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El consumo responsable es responsabilidad de todos.
January 11, 2021
Origen de la Ley del Consumidor en Chile
beckerabogados.cl/blog/origen-de-la-ley-del-consumidor-en-chile/
“La competencia no es sólo la base de la protección del consumidor, sino
que es además el incentivo para el progreso.” H. Clark Hoover
La protección al consumo en
Chile ha ido evolucionando con el
correr de los años. Por una parte el
Estado a través de su estructura
normativa ha ido interviniendo en
ciertas áreas para garantizar la
seguridad del consumidor y por otra
parte la sociedad ha ido haciendo su
parte generando un movimiento en
defensa del consumidor.
En ambas direcciones se avanza en pos
de un mercado más equitativo tanto
para los consumidores como para
quienes deben garantizar la aplicación de la ley.
En el presente artículo se dará a conocer brevemente el avance en el tiempo que ha ido
teniendo el movimiento de protección al consumidor en Chile y el mundo.
Un poco de Historia
En un principio se pueden distinguir tres fases, las cuales enumeraremos, en el
desarrollo de la historia de ley de defensa del consumidor.
1. La primera fase comenzó a inicios del siglo XX, llamado también siglo de la
vanguardización, aquí surgen de manera espontánea organizaciones que aconsejan a los
consumidores cómo gastar su dinero de manera responsable y cómo reclamar ante
productos y/o defectuosos.
Si embargo este incipiente movimiento tiende a desaparecer con la promulgación de las
leyes sobre la inspección de alimentos y medicamentos, que constituían las principales
motivaciones de ese entonces.
2. La segunda fase inicio a fines de la década de los años 20 en Estados Unidos, y
durante este periodo de tiempo se difundió copiosamente la costumbre de poner a prueba
los productos. Se establece la Unión de Consumidores en 1936, organización sin
fines de lucro que, publica desde entonces la revista llamada «Consumer Reports».
2/5
Consumer Reports magazine, fundada en Enero de
1936
Esta revista esta vigente hasta el día de hoy, con el objeto de brindar información y
consejos sobre bienes, servicios, salud, finanzas personales, para mantener y mejorar la
calidad de vida de los consumidores.
En los años 50, el movimiento de
protección al consumidor tomo un
nuevo impulso, crearon la
promulgación de normas sobre
seguridad de los automóviles y sobre
fibras textiles.
Raph Nadel, candidato a la
presidencia Norteamericana en 1996,
fue uno de los principales activistas de
aquella época y además se le atribuye
haber sido el responsable de la decisión
de General Motors de retirar del
mercado su modelo Corvair a principio
de los años 60.
3. La tercera fase inicio con el interés que se genero en el presidente de ese entonces,
John Kennedy, fue primordial para promover con más fuerza aún el movimiento de los
consumidores.
El presidente destaco el derecho de todos a la seguridad, información plena, elección
entre muchas opciones, a ser escuchado y posteriormente a un ambiente limpio y de
igualdad de oportunidades.
A partir de aquí todos los países, desarrollados y en vía de desarrollo han imitado y
adaptado a sus distintas realidades, La Legislación y acción de los Estados Unidos en
materia de protección al consumidor, y Chile no se ha sido la excepción.
Derechos del consumidor en Chile.
En nuestro país, Chile, el consumidor se encuentra protegido y protegida por una
numerosa variedad de leyes y decretos específicos que comienzan a regir a partir del año
1955.
En el año 1955 el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción establece
normas sobre publicidad, rotulaciones de productos envasados y suma otra variedad de
prácticas comerciales.
En el año 1973 se crea la Fiscalía Nacional Económica que tiene por propósito
asegurar y regular a la competencia y así evitar las distorsiones en el mercado. De este
Ministerio depende el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), que posee la
competencia para proteger a los consumidores y para prever información sobre materia
de consumo -sobre bienes y servicios-.
3/5
SERNAC, tiene competencia para proteger a los
consumidores en materia de bienes y servicios.
La salud de las personas en Chile esta
resguardada por el Ministerio de Salud,
que se ocupa de los consumidores en
materia de la comercialización de fármacos
a través del Instituto de Salud Pública y
de las relaciones de las personas y los
Institutos de Salud Previsionales a
través de una Superintendencia especial
para estos efectos.
El Ministerio de Salud, se ocupa de los consumidores en materia
de la comercialización de fármacos.
El Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, se preocupa de proteger al
consumidor en relaciones comerciales que estos tienen con los medios de transporte y
telecomunicaciones, en especial las referidas a Servicios de Telefonía.
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, se preocupa por velar por la calidad de las
viviendas que se construyen en el país, sobre todo las que tienen que ver con subsidios
estatales.
El Ministerio de Hacienda, a través de la Superintendencia de Seguros y
Valores y de Bancos e Instituciones Financieras, se ocupa de proteger al
consumidor en sus relaciones de consumo con instituciones financieras y del mercado de
valores.
«Los consumidores valorarán
la información en la medida que le
permita tomar mejores decisiones. Sin
embargo ellos harán un análisis costo-
beneficio para buscar y procesar esta
4/5
Las empresas que venden sus productos en el mercado.
información para convertirla de esta
forma en válida y útil para el proceso de
decisión.»
El Consejo Superior de Educación, se preocupa de proteger al consumidor vigilando
el adecuado funcionamiento de las instituciones de educación superior.
El Ministerio del Trabajo y la Previsión Social por medio de una
Superintendencia de Seguridad Social y una de Administradora de Fondo de
Pensiones, se ocupan de proteger la relación del consumidor en relación a su calidad de
trabajador o trabajadora con las instituciones que les administran sus fondos de
pensiones.
Últimas consideraciones respecto del consumidor/a
Si analizamos la oferta de información, ésta debiera ser reflejada y orientada hacia el
consumidor principalmente por las empresas que venden sus productos en el mercado.
Obviamente, el propósito de estas firmas es que los consumidores informados prefieran
sus productos, de tal forma que puedan financiar el costo que significa el proveer esta
información.
Sin embargo, existirán unas pocas empresas que pretenden obtener las preferencias del
consumidor entregando información fraudulenta que pueda engañar al público.
A partir de la Ley N° 18.223 y posteriormente la Ley 19.496 y su actual
modificación se reguló la información engañosa, aumentando el costo para la empresa
que tenga este tipo de conducta.
De hecho con las modificaciones de
la ley, los contenidos de los mensajes
comunicacionales
(publicidad) pasan a constituirse en
parte del contrato de compra y venta
y por tanto pueden a partir de ahora
hacerse exigibles las características y
condiciones de los bienes y servicios
publicitadas por las empresas.
Igualmente, la posibilidad de ejercer
acciones legales de carácter colectivo
y la facilitación de la existencia de
asociaciones de consumidores,
unido a un rol más activo del Sernac
aumenta
el costo de proveer información engañosa al consumidor.
Becker Abogados Especialistas en Protección del Consumidor/a
5/5
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  • 2. 2/5 Consumer Reports magazine, fundada en Enero de 1936 Esta revista esta vigente hasta el día de hoy, con el objeto de brindar información y consejos sobre bienes, servicios, salud, finanzas personales, para mantener y mejorar la calidad de vida de los consumidores. En los años 50, el movimiento de protección al consumidor tomo un nuevo impulso, crearon la promulgación de normas sobre seguridad de los automóviles y sobre fibras textiles. Raph Nadel, candidato a la presidencia Norteamericana en 1996, fue uno de los principales activistas de aquella época y además se le atribuye haber sido el responsable de la decisión de General Motors de retirar del mercado su modelo Corvair a principio de los años 60. 3. La tercera fase inicio con el interés que se genero en el presidente de ese entonces, John Kennedy, fue primordial para promover con más fuerza aún el movimiento de los consumidores. El presidente destaco el derecho de todos a la seguridad, información plena, elección entre muchas opciones, a ser escuchado y posteriormente a un ambiente limpio y de igualdad de oportunidades. A partir de aquí todos los países, desarrollados y en vía de desarrollo han imitado y adaptado a sus distintas realidades, La Legislación y acción de los Estados Unidos en materia de protección al consumidor, y Chile no se ha sido la excepción. Derechos del consumidor en Chile. En nuestro país, Chile, el consumidor se encuentra protegido y protegida por una numerosa variedad de leyes y decretos específicos que comienzan a regir a partir del año 1955. En el año 1955 el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción establece normas sobre publicidad, rotulaciones de productos envasados y suma otra variedad de prácticas comerciales. En el año 1973 se crea la Fiscalía Nacional Económica que tiene por propósito asegurar y regular a la competencia y así evitar las distorsiones en el mercado. De este Ministerio depende el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), que posee la competencia para proteger a los consumidores y para prever información sobre materia de consumo -sobre bienes y servicios-.
  • 3. 3/5 SERNAC, tiene competencia para proteger a los consumidores en materia de bienes y servicios. La salud de las personas en Chile esta resguardada por el Ministerio de Salud, que se ocupa de los consumidores en materia de la comercialización de fármacos a través del Instituto de Salud Pública y de las relaciones de las personas y los Institutos de Salud Previsionales a través de una Superintendencia especial para estos efectos. El Ministerio de Salud, se ocupa de los consumidores en materia de la comercialización de fármacos. El Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, se preocupa de proteger al consumidor en relaciones comerciales que estos tienen con los medios de transporte y telecomunicaciones, en especial las referidas a Servicios de Telefonía. El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, se preocupa por velar por la calidad de las viviendas que se construyen en el país, sobre todo las que tienen que ver con subsidios estatales. El Ministerio de Hacienda, a través de la Superintendencia de Seguros y Valores y de Bancos e Instituciones Financieras, se ocupa de proteger al consumidor en sus relaciones de consumo con instituciones financieras y del mercado de valores. «Los consumidores valorarán la información en la medida que le permita tomar mejores decisiones. Sin embargo ellos harán un análisis costo- beneficio para buscar y procesar esta
  • 4. 4/5 Las empresas que venden sus productos en el mercado. información para convertirla de esta forma en válida y útil para el proceso de decisión.» El Consejo Superior de Educación, se preocupa de proteger al consumidor vigilando el adecuado funcionamiento de las instituciones de educación superior. El Ministerio del Trabajo y la Previsión Social por medio de una Superintendencia de Seguridad Social y una de Administradora de Fondo de Pensiones, se ocupan de proteger la relación del consumidor en relación a su calidad de trabajador o trabajadora con las instituciones que les administran sus fondos de pensiones. Últimas consideraciones respecto del consumidor/a Si analizamos la oferta de información, ésta debiera ser reflejada y orientada hacia el consumidor principalmente por las empresas que venden sus productos en el mercado. Obviamente, el propósito de estas firmas es que los consumidores informados prefieran sus productos, de tal forma que puedan financiar el costo que significa el proveer esta información. Sin embargo, existirán unas pocas empresas que pretenden obtener las preferencias del consumidor entregando información fraudulenta que pueda engañar al público. A partir de la Ley N° 18.223 y posteriormente la Ley 19.496 y su actual modificación se reguló la información engañosa, aumentando el costo para la empresa que tenga este tipo de conducta. De hecho con las modificaciones de la ley, los contenidos de los mensajes comunicacionales (publicidad) pasan a constituirse en parte del contrato de compra y venta y por tanto pueden a partir de ahora hacerse exigibles las características y condiciones de los bienes y servicios publicitadas por las empresas. Igualmente, la posibilidad de ejercer acciones legales de carácter colectivo y la facilitación de la existencia de asociaciones de consumidores, unido a un rol más activo del Sernac aumenta el costo de proveer información engañosa al consumidor. Becker Abogados Especialistas en Protección del Consumidor/a
  • 5. 5/5 Puedes seguirnos a través de las redes sociales y comunicarte con nosotros a través de nuestra página dejando tu mensaje.