575154 NORMAS LEGALES Domingo 10 de enero de 2016 / El Peruano
Bases Estandarizadas y otros instrumentos referidos a la
aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y
a la mejora del sistema de contratación pública, así como
de mantener actualizados los instrumentos normativos
referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones
del Estado;
Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección
Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección
de Normatividad, a través del Informe Nº 018-2016/
DTN, propone el proyecto de Directiva que establece el
procedimiento para la “Participación de proveedores en
consorcio en las contrataciones del Estado”;
Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del
Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo
órgano del OSCE;
Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE,
señala como función del Consejo Directivo aprobar las
Directivas de alcance general en materia de contrataciones
del Estado;
Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante
Acuerdo Nº 002-002-2016/OSCE-CD de la Sesión
Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, de fecha 09 de enero
de 2016, acordó dejar sin efecto la Resolución Nº 391-
2012-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 016-2012-
OSCE/CD “Participación de proveedores en consorcio
en las contrataciones del Estado”, y aprobar la Directiva
“Participación de proveedores en consorcio en las
contrataciones del Estado”;
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto
resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo
Directivo;
De conformidad con el literal k) del artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del OSCE,
aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10,
modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con
los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de
Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con
las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la
Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2016-
OSCE/CD “Participación de proveedores en consorcio
en las contrataciones del Estado”, que forma parte de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 391-
2012-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 016-2012-
OSCE/CD “Participación de proveedores en consorcio en
las contrataciones del Estado”.
Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 002-2016-OSCE/
CD aprobada en el artículo 1º, en el Portal Web del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
– OSCE (www.osce.gob.pe).
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI ROJAS DELGADO
Presidenta Ejecutiva
1332095-2
Aprueban Directiva “Plan Anual de
Contrataciones”
RESOLUCIÓN Nº 010-2016-OSCE/PRE
Jesús María, 9 de enero de 2016
VISTOS:
El Acta del Consejo Directivo Nº 002-2016/OSCE-
CD, de fecha 09 de enero de 2016, correspondiente a
la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, el Informe
Nº 004-2016/DTN, de fecha 07 de enero de 2016, de la
Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 021-2016/
OAJ, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de
Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece
que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado – OSCE es un organismo técnico especializado
adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con
personería jurídica de derecho público, que constituye
pliego presupuestal y goza de autonomía técnica,
funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de
Contrataciones del Estado, señala que el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene
entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de
su competencia;
Que, los literales d) y e) del artículo 48º del Reglamento
de Organización y Funciones - ROF del OSCE, aprobado
por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado
por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, disponen como
funciones de la Dirección Técnico Normativa elaborar
y proponer Directivas de alcance general en materia
de contrataciones del Estado, en coordinación con los
Órganos de Línea del OSCE; así como elaborar manuales
y otros instructivos referidos a la aplicación de la
normativa de contrataciones del Estado y a la orientación
en materias de su competencia;
Que, el artículo 49º del referido Reglamento, señala que
la Sub Dirección de Normatividad de la Dirección Técnico
Normativa es responsable de la formulación de Directivas,
Bases Estandarizadas y otros instrumentos referidos a la
aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y
a la mejora del sistema de contratación pública, así como
de mantener actualizados los instrumentos normativos
referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones
del Estado;
Que, literal j) del artículo 62º del Reglamento de
Organización y Funciones del OSCE establece que la
Dirección del SEACE coordinará con la Dirección Técnico
Normativa la elaboración de Directivas relacionadas
con la aplicación de la normativa de contrataciones del
Estado;
Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección
Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección de
Normatividad, a través del Informe Nº 004-2016/DTN,
propone el proyecto de Directiva del “Plan Anual de
Contrataciones”;
Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del
Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo
órgano del OSCE;
Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE,
señala como función del Consejo Directivo aprobar las
Directivas de alcance general en materia de contrataciones
del Estado;
Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante
Acuerdo Nº 003-002-2016/OSCE-CD de la Sesión
Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, de fecha 09 de enero
de 2016, acordó dejar sin efecto la Resolución Nº 169-
2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 005-2009-
OSCE/CD “Plan Anual de Contrataciones”, y aprobar la
Directiva del “Plan Anual de Contrataciones”;
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto
resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo
Directivo;
De conformidad con el literal k) del artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del OSCE,
aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10,
modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con
los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de
Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con
las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la
Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 003-2016-OSCE/
CD “Plan Anual de Contrataciones”, que forma parte de la
presente Resolución.
575155NORMAS LEGALESDomingo 10 de enero de 2016El Peruano /
Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 169-
2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 005-2009-
OSCE/CD “Plan Anual de Contrataciones”.
Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 003-2016-OSCE/
CD aprobada en el artículo 1º, en el Portal Web del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
– OSCE (www.osce.gob.pe).
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI ROJAS DELGADO
Presidenta Ejecutiva
1332095-3
Aprueban Directiva “Lineamientos para la
contratación en la que se hace referencia a
determinada marca o tipo particular”
RESOLUCIÓN Nº 011-2016-OSCE/PRE
Jesús María, 9 de enero de 2016
VISTOS:
El Acta del Consejo Directivo Nº 002-2016/OSCE-
CD, de fecha 09 de enero de 2016, correspondiente a
la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, el Informe
Nº 017-2016/DTN,de fecha 07 de enero de 2016, de la
Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 020-2016/
OAJ, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de
Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece
que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado – OSCE es un organismo técnico especializado
adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con
personería jurídica de derecho público, que constituye
pliego presupuestal y goza de autonomía técnica,
funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de
Contrataciones del Estado, señala que el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene
entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de
su competencia;
Que, los literales d) y e) del artículo 48º del Reglamento
de Organización y Funciones - ROF del OSCE, aprobado
por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado
por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, disponen como
funciones de la Dirección Técnico Normativa elaborar
y proponer Directivas de alcance general en materia
de contrataciones del Estado, en coordinación con los
Órganos de Línea del OSCE; así como elaborar manuales
y otros instructivos referidos a la aplicación de la
normativa de contrataciones del Estado y a la orientación
en materias de su competencia;
Que, el artículo 49º del referido Reglamento, señala que
la Sub Dirección de Normatividad de la Dirección Técnico
Normativa es responsable de la formulación de Directivas,
Bases Estandarizadas y otros instrumentos referidos a la
aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y
a la mejora del sistema de contratación pública, así como
de mantener actualizados los instrumentos normativos
referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones
del Estado;
Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección
Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección
de Normatividad, a través del Informe Nº 017-2016/
DTN, propone el proyecto de Directiva que establece
los “Lineamientos para la contratación en la que se hace
referencia a determinada marca o tipo particular”, la cual
ha cumplido con desarrollar los aspectos específicos que
la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento
ordenan, indicando las precisiones que deben ser
consignadas en los procedimientos de contratación donde
se requiera determinada marca o tipo particular;
Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del
Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo
órgano del OSCE;
Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE,
señala como función del Consejo Directivo aprobar las
Directivas de alcance general en materia de contrataciones
del Estado;
Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante
Acuerdo Nº 004-002-2016/OSCE-CD de la Sesión
Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, de fecha 09 de enero
de 2016, acordó dejar sin efecto la Resolución Nº 358-
2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 010-2009-
OSCE/CD, y aprobar la Directiva que establece los
“Lineamientos para la contratación en la que se hace
referencia a determinada marca o tipo particular”;
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto
resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo
Directivo;
De conformidad con el literal k) del artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del OSCE,
aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10,
modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con
los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de
Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con
las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la
Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 004-2016-OSCE/
CD “Lineamientos para la contratación en la que se hace
referencia a determinada marca o tipo particular”, que
forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 358-
2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 010-2009-
OSCE/CD “Lineamientos para la contratación en la que
se hace referencia a determinada marca o tipo particular”.
Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 004-2016-OSCE/
CD aprobada en el artículo 1º, en el Portal Web del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
– OSCE (www.osce.gob.pe).
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI ROJAS DELGADO
Presidenta Ejecutiva
1332095-4
Aprueban Directiva “Procedimiento de
selección de Subasta Inversa Electrónica”
RESOLUCIÓN Nº 012-2016-OSCE/PRE
Jesús María, 9 de enero de 2016
VISTOS:
El Acta del Consejo Directivo Nº 002-2016/OSCE-
CD, de fecha 09 de enero de 2016, correspondiente a
la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, el Informe
Nº 008-2016/DTN, de fecha 07 de enero de 2016, de la
Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 017-2016/
OAJ, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de
Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece
que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado – OSCE es un organismo técnico especializado
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  • 1. 575154 NORMAS LEGALES Domingo 10 de enero de 2016 / El Peruano Bases Estandarizadas y otros instrumentos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y a la mejora del sistema de contratación pública, así como de mantener actualizados los instrumentos normativos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado; Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección de Normatividad, a través del Informe Nº 018-2016/ DTN, propone el proyecto de Directiva que establece el procedimiento para la “Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado”; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 002-002-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, de fecha 09 de enero de 2016, acordó dejar sin efecto la Resolución Nº 391- 2012-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 016-2012- OSCE/CD “Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado”, y aprobar la Directiva “Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado”; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el literal k) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2016- OSCE/CD “Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado”, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 391- 2012-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 016-2012- OSCE/CD “Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado”. Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 002-2016-OSCE/ CD aprobada en el artículo 1º, en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1332095-2 Aprueban Directiva “Plan Anual de Contrataciones” RESOLUCIÓN Nº 010-2016-OSCE/PRE Jesús María, 9 de enero de 2016 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 002-2016/OSCE- CD, de fecha 09 de enero de 2016, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, el Informe Nº 004-2016/DTN, de fecha 07 de enero de 2016, de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 021-2016/ OAJ, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de su competencia; Que, los literales d) y e) del artículo 48º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, disponen como funciones de la Dirección Técnico Normativa elaborar y proponer Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado, en coordinación con los Órganos de Línea del OSCE; así como elaborar manuales y otros instructivos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y a la orientación en materias de su competencia; Que, el artículo 49º del referido Reglamento, señala que la Sub Dirección de Normatividad de la Dirección Técnico Normativa es responsable de la formulación de Directivas, Bases Estandarizadas y otros instrumentos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y a la mejora del sistema de contratación pública, así como de mantener actualizados los instrumentos normativos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado; Que, literal j) del artículo 62º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE establece que la Dirección del SEACE coordinará con la Dirección Técnico Normativa la elaboración de Directivas relacionadas con la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado; Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección de Normatividad, a través del Informe Nº 004-2016/DTN, propone el proyecto de Directiva del “Plan Anual de Contrataciones”; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 003-002-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, de fecha 09 de enero de 2016, acordó dejar sin efecto la Resolución Nº 169- 2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 005-2009- OSCE/CD “Plan Anual de Contrataciones”, y aprobar la Directiva del “Plan Anual de Contrataciones”; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el literal k) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 003-2016-OSCE/ CD “Plan Anual de Contrataciones”, que forma parte de la presente Resolución.
  • 2. 575155NORMAS LEGALESDomingo 10 de enero de 2016El Peruano / Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 169- 2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 005-2009- OSCE/CD “Plan Anual de Contrataciones”. Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 003-2016-OSCE/ CD aprobada en el artículo 1º, en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1332095-3 Aprueban Directiva “Lineamientos para la contratación en la que se hace referencia a determinada marca o tipo particular” RESOLUCIÓN Nº 011-2016-OSCE/PRE Jesús María, 9 de enero de 2016 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 002-2016/OSCE- CD, de fecha 09 de enero de 2016, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, el Informe Nº 017-2016/DTN,de fecha 07 de enero de 2016, de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 020-2016/ OAJ, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de su competencia; Que, los literales d) y e) del artículo 48º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, disponen como funciones de la Dirección Técnico Normativa elaborar y proponer Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado, en coordinación con los Órganos de Línea del OSCE; así como elaborar manuales y otros instructivos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y a la orientación en materias de su competencia; Que, el artículo 49º del referido Reglamento, señala que la Sub Dirección de Normatividad de la Dirección Técnico Normativa es responsable de la formulación de Directivas, Bases Estandarizadas y otros instrumentos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y a la mejora del sistema de contratación pública, así como de mantener actualizados los instrumentos normativos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado; Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección de Normatividad, a través del Informe Nº 017-2016/ DTN, propone el proyecto de Directiva que establece los “Lineamientos para la contratación en la que se hace referencia a determinada marca o tipo particular”, la cual ha cumplido con desarrollar los aspectos específicos que la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento ordenan, indicando las precisiones que deben ser consignadas en los procedimientos de contratación donde se requiera determinada marca o tipo particular; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 004-002-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, de fecha 09 de enero de 2016, acordó dejar sin efecto la Resolución Nº 358- 2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 010-2009- OSCE/CD, y aprobar la Directiva que establece los “Lineamientos para la contratación en la que se hace referencia a determinada marca o tipo particular”; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el literal k) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 004-2016-OSCE/ CD “Lineamientos para la contratación en la que se hace referencia a determinada marca o tipo particular”, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 358- 2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 010-2009- OSCE/CD “Lineamientos para la contratación en la que se hace referencia a determinada marca o tipo particular”. Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 004-2016-OSCE/ CD aprobada en el artículo 1º, en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1332095-4 Aprueban Directiva “Procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica” RESOLUCIÓN Nº 012-2016-OSCE/PRE Jesús María, 9 de enero de 2016 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 002-2016/OSCE- CD, de fecha 09 de enero de 2016, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, el Informe Nº 008-2016/DTN, de fecha 07 de enero de 2016, de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 017-2016/ OAJ, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con