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Seguro de Riesgos Laborales dentro del Marco  Internacional del Aseguramiento Dra. Queeny Fondeur Méndez Médico Ocupacional Especialista en Gerencia de los Servicios de Salud y Seguridad Social Taller COPARDOM Marzo 2010
Contenido Evolución Histórica del Aseguramiento de Riesgos Laborales. Seguro de Riesgos Laborales dentro del nuevo Sistema Dominicano de Seguridad Social. Principios del aseguramiento de riesgos laborales en el ámbito internacional. Situación del Seguro de Riesgos Laborales en la República Dominicana.
Evolución Histórica del Aseguramiento de Riesgos Laborales Período Situación Mundial Situación Rep. Dom. 1880 - 1900 Revolución Industrial. Período dictadura de Lilis.   Consecuencias de los riesgos     del trabajo soportados por el     trabajador.     Responsabilidad empresario     limitada a responsabilidad     civil por culpa.   1900 - 1920 Se establece la indemnización   Industria azucarera    obligatoria – responsabilidad objetiva. Agricultura en general mayores fuentes de trabajo.   Son aprobadas leyes de    compensación a los Condiciones de trabajo    trabajadores. infrahumanas.    
Evolución Histórica del Aseguramiento de Riesgos Laborales Período Situación Mundial Situación Rep. Dom. 1920 - 1950 Responsabilidad colectiva En 1932 surge la Ley sobre   frente al riesgo. Accidentes de Trabajo.   Cobertura de enfermedades En 1948 surge la Caja    profesionales y de accidentes del Seguro Social bajo   in itinere. el amparo de la ley 18-96   Obligatoriedad de Seguro sobre Seguros Sociales.   Social de accidentes. 1950 - 2000s La prevención como principio   En el 2001 la Ley 87-01   fundamental. crea el Seguro de Riesgos   Responsabilidad de los  Laborales, que aunque    aseguradores en las funciones tiene la prevención como    de prevención. un principio, se focaliza     en tratamientos e      Indemnizaciones.
Resumen Evolución 1950 1880 1900 2010 Responsabilidad por culpa Responsabilidad objetiva: Teoría del Riesgo Profesional Responsabilidad individual del empleador 1920 Políticas de SST: prevención
Seguro de Riesgos Laborales dentro del nuevo Sistema Dominicano de Seguridad Social La ley 87-01 promulgada en mayo del 2001, establece el Sistema Dominicano de Seguridad Social. Tiene como objeto regular y desarrollar todo lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.
Regímenes del SDSS Contributivo  (09/2007) Subsidiado  (11/2002) Contributivo – Subsidiado  (Pendiente)
Prestaciones del Régimen Contributivo Seguro Familiar de Salud Seguro de Riesgos Laborales Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia
Prestaciones Seguro de Riesgos Laborales Prestaciones en especie: Atención médica y odontológica. Prótesis, aparatos ortopédicos. Prestaciones en dinero: Subsidios por discapacidad temporal (75%) Indemnización por discapacidad Pensión por discapacidad
Aspectos Importantes a Resaltar El inicio del subsidio por accidente de trabajo, en trayecto o enfermedad profesional, inicia al  cuarto día  de incapacidad. El subsidio será equivalente al 75% del salario medio de base del asegurado.
Aspectos Importantes a Resaltar (Continuación) Tope de subsidio por incapacidad temporal : 52 semanas. El asegurado tiene derecho a los servicios médicos que necesite inmediatamente estas ocurran. Derecho de reclamación: prescribe a los 5 años.
Principios vigentes en las prácticas internacionales de aseguramiento Responsabilidad Objetiva Universalidad Subjetiva Automaticidad Integralidad Uniformidad
Principio de Responsabilidad Objetiva (empresario) El empresario responde no por ser considerado culpable del daño causado, sino por ser el causante originario del riesgo. Basado en la teoría del riesgo profesional, se origina el concepto de “Seguro de Accidente”.
Principio de Universalidad Subjetiva Todos los trabajadores asalariados están cubiertos en forma obligatoria, cualquiera que sea la labor que ejecuten, indistintamente de la naturaleza de la empresa, institución, servicio o persona para la que trabaje, pública o privada.
Principio de Universalidad Subjetiva País Beneficiarios Perú Trabajadores de empresas que realizan actividades de riesgo Bolivia Todos los trabajadores afiliados al Seguro Social Obligatorio Colombia Trabajadores dependientes afiliados al seguro General de Riesgos  Profesionales Venezuela Trabajadores dependientes de empresas privadas, publicas o estatales México Todos lo trabajadores  afiliados al Seguro Social Chile Todos los trabajadores dependientes Costa Rica Todos los trabajadores dependientes Argentina Todos los trabajadores dependientes España Todos los trabajadores dependientes República Dominicana Los trabajadores dependientes y los empleadores
Principio de Automaticidad La sola ocurrencia del siniestro laboral genera en el trabajador el derecho a las prestaciones de ley, aún cuando el empleador no este al día en el pago de las cotizaciones, e incluso si no existe un contrato por escrito.
Principio de Integralidad Las prestaciones han de ser integrales: Promoción Prevención Curación Rehabilitación
Principio de Unidad El régimen de prestaciones aplicable es el mismo para cada asegurado. Contempla la coexistencia de la gestión operativa pública con la gestión privada.
Gestión País Gestión Bélgica Compañías de Seguros Privadas Colombia Administradoras de Riesgos Profesionales Privadas y  Seguro  Social Argentina ART, públicas y privadas, con o sin fines de lucro México Instituto Mexicano de Seguros Sociales Costa Rica Instituto Nacional de Seguros  Alemania Régimen administrado por las asociaciones del Seguro de Responsabilidad Patronal. España Administración a cargo de mutuas públicas y privadas República  Dominicana Instituto Dominicano de Seguros Sociales
Financiamiento Idealmente debe existir una vinculación entre los instrumentos de financiamientos y las políticas de prevención de riesgos. Parte de los ingresos debe destinarse de manera sistémica  a la prevención. Se debe incentivar una conducta preventiva por parte del empleador.
Situación del Seguro de Riesgos Laborales a la luz de la prácticas internacionales de aseguramiento Principio Cumplimiento Responsabilidad Objetiva  Universalidad Aunque la ley incluye a los trabajadores por cuenta propia, los mismos aun no han sido integrados. Automaticidad  Integralidad Aun es necesario darle mayor relevancia y carácter a la Promoción y Prevención, capacitación técnica de los actores. Unidad 
Situación del Seguro de Riesgos Laborales a la luz de la prácticas internacionales de aseguramiento (modificaciones) Aspectos 2004 2007 Salario cotizable 6 salarios mínimos 4 salarios mínimos Cuota adicional Riesgo tipo I 0.20% 0.10% Riesgo tipo II 0.30% 0.15% Riesgo tipo III 0.40% 0.20% Riesgo tipo IV 0.60% 0.30% Incentivo Aumento o disminución 0.10% 0.05% cuota adicional según Índice de siniestralidad
Distribución Cotización Gastos administrativos 10% Gastos médicos por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales 15% Prestaciones económicas 75%
Agenda Pendiente en Riesgos Laborales Reglamentar y desarrollar el  Sistema Nacional de Registro y Notificación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales . Dicho sistema permitirá: A.- Tomar medidas para prevenir y controlar accidentes y/o enfermedades de trabajo. B.- Servir de base para la revisión del monto de las tasas básicas (según la actividad económica)
Agenda Reforzar los aspectos de Promoción y Prevención dentro de las prestaciones brindadas. Ponderar la cobertura de los exámenes médicos obligatorios dentro de la vigilancia periódica exigida en el Reglamento 522-06 de Seguridad y Salud en el Trabajo.
En coordinación con la  Dirección de Seguridad y Salud del Ministerio de Trabajo  y a través de los comités mixtos de Seguridad y Salud en el trabajo, brindar un acompañamiento técnico continuo y sistemático al empleador que incluya aspectos como la  evaluación de riesgos ,  elaboración de planes de contingencia  y  programas continuos de capacitación en materia de seguridad y salud en el trabajo , entre otros.
Agenda Aplicar los incentivos económicos a las empresas, según estipula la ley, por la implementación y desempeño de Programas de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional Desarrollo de  una Política, un Sistema y un Programa Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo , según lo establece el convenio 187 de la OIT, del cual somos signatarios desde marzo del 2009.
“  La Seguridad y la Salud en el trabajo, es una responsabilidad de toda la Sociedad ” XVIII Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo Junio 2008 Seúl, Corea

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seguridad social exposicion

  • 1. Seguro de Riesgos Laborales dentro del Marco Internacional del Aseguramiento Dra. Queeny Fondeur Méndez Médico Ocupacional Especialista en Gerencia de los Servicios de Salud y Seguridad Social Taller COPARDOM Marzo 2010
  • 2. Contenido Evolución Histórica del Aseguramiento de Riesgos Laborales. Seguro de Riesgos Laborales dentro del nuevo Sistema Dominicano de Seguridad Social. Principios del aseguramiento de riesgos laborales en el ámbito internacional. Situación del Seguro de Riesgos Laborales en la República Dominicana.
  • 3. Evolución Histórica del Aseguramiento de Riesgos Laborales Período Situación Mundial Situación Rep. Dom. 1880 - 1900 Revolución Industrial. Período dictadura de Lilis.   Consecuencias de los riesgos     del trabajo soportados por el     trabajador.     Responsabilidad empresario     limitada a responsabilidad     civil por culpa.   1900 - 1920 Se establece la indemnización Industria azucarera   obligatoria – responsabilidad objetiva. Agricultura en general mayores fuentes de trabajo.   Son aprobadas leyes de   compensación a los Condiciones de trabajo   trabajadores. infrahumanas.    
  • 4. Evolución Histórica del Aseguramiento de Riesgos Laborales Período Situación Mundial Situación Rep. Dom. 1920 - 1950 Responsabilidad colectiva En 1932 surge la Ley sobre   frente al riesgo. Accidentes de Trabajo.   Cobertura de enfermedades En 1948 surge la Caja   profesionales y de accidentes del Seguro Social bajo   in itinere. el amparo de la ley 18-96   Obligatoriedad de Seguro sobre Seguros Sociales.   Social de accidentes. 1950 - 2000s La prevención como principio En el 2001 la Ley 87-01   fundamental. crea el Seguro de Riesgos   Responsabilidad de los Laborales, que aunque   aseguradores en las funciones tiene la prevención como   de prevención. un principio, se focaliza     en tratamientos e     Indemnizaciones.
  • 5. Resumen Evolución 1950 1880 1900 2010 Responsabilidad por culpa Responsabilidad objetiva: Teoría del Riesgo Profesional Responsabilidad individual del empleador 1920 Políticas de SST: prevención
  • 6. Seguro de Riesgos Laborales dentro del nuevo Sistema Dominicano de Seguridad Social La ley 87-01 promulgada en mayo del 2001, establece el Sistema Dominicano de Seguridad Social. Tiene como objeto regular y desarrollar todo lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.
  • 7. Regímenes del SDSS Contributivo (09/2007) Subsidiado (11/2002) Contributivo – Subsidiado (Pendiente)
  • 8. Prestaciones del Régimen Contributivo Seguro Familiar de Salud Seguro de Riesgos Laborales Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia
  • 9. Prestaciones Seguro de Riesgos Laborales Prestaciones en especie: Atención médica y odontológica. Prótesis, aparatos ortopédicos. Prestaciones en dinero: Subsidios por discapacidad temporal (75%) Indemnización por discapacidad Pensión por discapacidad
  • 10. Aspectos Importantes a Resaltar El inicio del subsidio por accidente de trabajo, en trayecto o enfermedad profesional, inicia al cuarto día de incapacidad. El subsidio será equivalente al 75% del salario medio de base del asegurado.
  • 11. Aspectos Importantes a Resaltar (Continuación) Tope de subsidio por incapacidad temporal : 52 semanas. El asegurado tiene derecho a los servicios médicos que necesite inmediatamente estas ocurran. Derecho de reclamación: prescribe a los 5 años.
  • 12. Principios vigentes en las prácticas internacionales de aseguramiento Responsabilidad Objetiva Universalidad Subjetiva Automaticidad Integralidad Uniformidad
  • 13. Principio de Responsabilidad Objetiva (empresario) El empresario responde no por ser considerado culpable del daño causado, sino por ser el causante originario del riesgo. Basado en la teoría del riesgo profesional, se origina el concepto de “Seguro de Accidente”.
  • 14. Principio de Universalidad Subjetiva Todos los trabajadores asalariados están cubiertos en forma obligatoria, cualquiera que sea la labor que ejecuten, indistintamente de la naturaleza de la empresa, institución, servicio o persona para la que trabaje, pública o privada.
  • 15. Principio de Universalidad Subjetiva País Beneficiarios Perú Trabajadores de empresas que realizan actividades de riesgo Bolivia Todos los trabajadores afiliados al Seguro Social Obligatorio Colombia Trabajadores dependientes afiliados al seguro General de Riesgos Profesionales Venezuela Trabajadores dependientes de empresas privadas, publicas o estatales México Todos lo trabajadores afiliados al Seguro Social Chile Todos los trabajadores dependientes Costa Rica Todos los trabajadores dependientes Argentina Todos los trabajadores dependientes España Todos los trabajadores dependientes República Dominicana Los trabajadores dependientes y los empleadores
  • 16. Principio de Automaticidad La sola ocurrencia del siniestro laboral genera en el trabajador el derecho a las prestaciones de ley, aún cuando el empleador no este al día en el pago de las cotizaciones, e incluso si no existe un contrato por escrito.
  • 17. Principio de Integralidad Las prestaciones han de ser integrales: Promoción Prevención Curación Rehabilitación
  • 18. Principio de Unidad El régimen de prestaciones aplicable es el mismo para cada asegurado. Contempla la coexistencia de la gestión operativa pública con la gestión privada.
  • 19. Gestión País Gestión Bélgica Compañías de Seguros Privadas Colombia Administradoras de Riesgos Profesionales Privadas y Seguro Social Argentina ART, públicas y privadas, con o sin fines de lucro México Instituto Mexicano de Seguros Sociales Costa Rica Instituto Nacional de Seguros Alemania Régimen administrado por las asociaciones del Seguro de Responsabilidad Patronal. España Administración a cargo de mutuas públicas y privadas República Dominicana Instituto Dominicano de Seguros Sociales
  • 20. Financiamiento Idealmente debe existir una vinculación entre los instrumentos de financiamientos y las políticas de prevención de riesgos. Parte de los ingresos debe destinarse de manera sistémica a la prevención. Se debe incentivar una conducta preventiva por parte del empleador.
  • 21. Situación del Seguro de Riesgos Laborales a la luz de la prácticas internacionales de aseguramiento Principio Cumplimiento Responsabilidad Objetiva  Universalidad Aunque la ley incluye a los trabajadores por cuenta propia, los mismos aun no han sido integrados. Automaticidad  Integralidad Aun es necesario darle mayor relevancia y carácter a la Promoción y Prevención, capacitación técnica de los actores. Unidad 
  • 22. Situación del Seguro de Riesgos Laborales a la luz de la prácticas internacionales de aseguramiento (modificaciones) Aspectos 2004 2007 Salario cotizable 6 salarios mínimos 4 salarios mínimos Cuota adicional Riesgo tipo I 0.20% 0.10% Riesgo tipo II 0.30% 0.15% Riesgo tipo III 0.40% 0.20% Riesgo tipo IV 0.60% 0.30% Incentivo Aumento o disminución 0.10% 0.05% cuota adicional según Índice de siniestralidad
  • 23. Distribución Cotización Gastos administrativos 10% Gastos médicos por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales 15% Prestaciones económicas 75%
  • 24. Agenda Pendiente en Riesgos Laborales Reglamentar y desarrollar el Sistema Nacional de Registro y Notificación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales . Dicho sistema permitirá: A.- Tomar medidas para prevenir y controlar accidentes y/o enfermedades de trabajo. B.- Servir de base para la revisión del monto de las tasas básicas (según la actividad económica)
  • 25. Agenda Reforzar los aspectos de Promoción y Prevención dentro de las prestaciones brindadas. Ponderar la cobertura de los exámenes médicos obligatorios dentro de la vigilancia periódica exigida en el Reglamento 522-06 de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • 26. En coordinación con la Dirección de Seguridad y Salud del Ministerio de Trabajo y a través de los comités mixtos de Seguridad y Salud en el trabajo, brindar un acompañamiento técnico continuo y sistemático al empleador que incluya aspectos como la evaluación de riesgos , elaboración de planes de contingencia y programas continuos de capacitación en materia de seguridad y salud en el trabajo , entre otros.
  • 27. Agenda Aplicar los incentivos económicos a las empresas, según estipula la ley, por la implementación y desempeño de Programas de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional Desarrollo de una Política, un Sistema y un Programa Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo , según lo establece el convenio 187 de la OIT, del cual somos signatarios desde marzo del 2009.
  • 28. “ La Seguridad y la Salud en el trabajo, es una responsabilidad de toda la Sociedad ” XVIII Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo Junio 2008 Seúl, Corea