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Código de Ética
Fundamentos de su
  actualización
Tribunal de Disciplina
                2009-2013
•   MIEMBRO TITULAR 1º: FARM. LAURA RACCAGNI
•   MIEMBRO TITULAR 2º: FARM. DAVID PASCUAL FERNANDEZ
•   MIEMBRO TITULAR 3º: FARM. MARIA ELISA PEREZ
•   MIEMBRO TITULAR 4º: FARM. SANDRA L. BONVISSUTO
•   MIEMBRO TITULAR 5º: FARM. INES ALICIA NOE
•   MIEMBRO SUPLENTE 1º: FARM. GABRIEL TRAVERSINI
•   MIEMBRO SUPLENTE 2º: FARM. PEDRO ANGEL IRASUSTA
•   MIEMBRO SUPLENTE 3º: FARM. MARIA AMALIA MANDIROLA
•   MIEMBRO SUPLENTE 4º: FARM. MARIA RAQUEL FOSATTI
•   MIEMBRO SUPLENTE 5º: FARM. ALCIRA EMILCE ESUSY
Código de ética
Es una guía de conducta ajustada a la norma
moral. Por ello, se comprenden en él unos
principios fundamentales, de carácter universal
de la profesión, en virtud de los cuales el
farmacéutico, en el contexto social en el que se
desenvuelve su actividad, ejercita su libertad de
acción, contemplando la dignidad humana.
Código Deontológico

Se establecen los deberes de los
farmacéuticos, que aunque no se
encuentren explicitados en la legislación
general, constituyen la conducta
esperada, acorde a la ética profesional
farmacéutica.
Código Deontológico
Tiene un sentido orientador, dando pautas
generales que posibiliten calificar la conducta
estimable, ajustada a los valores que informan a
la profesión, tales como fomentar, preservar y
recuperar la salud humana. Son parámetros que
contribuyen a superar los supuestos de opción,
e incluso de conflicto de valores, tales como la
libertad, derecho a la vida, privacidad, las
limitaciones de la auto experiencia.
Recordemos entonces que…
Sentadas tales aclaraciones, y en cuanto a la
regulación del ejercicio de la profesión
farmacéutica, se advierte inmediatamente que
existen aspectos que únicamente
son propios de una norma de rango
legal o reglamentario, y no del
ordenamiento ético
Importante….
A su vez, teniendo en cuenta que el Código
de Ética, también integra el ordenamiento
jurídico que regula el ejercicio profesional,
sus normas deben estar integradas a aquel,
debiéndose tender a que los principios y
normas funcionen en forma
armónica, como un conjunto
coherente y solidario.
Importante…..
 Tampoco un Código de Ética, puede incorporar
aspectos no previstos expresamente en la
legislación farmacéutica y sanitaria en general
(leyes 10.606, 11.405 y normas reglamentarias y
complementarias).
Por otra parte, el Colegio tiene atribuido el
gobierno de la matrícula y el ejercicio del poder
disciplinario respecto a los farmacéuticos (art. 4
incs.a) y b) de la Ley 6682) y solo sobre estos
aspectos puede intervenir.
Actualización del Código de Ética
                   Objetivos
• Brindar al farmacéutico una guía amplificada y
  reformada, acorde a los nuevos “desafíos” de la profesión
  y las ciencias de la salud.
• Replantear este conjunto de principios, ante los conflictos
  que pudieran surgir como consecuencia de los
  vertiginosos cambios científicos, tecnológicos,
  comerciales y sociales,
Qué cambios……
• cambios científicos y tecnológicos como el desarrollo de
  la genética y la genómica.
• la naciente biotecnología aplicada al diseño de fármacos
  y dispositivos biomédicos.
• la modificación de los hábitos y conductas sociales.
• …. situaciones en las cuales es necesario hacer prevalecer
  los valores éticos por encima de normas legales o
  presiones socio-económico-políticas que alejan
  al profesional sanitario de su objetivo primario definido
  tan sencillamente como:
• “el respeto a la vida, derecho a la salud y a la integridad
  del ser.”
Código de ética
• El origen de toda norma es social y, por tanto,
  se comprende que las normas deontológicas
  estén en constante evolución, según progrese o
  se modifique la sociedad que las genera.
• Un código de Ética es el referente para que la
  sociedad conozca lo que puede esperar de
  nuestra profesión y lo que puede exigir a los
  farmacéuticos que la ejercen.
• La elaboración de un código deontológico es un
  proceso dinámico que debe adaptarse a los
  cambios y a la realidad social de cada momento
  ya que si bien, las normas deontológicas no son
  normas jurídicas, tienen el valor de normas
  legales de obligado cumplimiento para los
  colegiados sin que puedan ser invocadas como
  un simple marco de referencia.
Para la actualización del Código se han tenido en
cuenta documentos Internacionales como por
ejemplo la Declaración de la Federación
Internacional Farmacéutica sobre Normas
Profesionales (Vancouver 05 /09/ 97 ) y
Códigos de ética de otros países.
Cambios….
  *Art 1º
 Se establece para la Provincia de Buenos Aires el
 siguiente Código al que deberán ajustarse los
 farmacéuticos en el ejercicio de la actividad
 profesional, cualquiera sea la modalidad en que
 la practiquen…
*Art 5º…..compromiso con la protección del
 medio ambiente.
Cambios….
*Art 13º
El farmacéutico perito, árbitro o
 jurado….
…deberá guardar la debida imparcialidad,velando
 por el cumplimiento diligente de las funciones y
 deberes asumidos.
Cambios….
-Art 21
El farmacéutico investigador clínico...
 Brindar al paciente la información del estudio,
 asegurándose que comprenda los riesgos y beneficios
 del ensayo, manifestando su voluntad de no participar o
 revocar el consentimiento sin perjuicios.
 El farmacéutico debe respetar esa voluntad.
Cambios….
• Art 22-Objeción de Conciencia

   – la independencia y responsabilidad personal del
     farmacéutico que lo faculta a negarse a la dispensa de
     medicamentos puntuales y en ciertos y determinados
     casos, respetando de ese modo y a su entender, el
     derecho a la vida y la salud del paciente, respetando
     su voluntad en tanto no se ponga en peligro la salud o
     la vida de aquél.
Cambios…
El farmacéutico en la política o
funcionario público
Deberán ajustar su conducta y decisiones a las
normas de este Código, no valiéndose de esos
cargos para obtener para sí ventajas
económicas o de cualquier otro tipo.
Art 17º           Cambios….
   Como profesional sanitario al servicio de la sociedad,
  debe contribuir a la mejora de la salud y calidad de vida
  del paciente, promoviendo la Educación para la salud,
  prevención y diagnostico de la enfermedad y a
  tratamientos terapéuticos eficaces y seguros.
Art 19º
  Incorpora la promoción del Uso Racional del
  Medicamento, la farmacovigilancia ,el seguimiento
  farmacológico y el consejo sobre la utilización del
  medicamento.
Cambios…
Art 31º
 El farmacéutico se abstendrá de realizar cualquier acto o
 manifestación pública o privada a través de expresiones
 orales, escritas, electrónicas , informáticas y demás
 herramientas audiovisuales que pueda entrañar
 desmérito o desprestigio para la profesión u otro colega.

    Evitará además desplazar o pretender hacerlo a otro
    colega, por medios que no sean los que atañen a la
    competencia científica.
´
Son éticamente reprochables…
*Ausencia profesional
*Incumplimiento de turnos
*Envío a domicilio: su anuncio y realización
*Ofrecimiento y dispensa a través de Internet y/o
  cualquier otro medio
*La compra de drogas, medicamentos y accesorios
  para la salud a personas o comercios no
  autorizados legalmente.
Son éticamente reprochables…
*Dirigismo
 *Venta sin receta de psicofármacos o sustancias
  susceptibles de producir dependencia física o
  psíquica
*Atribuir carácter de oferta al medicamento.
*Publicidad indebida
*Dicotomía
*Revelar sin causa justificada el secreto profesional
Importancia de la ética Profesional
• Los Farmacéuticos tienen en el Código de ética una
  herramienta de exigencia de calidad en su actuación
  profesional que los debe llevar a la actualización
  permanente de sus conocimientos.
• El comportamiento de cada integrante de un colectivo
  profesional, puede servir de referente para el resto de los
  miembros, lo que aumentará o disminuirá, según sea, el
  nivel de consideración del colectivo profesional ante la
  sociedad
Reflexión final…
El desempeño de las tareas propias del farmacéutico
tiene importantes consecuencias éticas. Es habitual que
el farmacéutico se encuentre con situaciones que entran
en conflicto con el deber profesional de promover la vida
y la salud humana. Las respuestas no pueden ser fruto
del parecer bien intencionado del farmacéutico. Se trata
de problemas que exigen una reflexión, resaltando la
responsabilidad que la sociedad y la propia profesión
demandan.

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Nuevo Código de ética para el CFPBA

  • 1. Código de Ética Fundamentos de su actualización
  • 2. Tribunal de Disciplina 2009-2013 • MIEMBRO TITULAR 1º: FARM. LAURA RACCAGNI • MIEMBRO TITULAR 2º: FARM. DAVID PASCUAL FERNANDEZ • MIEMBRO TITULAR 3º: FARM. MARIA ELISA PEREZ • MIEMBRO TITULAR 4º: FARM. SANDRA L. BONVISSUTO • MIEMBRO TITULAR 5º: FARM. INES ALICIA NOE • MIEMBRO SUPLENTE 1º: FARM. GABRIEL TRAVERSINI • MIEMBRO SUPLENTE 2º: FARM. PEDRO ANGEL IRASUSTA • MIEMBRO SUPLENTE 3º: FARM. MARIA AMALIA MANDIROLA • MIEMBRO SUPLENTE 4º: FARM. MARIA RAQUEL FOSATTI • MIEMBRO SUPLENTE 5º: FARM. ALCIRA EMILCE ESUSY
  • 3. Código de ética Es una guía de conducta ajustada a la norma moral. Por ello, se comprenden en él unos principios fundamentales, de carácter universal de la profesión, en virtud de los cuales el farmacéutico, en el contexto social en el que se desenvuelve su actividad, ejercita su libertad de acción, contemplando la dignidad humana.
  • 4. Código Deontológico Se establecen los deberes de los farmacéuticos, que aunque no se encuentren explicitados en la legislación general, constituyen la conducta esperada, acorde a la ética profesional farmacéutica.
  • 5. Código Deontológico Tiene un sentido orientador, dando pautas generales que posibiliten calificar la conducta estimable, ajustada a los valores que informan a la profesión, tales como fomentar, preservar y recuperar la salud humana. Son parámetros que contribuyen a superar los supuestos de opción, e incluso de conflicto de valores, tales como la libertad, derecho a la vida, privacidad, las limitaciones de la auto experiencia.
  • 6. Recordemos entonces que… Sentadas tales aclaraciones, y en cuanto a la regulación del ejercicio de la profesión farmacéutica, se advierte inmediatamente que existen aspectos que únicamente son propios de una norma de rango legal o reglamentario, y no del ordenamiento ético
  • 7. Importante…. A su vez, teniendo en cuenta que el Código de Ética, también integra el ordenamiento jurídico que regula el ejercicio profesional, sus normas deben estar integradas a aquel, debiéndose tender a que los principios y normas funcionen en forma armónica, como un conjunto coherente y solidario.
  • 8. Importante….. Tampoco un Código de Ética, puede incorporar aspectos no previstos expresamente en la legislación farmacéutica y sanitaria en general (leyes 10.606, 11.405 y normas reglamentarias y complementarias). Por otra parte, el Colegio tiene atribuido el gobierno de la matrícula y el ejercicio del poder disciplinario respecto a los farmacéuticos (art. 4 incs.a) y b) de la Ley 6682) y solo sobre estos aspectos puede intervenir.
  • 9. Actualización del Código de Ética Objetivos • Brindar al farmacéutico una guía amplificada y reformada, acorde a los nuevos “desafíos” de la profesión y las ciencias de la salud. • Replantear este conjunto de principios, ante los conflictos que pudieran surgir como consecuencia de los vertiginosos cambios científicos, tecnológicos, comerciales y sociales,
  • 10. Qué cambios…… • cambios científicos y tecnológicos como el desarrollo de la genética y la genómica. • la naciente biotecnología aplicada al diseño de fármacos y dispositivos biomédicos. • la modificación de los hábitos y conductas sociales. • …. situaciones en las cuales es necesario hacer prevalecer los valores éticos por encima de normas legales o presiones socio-económico-políticas que alejan al profesional sanitario de su objetivo primario definido tan sencillamente como: • “el respeto a la vida, derecho a la salud y a la integridad del ser.”
  • 11. Código de ética • El origen de toda norma es social y, por tanto, se comprende que las normas deontológicas estén en constante evolución, según progrese o se modifique la sociedad que las genera. • Un código de Ética es el referente para que la sociedad conozca lo que puede esperar de nuestra profesión y lo que puede exigir a los farmacéuticos que la ejercen.
  • 12. • La elaboración de un código deontológico es un proceso dinámico que debe adaptarse a los cambios y a la realidad social de cada momento ya que si bien, las normas deontológicas no son normas jurídicas, tienen el valor de normas legales de obligado cumplimiento para los colegiados sin que puedan ser invocadas como un simple marco de referencia.
  • 13. Para la actualización del Código se han tenido en cuenta documentos Internacionales como por ejemplo la Declaración de la Federación Internacional Farmacéutica sobre Normas Profesionales (Vancouver 05 /09/ 97 ) y Códigos de ética de otros países.
  • 14. Cambios…. *Art 1º Se establece para la Provincia de Buenos Aires el siguiente Código al que deberán ajustarse los farmacéuticos en el ejercicio de la actividad profesional, cualquiera sea la modalidad en que la practiquen… *Art 5º…..compromiso con la protección del medio ambiente.
  • 15. Cambios…. *Art 13º El farmacéutico perito, árbitro o jurado…. …deberá guardar la debida imparcialidad,velando por el cumplimiento diligente de las funciones y deberes asumidos.
  • 16. Cambios…. -Art 21 El farmacéutico investigador clínico... Brindar al paciente la información del estudio, asegurándose que comprenda los riesgos y beneficios del ensayo, manifestando su voluntad de no participar o revocar el consentimiento sin perjuicios. El farmacéutico debe respetar esa voluntad.
  • 17. Cambios…. • Art 22-Objeción de Conciencia – la independencia y responsabilidad personal del farmacéutico que lo faculta a negarse a la dispensa de medicamentos puntuales y en ciertos y determinados casos, respetando de ese modo y a su entender, el derecho a la vida y la salud del paciente, respetando su voluntad en tanto no se ponga en peligro la salud o la vida de aquél.
  • 18. Cambios… El farmacéutico en la política o funcionario público Deberán ajustar su conducta y decisiones a las normas de este Código, no valiéndose de esos cargos para obtener para sí ventajas económicas o de cualquier otro tipo.
  • 19. Art 17º Cambios…. Como profesional sanitario al servicio de la sociedad, debe contribuir a la mejora de la salud y calidad de vida del paciente, promoviendo la Educación para la salud, prevención y diagnostico de la enfermedad y a tratamientos terapéuticos eficaces y seguros. Art 19º Incorpora la promoción del Uso Racional del Medicamento, la farmacovigilancia ,el seguimiento farmacológico y el consejo sobre la utilización del medicamento.
  • 20. Cambios… Art 31º El farmacéutico se abstendrá de realizar cualquier acto o manifestación pública o privada a través de expresiones orales, escritas, electrónicas , informáticas y demás herramientas audiovisuales que pueda entrañar desmérito o desprestigio para la profesión u otro colega. Evitará además desplazar o pretender hacerlo a otro colega, por medios que no sean los que atañen a la competencia científica. ´
  • 21. Son éticamente reprochables… *Ausencia profesional *Incumplimiento de turnos *Envío a domicilio: su anuncio y realización *Ofrecimiento y dispensa a través de Internet y/o cualquier otro medio *La compra de drogas, medicamentos y accesorios para la salud a personas o comercios no autorizados legalmente.
  • 22. Son éticamente reprochables… *Dirigismo *Venta sin receta de psicofármacos o sustancias susceptibles de producir dependencia física o psíquica *Atribuir carácter de oferta al medicamento. *Publicidad indebida *Dicotomía *Revelar sin causa justificada el secreto profesional
  • 23. Importancia de la ética Profesional • Los Farmacéuticos tienen en el Código de ética una herramienta de exigencia de calidad en su actuación profesional que los debe llevar a la actualización permanente de sus conocimientos. • El comportamiento de cada integrante de un colectivo profesional, puede servir de referente para el resto de los miembros, lo que aumentará o disminuirá, según sea, el nivel de consideración del colectivo profesional ante la sociedad
  • 24. Reflexión final… El desempeño de las tareas propias del farmacéutico tiene importantes consecuencias éticas. Es habitual que el farmacéutico se encuentre con situaciones que entran en conflicto con el deber profesional de promover la vida y la salud humana. Las respuestas no pueden ser fruto del parecer bien intencionado del farmacéutico. Se trata de problemas que exigen una reflexión, resaltando la responsabilidad que la sociedad y la propia profesión demandan.