaré, ni en barras o porras que atenten contra la buena marcha y desarrollo de las actividades académicas, la integridad personal, psicológica y moral de todos los miembros de la comunidad educativa. ARTÍCULO 4. Incurriré en una falta grave al presente manual cuando lleve envase a los pisos superiores y a los salones de clase, ya que
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    dicha actitud contaminami ambiente y a su vez atente contra la integridad física de los miembros de la comunidad. Esto afectara la valoración de mi conducta. _________________________________________ _______________ FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA DE LA INSTITUCIÓN Esto es del numeral 10 del 1860/94 ARTÍCULO 1. La comunicación con los padres de familia se dará a través de circulares que expiden directivas y docentes del plantel, cuyo desprendible deberá ser firmado y devuelto al día siguiente al director de grupo que llevara el control de dichas comunicaciones, la estudiante que no cumpla con este requisito deberá asistir el día siguiente acompañada del Padre de Familia. El horario de atención al público y padres de familia y /o acudiente, para aspectos administrativos será: lunes, miércoles y viernes de 10:00 AM a 1:00 PM. El personal docente atenderá todas las semanas lectivas, en día y hora que se le dará a conocer oportunamente a través de la estudiante o la red institucional.
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    Y para lasestudiantes los días martes y jueves en horas de descanso. Para aspectos académicos existe el día abierto con fecha y horario establecido anteriormente y con comunicación por circular. ARTÍCULO 2. Otro medio de comunicación individual y directo con los padres de familia, docentes, coordinación y directivos será a través de la agenda escolar, la cual deberá ser firmada y presentada a quien corresponda, de otra manera el Padre de Familia o acudiente tendrá que hacerse presente en el Colegio al día siguiente con la estudiante. ___________________________________ __________________ LO QUE SIGUE ES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA- GIMNACIO LOS CAPÍTULO III REGLAS DE HIGIENE PERSONAL, SALUD PÚBLICA Y PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS. 3.1 DE LOS ESTUDIANTES 3.1.1. DERECHOS 1. A ser tratados con dignidad y respeto 2. A estudiar en un ambiente sano e higiénico, libre de factores epidemiológicos y contaminantes.
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    3. A disfrutarde una planta física, salones, sitios comunitarios en excelente estado de aseo, limpio de basuras, desperdicios y contaminación auditiva y visual. 4. A recibir una adecuada capacitación, orientación y formación educativa que promueva su desarrollo integral como persona. 5. A hacer uso de unidades sanitarias y lavamanos con buena circulación de aguas y excelente mantenimiento e higiene. 6. A recibir clases, ejecutar trabajos y realizar consultas en recintos limpios de buen mantenimiento en pintura, sin rayones ni graffitis. 7. A que se le ofrezcan alimentos, frutas y bebidas en buen estado, con excelentes normas de higiene y calidad en su elaboración, manejo y expendio, portando para ello, los funcionarios de cocina, cafetería y frutería, delantales, gorras y en general de vestuario adecuado. 8. A que se dispongan canecas debidamente clasificadas para reciclaje y tratamiento de residuos y basuras. 9. A exigir de sus compañeros, directivos, profesores y funcionarios el respeto a su ambiente, salón, grupo o silla, libre de basuras, desperdicios, objetos contaminantes o aire contaminado por cigarrillos y demás. 10. A que se le instruya en las normas mínimas de higiene, aseo personal, conservación individual y colectiva de la salud y la prevención sobre el consumo, expendio, tráfico o porte de sustancias alucinógenas y psicoactivas. 11. A que se realicen con sus compañeros y profesores campañas periódicas de aseo de paredes, pisos y demás en instalaciones y salones.
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    12. A licenciamientogeneral por emergencias sanitarias ocasionadas por ausencia definitiva de agua o por emergencia epidemiológica en su grupo, debidamente comprobada. 13. A recibir los primeros auxilios en caso de ser requeridos. 14. A recibir de sus padres o acudientes afiliación a una entidad promotora de salud y a portar su carné de asistencia. 15. A exigir a sus compañeros de grupo respeto por la higiene y presentación personal. 16. Que se garantice un control de precios en todos los servicios que preste o contrate la institución asequible con el nivel económico de los estudiantes. 17. A que se ofrezcan mayor variedad y opción de compra a los estudiantes Punto 10 Código del Menor *** 3.1.2. DEBERES 1. Cumplir con todas las actividades curriculares programadas por la institución (clases, proyectos, visitas educativas, jornadas actividades de apoyo, etc.) con el fin de obtener una formación en las reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. 2. Sentir y demostrar respeto por el compañero, evitando el desaseo y una inadecuada presentación personal y no descuidarla con el uso de maquillaje y adornos extravagantes. 3. Consumir alimentos en los lugares y tiempos estipulados, conservando las normas de higiene.
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    4. Velar porel cuidado de su presentación, aseo e higiene del cuerpo para su propio bienestar y el colectivo. 5. Portar el carné estudiantil y el de afiliación a un sistema de salud. 6. Justificar por escrito, con la firma del padre o acudiente toda excusa médica, o problemas de salud, y otras causas. 7. El estudiante que esté imposibilitado por enfermedad temporal o permanente para la realización de prácticas deportivas o actividades de Educación Física, Recreación y Deportes, debe presentar la orden médica que certifique dicha limitación o incapacidad. En este caso el estudiante queda comprometido a hacer un seguimiento teórico de la clase para presentarlo al profesor. 8. Informar oportunamente sobre irregularidades en el aseo personal, consumo, porte o suministro de sustancias psicoactivas. 9. En aras de conservar un hábito de excelente higiene, salud, aseo y presentación personal la institución sugiere: el no uso del cabello largo en los hombres, aretes, piercing y demás implementos que desacrediten el uniforme de la institución. 3.1.3. PROHIBICIONES 1. Portar, inducir y/o consumir dentro de la institución o en sus alrededores licores, cigarrillos, sustancias psicoactivas o alucinógenas (así sea la dosis personal) en cualquier presentación, y hacerlo fuera del colegio portando el uniforme de la institución. 2. Presentarse al colegio en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias Spicoactivas o alucinógenas.
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    3. Aplicar sustanciasantiestéticas y degradantes a paredes y muebles del colegio, como escritorios y sillas y en general rayar o escribir en muros, tableros, carteleras, divisiones, puertas de salones, baños, escritorios y demás. 4. Traer sustancias o preparados químicos para producir desórdenes en la clase o cualquier sitio o actividad en el establecimiento. 5. Irrespetar o agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa. 6. Sabotear los actos y actividades programados por el colegio. 7. Incurrir o participar en actos de terrorismo, vandalismo, extorsión, chantaje, secuestro, intimidación y actos satánicos. 8. Incurrir en difamación, calumnia o en injuria en contra de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. 9. Incurrir en cualquier acto constitutivo de conducta punible, de acuerdo con la legislación penal colombiana, o el Código Nacional de Policía. 10. Entorpecer las investigaciones de tipo comportamental, o las acciones tendientes a la solución de conflictos. ________________________ arreglemos hasta aquí……….. ARTICULO 63° EN EL ASPECTO DE PRESENTACIÓN PERSONAL. ARTICULO 27 UNIFORME. Da identidad y sentido de pertenencia de los estudiantes con la institución dentro y fuera de ella.
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    ARTICULO 28 UNIFORMEDE DIARIO. a) VARONES. Pantalón en lino azul oscuro, clásico no entubado, (bota recta) camibuso blanco de manga corta con el logotipo de la institución; el camibuso debe ir por dentro del pantalón, medias blancas, correa negra y zapatos colegiales negros. b) NIÑAS. Falda pantalón azul oscura sobre la rodilla, no ajustada al cuerpo, camibuso blanco manga corta con el logotipo de la institución; el camibuso debe ir por dentro de la falda, medias blancas a media pierna y zapatos colegiales negros. ARTICULO 29 UNIFORME DE EDUCACION FISICA. a) MUJERES Y HOMBRES. Sudadera vinotinto no entubada(bota recta), con franja amarilla a los lados, camibuso blanco, manga corta con el logotipo de la institución; el camibuso debe ir fuera de la sudadera, pantaloneta vinotinto con franjas amarillas, tenis blancos y medias blancas. PARAGRAFO 1. Los estudiantes antiguos deben presentarse con el uniforme adecuado a partir de la fecha de inicio de labores académicas. Los estudiantes nuevos tendrán 4 semanas de plazo. PARAGRAFO 2. El estudiante que se presente a clase sin uniforme de diario y/o educación física por circunstancia justificada, no se le negará la asistencia a las clases de ese día; su reincidencia al día siguiente o clase siguiente dará lugar a citación del padre de familia por el director de grado, amonestación en el observador, compromiso adquirido y se verá afectada la calificación de comportamiento. PARAGRAFO: El incumplimiento a las disposiciones descritas en el presente pacto de convivencia será una contravención a las normas y
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    da lugar atomar medidas formativas, reparadoras, sanción temporal y exclusión de la institución. ARTICULO 63°. ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES 1. Derecho a izar el pabellón Nacional, según su rendimiento académico, comportamiento, puntualidad, compañerismo, liderazgo, presentación personal, colaboración, espíritu deportivo y participación a nivel cultural. 2. Mención de honor a los educandos destacados en los aspectos académicos, culturales, deportivos y de comportamiento. 3. Derecho a representar a la institución en actividades deportivas, culturales, intelectuales, científicas a nivel municipal, departamental y nacional. 4. Reconocimiento público de los alumnos destacados en las diferentes actividades a través de medallas, resoluciones, carteleras, boletines, reuniones de estudiantes y padres de familia. 5. Cuando un grado sea sobresaliente en lo académico, disciplinario, deportivo, cultural, tendrá permiso para una integración o convivencia dentro o fuera de la institución. 6. Mención de honor al mejor estudiante en las pruebas ICFES. 7. Los estudiantes que ocupen el primer puesto, durante los periodos académicos serán destacados en cuadro de honor de la institución. .8. Anotaciones positivas en el observador del alumno. 9. Felicitaciones en forma verbal o escrita frente al grupo dirigidas a los padres o acudientes. 10. Placa de honor al mejor bachiller. 11. Nombramiento como representante del curso o monitor en algunas de las áreas académicas. 12. Mención de honor para el estudiante con mejor desempeño académico durante el transcurso del año escolar, por grados. 13. Reconocimiento por su excelente presentación, puntualidad, y asistencia a las actividades escolares. 14. Diploma al bachiller que ha permanecido en la institución desde el grado preescolar hasta once (11).
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    15. Las demásque la Institución Educativa considere. ________________________Haga corte aquí ___________ ARTICULO 38 CALIFICACION DEL COMPORTAMIENTO GENERAL DEL ESTUDIANTE. Se hará al final de cada periodo escolar con la participación de los alumnos por grados en forma conjunta con el cuerpo de profesores o en consejo de profesores cuando lo amerite o el director de grado basado en el anecdotario dándole a cada uno la valoración de 1.0 a 2.9 desempeño bajo, de 3.0 a 3.9 desempeño básico, de 4.0 a 4.5 desempeño alto y de 4.6 a 5.0 desempeño superior (decreto 1290) de acuerdo al comportamiento que demuestre en el respectivo periodo escolar. PARAGRAFO 1.El estudiante que obtenga de 1.0 a 2.9 en su calificación de comportamiento durante algún periodo deberá realizar un trabajo social, orientado por los coordinadores. ARTICULO 41 FUNDAMENTOS DISCIPLINARIOS. a. PROCEDIMIENTOS LEGALES. Código de la juventud y la adolescencia, leyes, el presente pacto de convivencia, el PEI, decretos y demás normas concordantes. b. Procedimientos formativos. Acciones educativas que orienta la institución a través de: dirección de grupo, orientación y asesoría pedagógica si se requiere, coordinación y comité de convivencia, profesores, proyectos pedagógicos, encuentros con padres de familia, las clases, el plan de estudios, las izadas de bandera, conferencias, talleres, trabajos de investigación, eventos culturales y deportivos, salidas de campo, etc. c. PROCEDIMIENTOS NORMATIVOS. Acuerdos internos de la Institución Educativa contemplados en el siguiente pacto de convivencia. CAPITULO VIII ARTÍCULO 42 EL DEBIDO PROCESO Es un principio jurídico, procesal o sustantivo según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, pretendiendo alcanzar un resultado justo y
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    equitativo dentro deun proceso, y a permitirle tener oportunidad de ser oído y hacer valer sus pretensiones frente a una autoridad o instancia alguna. El artículo 29 de la Constitución Política de Colombia, consagra como derecho fundamental El debido Proceso “… nadie será juzgado sino conforme a leyes pre-existentes al acto que se le imputa…” Aunque un proceso disciplinario no es en estricto sentido ni un “proceso judicial” ni un “proceso administrativo” se asume el concepto de debido proceso aplicado a la cultura propia de la institución educativa. En tal sentido, se consideran los siguientes principios: ARTÍCULO 43 Principios del Debido proceso: Todo estudiante tiene derecho a:  Presunción de inocencia  Derecho a la defensa  Acompañamiento de los padres de familia o acudiente, durante el proceso adelantado a su hijo (a)  Pruebas para demostrar su inocencia  Controvertir las pruebas en su contra.  Derecho de los recursos ordinarios de reposición y apelación. ARTÍCULO 43 Etapas del debido proceso La definición de etapas constituye el núcleo central del debido proceso. En cada una de ellas, se definen tiempos, instancias competentes y procedimientos específicos de actuación. Es necesario dejar actas u otro tipo de evidencia documental en cada una de ellas. Estas etapas se organizan de la siguiente manera: Iniciación: Es la indagación preliminar la cual tiene por objeto establecer si existen méritos para iniciar la investigación. Esta será realizada por el docente conocedor del caso, quien tendrá 24 horas para encontrar solución, en caso negativo la indagación la asumirá el director de grupo, el cual contará con 24 horas para darle curso o no al proceso. Apertura del proceso: Cuando exista la conducta anómala y serios indicios que comprometen al estudiante, la coordinación le comunica por escrito al estudiante
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    la apertura delproceso, con los fundamentos de hecho y derecho: conductas violatorias al Manual de Convivencia, pruebas consideradas pertinentes y plazo (3 días hábiles) para presentar los descargos. Etapa probatoria: En ésta, el Comité de convivencia, analiza el caso, mediante el recurso de la prueba. El estudiante implicado hace uso de la defensa, acompañado por sus padres o representantes legales, es oído en descargos y puede solicitar las pruebas que considere convenientes. También puede aceptar los cargos tal como han sido formulados. Esta etapa puede durar una o más sesiones de un día, dependiendo de la complejidad del caso. De lo actuado se deja la correspondiente acta Fallo: Luego de la etapa probatoria, el caso pasará al Consejo Directivo, quien toma la decisión, la cual puede ser exoneración o sanción. Si se exonera, se archiva el caso. Si se aplica sanción, la rectora firmará la respectiva resolución. Ésta debe estar tipificada en el Manual de Convivencia; la cual se notificará al estudiante indicándole los recursos a que tiene derecho. El fallo puede realizarse en la misma sesión de la etapa probatoria o en sesión independiente, dependiendo de la complejidad del caso. De lo actuado se deja el acta correspondiente. Recursos: El estudiante tiene derecho a los recursos de ley: el de reposición ante la instancia que le aplicó la sanción y el de apelación ante una instancia superior, que para éste efecto será el Director de Núcleo o el Personero Municipal. En la solución de los recursos, la instancia competente puede exonerar, mantener la sanción al estudiante o disminuirla, dependiendo de los argumentos presentados por el estudiante y del análisis que de ellos se efectúe. De lo actuado se deja constancia en acta. Aplicación de la sanción: La sanción al estudiante, se hará efectiva una vez terminado el proceso disciplinario al interior de la institución. En caso de hacer uso del recurso de apelación ante una instancia superior, la Institución acatará el fallo que esta expida Aunque se trata de un proceso disciplinario, es importante hacer notar al estudiante que la sanción, también constituye una acción formativa de la institución educativa. Clasificación de las faltas académicas, disciplinarias y correctivos pedagógicos. Las faltas académicas y disciplinarias se clasifican en leves, graves y gravísimas.
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    Artículo. Faltas Levesy sus Correctivos Pedagógicos. 1. Llegar tarde al Colegio o a una clase. 2. Vestir prendas diferentes al uniforme y/o mantener una presentación personal inadecuada, falta de higiene, corte de cabello, peinados, usar maquillaje, pañoletas, cachuchas, piercing, balacas, manillas, aretes, collares y demás adornos extravagantes. 3. Vender artículos con fines lucrativos personales o familiares al interior del plantel educativo. 4. Permanecer en los salones en horas de descanso. 5. Hablar continuamente en la formación o en las horas de clase. 6. No justificar debidamente las inasistencias al Colegio o actividad especial. 7. Hacer uso del celular o aparatos electrónicos durante el desarrollo de las clases sin autorización del docente. 8. Ingerir alimentos, bebidas o gomas de mascar en las clases. 9. Contribuir en el desorden y desaseo de la institución. 10.Practicar deportes en horas diferentes a las de educación física.
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    11.Permanecer fuera delsalón en los cambios de clase. 12.En ausencia del profesor, protagonizar actos de indisciplina o interferir en el desarrollo normal de las clases en otras aulas. 13. Irrespetar la comunicación fijada en carteleras por parte de directivos, administrativos, docentes y estudiantes, escribiendo palabras indebidas, arrancándolas, rompiéndolas o haciendo tachones sobre las mismas. 14.Comprar productos comestibles en horas diferentes al descanso. 15.Portar inadecuadamente el uniforme. 16.Desatender las clases y no cumplir con las actividades programadas por el docente. 17.Utilizar lenguaje inadecuado en el trato con las demás personas. 18. irrespetar los turnos y filas en las diferentes dependencias institucionales. 19.Dirigirse en forma irrespetuosa a los miembros de la comunidad educativa. 20.No portar los materiales requeridos para el buen desarrollo de las actividades académicas. 21.Ausentarse del aula de clase sin justificación. 22. No Contribuir con el aseo del aula de clase y de la institución.
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    23. Participar enjuegos bruscos que atenten contra la integridad física, moral o psicológica propia o de sus compañeros. Tener en cuenta las faltas de los niños de preescolar. Aplicación de correctivos, a faltas leves. 1. Amonestación verbal por parte del docente que conoció la falta. 2. Reiterada la falta, el docente aplicará un correctivo pedagógico según el caso, el cual deberá ser cumplido durante los tres días siguientes; lo anterior se consignará en el observador del estudiante. 3. Escritos en el observador, el director de grupo propiciará una charla pedagógica con el coordinador, el estudiante y el padre de familia, donde se establecerá el compromiso a mejorar; éste será firmado y remitido al observador. 4. El incumplimiento del compromiso ocasionará rebaja en el comportamiento general durante el período académico en el que se cometan las faltas. 5. Si el estudiante reincide en sus faltas a pesar del compromiso y del desempeño bajo, su caso se remitirá por coordinación a la comisaría de familia, para su orientación con el padre o acudiente y el coordinador. La conclusión de esta charla se hará por escrito y anexada al observador del estudiante. Artículo. Faltas Graves Son aquellos comportamientos que interfieren en el normal desarrollo de las actividades institucionales e invaden negativamente la esfera de los derechos de
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    los otros miembrosde la comunidad educativa. La reiteración comportamental en este tipo de faltas no da lugar a que sean catalogadas como gravísimas. 1. Toda falta leve que se presente de forma reiterada por algún estudiante será considerada como falta grave. 2. Incumplir los compromisos adquiridos para representar el colegio en actos académicos, culturales, deportivos y recreativos 3. Irrespetar frecuentemente los símbolos patrios durante las izadas de bandera. 4. Dañar muebles, equipos, muros, vidrios, implementos deportivos, sillas, material didáctico, pupitres, carteleras u otros objetos de uso comunitario. 5. Ausentarse de clase o actividades institucionales sin previa autorización. 6. El incumplimiento reiterado de los compromisos académicos y formativos. 7. Manifestar actitudes irrespetuosas que obstaculicen el normal desarrollo de las actividades comunitarias de la Institución. 8. Inducir a otros estudiantes a cometer faltas graves. 9. Arrojar objetos o sustancias dentro o fuera de la Institución que puedan causar lesiones o daño a las personas. 10.Traer material pornográfico que atente contra la moral y las buenas costumbres de la comunidad Perdomísta.
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    11.Las demostraciones excesivas,eróticas y de noviazgos dentro de la institución y fuera de ella portando el uniforme. 12.Elaborar grafitis en los muros y paredes de la Institución y sitios aledaños. 13.No ingresar a clases en el horario establecido. 14.Negociar, organizar y/o participar en juegos de azar con fines lucrativos en la Institución. 15.Eludir las medidas de control, ingresando o saliendo de la institución por la tapia. 16.Reclamar en forma vulgar y agresiva sus derechos. 17.Ocasionar daño a los vehículos de transporte de cualquier miembro de la comunidad educativa. 18.Esconder, dañar o votar la tabla de control diario de clase que lleva el monitor de grado. 19.Denigrar de la Institución a la cual pertenece. 20.Esconder útiles o elementos de sus compañeros, docentes, directivos, administrativos y de servicios generales. 21.Vender, portar o consumir sustancias psico-activas dentro de la institución, en actividades de jornada contraria o en representación de la institución.
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    22.No acatar lasobservaciones de docentes, directivos, administrativos y de servicios generales. 23.Tergiversar a su conveniencia cualquier información afectando el buen funcionamiento de las actividades institucionales o el bienestar de sus miembros. 24.No entregar las circulares informativas a los padres de familia o acudientes. 25. Brindar trato inadecuado a compañeros, docentes, personal administrativo o comunidad educativa. 26.Demorar la entrega o devolución de libros de la biblioteca. 27.Promover y hacer manifestaciones de satanismo, hechicería, brujería o inducir a otros a participar en esas practicas. 28.Amenazar o atemorizar a compañeros, profesores o en general a cualquier miembro de la comunidad educativa, a través de cualquier medio 29.Alterar, adulterar o falsificar planillas, informes y/o reglamentarios y papelería de la institución. 30.Participar, provocar, incitar y/o animar peleas entre compañeros dentro y fuera de al institución 31.Robo de bienes de la institución
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    32.Soborno, chantaje 33.Fraudeen la presentación de trabajos y pruebas escritas 34.Presentarse al establecimiento en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas alucinógenas o Psicoactiva 35.Hurtar las pertenencias de los compañeros y demás personas de la institución y/o atentar con la propiedad privada 36.El irrespeto por la dignidad humana y la utilización de métodos violentos para la solución de los conflictos. 37.Negarse a asumir el costo de los daños causados por sí mismo en el establecimiento y bienes ajenos. 38.Negarse a cumplir los correctivos asignados cuando incurra en una falta. 39.Hacer uso inadecuado de los diferentes servicios que brinda la institución (Biblioteca, restaurante, laboratorio, entre otros) Artículo. Correctivos Pedagógicos 1. Cometer una falta grave, ocasionará rebaja en la evaluación del comportamiento, durante el periodo académico en el que se cometa la falta. 2. Cometida una falta grave, el docente que la conozca o en su defecto el director de grado o el coordinador de disciplina, la registrará en el observador, con la firma del estudiante. En caso de que éste se niegue, se llamará al personero estudiantil, quien dejará la respectiva constancia.
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    Además se citaráal padre de familia para establecer el compromiso a mejorar, el cual será registrado en el observador. Si este se niega a asistir o a firmar el compromiso, se citará a un representante del consejo Directivo o Asociación de padres, quien dejará constancia. 3. Si el estudiante reincide en sus faltas, a pesar del compromiso, su caso seguirá el curso del debido proceso que establece el presente manual de convivencia.(Art. 34) 4. Suspensión de clases con trabajo orientado por coordinación para realizar en el colegio por un término de tres días o en los casos pertinentes se acordara con los acudientes compromisos para realizar en casa. 5. Firma de acta de compromiso por parte del estudiante y sus padres o acudientes. 6. Pérdida del cupo para el año siguiente. Artículo. Faltas Gravísimas Se consideran casos especiales las faltas muy graves que atentan contra el derecho fundamental de todas las personas a la vida, la integridad física, moral y la dignidad humana. La institución Educativa ha considerado como faltas muy graves las siguientes: Son aquellos comportamientos que tienen gran trascendencia negativa y perjudicial en la marcha Institucional, además lesionar y perjudicar física y/o psicológicamente a los otros miembros de la comunidad educativa. 1. Toda falta grave que se presente de forma reiterada por algún estudiante será considerada como falta gravísima. 2. Intimidar en forma verbal o física alguno de los miembros de la comunidad educativa dentro y fuera de la Institución.
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    3. Agredir físicoo verbalmente algún miembro de la comunidad educativa dentro y fuera de la institución.. 4. Amenazar o intimidar a un compañero para que oculte o silencie información decisiva sobre hechos que lesionen la honra de un miembro de la institución y de su marcha normal. 5. Mentir o calumniar ante cualquier situación o circunstancia, falsificar firmas o documentos, permisos y hacer fraude en las evaluaciones o trabajos. 6. Ser reportado a la Institución educativa por hurtos locales, comerciales o casas de familia. Revisado 7. Hacer uso, portar armas u objetos cortopunzantes, paralizantes o venenosos que puedan ocasionar lesiones así mismo o a terceros. 8. Presentarse a las actividades institucionales en estado de embriaguez o drogadicción. 9. Portar, vender, distribuir o consumir licor y/o sustancias psicoactivas, fumar en actividades escolares o mientras porta el uniforme. 10.Protagonizar actos desagradables dentro y fuera del colegio, mientras se porta el uniforme, peleas, riñas, escándalos, entre otros.
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    11.Destruir o alterardocumentos de seguimiento disciplinario o académico (observador del estudiante, planillas y registro de notas). 12.Conformar sectas satánicas o pandillas con el fin de cometer actos ilícitos. 13.Ser irrespetuoso de forma gestual, escrita y oral con algún miembro de la comunidad educativa, personal administrativo y de servicios generales. 14.Coaccionar o extorsionar a un compañero para que actúe en contra de su voluntad física o moral. 15.Utilizar herramientas tecnológicas y de comunicación para atentar contra la integridad personal, familiar o a cualquier miembro de la comunidad educativa. 16.Pasar en forma semidesnuda o desnuda dentro de la institución para que un compañero de confianza le haga tomas de modelaje o pornográficas. 17.Ejecutar actos inmorales y de perversión sexual con los mismos compañeros en unidades sanitarias y otras instalaciones de la Institución Educativa. 18. Ser irrespetuoso de forma gestual, escrita y oral con sus compañeros, docentes padres de familia, personal administrativo y de servicios generales. 19. Fumar dentro de la institución educativa.
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    20. Conformar sectassatánicas o pandillas con el fin de cometer actos ilícitos 21. Asistir a la institución en estado de embriaguez y/o consumir bebidas alcohólicas en el mismo 22. Ingerir sustancias y/o drogas alucinógenas dentro y fuera de la institución 23. Portar cualquier tipo de arma o elementos que atenten contra la integridad física de una persona. 24. Inducir, portar, vender sustancias y/o drogas alucinógenas dentro y fuera de la institución. 25. Coaccionar o extorsionar a un compañero para que actué en contra de su voluntad física o moral 26.Estafar o hurtar elementos de sus compañeros, docentes, administrativos y de servicios generales de la institución 27. causar daño a los bienes, muebles e inmuebles de la institución. 28. Sustraer, adulterar, falsificar firmas de permisos y demás documentos de la institución o destrucción de documentos. 29.Traer y exhibir dentro de la institución educativa libros, fotografías, revistas, publicaciones y tomas fotográficos de celulares que contengan pornografía
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    30. Posar enforma semidesnuda o desnuda dentro de la institución para que el compañero le haga toma de modelaje o pornográficas. 31. Portar o distribuir material pornográfico 32. Ser cómplice o encubrir a un compañero que cometa una falta grave. 33. amenazar, Ultrajar o agredir de palabra u obra a docentes, estudiantes, rectora, coordinadores, administrativos y de servicios generales 34.Evadirse de la institución educativa. 35. Agredir físicamente a un compañero (laceraciones, fracturas), 36. Protagonizar y participar en escándalos públicos fuera de la institución, portando el uniforme. 37.Ejecutar actos inmorales y de perversión sexual con los mismos compañeros en unidades sanitarias y aulas de la institución educativa. 38. y las demás que la institución educativa considere. Correctivos faltas Gravísimas 1. Cometer una falta gravísima ocasionará suspensión de 5 a 8 días o expulsión del establecimiento educativo.
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    2. Las faltasgravísimas serán investigadas por el docente que la conozca, en su defecto por el director de grupo o coordinador de disciplina, quienes o quien la registrarán en el observador con la firma del estudiante, en caso de que este se niegue se llamará al Personero estudiantil quien dejará la respectiva constancia. Además se citará al padre de familia para darle a conocer que se le abrirá la investigación con base en la queja presentada y las pruebas aportadas. De lo anterior se dejará acta firmada y se entregará copia a las partes. 3. El estudiante que incurra en este tipo de faltas será sancionado en 1era instancia por el Rector del plantel a través de una resolución. Ley 1158 de 1994, art. 132. Y en 2da instancia por el Consejo Directivo (Ibiden art. 144- B-I), o en su defecto en única instancia el Consejo Directivo, mediante resolución aprobada por mayoría absoluta no suceptible de recursos. Conducto Regular Es el procedimiento pedagógico que deben seguir los estudiantes y padres de familia para solucionar dificultades o conflictos presentados en el transcurso de las actividades escolares y extraescolares según el caso así: a) Profesor que conoció la falta b) Director de grupo c) Coordinador (es) d) Rector e) Consejo Directivo En caso de que el incidente ocurra durante el descanso, el conducto regular inicia con el profesor de disciplina. En caso de que el incidente ocurra en una hora de clase en la que el docente no pudo asistir, el coordinador de disciplina lo atenderá. El debido proceso se realizará con base en dos instancias: la 1era instancia será fallada por el Rector con base en las pruebas apuntadas en el observador del estudiante. Los testigos oculares, los testigos presenciales y en todos los casos
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    tendrá pleno conocimientoel estudiante, el padre de familia y/o acudiente, quienes podrán presentar los recursos de reposición o apelación dentro del término establecido. Una vez presentados los recursos y reabierto el proceso de investigación se fallará en 2da instancia, por parte del Consejo Directivo quien impondrá según el caso la sanción, la cual no será ilimitada en el tiempo. Artículo 43.Calificación de comportamiento General del estudiante. Se hará al final de cada período escolar, a través de la co-evaluación entre estudiantes, docentes y coordinador(a), apoyados en el observador del educando y el pacto de convivencia. (SIEE. Cap. 1, Art. 2, inciso C.) Parágrafo: El estudiante que obtenga desempeño bajo en su calificación de comportamiento general durante algún período, deberá realizar un trabajo social, asignado por el Coordinador disciplinario. Parágrafo: En caso de que un estudiante presente dificultad para portar adecuadamente el uniforme, el padre de familia y/o acudiente deberá presentar ante las directivas la justificación correspondiente, estas autorizaciones la adecuación del uniforme de acuerdo a las necesidades. Artículo 42. Conducto Regular Es el procedimiento pedagógico que deben seguir los estudiantes y padres de familia para solucionar dificultades o conflictos presentados en el transcurso de las actividades escolares y extraescolares según el caso así: Primera Instancia: · Docente de la asignatura · Director de grupo · Coordinador · Comisión de Evaluación, seguimiento y promoción · Consejo Académico Segunda Instancia:
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    · Consejo Directivo · Jefe de Núcleo Capítulo VIII Clasificación de las faltas académicas, disciplinarias y correctivos pedagógicos. Las faltas académicas y disciplinarias se clasificarán en leves, graves y gravísimas. Artículo 43. Faltas Leves y sus Correctivos Pedagógicos Se consideran faltas leves: 1. No portar el carnet estudiantil, o no entregarlo cuando le sea solicitado. 2. Llegar tarde al colegio o a una clase. 3. Vestir prendas diferentes al uniforme y/o mantener una presentación personal inadecuada, falta de higiene, corte de cabello, peinados, usar maquillaje, pañoletas, cachuchas, piercing, balacas, manillas, aretes, collares y demás adornos extravagantes. 4. Vender artículos con fines lucrativos personales o familiares. 5. Permanecer en los salones durante los periodos de descanso. 6. Hablar continuamente en la formación o en las horas de clase. 7. No justificar debidamente las inasistencias al colegio o actividades especiales.
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    8. Distraer asus compañeros de clase con juegos u otras actividades. 9. Hacer llamadas, contestar o jugar con el celular en horas de clase. 10.Utilizar artefactos electrónicos para desatender las clases o afectar la atención de sus compañeros. 11. Ingerir alimentos o gomas de mascar en las clases. 12.Contribuir en el desorden y desaseo de la Institución. 13.Practicar deportes en horas diferentes a la de Educación Física. 14.Permanecer fuera del salón en los cambios de clase. 15.En ausencia del profesor protagonizar actos de indisciplina o interferir en el desarrollo normal de las clases en otras aulas. 16. Irrespetar la comunicación fijada en carteleras por parte de directivos, administrativos, docentes y estudiantes, escribiendo palabras indebidas, arrancándolas, rompiéndolas o haciendo tachones sobre las mismas. 17.Comprar productos comestibles en horas diferentes al descanso. Faltas Graves Son aquellos comportamientos que intervienen en el normal desarrollo de las actividades institucionales e invaden negativamente la esfera de los derechos de
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    los otros miembrosde la comunidad educativa, la restricción de los comportamientos en éste tipo de fallas no da lugar a que sean catalogadas como gravísimas. 1. Inasistir a los actos cívicos, religiosos, recreacionales, culturales, democráticos y sociales programados por la institución. 2. Irrespetar frecuentemente los símbolos patrios durante las izadas de bandera. 3. Dañar muebles, equipos, muros, vidrios, implementos deportivos, sillas, material didáctico, pupitres, carteleras u otros objetos de uso comunitario. 4. Ausentarse de clase o actividades institucionales sin previa autorización. 5. Demostrar actitudes irrespetuosas que obstaculicen el normal desarrollo de las actividades comunitarias de la institución. 6. Inducir a otros estudiantes a cometer faltas graves. 7. Arrojar objetos o sustancias dentro o fuera de la institución que puedan causar lesiones o daños a las personas. 8. Retirarse de clase sin autorización del docente. 9. La inasistencia reiterada al plantel o a clases sin ninguna justificación. 10.Traer material pornográfico que atente contra la moral y las buenas costumbres de la comunidad Perdomísta.
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    11.Las demostraciones excesivas,eróticas y de noviazgos dentro de la institución y fuera de ella portando el uniforme. 12.Elaborar grafitis en los muros o paredes de la institución y sitios aledaños. 13.No ingresar a clases en el horario establecido. 14.Negociar, organizar y participar en juegos de azar con fines lucrativos en la institución. 15.Eludir las medidas de control, ingresando o saliendo de la institución por la tapia. 16.Reclamar en forma vulgar y agresiva sus derechos. 17.Ocasionar daño a los vehículos de transporte de cualquier miembro de la comunidad educativa. 18.Esconder, dañar o botar la tabla de control de clase que lleve el monitor de grado. 19.Permanecer fuera del aula en horas de clase. 20.Denigrar de la Institución a la cual pertenece.
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    21.Esconder útiles oelementos de sus compañeros, docentes, directivos, administrativos y de servicios generales. 22.Portar cigarrillos dentro de la jornada escolar. 23.Fomentar la indisciplina constantemente dentro y fuera de clase. 24.No acatar las observaciones de sus compañeros, docentes, directivos, administrativos y de servicios generales. 25.Tergiversar a su conveniencia cualquier información. 26.No entregar las circulares informativas a los padres de familia o acudientes. 27.Cambiar de puesto y pupitre asignado en el respectivo salón sin la autorización del profesor de la clase. 28.Burlarse o llamar a sus compañeros por sobrenombres. 29.Demorar la entrega o devolución de libros de la biblioteca. 30.Utilizar artefactos electrónicos que afecten e interfieran en su atención y en la de los demás, en las diferentes actividades de la institución. Faltas Gravísimas Son aquellos comportamientos que tienen gran trascendencia negativa y perjudicial en la marcha institucional, además lesionan y perjudican física y/o psicológicamente a los otros miembros de la comunidad educativa.
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    1. Intimidar enforma verbal o física alguno de los miembros de la comunidad educativa por celos, venganza, hurto u otras razones dentro y fuera de la institución. 2. Agredir física o verbalmente a algún miembro de la comunidad educativa dentro y fuera del colegio. 3. Amenazar o intimidar a un compañero para que oculte o silencie información decisiva sobre hechos que lesionen la honra de algún miembro de la institución y de su marcha normal. 4. Apropiarse de bienes del colegio, de compañeros, de docentes u otros miembros de la comunidad educativa. 5. Mentir o calumniar ante cualquier situación o circunstancia, falsificar firmas o documentos, permisos y hacer fraude en las evaluaciones o trabajos. 6. Ser reportado a la Institución educativa por hurto en locales comerciales o casas de familia. 7. Hacer uso, portar armas u objetos cortos punzantes, paralizantes o venenosos que puedan ocasionar lesiones así mismo o a terceros. 8. Presentarse a actividades institucionales en estado de embriaguez o drogadicción. 9. Portar, vender, distribuir y/o consumir licor o sustancias psicoactivas, fumar en actividades escolares o mientras porta el uniforme.
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    10.Protagonizar actos desagradablesdentro y fuera del colegio mientras porta el uniforme, peleas, riñas y escándalos, entre otros. 11.Destruir o alterar documentos de seguimiento disciplinario o académico (observador del estudiante, planillas y registro de notas). 12.Conformar sectas satánicas o pandillas con el fin de cometer actos ilícitos. 13.Ser irrespetuoso de forma gestual, escrita y oral con algún miembro de la comunidad educativa, personal administrativo y/o de servicios generales. 14.Coaccionar o extorsionar a un compañero para que actúe en contra de su voluntad física moral. 15.Utilizar herramientas tecnológicas y de comunicación para atentar contra la integridad personal o familiar de cualquier miembro de la comunidad educativa. 16.Posar en forma semidesnuda o desnuda dentro de la institución para que un compañero de confianza le haga toma de modelaje o pornográficas. 17.Ejecutar actos inmorales y de perversión sexual con los compañeros en las unidades sanitarias o en otras instalaciones de la institución educativa. Artículo 44. Proceso formativo y conducto regular para estudiantes Es el procedimiento pedagógico que deben seguir los estudiantes y padres de familia para solucionar dificultades o conflictos presentados en el transcurso de las actividades escolares y extraescolares según el caso así: A) Profesor que conoció la falta B) Director de grupo
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    C) Coordinador(es) D)Rector E) Consejo Directivo En caso de que el incidente ocurra durante el descanso, el conducto regular inicia con el profesor de disciplina. En caso de que el incidente ocurra en una hora de clase en la que el docente no pudo asistir, el coordinador de disciplina lo atenderá. Correctivos pedagógicos a faltas graves 1. Amonestación verbal por parte del docente que conoció la falta. 2. Reiterada la falta, el docente o coordinador, aplicará un correctivo pedagógico según el caso el cual deberá ser cumplido durante los tres días siguientes, lo anterior se consignará en el observador del estudiante. Correctivos a faltas Graves El coordinador será la autoridad competente para investigar las acciones que se configuran como faltas graves, dará seguimiento a los casos, previa citación con orientación y dependiendo de la situación podrá aplicar el siguiente procedimiento: 1. Citación del acudiente por parte de la coordinación. 2. Firma de un compromiso por el acudiente y el estudiante. 3. Solicitud de acompañamiento a orientación psicológica. 4. Suspensión hasta por tres días realizando trabajo comunitario o social en alguna institución de beneficencia de la ciudad. 5. Matrícula en observación y si la conducta inapropiada reincide, pérdida del cupo para el año siguiente.
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    Correctivos a faltasGravísimas Cometer una falta gravísima ocasionará suspensión de 5 a 8 días del establecimiento Educativo. Las faltas gravísimas serán investigadas por el docente que la conozca, o en su defecto por el director de grupo o coordinador de disciplina quienes o quien la registrará en el observador con la firma del estudiante, en caso de que este se niegue se llamará al personero estudiantil quien dejará la respectiva constancia. Además se citará el padre de familia a conocer que se le abrirá la investigación con base en la queja presentada y las pruebas aportadas. De lo anterior se dejará acta firmada se entregará copia a las partes. El estudiante que incurra en este tipo de falta será sancionado en primera instancia por el rector del plantel a través de una resolución (Ley 1158 de 1994, artículo 132) y en segunda instancia por el consejo directivo (artículo 1144 B-I). Artículo 45. Estímulos para los estudiantes 1. Derecho a izar el pabellón Nacional, departamental y municipal, según su rendimiento académico, comportamiento, puntualidad, compañerismo, presentación personal, colaboración, espíritu deportivo y participación a nivel cultural. 2. Mención de honor a los alumnos destacados en los aspectos académicos, culturales, deportivos y de comportamiento. 3. Derecho a representar a la institución en actividades deportivas, intelectuales, científicas a nivel municipal, departamental y nacional. 4. Reconocimiento público de los alumnos destacados en las diferentes actividades a través de medallas, resoluciones, carteleras, boletines, reuniones de estudiantes y padres de familia.
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    5. Cuando ungrado sea sobresaliente en lo académico, disciplinario, deportivo, cultural, tendrá permiso para una integración o convivencia dentro o fuera de la institución. 6. Mención de honor al mejor estudiante en las pruebas ICFES. 7. Los estudiantes que ocupen el primer puesto, durante los períodos académicos serán destacados en cuadro de honor de la Institución. 8. Anotaciones positivas en el observador del alumno. 9. Felicitaciones en forma verbal frente al grupo o escrita dirigida a los padres o acudientes. 10.Placa de honor al mejor bachiller. 11.Nombramiento como monitor representante del curso o monitor en algunas de las áreas académicas. 12.Mención de honor al monitor destacado. 13.Reconocimiento por su excelente presentación, puntualidad y asistencia a las actividades escolares. 14.Diploma al bachiller que ha permanecido en la Institución desde el grado preescolar hasta el grado once (11°).
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    15.Gratuidad académica alos alumnos de mejor rendimiento académico por nivel. 16.Y los demás que la Institución Educativa considere. Artículo 46. Calificación del comportamiento general del alumno Se hará al final de cada período escolar con participación de los alumnos por grado en forma conjunta con el cuerpo de profesores o en Consejo de profesores cuando lo amerite o el director de grado basado en el anecdotario dándole a cada uno la valoración de Excelente, Sobresaliente, Aceptable, Insuficiente y Deficiente según su comportamiento general durante el respectivo periodo escolar. Parágrafo 1. El estudiante que obtenga insuficiente o deficiente en su calificación de comportamiento durante algún período deberá realizar un trabajo social. Artículo 47. Fundamentos Disciplinarios a. Procedimientos legales. Código del menor, leyes, el presente pacto de convivencia, el PEI, decretos y demás normas concordantes. b. Procedimientos formativos. Acciones educativas que orienta la Institución a través de: dirección de grupo, orientación y asesoría psicológica si se requiere, coordinación y comité de convivencia, profesores, proyectos pedagógicos, encuentros con padres de familia, las clases, el plan de estudios, izadas de bandera, conferencias, talleres, trabajos de investigación, eventos culturales y deportivos, salidas de campo, etc. c. Procedimientos Normativos. Acuerdos internos de la Institución educativa contemplados en el presente pacto de convivencia.
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    Artículo 48. ConductoRegular Es el procedimiento pedagógico que deben seguir los estudiantes y padres de familia para solucionar dificultades o conflictos presentados en el transcurso de las actividades escolares y extraescolares según el caso así: a) Profesores de disciplina b) Profesor de área c) Director de grupo d) Coordinador(es) e) Rector(a) f) Consejo directivo CAPITULO IX EL DEBIDO PROCESO El artículo 29 de la constitución política de Colombia, consagra como derecho fundamental el debido proceso “… nadie será juzgado sino conforme a las leyes preexistentes al acto que se imputa…” se convierte en una manifestación del principio de legalidad, conforme al cual toda competencia ejercida por las autoridades públicas debe estar previamente establecida en la ley, como también las funciones que les corresponde cumplir y los trámites a seguir antes de adoptar una determinada decisión. Herramientas de seguimiento La institución aplicando el debido proceso a los casos de convivencia diseñó algunas herramientas que tienen como función realizar seguimiento a los procesos disciplinarios de los estudiantes. Estas son: · Compromiso al iniciar el año escolar: Todos los estudiantes y acudientes de grado preescolar a once deben firmar un compromiso integral donde se evidencie la disposición actitudinal por parte del estudiante y el seguimiento y apoyo por parte del acudiente para el año escolar, dicho documento será revisado cada entrega de boletines o cuando la coordinación lo crea pertinente para observar los avances, dificultades presentadas y el cumplimiento a este compromiso. Este documento reposará en la coordinación.
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    · Observador delestudiante: Los docentes tienen la responsabilidad de realizar seguimiento a las faltas cometidas por los estudiantes en cumplimiento del debido proceso establecido en la institución, este registro deberá ser firmado por el estudiante y el docente que conoció la falta. Etapas del debido proceso: El debido proceso se realizará con base en dos instancias, la primera será fallada por el rector con base en las pruebas aportadas en el observador del estudiante, los testigos oculares, los testigos presenciales y en todos los casos tendrá pleno conocimiento el estudiante, el padre de familia y/o acudiente, quienes podrán presentar los recursos de reposición o apelación dentro del término establecido. Una vez presentados los recursos y reabierto el proceso de investigación se fallará en segunda instancia, por parte del consejo directivo quien impondrá según el caso la sanción, la cual no será ilimitada en el tiempo. Artículo 48. A las faltas graves se le aplicarán. Charla orientada por el coordinador, docente de área y director de grupo al estudiante y al padre de familia. Observará además comportamiento insuficiente; quien decidirá la instancia a seguir según la gravedad de la falta es el consejo directivo. Parágrafo 1. Las sanciones se aplicarán de acuerdo a la gravedad de la falta y pueden ser: a. Por el tiempo que determine la instancia que sancione, de uno a tres días hábiles durante los cuales el estudiante deberá responder por las actividades realizadas en el tiempo de su sanción. Además se hará acreedor a las fallas correspondientes, cabe aclarar que el estudiante deberá asistir al colegio durante esos días a realizar un trabajo social que deberá ser orientado por el coordinador(a). b. Responder por los daños ocasionados. c. Se hará amonestación en el anecdotario del estudiante con los compromisos adquiridos por éste y el padre de familia.
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    d. Al estudiantese le podrá cancelar matricula cuando se haya aplicado el debido proceso. Artículo 49. Proceso disciplinario del Consejo Directivo a. Comunicación formal a quien se abre proceso disciplinario sobre el posible hecho en el que incurrió. b. Formulación de los cargos al imputado de manera escrita dentro de los tres días siguientes al conocimiento de la falta. c. Traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas al día siguiente de la formulación de los cargos. d. El imputado dispone de tres días hábiles para presentar descargos. e. Pronunciamiento definitivo a través de una resolución emanada por el rector(a) y aprobada por el Consejo Directivo con anuencia de la asociación de padres de familia e imposición de la sanción proporcional a los hechos que la motivaron. f. El imputado dispondrá de cinco días hábiles para controvertir la sanción. Parágrafo 1. En el transcurso del debido proceso el estudiante cumplirá con sus compromisos académicos y disciplinarios mientras se le define su situación. CAPITULO X DE LOS EDUCADORES Artículo 50. Derechos. Los establecidos en el artículo 36 del decreto 2277 de 1979; artículo 37 del decreto 1278 de 2002 y demás normas concordantes.
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    Artículo 51. Deberes.Los establecidos en el artículo 44 del decreto 2277 de 1979; artículo 41 del decreto 1278 de 2002, los del manual de funciones de la institución, circulares, acuerdos y resoluciones internas emanadas del consejo académico, de coordinación, de rectoría y demás disposiciones generales de régimen disciplinario establecidas por el Ministerio de Educación Nacional. CAPITULO XI PADRES DE FAMILIA Artículo 52. Derechos de los padres de familia. Los principales derechos de los padres de familia en relación con la educación de sus hijos son los establecidos en el decreto 1286 del 2005 así: 1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes, criterios, procedimientos, e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar. 2. Acompañar el proceso educativo de los estudiantes. 3. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos. 4. Recibir los informes periódicos de evaluación. 5. Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la constitución y la ley. 6. Recibir información del estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. 7. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el pacto de convivencia, el plan de
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    estudios, las estrategiaspedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional. 8. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de identidad del personal docente y directivo de la Institución Educativa. 9. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional. 10.Recibir respuestas suficientes y oportunas a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos. 11.Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos. 12.Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos del gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la ley general de educación y en sus reglamentos. 13.Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos. Artículo 53. Deberes de los padres de familia. Corresponde a los padres de familia los siguientes deberes:
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    1. Participar através de las instancias del gobierno escolar: en la diferencia de criterios y procedimientos de evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar: Consejo Directivo, comité de evaluación, y promoción. 2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos. 3. Analizar los informes periódicos de evaluación. 4. Recomendar a sus hijos la realización de recuperaciones durante el proceso educativo. 5. Cumplir con los compromisos y recomendaciones adquiridas para la superación de sus debilidades. 6. Los padres de común acuerdo dirigirán la educación de sus hijos menores y su formación moral e intelectual teniendo en cuenta el Dto. 772/75 art. 4 código del menor. 7. Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria. 8. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 9. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual de convivencia, para facilitar el proceso educativo.
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    10.Contribuir en laconstrucción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. 11.Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tenga conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes. 12.Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzca al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional. 13.Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos. 14.Participar en el proceso de auto evaluación anual del establecimiento educativo. 15.Suministrar a los hijos los uniformes, útiles escolares y elementos indispensables que faciliten su proceso de aprendizaje. 16.Asistir oportunamente a la entrega de boletines. 17.Controlar al estudiante en cuanto a la asistencia puntual a la Institución y a clases, el regreso a casa, la elaboración de tareas y trabajos, el buen porte del uniforme y la ocupación del tiempo libre.
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    18.Asistir a laInstitución oportunamente a justificar las ausencias de sus hijos y atender puntualmente las citaciones enviadas por cualquier instancia escolar. 19.Solicitar periódicamente información relacionadas con el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos, atendiendo los horarios establecidos. 20.Cancelar costos educativos determinados por el Consejo Directivo y estar a paz y salvo a fin de año para poder retirar boletines y certificados. 21.Asistir y participar activamente en la escuela de padres. 22.Mantener relaciones de respeto, diálogo y colaboración con todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa. 23.Concurrir obligatoria y puntualmente a la asamblea general de padres de familia por convocatoria del rector(a) del establecimiento educativo(art. 4 Dcto 1286 de 2005). 24.Realizar con el debido respeto cualquier reclamación teniendo en cuenta el conducto regular y tiempo establecido. 25.Asumir con responsabilidad el cargo para el que sea elegido por la comunidad Educativa. 26.Responder por los daños que causen los alumnos dentro de la Institución Educativa.
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    Artículo 54. Divulgación.El presente pacto de convivencia debe ser publicado a todos los estudiantes de la Institución Educativa Gustavo Perdomo Ávila, padres de familia y demás estamentos de la comunidad educativa. Artículo 55. Vigencia del pacto de Convivencia. El presente pacto de convivencia puede y debe ser reglamentado anualmente para adaptarlo a las situaciones del momento especialmente en lo disciplinario. Podrá ser reformado en forma parcial o en su totalidad, pero sin entrar en incongruencia con la Constitución Política Nacional, código del menor, los derechos humanos y los objetivos de la educación. Artículo 56. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de expedición y deroga todos los anteriores. PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Dado en la Institución Educativa Gustavo Ávila del municipio de Natagaima Tolima a los días del mes de 2010. CONSEJO DIRECTIVO ___________________________ ___________________________ Luz Marina Sánchez Raga Representante de Padres de Flia Rectora ___________________________ ___________________________ Representante Padres de Familia Representante Sector Productivo ___________________________ ___________________________ Representante de los Profesores Representante de los Estudiantes
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    Jornada Mañana ______________________________________________________ Representante de los Profesores Representante de los Exalumnos Jornada Tarde V.B. DEL DIRECTOR DE NÚCLEO DE DESARROLLO EDUCATIVO N° 50 __________________________________ _______________________ JOSE ANTONIO NAVARRO PARGA Personero Estudiantil ____________________________ Contralor Estudiantil
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    INSTITUCION EDUCATIVA GUSTAVOPERDOMO ÁVILA NATAGAIMA TOLIMA. ACTA DE CUMPLIMIENTO Y COMPROMISO DEL PACTO DE CONVIVENCIA Como padre(s) de familia, en calidad de acudiente(s) y mi hijo(s) en calidad de estudiante(s) de esta Institución educativa, nos comprometemos con la Institución a aceptar y cumplir fielmente el presente pacto de convivencia adoptado por el consejo directivo según acuerdo N° 001 de octubre 11 del 2010 de conformidad con la ley 115 de 1994, el decreto 1286 del 2005 y demás normas concordantes. Así mismo asumiremos responsablemente los correctivos a que dé lugar el incumplimiento o violaciones a las normas establecidas en el presente pacto de convivencia. En constancia de lo anterior firmamos ___________________________ _______________________
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    Padre de familiao acudiente Alumno(s) ___________________________ Rectora Estudiar los casos de indisciplina y establecer las respectivas sanciones, es una instancia del debido proceso. PARAGRAFO 1. SANCIÓN: por sanción se debe entender como la consecuencia lógica de un comportamiento que la sociedad ha determinado como inadecuado para la formación del estudiante, para su rendimiento académico o para el bienestar de la comunidad. La sanción se establece con el fin de proteger los intereses de toda la comunidad. Esta medida se espera que se aplique en clima de justicia y respeto y se acepte como un medio de para la formación del estudiante. PARAGRAFO 2: ESPIRITU DE LA SANCIÓN la sanción será aplicada siempre como instrumento educativo y con la finalidad fundamental de la toma de conciencia y el cambio de actitud del alumno en orden a su realización como persona responsable. PARAGRAFO 3. CARACTERÍSTICAS PARA LA SANCIÓN: la sanción debe poseer las siguientes características: a. Su forma debe estar vinculada al acto punible. b. Debe ser certera, imparcial y justa c. Debe ser constructiva y conducente a un autodominio. d. No debe ser aplicada mientras no se entienda el móvil de acción del estudiante. e. No debe abarcar la imposición de trabajos extras que no se hallen relacionados con el acto por la cual se sanciona al estudiante. f. Escuchar las razones del estudiante ante quien corresponda.
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    g. Al tomarsela decisión de la sanción comunicársela al alumno y a la familia.