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CONDICIONES DE TRABAJO
Rodrigo Suarez Hernández
Trabajo Social
Legislación Laboral
Mtro. José Gilberto García Figueroa
TANTO TRABAJADORES COMO PATRONES TIENEN OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES PARA
DESARROLLARSE EN SU FUENTE LABORAL POR LO CUAL SE NORMAN Y SE DAN A
CONOCER EN CONTRATOS LABORALES Y EN SU REGLAMENTO INTERNO DE LA EMPRESA
O ESTABLECIMIENTO.
 EL ART. 132 de la Ley Federal de Trabajo impone a los patrones:
 Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo, aplicables a sus empresas o
establecimientos, tales como salubridad, higiene ambiental, protección de riesgos
de trabajo.
 Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones.
 Proporcionar oportunamente a los trabajadores instrumentos y materiales para la
ejecución del trabajo, el patrón no debe exigir indemnización alguna por el
desgaste natural que sufran estos.
 Proporcionar un local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajo
en un lugar que presten los servicios.
 Mantener el numero suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores
en oficias, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos
 Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de mal trato en
palabra o obra.
 Expedir cada 15 días, solicitudes de los trabajadores, una constancia escrita del
numero de días trabajados y del salario percibido.
 Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del termino
de tres días, una constancia escrita relativa a sus servicios.
 Conceder tiempo para la ejecución de servicios de jurados, electorales y censales
cuando se deban cumplir dentro de la horas de trabajo.
 Permitir a los trabajadores a faltar a su trabajo para desempeñar una comisión
accidental o permanente de su sindicato o del Estado, siempre que avise con la
oportunidad debida y que el número de trabajadores comisionados no sea tal que
perjudiquen la buena marcha del establecimiento.
 Recibir el producto del trabajo.
 Alfabetizar a los trabajadores, cónyuges e hijos.
 Proporcionar capacitaciones profesiones a los trabajadores y en su caso a sus hijos.
 Obligaciones de previsión social como inscribir a los trabajadores al IMSS.
 Permitir la creación de sindicatos.
 Cumplir con todas las disposiciones legales y laborales en su centro de trabajo.
 Tratar con dignidad al trabajador.
 Colaborar y permitir que las autoridades del trabajo practiquen inspecciones en su
empresa o establecimiento
 Proteger a las mujeres embarazadas
Obligaciones de los trabajadores y de los patrones
Además de las obligaciones que tiene derecho a cumplir el patrón, también tiene
prohibiciones a ejecutar en la fuente laboral en el Art. 133 sus fracciones I a XI:
Negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, genero, edad,
discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones,
preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un
acto discriminatorio.
Exigir a sus trabajadores que compren en una tienda o lugar determinado
Exigir dinero de los trabajadores como gratificación para que se les admita en el
trabajo
Obligar a los trabajadores a afiliarse o retirarse de un sindicato o agrupación al que
pertenezcan o que voten por determinada candidatura
Intervenir en cualquiera forma en el régimen interno del sindicato, impedir su
formación o el desarrolla de la actividad sindical, mediante represalias implícitas o
explicitas contra los trabajadores
Hacer o autorizar colectas
Ejecutar cualquier acto que restrinja o minimice los derechos de los trabajadores
Hacer propaganda política o religiosa
Señalar con el índice a los trabajadores que se separen o sean separados
Portar armas en el interior de la empresa o establecimiento
Realizar actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el
lugar de trabajo
Permitir o tolerar actos de hostigamiento y /o acoso sexual en el centro de trabajo
Exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso,
permanencia o ascenso en el empleo y:
Despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que
renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de
hijos menores.
Es el papel que debe desempeñar el trabajador en su fuente
laboral, de los contrario si este se niega a cumplirlas, el patrón
tiene el derecho de rescindirlo de su empleo.
Articulo 134 en sus fracciones de I a XIII
Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los
productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, o de los cuales
tengan conocimiento por razón del trabajo que desempeñan, así como de los
asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicios a la
empresa.
Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de
evitar daños o perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo o de
los patrones.
Someter a los reconocimientos médicos.
Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan.
Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de
evitar daños o perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo o de
los patrones
No concurrencia
Humanitarias.
Cumplir las normas de trabajo.
Observar las medidas preventivas de seguridad e higiene.
Observar buenas costumbres.
Trabajar.
Observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales
mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como
las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal.
Lealtad.
Normas de no hacer o de no ejecutar determinadas conductas dentro de su fuente
laboral
Art. 135 fracciones del I al X
Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro del
establecimiento
Usar los útiles y herramientas suministrados por el patrón, para objeto distinto de
aquel a que están destinados
Suspender el trabajo sin autorización del patrón
Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo
Presentar al trabajo en estado de embriaguez
Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante.
Portar armas dentro del lugar de trabajo.
Realizar actos que pongan en peligro la vida de sus compañeros, de terceras
personas o su propia vida.
Faltar al trabajo sin justificación o sin permiso del patrón.
Sustraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima o
elaborada.
Condiciones de trabajo son:
o Jornada de trabajo, concepto, duración y clasificación
o Días de descanso, vacaciones y prima vacacional
o Salario, concepto y diferentes clases de salario
o Integración del salario
o Normas protectoras del salario
o Naturaleza jurídica del salario
De acuerdo al art. 59 de la Ley Federal de Trabajo, la jornada de trabajo es el tiempo
durante el cual el trabajador esta a disposición del patrón para prestar su trabajador.
Las posibilidades de determinar la duración de la jornada de trabajo, deben
atenderse diversos aspectos, ya que es prudente tomar en cuanta factores médicos,
psicológicos, económicos, y sociales se clasifican en :
• Jornada diurna: es la comprendida de las 6 de la mañana a 8 e la noche con
duración de 8 horas diarias como máximo y de 48 horas a la semana.
• Jornada nocturna: comprende de las 8 de la noche a 6 de la mañana, con duración
de 7 horas y abarca 42 horas a la semana.
• Jornada Mixta: Es de 7 horas y media de duración y comprende parte de la jornada
diurna parte de la jornada nocturna, sin que pueda exceder de 3 horas y media la
parte de la jornada nocturna.
• Jornada Extraordinaria: es la que se origina por circunstancias especiales, que
pueden sustentarse en el interés económico del patrón o la necesidad de cumplir
con compromisos comerciales o técnico, la prolongación del tiempo extraordinario
que exceda de 9 horas a la semana, obliga al patrón a pagar el tiempo excedente
200 % mas del salario que corresponda a las horas de jornada.
Todo individuo de acuerdo a estudios sociológicos y psicológicos necesitan descansar,
para reponer sus fuerzas físicas, relajarse psicológicamente, realizar vida social son
sus congéneres o simple, ente compartir con su familia.
Descanso semanal
 Los trabajadores tienen derecho a por lo menos un día de descanso a la semana, o
como dice la Ley Federal de Trabajo a un día de descanso por cada seis de trabajo,
con goce del salario por el día no trabajado.
 No debe ser necesariamente en domingo
 El día de descanso es señalado por el patrón, pero debe siempre constarse en el
contrato ya sea individual o colectivo.
 Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios los días de su descansó, si
voluntariamente se desea trabajar se le deberá pagar salario triple.
Descanso obligatorio
Los días de descanso obligatorio son 7 al año, y los de toma de posesión del Poder
Ejecutivo Federal y de elecciones generales estatales
De acuerdo a los patrones y trabajadores o sindicato, establecen el numero de
trabajadores que deberán prestar servicio los días de descanso obligatorio
Si el trabajador no se presenta a trabajar los días de descanso obligatorios, incurre
en desobediencia y con esto da motivos de rescisión de sus contrato de trabajo, sin
responsabilidad del patrón.
Art. 74 días de descanso obligatorio
 1 de enero
 5 de Febrero
 21 de Marzo
 1 de Mayo
 16 de Septiembre
 20 de noviembre
 1 de Diciembre de cada 6 años
 25 de Diciembre
 Los trabajadores que laboren la jornada ordinaria el domingo, solo tendrá derecho a
que se la pague además se sus salarios, una prima adicional o dominical que consiste
a 25 % pro lo menos sobre el salario de los días ordinarios.
 Si el domingo es su día de descanso y lo trabaja por su voluntad se le pagara triple
salario y además 25% de su prima dominical.
Los empleados deberán cumplir por lo menos un año de servicios prestados a la
empresa, así se tendrá un periodo anual de vacaciones
Este no podrá ser menor a 6 días laborales y aumentara dos días por cada año
laborado, hasta llegar a 12 días de vacaciones
Después de los 12 días de vacaciones , cada 5 años aumentaran 2 días
A los 9 años de servicio tendrá derecho a 14 días de vacaciones
Las vacaciones se darán durante los primeros 6 meses siguientes al año cumplido
De acuerdo al art.80 de la LFT, ser tiene derecho a una prima vacacional
Este debe ser menor a 25% sobre los salarios que les correspondan durante el
periodo de vacaciones
Se dice sobre el valor total de días de vacaciones que disfrute el trabajador se
aplicar este 25% para que lo que resulte sea pagado como prima vacacional.
Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo llámese pagos
hechos en efectivo, por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación,
primas, comisiones y prestación en especie que se fijan por unidad de tiempo, por
unidad de obra, por, comisión, a precio alzado o cualquiera otra manera consensada
por las partes, deben ser beneficiosos y nunca menor al fijado como mínimo por la
ley.
Los salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento, o reducción,
salvo casos como pensiones alimenticias decretadas por la autoridad, pago de rentas
de habitaciones de los trabajadores y pago de abonos para cubrir prestamos
provenientes del Fondo Nacional de Vivienda de los trabajadores.
El salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por
los servicios prestados en una jornada de trabajo.
Debe ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en
el orden material, social y cultural, y para proveer la educación obligatoria de los
hijos.
Se dividen en generales: que aplican para una o varias áreas geográficas
Profesionales: que son concretas para una rama determinada de la actividad
económica, o para profesiones , oficios o trabajos especiales en una o varias áreas
geográficas.
De el art. 98 al 16 de la Ley Federal del Trabajador defiende el derecho de los
trabajadores a la libre disposición de sus salarios y su percepción irrenunciable y
directa, salvo imposibilidad para efectuar personalmente el cobro.
El salario debe pagarse en moneda del curso legal cuando sea pagado en efectivo,
queda prohibido hacerlo en especie mediante mercancías, vales, fichas o cualquier
signo representativo con el que pretenda sustituir la moneda.
Sera pagado en el ligar donde los trabajadores presten sus servicios, en día laborable
fijado de común acuerdo, durante las horas de trabajo o inmediatamente después de
su terminación.
Los salarios no serán cedidos a favor del patrón o terceras personas, ni serán objeto
de compensación alguna.
Los descuentos en los salarios estan prohibidos salvo en los casos y con requisitos
indicados por la ley.
Se encuentra expresada en la ley reglamentaria, en el art. 82 y dice:
“ el salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo
permitido hacerlo efectivo con mercancías, no vales, fichas o cualquier otro signo
representativo con que se pretenda sustituir la moneda”

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Obligaciones de los trabajadores y de los patrones

  • 1. CONDICIONES DE TRABAJO Rodrigo Suarez Hernández Trabajo Social Legislación Laboral Mtro. José Gilberto García Figueroa
  • 2. TANTO TRABAJADORES COMO PATRONES TIENEN OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES PARA DESARROLLARSE EN SU FUENTE LABORAL POR LO CUAL SE NORMAN Y SE DAN A CONOCER EN CONTRATOS LABORALES Y EN SU REGLAMENTO INTERNO DE LA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO.
  • 3.  EL ART. 132 de la Ley Federal de Trabajo impone a los patrones:  Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo, aplicables a sus empresas o establecimientos, tales como salubridad, higiene ambiental, protección de riesgos de trabajo.  Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones.  Proporcionar oportunamente a los trabajadores instrumentos y materiales para la ejecución del trabajo, el patrón no debe exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran estos.  Proporcionar un local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajo en un lugar que presten los servicios.
  • 4.  Mantener el numero suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores en oficias, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos  Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de mal trato en palabra o obra.  Expedir cada 15 días, solicitudes de los trabajadores, una constancia escrita del numero de días trabajados y del salario percibido.  Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del termino de tres días, una constancia escrita relativa a sus servicios.  Conceder tiempo para la ejecución de servicios de jurados, electorales y censales cuando se deban cumplir dentro de la horas de trabajo.  Permitir a los trabajadores a faltar a su trabajo para desempeñar una comisión accidental o permanente de su sindicato o del Estado, siempre que avise con la oportunidad debida y que el número de trabajadores comisionados no sea tal que perjudiquen la buena marcha del establecimiento.
  • 5.  Recibir el producto del trabajo.  Alfabetizar a los trabajadores, cónyuges e hijos.  Proporcionar capacitaciones profesiones a los trabajadores y en su caso a sus hijos.  Obligaciones de previsión social como inscribir a los trabajadores al IMSS.  Permitir la creación de sindicatos.  Cumplir con todas las disposiciones legales y laborales en su centro de trabajo.  Tratar con dignidad al trabajador.  Colaborar y permitir que las autoridades del trabajo practiquen inspecciones en su empresa o establecimiento  Proteger a las mujeres embarazadas
  • 7. Además de las obligaciones que tiene derecho a cumplir el patrón, también tiene prohibiciones a ejecutar en la fuente laboral en el Art. 133 sus fracciones I a XI: Negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, genero, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio.
  • 8. Exigir a sus trabajadores que compren en una tienda o lugar determinado Exigir dinero de los trabajadores como gratificación para que se les admita en el trabajo Obligar a los trabajadores a afiliarse o retirarse de un sindicato o agrupación al que pertenezcan o que voten por determinada candidatura Intervenir en cualquiera forma en el régimen interno del sindicato, impedir su formación o el desarrolla de la actividad sindical, mediante represalias implícitas o explicitas contra los trabajadores Hacer o autorizar colectas Ejecutar cualquier acto que restrinja o minimice los derechos de los trabajadores Hacer propaganda política o religiosa Señalar con el índice a los trabajadores que se separen o sean separados Portar armas en el interior de la empresa o establecimiento Realizar actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el lugar de trabajo
  • 9. Permitir o tolerar actos de hostigamiento y /o acoso sexual en el centro de trabajo Exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo y: Despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores.
  • 10. Es el papel que debe desempeñar el trabajador en su fuente laboral, de los contrario si este se niega a cumplirlas, el patrón tiene el derecho de rescindirlo de su empleo.
  • 11. Articulo 134 en sus fracciones de I a XIII Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, o de los cuales tengan conocimiento por razón del trabajo que desempeñan, así como de los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicios a la empresa. Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de evitar daños o perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo o de los patrones. Someter a los reconocimientos médicos. Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan. Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de evitar daños o perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo o de los patrones No concurrencia
  • 12. Humanitarias. Cumplir las normas de trabajo. Observar las medidas preventivas de seguridad e higiene. Observar buenas costumbres. Trabajar. Observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal. Lealtad.
  • 13. Normas de no hacer o de no ejecutar determinadas conductas dentro de su fuente laboral Art. 135 fracciones del I al X Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro del establecimiento Usar los útiles y herramientas suministrados por el patrón, para objeto distinto de aquel a que están destinados Suspender el trabajo sin autorización del patrón Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo Presentar al trabajo en estado de embriaguez
  • 14. Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante. Portar armas dentro del lugar de trabajo. Realizar actos que pongan en peligro la vida de sus compañeros, de terceras personas o su propia vida. Faltar al trabajo sin justificación o sin permiso del patrón. Sustraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima o elaborada.
  • 15. Condiciones de trabajo son: o Jornada de trabajo, concepto, duración y clasificación o Días de descanso, vacaciones y prima vacacional o Salario, concepto y diferentes clases de salario o Integración del salario o Normas protectoras del salario o Naturaleza jurídica del salario
  • 16. De acuerdo al art. 59 de la Ley Federal de Trabajo, la jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador esta a disposición del patrón para prestar su trabajador. Las posibilidades de determinar la duración de la jornada de trabajo, deben atenderse diversos aspectos, ya que es prudente tomar en cuanta factores médicos, psicológicos, económicos, y sociales se clasifican en : • Jornada diurna: es la comprendida de las 6 de la mañana a 8 e la noche con duración de 8 horas diarias como máximo y de 48 horas a la semana. • Jornada nocturna: comprende de las 8 de la noche a 6 de la mañana, con duración de 7 horas y abarca 42 horas a la semana. • Jornada Mixta: Es de 7 horas y media de duración y comprende parte de la jornada diurna parte de la jornada nocturna, sin que pueda exceder de 3 horas y media la parte de la jornada nocturna. • Jornada Extraordinaria: es la que se origina por circunstancias especiales, que pueden sustentarse en el interés económico del patrón o la necesidad de cumplir con compromisos comerciales o técnico, la prolongación del tiempo extraordinario que exceda de 9 horas a la semana, obliga al patrón a pagar el tiempo excedente 200 % mas del salario que corresponda a las horas de jornada.
  • 17. Todo individuo de acuerdo a estudios sociológicos y psicológicos necesitan descansar, para reponer sus fuerzas físicas, relajarse psicológicamente, realizar vida social son sus congéneres o simple, ente compartir con su familia. Descanso semanal  Los trabajadores tienen derecho a por lo menos un día de descanso a la semana, o como dice la Ley Federal de Trabajo a un día de descanso por cada seis de trabajo, con goce del salario por el día no trabajado.
  • 18.  No debe ser necesariamente en domingo  El día de descanso es señalado por el patrón, pero debe siempre constarse en el contrato ya sea individual o colectivo.  Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios los días de su descansó, si voluntariamente se desea trabajar se le deberá pagar salario triple. Descanso obligatorio Los días de descanso obligatorio son 7 al año, y los de toma de posesión del Poder Ejecutivo Federal y de elecciones generales estatales De acuerdo a los patrones y trabajadores o sindicato, establecen el numero de trabajadores que deberán prestar servicio los días de descanso obligatorio Si el trabajador no se presenta a trabajar los días de descanso obligatorios, incurre en desobediencia y con esto da motivos de rescisión de sus contrato de trabajo, sin responsabilidad del patrón.
  • 19. Art. 74 días de descanso obligatorio  1 de enero  5 de Febrero  21 de Marzo  1 de Mayo  16 de Septiembre  20 de noviembre  1 de Diciembre de cada 6 años  25 de Diciembre
  • 20.  Los trabajadores que laboren la jornada ordinaria el domingo, solo tendrá derecho a que se la pague además se sus salarios, una prima adicional o dominical que consiste a 25 % pro lo menos sobre el salario de los días ordinarios.  Si el domingo es su día de descanso y lo trabaja por su voluntad se le pagara triple salario y además 25% de su prima dominical.
  • 21. Los empleados deberán cumplir por lo menos un año de servicios prestados a la empresa, así se tendrá un periodo anual de vacaciones Este no podrá ser menor a 6 días laborales y aumentara dos días por cada año laborado, hasta llegar a 12 días de vacaciones Después de los 12 días de vacaciones , cada 5 años aumentaran 2 días A los 9 años de servicio tendrá derecho a 14 días de vacaciones Las vacaciones se darán durante los primeros 6 meses siguientes al año cumplido De acuerdo al art.80 de la LFT, ser tiene derecho a una prima vacacional Este debe ser menor a 25% sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones Se dice sobre el valor total de días de vacaciones que disfrute el trabajador se aplicar este 25% para que lo que resulte sea pagado como prima vacacional.
  • 22. Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo llámese pagos hechos en efectivo, por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones y prestación en especie que se fijan por unidad de tiempo, por unidad de obra, por, comisión, a precio alzado o cualquiera otra manera consensada por las partes, deben ser beneficiosos y nunca menor al fijado como mínimo por la ley. Los salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento, o reducción, salvo casos como pensiones alimenticias decretadas por la autoridad, pago de rentas de habitaciones de los trabajadores y pago de abonos para cubrir prestamos provenientes del Fondo Nacional de Vivienda de los trabajadores.
  • 23. El salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo. Debe ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer la educación obligatoria de los hijos. Se dividen en generales: que aplican para una o varias áreas geográficas Profesionales: que son concretas para una rama determinada de la actividad económica, o para profesiones , oficios o trabajos especiales en una o varias áreas geográficas.
  • 24. De el art. 98 al 16 de la Ley Federal del Trabajador defiende el derecho de los trabajadores a la libre disposición de sus salarios y su percepción irrenunciable y directa, salvo imposibilidad para efectuar personalmente el cobro. El salario debe pagarse en moneda del curso legal cuando sea pagado en efectivo, queda prohibido hacerlo en especie mediante mercancías, vales, fichas o cualquier signo representativo con el que pretenda sustituir la moneda. Sera pagado en el ligar donde los trabajadores presten sus servicios, en día laborable fijado de común acuerdo, durante las horas de trabajo o inmediatamente después de su terminación. Los salarios no serán cedidos a favor del patrón o terceras personas, ni serán objeto de compensación alguna. Los descuentos en los salarios estan prohibidos salvo en los casos y con requisitos indicados por la ley.
  • 25. Se encuentra expresada en la ley reglamentaria, en el art. 82 y dice: “ el salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo efectivo con mercancías, no vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda sustituir la moneda”