MARCO JURIDICO DE LAS COMISIONES DE
DERECHOS HUMANOS EN MEXICO
Andrea Sáenz Almaguer 2120700
Joaquin Emiliano Arevalo Gonzalez 2098984
Yessica Michelle Rodriguez Narvaez 2121924
Melany Yazmín Gómez Guerrero 2107618
Ary Nahomy Garza Estrada 2112098
Gustavo Alejandro García Rodríguez 2099861
Maria de los Angeles Torres Contreras 2092091
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEÓN
FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGIA
3. LA CEDH en Nuevo León
¿Cuándo se fundo?
“ LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS ES UN ORGANISMO PÚBLICO AUTÓNOMO,
CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO, QUE TIENE POR OBJETO LA
PROTECCIÓN, OBSERVANCIA, PROMOCIÓN, ESTUDIO Y DIVULGACIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS CONSAGRADOS EN EL ORDEN JURÍDICO VIGENTE.”
Se fundó en 1992 se expide el
decreto para la Ley que Crea la
Comisión Estatal de Derechos
Humanos de Nuevo León.
https://www.cedhnl.org.mx/somos/legislacion/PR-11-ACUERDO-POR-
EL-CUAL-SE-APRUEBA-LA-ESTRUCTURA-ORGANICA-DE-LA-
COMISION.pdf
Algunos de sus Programas
Primeros Auxilios Psicológicos con
Grupos Especiales.
Primera Ayuda Psicológica (PAP).
Programa de Salud Mental y Apoyo
Psicosocial en Emergencias, Crisis y
Trauma.
3.1 Principales funciones y
atribuciones
Iniciar quejas o denuncias sobre presuntas
violaciones a los derechos humanos por actos
u omisiones de autoridades y servidores
públicos estatales y municipales.
Se busca solucionarlo de manera inmediata
promoviendo el dialogo como herramienta
principal
Hace campañas y promociones para
proteger, defender, promover los derechos
humanos.
Supervisión del respeto a los derechos
humanos en el sistema penitenciario
Se busca fomentar el respeto a los derechos
con las autoridades estatales y municipales
https://youtu.be/KbVWkNki7AE?si=4-oaB-gBMjR1z_cA
3.2Estructuraorganica
De acuerdo con el articulo 13 del reglamento interno de la CEDCHNL “La
Presidencia de la Comisión Estatal estará a cargo de una persona titular, a
quien corresponde realizar, en los términos establecidos por la Ley y otras
disposiciones legales, las funciones de órgano superior de dirección en la
protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos
humanos”
Funcionamiento de la presidencia
Capitulo II
Otorgar y revocar los poderes necesarios para la representación de la
Comisión Estatal.
Aprobar toda aquella normatividad necesaria para el buen
funcionamiento de la Comisión Estatal
Presidir el Consejo
Emitir recomendaciones, propuestas generales y exhortos a las
autoridades públicas; https://www.cedhnl.org.mx/somos/legislacion/PR-
11-ACUERDO-POR-EL-CUAL-SE-APRUEBA-LA-
ESTRUCTURA-ORGANICA-DE-LA-COMISION.pdf
https://www.cedhnl.org.mx/bs/se
cciones/transparencia/legislacion
/Leyes-Estatales/REFORMA-AL-
REGLAMENTO-INTERNO-
CEDHNL-POE-23-09-2022.pdf
Artículo 16. Naturaleza del Consejo. El Consejo es un órgano colegiado de la
Comisión Estatal, el cual se integrará y funcionará de acuerdo a lo establecido
en la Ley, este Reglamento y en los Lineamientos para el desarrollo de las
sesiones del Consejo Consultivo de la Comisión Estatal. En su caso, se
desempeñará como consejo consultivo ciudadano a que se refiere la Ley de
Participación Ciudadana para el Estado de Nuevo León
Consejo Consultivo
Capitulo III
La aprobación de este Reglamento, así como sus reformas, son competencia
del Consejo.
Este trabaja en sesiones ordinarias y extraordinarias
Se establece hasta tres Visitadurías Generales: Primera, Segunda y Tercera.
Conocen de quejas por presuntas violaciones a derechos humanos.
Tramitan expedientes de quejas y atienden recursos de inconformidad.
Se rigen por lineamientos y manuales específicos para la atención de
quejas.
Visitadurías Generales
Capitulo IV
Cada Visitaduría General tiene un Visitador(a) General, un Coordinador de
Visitadurías y Visitadores(as) Adjuntos(as).
Integración y foliación de expedientes.
Registro y seguimiento de actuaciones en el Sistema Integral de
Administración de Quejas (SIAQ).
Investigación y conclusión de casos bajo la supervisión del Visitador
General.
Artículo 27. Funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva. La persona titular de la
Secretaría Ejecutiva será designada y removida libremente por la persona
titular de la Presidencia de la Comisión Estatal.
Secretaria Ejecutiva
Capitulo V
La Secretaría Ejecutiva será el órgano encargado de coordinar y supervisar las
actividades que realicen las siguientes áreas: I.
Dirección del Instituto de Derechos Humanos;
II. Unidad de Administración;
III. Unidad de Desarrollo Institucional;
IV. Unidad de Asuntos Jurídicos;
V. Unidad de Gestión Documental y Archivo;
VI. Unidad de Comunicación;
VII. Unidad de Informática, y
VIII. Secretaría Técnica.
Artículo 30. Funcionamiento y titularidad del Órgano Interno de Control. La
Comisión Estatal contará con un Órgano Interno de Control, el cual, será el
encargado de investigar, substanciar y resolver las presuntas faltas
administrativas, de conformidad con la Ley General de Responsabilidades
Administrativas y Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de
Nuevo León.
Órgano Interno de Control
Capitulo VI
3.3 Normatividad Estatal
La normatividad estatal que regula esta Comisión se encuentra en diversos
documentos y leyes.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Establece los derechos
humanos fundamentales que deben ser protegidos a nivel federal y estatal. La CEDHNL
debe asegurar que estos derechos se respeten en el estado de Nuevo León.
Constitución del Estado de Nuevo León: Contiene disposiciones específicas sobre los
derechos humanos y la creación de instituciones para su protección. La CEDHNL opera
bajo el marco que esta Constitución establece para el estado.
Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León: Esta ley específica
detalla las funciones, atribuciones, organización y procedimientos de la CEDHNL. Define el
papel de la Comisión en la protección de los derechos humanos y cómo debe operar.
Reglamento Interno de la CEDHNL: Complementa la Ley de la Comisión Estatal y
establece los procedimientos internos, criterios operativos y administrativas para el
funcionamiento eficiente de la Comisión.
3.4 Servicios, quejas, orientacion juridica, atencion a
victimas y capacitaciones.
Quejas: Se reciben y comienzan con su proceso para
darles seguimiento.
Orientación Jurídica: Se dan asesorías a los ciudadanos
sobre sus derechos y como presentar una queja en caso
de ser necesario.
Servicio de Mediación: La CEDH puede mediar ciertos
conflictos para la resolución de conflictos
Servicios y programas
3.4 Servicios, quejas, orientacion juridica, atencion a
victimas y capacitaciones.
Recepción: Se asegura que sea facil para los ciudadanos
presentar quejas, ya sean presenciales o digitales
Tramitación: Una vez que tienen la queja se inicia el
proceso de investigación.
Resolución: Se emiten recomendaciones para corregir las
violaciones de los derechos humanos y sus medidas de
prevención
Quejas
Detención Arbitraria
Agresiones
Uso indebido y/o desproporcionado
de la fuerza
Negación de algún servicio público
Omisión de la autoridad
¿Quién puede presentar una queja?
Cualquier persona que haya sido victima de abuso
por parte de aluna autoridad estatal o municipal
Las quejas se puedes presentar ya sea en linea,
por escrito, vía correo electrónico
cedhnl@cedhnl.org.mx o incluso presencialmente.
Pasos para presentar una queja
Recolección de Información: Se busca que el afectado tenga claro
lo que sucedió, y de ser posible reúna evidencias (documentos,
testigos, etc) para facilitar el proceso.
1.
Presentar la queja:
2.
Presencial: Se acude personalmente a las instalaciones en la cual se le
levantara un informe en el cual se narren los hechos, y así mismo, se
proporcionara información personal del afectado.
En linea: Se llenara la información solicitada desde la pagina oficial de la
CEDHNL
Correo electrónico: Se informara de lo sucedido mediante un escrito
dirigido a la CEDHNL (cedhnl@cedhnl.org.mx)
3. Registro:
Confirmación: Una vez que la queja ya fue presentada se entregara un numero
de folio en el cual se podrá rastrear el avance de la queja.
Evaluación: Una vez que ya tienen la queja la CEDH evaluara si puede proseguir
con el proceso de una investigación formal.
4. Investigación:
Información adicional: La comisión puede que solicite información extra para
poder estructurar bien la queja o aclarar detalles.
Investigación: Usualmente la comisión comenzara a investigar los hechos que
fueron previamente descritos, incluso pueden asistir al lugar para comprobar
los hechos.
5. Resolución:
Recomendaciones: En el caso de que se confirmara que efectivamente se presento
una violación a los derechos se recomendaciones a seguir contra de la autoridad
responsable
Notificación: Se le notificara al afectado toda la investigación
6. Seguimiento: La CEDH puede verificar que si se le de seguimiento a las
recomendaciones previamente dadas, para asegurarse de ue sean implementadas
contra la autoridad.
Apoyo adicional: En algunos casos se puede solicitar apoyo o apelaciones en dado
caso que se considere que las medidas o recomendaciones aplicadas no sean
propias.
7. Cierre del caso: Una vez que se ha dado el cumplimiento de las
recomendaciones, se cierra el caso y se archiva.
¿De que tipo de asuntos NO
resuelven directamente?
Cabe aclarar que cualquier persona que
sea victima de alguna violación a sus
derechos puede acudir, sin embargo, la
CEDH no resuelve conflictos entre
particulares, decisiones tomadas por
jueces y magistrados u otras
autoridades judiciales o conflictos de
carácter electoral
3.4 Servicios, quejas, orientacion juridica, atencion a
victimas y capacitaciones.
Derechos Humanos: Se les explica los derechos que tiene la
persona bajo las leyes nacionales e internacionales.
Procedimiento: Se les da la información sobre la
documentación y otras cosas necesarias al momento de
presentar una queja.
Asesoría legal: Asistencia para entender ciertas situaciones
especificas y los posibles pasos a seguir para la resolución de
problemas.
Orientación Jurídica
3.4 Servicios, quejas, orientacion juridica, atencion a
victimas y capacitaciones.
Atención psicológica: Proporciona asistencia
psicológica para apoyar a los afectados
Apoyo legal: Ayuda a la preparación de denuncias en
el sistema legal
Rehabilitación: Ayudan a las victimas a que recuperen
su bienestar fisico y emocional
Atención a victimas
3.4 Servicios, quejas, orientacion juridica, atencion a
victimas y capacitaciones.
Entrenamiento de Funcionario Públicos: Se desarrollan cursos y
talleres para asegurar que cumplan y entiendan con las
normativas de derechos humanos.
Educación Comunitaria: Actividades para el publico en general
sobre los derechos humanos y sobre como pueden defenderlos
Formación: Una capacitación continua para el personal de la
CEDH con la intención de mantenerse actualizados sobre
posibles cambios de los derechos humanos.
Capacitación
Los grupos vulnerables son aquellos que pueden sufrir daños, discriminación o
desventajas debido a su situación social, económica, geográfica o circunstancias físicas.
3.5 Programas, Estrategias
y Acciones para grupos vulnerables
Mujeres
Niños, niñas y adolescentes
Personas adultas mayores
Personas con discapacidad
Personas LGBTI
Migrantes, refugiados y solicitantes de asilo
Personas pertenecientes a minorías étnicas o pueblos indígenas
https://www.cedhnl.org.mx/programas_servicios.html
Mujeres (programas)
Objetivo:
Ofrecer a las mujeres un sistema integral de apoyo que fomente la prevención,
atención y erradicación de la violencia hacia este género
Curso - Taller: "Mujer, La Grandeza de tu Persona".
Objetivo: Crear en la población femenina una nueva visión sobre el valor que
implica ser mujer y la dignidad de género, a través de la educación y participación
activa para lograr así un cambio que trascienda a todos los ámbitos de su vida.
Sistema Interno para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia contra las Mujeres
Mujeres (estrategias)
Empoderamiento: Fomentar el empoderamiento de las mujeres a través de talleres
educativos y programas de desarrollo personal y profesional.
Sensibilización: Realizar campañas de sensibilización en la comunidad para
promover la igualdad de género y prevenir la violencia contra las mujeres.
Acceso a la Justicia: Facilitar el acceso a servicios legales y de apoyo psicológico
para mujeres víctimas de violencia.
Mujeres (acciones)
Talleres y Cursos: Organizar talleres y cursos sobre derechos humanos, auto-defensa,
y empoderamiento económico.
Asesoría Legal y Psicológica: Proveer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico a
mujeres en situaciones de vulnerabilidad.
Campañas de Concientización: Lanzar campañas de concientización sobre los
derechos de las mujeres y la prevención de la violencia de género.
Proyectos de Investigación: Desarrollar proyectos de investigación para identificar y
abordar las principales problemáticas que afectan a las mujeres en la región.
Red de Apoyo: Crear y fortalecer redes de apoyo comunitario para mujeres,
proporcionando recursos y espacios seguros.
Niños, niñas y adolescentes (Programas)
Objetivo:
Sensibilizar a las niñas, los niños y adolescentes hacia los derechos de la niñez,
mediante el conocimiento, la reflexión y asimilación de los derechos humanos
Subprograma: Niñas y Niños Promotores de Derechos Humanos
Objetivo:
Difundir y sensibilizar a través de la participación directa de los planteles educativos a
las niñas y niños sobre los derechos de la niñez, para ir conformando patrones
culturales que determinen el rechazo a la violencia y coadyuve en la formación de
ciudadanos responsables.
Programa Promoción, Protección y Garantía de los Derechos Humanos de la Niñez
Niños, niñas y adolescentes (Programas)
Subprograma: Adolescentes Promotores de Derechos Humanos y la Cultura de la
Legalidad "Unidos Construyendo Nuestro Futuro".
Objetivo: Difundir y sensibilizar a través de la participación directa de los planteles
educativos a los adolescentes sobre el respeto a los derechos humanos y una cultura
de la legalidad para ir conformando patrones culturales que determinen una sana
integración social.
Subprograma: Cine Debate Infantil y Cine Debate Juvenil
Objetivo: Promover la cultura de respeto a los Derechos Humanos, así como la
reflexión y asimilación de los mismos a partir de la proyección de una película.
Niños, niñas y adolescentes (estrategias)
Empoderamiento a través de la Educación: Fomentar el conocimiento de los
derechos humanos en niños, niñas y adolescentes mediante talleres, cursos y
actividades lúdicas.
Prevención y Sensibilización: Realizar campañas de sensibilización para prevenir el
abuso y la violencia infantil.
Colaboración con Instituciones Educativas: Establecer alianzas con escuelas y
universidades para promover programas educativos y preventivos.
Acceso a la Justicia: Facilitar el acceso a servicios legales y de apoyo psicológico para
niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso o violencia.
Niños, niñas y adolescentes (acciones)
Asesoría Legal y Psicológica: Proveer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico
a niños, niñas y adolescentes en situaciones de vulnerabilidad.
Campañas de Concientización: Lanzar campañas de concientización sobre los
derechos de la niñez y la prevención de la violencia.
Red de Apoyo Comunitario: Crear y fortalecer redes de apoyo comunitario para
niños, niñas y adolescentes, proporcionando recursos y espacios seguros.
Personas adultas mayores (programas)
Objetivo:
Promover el reconocimiento y respeto hacia los Derechos Humanos de las personas
Adultas Mayores a través de técnicas de enseñanza y difusión a fin de promover
mejores dinámicas familiares.
Curso - Taller "Adulto Mayor, Un camino de Experiencia
Objetivo: Promover el conocimiento y respeto de los Derechos Humanos de las
personas Adultas Mayores.
Programa Promoción, Protección y Garantía de los Derechos Humanos de las
Personas Adultas Mayores
Personas adultas mayores (estrategias)
Promoción de Derechos: Sensibilizar a la sociedad y a los adultos mayores sobre
sus derechos a través de campañas informativas y educativas.
Atención Integral: Proveer servicios integrales que incluyan asistencia médica,
psicológica, social y legal.
Participación Activa: Fomentar la participación de los adultos mayores en
actividades comunitarias, culturales y recreativas.
Fortalecimiento de Redes de Apoyo: Crear y fortalecer redes de apoyo familiar y
comunitario para los adultos mayores.
Personas adultas mayores (acciones)
Talleres y Cursos: Organizar talleres y cursos sobre derechos humanos, salud
mental y física, y habilidades para la vida cotidiana.
Asesoría Legal y Psicológica: Ofrecer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico
a adultos mayores en situaciones de vulnerabilidad.
Campañas de Concientización: Lanzar campañas de concientización para
promover el respeto y la inclusión de los adultos mayores en la sociedad.
Programas de Voluntariado: Implementar programas de voluntariado donde los
adultos mayores puedan participar y contribuir a la comunidad.
Atención Médica Integral: Proveer acceso a servicios de salud preventivos y
curativos específicos para las necesidades de los adultos mayores.
Personas con discapacidad (programas)
Objetivo:
Promover los derechos humanos de las personas con discapacidad en los diversos
sectores de población, con el fin de ser incluidos en la vida social, cultural, laboral,
económica y de educación, que garantice el ejercicio pleno de sus derechos humanos.
Curso Taller "Construyendo la Igualdad con una Mirada Diferente
Objetivo: Empoderar a la persona con discapacidad para que con el conocimiento de
sus derechos construya una identidad personal y social-ciudadana que le permita
vocear sus inquietudes sociales desde su condición de discapacidad. Sensibilizar a
prestadores de servicio y a políticos sobre la problemática sociocultural del impedido.
Programa Promoción, Protección y Garantía de los Derechos Humanos de las
Personas con Discapacidad
Personas con discapacidad (estrategias)
Promoción de la Inclusión: Sensibilizar a la sociedad sobre los derechos y
capacidades de las personas con discapacidad mediante campañas educativas y de
concientización.
Accesibilidad Universal: Promover la accesibilidad en todos los ámbitos, asegurando
que las instalaciones públicas y privadas sean accesibles para todas las personas con
discapacidad.
Educación Inclusiva: Fomentar la educación inclusiva y la capacitación de profesores
y personal educativo para atender adecuadamente a estudiantes con discapacidad.
Autonomía e Independencia: Desarrollar programas que promuevan la autonomía e
independencia de las personas con discapacidad.
Personas con discapacidad (acciones)
Talleres y Cursos: Organizar talleres y cursos sobre derechos humanos, habilidades
para la vida diaria y capacitación laboral para personas con discapacidad.
Asesoría Legal y Psicológica: Ofrecer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico
para personas con discapacidad y sus familias.
Adaptación de Espacios Públicos: Trabajar con el gobierno y empresas privadas para
adaptar espacios públicos y privados, asegurando la accesibilidad para todos.
Proyectos de Inclusión Laboral: Implementar proyectos que fomenten la inclusión
laboral de personas con discapacidad, promoviendo su integración en el mercado
laboral.
Personas LGBT (programas)
Objetivo:
Promover los derechos humanos de la población LGBTTTI y orientar sobre los medios
para hacerlos efectivos a través de acciones de educación, difusión y sensibilización
dirigidas a este grupo en situación de vulnerabilidad, Servidores Públicos, Promotores
Voluntarios, Organizaciones de la Sociedad y Público en General, a fin de que estos
derechos sean respetados, protegidos y garantizados
Curso Taller: Derechos Humanos y Diversidad Sexual, dirigida a Servidores Públicos
Objetivo: Concienciar a la población en general y a los servidores públicos sobre los
motivos por los cuales la comunidad LGBT es discriminada para eliminar las conductas
discriminatorias de estós. Orientar a los diversos grupos de población LGBT sobre sus
derechos y los medios para hacerlo efectivo en las circunstancias de vulnerabilidad en la
que viven actualmente.
Programa Promoción, Protección y Garantía de la Población LGBTTTI
Personas LGBT (estrategias)
Promoción de Derechos: Sensibilizar a la sociedad sobre los derechos de las
personas LGBT mediante campañas educativas y de concientización.
Inclusión Social: Fomentar la inclusión social de las personas LGBT en todos los
ámbitos, incluyendo el laboral, educativo y sanitario.
Personas LGBT (acciones)
Talleres y Cursos: Organizar talleres y cursos sobre derechos humanos y
diversidad sexual para promover la comprensión y el respeto hacia la
comunidad LGBT.
Campañas de Sensibilización: Lanzar campañas de sensibilización sobre la
inclusión y los derechos de las personas LGBT, utilizando medios de
comunicación y redes sociales.
Personas y grupos indígenas (programas)
Objetivo:
Visibilizar a la Población Indígena del Estado de Nuevo León, dando a
conocer su presencia y situación, así como sus derechos humanos
reconocidos en la legislación nacional y en los documentos
internacionales que México ha ratificado.
Programa Promoción, Protección y Garantía de los Derechos Humanos de las
Personas y Grupos Indígenas
Personas y grupos indígenas (estrategias)
Promoción de Derechos: Sensibilizar a la sociedad sobre los derechos de las
personas y grupos indígenas mediante campañas educativas y de
concientización.
Cultura y Tradiciones: Apoyar la preservación y promoción de la cultura y
tradiciones indígenas.
Acceso a la Salud: Asegurar el acceso a servicios de salud adecuados, incluyendo el
reconocimiento y apoyo a la medicina tradicional indígena.
Desarrollo Económico: Promover el desarrollo económico mediante programas de
capacitación y apoyo a proyectos productivos de comunidades indígenas.
Personas y grupos indígenas (acciones)
Talleres y Cursos: Organizar talleres y cursos sobre derechos humanos, técnicas
productivas y habilidades para la vida cotidiana, dirigidos a las comunidades
indígenas.
Becas y Recursos: Incrementar los recursos y otorgar becas a estudiantes indígenas
de todos los niveles educativos.
Servicios de Salud: Proveer servicios de salud específicos para las necesidades de
las personas indígenas y apoyar la medicina tradicional.
Campañas de Sensibilización: Lanzar campañas de sensibilización en medios de
comunicación y redes sociales para aumentar la conciencia pública sobre los
derechos de las personas indígenas.
Migrantes (programas)
Objetivo:
Visibilizar a la Población Indígena del Estado de Nuevo León, dando a
conocer su presencia y situación, así como sus derechos humanos
reconocidos en la legislación nacional y en los documentos
internacionales que México ha ratificado.
Programa Promoción, Protección y Garantía de los Derechos Humanos de las
Personas Migrantes
Migrantes (estrategias)
Sensibilización y Concientización: Informar a la sociedad sobre los
derechos de los migrantes mediante campañas educativas y de
concientización.
Protección Legal y Asesoría: Brindar asesoría legal y acompañamiento a
migrantes para asegurar el cumplimiento de sus derechos.
Acceso a Servicios Básicos: Asegurar que los migrantes tengan acceso a
servicios básicos como salud, educación y vivienda.
Migrantes (acciones)
Campañas de Sensibilización: Lanzar campañas de sensibilización en medios de
comunicación y redes sociales para aumentar la conciencia pública sobre los
derechos de los migrantes.
Proyectos de Investigación: Realizar estudios y investigaciones para entender mejor
las necesidades y desafíos de los migrantes en la región.
Centros de Atención: Establecer y mantener centros de atención integral para
migrantes, donde puedan recibir apoyo y recursos.
Protocolos de Atención: Desarrollar e implementar protocolos claros para la
atención y protección de migrantes en situaciones de vulnerabilidad.
3.6 Programas, Estrategias
y Acciones diversas
Desaparición Forzada
La desaparición forzada es la privación de libertad realizada por agentes del
Estado o por grupos que actúan con su consentimiento, seguida de la
negativa a reconocer el arresto u ocultar el paradero de la persona,
dejándola fuera de la protección de la ley.
Se utiliza para generar terror en la sociedad, afectando no solo a los
familiares de las víctimas, sino a toda la comunidad. Este problema es ahora
global y no exclusivo de una región. Aunque antes era común en dictaduras
militares, hoy se presenta en conflictos internos complejos, especialmente
como método de represión política.
Programas
La CEDHNL ha implementado el programa especial sobre presuntos
desaparecidos con el fin de favorecer el pleno ejercicio de sus derechos
humanos.
Favorecer el pleno ejercicio de los derechos humanos de las familias que
tienen un ser querido bajo la condición de desaparecido o extraviado y
conozcan su paradero.
Programa Especial sobre Presuntos Desaparecidos o Extraviados
Estrategias
Estrategia 1. Implementación de acciones enfocadas a disminuir el impacto de la
vulnerabilidad en la que se encuentra las familias de personas en condición de
presuntas desaparecidas o extraviadas, presentándole un conjunto de opciones
resolutivas para enfrentar el problema, a través de una atención terapéutica/psicológica
y una orientación y/o canalización adecuada.
Estrategia 2. Dar trámite y seguimiento a las Solicitudes de Gestión y las Solicitudes de
Colaboración para la búsqueda y localización de personas presuntos desaparecidos o
extraviados.
Estrategia 3. Dar trámite y seguimiento a las quejas y denuncias, relacionadas con
presuntas violaciones a los Derechos Humanos, presentadas por las familias que tienen
un ser querido bajo la condición de desaparecido o extraviado, y que sospechen que en
los hechos ha intervenido una autoridad o servidor público, rigiéndose bajo los
principios de inmediatez, concentración y rapidez.
Acciones
Estrategia 1: Proporcionar atención legal y psicológica a las familias de personas
desaparecidas, reducir el impacto emocional, y coordinar acciones con redes de apoyo
social e institucional para una mejor atención de los casos.
Estrategia 2: Gestionar solicitudes de búsqueda y localización de personas
desaparecidas, solicitando la colaboración de autoridades estatales, organismos
defensores de derechos humanos, y autoridades de justicia de Nuevo León.
Estrategia 3: Recibir quejas y denuncias de violaciones a los derechos humanos
presentadas por familias de desaparecidos, especialmente cuando se sospeche la
participación de autoridades o servidores públicos.
Prevención del Abuso Sexual Infantil
Es todo contacto y/o actividad sexual entre una niña, niño, adolescente y una
persona que ejerce una posición de poder sobre él o ella, sin su consentimiento o
valiéndose de amenazas, violencia física, psicológica u obteniendo su
consentimiento por medio de engaños.
El abuso sexual infantil es una de las agresiones más violentas contra la integridad
física, psicológica y emocional; cuando éste se manifiesta, afecta de forma
significativa y vulnera a una serie de derechos universales que están
interconectados y entre los que destacan: el derecho a la paz, a la educación, a la
protección de la salud, a la seguridad social y por supuesto a una vida libre de
violencias.
Programas
Objetivo:
Prevenir el abuso sexual infantil a través de la capacitación e información dirigida a
niñas y niños, padres de familia, servidores públicos, así como a la comunidad en
general, a fin de evitar la violación de los derechos de los niños.
Curso-Taller "Guía para Educadores de Cómo Prevenir el Abuso Sexual Infantil",
dirigido a Maestros (as).
Curso-Taller "Guía para Padres de Familia sobre cómo Prevenir el Abuso Sexual
Infantil", dirigido a padres.
Curso-Taller "Prevención del Abuso Sexual Infantil", dirigido a adolescentes.
Curso-Taller "Cómo cuidar tu cuerpo", dirigido a niñas y niños de: 4-8 y 9-12.
Programa Prevención del Abuso Sexual Infantil
Estrategias
Educación y Concientización: Sensibilizar a niños, padres y educadores sobre los
riesgos del abuso sexual y cómo prevenirlo mediante campañas educativas.
Formación de Personal: Capacitar a maestros y profesionales de la educación
sobre la identificación y manejo de casos de abuso sexual infantil.
Intervención Temprana: Establecer mecanismos para detectar señales tempranas
de abuso sexual y brindar apoyo inmediato a las víctimas.
Colaboración Interinstitucional: Trabajar con otras organizaciones y entidades
gubernamentales para fortalecer la red de protección infantil.
Acciones
Talleres Educativos: Organizar talleres en escuelas y comunidades para enseñar a
niños y adolescentes sobre sus derechos y cómo protegerse del abuso.
Asesoría y Apoyo: Proveer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico a víctimas
de abuso sexual infantil y sus familias.
Materiales Educativos: Crear y distribuir materiales educativos, como folletos y
guías, sobre la prevención del abuso sexual infantil.
Programas de Monitoreo: Establecer programas de monitoreo en escuelas y
comunidades para garantizar que las políticas de prevención del abuso sexual se
estén implementando correctamente.
Trata de personas
La trata de personas es un problema mundial y uno de los delitos más
vergonzosos que existen, ya que priva de su dignidad a millones de
personas en todo el mundo. Los tratantes engañan a mujeres, hombres y
niños de todos los rincones del planeta y los someten diariamente a
situaciones de explotación. Si bien la forma más conocida de trata de
personas es la explotación sexual, cientos de miles de víctimas también son
objeto de trata con fines de trabajo forzoso, servidumbre doméstica,
mendicidad infantil o extracción de órganos.
Programas
Objetivo:
Generar estrategias que permitan la sensibilización sobre la problemática social
relativa al delito de trata de personas, tanto al personal de la institución como a
la población en general, y especialmente a los servidores públicos,
contribuyendo directamente en la prevención, la protección y la asistencia de
víctimas de este delito.
Conferencia: Trata de personas, explotación del siglo XXI.
Platica-Taller: la Trata de persona, forma moderna de esclavitud.
Programa contra la Trata de Personas
Sensibilización y Concientización: Informar a la población sobre los riesgos y
signos de la trata de personas mediante campañas educativas.
Formación de Personal: Capacitar a los profesionales de la salud, educación y
seguridad pública para identificar y atender casos de trata.
Intervención y Protección: Establecer mecanismos de intervención rápida y
protección para las víctimas de trata.
Cooperación Interinstitucional: Colaborar con otras organizaciones y agencias
gubernamentales para fortalecer la red de prevención y protección.
Estrategias
Asesoría y Apoyo: Proveer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico a
víctimas de trata de personas y sus familias.
Líneas de Ayuda: Implementar líneas telefónicas de ayuda y servicios de chat
para que las víctimas de trata puedan buscar ayuda de manera confidencial.
Protocolos de Atención: Desarrollar e implementar protocolos claros para la
atención y protección de víctimas de trata de personas.
Acciones
Centros Penitenciarios
El Sistema Penitenciario se encarga de vigilar que las personas, que por
alguna razón se encuentran privadas de su libertad en los distintos centros
de readaptación y reinserción social, establecimientos penitenciarios,
separos preventivos y centro de internamiento y atención juvenil del estado,
se les garantice y gocen de todos sus derechos fundamentales, a excepción
hecha de aquellos que legalmente les han sido limitados.
Programas
Misión: Llevar a cabo, capacitaciones, asesorías, dirigidas a la sociedad en
general, tendientes a despertar el interés por la reinserción social de las
personas privadas de la libertad, como miembros productivos en la
sociedad.
Objetivo: Colaborar de manera permanente en la vigilancia, promoción,
prevención, identificación, disuasión y disminución de violaciones a los
Derechos Humanos de las Personas Privadas de la Libertad.
Programa de atención y protección a los derechos humanos de las personas privadas de la
libertad
Programas
Programa de Supervisión Penitenciaria e Inspección a Centros de Detención, de
Internamiento y Adaptación para Adolescentes Infractores y de Prisión.
Objetivo: Verificar que los Centros de Detención y Prisión, se administren
conforme a las leyes y los reglamentos en vigor, en beneficio de los
detenidos, sus familias y comunidad en general.
Verificar que las personas que se encuentren privadas de su libertad, en
dichas cárceles, se respeten sus derechos humanos, por las autoridades
municipales.
Programas
Programa de Capacitación al Personal de Seguridad y Custodia de los Centros
Penitenciarios del Estado.
Objetivo: Proporcionar al personal de Seguridad y Custodia de los
Centros Penitenciarios las herramientas en materia de derechos
humanos en el sistema penitenciario, así como, crear conciencia
de la importancia en el desempeño de su función.
Programas
Programa Especial en Beneficio a las Mujeres Privadas de su libertad.
Objetivo: Supervisar el respeto a los derechos humanos de las mujeres
privadas de su libertad en los Centros Penitenciarios conforme al marco
jurídico Nacional e Internacional.
Análisis para determinar la perspectiva de género en la política que se
implementa en los Centros Penitenciarios.
Programas
Programa de Atención Integral al Menor Infractor.
Objetivo: Implementar programas específicos de educación en derechos
humanos dirigidos a los jóvenes, propiciando con esto espacios de reflexión y
diálogo con los adolescentes infractores, para que reconozcan su capacidad
para enfrentarse a la libertad como personas íntegras con el pleno respeto de
sus derechos y los derechos de los demás.Llevar a cabo acciones de
observancia y supervisión del respeto a los Derechos Humanos en el sistema
especial de justicia para adolescentes del Estado, en atención a las facultades
que le confiere a este Organismo, el marco constitucional.
Programas
Programa de Derechos del Interno.
Objetivo: Esta Comisión considera importante
proporcionar capacitación y orientación a la población
reclusa sobre sus derechos, con la finalidad de que éstos
no sean ignorados y por lo tanto puedan hacer uso y
defensa de ellos.
Estrategias
Supervisión y Monitoreo Continuo: Establecer un sistema de supervisión y
monitoreo constante para asegurar que se cumplan las normas de derechos
humanos.
Programas de Reinserción Social: Desarrollar programas educativos, laborales y
terapéuticos que faciliten la reinserción social de las personas privadas de la
libertad.
Mejoramiento de Condiciones de Vida: Asegurar la provisión de servicios básicos
de salud, higiene y alimentación para mejorar las condiciones de vida dentro de los
centros.
Capacitación de Personal: Capacitar al personal penitenciario en derechos
humanos y manejo de situaciones de crisis.
Acciones
Inspecciones Regulares: Realizar inspecciones periódicas para evaluar el
cumplimiento de las normativas de derechos humanos y tomar medidas
correctivas cuando sea necesario.
Actividades Educativas y Laborales: Implementar talleres educativos y
programas de capacitación laboral que permitan a los internos adquirir nuevas
habilidades y conocimientos.
Mejoras en Infraestructura: Realizar mejoras en la infraestructura de los
centros penitenciarios para garantizar condiciones dignas de alojamiento.
Programas Recreativos: Organizar actividades deportivas y recreativas que
contribuyan al bienestar físico y mental de las personas privadas de la libertad.
3.7 RESOLUCIONES
Las resoluciones de la CEDHNL son decisiones que emite esta institución tras investigar quejas o denuncias
presentadas por ciudadanos sobre presuntas violaciones a los derechos humanos por parte de autoridades
públicas en el estado de Nuevo León. La CEDHNL se encarga de proteger y promover los derechos humanos
dentro del estado, y cuando recibe una denuncia, puede realizar investigaciones y emitir recomendaciones o
resoluciones.
Para presentar una queja se puede hacer por via presencial ,telefonica, por correo o por la pagina web
ARTICULO 25:Las personas físicas o morales, afectadas en sus derechos fundamentales o en los de sus
integrantes, podrán ocurrir ante la comisión estatal de derechos humanos a presentar directamente o por
medio de sus representantes, las quejas o denuncias respectivas.
En el caso de que los quejosos se encuentren privados de su libertad, o se ignore su paradero, los hechos
podrán ser denunciados por sus parientes o cualquier otra persona que conozca de ellos, incluyendo a los
menores de edad.
3.7 RESOLUCIONES
ARTICULO 34:Una vez admitida la queja o denuncia, la comisión procederá a comunicar a la autoridad o
servidor público contra quien se interponga, el contenido de la misma, solicitando, por los medios idóneos a
su alcance, un informe sobre los actos, omisiones o resoluciones que se le atribuyen, dentro del término de
quince días naturales. En casos urgentes a juicio de la comisión, dicho plazo podrá ser reducido hasta a
cuarenta y ocho horas.
ARTICULO 40:El visitador tiene la facultad de solicitar a las autoridades competentes que se implementen
medidas precautorias o cautelares para prevenir violaciones irreparables o daños difíciles de reparar a los
afectados. Además, puede pedir la modificación de estas medidas si cambian las circunstancias que las
justificaron. Estas medidas pueden ser de conservación o restitutorias, según lo que requiera el caso.
3.8 Recomendaciones
Definición: Las recomendaciones son pronunciamientos emitidos por la CEDHNL
cuando se ha comprobado la existencia de violaciones a los derechos humanos.
Para qué sirve: Sirven para hacer un llamado a las autoridades responsables a fin
de que adopten medidas para reparar el daño, evitar su repetición y, en algunos
casos, sancionar a los responsables.
Cómo se hace: La CEDHNL realiza una investigación detallada y, si se confirman las
violaciones, emite una recomendación dirigida a la autoridad responsable. La
autoridad tiene la obligación de responder y, de ser posible, aceptar y cumplir con lo
recomendado.
Recomendaciones
Artículo 6, fracción IV: Establece la facultad de la Comisión Estatal de Derechos
Humanos para formular y dirigir recomendaciones a las autoridades con el fin de
reparar violaciones de derechos humanos.
Artículo 10, fracción VII: La persona titular de la presidencia de la Comisión tiene la
facultad de aprobar y emitir recomendaciones derivadas de las investigaciones
realizadas.
Artículo 46: La recomendación será autónoma, no tendrá carácter imperativo para la
autoridad o servidor público a los cuales se dirija y no podrá anular, modificar o dejar
sin efecto las resoluciones o actos contra los cuales se hubiese presentado la queja o
denuncia.
Artículos 45 y 47: Explican el proceso para formular un proyecto de recomendación y el
derecho de inconformidad que puede ejercerse contra las recomendaciones emitidas.
Artículo 50: Regula la notificación a los quejosos sobre el estado de las
recomendaciones, su aceptación, y su ejecución.
Recomendaciones
Artículo 34: -Una vez admitida la queja o denuncia, la comisión procederá a
comunicar a la autoridad o servidor público contra quien se interponga, el
contenido de la misma, solicitando, por los medios idóneos a su alcance, un
informe sobre los actos, omisiones o resoluciones que se le atribuyen, dentro del
término de quince días naturales. En casos urgentes a juicio de la comisión,
dicho plazo podrá ser reducido hasta a cuarenta y ocho horas.
3.9 Acuerdos de No Responsabilidad
Definición: Los acuerdos de no responsabilidad son resoluciones donde la CEDHNL
determina que no hubo violaciones a los derechos humanos en los casos
investigados.
Para qué sirve: Sirven para concluir oficialmente un caso cuando se determina que
no hubo abuso o violación de derechos.
Cómo se hace: Tras la investigación, si se concluye que no hubo violación a los
derechos humanos, la CEDHNL emite un acuerdo de no responsabilidad que cierra
el caso.
Acuerdos de no responsabilidad
Artículo 44: Señala que, en caso de que no se compruebe que las autoridades o
servidores públicos hayan cometido violaciones de derechos humanos, la Comisión
dictará un acuerdo de no responsabilidad.
Artículo 49: Indica que las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad se
refieren a casos específicos y no pueden aplicarse a otros por analogía o mayoría de
razón.
Artículo 50: Menciona que, entre los resultados que la Comisión debe notificar a los
quejosos, se encuentra el acuerdo de no responsabilidad.
Artículo 53: Establece que los informes anuales de la Comisión incluirán un resumen de
las quejas presentadas, las recomendaciones emitidas y los acuerdos de no
responsabilidad formulados.
3.10 Conciliaciones
Definición: Las conciliaciones son acuerdos entre las partes involucradas en una
queja de derechos humanos, facilitados por la CEDHNL, para resolver el conflicto de
manera amigable.
Para qué sirve: Sirven para resolver conflictos de derechos humanos sin necesidad
de llegar a una recomendación formal, promoviendo la resolución pacífica y
consensuada.
Cómo se hace: La CEDHNL actúa como mediador entre las partes, facilitando el
diálogo y ayudando a llegar a un acuerdo mutuamente aceptable.
Conciliaciones
Artículo 6, Fracción III: La Comisión Estatal de Derechos Humanos procurará la
solución inmediata del conflicto mediante diálogo y conciliación entre las partes,
cuando la naturaleza del caso lo permita.
Artículo 22, Fracción III: Los visitadores de la Comisión tienen la facultad de
realizar actividades necesarias para lograr la solución inmediata de violaciones
de derechos humanos mediante conciliación.
Artículo 36: La Comisión buscará el contacto directo con las autoridades o
servidores públicos para propiciar una solución conciliatoria y restituir al
quejoso en el goce de sus derechos. Si se logra la conciliación, se archivará el
expediente, con posibilidad de reabrirlo si no se cumple con lo pactado en 90
días naturales.
Artículo 39: Cuando un asunto no se resuelva por vía conciliatoria, los
visitadores deberán iniciar investigaciones formales para resolver el caso.
Conciliaciones
Artículo 46 : Establece que la Comisión puede resolver quejas mediante
conciliación entre el quejoso y la autoridad implicada, si ambas partes lo
aceptan. El acuerdo conciliatorio debe constar por escrito y, al firmarse,
concluye el proceso. Si el acuerdo no se cumple, el expediente puede reabrirse.
3.11 Acciones de Inconstitucionalidad
Definición: Las acciones de inconstitucionalidad son recursos legales que la
CEDHNL puede interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando
considera que una ley o acto de autoridad viola la Constitución.
Para qué sirve: Sirven para impugnar leyes o actos administrativos que se
consideran contrarios a la Constitución y proteger los derechos humanos.
Cómo se hace: La CEDHNL presenta una demanda ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación argumentando las razones por las cuales considera que la ley o
acto es inconstitucional. La Corte revisa el caso y emite una resolución.
Acciones de inconstitucionalidad
Artículo 103 Los Tribunales Federales resolverán controversias sobre
violaciones a derechos humanos reconocidos por la Constitución o tratados
internacionales, actos de la autoridad federal que vulneren la soberanía de
los estados o la Ciudad de México, y actos de autoridades locales que invadan
competencias federales
Artículo 104 Los Tribunales Federales conocerán de delitos del orden federal,
disputas civiles o mercantiles sobre leyes federales o tratados (aunque
pueden tratarse en tribunales locales si afectan solo intereses particulares), y
recursos de revisión contra resoluciones de tribunales administrativos con
ciertas restricciones en su impugnación
4.0 QUE ES LA CNDH
Funciones principales de la CNDH:
Recepción de quejas: La CNDH recibe y analiza quejas de personas que
consideran que sus derechos humanos han sido violados por actos u
omisiones de autoridades federales o de otros organismos públicos.
Investigación: La comisión investiga las quejas recibidas para determinar si
efectivamente hubo violaciones a los derechos humanos.
Emisión de recomendaciones: Si la CNDH encuentra que se han violado
derechos humanos, puede emitir recomendaciones a las autoridades
responsables, instándolas a corregir las violaciones y reparar los daños
causados.
Promoción y educación: La CNDH realiza actividades para promover el
respeto a los derechos humanos, como campañas de sensibilización,
educación y capacitación en derechos humanos tanto para la ciudadanía
como para servidores públicos.
Estudio y análisis: La CNDH investiga y publica estudios sobre la situación de
los derechos humanos en México, con el fin de mejorar las políticas públicas y
la legislación en este ámbito.
Asesoría jurídica: Ofrece orientación y asesoría jurídica gratuita a quienes
consideran que sus derechos han sido vulnerados.
Importancia de la CNDH:
Autonomía: Al ser un organismo autónomo, la
CNDH opera con independencia del gobierno, lo
que le permite actuar de manera imparcial en la
defensa de los derechos humanos.
Protección de derechos: La CNDH es una
instancia fundamental para la protección de los
derechos humanos en México, especialmente en
casos donde las autoridades pueden ser
responsables de violaciones.
Vigilancia del Estado: Actúa como un vigilante del
respeto a los derechos humanos por parte de
las autoridades federales y, en algunos casos, de
autoridades estatales y municipales.
La CNDH es un organismo publico, autónomo y federal, el cual
promueve, protege, difunde los derechos humanos, ademas
investiga las presuntas violaciones a estos.
4.0 QUE ES LA CNDH
examen
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en México funciona así:
Recepción de Quejas: Cualquier persona puede presentar una queja si cree que sus derechos
han sido violados por una autoridad federal. La CNDH revisa y admite la queja si corresponde.
Investigación: La CNDH investiga el caso, recopila pruebas y solicita información a las
autoridades implicadas.
Emisión de Recomendaciones: Si se confirma una violación, la CNDH emite una recomendación
a la autoridad responsable. Aunque no es vinculante, las autoridades suelen cumplirla para
evitar problemas.
Seguimiento: La CNDH monitorea el cumplimiento de sus recomendaciones y puede presionar
políticamente si no se cumplen.
Promoción y Educación: La CNDH organiza capacitaciones y campañas para promover el respeto
a los derechos humanos.
Estudios y Publicaciones: Realiza estudios y publica informes sobre derechos humanos en
México, y puede proponer reformas.
Asesoría Jurídica y Mediación: Ofrece orientación legal gratuita y facilita mediaciones para
resolver conflictos.
LA CNDH
La CNDH tiene por objeto esencial la protección de los derechos humanos, además, lleva a cabo otras actividades como las de observancia, promoción,
estudio y divulgación de los derechos humanos.
Para lograr lo anterior, la ley le otorga las siguientes atribuciones específicas.
Recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos;
Conocer e investigar presuntas violaciones de derechos humanos, por acciones u omisiones de las autoridades administrativas de carácter federal, o
por la tolerancia o anuencia de la autoridad de conductas ilícitas que realicen particulares o agentes sociales;
Formular recomendaciones públicas, denuncias y quejas ante las autoridades respectivas, cuando se decida en última instancia las inconformidades
que se presenten respecto de las recomendaciones y acuerdos de los organismos de derechos humanos de las Entidades Federativas; así como por
insuficiencia en el cumplimiento de las recomendaciones de éstos por parte de las autoridades locales.
Procurar la conciliación entre los quejosos y las autoridades señaladas como responsables, así como la inmediata solución de un conflicto planteado,
cuando la naturaleza del caso lo permita;
Impulsar la observancia de los derechos humanos en el país;
Promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los derechos humanos en el ámbito nacional e internacional;
Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de derechos humanos;
Formular programas y proponer acciones en coordinación con las dependencias competentes que impulsen el cumplimiento dentro del territorio
nacional de los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados por México en materia de derechos humanos
Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema penitenciario, mediante la elaboración de un diagnóstico anual sobre la situación que
guardan los centros de reinserción social en el país.
La observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
Presentar acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando exista una ley o tratado que se estime que vulnera
derechos humanos.
Coordinar las acciones del Mecanismo Nacional de Prevención en ejercicio de las facultades que establece el Protocolo Facultativo de la
Convención contra la Tortura y otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
4.1 Principales funciones y atribuciones
Art 6 L. CNDH
PARA EXAMEN APRENDERSE LAS PRIMERAS 4
ATRIBUCIONES
4.2 Estructura Orgánica
4.3 Normatividad Federal
Cuerpo normativo que opera a nivel nacional y que se compone de
leyes que desarrollan los preceptos de la Constitución Política del
país, de reglamentos que regulan la implementación de las leyes, y
de normas que especifican características de productos y servicios,
en cumplimiento con reglamentos y leyes.
7
Cuerpo normativo que opera a nivel nacional y que se
compone de leyes que desarrollan los preceptos de la
Constitución Política del país, de reglamentos que regulan la
implementación de las leyes, y de normas que especifican
características de productos y servicios, en cumplimiento con
reglamentos y leyes.
examen
5. Legislación
5.1 Tratados y convenios Internacionales
Los Convenios Internacionales son instrumentos de
carácter normativo, en donde existe una concordancia de
voluntades entre dos o más sujetos de Derecho
Internacional, destinados a producir efectos jurídicos y con
el fin de crear derechos y obligaciones entre las Partes.
Tratado internacional, es un acuerdo internacional celebrado
por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional,
ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos
conexos y cualquiera que sea su denominación particular. (Art. 2
primer párrafo de la Convención de Viena).
No aprender fechas solo
propositos del tratado
Presentación Proyecto Trabajo Creativa Profesional Azul.pdf.pdf
Presentación Proyecto Trabajo Creativa Profesional Azul.pdf.pdf
5.2 LEYES FEDERALES
Las leyes federales son normas
jurídicas que rigen a nivel
Nacional y son emitidas por el
congreso de la unión, que esta
compuesto por la cámara de
diputados y el senado de la
república
TIPOS DE LEYES
FEDERALES
-Leyes Constitucionales
-Leyes Ordinarias
-Leyes Reglamentarias
Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos:
Art .1 - Art .3 - Art .5 - Art .6
Ley General de los derechos de las Niñas, Niños y
Adolescentes
Art .13 - Art .39 - Art.50
Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Art .5 - Art .6 - Art .8 - Art . 22
LEYES FEDERALES
La reglamentación federal en derechos humanos en México
ha sido reforzada principalmente a través de normas y
tratados internacionales, incorporados al marco legal
mediante la reforma constitucional de 2011. Esta reforma
incluida en el artículo 1º el mandato para que todas las
autoridades promuevan, respeten, protejan y garantizan los
derechos humanos, conforme a principios como la
universalidad y progresividad. Esto obliga a las instituciones
mexicanas a prevenir, investigar, sancionar y reparar
violaciones a los derechos humanos, ya aplicar siempre la
interpretación que favorezca la protección de estos
derechos.
5.3 REGLAMENTACION
FEDERAL
5.4 PROTOCOLOS
existen varios protocolos relacionados con derechos humanos que
son fundamentales para guiar a los operadores de justicia y
funcionarios federales en el trato adecuado a grupos en situación
de vulnerabilidad y en la protección de derechos fundamentales.
Algunos de estos protocolos son promovidos por la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) y otras instituciones federales, y
están alineados con estándares internacionales. Protocolos
generales
Protocolo para juzgar con perspectiva de género
Protocolo de protección para personas defensoras de derechos
humanos y periodistas
Protocolos para grupos vulnerables
5.5 REFORMA CONSTITUCIONAL
2011 ART. 1
2011
La reforma de 2011 transformó el artículo 1 con una perspectiva
centrada en los derechos humanos. Se introdujo la obligación de
todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los
derechos humanos de acuerdo con los estándares internacionales.
Además, el principio de interpretación conforme se inició para que las
normas se interpretaran favoreciendo siempre a la persona, lo que
permite que los derechos humanos reconocidos en tratados
internacionales firmados por México tengan la misma validez y
obligatoriedad que los derechos nacionales. La reforma inició
también el principio pro persona , indicando que, en caso de
conflicto, debe aplicarse la interpretación más favorable a la
persona, lo que implica una jerarquización que coloca los derechos
humanos en un lugar central del orden jurídico.
2024
La propuesta de reforma de 2024 al artículo 1 se centra en
perfeccionar y adaptar las disposiciones de 2011. A través de una
propuesta aún en discusión, se busca fortalecer los mecanismos de
protección de derechos humanos con un enfoque específico en
igualdad de acceso y no discriminación. . Además, se proyecta
consolidar la interpretación de derechos humanos mediante
criterios nacionales que estén en sintonía con los desarrollos
internacionales, buscando unificar aún más el bloque de
constitucionalidad y cerrar cualquier posible espacio para
interpretaciones que restrinjan estos derechos. La reforma de
2024 también introducirá una serie de regulaciones destinadas a
hacer más explícitas las condiciones bajo las cuales pueden
suspenderse ciertos derechos, con el objetivo de garantizar la
seguridad nacional sin afectar desproporcionadamente a la
ciudadanía.
Presentación Proyecto Trabajo Creativa Profesional Azul.pdf.pdf
El control de convencionalidad es un mecanismo utilizado para asegurar que las normas
y prácticas internas de un Estado se ajusten a la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (CADH). En México, este control es ejercido principalmente por la Suprema
Corte de Justicia de la Nación y otros operadores de justicia, como jueces y fiscales.
¿Cómo funciona?
Examen Normativo: Las autoridades nacionales revisan las leyes, políticas y prácticas para
asegurar su compatibilidad con la CADH (Convención Americana sobre Derechos Humanos).
1.
Sentencias de la Corte IDH: La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)
puede dictar sentencias que ordenen la modificación, derogación o reforma de normas
internas incompatibles con la Convención.
2.
Obligación de los Operadores de Justicia: Los jueces y fiscales están obligados a aplicar el
control de convencionalidad en sus decisiones y resoluciones.
3.
.
5.6 CONTROL DE CONVENCIONALIDAD ENTRE LAS NORMAS
INTERNAS Y LA CONVENCIÓN AMERICANA
Importancia
Este control es crucial para proteger los derechos humanos y asegurar que
México cumpla con sus obligaciones internacionales. Permite a los ciudadanos
y organizaciones de derechos humanos presentar quejas ante la Corte IDH si
consideran que sus derechos han sido violados por las autoridades nacionales.
https://corteidh.or.cr/sitios/libros/todos/docs/cuadernillo7.pdf
Presentación Proyecto Trabajo Creativa Profesional Azul.pdf.pdf
Presentación Proyecto Trabajo Creativa Profesional Azul.pdf.pdf
.
5.8 Resoluciones
La resolución que emiten los organismos protectores de derechos
humanos que determina la violación a los derechos humanos. Con
esta resolución se señala a la autoridad su responsabilidad en la
violación a los derechos humanos; se le indica a la autoridad la
manera en que deberá restituir o reparar el daño al afectado y podrá
solicitar a las autoridades correspondientes, el inicio de los
procedimientos para, en su caso, sancionar a los servidores que hayan
incurrido en la conducta violatoria de derechos humanos, o bien,
solicitar a dichas autoridades la agilización y conclusión de los
procedimientos que a la fecha de emisión de la recomendación se
encuentren en trámite.
5.9 RECOMENDACIONES POR VIOLACIONES GRAVES
Las Recomendaciones por Violaciones Graves son pronunciamientos emitidos por la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de México cuando se identifican
violaciones graves a los derechos humanos, como desapariciones forzadas, ejecuciones
extrajudiciales, y otros actos que representan una grave violación de los derechos
fundamentales.
Con el propósito de abordar y corregir las violaciones graves a los derechos humanos,
garantizando que las autoridades tomen medidas inmediatas y contundentes para
prevenir futuras violaciones y reparar el daño causado.
1-https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2024-09/RecVG_166.pdf
Violaciones graves
-Al derecho de integridad personal por actos de tortura en agravio.
-Violación a los derechos humanos a la libertad personal ,seguridad jurídica y legalidad.
2-https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2024-10/RecVG_167.pdf
Violaciones graves
-derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, por tratos crueles, inhumanos
y degradantes en agravio de QVD por elementos de la SEMAR
3-https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2024-09/RecVG_164.pdf
Violaciones graves
-A derechos humanos al debido proceso y acceso a la justicia por falta de diligencia en la
búsqueda de personas desparecidas
5.10 RECOMENDACIONES
GENERALES
RECOMENDACIONES
Entre las atribuciones que la CNDH tiene para proteger y
defender los derechos humanos, destaca la de emitir
recomendaciones a las autoridades determinadas como
responsables de violaciones a los derechos humanos. Al
respecto, en el artículo 6°, fracción III, de la Ley de la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se le faculta
para formular recomendaciones públicas no vinculatorias
ante las autoridades respectivas, en los términos
establecidos por el artículo 102, apartado B, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Recomendaciones
A continuación, se presenta la información relacionada
con las 90 recomendaciones particulares emitidas,
dirigidas a 78 autoridades diferentes en 165 ocasiones,
de las cuales 81 fueron originadas por expediente de
queja y nueve de inconformidad
https://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=40088
5.11recomendaciones
delmecanismo
nacionaldeprevencion
delatortura
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2021-
05/Informe_Actividades_MNPT_2019.pdf
.¿QUÉ ES EL MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN
DE LA TORTURA (MNPT)?
Es la instancia encargada de la supervisión permanente
y sistemática de los lugares de privación de la libertad
en todo el territorio mexicano, a fin de prevenir la
tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes.
PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD
Cualquier forma de detención, encarcelamiento o
custodia de una persona por orden de una
autoridad judicial o administrativa o de otra
autoridad pública, en una institución pública o
privada de la cual no pueda salir libremente.
https://tortura.cndh.org.mx/
LUGARES DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD
Son aquellas instalaciones oficiales, establecimientos
privados o cualquier otro espacio físico, que son
administrados por autoridades —municipales, estatales o
federales— o por particulares, en los que las personas que se
encuentran ahí no pueden salir libremente, con
independencia de la razón que motiva la privación de la
libertad.
ACCIONES PREVENTIVAS DEL MNPT
El MNPT tiene una acción esencialmente
preventiva, la cual se establece mediante un
sistema periódico de visitas que permiten
examinar el trato, las condiciones y
necesidades de las personas privadas de su
libertad.
Para la realización de estas visitas, el MNPT
desarrolla una serie de instrumentos que sirven
para recabar información del lugar de la
detención y obtener datos jurídicos y médicos,
así como información de las autoridades y de
las personas privadas de la libertad, con la
finalidad de detectar factores o situaciones de
riesgo
5.12 acciones de
inconstitucionalidad
Las acciones de inconstitucionalidad se
presentan para evitar que las leyes afecten los
derechos humanos reconocidos en nuestra
Norma Suprema. En caso de que una ley los
vulnere, el Máximo Tribunal de nuestro país
declara su invalidez.
LINK INCONSTITUCIONALIODADo
httphttps://www.scjn.gob.mx/rpe/acciones.
htmls.gob
o
5.13 Pronunciamientos,
estudios e informes
especiales
INFORMES ESPECIALES
Otro de los instrumentos con que cuenta esta Comisión
Nacional, para defender y promover los derechos
humanos, son los Informes Especiales, los cuales,
además de hacer el diagnóstico de las problemáticas,
posibilita hacer sugerencias de políticas públicas
concretas.
httphttps://www.scjn.gob.mx/rpe/accion
es.htmls.gob
Turno de
Comentarios (Bonitos)
Criticas (Contributivas)
Aportaciones (Monetarias)
MUCHAS GRACIAS <3

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  • 1. MARCO JURIDICO DE LAS COMISIONES DE DERECHOS HUMANOS EN MEXICO Andrea Sáenz Almaguer 2120700 Joaquin Emiliano Arevalo Gonzalez 2098984 Yessica Michelle Rodriguez Narvaez 2121924 Melany Yazmín Gómez Guerrero 2107618 Ary Nahomy Garza Estrada 2112098 Gustavo Alejandro García Rodríguez 2099861 Maria de los Angeles Torres Contreras 2092091 UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEÓN FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGIA
  • 2. 3. LA CEDH en Nuevo León ¿Cuándo se fundo? “ LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS ES UN ORGANISMO PÚBLICO AUTÓNOMO, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO, QUE TIENE POR OBJETO LA PROTECCIÓN, OBSERVANCIA, PROMOCIÓN, ESTUDIO Y DIVULGACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS CONSAGRADOS EN EL ORDEN JURÍDICO VIGENTE.” Se fundó en 1992 se expide el decreto para la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León. https://www.cedhnl.org.mx/somos/legislacion/PR-11-ACUERDO-POR- EL-CUAL-SE-APRUEBA-LA-ESTRUCTURA-ORGANICA-DE-LA- COMISION.pdf Algunos de sus Programas Primeros Auxilios Psicológicos con Grupos Especiales. Primera Ayuda Psicológica (PAP). Programa de Salud Mental y Apoyo Psicosocial en Emergencias, Crisis y Trauma.
  • 3. 3.1 Principales funciones y atribuciones Iniciar quejas o denuncias sobre presuntas violaciones a los derechos humanos por actos u omisiones de autoridades y servidores públicos estatales y municipales. Se busca solucionarlo de manera inmediata promoviendo el dialogo como herramienta principal Hace campañas y promociones para proteger, defender, promover los derechos humanos. Supervisión del respeto a los derechos humanos en el sistema penitenciario Se busca fomentar el respeto a los derechos con las autoridades estatales y municipales
  • 6. De acuerdo con el articulo 13 del reglamento interno de la CEDCHNL “La Presidencia de la Comisión Estatal estará a cargo de una persona titular, a quien corresponde realizar, en los términos establecidos por la Ley y otras disposiciones legales, las funciones de órgano superior de dirección en la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos” Funcionamiento de la presidencia Capitulo II Otorgar y revocar los poderes necesarios para la representación de la Comisión Estatal. Aprobar toda aquella normatividad necesaria para el buen funcionamiento de la Comisión Estatal Presidir el Consejo Emitir recomendaciones, propuestas generales y exhortos a las autoridades públicas; https://www.cedhnl.org.mx/somos/legislacion/PR- 11-ACUERDO-POR-EL-CUAL-SE-APRUEBA-LA- ESTRUCTURA-ORGANICA-DE-LA-COMISION.pdf https://www.cedhnl.org.mx/bs/se cciones/transparencia/legislacion /Leyes-Estatales/REFORMA-AL- REGLAMENTO-INTERNO- CEDHNL-POE-23-09-2022.pdf
  • 7. Artículo 16. Naturaleza del Consejo. El Consejo es un órgano colegiado de la Comisión Estatal, el cual se integrará y funcionará de acuerdo a lo establecido en la Ley, este Reglamento y en los Lineamientos para el desarrollo de las sesiones del Consejo Consultivo de la Comisión Estatal. En su caso, se desempeñará como consejo consultivo ciudadano a que se refiere la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Nuevo León Consejo Consultivo Capitulo III La aprobación de este Reglamento, así como sus reformas, son competencia del Consejo. Este trabaja en sesiones ordinarias y extraordinarias
  • 8. Se establece hasta tres Visitadurías Generales: Primera, Segunda y Tercera. Conocen de quejas por presuntas violaciones a derechos humanos. Tramitan expedientes de quejas y atienden recursos de inconformidad. Se rigen por lineamientos y manuales específicos para la atención de quejas. Visitadurías Generales Capitulo IV Cada Visitaduría General tiene un Visitador(a) General, un Coordinador de Visitadurías y Visitadores(as) Adjuntos(as). Integración y foliación de expedientes. Registro y seguimiento de actuaciones en el Sistema Integral de Administración de Quejas (SIAQ). Investigación y conclusión de casos bajo la supervisión del Visitador General.
  • 9. Artículo 27. Funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva. La persona titular de la Secretaría Ejecutiva será designada y removida libremente por la persona titular de la Presidencia de la Comisión Estatal. Secretaria Ejecutiva Capitulo V La Secretaría Ejecutiva será el órgano encargado de coordinar y supervisar las actividades que realicen las siguientes áreas: I. Dirección del Instituto de Derechos Humanos; II. Unidad de Administración; III. Unidad de Desarrollo Institucional; IV. Unidad de Asuntos Jurídicos; V. Unidad de Gestión Documental y Archivo; VI. Unidad de Comunicación; VII. Unidad de Informática, y VIII. Secretaría Técnica.
  • 10. Artículo 30. Funcionamiento y titularidad del Órgano Interno de Control. La Comisión Estatal contará con un Órgano Interno de Control, el cual, será el encargado de investigar, substanciar y resolver las presuntas faltas administrativas, de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas y Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León. Órgano Interno de Control Capitulo VI
  • 12. La normatividad estatal que regula esta Comisión se encuentra en diversos documentos y leyes. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Establece los derechos humanos fundamentales que deben ser protegidos a nivel federal y estatal. La CEDHNL debe asegurar que estos derechos se respeten en el estado de Nuevo León. Constitución del Estado de Nuevo León: Contiene disposiciones específicas sobre los derechos humanos y la creación de instituciones para su protección. La CEDHNL opera bajo el marco que esta Constitución establece para el estado. Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León: Esta ley específica detalla las funciones, atribuciones, organización y procedimientos de la CEDHNL. Define el papel de la Comisión en la protección de los derechos humanos y cómo debe operar. Reglamento Interno de la CEDHNL: Complementa la Ley de la Comisión Estatal y establece los procedimientos internos, criterios operativos y administrativas para el funcionamiento eficiente de la Comisión.
  • 13. 3.4 Servicios, quejas, orientacion juridica, atencion a victimas y capacitaciones. Quejas: Se reciben y comienzan con su proceso para darles seguimiento. Orientación Jurídica: Se dan asesorías a los ciudadanos sobre sus derechos y como presentar una queja en caso de ser necesario. Servicio de Mediación: La CEDH puede mediar ciertos conflictos para la resolución de conflictos Servicios y programas
  • 14. 3.4 Servicios, quejas, orientacion juridica, atencion a victimas y capacitaciones. Recepción: Se asegura que sea facil para los ciudadanos presentar quejas, ya sean presenciales o digitales Tramitación: Una vez que tienen la queja se inicia el proceso de investigación. Resolución: Se emiten recomendaciones para corregir las violaciones de los derechos humanos y sus medidas de prevención Quejas
  • 15. Detención Arbitraria Agresiones Uso indebido y/o desproporcionado de la fuerza Negación de algún servicio público Omisión de la autoridad ¿Quién puede presentar una queja? Cualquier persona que haya sido victima de abuso por parte de aluna autoridad estatal o municipal Las quejas se puedes presentar ya sea en linea, por escrito, vía correo electrónico [email protected] o incluso presencialmente.
  • 16. Pasos para presentar una queja Recolección de Información: Se busca que el afectado tenga claro lo que sucedió, y de ser posible reúna evidencias (documentos, testigos, etc) para facilitar el proceso. 1. Presentar la queja: 2. Presencial: Se acude personalmente a las instalaciones en la cual se le levantara un informe en el cual se narren los hechos, y así mismo, se proporcionara información personal del afectado. En linea: Se llenara la información solicitada desde la pagina oficial de la CEDHNL Correo electrónico: Se informara de lo sucedido mediante un escrito dirigido a la CEDHNL ([email protected])
  • 17. 3. Registro: Confirmación: Una vez que la queja ya fue presentada se entregara un numero de folio en el cual se podrá rastrear el avance de la queja. Evaluación: Una vez que ya tienen la queja la CEDH evaluara si puede proseguir con el proceso de una investigación formal. 4. Investigación: Información adicional: La comisión puede que solicite información extra para poder estructurar bien la queja o aclarar detalles. Investigación: Usualmente la comisión comenzara a investigar los hechos que fueron previamente descritos, incluso pueden asistir al lugar para comprobar los hechos.
  • 18. 5. Resolución: Recomendaciones: En el caso de que se confirmara que efectivamente se presento una violación a los derechos se recomendaciones a seguir contra de la autoridad responsable Notificación: Se le notificara al afectado toda la investigación 6. Seguimiento: La CEDH puede verificar que si se le de seguimiento a las recomendaciones previamente dadas, para asegurarse de ue sean implementadas contra la autoridad. Apoyo adicional: En algunos casos se puede solicitar apoyo o apelaciones en dado caso que se considere que las medidas o recomendaciones aplicadas no sean propias. 7. Cierre del caso: Una vez que se ha dado el cumplimiento de las recomendaciones, se cierra el caso y se archiva.
  • 19. ¿De que tipo de asuntos NO resuelven directamente? Cabe aclarar que cualquier persona que sea victima de alguna violación a sus derechos puede acudir, sin embargo, la CEDH no resuelve conflictos entre particulares, decisiones tomadas por jueces y magistrados u otras autoridades judiciales o conflictos de carácter electoral
  • 20. 3.4 Servicios, quejas, orientacion juridica, atencion a victimas y capacitaciones. Derechos Humanos: Se les explica los derechos que tiene la persona bajo las leyes nacionales e internacionales. Procedimiento: Se les da la información sobre la documentación y otras cosas necesarias al momento de presentar una queja. Asesoría legal: Asistencia para entender ciertas situaciones especificas y los posibles pasos a seguir para la resolución de problemas. Orientación Jurídica
  • 21. 3.4 Servicios, quejas, orientacion juridica, atencion a victimas y capacitaciones. Atención psicológica: Proporciona asistencia psicológica para apoyar a los afectados Apoyo legal: Ayuda a la preparación de denuncias en el sistema legal Rehabilitación: Ayudan a las victimas a que recuperen su bienestar fisico y emocional Atención a victimas
  • 22. 3.4 Servicios, quejas, orientacion juridica, atencion a victimas y capacitaciones. Entrenamiento de Funcionario Públicos: Se desarrollan cursos y talleres para asegurar que cumplan y entiendan con las normativas de derechos humanos. Educación Comunitaria: Actividades para el publico en general sobre los derechos humanos y sobre como pueden defenderlos Formación: Una capacitación continua para el personal de la CEDH con la intención de mantenerse actualizados sobre posibles cambios de los derechos humanos. Capacitación
  • 23. Los grupos vulnerables son aquellos que pueden sufrir daños, discriminación o desventajas debido a su situación social, económica, geográfica o circunstancias físicas. 3.5 Programas, Estrategias y Acciones para grupos vulnerables Mujeres Niños, niñas y adolescentes Personas adultas mayores Personas con discapacidad Personas LGBTI Migrantes, refugiados y solicitantes de asilo Personas pertenecientes a minorías étnicas o pueblos indígenas https://www.cedhnl.org.mx/programas_servicios.html
  • 24. Mujeres (programas) Objetivo: Ofrecer a las mujeres un sistema integral de apoyo que fomente la prevención, atención y erradicación de la violencia hacia este género Curso - Taller: "Mujer, La Grandeza de tu Persona". Objetivo: Crear en la población femenina una nueva visión sobre el valor que implica ser mujer y la dignidad de género, a través de la educación y participación activa para lograr así un cambio que trascienda a todos los ámbitos de su vida. Sistema Interno para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia contra las Mujeres
  • 25. Mujeres (estrategias) Empoderamiento: Fomentar el empoderamiento de las mujeres a través de talleres educativos y programas de desarrollo personal y profesional. Sensibilización: Realizar campañas de sensibilización en la comunidad para promover la igualdad de género y prevenir la violencia contra las mujeres. Acceso a la Justicia: Facilitar el acceso a servicios legales y de apoyo psicológico para mujeres víctimas de violencia.
  • 26. Mujeres (acciones) Talleres y Cursos: Organizar talleres y cursos sobre derechos humanos, auto-defensa, y empoderamiento económico. Asesoría Legal y Psicológica: Proveer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico a mujeres en situaciones de vulnerabilidad. Campañas de Concientización: Lanzar campañas de concientización sobre los derechos de las mujeres y la prevención de la violencia de género. Proyectos de Investigación: Desarrollar proyectos de investigación para identificar y abordar las principales problemáticas que afectan a las mujeres en la región. Red de Apoyo: Crear y fortalecer redes de apoyo comunitario para mujeres, proporcionando recursos y espacios seguros.
  • 27. Niños, niñas y adolescentes (Programas) Objetivo: Sensibilizar a las niñas, los niños y adolescentes hacia los derechos de la niñez, mediante el conocimiento, la reflexión y asimilación de los derechos humanos Subprograma: Niñas y Niños Promotores de Derechos Humanos Objetivo: Difundir y sensibilizar a través de la participación directa de los planteles educativos a las niñas y niños sobre los derechos de la niñez, para ir conformando patrones culturales que determinen el rechazo a la violencia y coadyuve en la formación de ciudadanos responsables. Programa Promoción, Protección y Garantía de los Derechos Humanos de la Niñez
  • 28. Niños, niñas y adolescentes (Programas) Subprograma: Adolescentes Promotores de Derechos Humanos y la Cultura de la Legalidad "Unidos Construyendo Nuestro Futuro". Objetivo: Difundir y sensibilizar a través de la participación directa de los planteles educativos a los adolescentes sobre el respeto a los derechos humanos y una cultura de la legalidad para ir conformando patrones culturales que determinen una sana integración social. Subprograma: Cine Debate Infantil y Cine Debate Juvenil Objetivo: Promover la cultura de respeto a los Derechos Humanos, así como la reflexión y asimilación de los mismos a partir de la proyección de una película.
  • 29. Niños, niñas y adolescentes (estrategias) Empoderamiento a través de la Educación: Fomentar el conocimiento de los derechos humanos en niños, niñas y adolescentes mediante talleres, cursos y actividades lúdicas. Prevención y Sensibilización: Realizar campañas de sensibilización para prevenir el abuso y la violencia infantil. Colaboración con Instituciones Educativas: Establecer alianzas con escuelas y universidades para promover programas educativos y preventivos. Acceso a la Justicia: Facilitar el acceso a servicios legales y de apoyo psicológico para niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso o violencia.
  • 30. Niños, niñas y adolescentes (acciones) Asesoría Legal y Psicológica: Proveer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico a niños, niñas y adolescentes en situaciones de vulnerabilidad. Campañas de Concientización: Lanzar campañas de concientización sobre los derechos de la niñez y la prevención de la violencia. Red de Apoyo Comunitario: Crear y fortalecer redes de apoyo comunitario para niños, niñas y adolescentes, proporcionando recursos y espacios seguros.
  • 31. Personas adultas mayores (programas) Objetivo: Promover el reconocimiento y respeto hacia los Derechos Humanos de las personas Adultas Mayores a través de técnicas de enseñanza y difusión a fin de promover mejores dinámicas familiares. Curso - Taller "Adulto Mayor, Un camino de Experiencia Objetivo: Promover el conocimiento y respeto de los Derechos Humanos de las personas Adultas Mayores. Programa Promoción, Protección y Garantía de los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores
  • 32. Personas adultas mayores (estrategias) Promoción de Derechos: Sensibilizar a la sociedad y a los adultos mayores sobre sus derechos a través de campañas informativas y educativas. Atención Integral: Proveer servicios integrales que incluyan asistencia médica, psicológica, social y legal. Participación Activa: Fomentar la participación de los adultos mayores en actividades comunitarias, culturales y recreativas. Fortalecimiento de Redes de Apoyo: Crear y fortalecer redes de apoyo familiar y comunitario para los adultos mayores.
  • 33. Personas adultas mayores (acciones) Talleres y Cursos: Organizar talleres y cursos sobre derechos humanos, salud mental y física, y habilidades para la vida cotidiana. Asesoría Legal y Psicológica: Ofrecer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico a adultos mayores en situaciones de vulnerabilidad. Campañas de Concientización: Lanzar campañas de concientización para promover el respeto y la inclusión de los adultos mayores en la sociedad. Programas de Voluntariado: Implementar programas de voluntariado donde los adultos mayores puedan participar y contribuir a la comunidad. Atención Médica Integral: Proveer acceso a servicios de salud preventivos y curativos específicos para las necesidades de los adultos mayores.
  • 34. Personas con discapacidad (programas) Objetivo: Promover los derechos humanos de las personas con discapacidad en los diversos sectores de población, con el fin de ser incluidos en la vida social, cultural, laboral, económica y de educación, que garantice el ejercicio pleno de sus derechos humanos. Curso Taller "Construyendo la Igualdad con una Mirada Diferente Objetivo: Empoderar a la persona con discapacidad para que con el conocimiento de sus derechos construya una identidad personal y social-ciudadana que le permita vocear sus inquietudes sociales desde su condición de discapacidad. Sensibilizar a prestadores de servicio y a políticos sobre la problemática sociocultural del impedido. Programa Promoción, Protección y Garantía de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad
  • 35. Personas con discapacidad (estrategias) Promoción de la Inclusión: Sensibilizar a la sociedad sobre los derechos y capacidades de las personas con discapacidad mediante campañas educativas y de concientización. Accesibilidad Universal: Promover la accesibilidad en todos los ámbitos, asegurando que las instalaciones públicas y privadas sean accesibles para todas las personas con discapacidad. Educación Inclusiva: Fomentar la educación inclusiva y la capacitación de profesores y personal educativo para atender adecuadamente a estudiantes con discapacidad. Autonomía e Independencia: Desarrollar programas que promuevan la autonomía e independencia de las personas con discapacidad.
  • 36. Personas con discapacidad (acciones) Talleres y Cursos: Organizar talleres y cursos sobre derechos humanos, habilidades para la vida diaria y capacitación laboral para personas con discapacidad. Asesoría Legal y Psicológica: Ofrecer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico para personas con discapacidad y sus familias. Adaptación de Espacios Públicos: Trabajar con el gobierno y empresas privadas para adaptar espacios públicos y privados, asegurando la accesibilidad para todos. Proyectos de Inclusión Laboral: Implementar proyectos que fomenten la inclusión laboral de personas con discapacidad, promoviendo su integración en el mercado laboral.
  • 37. Personas LGBT (programas) Objetivo: Promover los derechos humanos de la población LGBTTTI y orientar sobre los medios para hacerlos efectivos a través de acciones de educación, difusión y sensibilización dirigidas a este grupo en situación de vulnerabilidad, Servidores Públicos, Promotores Voluntarios, Organizaciones de la Sociedad y Público en General, a fin de que estos derechos sean respetados, protegidos y garantizados Curso Taller: Derechos Humanos y Diversidad Sexual, dirigida a Servidores Públicos Objetivo: Concienciar a la población en general y a los servidores públicos sobre los motivos por los cuales la comunidad LGBT es discriminada para eliminar las conductas discriminatorias de estós. Orientar a los diversos grupos de población LGBT sobre sus derechos y los medios para hacerlo efectivo en las circunstancias de vulnerabilidad en la que viven actualmente. Programa Promoción, Protección y Garantía de la Población LGBTTTI
  • 38. Personas LGBT (estrategias) Promoción de Derechos: Sensibilizar a la sociedad sobre los derechos de las personas LGBT mediante campañas educativas y de concientización. Inclusión Social: Fomentar la inclusión social de las personas LGBT en todos los ámbitos, incluyendo el laboral, educativo y sanitario.
  • 39. Personas LGBT (acciones) Talleres y Cursos: Organizar talleres y cursos sobre derechos humanos y diversidad sexual para promover la comprensión y el respeto hacia la comunidad LGBT. Campañas de Sensibilización: Lanzar campañas de sensibilización sobre la inclusión y los derechos de las personas LGBT, utilizando medios de comunicación y redes sociales.
  • 40. Personas y grupos indígenas (programas) Objetivo: Visibilizar a la Población Indígena del Estado de Nuevo León, dando a conocer su presencia y situación, así como sus derechos humanos reconocidos en la legislación nacional y en los documentos internacionales que México ha ratificado. Programa Promoción, Protección y Garantía de los Derechos Humanos de las Personas y Grupos Indígenas
  • 41. Personas y grupos indígenas (estrategias) Promoción de Derechos: Sensibilizar a la sociedad sobre los derechos de las personas y grupos indígenas mediante campañas educativas y de concientización. Cultura y Tradiciones: Apoyar la preservación y promoción de la cultura y tradiciones indígenas. Acceso a la Salud: Asegurar el acceso a servicios de salud adecuados, incluyendo el reconocimiento y apoyo a la medicina tradicional indígena. Desarrollo Económico: Promover el desarrollo económico mediante programas de capacitación y apoyo a proyectos productivos de comunidades indígenas.
  • 42. Personas y grupos indígenas (acciones) Talleres y Cursos: Organizar talleres y cursos sobre derechos humanos, técnicas productivas y habilidades para la vida cotidiana, dirigidos a las comunidades indígenas. Becas y Recursos: Incrementar los recursos y otorgar becas a estudiantes indígenas de todos los niveles educativos. Servicios de Salud: Proveer servicios de salud específicos para las necesidades de las personas indígenas y apoyar la medicina tradicional. Campañas de Sensibilización: Lanzar campañas de sensibilización en medios de comunicación y redes sociales para aumentar la conciencia pública sobre los derechos de las personas indígenas.
  • 43. Migrantes (programas) Objetivo: Visibilizar a la Población Indígena del Estado de Nuevo León, dando a conocer su presencia y situación, así como sus derechos humanos reconocidos en la legislación nacional y en los documentos internacionales que México ha ratificado. Programa Promoción, Protección y Garantía de los Derechos Humanos de las Personas Migrantes
  • 44. Migrantes (estrategias) Sensibilización y Concientización: Informar a la sociedad sobre los derechos de los migrantes mediante campañas educativas y de concientización. Protección Legal y Asesoría: Brindar asesoría legal y acompañamiento a migrantes para asegurar el cumplimiento de sus derechos. Acceso a Servicios Básicos: Asegurar que los migrantes tengan acceso a servicios básicos como salud, educación y vivienda.
  • 45. Migrantes (acciones) Campañas de Sensibilización: Lanzar campañas de sensibilización en medios de comunicación y redes sociales para aumentar la conciencia pública sobre los derechos de los migrantes. Proyectos de Investigación: Realizar estudios y investigaciones para entender mejor las necesidades y desafíos de los migrantes en la región. Centros de Atención: Establecer y mantener centros de atención integral para migrantes, donde puedan recibir apoyo y recursos. Protocolos de Atención: Desarrollar e implementar protocolos claros para la atención y protección de migrantes en situaciones de vulnerabilidad.
  • 46. 3.6 Programas, Estrategias y Acciones diversas Desaparición Forzada La desaparición forzada es la privación de libertad realizada por agentes del Estado o por grupos que actúan con su consentimiento, seguida de la negativa a reconocer el arresto u ocultar el paradero de la persona, dejándola fuera de la protección de la ley. Se utiliza para generar terror en la sociedad, afectando no solo a los familiares de las víctimas, sino a toda la comunidad. Este problema es ahora global y no exclusivo de una región. Aunque antes era común en dictaduras militares, hoy se presenta en conflictos internos complejos, especialmente como método de represión política.
  • 47. Programas La CEDHNL ha implementado el programa especial sobre presuntos desaparecidos con el fin de favorecer el pleno ejercicio de sus derechos humanos. Favorecer el pleno ejercicio de los derechos humanos de las familias que tienen un ser querido bajo la condición de desaparecido o extraviado y conozcan su paradero. Programa Especial sobre Presuntos Desaparecidos o Extraviados
  • 48. Estrategias Estrategia 1. Implementación de acciones enfocadas a disminuir el impacto de la vulnerabilidad en la que se encuentra las familias de personas en condición de presuntas desaparecidas o extraviadas, presentándole un conjunto de opciones resolutivas para enfrentar el problema, a través de una atención terapéutica/psicológica y una orientación y/o canalización adecuada. Estrategia 2. Dar trámite y seguimiento a las Solicitudes de Gestión y las Solicitudes de Colaboración para la búsqueda y localización de personas presuntos desaparecidos o extraviados. Estrategia 3. Dar trámite y seguimiento a las quejas y denuncias, relacionadas con presuntas violaciones a los Derechos Humanos, presentadas por las familias que tienen un ser querido bajo la condición de desaparecido o extraviado, y que sospechen que en los hechos ha intervenido una autoridad o servidor público, rigiéndose bajo los principios de inmediatez, concentración y rapidez.
  • 49. Acciones Estrategia 1: Proporcionar atención legal y psicológica a las familias de personas desaparecidas, reducir el impacto emocional, y coordinar acciones con redes de apoyo social e institucional para una mejor atención de los casos. Estrategia 2: Gestionar solicitudes de búsqueda y localización de personas desaparecidas, solicitando la colaboración de autoridades estatales, organismos defensores de derechos humanos, y autoridades de justicia de Nuevo León. Estrategia 3: Recibir quejas y denuncias de violaciones a los derechos humanos presentadas por familias de desaparecidos, especialmente cuando se sospeche la participación de autoridades o servidores públicos.
  • 50. Prevención del Abuso Sexual Infantil Es todo contacto y/o actividad sexual entre una niña, niño, adolescente y una persona que ejerce una posición de poder sobre él o ella, sin su consentimiento o valiéndose de amenazas, violencia física, psicológica u obteniendo su consentimiento por medio de engaños. El abuso sexual infantil es una de las agresiones más violentas contra la integridad física, psicológica y emocional; cuando éste se manifiesta, afecta de forma significativa y vulnera a una serie de derechos universales que están interconectados y entre los que destacan: el derecho a la paz, a la educación, a la protección de la salud, a la seguridad social y por supuesto a una vida libre de violencias.
  • 51. Programas Objetivo: Prevenir el abuso sexual infantil a través de la capacitación e información dirigida a niñas y niños, padres de familia, servidores públicos, así como a la comunidad en general, a fin de evitar la violación de los derechos de los niños. Curso-Taller "Guía para Educadores de Cómo Prevenir el Abuso Sexual Infantil", dirigido a Maestros (as). Curso-Taller "Guía para Padres de Familia sobre cómo Prevenir el Abuso Sexual Infantil", dirigido a padres. Curso-Taller "Prevención del Abuso Sexual Infantil", dirigido a adolescentes. Curso-Taller "Cómo cuidar tu cuerpo", dirigido a niñas y niños de: 4-8 y 9-12. Programa Prevención del Abuso Sexual Infantil
  • 52. Estrategias Educación y Concientización: Sensibilizar a niños, padres y educadores sobre los riesgos del abuso sexual y cómo prevenirlo mediante campañas educativas. Formación de Personal: Capacitar a maestros y profesionales de la educación sobre la identificación y manejo de casos de abuso sexual infantil. Intervención Temprana: Establecer mecanismos para detectar señales tempranas de abuso sexual y brindar apoyo inmediato a las víctimas. Colaboración Interinstitucional: Trabajar con otras organizaciones y entidades gubernamentales para fortalecer la red de protección infantil.
  • 53. Acciones Talleres Educativos: Organizar talleres en escuelas y comunidades para enseñar a niños y adolescentes sobre sus derechos y cómo protegerse del abuso. Asesoría y Apoyo: Proveer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico a víctimas de abuso sexual infantil y sus familias. Materiales Educativos: Crear y distribuir materiales educativos, como folletos y guías, sobre la prevención del abuso sexual infantil. Programas de Monitoreo: Establecer programas de monitoreo en escuelas y comunidades para garantizar que las políticas de prevención del abuso sexual se estén implementando correctamente.
  • 54. Trata de personas La trata de personas es un problema mundial y uno de los delitos más vergonzosos que existen, ya que priva de su dignidad a millones de personas en todo el mundo. Los tratantes engañan a mujeres, hombres y niños de todos los rincones del planeta y los someten diariamente a situaciones de explotación. Si bien la forma más conocida de trata de personas es la explotación sexual, cientos de miles de víctimas también son objeto de trata con fines de trabajo forzoso, servidumbre doméstica, mendicidad infantil o extracción de órganos.
  • 55. Programas Objetivo: Generar estrategias que permitan la sensibilización sobre la problemática social relativa al delito de trata de personas, tanto al personal de la institución como a la población en general, y especialmente a los servidores públicos, contribuyendo directamente en la prevención, la protección y la asistencia de víctimas de este delito. Conferencia: Trata de personas, explotación del siglo XXI. Platica-Taller: la Trata de persona, forma moderna de esclavitud. Programa contra la Trata de Personas
  • 56. Sensibilización y Concientización: Informar a la población sobre los riesgos y signos de la trata de personas mediante campañas educativas. Formación de Personal: Capacitar a los profesionales de la salud, educación y seguridad pública para identificar y atender casos de trata. Intervención y Protección: Establecer mecanismos de intervención rápida y protección para las víctimas de trata. Cooperación Interinstitucional: Colaborar con otras organizaciones y agencias gubernamentales para fortalecer la red de prevención y protección. Estrategias
  • 57. Asesoría y Apoyo: Proveer servicios de asesoría legal y apoyo psicológico a víctimas de trata de personas y sus familias. Líneas de Ayuda: Implementar líneas telefónicas de ayuda y servicios de chat para que las víctimas de trata puedan buscar ayuda de manera confidencial. Protocolos de Atención: Desarrollar e implementar protocolos claros para la atención y protección de víctimas de trata de personas. Acciones
  • 58. Centros Penitenciarios El Sistema Penitenciario se encarga de vigilar que las personas, que por alguna razón se encuentran privadas de su libertad en los distintos centros de readaptación y reinserción social, establecimientos penitenciarios, separos preventivos y centro de internamiento y atención juvenil del estado, se les garantice y gocen de todos sus derechos fundamentales, a excepción hecha de aquellos que legalmente les han sido limitados.
  • 59. Programas Misión: Llevar a cabo, capacitaciones, asesorías, dirigidas a la sociedad en general, tendientes a despertar el interés por la reinserción social de las personas privadas de la libertad, como miembros productivos en la sociedad. Objetivo: Colaborar de manera permanente en la vigilancia, promoción, prevención, identificación, disuasión y disminución de violaciones a los Derechos Humanos de las Personas Privadas de la Libertad. Programa de atención y protección a los derechos humanos de las personas privadas de la libertad
  • 60. Programas Programa de Supervisión Penitenciaria e Inspección a Centros de Detención, de Internamiento y Adaptación para Adolescentes Infractores y de Prisión. Objetivo: Verificar que los Centros de Detención y Prisión, se administren conforme a las leyes y los reglamentos en vigor, en beneficio de los detenidos, sus familias y comunidad en general. Verificar que las personas que se encuentren privadas de su libertad, en dichas cárceles, se respeten sus derechos humanos, por las autoridades municipales.
  • 61. Programas Programa de Capacitación al Personal de Seguridad y Custodia de los Centros Penitenciarios del Estado. Objetivo: Proporcionar al personal de Seguridad y Custodia de los Centros Penitenciarios las herramientas en materia de derechos humanos en el sistema penitenciario, así como, crear conciencia de la importancia en el desempeño de su función.
  • 62. Programas Programa Especial en Beneficio a las Mujeres Privadas de su libertad. Objetivo: Supervisar el respeto a los derechos humanos de las mujeres privadas de su libertad en los Centros Penitenciarios conforme al marco jurídico Nacional e Internacional. Análisis para determinar la perspectiva de género en la política que se implementa en los Centros Penitenciarios.
  • 63. Programas Programa de Atención Integral al Menor Infractor. Objetivo: Implementar programas específicos de educación en derechos humanos dirigidos a los jóvenes, propiciando con esto espacios de reflexión y diálogo con los adolescentes infractores, para que reconozcan su capacidad para enfrentarse a la libertad como personas íntegras con el pleno respeto de sus derechos y los derechos de los demás.Llevar a cabo acciones de observancia y supervisión del respeto a los Derechos Humanos en el sistema especial de justicia para adolescentes del Estado, en atención a las facultades que le confiere a este Organismo, el marco constitucional.
  • 64. Programas Programa de Derechos del Interno. Objetivo: Esta Comisión considera importante proporcionar capacitación y orientación a la población reclusa sobre sus derechos, con la finalidad de que éstos no sean ignorados y por lo tanto puedan hacer uso y defensa de ellos.
  • 65. Estrategias Supervisión y Monitoreo Continuo: Establecer un sistema de supervisión y monitoreo constante para asegurar que se cumplan las normas de derechos humanos. Programas de Reinserción Social: Desarrollar programas educativos, laborales y terapéuticos que faciliten la reinserción social de las personas privadas de la libertad. Mejoramiento de Condiciones de Vida: Asegurar la provisión de servicios básicos de salud, higiene y alimentación para mejorar las condiciones de vida dentro de los centros. Capacitación de Personal: Capacitar al personal penitenciario en derechos humanos y manejo de situaciones de crisis.
  • 66. Acciones Inspecciones Regulares: Realizar inspecciones periódicas para evaluar el cumplimiento de las normativas de derechos humanos y tomar medidas correctivas cuando sea necesario. Actividades Educativas y Laborales: Implementar talleres educativos y programas de capacitación laboral que permitan a los internos adquirir nuevas habilidades y conocimientos. Mejoras en Infraestructura: Realizar mejoras en la infraestructura de los centros penitenciarios para garantizar condiciones dignas de alojamiento. Programas Recreativos: Organizar actividades deportivas y recreativas que contribuyan al bienestar físico y mental de las personas privadas de la libertad.
  • 67. 3.7 RESOLUCIONES Las resoluciones de la CEDHNL son decisiones que emite esta institución tras investigar quejas o denuncias presentadas por ciudadanos sobre presuntas violaciones a los derechos humanos por parte de autoridades públicas en el estado de Nuevo León. La CEDHNL se encarga de proteger y promover los derechos humanos dentro del estado, y cuando recibe una denuncia, puede realizar investigaciones y emitir recomendaciones o resoluciones. Para presentar una queja se puede hacer por via presencial ,telefonica, por correo o por la pagina web ARTICULO 25:Las personas físicas o morales, afectadas en sus derechos fundamentales o en los de sus integrantes, podrán ocurrir ante la comisión estatal de derechos humanos a presentar directamente o por medio de sus representantes, las quejas o denuncias respectivas. En el caso de que los quejosos se encuentren privados de su libertad, o se ignore su paradero, los hechos podrán ser denunciados por sus parientes o cualquier otra persona que conozca de ellos, incluyendo a los menores de edad.
  • 68. 3.7 RESOLUCIONES ARTICULO 34:Una vez admitida la queja o denuncia, la comisión procederá a comunicar a la autoridad o servidor público contra quien se interponga, el contenido de la misma, solicitando, por los medios idóneos a su alcance, un informe sobre los actos, omisiones o resoluciones que se le atribuyen, dentro del término de quince días naturales. En casos urgentes a juicio de la comisión, dicho plazo podrá ser reducido hasta a cuarenta y ocho horas. ARTICULO 40:El visitador tiene la facultad de solicitar a las autoridades competentes que se implementen medidas precautorias o cautelares para prevenir violaciones irreparables o daños difíciles de reparar a los afectados. Además, puede pedir la modificación de estas medidas si cambian las circunstancias que las justificaron. Estas medidas pueden ser de conservación o restitutorias, según lo que requiera el caso.
  • 69. 3.8 Recomendaciones Definición: Las recomendaciones son pronunciamientos emitidos por la CEDHNL cuando se ha comprobado la existencia de violaciones a los derechos humanos. Para qué sirve: Sirven para hacer un llamado a las autoridades responsables a fin de que adopten medidas para reparar el daño, evitar su repetición y, en algunos casos, sancionar a los responsables. Cómo se hace: La CEDHNL realiza una investigación detallada y, si se confirman las violaciones, emite una recomendación dirigida a la autoridad responsable. La autoridad tiene la obligación de responder y, de ser posible, aceptar y cumplir con lo recomendado.
  • 70. Recomendaciones Artículo 6, fracción IV: Establece la facultad de la Comisión Estatal de Derechos Humanos para formular y dirigir recomendaciones a las autoridades con el fin de reparar violaciones de derechos humanos. Artículo 10, fracción VII: La persona titular de la presidencia de la Comisión tiene la facultad de aprobar y emitir recomendaciones derivadas de las investigaciones realizadas. Artículo 46: La recomendación será autónoma, no tendrá carácter imperativo para la autoridad o servidor público a los cuales se dirija y no podrá anular, modificar o dejar sin efecto las resoluciones o actos contra los cuales se hubiese presentado la queja o denuncia. Artículos 45 y 47: Explican el proceso para formular un proyecto de recomendación y el derecho de inconformidad que puede ejercerse contra las recomendaciones emitidas. Artículo 50: Regula la notificación a los quejosos sobre el estado de las recomendaciones, su aceptación, y su ejecución.
  • 71. Recomendaciones Artículo 34: -Una vez admitida la queja o denuncia, la comisión procederá a comunicar a la autoridad o servidor público contra quien se interponga, el contenido de la misma, solicitando, por los medios idóneos a su alcance, un informe sobre los actos, omisiones o resoluciones que se le atribuyen, dentro del término de quince días naturales. En casos urgentes a juicio de la comisión, dicho plazo podrá ser reducido hasta a cuarenta y ocho horas.
  • 72. 3.9 Acuerdos de No Responsabilidad Definición: Los acuerdos de no responsabilidad son resoluciones donde la CEDHNL determina que no hubo violaciones a los derechos humanos en los casos investigados. Para qué sirve: Sirven para concluir oficialmente un caso cuando se determina que no hubo abuso o violación de derechos. Cómo se hace: Tras la investigación, si se concluye que no hubo violación a los derechos humanos, la CEDHNL emite un acuerdo de no responsabilidad que cierra el caso.
  • 73. Acuerdos de no responsabilidad Artículo 44: Señala que, en caso de que no se compruebe que las autoridades o servidores públicos hayan cometido violaciones de derechos humanos, la Comisión dictará un acuerdo de no responsabilidad. Artículo 49: Indica que las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad se refieren a casos específicos y no pueden aplicarse a otros por analogía o mayoría de razón. Artículo 50: Menciona que, entre los resultados que la Comisión debe notificar a los quejosos, se encuentra el acuerdo de no responsabilidad. Artículo 53: Establece que los informes anuales de la Comisión incluirán un resumen de las quejas presentadas, las recomendaciones emitidas y los acuerdos de no responsabilidad formulados.
  • 74. 3.10 Conciliaciones Definición: Las conciliaciones son acuerdos entre las partes involucradas en una queja de derechos humanos, facilitados por la CEDHNL, para resolver el conflicto de manera amigable. Para qué sirve: Sirven para resolver conflictos de derechos humanos sin necesidad de llegar a una recomendación formal, promoviendo la resolución pacífica y consensuada. Cómo se hace: La CEDHNL actúa como mediador entre las partes, facilitando el diálogo y ayudando a llegar a un acuerdo mutuamente aceptable.
  • 75. Conciliaciones Artículo 6, Fracción III: La Comisión Estatal de Derechos Humanos procurará la solución inmediata del conflicto mediante diálogo y conciliación entre las partes, cuando la naturaleza del caso lo permita. Artículo 22, Fracción III: Los visitadores de la Comisión tienen la facultad de realizar actividades necesarias para lograr la solución inmediata de violaciones de derechos humanos mediante conciliación. Artículo 36: La Comisión buscará el contacto directo con las autoridades o servidores públicos para propiciar una solución conciliatoria y restituir al quejoso en el goce de sus derechos. Si se logra la conciliación, se archivará el expediente, con posibilidad de reabrirlo si no se cumple con lo pactado en 90 días naturales. Artículo 39: Cuando un asunto no se resuelva por vía conciliatoria, los visitadores deberán iniciar investigaciones formales para resolver el caso.
  • 76. Conciliaciones Artículo 46 : Establece que la Comisión puede resolver quejas mediante conciliación entre el quejoso y la autoridad implicada, si ambas partes lo aceptan. El acuerdo conciliatorio debe constar por escrito y, al firmarse, concluye el proceso. Si el acuerdo no se cumple, el expediente puede reabrirse.
  • 77. 3.11 Acciones de Inconstitucionalidad Definición: Las acciones de inconstitucionalidad son recursos legales que la CEDHNL puede interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando considera que una ley o acto de autoridad viola la Constitución. Para qué sirve: Sirven para impugnar leyes o actos administrativos que se consideran contrarios a la Constitución y proteger los derechos humanos. Cómo se hace: La CEDHNL presenta una demanda ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación argumentando las razones por las cuales considera que la ley o acto es inconstitucional. La Corte revisa el caso y emite una resolución.
  • 78. Acciones de inconstitucionalidad Artículo 103 Los Tribunales Federales resolverán controversias sobre violaciones a derechos humanos reconocidos por la Constitución o tratados internacionales, actos de la autoridad federal que vulneren la soberanía de los estados o la Ciudad de México, y actos de autoridades locales que invadan competencias federales Artículo 104 Los Tribunales Federales conocerán de delitos del orden federal, disputas civiles o mercantiles sobre leyes federales o tratados (aunque pueden tratarse en tribunales locales si afectan solo intereses particulares), y recursos de revisión contra resoluciones de tribunales administrativos con ciertas restricciones en su impugnación
  • 79. 4.0 QUE ES LA CNDH Funciones principales de la CNDH: Recepción de quejas: La CNDH recibe y analiza quejas de personas que consideran que sus derechos humanos han sido violados por actos u omisiones de autoridades federales o de otros organismos públicos. Investigación: La comisión investiga las quejas recibidas para determinar si efectivamente hubo violaciones a los derechos humanos. Emisión de recomendaciones: Si la CNDH encuentra que se han violado derechos humanos, puede emitir recomendaciones a las autoridades responsables, instándolas a corregir las violaciones y reparar los daños causados. Promoción y educación: La CNDH realiza actividades para promover el respeto a los derechos humanos, como campañas de sensibilización, educación y capacitación en derechos humanos tanto para la ciudadanía como para servidores públicos. Estudio y análisis: La CNDH investiga y publica estudios sobre la situación de los derechos humanos en México, con el fin de mejorar las políticas públicas y la legislación en este ámbito. Asesoría jurídica: Ofrece orientación y asesoría jurídica gratuita a quienes consideran que sus derechos han sido vulnerados. Importancia de la CNDH: Autonomía: Al ser un organismo autónomo, la CNDH opera con independencia del gobierno, lo que le permite actuar de manera imparcial en la defensa de los derechos humanos. Protección de derechos: La CNDH es una instancia fundamental para la protección de los derechos humanos en México, especialmente en casos donde las autoridades pueden ser responsables de violaciones. Vigilancia del Estado: Actúa como un vigilante del respeto a los derechos humanos por parte de las autoridades federales y, en algunos casos, de autoridades estatales y municipales.
  • 80. La CNDH es un organismo publico, autónomo y federal, el cual promueve, protege, difunde los derechos humanos, ademas investiga las presuntas violaciones a estos. 4.0 QUE ES LA CNDH examen
  • 81. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en México funciona así: Recepción de Quejas: Cualquier persona puede presentar una queja si cree que sus derechos han sido violados por una autoridad federal. La CNDH revisa y admite la queja si corresponde. Investigación: La CNDH investiga el caso, recopila pruebas y solicita información a las autoridades implicadas. Emisión de Recomendaciones: Si se confirma una violación, la CNDH emite una recomendación a la autoridad responsable. Aunque no es vinculante, las autoridades suelen cumplirla para evitar problemas. Seguimiento: La CNDH monitorea el cumplimiento de sus recomendaciones y puede presionar políticamente si no se cumplen. Promoción y Educación: La CNDH organiza capacitaciones y campañas para promover el respeto a los derechos humanos. Estudios y Publicaciones: Realiza estudios y publica informes sobre derechos humanos en México, y puede proponer reformas. Asesoría Jurídica y Mediación: Ofrece orientación legal gratuita y facilita mediaciones para resolver conflictos. LA CNDH
  • 82. La CNDH tiene por objeto esencial la protección de los derechos humanos, además, lleva a cabo otras actividades como las de observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos. Para lograr lo anterior, la ley le otorga las siguientes atribuciones específicas. Recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos; Conocer e investigar presuntas violaciones de derechos humanos, por acciones u omisiones de las autoridades administrativas de carácter federal, o por la tolerancia o anuencia de la autoridad de conductas ilícitas que realicen particulares o agentes sociales; Formular recomendaciones públicas, denuncias y quejas ante las autoridades respectivas, cuando se decida en última instancia las inconformidades que se presenten respecto de las recomendaciones y acuerdos de los organismos de derechos humanos de las Entidades Federativas; así como por insuficiencia en el cumplimiento de las recomendaciones de éstos por parte de las autoridades locales. Procurar la conciliación entre los quejosos y las autoridades señaladas como responsables, así como la inmediata solución de un conflicto planteado, cuando la naturaleza del caso lo permita; Impulsar la observancia de los derechos humanos en el país; Promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los derechos humanos en el ámbito nacional e internacional; Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de derechos humanos; Formular programas y proponer acciones en coordinación con las dependencias competentes que impulsen el cumplimiento dentro del territorio nacional de los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados por México en materia de derechos humanos Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema penitenciario, mediante la elaboración de un diagnóstico anual sobre la situación que guardan los centros de reinserción social en el país. La observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad entre mujeres y hombres. Presentar acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando exista una ley o tratado que se estime que vulnera derechos humanos. Coordinar las acciones del Mecanismo Nacional de Prevención en ejercicio de las facultades que establece el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 4.1 Principales funciones y atribuciones Art 6 L. CNDH PARA EXAMEN APRENDERSE LAS PRIMERAS 4 ATRIBUCIONES
  • 84. 4.3 Normatividad Federal Cuerpo normativo que opera a nivel nacional y que se compone de leyes que desarrollan los preceptos de la Constitución Política del país, de reglamentos que regulan la implementación de las leyes, y de normas que especifican características de productos y servicios, en cumplimiento con reglamentos y leyes. 7
  • 85. Cuerpo normativo que opera a nivel nacional y que se compone de leyes que desarrollan los preceptos de la Constitución Política del país, de reglamentos que regulan la implementación de las leyes, y de normas que especifican características de productos y servicios, en cumplimiento con reglamentos y leyes. examen 5. Legislación
  • 86. 5.1 Tratados y convenios Internacionales Los Convenios Internacionales son instrumentos de carácter normativo, en donde existe una concordancia de voluntades entre dos o más sujetos de Derecho Internacional, destinados a producir efectos jurídicos y con el fin de crear derechos y obligaciones entre las Partes. Tratado internacional, es un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular. (Art. 2 primer párrafo de la Convención de Viena).
  • 87. No aprender fechas solo propositos del tratado
  • 90. 5.2 LEYES FEDERALES Las leyes federales son normas jurídicas que rigen a nivel Nacional y son emitidas por el congreso de la unión, que esta compuesto por la cámara de diputados y el senado de la república TIPOS DE LEYES FEDERALES -Leyes Constitucionales -Leyes Ordinarias -Leyes Reglamentarias
  • 91. Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos: Art .1 - Art .3 - Art .5 - Art .6 Ley General de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Art .13 - Art .39 - Art.50 Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores Art .5 - Art .6 - Art .8 - Art . 22 LEYES FEDERALES
  • 92. La reglamentación federal en derechos humanos en México ha sido reforzada principalmente a través de normas y tratados internacionales, incorporados al marco legal mediante la reforma constitucional de 2011. Esta reforma incluida en el artículo 1º el mandato para que todas las autoridades promuevan, respeten, protejan y garantizan los derechos humanos, conforme a principios como la universalidad y progresividad. Esto obliga a las instituciones mexicanas a prevenir, investigar, sancionar y reparar violaciones a los derechos humanos, ya aplicar siempre la interpretación que favorezca la protección de estos derechos. 5.3 REGLAMENTACION FEDERAL
  • 93. 5.4 PROTOCOLOS existen varios protocolos relacionados con derechos humanos que son fundamentales para guiar a los operadores de justicia y funcionarios federales en el trato adecuado a grupos en situación de vulnerabilidad y en la protección de derechos fundamentales. Algunos de estos protocolos son promovidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y otras instituciones federales, y están alineados con estándares internacionales. Protocolos generales Protocolo para juzgar con perspectiva de género Protocolo de protección para personas defensoras de derechos humanos y periodistas Protocolos para grupos vulnerables
  • 94. 5.5 REFORMA CONSTITUCIONAL 2011 ART. 1 2011 La reforma de 2011 transformó el artículo 1 con una perspectiva centrada en los derechos humanos. Se introdujo la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de acuerdo con los estándares internacionales. Además, el principio de interpretación conforme se inició para que las normas se interpretaran favoreciendo siempre a la persona, lo que permite que los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales firmados por México tengan la misma validez y obligatoriedad que los derechos nacionales. La reforma inició también el principio pro persona , indicando que, en caso de conflicto, debe aplicarse la interpretación más favorable a la persona, lo que implica una jerarquización que coloca los derechos humanos en un lugar central del orden jurídico.
  • 95. 2024 La propuesta de reforma de 2024 al artículo 1 se centra en perfeccionar y adaptar las disposiciones de 2011. A través de una propuesta aún en discusión, se busca fortalecer los mecanismos de protección de derechos humanos con un enfoque específico en igualdad de acceso y no discriminación. . Además, se proyecta consolidar la interpretación de derechos humanos mediante criterios nacionales que estén en sintonía con los desarrollos internacionales, buscando unificar aún más el bloque de constitucionalidad y cerrar cualquier posible espacio para interpretaciones que restrinjan estos derechos. La reforma de 2024 también introducirá una serie de regulaciones destinadas a hacer más explícitas las condiciones bajo las cuales pueden suspenderse ciertos derechos, con el objetivo de garantizar la seguridad nacional sin afectar desproporcionadamente a la ciudadanía.
  • 97. El control de convencionalidad es un mecanismo utilizado para asegurar que las normas y prácticas internas de un Estado se ajusten a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). En México, este control es ejercido principalmente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y otros operadores de justicia, como jueces y fiscales. ¿Cómo funciona? Examen Normativo: Las autoridades nacionales revisan las leyes, políticas y prácticas para asegurar su compatibilidad con la CADH (Convención Americana sobre Derechos Humanos). 1. Sentencias de la Corte IDH: La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) puede dictar sentencias que ordenen la modificación, derogación o reforma de normas internas incompatibles con la Convención. 2. Obligación de los Operadores de Justicia: Los jueces y fiscales están obligados a aplicar el control de convencionalidad en sus decisiones y resoluciones. 3. . 5.6 CONTROL DE CONVENCIONALIDAD ENTRE LAS NORMAS INTERNAS Y LA CONVENCIÓN AMERICANA
  • 98. Importancia Este control es crucial para proteger los derechos humanos y asegurar que México cumpla con sus obligaciones internacionales. Permite a los ciudadanos y organizaciones de derechos humanos presentar quejas ante la Corte IDH si consideran que sus derechos han sido violados por las autoridades nacionales. https://corteidh.or.cr/sitios/libros/todos/docs/cuadernillo7.pdf
  • 101. . 5.8 Resoluciones La resolución que emiten los organismos protectores de derechos humanos que determina la violación a los derechos humanos. Con esta resolución se señala a la autoridad su responsabilidad en la violación a los derechos humanos; se le indica a la autoridad la manera en que deberá restituir o reparar el daño al afectado y podrá solicitar a las autoridades correspondientes, el inicio de los procedimientos para, en su caso, sancionar a los servidores que hayan incurrido en la conducta violatoria de derechos humanos, o bien, solicitar a dichas autoridades la agilización y conclusión de los procedimientos que a la fecha de emisión de la recomendación se encuentren en trámite.
  • 102. 5.9 RECOMENDACIONES POR VIOLACIONES GRAVES Las Recomendaciones por Violaciones Graves son pronunciamientos emitidos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de México cuando se identifican violaciones graves a los derechos humanos, como desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, y otros actos que representan una grave violación de los derechos fundamentales. Con el propósito de abordar y corregir las violaciones graves a los derechos humanos, garantizando que las autoridades tomen medidas inmediatas y contundentes para prevenir futuras violaciones y reparar el daño causado.
  • 103. 1-https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2024-09/RecVG_166.pdf Violaciones graves -Al derecho de integridad personal por actos de tortura en agravio. -Violación a los derechos humanos a la libertad personal ,seguridad jurídica y legalidad. 2-https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2024-10/RecVG_167.pdf Violaciones graves -derechos humanos a la integridad personal y al trato digno, por tratos crueles, inhumanos y degradantes en agravio de QVD por elementos de la SEMAR 3-https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2024-09/RecVG_164.pdf Violaciones graves -A derechos humanos al debido proceso y acceso a la justicia por falta de diligencia en la búsqueda de personas desparecidas
  • 105. RECOMENDACIONES Entre las atribuciones que la CNDH tiene para proteger y defender los derechos humanos, destaca la de emitir recomendaciones a las autoridades determinadas como responsables de violaciones a los derechos humanos. Al respecto, en el artículo 6°, fracción III, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se le faculta para formular recomendaciones públicas no vinculatorias ante las autoridades respectivas, en los términos establecidos por el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • 106. Recomendaciones A continuación, se presenta la información relacionada con las 90 recomendaciones particulares emitidas, dirigidas a 78 autoridades diferentes en 165 ocasiones, de las cuales 81 fueron originadas por expediente de queja y nueve de inconformidad https://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=40088
  • 108. .¿QUÉ ES EL MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN DE LA TORTURA (MNPT)? Es la instancia encargada de la supervisión permanente y sistemática de los lugares de privación de la libertad en todo el territorio mexicano, a fin de prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
  • 109. PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD Cualquier forma de detención, encarcelamiento o custodia de una persona por orden de una autoridad judicial o administrativa o de otra autoridad pública, en una institución pública o privada de la cual no pueda salir libremente. https://tortura.cndh.org.mx/
  • 110. LUGARES DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD Son aquellas instalaciones oficiales, establecimientos privados o cualquier otro espacio físico, que son administrados por autoridades —municipales, estatales o federales— o por particulares, en los que las personas que se encuentran ahí no pueden salir libremente, con independencia de la razón que motiva la privación de la libertad.
  • 111. ACCIONES PREVENTIVAS DEL MNPT El MNPT tiene una acción esencialmente preventiva, la cual se establece mediante un sistema periódico de visitas que permiten examinar el trato, las condiciones y necesidades de las personas privadas de su libertad.
  • 112. Para la realización de estas visitas, el MNPT desarrolla una serie de instrumentos que sirven para recabar información del lugar de la detención y obtener datos jurídicos y médicos, así como información de las autoridades y de las personas privadas de la libertad, con la finalidad de detectar factores o situaciones de riesgo
  • 113. 5.12 acciones de inconstitucionalidad Las acciones de inconstitucionalidad se presentan para evitar que las leyes afecten los derechos humanos reconocidos en nuestra Norma Suprema. En caso de que una ley los vulnere, el Máximo Tribunal de nuestro país declara su invalidez.
  • 115. 5.13 Pronunciamientos, estudios e informes especiales
  • 116. INFORMES ESPECIALES Otro de los instrumentos con que cuenta esta Comisión Nacional, para defender y promover los derechos humanos, son los Informes Especiales, los cuales, además de hacer el diagnóstico de las problemáticas, posibilita hacer sugerencias de políticas públicas concretas.
  • 118. Turno de Comentarios (Bonitos) Criticas (Contributivas) Aportaciones (Monetarias) MUCHAS GRACIAS <3