Este documento define los servicios públicos como actividades destinadas a satisfacer necesidades colectivas mediante prestaciones del Estado o particulares, sujetas a un régimen jurídico con fines sociales. Explica que los servicios públicos se caracterizan por la necesidad colectiva que satisfacen, la entidad estatal o privada que los provee, y su naturaleza no lucrativa e impersonal hacia toda la población.