República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular para la Educación Universitaria, Ciencia y
Tecnología
Universidad Fermín Toro
S.A.I.A.
Profesora:
Abg. Emili Rodríguez
Alumno:
Albie A. silva B.
C.I.: V-18.547.534
Derecho
Agosto de 2016
Como es de entenderse, los seres humanos al vivir en sociedad es
sumamente necesaria la convivencia y coexistencia, por ende es imperante
que existan mecanismos que regulen y direccionen dicha relación social, estas
herramientas permitirán un orden comunitario y por ende una sociedad justa,
adaptada y sobre todo de respeto mutuo, es aquí donde cumplen un papel
preponderante las leyes que rigen una nación, estas son las garantes de la
justicia y la paz. Pero como todo régimen legal debe tener un orden y una
jerarquización, que permita a los involucrados e interesados dar formación
estructurada de y delimitación sobre el grado de importancia y supremacía de
las leyes, pero fue el austriaco Han Kelsen con su orden jurídico que le dio
disposición y organización de las leyes que regulan un país, dándole escala de
mayor grado a la constitución ya que esta es la carta magna que funge como
marco sobre el cual se fundamenta la estructura y definición de la nación, luego
vienen las leyes orgánicas, leyes generales, los reglamentos, decretos y
contratos, en ese orden de mayor a menos grado. Pero por qué es la
constitución de una nación la máxima ley, y sobre esta no puede haber otra o
no existe otra norma que vaya en contra de lo en esta se expresa; primero
debemos definir que es constitución, cuáles son sus alcances y limitaciones; en
primer término se le debe dar origen etimológico a la palabra, esta proviene del
latín constitutio, cuyo significado es formar, fundar, componer, erigir; en
consecuencia esta es la acción y efecto de constituir, de formar y crear, pero
para Maurice Hariou, la constitución es “un conjunto de reglas en materia de
gobierno Estatal y de la vida de la comunidad. La Constitución de un Estado, es
un conjunto de reglas que son relativas al gobierno y a la vida de la comunidad
estatal”, inclusive la Reala Academia Española la define como “f. Ley
fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define
el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los
poderes e instituciones de la organización política”. Por consiguiente la
constitución la ley máxima que regula un estado, su estructura organizativa,
sus fundamentación, los valores y predeterminación del ordenamiento, la visión
ciudadana y todo aquel aspecto que sea de relevancia nacional, donde su fin
principal es dar características a la nación.
En el caso venezolano, la constitución vigente es la elegida por el poder
originario, a través de la Asamblea Nacional Constituyente mediante unas
elecciones de votación popular en el año 1999, en la búsqueda de establecer
una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural
en un estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de
la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, siempre teniendo como
orientación y fin fundamentalista asegurar el derecho a la vida, al trabajo, a la
cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni
subordinación alguna; su cuerpo y estructura está basada títulos y a su vez en
capítulos, lo cual permite una comprensión de lo que de esta se desprende;
siendo quizás el Capítulo I el mas importantes, ya que en este se fundamenta
todo lo referente a la visión, los valores nacionales, así como también la
orientación político-ideológica que llevaran a cabo los gobernantes en sus
funciones estatales. Es aquí el génesis de la constitución, es en este capítulo
donde están los cimientos de lo que será el cuerpo y articulado constitucional,
por ello lo que dará cabida a un sinfín de leyes y normas, que darán
características sociales del estado venezolano, por consiguiente es en este
capítulo donde se fijan las reglas que se deben cumplir, para llegar al propósito
de refundar la república, el articulado referente a este capítulo esta contentivo
de los primeros nueves capítulos. Para realizar un análisis coherente y consonó
con el orden constitucional, será de manera progresiva tal como está plasmado
en la carta magna venezolana, es decir comenzaremos hablando de los
principios fundamentales que se mencionan en el artículo uno; luego el articulo
dos, y así sucesivamente hasta llegar al artículo noveno, por supuesto
haciendo referencia a los alcances y objetivos, a los cuales están sujetos estos
fundamentos. Ahora bien, en el primer artículo de nuestra ley suprema, hace
mención sobre la libertad e independencia de la nación y su
autodeterminación; es decir Venezuela se establece a sí misma como un
territorio, teniendo el pueblo venezolano la capacidad de actuar y obrar bajo
sus propios preceptos, ideales, criterios y por voluntad propia, sin mayores
limitaciones que las impuestas por la ley, Venezuela se plantea como una
nación que no tiene dependencia de financiera, ni institucional, ni política de
otra nación u organismo supranacional, y esto va en concordancia con el
planteamiento de la declaración de los Derecho Humanos de las Naciones
Unidas es el mismo primer artículo donde reza “Todos los seres humanos
nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, siendo también el pueblo
venezolano quien decide y persigue su forma de gobierno, sus valores,
orientación cultural, ideológica y religiosa, rechazando todo tipo de injerencia
externa, esto tiene un alcance no solo nacional, a los poderes del estado y los
ciudadanos, sino da un mensaje claro a factores internacionales que inclusive
es nuestro mandato constitucional impedir cualquier tipo de intervención y
desavenencia en contra de nuestro territorio y la población venezolana.
Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y
de Justicia, así comienza el artículo dos de nuestra constitución fijando que
somos una nación cuyo régimen de gobierno es la democracia,
fundamentalmente regida por las normas y las leyes, y que no son solo los
ciudadanos que están obligados a cumplir con estas normas sino es el estado
que también esta coaccionado para ello, esto dado por el poder legítimo del
derecho para imponer su cumplimiento o prevalecer sobre su infracción, siendo
enfático en la aplicación de la justicia; darle a cada quien lo que corresponde y
que cada cual sea responsable ante la ley y la sociedad por sus actos y
omisiones, teniendo un alto grado moral sobre los actos estatales, aunque en la
práctica se debe fomentar este principio fundamental, ya que con regularidad
vemos como elementos del estado imponen y hacen cumplir las leyes pero al
momento de ser cumplidas por ellos o por cualquier otro par no se hace virtud
de este principio constitucional, es de mencionar que el concepto de estado de
derecho no es nuevo, ya que este tiene su fuente en los obras de Kant y de
Humboldt. Estos tenían como premisa de que la acción estatal tiene como
límite la salvaguardia de la libertad del individuo, por ende el estado no se ve
como un ente opresor ni al margen legal, sino también otro elemento más que
también es susceptible y está sujeto a las leyes. En cuanto al principio de
integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y
corresponsabilidad, Venezuela es una nación libre e independiente, por ende
no puede ver diezmada sus límites territoriales por cualquier otra nación u
organismo internacional que busque limitar o coartar el territorio nacional, ya
con los límites internacionales establecidos, por ende el estado, todos los que
habitamos y todo aquel que sienta arraigo en esta nación está obligado a
defenderla y a sus leyes, en cuanto a la cooperación y solidaridad; como está
fundamentada en los valores Bolivarianos, es de suma importancia que todos
los venezolanos y el estado cumpla con la integración continental y la ayuda
oportuna a otras naciones hermanas, y cuyas responsabilidad internacional se
asume de manera cooperativas, aunado a lo que se planteó con anterioridad
sobre la ayuda y apoyo internacional, pero no es solo el ayudad sino también
dejarse ayudar por distintos factores internacionales que puedan prestar algún
tipo colaboración, asistencia o alianza con nuestra nación. De la soberanía
popular, esta reside intransferiblemente en el pueblo; para dar una explicación
y generar un mejor entendimiento de este principio constitucional, de harán
desprendimiento de las palabras que lo componen, por una parte soberanía se
define como autoridad en la que reside el poder político y el diccionario de la
Real Academia Española la menciona como “f. Poder político supremo que
corresponde a un Estado independiente” y popular se entiende que es
referente o relativa al pueblo, por ende este precepto constitucional le da el
poder político y supremo al pueblo y este lo ejercerá mediante el sufragio, por
ende se entiende que es pueblo quien elige, y sus mandato es la última palabra
y como la misma constitución reza que se debe ejercer este derecho por medio
del voto, en consecuencia todo acto generado mediante la elección popular
tiene mayor peso, jerarquía y respaldo, ya que el poder que se asume es el
dado por la población como último juez en las decisiones referentes a su futuro,
no es que caso que siempre estemos de elección en elección, sino que
elijamos gobernantes que vayan en función de los interés del pueblo. Principio
de revocabilidad del mandato y pluralismo, esto se encuentra tipificado en el
artículo 6 y se profundiza el artículo 72 donde fija que todos los cargos de
elección popular son revocables, como en un principio de menciona que la
constitución está enmarcada en los ideales Bolivarianos, por el alto grado de
demócrata que tenía nuestro libertador, el cual se recopila a través de todos
sus pensamientos e idearios, y una de los más grandes premisas que
establecía el padre de la patria “nada es tan peligroso como dejar permanecer
largo tiempo en un mismo ciudadano el poder. El pueblo se acostumbra a
obedecerle y él se acostumbra a mandarlo; de donde se origina la usurpación y
la tiranía”, he de aquí donde se dispone el manto constitucional de la
alternabilidad en el poder y una figura nueva que permite la evaluación popular
de aquel gobernante, una vez cumplida la mitad del mandato pueda ser
sometido la apreciación de sus gestión y que sean los ciudadanos que lo
eligieron de castigarlo o premiarlo con el voto de confianza a través de la figura
del referendo revocatorio. Del ordenamiento jurídico, nuestra carta magna se
rige por los preceptos del orden jurídico con relación a esto Ramón Soriano lo
define como “sistema de normas e instituciones jurídicas vigentes en un grupo
social homogéneo y autónomo”, así como lo establecido por Han Kelsen en su
“Teoría Pura del Derecho” que: “Una pluralidad de normas constituyen una
unidad, un sistema o un orden cuando su validez reposa, en último análisis,
sobre una norma única”, como se menciona anteriormente, está formado por la
Constitución de la Republica, la como la norma suprema, por las leyes y del
poder ejecutivo, tales como los reglamentos, y otras regulaciones tales como
los tratados, convenciones, contratos y disposiciones particulares, y nada
puede ir en contra de esta, en caso que exista una ley que por cualquier motivo
se direccione en contra de lo que en esta se plantea, se considerara nula,
siendo el caso que el encargado para darle la última interpretación al articulado
constitucional (en caso que haya algún tipo de diatriba en torno a esto), a la
Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, pero cabe mencionar que
le ordenamiento jurídico es tan bueno o funciona tan bien como relativamente a
este se apeguen los organismos que conforman el estado, y como las demás
fuentes del derecho puedan generar garantías necesarias para el cumplimiento
de este.
Para hablar de los principios por los cuales se regirá la constitución
nacional, es de sumo cuidado respetar siempre los ideales bolivarianos, y el
talante republicano que tenía. No puede haber mandato, ni dictamen y mucho
menos leyes que vayan en contra de esto, así lo fija tácitamente la
Constitución, y consonó con los nuevos tiempos nuestra constitución genera
figuras representativas y da mayor poder al pueblo, al permitirles ser arte y
parte en todo lo referente a la vida diaria, a ser partícipe de sus propias
decisiones y su futuro. Cuando existan personas, organismos o funcionarios
que desvirtúen lo que en esta se expresa, la misma constitución da
herramientas y mecanismos para devolver a la población el control de su
porvenir teniendo un capitulo especifico a las garantías constitucionales.

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  • 1. República Bolivariana de Venezuela Ministerio del poder popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología Universidad Fermín Toro S.A.I.A. Profesora: Abg. Emili Rodríguez Alumno: Albie A. silva B. C.I.: V-18.547.534 Derecho Agosto de 2016
  • 2. Como es de entenderse, los seres humanos al vivir en sociedad es sumamente necesaria la convivencia y coexistencia, por ende es imperante que existan mecanismos que regulen y direccionen dicha relación social, estas herramientas permitirán un orden comunitario y por ende una sociedad justa, adaptada y sobre todo de respeto mutuo, es aquí donde cumplen un papel preponderante las leyes que rigen una nación, estas son las garantes de la justicia y la paz. Pero como todo régimen legal debe tener un orden y una jerarquización, que permita a los involucrados e interesados dar formación estructurada de y delimitación sobre el grado de importancia y supremacía de las leyes, pero fue el austriaco Han Kelsen con su orden jurídico que le dio disposición y organización de las leyes que regulan un país, dándole escala de mayor grado a la constitución ya que esta es la carta magna que funge como marco sobre el cual se fundamenta la estructura y definición de la nación, luego vienen las leyes orgánicas, leyes generales, los reglamentos, decretos y contratos, en ese orden de mayor a menos grado. Pero por qué es la constitución de una nación la máxima ley, y sobre esta no puede haber otra o no existe otra norma que vaya en contra de lo en esta se expresa; primero debemos definir que es constitución, cuáles son sus alcances y limitaciones; en primer término se le debe dar origen etimológico a la palabra, esta proviene del latín constitutio, cuyo significado es formar, fundar, componer, erigir; en consecuencia esta es la acción y efecto de constituir, de formar y crear, pero para Maurice Hariou, la constitución es “un conjunto de reglas en materia de gobierno Estatal y de la vida de la comunidad. La Constitución de un Estado, es un conjunto de reglas que son relativas al gobierno y a la vida de la comunidad estatal”, inclusive la Reala Academia Española la define como “f. Ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política”. Por consiguiente la constitución la ley máxima que regula un estado, su estructura organizativa, sus fundamentación, los valores y predeterminación del ordenamiento, la visión ciudadana y todo aquel aspecto que sea de relevancia nacional, donde su fin principal es dar características a la nación.
  • 3. En el caso venezolano, la constitución vigente es la elegida por el poder originario, a través de la Asamblea Nacional Constituyente mediante unas elecciones de votación popular en el año 1999, en la búsqueda de establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, siempre teniendo como orientación y fin fundamentalista asegurar el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; su cuerpo y estructura está basada títulos y a su vez en capítulos, lo cual permite una comprensión de lo que de esta se desprende; siendo quizás el Capítulo I el mas importantes, ya que en este se fundamenta todo lo referente a la visión, los valores nacionales, así como también la orientación político-ideológica que llevaran a cabo los gobernantes en sus funciones estatales. Es aquí el génesis de la constitución, es en este capítulo donde están los cimientos de lo que será el cuerpo y articulado constitucional, por ello lo que dará cabida a un sinfín de leyes y normas, que darán características sociales del estado venezolano, por consiguiente es en este capítulo donde se fijan las reglas que se deben cumplir, para llegar al propósito de refundar la república, el articulado referente a este capítulo esta contentivo de los primeros nueves capítulos. Para realizar un análisis coherente y consonó con el orden constitucional, será de manera progresiva tal como está plasmado en la carta magna venezolana, es decir comenzaremos hablando de los principios fundamentales que se mencionan en el artículo uno; luego el articulo dos, y así sucesivamente hasta llegar al artículo noveno, por supuesto haciendo referencia a los alcances y objetivos, a los cuales están sujetos estos fundamentos. Ahora bien, en el primer artículo de nuestra ley suprema, hace mención sobre la libertad e independencia de la nación y su autodeterminación; es decir Venezuela se establece a sí misma como un territorio, teniendo el pueblo venezolano la capacidad de actuar y obrar bajo sus propios preceptos, ideales, criterios y por voluntad propia, sin mayores limitaciones que las impuestas por la ley, Venezuela se plantea como una nación que no tiene dependencia de financiera, ni institucional, ni política de otra nación u organismo supranacional, y esto va en concordancia con el planteamiento de la declaración de los Derecho Humanos de las Naciones
  • 4. Unidas es el mismo primer artículo donde reza “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, siendo también el pueblo venezolano quien decide y persigue su forma de gobierno, sus valores, orientación cultural, ideológica y religiosa, rechazando todo tipo de injerencia externa, esto tiene un alcance no solo nacional, a los poderes del estado y los ciudadanos, sino da un mensaje claro a factores internacionales que inclusive es nuestro mandato constitucional impedir cualquier tipo de intervención y desavenencia en contra de nuestro territorio y la población venezolana. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, así comienza el artículo dos de nuestra constitución fijando que somos una nación cuyo régimen de gobierno es la democracia, fundamentalmente regida por las normas y las leyes, y que no son solo los ciudadanos que están obligados a cumplir con estas normas sino es el estado que también esta coaccionado para ello, esto dado por el poder legítimo del derecho para imponer su cumplimiento o prevalecer sobre su infracción, siendo enfático en la aplicación de la justicia; darle a cada quien lo que corresponde y que cada cual sea responsable ante la ley y la sociedad por sus actos y omisiones, teniendo un alto grado moral sobre los actos estatales, aunque en la práctica se debe fomentar este principio fundamental, ya que con regularidad vemos como elementos del estado imponen y hacen cumplir las leyes pero al momento de ser cumplidas por ellos o por cualquier otro par no se hace virtud de este principio constitucional, es de mencionar que el concepto de estado de derecho no es nuevo, ya que este tiene su fuente en los obras de Kant y de Humboldt. Estos tenían como premisa de que la acción estatal tiene como límite la salvaguardia de la libertad del individuo, por ende el estado no se ve como un ente opresor ni al margen legal, sino también otro elemento más que también es susceptible y está sujeto a las leyes. En cuanto al principio de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad, Venezuela es una nación libre e independiente, por ende no puede ver diezmada sus límites territoriales por cualquier otra nación u organismo internacional que busque limitar o coartar el territorio nacional, ya con los límites internacionales establecidos, por ende el estado, todos los que habitamos y todo aquel que sienta arraigo en esta nación está obligado a defenderla y a sus leyes, en cuanto a la cooperación y solidaridad; como está
  • 5. fundamentada en los valores Bolivarianos, es de suma importancia que todos los venezolanos y el estado cumpla con la integración continental y la ayuda oportuna a otras naciones hermanas, y cuyas responsabilidad internacional se asume de manera cooperativas, aunado a lo que se planteó con anterioridad sobre la ayuda y apoyo internacional, pero no es solo el ayudad sino también dejarse ayudar por distintos factores internacionales que puedan prestar algún tipo colaboración, asistencia o alianza con nuestra nación. De la soberanía popular, esta reside intransferiblemente en el pueblo; para dar una explicación y generar un mejor entendimiento de este principio constitucional, de harán desprendimiento de las palabras que lo componen, por una parte soberanía se define como autoridad en la que reside el poder político y el diccionario de la Real Academia Española la menciona como “f. Poder político supremo que corresponde a un Estado independiente” y popular se entiende que es referente o relativa al pueblo, por ende este precepto constitucional le da el poder político y supremo al pueblo y este lo ejercerá mediante el sufragio, por ende se entiende que es pueblo quien elige, y sus mandato es la última palabra y como la misma constitución reza que se debe ejercer este derecho por medio del voto, en consecuencia todo acto generado mediante la elección popular tiene mayor peso, jerarquía y respaldo, ya que el poder que se asume es el dado por la población como último juez en las decisiones referentes a su futuro, no es que caso que siempre estemos de elección en elección, sino que elijamos gobernantes que vayan en función de los interés del pueblo. Principio de revocabilidad del mandato y pluralismo, esto se encuentra tipificado en el artículo 6 y se profundiza el artículo 72 donde fija que todos los cargos de elección popular son revocables, como en un principio de menciona que la constitución está enmarcada en los ideales Bolivarianos, por el alto grado de demócrata que tenía nuestro libertador, el cual se recopila a través de todos sus pensamientos e idearios, y una de los más grandes premisas que establecía el padre de la patria “nada es tan peligroso como dejar permanecer largo tiempo en un mismo ciudadano el poder. El pueblo se acostumbra a obedecerle y él se acostumbra a mandarlo; de donde se origina la usurpación y la tiranía”, he de aquí donde se dispone el manto constitucional de la alternabilidad en el poder y una figura nueva que permite la evaluación popular de aquel gobernante, una vez cumplida la mitad del mandato pueda ser
  • 6. sometido la apreciación de sus gestión y que sean los ciudadanos que lo eligieron de castigarlo o premiarlo con el voto de confianza a través de la figura del referendo revocatorio. Del ordenamiento jurídico, nuestra carta magna se rige por los preceptos del orden jurídico con relación a esto Ramón Soriano lo define como “sistema de normas e instituciones jurídicas vigentes en un grupo social homogéneo y autónomo”, así como lo establecido por Han Kelsen en su “Teoría Pura del Derecho” que: “Una pluralidad de normas constituyen una unidad, un sistema o un orden cuando su validez reposa, en último análisis, sobre una norma única”, como se menciona anteriormente, está formado por la Constitución de la Republica, la como la norma suprema, por las leyes y del poder ejecutivo, tales como los reglamentos, y otras regulaciones tales como los tratados, convenciones, contratos y disposiciones particulares, y nada puede ir en contra de esta, en caso que exista una ley que por cualquier motivo se direccione en contra de lo que en esta se plantea, se considerara nula, siendo el caso que el encargado para darle la última interpretación al articulado constitucional (en caso que haya algún tipo de diatriba en torno a esto), a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, pero cabe mencionar que le ordenamiento jurídico es tan bueno o funciona tan bien como relativamente a este se apeguen los organismos que conforman el estado, y como las demás fuentes del derecho puedan generar garantías necesarias para el cumplimiento de este. Para hablar de los principios por los cuales se regirá la constitución nacional, es de sumo cuidado respetar siempre los ideales bolivarianos, y el talante republicano que tenía. No puede haber mandato, ni dictamen y mucho menos leyes que vayan en contra de esto, así lo fija tácitamente la Constitución, y consonó con los nuevos tiempos nuestra constitución genera figuras representativas y da mayor poder al pueblo, al permitirles ser arte y parte en todo lo referente a la vida diaria, a ser partícipe de sus propias decisiones y su futuro. Cuando existan personas, organismos o funcionarios que desvirtúen lo que en esta se expresa, la misma constitución da herramientas y mecanismos para devolver a la población el control de su porvenir teniendo un capitulo especifico a las garantías constitucionales.